UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA FACULTAD DE INGENIERÍA

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1 RESOLUCIÓN N 060 POR LA CUAL SE DEFINEN LAS INSTANCIAS, MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LOS TRÁMITES DE LAS DIFERENTES OPCIONES DE GRADO EN LA EL CONSEJO DE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES CONSIDERANDO: 1. Que la Resolución 007 del Consejo Académico de 2008, define y reglamenta las opciones de trabajo de grado y se exige en todos los programas académicos de la Universidad como requisito parcial para la obtención del título profesional. 2. Que le corresponde al Consejo de Facultad definir aquellos aspectos comunes de reglamentación de sus programas académicos 3. Que se hace necesario establecer criterios para que los Comité de Acreditación y currículo de cada programa académico, puedan atender ordenada y eficientemente el desarrollo de las diferentes opciones de trabajo de grado. 4. Que es función del Consejo de Facultad velar por el buen desempeño de cada uno de los Programas, al igual que expedir éste tipo de acto administrativo. Pág. 1 de 33

2 RESUELVE: CAPITULO I. GENERALIDADES ARTÍCULO 1. El estudiante es autónomo para elegir una entre las Opciones de Grado previstas en resolución No. 007 de 2008 emanada del consejo Académico, siempre que cumpla los requisitos exigidos en el reglamento académico. ARTÍCULO 2. Las Opciones de Grado serán realizadas en forma individual, con excepción de las opciones Trabajo de Investigación y/o Extensión y Creación de Empresa, que podrán ser realizadas en forma individual o por máximo dos (2) estudiantes y cuyos integrantes podrán pertenecer a diferentes Programas Académicos. Parágrafo 1: Cuando el Trabajo de Investigación o sea solicitado por estudiantes de diferentes programas académicos, ésta debe ser tramitada ante el Comité de Acreditación y Currículo de los respectivo programas. ARTÍCULO 3. El (los) estudiante(s) para optar por una opción de grado deben manifestar su intención ante el Comité de Acreditación y Currículo del respectivo programa, diligenciando el formato Solicitud de opción de grado y presentando los documentos que exija cada opción de grado. Pág. 2 de 33

3 ARTÍCULO 4. La Opción de grado seleccionada por el (los) estudiante (s) será aprobada o rechazada por el Comité de Acreditación y Currículo del respectivo programa. ARTÍCULO 5. El (los) estudiante (s) que se le haya aprobado un Trabajo de Grado en cualquiera de sus modalidades, podrá cambiar por una sola vez dicho trabajo de grado, previa justificación y solicitud ante el Comité de Acreditación y Currículo el respectivo programa para su aprobación. ARTÍCULO 6. No se aceptará algún tipo de plagio, accidental o deliberado, en las opciones de grado ofrecidas por la Facultad de Ingeniería. En citas directas, solamente se aceptará el uso de comillas si el texto contiene menos de 40 palabras y hace referencia a frases o ideas de personajes célebres y/o reconocidos. No se aceptaran textos resultados de la acción copiar y pegar. Solo se aceptara paráfrasis adecuada de los textos utilizados como referencias los cuales deben ser citados. Las citas se deben realizar según las normas vigentes exigidas por la Facultad para la Revista Ingeniería e Innovación. ARTÍCULO 7. El Informe final y los productos generados de las opciones de grado serán reglamentadas por el Comité de Acreditación y Currículo de cada Programa Académico y coordinado por el Jefe del Departamento o por el Coordinador del Comité de Acreditación y Currículo del Programa. ARTÍCULO 8. La evaluación de las opciones de grado recibirá una de las siguientes calificaciones: Pág. 3 de 33

4 a. Reprobado: Calificación menor de tres punto cinco (3.5) b. Aprobado: Calificación entre tres punto cinco (3.5) y cinco punto cero (5.0) Parágrafo 1. Si la opción de grado es evaluado como REPROBADO, el coordinador del Comité de Acreditación y Currículo le comunicará al (a los) estudiante (s) el resultado de la evaluación y éste (estos) tendrá (tendrán) derecho a presentar una nueva solicitud en la mismo opción de grado solo por una sola vez. Parágrafo 2. Si el (los) estudiante (s) han REPROBADO en dos ocasiones consecutiva la misma opción de grado, podrá (podrán) optar por solicitar otra opción de grado diferente. CAPITULO II: OPCIÓN DE GRADO TRABAJO DE INVESTIGACIÓN Y/O EXTENSIÓN ARTÍCULO 9. Selección. La temática del Proyecto de Trabajo de investigación y/o extensión debe estar en correspondencia con las líneas de investigación del Programa Académico respectivo con un rigor que desarrolle y preserve la calidad académica en la Facultad. Parágrafo 1. El Trabajo de investigación y/o extensión podrá ser realizado en la Universidad de Córdoba o en otras universidades, industrias, institutos y centros de investigación, nacional e internacional; así como las entidades territoriales, previa aprobación del Comité de Acreditación y Currículo del Programa. Pág. 4 de 33

5 ARTÍCULO 10. Inscripción. El (los) estudiante(s) (máximo dos) deben manifestar su intención de escoger la opción de grado según lo estipulado en Artículo 3, de la presente resolución, y radicar el proyecto de investigación y/o extensión (dos copias impresas y una copia digital) en el Comité de Acreditación y Currículo del respectivo programa. El formato Solicitud de opción de grado remitido por el estudiante debe ir con el visto bueno del director del proyecto, que evidencie la viabilidad del proyecto y con la cual manifiesta su aceptación. ARTÍCULO 11. Estructura del proyecto de investigación y/o extensión. El proyecto de investigación y/o extensión debe tener máximo 20 páginas escritas a doble espacio, sin incluir anexos y manteniendo la siguiente estructura: a. Portada, en la cual se debe incluir: Título del proyecto, autor(es), director(es), Universidad, b. Facultad, Departamento, Ciudad y Fecha de presentación. c. Descripción y formulación del problema d. Justificación e. Objetivos generales y específicos f. Estado del arte g. Hipótesis (de ser necesario) h. Metodología i. Resultados esperados j. Presupuesto y fuentes de financiación k. Cronograma de actividades Pág. 5 de 33

