Registro de lema comercial - Frases descriptivas carentes de distintividad

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Registro de lema comercial - Frases descriptivas carentes de distintividad"

Transcripción

1 SOLICITANTE : INDECO S.A. Registro de lema comercial - Frases descriptivas carentes de distintividad Lima, dieciocho de junio de dos mil tres I. ANTECEDENTES Con fecha 28 de febrero del 2002, Indeco S.A. (Perú) solicitó el registro del lema comercial CALIDAD DE ORO, para usarlo como complemento de la marca INDECO y figura, registrada bajo certificado N 46955, para distinguir conductores eléctricos en general y similares de la clase 9 de la Nomenclatura Oficial. Mediante Resolución N /OSD-INDECOPI de fecha 7 de enero del 2003, la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro del lema solicitado por considerar que: (i) La frase CALIDAD DE ORO no contiene ningún elemento que permita realzar la distintividad de la marca INDECO y figura, careciendo de esta manera del carácter distintivo suficiente. (ii) El lema solicitado sólo pretende difundir o sugerir la idea que los conductores eléctricos y los demás productos que distingue la marca que se pretende publicitar con dicho lema son aquellos que tienen mejor calidad, o que se trata de productos con superior calidad o excelente calidad. Así, el lema comercial solicitado constituye una frase laudatoria que sólo se limita a elogiar a la marca y a los productos que ésta distingue. Con fecha 21 de enero del 2003, Indeco S.A. interpuso recurso de reconsideración manifestando que: i) Con el lema comercial CALIDAD DE ORO se pretende reforzar la distintividad de la marca registrada a favor de la solicitante, la misma que tiene 50 años en el mercado. En ese sentido, siendo una empresa que acaba de celebrar sus bodas de oro, es razonable suponer que el lema solicitado permitirá promocionar los años de experiencia en la fabricación de productos identificados con la marca INDECO y figura. ii) Presenta en calidad de nueva prueba instrumental tres revistas INDECO NOTICIAS, Revista Institucional de INDECO, correspondientes a febrero y noviembre del 2002, en las que aparece el logotipo alusivo a los 50 años de INDECO, en cuyo interior aparece el lema solicitado. 1-8

2 Mediante Resolución N /OSD-INDECOPI de fecha 14 de marzo del 2003, la Oficina de Signos Distintivos declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto. Consideró que: (i) Teniendo en cuenta que tanto la evaluación de la distintividad de un signo como la evaluación del riesgo de confusión entre dos signos, no constituyen cuestiones de hecho sino de puro derecho, no se puede volver a efectuar un nuevo examen de registrabilidad del signo solicitado. (ii) En el presente caso, evaluados los documentos ofrecidos en calidad de nueva prueba instrumental, éstos demuestran solamente la publicidad a través de una revista institucional de la empresa solicitante, en la cual se observa cómo viene operando en el mercado la marca de producto a reforzar por el lema comercial solicitado, lo cual no aporta nuevos elementos de juicio que desvirtúen el argumento sustentatorio de la resolución recurrida, siendo más bien irrelevantes, dado a que aluden a cuestiones de hecho y no de derecho. Con fecha 2 de abril del 2003, Indeco S.A. interpuso recurso de apelación reiterando sus argumentos. Asimismo, señaló lo siguiente: i) Revisada la resolución impugnada, se concluye que la Primera Instancia incurre en contradicción al afirmar en un primer instante que la evaluación de la distintividad de un signo es una cuestión de puro derecho, y luego que la nueva prueba instrumental presentada no desvirtúa el fundamento de la resolución impugnada. ii) A efectos de denegar el registro del signo solicitado, la Oficina de Signos Distintivos señaló que la frase CALIDAD DE ORO es banal y poco ingeniosa, por lo que no cumpliría con la función de complementariedad de la marca, lo cual constituye una afirmación que, además de agraviante, es totalmente subjetiva, puesto que no se ha establecido ningún parámetro que establezca cuales son frases ingeniosas y cuales no. iii) El criterio subjetivo de la Oficina de Signos Distintivos contraviene lo establecido por la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal del INDECOPI, puesto que el lema solicitado sí tiene carácter distintivo, razón por la cual podría ser complemento de la marca registrada a favor de la solicitante. II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN La Sala de Propiedad Intelectual deberá determinar si el lema comercial CALIDAD DE ORO reúne los requisitos de registrabilidad exigidos por la ley. III. ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN DISCUSIÓN 1. Informe de antecedentes 2-8

3 Se ha verificado que Indeco S.A. es titular de la marca de producto constituida por la denominación INDECO escrita en letras características precediendo a la figura de un muñeco característico, conforme al modelo, que distingue conductores eléctricos en general y similares, de la clase 9 de la Nomenclatura Oficial, registrada el 30 de diciembre de 1982, bajo certificado N 46955, vigente (al haber sido renovado) hasta el 30 de diciembre del Carácter y requisitos de registrabilidad del lema comercial Mediante Resolución N TPI-INDECOPI de fecha 25 de abril de , se estableció con carácter de observancia obligatoria los requisitos de registrabilidad exigidos a los lemas comerciales. Cabe señalar que si bien la mencionada Resolución fue emitida a la luz de la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, teniendo en cuenta que la actual Decisión 486 mantiene el mismo tratamiento legal a los lemas comerciales, y dado el carácter general del precedente, este criterio interpretativo puede ser aplicado al presente caso. En ese sentido, se debe considerar que en dicha Resolución, la Sala estableció lo siguiente: El objeto de toda publicidad en el tráfico económico es la promoción de las ventas propias. La publicidad busca que el potencial consumidor -a través de información o sugestión- concentre su atención en un producto, servicio o en una empresa, para inducirlo a la adquisición del producto, la contratación del servicio o de la empresa. En tal sentido, el lema comercial -conocido también en la doctrina comparada como frase publicitaria- debe tener capacidad publicitaria a fin de que pueda cumplir su función en el mercado. El lema comercial como signo distintivo constituye un elemento de la propiedad industrial, al cual le son aplicables los requisitos y consecuencias jurídicas de todo signo distintivo en especial y de todo elemento de propiedad industrial en general. 1 Recaída en el expediente Nº relativo a la solicitud de registro del lema comercial SABOR Y COLOR presentada por Fábrica de Productos Alimenticios Sibarita S.A. Precedente de observancia obligatoria en relación a los requisitos de registrabilidad exigidos al lema comercial, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de junio de 1998 (pp a ). 3-8

