Aprobado por Decreto de la Concejal Delegada de Contratación nº 1976 de fecha 25/02/2011

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1 PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN LA RECOGIDA DE ESCOMBROS DE PROCEDENCIA DOMÉSTICA O DE OBRAS DE MENOR ENTIDAD QUE AFECTEN AL DOMINIO PÚBLICO Febrero de

2 INDICE Pág. 1. OBJETO DEL CONTRATO ÓRGANO COMPETENTE FUNDAMENTO CONTENIDO DEL CONTRATO DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO A PRESTAR PRECIO DEL CONTRATO TIPO DE LICITACIÓN VARIANTES Y/O MEJORAS CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA FACTURACIÓN OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO REVISIÓN DE PRECIOS PLAZO DE EJECUCIÓN GARANTÍAS GASTOS CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR PUBLICIDAD PREVIA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN OFERTAS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN RESPONSABLE DEL CONTRATO MESA DE CONTRATACIÓN SUBCONTRATACIÓN CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN MODIFICACIÓN DEL CONTRATO PLAZO DE GARANTÍA CLASIFICACIÓN DE INFRACCIONES ANEXO I

3 PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN LA RECOGIDA DE ESCOMBROS DE PROCEDENCIA DOMÉSTICA O DE OBRAS DE MENOR ENTIDAD QUE AFECTEN AL DOMINIO PÚBLICO. 1.- OBJETO DEL CONTRATO Constituye el objeto del contrato la adjudicación de los servicios de recogida de escombros de procedencia doméstica o de obras de menor entidad y escasa producción de residuos que se realicen en el municipio y afecten al dominio público. Codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (CPA-2008), Servicios de recogida de residuos reciclables no peligrosos. es CPV: servicio de carga y descarga de contenedores. El contrato ha sido calificado de contrato de servicios ya que el objeto del mismo está constituido por la prestación de los servicios para la recogida de escombros de procedencia doméstica o de obras de menor entidad y escasa producción de residuos que afecten al dominio público, depositados en contenedores, sacas, o similar, en la vía pública, y se encuentra dentro del Anexo II categoría 16 y artículo 10 de la Ley 30/07, de Contratos del Sector Público. El expediente tiene carácter ordinario, tramitándose por procedimiento abierto, mediante determinación de la oferta económica más ventajosa atendiendo a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, conforme disponen los artículos 141 y 134 de la LCSP. El expediente está sujeto a regulación armonizada. 2.- ÓRGANO COMPETENTE El órgano competente para aprobar la presente licitación será la Concejala Delegada de Contratación, en los municipios de Gran Población, conforme a lo dispuesto en el punto tercero de la Disposición Adicional Segunda de la LCSP, y según se establece en las delegaciones efectuadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el 23 de junio de

4 3.- FUNDAMENTO Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato son las de recoger los distintos tipos de escombros, y otros residuos de construcción y demolición, que se depositan en la vía pública mediante sacas o elementos similares, procedentes de pequeñas obras domésticas. 4.- CONTENIDO DEL CONTRATO Las actuaciones a desarrollar, objeto del presente contrato consistirán en: 4.1. La recogida de las sacas, contenedores o similares, que contengan escombros, tierras o residuos de construcción y demolición, de procedencia domiciliaria, de pequeñas obras en locales o de obras de menor entidad y escasa producción de residuos que afecten al dominio público, y que hayan sido depositados por los particulares en la vía pública, generalmente en la acera El ámbito donde se desarrollarán los trabajos comprende el casco urbano de Alcobendas y las urbanizaciones residenciales del municipio Los residuos de construcción y demolición, estarán depositados en sacas o contenedores de hasta 7 m 3 de volumen máximo y se retirarán mediante los dispositivos adecuados instalados en un vehículo de recogida, procediéndose a la limpieza de cualquier material que caiga a la vía pública a lo largo del proceso de carga Ninguna saca o contenedor donde se hayan depositado los residuos inertes para su retirada, podrá permanecer en la vía pública más de 72 horas desde que la misma se haya presentado para su recogida El destino de los residuos que se recojan será siempre una planta autorizada para el tratamiento de los Residuos de Construcción y Demolición, debiendo presentar el adjudicatario con carácter mensual, o cuando los Técnicos Municipales lo estimen necesario, los justificantes que acrediten la entrega de estos materiales en las correspondientes instalaciones autorizadas Con el fin de optimizar el transporte podrán almacenarse las sacas, siempre en un recinto cerrado o vallado, hasta reunir varias de ellas para aprovechar la carga máxima del camión. En ningún momento el contenido de estas sacas podrá vaciarse antes de su entrega en la Planta de Tratamiento autorizada al efecto. 3