6 l. Bibliografía m. Anexos (de ser necesario) Parágrafo 1. El cronograma de actividades del Trabajo de investigación y/o extensión deberá ajustarse para más de un (1) semestre académico y menos de dos (2) semestres académicos. ARTÍCULO 12. Aprobación. El Comité de Acreditación y Currículo evaluará LA PERTINENCIA y EL ALCANCE de la temática del proyecto y designará dos (2) jurados, expertos en la temática a investigar, si éste es aprobado. Los jurados tendrán un tiempo máximo de 15 días calendario para evaluar el proyecto según los criterios de evaluación estipulados en el formato Evaluación del proyecto de grado de investigación y/o extensión, el cual se debe diligenciar completamente. Si el proyecto no es pertinente, el Comité de Acreditación y Currículo les comunicará por escrito a los estudiantes del trabajo, las razones de esta decisión y éste tendrá derecho a presentar el proyecto con la inclusión de las modificaciones sugeridas por el Comité por una sola vez. Parágrafo 1. Los jurados del Trabajo de investigación y extensión podrán ser profesores vinculados a la Universidad de Córdoba, a otras Universidades o profesionales del sector productivo con formación académica y experiencia en el tema objeto del Trabajo de Grado, y sus funciones serán: Pág. 6 de 33

7 a. Evaluar la propuesta de Trabajo de Grado. b. Evaluar el informe final de Trabajo de Grado. c. Asistir a la sustentación publica, asignar la calificación correspondiente al Trabajo de Grado y firmar las actas respectivas. d. Firmar original y/o copias del informe final del Trabajo de Grado. Parágrafo 2. La evaluación de proyecto será el promedio aritmético de la evaluación de los dos jurados, la cual se reportará en el formato Reporte de Evaluación del proyecto de investigación y/o extensión, creación de empresa y propuesta de monografía, según la siguiente escala: a. Reprobado: Menor de 70 Puntos b. Aprobado: Igual o mayor a 70 Puntos Parágrafo 3. Si el proyecto es evaluado como Reprobado, el coordinador del Comité de Acreditación y Currículo les comunicará a los estudiantes la decisión y éstos tendrán derecho a presentar el proyecto con la inclusión de las modificaciones sugeridas por los jurados por una sola vez. Parágrafo 4. Si el proyecto es Aprobado, y los jurados sugieren modificaciones, los estudiantes tienen que realizar las sugerencias, las cuales se verificaran en el informe final. Pág. 7 de 33

8 Parágrafo 5. El comité de Acreditación y Currículo de los programas podrán delegar ante el comité de Investigación y Extensión del programa, el trámite de la propuesta de que trata el presente Artículo. ARTÍCULO 13. Desarrollo del trabajo de investigación y/o extensión. Una vez aprobado el proyecto de investigación y/o extensión los estudiantes pueden dar inicio al desarrollo del mismo. Parágrafo 1. Si por circunstancias imprevistas durante el desarrollo del Trabajo de investigación y/o extensión se cambian sus objetivos (menos de 50 %), el director debe informarlo al Comité de Acreditación y Currículo del programa, quienes a su vez informarán a los jurados del proyecto, para su respectiva aprobación. ARTÍCULO 14. Presentación del informe final. Los estudiantes enviarán a su director dos ejemplares del informe final y una copia electrónica, quien lo enviará formalmente al Comité de Acreditación y Currículo del Programa. El comité, a través de su coordinador, remitirá el informe final a los jurados para su evaluación, quienes tendrán un máximo de veinte (20) días calendario a partir de la fecha de recibo para emitir su concepto sobre el informe. El informe final no debe exceder las 50 páginas a doble espacio, sin incluir anexos y listas especiales. Pág. 8 de 33

9 ARTÍCULO 15. Estructura del informe final. La estructura del informe final del trabajo de investigación y extensión debe contener, encuadernación en pasta dura, páginas pretextuales, páginas pos-textuales (opcional), cuerpo del informe y anexos, ordenados así: 1. Pasta dura: deberá contener el título del trabajo, el escudo de la universidad, autores, nombre de la Universidad, nombre de la Facultad, nombre del programa, ciudad y año. El color de la pasta debe ser el verde institucional. 2. Las páginas pre-textuales serán compuestas de: a. Primera hoja, igual que la pasta. b. Segunda hoja, igual a la capa incluyendo director (es), debajo de autores. c. Tercera hoja, responsabilidad de los autores d. Cuarta hoja, nota de aceptación. e. Quinta hoja, dedicatoria f. Sexta hoja, agradecimientos. g. Séptima hoja, Tabla de Contenido h. Lista de Tablas, Figuras, Anexos y otras i. Resumen en español. j. Resumen en ingles 3. Cuerpo del trabajo de grado. Estará compuesto por las siguientes secciones: Introducción; Revisión de literatura (las citas seguirán las normas de la revista de la Facultad: Ingeniería e Innovación); Materiales y Métodos; Resultados y Discusión; Conclusiones, Recomendaciones; Bibliografía (siguiendo las normas de la revista de la Facultad: Revista Ingeniería e Innovación). Pág. 9 de 33