4 Así, para que un lema comercial pueda acceder a registro como un signo distintivo y, consecuentemente, se confiera a su titular un derecho exclusivo al uso del mismo, es necesario que éste -al igual que la marca que publicita- sea perceptible, suficientemente distintivo y susceptible de representación gráfica. Además, no debe estar incurso en las causales de prohibición al registro contenidas en los artículos 82 y 83 (por remisión del artículo 120) de la Decisión 344 concordados con los artículos 129 y 130 (por remisión del artículo 193) del Decreto Legislativo 823. A este respecto, debe tenerse en cuenta que el derecho de exclusiva que otorga a su titular el registro de un lema comercial supone -además de la facultad de utilizarlo en el tráfico económico para publicitar determinados productos o servicios y ofrecerlos al público (dimensión positiva del derecho)- una facultad de exclusión o abstención que el titular del lema puede exigir de los terceros (dimensión negativa del derecho), sustrayendo del tráfico económico el uso de los términos, vocablos, frases o gráficos que constituyen el lema con relación a tales productos o servicios. Esto constituye en última instancia una dificultad para que terceros puedan acceder al mercado, y por esta razón se excluye del registro a los lemas que no cumplan con los requisitos para constituirse en signos distintivos. Caso contrario, el derecho exclusivo de un lema tendría efectos anticompetitivos: se privaría a los demás empresarios de un medio indispensable para competir en el mercado. Un lema comercial cumplirá con el requisito de distintividad para acceder al registro en la medida que no sea percibido únicamente como un texto puramente promocional, sino cuando goce en sí mismo de la aptitud distintiva necesaria para permitir su diferenciación en relación a la marca que publicita. Por ello no se podrá registrar como lema comercial una frase simple o banal que sin fantasía alguna se limite a alabar los productos o servicios que se desee publicitar. La distintividad del lema no puede basarse sólo en la presencia de una marca registrada al interior del mismo, ya que con ello se llegaría a una situación absurda: bastaría a la competencia sustituir esa marca por la propia para poder usar el lema registrado sin cometer infracción. La vinculación entre el lema comercial y la marca se produce por el hecho que el primero tiene como función primordial publicitar a la segunda. No en vano se le ha asignado al lema comercial la noción de complementariedad respecto de la 4-8

5 marca, así como la supeditación de su existencia a la vigencia de la marca que promociona. 2 No puede tampoco permitirse que el concepto o idea que el lema comercial pretenda transmitir a los consumidores a través de la conjunción de las palabras que lo conforman constituya una expresión genérica o descriptiva en relación a los productos o servicios que la marca que publicita distingue, en la medida que tal circunstancia dificultaría que los competidores puedan promocionar en el correspondiente sector del mercado otra marca de producto o servicio utilizando dicha expresión genérica o descriptiva. Por lo anterior, es mejor dejar libres estas expresiones para que puedan ser utilizadas por todos los competidores. En virtud de las consideraciones anteriores, puede suceder que un lema cumpla perfectamente una función publicitaria en el mercado pero i) carezca de carácter distintivo), ii) designe o describa el producto o servicio al que se refiere o iii) transgreda los derechos de terceros (caso de utilización de un lema que genera un riesgo de confusión con un signo registrado o previamente solicitado) 3. Tales lemas comerciales no pueden acceder al registro. Ahora bien, el hecho que un lema comercial no acceda al registro no significa que dicho lema o frase publicitaria deba ser automáticamente retirado del mercado, ya que si bien no resulta registrable puede ser utilizado sin carácter exclusivo por su titular. Cabe destacar que, contrariamente a lo señalado por la solicitante, existen importantes concordancias entre lo establecido en la resolución antes mencionada y la interpretación prejudicial de los artículos y de la Decisión 344 realizada por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en el Proceso Nº 74-IP , en la 2 Al respecto, conviene mencionar lo expuesto por Areán Lalín, quien al comentar la relación entre el lema comercial y la marca en el contexto del Régimen Común sobre Propiedad Industrial del Pacto Andino, considera al lema comercial como una figura de muy dudosa autonomía frente a la marca, aunque le reconoce cierta particularidad: En rigor, el lema comercial es un signo seleccionado por un empresario para distinguir sus productos o servicios; y, por tanto, tiene el mismo objeto específico que la marca. De ahí que en Europa se conozca esta modalidad de signo distintivo como marca - slogan; esto es, como una clase o variedad de marcas con una estructura singular (subrayado nuestro). La Protección de los Signos Distintivos en el Comercio, Revista de la Propiedad Industrial, Año 1996, Número 5, Montevideo, Uruguay, p El uso de lemas comerciales que transgreden los derechos de terceros es susceptible de generar una acción por infracción de derechos de propiedad industrial (cuando se infringen derechos de exclusiva). 4 Artículo Los Países Miembros podrán registrar como marca los lemas comerciales, de conformidad con sus respectivas legislaciones nacionales. Se entiende por lema comercial la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca. 5 Artículo Serán aplicables a esta Sección, en lo pertinente, las disposiciones relativas al Capítulo de Marcas de la presente Decisión. 6 Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena Nº 765 del 27 de febrero del

6 cual se afirma que El lema comercial es un signo distintivo, y al igual que las marcas, que las denominaciones de origen o que el nombre comercial, buscan la protección general del consumidor para evitar que pueda ser inducido a error o caer en confusión. En dicha interpretación prejudicial, se señala asimismo que: La función de complementariedad encomendada al lema comercial implica que éste debe ser capaz de reforzar la distintividad de la marca que publicita. En razón de lo cual, debe gozar por sí mismo, de la distintividad requerida para cumplir dicha función. Agrega que...con respecto al carácter complementario, implica que su distintividad no puede basarse sólo en la presencia de la marca registrada al interior del mismo; y que tampoco podrán registrarse como lema comercial, las frases simples, comúnmente utilizadas para promocionar productos; las frases sin fantasía alguna que se limiten a alabar los productos o servicios distinguidos con la marca que se publicita; así como las frases genéricas y descriptivas en relación a los productos o servicios que la marca que publicite distinga. La distintividad es la característica esencial y función primigenia que debe reunir todo signo en el mercado para ser susceptible de registro. Asimismo, el lema debe poseer un mínimo de novedad, esto es, no haber sido utilizado en el mercado. Finalmente, la Decisión 344 consagra la protección comunitaria andina de otros signos distintivos como el nombre, la enseña y el lema comercial a los que les es aplicable el requisito de distintividad para efectos de proteger al público consumidor de la posibilidad de confusión en la identificación y elección de productos y servicios. De lo anterior, se desprende que el Tribunal Andino ha determinado que no pueden ser objeto de registro aquellos lemas comerciales que no gocen en sí mismos de un mínimo grado de distintividad, ello a fin de evitar que los consumidores puedan ser inducidos a confusión. 3. Carácter del lema comercial solicitado. Aplicación al caso concreto 6-8

