Cómo calcular el IRPF en Uruguay

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2 Cómo calcular el IRPF en Uruguay 1 - El mínimo no imponible Cómo se calcula el impuesto Los asalariados Trabajadores independientes y empresarios Jubilados Gestiones para realizar los pagos correspondientes...17

3 Introducción El Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) es uno de los mecanismos más importantes que tiene el país en materia de impuestos, pues aplica de manera personal sobre todas las personas que tienen un ingreso. Sin embargo, existen muchas variables a tener en cuenta para calcularlo, lo que ha generado algo de confusión entre los contribuyentes, por eso hemos diseñado esta guía con un lenguaje sencilla para que conozcas a fondo de qué se trata, cuánto debes pagar, cómo hacerlo, qué deducciones aplican y los diferentes tipos de contribuyentes que existen. Primero que todo, te explicaremos cuál es el monto mínimo que aplica para saber si debes o no pagar el IRPF, además de las diferentes franjas sobre las cuales se establece el porcentaje que aportarás dependiendo de lo que ganes. Luego te explicaremos cómo se calcula este impuesto y las deducciones que hay según cada caso, es decir, si eres asalariado, independiente o jubilado, con o sin familia dependiente económicamente, etc. Finalmente, reservaremos un espacio para explicarte la forma en que debes pagar este impuesto según tu caso particular, de manera que estés siempre al día y te evites cualquier tipo de inconveniente. 1

4 1. El mínimo no imponible

5 El mínimo no imponible Uno de los aspectos clave del IRPF es que no todos los ciudadanos uruguayos deben pagarlo, sino que existe un monto mínimo de ingresos desde el cual se comienza a tributar. Adicionalmente, en la medida en que más ingresos se tengan, mayor será el porcentaje a pagar, pues se busca que en materia de impuestos las personas con mejores condiciones económicas aporten más. Ahora bien, el mínimo no imponible se define teniendo en cuenta la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC), que está alineada con los cambios en la inflación. La razón por la cual se establece esta relación es para que los impuestos se paguen en la medida en que los uruguayos tengan mayor o menor capacidad de compra, por lo cual cada año se establece un valor diferente para la BPC. En el caso del mínimo no imponible, este equivale a 7 BPC mensuales, lo que significa que para el caso del 2014 se debe multiplicar el valor de la BPC por 7, es decir, $2819 x 7 = $ Un uruguayo que tenga ingresos inferiores a este valor no pagarán IRPF, pero además del salario deben tenerse en cuenta las deducciones por los aportes al BPS, FONASA, e incluso el descuento que aplica por los hijos a cargo, entre otros. A. Franjas del IRPF Para saber cuánto paga cada contribuyente, se han definido una serie de franjas o rangos con base en los cuales se define el porcentaje que se aportará al IRPF. Estos son los valores mensuales de cada franja para trabajadores e independientes: 3

6 El mínimo no imponible Desde 0 hasta 7 BPC Más de 7 BPC 10 BPC Más de 10 BPC 15 BPC Más de 15 BPC 50 BPC Más de 50 BPC 75 BPC Más de 75 BPC 115 BPC Más de 115 BPC 0% 10% 15% 20% 22% 25% 30% Sin embargo, cuando la liquidación es anual, entonces se tienen en cuenta estas franjas: Desde 0 hasta 84 BPC Más de 84 BPC 120 BPC Más de 120 BPC 180 BPC Más de 180 BPC 600 BPC Más de 600 BPC 900 BPC Más de 900 BPC 1380 BPC Más de 1380 BPC 0% 10% 15% 20% 22% 25% 30% Por otro lado, en el caso de los jubilados es importante mencionar que no se liquida IRPF, sino que el impuesto a pagar es el IASS (Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social), que también cuenta con una serie de franjas así: Desde 0 hasta 8 BPC Más de 8 BPC 15 BPC Más de 15 BPC 50 BPC Más de 50 BPC 0% 10% 20% 25% Finalmente, vale la pena mencionar que las franjas no solo aplican para los ingresos netos, sino también para las deducciones, que tienen los siguientes rangos para el cálculo mensual: Desde 0 hasta 3 BPC Más de 84 BPC 8 BPC Más de 120 BPC 43 BPC Más de 180 BPC 68 BPC Más de 600 BPC 108PC Más de 108 BPC 10% 15% 20% 22% 25% 30% Fuente: BPS 4