10 Parágrafo 1. La edición del informe final debe cumplir con los siguientes criterios: a. El trabajo de grado debe ser escrito con tinta negra legible, empleando letra tamaño Times New Roman 12. b. Notación científica y medidas en el texto se regirán con la nomenclatura internacional. Las unidades métricas deberán seguir el patrón del sistema internacional de unidades (SI). c. Papel a utilizar será blanco tamaño carta (215 x 279 mm). d. Márgenes: al borde de la encuadernación 4 cm, los demás 2,5 cm. Los títulos de inicio de cada sección deben estar en página individual a 7 cm del borde superior de la hoja. e. Paginación: las páginas textuales y postextuales (desde la introducción hasta los anexos) se enumerarán en secuencia continua con números arábigos. Las páginas pretextuales se enumerarán, en forma continua con algoritmos romanos en minúsculas. Las páginas de inicio de cada sección no se enumeran. f. Las figuras, gráficas y tablas deben estar en la misma hoja o en la siguiente de donde son citadas. Las figuras y gráficas llevaran el título debajo y las tablas encima y deben enumerarse en forma secuencial. ARTÍCULO 16. Evaluación del contenido del informe final: Para la evaluación del contenido del informe final, los jurados tendrán en cuenta los criterios estipulados en el formato Evaluación del contenido del informe final opciones de grado investigación y/ o extensión y monografía, el cual se debe diligenciar completamente por los jurados. Pág. 10 de 33

11 Parágrafo 1. Los cambios en el informe final sugeridos por los jurados, deberán ser remitidos nuevamente por el Director al Coordinador del Comité de Acreditación y Currículo, luego de la aprobación oficial del informe final por parte de los Jurados, el Comité programará fecha y hora para la sustentación. ARTÍCULO 17. Evaluación de la sustentación del trabajo de grado de Investigación y/o Extensión. Para la evaluación de la sustentación del trabajo de grado, los jurados tendrán en cuenta los criterios estipulados en el formato Evaluación de la sustentación del trabajo de grado, el cual se debe diligenciar completamente por los jurados. ARTÍCULO 18. Calificación definitiva del trabajo de grado Investigación y/o Extensión. La nota definitiva del trabajo de investigación y extensión saldrá del promedio ponderado de la nota del informe final escrito y de la sustentación pública que tienen valores de 70% y 30%, respectivamente. Esta se debe registrar en el formato Nota definitiva del trabajo de grado, el cual se debe diligenciar completamente por el Coordinador del Comité de Acreditación y Currículo del Programa. La Evaluación del contenido del informe final y la Evaluación de la sustentación saldrán el promedio aritmético de la evaluación de los dos jurados. Parágrafo 1: El Coordinador del Comité de Acreditación y Currículo del Programa debe enviar a la Secretaria Académica de la Facultad, la nota definitiva. Pág. 11 de 33

12 Parágrafo 2. Sólo los trabajo de las opciones de grado investigación y/o extensión podrán recibir las siguientes menciones: a. Meritorio. Calificación entre cuatro punto cinco (4.5) y cuatro punto noventa y cuatro (4.94). b. Laureado. Calificación entre cuatro punto noventa y cinco (4.95) y cinco punto cero (5.0). Además de lo anterior, la mención MERITORIA, será otorgada previo estudio del Consejo de la Facultad, a solicitud motivada y unánime del Jurado Calificador con el visto bueno del Comité de Investigaciones de la Facultad de Ingeniería. La mención LAUREADA será otorgada por el Consejo Académico, a solicitud del Consejo de Facultad de Ingeniería, previa petición motivada y unánime del jurado calificador y concepto favorable de pares externos. En este último caso, el LAUREADO tendrá derecho a que la Universidad le publique su trabajo. Para realizar la solicitud se debe diligenciar inicialmente el formato Solicitud de mención meritoria o laureada del trabajo de grado de investigación y/o extensión. CAPITULO III. OPCIÓN DE GRADO MONOGRAFIA ARTÍCULO 19. Selección. La monografía puede ser desarrollada solamente por un (1) estudiante el cual debe consultar por lo menos treinta (30) fuentes bibliográficas publicadas en los últimos diez (10) años, de las cuales al menos veinte (20) fuentes bibliográficas deben ser de los últimos cinco (5) años. La monografía debe realizarse en Pág. 12 de 33

13 un área temática del saber disciplinar en correspondencia con las áreas de profundización y líneas de investigación del Programa Académico, con el fin de hacer un análisis crítico bajo la dirección de un director. Parágrafo 1. Al menos el 20% de la bibliografía debe estar publicado en idioma inglés u otro idioma diferente al español. ARTÍCULO 20. Inscripción. El estudiante debe manifestar su intención de escoger la opción de grado según lo estipulado en Artículo 3, de la presente resolución, y radicar la propuesta de la monografía en el Comité de Acreditación y Currículo del respectivo programa (una copia impresa y una digital). El formato Solicitud de opción de grado remitido por el estudiante debe ir con el visto bueno del director de la monografía, con la cual manifiesta su aceptación. Parágrafo 1. Con la solicitud de opción de grado monografía, el director debe presentar evidencias (Artículos científicos o proyectos de investigación o certificación laboral) que demuestre su experiencia investigativa y/o laboral en el tema de que trate la monografía. ARTÍCULO 21. Estructura de la propuesta de monografía. La solicitud oficial de la propuesta de monografía debe tener máximo 20 páginas escritas a espacio y medio, sin incluir anexos y manteniendo la siguiente estructura: a. Descripción b. Estudiante(s) Pág. 13 de 33