7 En el presente caso, se aprecia que con el lema comercial solicitado CALIDAD DE ORO, se pretende difundir la idea de que los productos distinguidos con la marca INDECO y figura, se caracterizan por su excelencia o superioridad, siendo ésta una característica o cualidad esperada por el público consumidor. Asimismo, se ha podido constatar que es muy frecuente la utilización de frases, tales como CALIDAD SUPERIOR, 100% CALIDAD, CALIDAD DE EXPORTACIÓN, DE CALIDAD INTERNACIONAL, CALIDAD GARANTIZADA, DE CALIDAD TOTAL, CALIDAD QUE SE IMPONE, para promocionar diversos productos y servicios en el mercado. Por tal razón, el lema solicitado constituye una frase que describe e informa directamente al consumidor acerca de una de las características de los productos que la solicitante ofrece en el mercado con su marca. Asimismo, por ser simple y banal, dicha frase no es distintiva, razón por la que no podrá ser asociada con una marca de producto determinada. Finalmente, cabe agregar que de concederse un derecho de exclusiva sobre el lema comercial CALIDAD DE ORO, se impediría que otras empresas que comercializan conductores eléctricos y afines utilicen dicha frase u otra similar. Por lo anterior, es mejor dejarla libre para que pueda ser utilizada por todos los competidores. En consecuencia, el lema comercial solicitado se encuentra incurso en la prohibición establecida en el artículo 135 inciso e) de la Decisión 486, careciendo asimismo del requisito de distintividad establecido en el artículo 135 inciso b) de la Decisión aplicable por remisión del artículo 179 de la Decisión 486- razón por la cual no procede acceder a su registro. IV. RESOLUCIÓN DE LA SALA CONFIRMAR la Resolución N /OSD-INDECOPI de fecha 14 de marzo del 2003, por sus efectos la Resolución Nº /OSD-INDECOPI de fecha 7 de enero del 2003 y, en consecuencia, DENEGAR el registro del lema comercial CALIDAD DE ORO, solicitado por Indeco S.A. Con la intervención de los vocales: Luis Alonso García Muñoz-Nájar, Begoña Venero Aguirre, Dante Mendoza Antonioli y Tomás Unger Golsztyn. 7-8

8 /pl LUIS ALONSO GARCÍA MUÑOZ-NÁJAR Presidente de la Sala de Propiedad Intelectual 8-8

SOLICITANTE : UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA

SOLICITANTE : UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA SOLICITANTE : UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA Registro de lema comercial Frase Laudatoria Lima, diez de abril de dos mil tres I. ANTECEDENTES Con fecha 14 de octubre del 2002, Universidad Peruana

Más detalles

SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad.

SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad. SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad. Lima, treinta de noviembre del dos mil cinco I. ANTECEDENTES Con fecha 5 de

Más detalles

: PRODUCTORA DE ALIMENTOS LIDO DEL PERÚ E.I.R.L. : CANCELACIÓN DE REGISTRO DE MARCA POR FALTA DE USO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN

: PRODUCTORA DE ALIMENTOS LIDO DEL PERÚ E.I.R.L. : CANCELACIÓN DE REGISTRO DE MARCA POR FALTA DE USO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS COMISIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS RESOLUCIÓN Nº 002-2015/CSD-INDECOPI EXPEDIENTE : 444625-2011 ACCIONANTE EMPLAZADA MATERIA : CARRASCO ROJAS, FELIX WALTER : PRODUCTORA DE ALIMENTOS

Más detalles

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I. Introducción

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I. Introducción Indice I. Introducción II. III. IV. Casos : Oficina de Signos Distintivos a. Area de Marcas b. Area de Infracciones c. Area de Registro y Archivo Casos Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías a. Resoluciones

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO N 26-IP-98

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO N 26-IP-98 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO N 26-IP-98 Interpretación Prejudicial de los artículos 81 y 82 literal d) de la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, solicitada por

Más detalles

Memorias seminario: Cómo Proteger y Registrar la Marca de su Empresa?

Memorias seminario: Cómo Proteger y Registrar la Marca de su Empresa? Memorias seminario: Cómo Proteger y Registrar la Marca de su Empresa? CÓMO PROTEGER Y REGISTRAR LA MARCA DE SU EMPRESA? Objetivo General: ofrecer a los empresarios vinculados toda la información actualizada

Más detalles

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Agosto del 2001. Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I.

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Agosto del 2001. Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I. Indice I. Introducción II. III. IV. Casos : Oficina de Signos Distintivos a. Area de Marcas b. Area de Infracciones c. Area de Registro y Archivo Novedades de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías

Más detalles

Marcas comerciales. Propiedad Industrial: Tipos de marca Página 3. Trámite de inscripción Página 6

Marcas comerciales. Propiedad Industrial: Tipos de marca Página 3. Trámite de inscripción Página 6 Registro Nacional / República de Costa Rica 4 1 Fascículo Propiedad Industrial: Marcas comerciales Tipos de marca Página 3 Trámite de inscripción Página 6 28 - octubre - 2013 Suplemento Publicitario Comercial

Más detalles

OPOSITORA : SEQUOITA CAPITAL MANAGEMENT, LTD. Denominaciones descriptivas- Falta de distintividad del signo solicitado

OPOSITORA : SEQUOITA CAPITAL MANAGEMENT, LTD. Denominaciones descriptivas- Falta de distintividad del signo solicitado SOLICITANTE : PAOLA ROSANA YÁÑEZ VALDIVIA OPOSITORA : SEQUOITA CAPITAL MANAGEMENT, LTD. Denominaciones descriptivas- Falta de distintividad del signo solicitado Lima, quince de noviembre del dos mil siete.