7 2. Cómo se calcula el impuesto

8 Cómo se calcula el impuesto Existe una gran cantidad de factores a tener en cuenta a la hora de calcular el IRPF, pero para facilitar esta tarea, se dividen los ingresos generados en dos categorías principales: Categoría 1 Acá se encuentran incluidas las rentas generadas por el capital, es decir, por inversiones que se hayan realizado como los alquileres, la venta de inmuebles, el alquiler de equipos, etc. Para los empleados, esto significa que deben incluirse los ingresos que se hayan obtenido fuera de la relación de dependencia laboral. Categoría 2 En esta categoría se incluyen todos los ingresos generados a través del salario, o en el caso de los independientes, por la actividad económica que realice. Tipo de Actividad Dependiendo del tipo de actividad aplicarán no solo los montos a liquidar, sino también las franjas. En ese sentido aplican tres tipos de IRPF: asalariados, independientes y jubilados. Vale la pena señalar que para estos últimos se utiliza el IASS como impuesto de referencia en lugar del IRPF. Por otra parte, si en tu caso particular eres empleado, pero generas ingresos por otro tipo de actividades, tienes la opción de pagar el IRPF y anexar una declaración jurada con los conceptos adicionales, o bien optar por la liquidación como empresario independiente, para lo cual aplicaría el IRAE. 6

9 Cómo se calcula el impuesto Adicionalmente, en caso de haya una relación matrimonial, es posible realizar el cálculo del IRPF como núcleo familiar, teniendo en cuenta que aplican también una serie de deducciones. Deducciones al IRPF Dentro de los conceptos más importantes sobre los cuales es posible obtener deducciones se encuentran: Aportes al BPS, FONASA y cualquier otro fondo de seguridad social. Esto aplica no solo a los aportes que se descuentan del salario, sino también a aquellos que se realicen de manera personal. Hijos menores de edad a cargo. En este caso se tiene descuentan 13 BPC anuales, pero solo puede hacerse en la liquidación del padre o la madre, o dividirla en partes iguales. Hijos a cargo con discapacidad. Acá no es relevante si es mayor o menor de edad y se aplica una deducción de 26 BPC anuales. Cálculo del monto mínimo y las franjas Con base en los ingresos de cada categoría y las deducciones que deben realizarse, se establecerá el monto final sobre el cual se hará la liquidación del IRPF y se divide por 12. Para saber si deberá pagarse o no el IRPF, este deberá ser superior a las 7BPC. Después de esto, se establecerá en cuál de las franjas se ubicará y qué porcentaje corresponde a su liquidación. Simuladores Para facilitar la tarea del cálculo del IRPF, la DGI ha dispuesto una serie de simuladores en su página web, aunque también es posible encontrar este servicio en otras instituciones. Fuentes: Simuladores DGI DGI IRPF 7

10 3. Los asalariados

11 Los asalariados Para aquellos que cuentan con un empleo formal en Uruguay, la liquidación del IRPF se puede hacer mensualmente a través del salario, aunque para aquellos que tengan algún tipo de ingreso o deducción especial, será necesaria una declaración jurada. Dentro de las condiciones especiales que afectan el IRPF se encuentran de manera particular los hijos, además de la posibilidad de hacer una declaración conjunta con el cónyuge o concubino a través de la figura de Núcleo Familiar. Con respecto a las deducciones, las más comunes a liquidarse con los aportes al Banco de Previsión Social (BPS), FONASA, Fondo de Reconversión Laboral y el Fondo de Solidaridad. Sin embargo, a la hora de calcular el impuesto no se tienen en cuenta ingresos obtenidos por efectos de subsidio por desempleo, maternidad o enfermedad. Tampoco se liquidan las asignaciones familiares ni las indemnizaciones por accidente de trabajo o por despido. A. Con familia dependiente económicamente En el caso de los asalariados con hijos, se aplican dos tipos de deducciones: 1. La primera es de 13 BPC anuales por cada hijo menor de edad, siempre y cuando este dependa económicamente del trabajador. Esta deducción aplica igualmente para los hijos que se encuentren en régimen de tutela o los adoptivos. 2. La segunda deducción es de 26 BPC anuales por cada hijo a cargo que se encuentre en condición de discapacidad, sin importar si es mayor o menor de edad. 9