14 c. Director d. Área e. Objetivo general f. Alcance o delimitación de la propuesta g. Justificación h. Duración i. Recursos económicos: Parágrafo 1. El estudiante también debe presentar además de la propuesta de monografía el Registro extendido y matricula vigente. ARTÍCULO 22. Aprobación. El Comité de Acreditación y Currículo designará dos (2) jurados expertos en el tema de la monografía, los cuales tendrán un tiempo máximo de 15 días calendario para evaluar la propuesta según los criterios de evaluación estipulados en el formato Evaluación de la propuesta de monografía, el cual se debe diligenciar completamente. Parágrafo 1. La evaluación de la propuesta de monografía será el promedio aritmético de la evaluación de los dos jurados, la cual se reportará en el formato Reporte de Evaluación del proyecto de investigación y/o extensión, creación de empresa y propuesta de monografía, según la siguiente escala: a. Reprobado: Menor de 70 Puntos. Pág. 14 de 33

15 b. Aprobado: Igual o mayor a 70 Puntos. Parágrafo 2. Si el proyecto es evaluado como Reprobado, el coordinador del Comité de Acreditación y Currículo les comunicará por escrito a los estudiantes del trabajo las razones de esta decisión y éste tendrá derecho a presentar el proyecto con la inclusión de las modificaciones sugeridas por jurados por una sola vez. ARTÍCULO 23. Presentación del informe final. Una vez elaborada la monografía, el estudiante debe presentar un informe final a su director, quien debe revisarlo, avalarlo y enviarlo al Comité de Acreditación y Currículo del Programa con dos (2) ejemplares del informe final escrito y una (1) copia magnética y otros productos (Software, prototipos, etc) en caso de ser necesario. El comité, a través de su coordinador, remitirá el informe final a los jurados para su evaluación, quienes tendrán un máximo de veinte (20) días calendario a partir de la fecha de recibo para emitir su concepto sobre el informe final. El informe final no debe exceder las 50 páginas a doble espacio, sin incluir anexos y listas especiales. ARTÍCULO 24. Estructura del informe final: La estructura del informe final de la monografía comprenderá: a. Portada: Título, título a obtener, Autor, Director, Coodirector, Universidad, Facultad, Departamento, ciudad y año. b. Agradecimientos. c. Tabla de contenido. d. Lista de figuras. Pág. 15 de 33

16 e. Resumen. f. Abstract. g. Introducción h. Objetivos. i. Desarrollo del tema j. Conclusiones. k. Bibliografía ARTÍCULO 25. Evaluación del contenido del informe final: Para la evaluación del contenido del informe final, los jurados tendrán en cuenta los criterios estipulados en el formato Evaluación del contenido del informe final opciones de grado investigación y/ o extensión y monografía, el cual se debe diligenciar completamente por los jurados. Parágrafo 1. Los cambios en el informe final sugeridos por los jurados, deberán ser remitidos nuevamente por el Director al Comité de Acreditación y Currículo, luego de la aprobación oficial del informe final por parte de los Jurados, el Comité programará fecha y hora para la sustentación. ARTÍCULO 26. Evaluación de la sustentación del trabajo de grado monografía. Para la evaluación de la sustentación del trabajo de grado, los jurados tendrán en cuenta los criterios estipulados en el formato Evaluación de sustentación del trabajo, el cual se debe diligenciar el cual se debe diligenciar completamente por los jurados. Pág. 16 de 33

17 ARTÍCULO 27. Calificación definitiva del trabajo de grado monografía. La nota definitiva de la monografía saldrá del promedio ponderado de la nota del informe final de trabajo de grado y de la sustentación pública del informe de trabajo de grado, los cuales tendrá un porcentaje de 70% y 30%, respectivamente. Esta se debe registrar en el formato Nota definitiva del trabajo de grado, el cual se debe diligenciar completamente por el Coordinador del Comité de Acreditación y Currículo del Programa. La evaluación del contenido del informe final y la evaluación de la sustentación saldrán el promedio aritmético de la evaluación de los dos jurados. CAPITULO IV. OPCIÓN DE GRADO PASANTÍA ARTÍCULO 28. Definición. La pasantía es una actividad académica presencial que puede desarrollar el estudiante en una entidad académica o de servicios, centros o institutos de investigación. La Pasantía debe permitirle al estudiante integrar los conocimientos adquiridos durante sus estudios de pregrado para contribuir a la consolidación de su formación profesional y científica. Está tendrá un tiempo mínimo de cuatro (4) meses. ARTÍCULO 29: Objetivos de la pasantía. Toda pasantía debe cumplir con los siguientes objetivos: a. Aplicar los conocimientos adquiridos en la formación académica mediante su participación directa en procesos investigativos en institutos, centros o grupos de investigaciones relacionadas con el programa académico correspondiente. Pág. 17 de 33

18 b. Fomentar y fortalecer las relaciones entre la Universidad y el entorno Regional, Nacional e Internacional c. Obtener una realimentación a través de la investigación científica para ajustar los currículos de los Programas, acorde con las necesidades del entorno. d. Identificar problemas, priorizando su importancia y contribuyendo con alternativas de solución a través de la investigación y/o transferencia de tecnología. e. Crear espacios estratégicos para que los futuros profesionales puedan establecer relaciones laborales potenciales. ARTÍCULO 30. Inscripción y aprobación. El estudiante debe manifestar su intención de escoger la opción de grado según lo estipulado en el Artículo 3 de la presente Resolución, y radicar la solicitud de pasantía como opción de grado en el Comité de Acreditación y Currículo del respectivo programa (una copia impresa y una digital). El formato Solicitud de opción de grado remitido por el estudiante debe ir acompañado de una carta remitida por el director del instituto, centro o grupo de investigación donde se acepta al estudiante como pasante. Pasados 30 días, el estudiante debe presentar el plan de trabajo, con el aval del tutor Empresa (responsable de la orientación del pasante por parte de la empresa) para que se le asigne un tutor Docente (responsable de la orientación del pasante por parte la Universidad de Córdoba). ARTÍCULO 31. Estructura de plan de trabajo. El plan de trabajo de la opción de grado pasantía comprenderá: Pág. 18 de 33