Más detalles

REGLAMENTO CRT: 1997 REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS

REGLAMENTO CRT: 1997 REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS REGLAMENTO CRT: 1997 Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales - INDECOPI Calle la Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS

Más detalles

Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial

Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial Luis José Diez Canseco Núñez Presidente Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ORDENAMIENTO JURÍDICO DE LA COMUNIDAD ANDINA

Más detalles

Comisión de Represión de la Competencia Desleal Octubre 2005 / Año 2, Nº 6

Comisión de Represión de la Competencia Desleal Octubre 2005 / Año 2, Nº 6 Comisión de Represión de la Competencia Desleal Octubre 2005 / Año 2, Nº 6 INDICE I. Introducción. II. Precedente de observancia obligatoria sobre los límites del derecho a la libre imitación de iniciativas

Más detalles

: FÁBRICA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS SIBARITA S.A. Lima, veinticinco de abril de mil novecientos noventa y ocho

: FÁBRICA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS SIBARITA S.A. Lima, veinticinco de abril de mil novecientos noventa y ocho SOLICITANTE : FÁBRICA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS SIBARITA S.A. OBSERVANTE : AJINOMOTO DEL PERÚ S.A. Lima, veinticinco de abril de mil novecientos noventa y ocho I. ANTECEDENTES Con fecha 27 de setiembre

Más detalles

(Tesis aprobada en sesión de 14 de abril de 2010) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 30. Junio p. 78

(Tesis aprobada en sesión de 14 de abril de 2010) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 30. Junio p. 78 No. Registro: 53.483 Jurisprudencia Tesis: VI-J-SS-77 Página: 60 MARCAS INDICATIVAS O DESCRIPTIVAS.- NO SE DA ESE SUPUESTO CUANDO SUS ELEMENTOS NO SON CARACTERÍSTICOS DE LOS PRODUCTOS O SERVICIOS QUE PRETENDEN

Más detalles

Lima, ocho de enero. del dos mil nueve.

Lima, ocho de enero. del dos mil nueve. Lima, ocho de enero del dos mil nueve. VISTOS; y CONSIDERANDO además: Primero. Que, viene en grado de apelación la sentencia de primera instancia, obrante a fojas doscientos veintinueve, su fecha siete

Más detalles

EL CONSEJO DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE LA EDUCACION SUPERIOR (SINAES) REGLAMENTO PARA EL USO DE SELLOS, EMBLEMAS Y DENOMINACION SINAES

EL CONSEJO DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE LA EDUCACION SUPERIOR (SINAES) REGLAMENTO PARA EL USO DE SELLOS, EMBLEMAS Y DENOMINACION SINAES EL CONSEJO DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE LA EDUCACION SUPERIOR (SINAES) Con fundamento en el inciso a) del artículo 12 de la Ley 8256 de 2 de mayo de 2002, ante la necesidad de establecer las

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación

Más detalles

VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y. REPÚBLICA ARGENTINA se consulta a esta OFICINA ANTICORRUPCIÓN

VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y. REPÚBLICA ARGENTINA se consulta a esta OFICINA ANTICORRUPCIÓN RESOLUCIÓN OA/DPPT Nº 57 BUENOS AIRES, 18 de diciembre de 2000. VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº 128.352/00, y CONSIDERANDO: Que por Nota 382c/1148

Más detalles

Encuentro de Abogados CUBA-USA

Encuentro de Abogados CUBA-USA Encuentro de Abogados CUBA-USA PROPIEDAD INTELECTUAL PROPIEDAD INDUSTRIAL DERECHO DE AUTOR ANTECEDENTES Real Célula del 30 de julio de 1833 (Primer instrumento jurídico que normó la actividad de la Propiedad

Más detalles

INTRODUCCIÓN A ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. Derecho de la Publicidad

INTRODUCCIÓN A ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. Derecho de la Publicidad INTRODUCCIÓN A ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Derecho de la Publicidad Mayo, 2016 ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. EL REGISTRO DE MARCAS III. EL NOMBRE COMERCIAL IV. LA MARCA Derecho de la Publicidad:

Más detalles

Qué es una marca? Una marca es un signo distintivo, cuya función principal es identificar y distinguir productos y/o servicios en el mercado.

Qué es una marca? Una marca es un signo distintivo, cuya función principal es identificar y distinguir productos y/o servicios en el mercado. MARCA Y BRANDING Docente: Lina Bernal Contexto de marcas Qué es una marca? Una marca es un signo distintivo, cuya función principal es identificar y distinguir productos y/o servicios en el mercado. Qué

Más detalles

E ér e U N A P U B L I C A C I Ó N D E E ér e U N A P U B L I C A C I Ó N D E

E ér e U N A P U B L I C A C I Ó N D E E ér e U N A P U B L I C A C I Ó N D E E ér e UNA PUBLICACIÓN DE E ér e UNA PUBLICACIÓN DE María de los Ángeles Marín Rodrigo Ibarra Rodney Responsable del departamento de Abogado asociado senior de la firma Arias & Muñoz propiedad intelectual

Más detalles

NORMATIVA y jurisprudencia

NORMATIVA y jurisprudencia NORMATIVA y jurisprudencia Índice Orden HAP/1200/2012, de 5 de junio, sobre uso del sistema de código seguro de verificación por la Dirección General del Catastro Resolución de 23 de mayo de 2012, de la

Más detalles

RESOLUCION 797 Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos

RESOLUCION 797 Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos RESOLUCION 797 Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 30 literal b) del Acuerdo de

Más detalles

Frente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 11 de septiembre de 2014.

Frente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 11 de septiembre de 2014. 1 Resolución de 15 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Sigma-Tau

Más detalles

RESOLUCIÓN (Expte. A 244/98, Morosos Sector Textil)

RESOLUCIÓN (Expte. A 244/98, Morosos Sector Textil) RESOLUCIÓN (Expte. A 244/98, Morosos Sector Textil) Pleno Excmos. Sres.: Petitbò Juan, Presidente Berenguer Fuster, Vicepresidente Bermejo Zofío, Vocal Alonso Soto, Vocal Hernández Delgado, Vocal Rubí

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 162-IP-2014

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 162-IP-2014 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 162-IP-2014 Interpretación prejudicial, a petición de la corte consultante, del artículo 138 literal b) de la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000,

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 120-IP-2014

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 120-IP-2014 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 120-IP-2014 Interpretación prejudicial, a solicitud del Consultante, de los artículos 135 literal j) y 172 de la Decisión 486 de 14 de septiembre de

Más detalles

Ley N , Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, la Ley de Amazonía).

Ley N , Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, publicada el , y normas modificatorias (en adelante, la Ley de Amazonía). INFORME N. 010-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si los productores de café y cacao( 1 ) de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco y las provincias de Chanchamayo y Satipo del departamento

Más detalles

RESOLUCIÓN DG DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL. San José, a las diez horas del día veintiuno de julio del año dos mil diez.