12 Los asalariados En ambos casos existe la opción de aplicar esta deducción en la liquidación del padre o la madre, aunque también es posible dividirla en partes iguales. Opción Núcleo Familiar Otro de los aspectos que es importante mencionar acerca del IRPF del asalariado es la opción de Núcleo Familiar, de manera que se realice una sola declaración jurada con el cónyuge o concubino que se haya reconocido judicialmente. Con esta declaración se obtiene un 5% de descuento sobre los anticipos mensuales del IRPF. Sin embargo, es importante aclarar que solo es posible liquidar las rentas que corresponden a la categoría II, es decir, a los ingresos obtenidos dentro de la relación laboral de ambos. Ahora bien, en caso de que al año siguiente ambos deseen presentar la declaración jurada por aparte lo pueden hacer sin necesidad de ningún trámite, pues el hecho de optar por el Núcleo Familiar en un año no obliga al contribuyente a hacerlo en los años siguientes. Un punto importante es la conveniencia de figurar como Núcleo Familiar. Esto es muy beneficioso para parejas donde solo uno de los dos trabaje, pero cuando ambos trabajan y los ingresos superan el monto mínimo imponible (14 BPC), entonces aplican las retenciones a ambos salarios, por lo cual se puede generar una mayor tributación que haciéndolo de manera individual. B. Sin familia En el caso de los asalariados que no tengan ningún hijo o relación conyugal, la declaración de IRPF se realizará de acuerdo a las normas básicas, aplicando igualmente las deducciones por los aportes sociales. Fuentes: DGI Asalariados DGI Núcleo Familiar GUYER 10

13 4. Trabajadores independientes y empresarios

14 Trabajadores independientes y empresarios Los trabajadores independientes también tienen como obligación el pago del IRPF, aunque a diferencia de los asalariados, cambia el mínimo imponible desde el cual empiezan a tributar. Esto se debe a que para los independientes aplica un descuento del 30%, por lo cual, el mínimo imponible es de 10 BPC, mientras que para un empleado empieza en 7 BPC. Por lo demás, las franjas se mantienen igual, tanto para el IRPF, como para las deducciones. Cómo se calcula el impuesto Para los independientes los ingresos que se toman como referencia son los obtenidos por la prestación de servicios personales, siempre y cuando estos no se liquiden en otros aportes como el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), ni en el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR). Adicionalmente se incluyen las rentas de los bienes inmuebles, sea por venta o alquiler, inversiones en otros activos, etc. Con respecto a las deducciones, estas aplican del mismo modo que en los aportes de los asalariados, descontándose los aportes jubilatorios al BPS, a la Caja de Profesionales Universitarios, a la Caja Notarial de la Seguridad Social, y a las Sociedades Administradoras de Fondos Complementarios de Previsión Social. También se descuentan aportes personales al Fondo de Solidaridad, al Fondo de Reconversión Laboral, entre otros. Cómo se paga Otra diferencia con respecto a la liquidación de este impuesto es que se paga a través anticipos bimestrales en el mismo plazo que se asigna para el pago del IVA. Las retenciones igualmente se aplicarán en cada bimestre, pero la declaración jurada se hará después del 31 de diciembre de cada año. 12

15 Trabajadores independientes y empresarios Opción IRAE Debido a que el contribuyente es independiente y en términos generales es dueño de su propia empresa, tiene la opción de tributar a través del IRAE en lugar del IRPF. Esto es obligatorio cuando el independiente genera ingresos superiores a las UI (4 millones de unidades indexadas), pero es opcional cuando se encuentra por debajo de esa cifra. En caso de tributar como IRAE, se le aplicará una tasa del 25% si elige hacerlo de forma real, pero si escoge la forma ficta, entonces será de un 12%. Esta última opción es la más conveniente para aquellos que facturen un importe mayor a los US$ sin IVA. A. Con familia Para los empresarios independientes con familia aplican las mismas deducciones por hijos a cargo que en el caso de los asalariados, es decir, 13 BPC anuales por cada hijo menor de edad y 26 BPC anuales para aquellos que estén en situación de discapacidad. Adicionalmente, también recibirá un 5% de descuento en caso de que forme parte de una sociedad conyugal y haga la liquidación como Núcleo Familiar, siempre y cuando uno de los dos integrantes no haya sido contribuyente el año anterior como asalariado. B. Sin familia En caso de que el independiente no tenga hijos a cargo, la declaración jurada solo se hará por los ingresos y rentas que haya generado, aplicando igualmente todas las deducciones por aportes jubilatorios, fondos, etc. Fuentes: DGI Independientes Deloitte 13