19 a. Portada, en la cual se debe incluir: Título de la pasantía, nombre de empresa, del pasante, del tutor Docente, Tutor Empresa, Facultad, Departamento, Ciudad y Fecha de presentación. b. Aspectos Generales de la empresa c. Descripción de la situación actual y su Diagnostico d) Descripción y formulación del problema d. Justificación e. Objetivos generales y específicos f. Metodología y trabajo de campo g. Actividades a desarrollar en la empresa h. Cronograma de actividades i. Bibliografía ARTÍCULO 32. Evaluación por parte de tutores. El tutor Docente y el tutor Empresa son los encargados de evaluar el seguimiento al trabajo del pasante utilizando los formatos Evaluación del plan de trabajo de opciones de grado pasantía y práctica empresarial por tutor Docente y Evaluación de desempeño de opciones de grado pasantía y práctica empresarial por tutor Empresa. ARTÍCULO 33. Presentación del Informe Final. Una vez terminada la pasantía, el estudiante presenta el informe final al tutor Empresa y/o tutor Docente, quienes revisan y emiten su concepto. Con el visto bueno de los tutores, el estudiante envía al Comité de Acreditación y Currículo del Programa dos (2) copias impresas y una (1) digital del Pág. 19 de 33

20 informe final. El Comité de Acreditación y Currículo designará dos (2) jurados, a los cuales se les enviara el informe final quienes tendrán un máximo de veinte (20) días calendario a partir de la fecha de recibo, para emitir su concepto sobre el informe. El informe final no debe exceder las cincuenta (50) páginas a doble espacio, sin incluir anexos y listas especiales. Parágrafo 1. El informe final de la pasantía como opción de grado tendrá la estructura de que tata el Artículo 15 de ésta resolución. ARTÍCULO 34. Evaluación del contenido del informe final. Para la evaluación del contenido del informe final, los jurados, tendrán en cuenta los criterios estipulados en el formato Evaluación del contenido del informe final opciones de grado investigación y/ o extensión y monografía, el cual se debe diligenciar completamente. ARTÍCULO 35. Evaluación de la sustentación de pasantía. Para la evaluación de la sustentación de la Pasantía, los jurados tendrán en cuenta los criterios estipulados en el formato Evaluación de la sustentación del trabajo de grado, el cual se debe diligenciar completamente por los jurados. ARTÍCULO 36. Calificación definitiva de la opción de grado pasantía. La evaluación del pasante, se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes aspectos: La primera nota, será la evaluación del plan de trabajo por parte del tutor Docente reportada en el formato: Evaluación del plan de trabajo de opciones de grado Pág. 20 de 33

21 pasantía y práctica empresarial por tutor Docente. Esta nota tendrá una ponderación del 20% sobre la nota final. La segunda nota, se tomará al finalizar la pasantía y será la evaluación del desempeño del estudiante en la pasantía por parte del tutor Empresa reportada en el formato: Evaluación de desempeño de opciones de grado pasantía y práctica empresarial por tutor en la Empresa. Esta nota tendrá na ponderación del 30% sobre la nota final. La tercera nota, será el promedio aritmético de la evaluación por parte los jurados reportada en el formato: Evaluación del contenido del informe final opciones de grado investigación y/ o extensión y monografía, Esta nota tendrá na ponderación del 30% sobre la nota final. La cuarta nota, saldrán el promedio aritmético de la evaluación la sustentación pública de los dos jurados, reportada en el formato: Evaluación de la sustentación del trabajo de grado, Esta nota tendrá una ponderación del 20% sobre la nota final. La nota definitiva será el promedio ponderado de las cuatro evaluaciones parciales obtenidas. Esta se debe registrar en el formato Nota definitiva del trabajo de grado, el cual se debe diligenciar completamente por el Coordinador del Comité de Acreditación y Currículo del Programa. CAPITULO V. OPCION DE GRADO PRÁCTICA EMPRESARIAL Pág. 21 de 33

22 ARTÍCULO 37. Definición. La práctica empresarial es una actividad académica presencial que realiza el estudiante en el sector productivo y de servicios, que le brinda la oportunidad de aplicar los conocimientos adquiridos mediante su confrontación con problemas reales. ARTÍCULO 38. Objetivos de la práctica empresarial. Toda Práctica Empresarial debe cumplir con los siguientes objetivos: a. Aplicar los conocimientos adquiridos en la formación académica mediante su participación directa en los procesos productivos y administrativos de empresas productoras de bienes o servicios en áreas relacionadas con el perfil ocupacional del programa académico correspondiente. b. Fomentar y fortalecer las relaciones entre la Universidad y el entorno regional, nacional e internacional. c. Aplicar los conocimientos adquiridos en la Universidad a los procesos productivos y administrativos de las empresas, entidades e instituciones del entorno. d. Crear espacios estratégicos para que los futuros profesionales puedan establecer relaciones laborales potenciales. ARTÍCULO 39. Inscripción y aprobación. El estudiante debe manifestar su intención de escoger la opción de grado según lo estipulado en el Artículo 3 de la presente Resolución, y radicar la solicitud de práctica empresarial como opción de grado en el Comité de Acreditación y Currículo del respectivo programa (una copia impresa y una digital). El Pág. 22 de 33