RESOLUCIÓN DG DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL. San José, a las diez horas del día veintiuno de julio del año dos mil diez. RESOLUCIÓN DG-252-2010. San José, a las diez horas del día veintiuno de julio del año dos mil diez. CONSIDERANDO: 1. Que el artículo 191 de la Constitución Política dispone que un Estatuto de Servicio

Más detalles

ACCIONANTE : CERVECERÍA Y MALTERÍA QUILMES S.A.I.C.A.G. EMPLAZADA : COMPAÑÍA NACIONAL DE CERVEZA S.A.

ACCIONANTE : CERVECERÍA Y MALTERÍA QUILMES S.A.I.C.A.G. EMPLAZADA : COMPAÑÍA NACIONAL DE CERVEZA S.A. ACCIONANTE : CERVECERÍA Y MALTERÍA QUILMES S.A.I.C.A.G. EMPLAZADA : COMPAÑÍA NACIONAL DE CERVEZA S.A. Lima, veintiséis de mayo de mil novecientos noventa y siete I. ANTECEDENTES Con fecha 5 de abril de

Más detalles

- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias.

- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias. INFORME N. 034-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si tratándose de solicitudes de devolución de saldos no aplicados de percepciones debe computarse el plazo de prescripción de forma independiente tomando

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución N 13-03-01 de fecha 21 de marzo de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 40.133 de esa misma

Más detalles

CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS N CONSUCODE PARA CUBRIR LA PLAZA VACANTE DE CHOFER (TÉCNICO 2)

CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS N CONSUCODE PARA CUBRIR LA PLAZA VACANTE DE CHOFER (TÉCNICO 2) CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS N 006-2006- CONSUCODE PARA CUBRIR LA PLAZA VACANTE DE CHOFER (TÉCNICO 2) BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS COMITÉ DE SELECCIÓN DE PERSONAL ÍNDICE CAPÍTULO

Más detalles

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción?

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción? INFORME N. 0154-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas sobre las denominadas cartas inductivas que utiliza la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Más detalles

1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio de limpieza en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Prioro.

1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio de limpieza en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Prioro. PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DEL AYUNTAMIENTO. 1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio

Más detalles

SOLICITANTE : Z & KLON S.A. OPOSITORA : CONVERSE INC.

SOLICITANTE : Z & KLON S.A. OPOSITORA : CONVERSE INC. SOLICITANTE : Z & KLON S.A. OPOSITORA : CONVERSE INC. Artículo 7 de la Convención de Washington: Aplicable - Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 25 de la Nomenclatura

Más detalles

EMPLAZADA : ABEL CANDIOTE CCONISLLA

EMPLAZADA : ABEL CANDIOTE CCONISLLA ACCIONANTE : KARI TAKAHASHI NABETA EMPLAZADA : ABEL CANDIOTE CCONISLLA Acción de nulidad de registro de marca de producto concedida bajo la vigencia de la Decisión 486 y el Decreto Legislativo 1075: Fundada

Más detalles

RESOLUCION 270 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

RESOLUCION 270 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, RESOLUCION 270 LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, Dictamen 29-99 de Incumplimiento por parte del Gobierno de Venezuela por la adopción de restricciones, exclusiones o trato discriminatorio en

Más detalles

LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE AJUSTE POR INFLACIÓN DEL BALANCE GENERAL CON INCIDENCIA TRIBUTARIA EN PERIODOS DEFLACIONARIOS

LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE AJUSTE POR INFLACIÓN DEL BALANCE GENERAL CON INCIDENCIA TRIBUTARIA EN PERIODOS DEFLACIONARIOS Carlos Torres y Torres Lara 1942-2000 Alonso Morales Acosta Carlos Torres Morales Rafael Torres Morales Juan Carlos Benavente Teixeira Miguel Angel Torres Morales Britta Olsen de Torres Sylvia Torres de

Más detalles

WORLD BASC ORGANIZATION REGLAMENTO PARA USO IMAGEN CORPORATIVA EMPRESAS CERTIFICADAS INDICE

WORLD BASC ORGANIZATION REGLAMENTO PARA USO IMAGEN CORPORATIVA EMPRESAS CERTIFICADAS INDICE Página 1 de 8 INDICE 1. Objeto 2. Documentos de referencia 3. Definiciones 4. Condiciones de Uso de Imagen Corporativa 5. Propiedad del Certificado y del Logo 6. Uso indebido del Certificado y del Logo

Más detalles

PROCESO Nº 1-IP-91 VISTOS:

PROCESO Nº 1-IP-91 VISTOS: PROCESO Nº 1-IP-91 Interpretación por vía prejudicial del artículo 70 de la Decisión 85 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena solicitada por el Consejo de Estado de la República de Colombia EL TRIBUNAL

Más detalles

INVITACIÓN PUBLICA 044 DEL 2010 DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 2 DEL DECRETO 3576 DE 2009 EL MUNICIPIO DE VILLAVIEJA INVITA

INVITACIÓN PUBLICA 044 DEL 2010 DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 2 DEL DECRETO 3576 DE 2009 EL MUNICIPIO DE VILLAVIEJA INVITA INVITACIÓN PUBLICA 044 DEL 2010 DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 2 DEL DECRETO 3576 DE 2009 EL MUNICIPIO DE VILLAVIEJA INVITA PARA QUE LOS INTERESADOS PRESENTEN PROPUESTAS PARA SELECCIONAR A LOS CONTRATISTAS

Más detalles

REGLAMENTO PARA AUTORIZAR EXCEPCIONALMENTE EL EJERCICIO DE FUNCIONES PÚBLICAS EN CASO DE INCOMPATIBILIDAD POR PARENTESCO O MATRIMONIO

REGLAMENTO PARA AUTORIZAR EXCEPCIONALMENTE EL EJERCICIO DE FUNCIONES PÚBLICAS EN CASO DE INCOMPATIBILIDAD POR PARENTESCO O MATRIMONIO SUPERINTENDENCIA DEL SERVICIO CIVIL Resolución Administrativa SSC- 003/2002 28 de enero de 2002 REGLAMENTO PARA AUTORIZAR EXCEPCIONALMENTE EL EJERCICIO DE FUNCIONES PÚBLICAS EN CASO DE INCOMPATIBILIDAD

Más detalles

Ministerio Público/Procuraduría de la Administración

Ministerio Público/Procuraduría de la Administración C-No.186 Panamá, 18 de junio de 2002. Licenciada Oris Soto Núñez Directora General de Asesoría Legal del Órgano Judicial de la Corte Suprema de Justicia. E. S. D. Señora Directora: Cumpliendo con nuestras

Más detalles

/CAM-INDECOPI. 17 de marzo de 2005

/CAM-INDECOPI. 17 de marzo de 2005 0042-2005/CAM-INDECOPI 17 de marzo de 2005 EXPEDIENTE Nº 000073-2004/CAM DENUNCIADO : INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL- INDECI DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN DE HOTELES, RESTAURANTES Y AFINES DE AREQUIPA

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 262/2014 C.A. Asturias 013/2014 Resolución nº 332/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 25 de abril de 2014. VISTO el recurso interpuesto por D.