5 4.7. Se exigirá que el equipo de trabajo esté integrado al menos por un camión grúa adecuado para el tránsito por todas las calles del municipio, en especial las del Distrito Centro cuyo trazado es más sinuoso y con menor anchura que en el resto del casco urbano. Dicho camión estará atendido al menos por un conductor que podrá hacer las veces de operario para las operaciones de carga, y posterior descarga, de los residuos. Se valorará positivamente la presencia de otro operario adicional en la prestación del servicio. El tiempo de dedicación del equipo completo (camión más operario/s) será como mínimo de 40 horas a la semana repartidas al menos en un 70% en horario de mañana (de 8 a 14 horas).como en el caso anterior se valorará positivamente el incremento de esta dedicación, en especial en sábados y festivos. 5.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO A PRESTAR A petición del usuario, mediante los medios habituales establecidos (instancia, correo electrónico, escrito, etc) se le proporcionará el número de sacas o contenedores que precise; una vez que haya satisfecho el pago del servicio correspondiente y adjuntado copia del justificante de pago, el plazo previsto para la instalación/suministro será de 24 horas. Cuando el recipiente suministrado (saca o contenedor) haya completado su capacidad o bien se haya finalizado la obra o la generación de residuos, lo comunicará de nuevo al Ayuntamiento para que se proceda a su retirada, que se llevará a cabo en el plazo máximo de 72 horas. La carga de los recipientes (contenedores o sacas) se llevará a cabo mediante vehículo especializado a tal fin, procediendo a la limpieza de cualquier material que se derrame en la vía pública en el proceso de carga, transporte hasta la planta autorizada para el tratamiento de los residuos de construcción y demolición, vertido en la misma de los residuos e incluso el pago de la tasa de vertido correspondiente, establecido por la planta. 6.- PRECIO DEL CONTRATO El precio real del contrato está en función de la demanda real del servicio por parte de los usuarios con derecho al mismo y, por tanto, es variable. Se estima la siguiente demanda anual de servicio: I) Suministro de saca o similar de 1 m 3 de capacidad y resistencia superior a 2 4 toneladas soportada en sus asideras, y posterior 4

6 retirada de la misma con la carga de escombros mediante vehículo de recogida con grúa o brazos hidráulicos, limpieza de cualquier material que se derrame en la vía pública en el proceso de carga, transporte hasta la planta autorizada para el tratamiento de los residuos de construcción y demolición, vertido en la misma de los residuos e incluso el pago de la tasa de vertido correspondiente, establecido por la planta uds/año II) Suministro de contenedores de hasta 7 m 3 de capacidad y posterior retirada de los mismos con su carga correspondiente mediante vehículo adaptado para la recogida de este tipo de contenedores, limpieza de cualquier material que se derrame en la vía pública en el proceso de carga, transporte hasta la planta autorizada para el tratamiento de los residuos de construcción y demolición, vertido en la misma de los residuos e incluso el pago de la tasa de vertido correspondiente, establecido por la planta uds/año El importe máximo estimado del contrato, excluido el IVA, en aplicación de las cantidades antes estimadas, a los precios máximos de licitación establecidos en el punto 7 son los siguientes: Periodo Importe máximo Año Año Año Año El importe estimado anterior no supone ninguna garantía o compromiso por el Ayuntamiento de Alcobendas, ni ninguna limitación, puesto que el Ayuntamiento de Alcobendas abonará al adjudicatario los servicios realmente realizados. La consignación presupuestaria se dispondrá mediante la generación, en la partida presupuestaria correspondiente, de las cantidades abonadas por los usuarios con carácter previo para la prestación de este servicio, quedando así asegurada la disponibilidad económica. 5