16 5. Jubilados

17 Jubilados Desde el 2008 los jubilados ya no tienen que pagar IRPF, pues debido a la Reforma Tributaria del 2007 se presentaron muchos casos de desigualdad entre los contribuyentes, razón por la cual se derogó este impuesto. En su lugar, y con condiciones mucho más favorables para los jubilados, las pasividades se liquidan mediante el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), que en términos generales funciona de una manera muy similar al IRPF. Sin embargo, vale la pena mencionar que aquellos jubilados que aún tengan un trabajo, deberán pagar ambos impuestos, pues conserva la figura de empleado dependiente que lo obliga a declarar el IRPF. Cómo se calcula el IASS? Para determinar el valor a pagar se toman todos los ingresos que el contribuyente reciba por jubilaciones, pensiones y prestaciones similares, pero a diferencia del IRPF, no aplica ningún tipo de deducción. Ahora bien, al igual que ocurre con el IRPF, para el IASS también se han definido una serie de franjas sobre las cuales se determina el porcentaje que se aportará. El monto mínimo imponible equivale a 8 BPC (Base de Prestaciones y Contribuciones), quedando así: Desde 0 hasta 8 BPC Más de 8 BPC 15 BPC Más de 15 BPC 50 BPC Más de 50 BPC 0% 10% 20% 25% 15

18 Jubilados Qué sucede cuando se recibe más de una pasividad? Uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta es que para muchos jubilados hay varios tipos de pasividades, pero al mirarlas individualmente, ninguna supera el monto mínimo imponible. Qué debe hacerse en ese caso? Pues bien, el IASS toma como referencia la suma total de las pasividades, de modo que si estas superan las 8BPC, entonces solo una de las pasividades quedará exenta del cobro. Para las demás deberá presentarse la declaración jurada con el formato 3800 ante cada instituto de previsión social. Ejemplo de liquidación de IASS Vamos a tomar como ejemplo el caso de un jubilado con dos pasividades, una es la Jubilación por Caja Bancaria, y la otra por el Banco de Previsión Social. Por la primera, recibe una pasividad de $13.000, mientras que por la segunda es de $ En este caso, los valores de referencia van a ser los del En este año la BPC es de $2.819, por lo cual los valores de las franjas quedan así: Desde $0 hasta $ $ $ $ $ $ o más 0% 10% 20% 25% Para nuestro ejemplo, el jubilado recibe una suma total de pasividades $28.000, por lo cual la retención que aplica es del 10%. Jubilación Caja Bancaria: $ Banco de Previsión Social: $ Total Pasividades: $ Acá es donde algunos contribuyentes se confunden, pues asumen que esta sería por valor de $2.800, pero en realidad debe tenerse en cuenta que la menor de las pasividades está exenta de este cobro. Esto quiere decir que en nuestro ejemplo, al jubilado no hay que hacerle retención por la Caja Bancaria, sino únicamente por la BPS, es decir, $ Fuentes: DGI Jubilados Díaz y Rosas Abogados 16

19 6. Gestiones para realizar los pagos correspondientes

20 Gestiones para realizar los pagos correspondientes Para el pago del IRPF se debe presentar una declaración jurada, pero con el fin de facilitar esta tarea, la DGI ha dispuesto un borrador que se encuentra en la página web para cerca de ciudadanos que no presentan mayores dificultades para su elaboración. Normalmente el plazo va del 16 de junio hasta finales del mes de agosto, dependiendo del último dígito de la Cédula de Identidad, el RUT o el Número de Identidad Extranjero. A. Asalariados En el caso de los empleados, la empresa lo descuenta mensualmente del salario, al igual que ocurre con otros impuestos y aportes como el BPS, FONASA, etc. Si en tu caso particular, tu único ingreso es tu salario, entonces no es necesario presentar ninguna declaración jurada ni tampoco realizar otros trámites. B. Empresarios/trabajadores independientes En caso de que no aplique el IRAE ni el IRN, deberá realizar pagos bimestrales (también llamados anticipos) en el mismo plazo para el pago del IVA. Los formatos a utilizar son el 1102 para las Personas Físicas, el 1103 para aquellos que opten por el Núcleo Familiar y el 1302 para el IVA de Servicios Personales. Si aplica alguna retención, estos se deducirán de los anticipos bimestrales. También vale la pena mencionar que en caso de que el impuesto total anual supere a los anticipos, se deberá abonar el saldo dentro del año siguiente. 18

21 Gestiones para realizar los pagos correspondientes C. Jubilados En el caso de los ciudadanos que reciban pasividades por parte de un único instituto de previsión social, no deberán hacer ningún trámite. Lo mismo aplica para aquellos que las reciben por parte de diferentes institutos, siempre y cuando la suma total no supere las 8BPC. Ahora bien, si se supera este monto, entonces el monto mínimo no imponible solo podrá ser aplicado en una de estas pasividades. Para el resto, deberá presentarse el formulario 3800 ante cada instituto de previsión social. Fuentes: DGI Independientes DGI Jubilados 19

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