Más detalles

En Santiago de Chile, a 9 de mayo de 2013.- VISTOS PARTE EXPOSITIVA.

En Santiago de Chile, a 9 de mayo de 2013.- VISTOS PARTE EXPOSITIVA. En Santiago de Chile, a 9 de mayo de 2013.- VISTOS I.- PARTE EXPOSITIVA. I.1.- Constitución del arbitraje.- NIC Chile por oficio OFO17516 de fecha 14 de enero de 2013 me notificó de la designación como

Más detalles

En función del tipo de producto elaborado pueden ser aplicables, de forma adicional, otras normas.

En función del tipo de producto elaborado pueden ser aplicables, de forma adicional, otras normas. 1/5 Y MEDIO AMBIENTE DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIONES Y MERCADOS AGRARIOS COMISION NACIONAL DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE ALIMENTACIÓN ANIMAL ACUERDO DE LA COMISIÓN NACIONAL EN MATERIA DE ALIMENTACIÓN

Más detalles

OPOSITORAS : INSTITUT NATIONAL DE L ORIGINE ET DE LA QUALITÉ INAO y COMITÉ INTERPROFESSIONNEL DU VIN DE CHAMPAGNE

OPOSITORAS : INSTITUT NATIONAL DE L ORIGINE ET DE LA QUALITÉ INAO y COMITÉ INTERPROFESSIONNEL DU VIN DE CHAMPAGNE DIRECCIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS COMISIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS RESOLUCION Nº 1404-2010/CSD-INDECOPI EXPEDIENTE : 381709-2009 SOLICITANTE : VAN OORDT GONZALEZ, JANN KAREL OPOSITORAS : INSTITUT NATIONAL

Más detalles

LA VENTA DE ORDENADORES PERSONALES CON PROGRAMAS Y

LA VENTA DE ORDENADORES PERSONALES CON PROGRAMAS Y LA VENTA DE ORDENADORES PERSONALES CON PROGRAMAS Y APLICACIONES PREINSTALADOS NO CONSTITUYE UNA PRÁCTICA DESLEAL CONTRA LOS CONSUMIDORES STJUE de 7 de septiembre de 2016, asunto C 310/15 Iuliana Raluca

Más detalles

ACCIONANTE : PRODUCTOS FAMILIA S.A. EMPLAZADA : MEDIFARMA S.A.

ACCIONANTE : PRODUCTOS FAMILIA S.A. EMPLAZADA : MEDIFARMA S.A. ACCIONANTE : PRODUCTOS FAMILIA S.A. EMPLAZADA : MEDIFARMA S.A. Acción de cancelación Pruebas de uso parcial de la marca Criterios para la aplicación del tercer párrafo del artículo 165 de la Decisión 486:

Más detalles

PROCESO 202-IP-2014. Magistrada ponente: Dra. Cecilia L. Ayllón Q.

PROCESO 202-IP-2014. Magistrada ponente: Dra. Cecilia L. Ayllón Q. 1 PROCESO 202-IP-2014 Interpretación prejudicial del artículo 147 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina. Consultante: Dirección de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa

Más detalles

- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias.

- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias. INFORME N. 118-2014-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si, aun con la dación del Decreto Supremo N. 008-2011-EF, se mantiene vigente para los ejercicios gravables anteriores al 2011, el criterio contenido

Más detalles

CONSULTA PÚBLICA NUEVOS TIPOS DE MARCAS

CONSULTA PÚBLICA NUEVOS TIPOS DE MARCAS CONSULTA PÚBLICA NUEVOS TIPOS DE MARCAS El Instituto Nacional de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía Fomento y Turismo convoca a todos los interesados, a participar de la consulta pública Nuevos

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-009-15 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD QUASAR ATLANTIC DOMINICANA, S. R. L., EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA

Más detalles

MANUAL SOBRE USO DEL NOMBRE Y LOGOTIPO DE LA FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU

MANUAL SOBRE USO DEL NOMBRE Y LOGOTIPO DE LA FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU MANUAL SOBRE USO DEL NOMBRE Y LOGOTIPO DE LA FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU GENERALIDADES Al crear una marca se define una plataforma, base de la identidad de largo plazo

Más detalles

ACTIVIDAD ACADÉMICA: MARCAS, AVISOS COMERCIALES Y NOMBRES COMERCIALES.

ACTIVIDAD ACADÉMICA: MARCAS, AVISOS COMERCIALES Y NOMBRES COMERCIALES. ACTIVIDAD ACADÉMICA: MARCAS, AVISOS COMERCIALES Y NOMBRES COMERCIALES. CLAVE: MODALIDAD: CURSO. CARÁCTER: OPTATIVO. TIPO: TEÓRICO. NIVEL: MAESTRÍA. CRÉDITOS: 6 HORAS TEÓRICAS POR SEMANA: 3 HORAS TEÓRICAS

Más detalles

SUBPROCESO GESTIÓN DE LA PROTECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Anexo 8.4 Subproceso gestión de la protección de propiedad intelectual

SUBPROCESO GESTIÓN DE LA PROTECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Anexo 8.4 Subproceso gestión de la protección de propiedad intelectual Anexo 8.4 Subproceso gestión de la protección de propiedad intelectual 1. OBJETIVO Gestionar y facilitar la obtención de protección de la propiedad intelectual de los resultados de investigación o invenciones

Más detalles

REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE ENSAYO Y CALIBRACIÓN

REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE ENSAYO Y CALIBRACIÓN REGLAMENTO Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales - INDECOPI Calle la Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE ENSAYO Y CALIBRACIÓN 2008-04-15 3º Edición

Más detalles

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica PRODUCTOS COSMETICOS Disposición 3473/2005 Apruébase el "Reglamento Técnico Mercosur sobre Rotulado Obligatorio General para Productos