7 7.- TIPO DE LICITACIÓN Se fija como tipo máximo de licitación el que a continuación se especifica para cada uno de los servicios que integran el contrato: I. Suministro de saca o similar de 1 m 3 de capacidad y resistencia superior a 2 4 toneladas soportada en sus asideras, y posterior retirada de la misma con la carga de escombros mediante vehículo de recogida con grúa o brazos hidráulicos, limpieza de cualquier material que se derrame en la vía pública en el proceso de carga, transporte hasta la planta autorizada para el tratamiento de los residuos de construcción y demolición, vertido en la misma de los residuos e incluso el pago de la tasa de vertido correspondiente, establecido por la planta uds/año II. Suministro de contenedores de hasta 7 m 3 de capacidad y posterior retirada de los mismos con su carga correspondiente mediante vehículo adaptado para la recogida de este tipo de contenedores, limpieza de cualquier material que se derrame en la vía pública en el proceso de carga, transporte hasta la planta autorizada para el tratamiento de los residuos de construcción y demolición, vertido en la misma de los residuos e incluso el pago de la tasa de vertido correspondiente, establecido por la planta uds/año El conjunto de ambos conceptos supone un máximo de licitación de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL euros/año, ( ), sin IVA. El importe correspondiente al IVA (18 %) es de euros/año. El importe total del contrato asciende a CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS euros/año ( /año). Los presupuestos que se presenten se entenderán sin IVA. El importe estimado total del Contrato (sin I.V.A.) será el que figura en este Pliego, si bien podrá ser modificado por el Pleno Municipal al aprobar el presupuesto de cada anualidad, sin que exista obligación, por parte del Ayuntamiento, de agotar dicha consignación, ni de realizar la totalidad del gasto a través de la Empresa adjudicataria. Para la formulación de la oferta económica por parte de los licitadores se establecen las siguientes cantidades anuales, sin incluir el I.V.A.: Año 2011 Año 2012 Año 2013 Año euros euros euros euros 6

8 Las ofertas deberán presentarse para cada uno de los dos servicios especificados, entendiendo que las mismas se reflejan sin el IVA. EL IMPORTE TOTAL ESTIMADO DEL CONTRATO PARA LOS CUATRO AÑOS es de EUROS sin IVA 8.- VARIANTES Y/O MEJORAS Deberá presentarse una oferta única no admitiéndose variantes. No obstante podrán presentarse mejoras que serán valoradas conforme se prevé en el apartado relativo a los criterios de adjudicación. Se consideran mejoras las que no tengan coste para el Ayuntamiento 9.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Para el gasto previsto para el año 2011 existe consignación presupuestaria en la partida del órgano gestor de Medio Ambiente ampliable mediante la que figura en el proyecto de presupuesto para 2011 aprobado inicialmente por el Pleno de 25 de enero de éste año, al ser los gastos producidos por este contrato sufragados íntegramente por terceros, mediante el abono del precio público fijado para ésta finalidad en las ordenanzas fiscales. Dicha partida figura igualmente en los presupuestos prorrogados del año actualmente en vigor 10.- FACTURACIÓN El adjudicatario tendrá derecho al abono de los trabajos realmente ejecutados, y este se efectuará previa expedición de la factura o, en su caso, de la certificación trimestral que recogerá el detalle de los trabajos realizados en dicho periodo de tiempo. Las facturas y/o certificaciones deberán presentarse dentro de los siete días siguientes a su fecha de expedición, en el Registro Municipal de Facturas existente en el Departamento de Contabilidad. Aprobadas las facturas, o certificaciones, se autorizará su pago con cargo a la partida presupuestaria creada, previo informe de los Servicios Municipales 7