23 formato Solicitud de opción de grado remitido por el estudiante debe ir acompañado de una carta remitida por el tutor de la empresa o representante legal, donde se acepta al estudiante como practicante. Pasados 30 días, el estudiante debe presentar la propuesta a desarrollar en la práctica empresarial con el aval del tutor Empresa (responsable de la orientación del pasante por parte de la empresa) para que se le asigne un tutor Docente (responsable de la orientación del pasante por parte la Universidad de Córdoba). ARTÍCULO 40. Estructura del proyecto de práctica empresarial. El proyecto de práctica como opción de grado comprenderá: a. Portada, en la cual se debe incluir: Título de la práctica, empresa, nombre del practicante, del tutor Docente, Tutor Empresa, Facultad, Departamento, Ciudad y Fecha de presentación. b. Presentación de la empresa c. Descripción y formulación del problema d. Justificación e. Objetivos generales y específicos f. Metodología y trabajo de campo g. Resultados esperados h. Cronograma de actividades i. Bibliografía Parágrafo 1. La práctica empresarial como opción de grado debe tener una duración mínima de cuatro (4) meses. Pág. 23 de 33

24 ARTÍCULO 41. Evaluación por parte de los tutores. El tutor Docente y el tutor empresa son los encargados de evaluar el seguimiento al trabajo del pasante utilizando los formatos Evaluación del plan de trabajo de opciones de grado pasantía y práctica empresarial por tutor Docente y Evaluación de desempeño de opciones de grado pasantía y práctica empresarial por tutor en la Empresa. ARTÍCULO 42. Presentación y evaluación del informe final. Una vez terminada la práctica empresarial, el estudiante presenta el informe final al tutor Empresa y/o tutor Docente, quienes revisan y emiten su concepto. Con el visto bueno de los tutores, el estudiante envía al Comité de Acreditación y Currículo del Programa dos copias impresas y una digital del informe final. El informe final será enviado a dos (2) jurados por parte del coordinador de Comité de Acreditación y Currículo del Programa, quienes tendrán un máximo de veinte (20) días calendario a partir de la fecha de recibo, para emitir su concepto sobre el informe. El informe final no debe exceder las cincuenta (50) páginas a doble espacio, sin incluir anexos y listas especiales. ARTÍCULO 43. El informe final de la práctica como opción de grado tendrá la siguiente estructura: a. Portada: Título, autor, empresa, tutores, universidad, facultad, departamento, programa, fecha. b. Tabla de contenido c. Introducción Pág. 24 de 33

25 d. Información de la empresa: presentación. Reseña histórica, estructura orgánica y descripción del área de trabajo. e. Diagnóstico f. Objetivos generales y específicos g. Actividades programadas h. Actividades desarrolladas i. Aportes del estudiante a la empresa j. Conclusiones k. Recomendaciones. ARTÍCULO 44. Evaluación de la sustentación de la práctica empresarial. Para la evaluación de la sustentación del trabajo de grado, los jurados tendrán en cuenta los criterios estipulados en el formato Evaluación de la sustentación del trabajo de grado, el cual se debe diligenciar completamente por los jurados. ARTÍCULO 45. Calificación definitiva de la opción de grado práctica empresarial. La evaluación del practicante, se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes aspectos: La primera nota, será la evaluación del plan de trabajo por parte del tutor Docente reportada en el formato: Evaluación del plan de trabajo de opciones de grado pasantía y práctica empresarial por tutor Docente. Esta nota tendrá na ponderación del 20% sobre la nota final. La segunda nota, se tomará al finalizar la pasantía y será la evaluación del desempeño del estudiante en la pasantía por parte del tutor Empresa reportada en Pág. 25 de 33

26 el formato: Evaluación de desempeño de opciones de grado pasantía y práctica empresarial por tutor en la Empresa. Esta nota tendrá na ponderación del 30% sobre la nota final. La tercera nota, será el promedio aritmético de la evaluación por parte los jurados reportada en el formato: Evaluación del contenido del informe final opciones de grado investigación y/ o extensión y monografía, Esta nota tendrá na ponderación del 30% sobre la nota final. La cuarta nota, saldrán el promedio aritmético de la evaluación la sustentación pública de los dos jurados, reportada en el formato: Evaluación de la sustentación del trabajo de grado, Esta nota tendrá una ponderación del 20% sobre la nota final. La nota definitiva será el promedio ponderado de las cuatro evaluaciones parciales obtenidas. Esta se debe registrar en el formato Nota definitiva del trabajo de grado, el cual se debe diligenciar completamente. CAPITULO VI. OPCIÓN DE GRADO DIPLOMADO ARTÍCULO 46. Definición. Se refiere a la realización de un curso de actualización, profundización o manejo de nuevas tecnologías ofrecido por la institución en cualquiera de las áreas de formación profesional del programa, con una intensidad horaria mínima de 120 horas. Pág. 26 de 33

27 ARTÍCULO 47. Oferta Académica: Cada Facultad ofertará los Diplomados a cursar como opción de grado, los cuales serán previamente aprobados en cada Comité de Acreditación y Currículo de los programas encargados de impartirlos. ARTÍCULO 48. Cupos. El cupo total de estudiantes del diplomado será establecido por el Comité Curricular de cada Programa. En caso de que el número de solicitudes sea superior al número de cupos disponibles se escogerá entre los solicitantes en estricto orden de acuerdo con el promedio acumulado del aspirante. ARTÍCULO 49 Requisitos. El estudiante que aspire a ingresar a la modalidad de diplomado, debe haber cursado y aprobado la totalidad del plan de estudios. ARTÍCULO 50. Inscripción. Cada Departamento ofrecerá el (los) diplomado (s) establecidos para tal fin, y reglamentará la inscripción de los mismos. En caso que el estudiante esté interesado en cursar un diplomado diferente al ofrecido por el respectivo Departamento, debe manifestar su intención al Comité de Acreditación y Currículo, según lo estipulado en Artículo 3 de ésta Resolución, el cual evaluará LA PERTINENCIA de la temática del diplomado y emitirá el concepto de APROBADO o REPROBADO y lo comunicará por escrito, a través del coordinador de acreditación y currículo, en un tiempo máximo de 15 días calendario. ARTÍCULO 51. Asistencia. El estudiante matriculado en el diplomado deberá asistir por lo menos al 80% de las sesiones y actividades programadas. De lo contrario, perderá el Pág. 27 de 33