Más detalles

Unidad de Información y Análisis Financiero

Unidad de Información y Análisis Financiero Superintendencia de Servicios Financieros Unidad de Información y Análisis Financiero MEJORES PRÁCTICAS PARA EL REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS OCTUBRE DE 2016 Contenido Introducción...3 Marco normativo...3

Más detalles

Los Signos Distintivos Instrumentos del Comercio. PATRICIA GAMBOA VILELA Oficina de Signos Distintivos INDECOPI Octubre, 2004

Los Signos Distintivos Instrumentos del Comercio. PATRICIA GAMBOA VILELA Oficina de Signos Distintivos INDECOPI Octubre, 2004 Los Signos Distintivos Instrumentos del Comercio PATRICIA GAMBOA VILELA Oficina de Signos Distintivos INDECOPI Octubre, 2004 1 PROPIEDAD INTELECTUAL DERECHOS DE AUTOR PROPIEDAD INDUSTRIAL Derechos exclusivos

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA EXPEDICIÓN DE TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. CAPITULO I

ORDENANZA REGULADORA DE LA EXPEDICIÓN DE TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. CAPITULO I ORDENANZA REGULADORA DE LA EXPEDICIÓN DE TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. CAPITULO I Articulo 1.- Esta Ordenanza tiene por objeto estructurar y fijar los criterios y el procedimiento

Más detalles

INVITACIÓN PÚBLICA No. 218 de 2010

INVITACIÓN PÚBLICA No. 218 de 2010 INVITACIÓN PÚBLICA No. 218 de 2010 El (META), En aplicación a lo dispuesto en el parágrafo del artículo 17 del decreto 2474 de 2008, modificado por el artículo 1º del Decreto 3576 de 2009; invita públicamente

Más detalles

DECRETO LEGISLATIVO 12-99-E

DECRETO LEGISLATIVO 12-99-E DECRETO LEGISLATIVO 12-99-E CAMBIOS IMPORTANTES INTRODUCIDOS A LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL EN HONDURAS NUEVA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (Decreto legislativo 12 99 E) CIRCULAR (01 2002) A partir del

Más detalles

- I - En primer lugar, corresponde hacer una reseña de los presentes actuados.

- I - En primer lugar, corresponde hacer una reseña de los presentes actuados. Ref.: Actuación 366/1381 B.C.R.A. DICTAMEN DNPDP Nº 150/07 BUENOS AIRES, 25 de setiembre de 2007 SEÑORES GERENTE Y SUBGERENTE: Tengo el agrado de dirigirme a Uds. con relación a las actuaciones de referencia,

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 012-IP-2009

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 012-IP-2009 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 012-IP-2009 Interpretación Prejudicial de los artículos 134, 136 literal a), 146 y 147 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina; y, de

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto

Más detalles

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 1 de octubre y con registro de entrada en Diputación el día 3 del mismo mes, solicita del Departamento de Asistencia a Municipios la

Más detalles

Resolución. Cuestión Q218. La exigencia de uso genuino de la marca para mantener la protección

Resolución. Cuestión Q218. La exigencia de uso genuino de la marca para mantener la protección ExCo Hyderabad 2011 Versión adoptada 18 de octubre 2011 Resolución Cuestión Q218 La exigencia de uso genuino de la marca para mantener la protección AIPPI Observando que: 1) La AIPPI ha adoptado con anterioridad

Más detalles

CONSIDERANDO PLIEGO DE CONDICIONES DE USO DE LOS LOGOTIPOS HECHO EN MEXICO

CONSIDERANDO PLIEGO DE CONDICIONES DE USO DE LOS LOGOTIPOS HECHO EN MEXICO Pliego de Condiciones de uso de los logotipos Hecho en México Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. La Dirección General de Normas de la

Más detalles

1. La renta generada por la enajenación posterior de los mencionados inmuebles se encuentra gravada con el Impuesto a la Renta?

1. La renta generada por la enajenación posterior de los mencionados inmuebles se encuentra gravada con el Impuesto a la Renta? INFORME N. 104-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de personas naturales no generadoras de rentas de tercera categoría, que, desde antes del 1.1.2004, han poseído de manera continua, pacífica

Más detalles

Article 12 de l Estatut dels Treballadors.

Article 12 de l Estatut dels Treballadors. Article 12 de l Estatut dels Treballadors. Artículo 12. Contrato a tiempo parcial y contrato de relevo. 1. El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación

Más detalles

La No Distintividad Marcaria

La No Distintividad Marcaria La No Distintividad Marcaria Maria del Carmen Arana Courrejolles' "En el presente artículo, la autora desarrolla los elementos de la distintividad marcaria, y nos explica en qué consiste la no distintividad

Más detalles

La reciente modificación de la Ley 26702, Ley General del

La reciente modificación de la Ley 26702, Ley General del El Leasing y las contrataciones del Estado Por María del Pilar Vilela Proaño La reciente modificación de la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y de Seguros y Orgánica de la SBS-AFP, efectuada

Más detalles

Resolución ACTIVIDAD : PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE HOSPEDAJE

Resolución ACTIVIDAD : PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE HOSPEDAJE Resolución Nº 203-2009/CCD-INDECOPI Lima, 28 de octubre de 2009. EXPEDIENTE Nº 150-2009/CCD DENUNCIANTE : CRISTHOPER JOEL CRUZ PACHECO (SEÑOR CRUZ) IMPUTADA : INVERSIONES FLIVSA S.A.C. (FLIVSA) MATERIAS

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 245/2011 Resolución nº 278/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 16 de noviembre de 2011. VISTA la cuestión de nulidad interpuesta por Don L.M.V.G., en representación

Más detalles

«( ) formula algunas preguntas relacionadas con la aplicación del Decreto 2558 de 2007 al desarrollo de determinadas actividades.