28 diplomado como opción de grado por inasistencia. En este caso el Coordinador de Acreditación y Currículo del Programa reportará en formato Nota definitiva del trabajo de grado una nota definitiva de uno punto cero (1.0) con la aclaración Pérdida por Inasistencia. ARTÍCULO 52. Calificación definitiva de la opción de grado diplomado. El estudiante cumplirá con este requisito de grado cuando presente ante la Dirección del Programa, el certificado de calificaciones correspondientes a todos los cursos exigidos en el diplomado y haya aprobado con una calificación mínima de tres punto cinco (3.5) en cada uno de los módulos del diplomado. La nota final del diplomado como opción de grado saldrá del promedio simple de las notas correspondientes a cada módulo ofrecido en el diplomado. Esta se debe registrar en el formato Nota definitiva del trabajo de grado, el cual se debe diligenciar completamente. Parágrafo 1. Cuando el estudiante no alcance la nota mínima de tres punto cinco (3.5) en uno o varios módulos del diplomado, la nota definitiva que se debe registrar en el formato Nota definitiva del trabajo de grado, será la nota mínima obtenida de todos los módulos y la opción de grado será Reprobada.. CAPITULO VII. OPCIÓN DE GRADO CREACIÓN DE EMPRESA ARTÍCULO 53. Definición. Se refiere a la actividad que puede desarrollar el estudiante para formular una propuesta que permita poner en funcionamiento una empresa. Dicho Pág. 28 de 33

29 plan debe ser presentado a un fondo de capital semilla o a una convocatoria de emprendimiento como requisito indispensable para su aprobación como opción de grado. ARTÍCULO 54. Inscripción y aprobación. El (los) estudiante (s) debe manifestar su intención de escoger la opción de grado según lo estipulado en el Artículo 3 de la presente Resolución, y radicar la solicitud de creación de empresas como opción de grado en el Comité de Acreditación y Currículo del respectivo programa (una copia impresa y una digital). El formato Solicitud de opción de grado remitido por el (los) estudiante (s) debe ir acompañado de una carta remitida por el director del proyecto de creación de Empresa. ARTÍCULO 55. Estructura del proyecto creación de empresas. El proyecto de creación de empresas debe tener una extensión máxima de 20 páginas escritas a espacio y medio, manteniendo la siguiente estructura: a. Portada, en la cual se debe incluir: Título del proyecto (Plan de empresa), autor(es), director(es), Universidad, b. Facultad, Departamento, Ciudad y Fecha de presentación. c. Descripción y formulación del problema d. Justificación e. Objetivos generales y específicos f. Metodología g. Presupuesto y fuentes de financiación h. Cronograma de actividades i. Bibliografía Pág. 29 de 33

30 j. Anexos (de ser necesario) ARTÍCULO 56. Aprobación. El Comité de Acreditación y Currículo evaluará LA PERTINENCIA de la temática del proyecto y designará dos (2) jurados si éste es aprobado. Los jurados tendrán un tiempo máximo de 15 días calendario para evaluar el proyecto según los criterios de evaluación estipulados en el formato Evaluación del proyecto de grado creación de empresa, el cual se debe diligenciar completamente. Parágrafo 1. Si el proyecto no es pertinente, el Comité le comunicará por escrito al Director del proyecto las razones de esta decisión y éste tendrá derecho a presentar el proyecto con la inclusión de las modificaciones sugeridas por el Comité por una sola vez. Parágrafo 2. La evaluación del proyecto será el promedio aritmético de la evaluación de los dos jurados, la cual se reportará en el formato Reporte de Evaluación del proyecto de investigación y/o extensión, creación de empresa y propuesta de monografía, según la siguiente escala: a. Reprobado: Menor de 70 Puntos. b. Aprobado: Igual o mayor a 70 Puntos. Parágrafo 3. Si el proyecto es evaluado como Reprobado, el coordinador del Comité de Acreditación y Currículo le comunicará a el (los) estudiante (s) la decisión y éstos tendrán Pág. 30 de 33

31 derecho a presentar el proyecto con la inclusión de las modificaciones sugeridas por los jurados por una sola vez. Parágrafo 4. Si el proyecto es Aprobado, y los jurados sugieren modificaciones, la estudiante tiene que realizar las sugerencias, las cuales se verificaran en el informe final. Parágrafo 5. El comité de Acreditación y Currículo de los programas podrán delegar ante el comité de Investigación y Extensión del programa, el trámite del proyecto de que trata el Artículo 54 de la presente resolución. Parágrafo 6. El proyecto de creación de empresa podrá ser aceptado siempre y cuando cumpla con el acompañamiento y seguimiento por parte de la unidad de emprendimiento y transferencia tecnológica de la Universidad de Córdoba y el director del proyecto. ARTÍCULO 57. Desarrollo del proyecto creación de empresa. Una vez aprobado la propuesta de proyecto de creación de empresa como opción de grado, los estudiantes pueden dar inicio al desarrollo del mismo bajo la dirección del director asignado y teniendo en cuenta que dicho proyecto debe ser inscrito ante una entidad que le de gestión al mismo, a saber: Fondo Emprender, Concurso Ventures, Destapa tu Futuro u otras convocatorias, concursos o entidades que propendan por el fomento, financiación y acompañamiento al emprendimiento, presentándolo en el formato que exija cada entidad. Pág. 31 de 33