«( ) formula algunas preguntas relacionadas con la aplicación del Decreto 2558 de 2007 al desarrollo de determinadas actividades. CORRESPONSALÍA, CONTRATO Concepto 2007049595-001 del 30 de enero de 2008. Síntesis: El mercado de bienes, productos y servicios agropecuarios y agroindustriales que se transen a través de bolsas de bienes

Más detalles

Lima, veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y ocho

Lima, veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y ocho SOLICITANTE : DEUTSCHE TELEKOM AG OBSERVANTE : TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A. Lima, veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y ocho I. ANTECEDENTES Con fecha 24 de noviembre de 1995, Deutsche Telekom

Más detalles

REGLAMENTO DEL TRIBUNAL UNIVERSITARIO Y DE LA COMISIÓN DE HONOR

REGLAMENTO DEL TRIBUNAL UNIVERSITARIO Y DE LA COMISIÓN DE HONOR REGLAMENTO DEL TRIBUNAL UNIVERSITARIO Y DE LA COMISIÓN DE HONOR El Consejo Universitario en sesión del 1 de diciembre de 1998, aprobó el presente ordenamiento en los siguientes términos: Título Primero

Más detalles

DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE B EXAMEN

DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE B EXAMEN DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE B EXAMEN SECCIÓN 4 MOTIVOS DE DENEGACIÓN ABSOLUTOS CAPÍTULO 5 SIGNOS

Más detalles

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRA EL LLAMADO A LICITACION ABREVIADA Nº 23. (Expediente 03881/2015)

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRA EL LLAMADO A LICITACION ABREVIADA Nº 23. (Expediente 03881/2015) PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRA EL LLAMADO A LICITACION ABREVIADA Nº 23 (Expediente 03881/2015) ARTICULO PRIMERO. (Objeto). La Intendencia de Florida contratará mediante el procedimiento

Más detalles

La Marca Comunitaria. Ficha 12. 1. Conceptos. Noviembre 2004

La Marca Comunitaria. Ficha 12. 1. Conceptos. Noviembre 2004 Ficha 12 La Marca Comunitaria Noviembre 2004 Desde el 1 de enero de 1993, la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales en el seno de la Unión ha aportado una dimensión europea a

Más detalles

1.3.- FUENTES DEL DERECHO DE TRABAJO

1.3.- FUENTES DEL DERECHO DE TRABAJO 1.3.- FUENTES DEL DERECHO DE TRABAJO 1.3.1- CONCEPTO. Son consideradas fuentes del derecho los acontecimientos que producen reglas abstractas y generales. Ello quiere decir, que en principio la norma tiene

Más detalles

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCION NÚMERO 114 DE 2004 (Enero 20/2004) Por la cual se reglamenta la información promocional o publicitaria de los medicamentos de venta sin prescripción facultativa

Más detalles

CÓDIGO DE ÉTICA COLOMBIA vive feliz. vive naow!

CÓDIGO DE ÉTICA COLOMBIA vive feliz. vive naow! CÓDIGO DE ÉTICA COLOMBIA 2016 Código de Ética CÓDIGO DE ÉTICA NAOW! NAOW es una excelente PLATAFORMA INTEGRAL para iniciar un NEGOCIO PROPIO, con una mínima inversión, pero con grandes posibilidades de

Más detalles

LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS DEL PROCEDIMIENTO

LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS DEL PROCEDIMIENTO LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS DEL PROCEDIMIENTO Definición Los medios impugnativos dentro del procedimiento se expresan mediante los recursos, lo que pueden considerarse como un remedio contra la actuación de

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0035/2010

Gabinete Jurídico. Informe 0035/2010 Informe 0035/2010 La consulta plantea diversas dudas respecto a la adecuación a la normativa de protección de datos de la publicación en la página web de un club deportivo de las clasificaciones de los

Más detalles

REGISTRO SANITARIO DE DISPOSITIVOS MEDICOS

REGISTRO SANITARIO DE DISPOSITIVOS MEDICOS DIRECCIÓN DE AUTORIZACIONES SANITARIAS EQUIPO DE DISPOSITIVOS MEDICOS ----------------- REGISTRO SANITARIO DE DISPOSITIVOS MEDICOS Materiales o Insumos Instrumentales Insumos Equipos Biomédicos iomedicosomedidomat

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL Concepto Abandono y desistimiento Definición Formas de conclusión anticipada del procedimiento, que podrán ser declaradas

Más detalles

CRITERIO INTERPRETATIVO

CRITERIO INTERPRETATIVO CRITERIO INTERPRETATIVO N/REF: CI/002/2015 FECHA: 24 de junio de 2015 ASUNTO: Aplicación de los límites al derecho de acceso a la información La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso

Más detalles

PROCESO 27-IP-2003. TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA, San Francisco de Quito a los cuatro días del mes de junio de dos mil tres.

PROCESO 27-IP-2003. TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA, San Francisco de Quito a los cuatro días del mes de junio de dos mil tres. PROCESO 27-IP-2003 Interpretación Prejudicial de los artículos 81 y 82 literales a) y e) de la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, formulada por el Consejo de Estado de la República de

Más detalles

OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA DE AHORRO DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO

OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA DE AHORRO DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA DE AHORRO DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO Yo, MIRYAM ELIZABETH BEDOYA, peruana, casada, mayor de edad, domiciliada en Caracas y titular de la

Más detalles

MANUAL DE ATENCIÓN A MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

MANUAL DE ATENCIÓN A MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO OBJETIVO: MANUAL DE ATENCIÓN A MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO Realizar la tramitación, sustanciación y seguimiento de los medios de impugnación en materia electoral,

Más detalles

Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil once. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que por oficio Nº 990, de veintiséis de agosto

Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil once. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que por oficio Nº 990, de veintiséis de agosto 1 Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil once. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que por oficio Nº 990, de veintiséis de agosto de dos mil once, el Presidente (s) de la Corte de Apelaciones de Copiapó,

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,

Más detalles

Frente a dicha resolución AUC interpuso recurso de alzada que fue estimado por el Pleno en su resolución de 17 de junio de 2014.

Frente a dicha resolución AUC interpuso recurso de alzada que fue estimado por el Pleno en su resolución de 17 de junio de 2014. 1 Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Sección Segunda del Jurado por la que se estima parcialmente la reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (en lo sucesivo, AUC )

Más detalles

Todos a sus. Mtro. Sabino Valentín Olivares

Todos a sus. Mtro. Sabino Valentín Olivares Todos a sus Mtro. Sabino Valentín Olivares Una marca debe ser una promesa de calidad, servicio y beneficios constantes que ofrece un vendedor a un consumidor, promesa que se cumple y deberá volverse a

Más detalles

Resolución: Nº 0585-2014/CSD-INDECOPI Comisión de Signos Distintivos Vice-Presidente de la CSD: Hugo Fernando González Coda

Resolución: Nº 0585-2014/CSD-INDECOPI Comisión de Signos Distintivos Vice-Presidente de la CSD: Hugo Fernando González Coda Resolución: Nº 0585-2014/CSD-INDECOPI Comisión de Signos Distintivos Vice-Presidente de la CSD: Hugo Fernando González Coda Lima, 28 de febrero de 2014 EXPEDIENTE : 455921-2011 ACCIONANTE EMPLAZADA MATERIA

Más detalles