32 ARTÍCULO 58. Presentación del informe final. Una vez inscrito el proyecto en la entidad, convocatoria o concurso correspondiente, los estudiantes presentaran el estudio de factibilidad como informe final a su director, quien debe revisarlo y dar el aval si así lo considera. Los autores enviarán al Comité de Acreditación y Currículo del Programa, dos ejemplares del informe final y estos a su vez los remitirán a los jurados para su evaluación, quienes tendrán un máximo de veinte (20) días calendario a partir de la fecha de recibo para emitir su concepto sobre el informe. El informe final del no debe exceder las cincuenta (50) páginas a doble espacio, sin incluir anexos y listas especiales. ARTÍCULO 59. Estructura del informe final. La estructura del informe final de la opción creación de empresas debe contener lo siguiente: a. Introducción b. Resumen ejecutivo c. Referentes teóricos y conceptuales d. Módulo de mercado e. Módulos técnico y organizacional f. Módulos de Impacto social, económico y ambiental. g. Módulo financiero h. Conclusiones i. Recomendaciones j. Bibliografía Pág. 32 de 33

33 k. Anexos ARTÍCULO 60. Evaluación del informe final de creación de empresa. Para la evaluación del informe final, los jurados tendrán en cuenta los criterios estipulados en el formato Evaluación del contenido del informe final opciones de grado creación de empresa, el cual se debe diligenciar completamente. Parágrafo 1. En caso de que sea necesario realizar cambios en el informe final a partir de las recomendaciones de los jurados, éste les debe ser remitido nuevamente para su aprobación final. Aprobado el informe final, se sustentará públicamente, en la fecha y hora fijada por el Comité de Acreditación y Currículo del Programa. ARTÍCULO 61. Evaluación de la sustentación de la opción de grado creación de empresa. Para la evaluación de la sustentación de esta opción de grado, los jurados tendrán en cuenta los criterios estipulados en el formato Evaluación de la sustentación del trabajo de grado, el cual se debe diligenciar completamente. ARTÍCULO 62. Calificación definitiva del trabajo de grado creación de empresa. La nota final de la opción creación de empresa saldrá del promedio aritmético de la nota del informe de creación de empresas registrada en el formato Evaluación del contenido del informe final opciones de grado creación de empresa y de la nota de la sustentación pública del informe de creación de empresa registrada en el formato. Evaluación de la Pág. 33 de 33

34 sustentación del trabajo de grado, Esta se debe registrar en el formato Nota definitiva del trabajo de grado, el cual se debe diligenciar completamente. CAPITULO VIII. OPCIÓN DE GRADO SEMESTRE EN PROGRAMAS DE POSTGRADO ARTÍCULO 63. Definición. Es la posibilidad que tiene un estudiante de cursar y aprobar todos los cursos del primer semestre de un programa de posgrado de la institución, que tenga relación con su disciplina de formación. ARTÍCULO 64. Inscripción. El estudiante debe manifestar su intención de escoger la opción de grado según lo estipulado en Artículo 3, de la presente resolución, ante el Comité de Acreditación y Currículo del Programa. ARTÍCULO 65. Aprobación. El Comité de Acreditación y Currículo del Programa aprobará la solicitud siempre y cuando el Programa de postgrado tenga relación con su formación profesional, el estudiante se encuentre matriculado en decimo semestre y tenga un promedio mínimo de tres punto cinco (3.5). ARTÍCULO 66. Cupos. El número de cupos que se asignará cada semestre para esta opción de Grado, será definido por el Consejo de Facultad y estará sujeto a la oferta del programa de posgrado. En caso de que el número de solicitudes sea superior al número de cupos disponibles, se asignaran los cupos a los solicitantes en estricto orden de acuerdo con el promedio acumulado. Pág. 34 de 33

35 ARTÍCULO 67. Calidad del estudiante. El estudiante de Pregrado de la facultad de Ingeniería de la Universidad de Córdoba que opte por esta opción de grado, no adquiere por este sólo hecho, la calidad de estudiante de Postgrado y su régimen académico seguirá rigiéndose por el reglamento académico de Pregrado durante el primer semestre. No obstante, el estudiante deberá responder a las exigencias académicas del programa de Postgrado en que se inscriba y debe cumplir con los requisitos de selección y admisión, en las mismas condiciones de los estudiantes regulares de Postgrado. ARTÍCULO 68. Asistencia. El estudiante matriculado en el posgrado deberá asistir por lo menos al 80% de las sesiones y actividades programadas. De lo contrario, perderá el posgrado como opción de grado por inasistencia. En este caso el Coordinador de Acreditación y Currículo del Programa reportará en formato Nota definitiva del trabajo de grado una nota definitiva de uno punto cero (1.0) con la aclaración Pérdida por Inasistencia. ARTÍCULO 69. Calificación definitiva de la opción de grado semestre de posgrado. El estudiante cumplirá con el requisito de grado cuando presente ante la Dirección del Programa, el certificado de calificaciones correspondientes a todos los cursos exigidos en el semestre cursado en el programa de posgrado y haya aprobado con una calificación mínima de tres punto cinco (3.5) cada uno de los cursos del semestre. La nota final del semestre de postgrado como opción de grado saldrá del promedio simple de las notas Pág. 35 de 33

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