9 correspondientes y aprobación de las mismas por parte del Órgano Municipal competente OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO Guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. Todos los impuestos, contribuciones, arbitrios o gravámenes establecidos por el Estado, Comunidad Autónoma o Municipio que pesen sobre el Contrato serán a cargo del Adjudicatario. El Adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las obligaciones vigentes en materia de Trabajo y Seguridad Social y cualquier otra que le fuere de aplicación. El Ayuntamiento quedará eximido de toda relación laboral, económica o jurídica con el personal del Adjudicatario, así como con las empresas que pudieran establecer subcontratas con aquel. En todos los trabajos objeto de este Contrato se cumplirán las disposiciones de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.E. nº 269 de 10/11/1995) y normativa que la desarrolle, complemente o sustituya. También será de aplicación el Reglamento vigente sobre Normas de Seguridad e Higiene en el Trabajo, del Ministerio de Trabajo. Todo el personal que emplee el Adjudicatario para la ejecución de los trabajos a que este Concurso se refiere, deberá percibir, como mínimo, los haberes o jornales fijados en la correspondiente reglamentación laboral, y estará en todo momento al corriente de las cuotas de Seguridad Social. El adjudicatario deberá asumir las tasas de gestión de la Planta de Tratamiento de Residuos de Construcción y Demolición. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Una vez recogidos los residuos por el transportista de la vía pública, el conductor del vehículo, y por extensión, la empresa adjudicataria, se convertirá en poseedor legal de los mismos, con todas las consecuencias que de ello 8

10 pudieran derivarse. En caso de incumplimiento, con independencia de las sanciones aplicables, el Ayuntamiento podrá actuar mediante ejecución subsidiaria u otros mecanismos legales. Asimismo deberá subsanar los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables, otorgándole al efecto el correspondiente plazo que no podrá exceder de dos meses, de conformidad con el artículo 286 de la LCSP REVISION DE PRECIOS La revisión de precios tendrá lugar en los términos establecidos en el Capítulo II del Título III de la Ley de Contratos del Sector Público. El primer año de contrato queda excluido de revisión de precios, no obstante el contratista puede solicitar dicha revisión de precios a partir del año siguiente a su formalización, en el porcentaje correspondiente al IPC general del último año natural previo a la revisión, que será del 85 por ciento de variación experimentada por el índice adoptado PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución será de DOS AÑOS contado desde el día siguiente a la firma del contrato administrativo, debiendo desarrollarse de forma ininterrumpida durante todo el año. De mutuo acuerdo entre las partes el plazo podrá prorrogarse otros DOS AÑOS adicionales, si las necesidades de la prestación del servicio que se oferta así lo aconsejan GARANTÍAS De conformidad con el art. 91 de la LCSP no se exige la prestación de garantía provisional GASTOS 9

11 Se fija en 900 euros, el importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato a que se refiere el art de la Ley de Contratos del Sector Público, tanto en boletines oficiales, como, en su caso, en otros medios de difusión que debe abonar el adjudicatario, de conformidad con el art. 75 del RGLCAP CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR Para concurrir a esta licitación, los ofertantes deberán estar en posesión de la siguiente clasificación: GRUPO R, SUBGRUPO 5, CATEGORÍA a. Otros documentos a presentar en el sobre 1 de documentación administrativa: - Documento Nacional de Identidad, Número de Identificación Fiscal y/o Código de Identificación Fiscal de la empresa y su razón social. Así como DNI y Carnet de conducir (sólo del conductor) de cada uno de los operarios asignados al servicio - Listado de medios que va a dedicar a la actividad, especificando las características de cada uno de ellos (tipo, dimensiones, volumen final, color e identificación incorporada, etc ). - Alta en Hacienda y recibo al corriente del pago del Impuesto de Actividades Económicas del Ayuntamiento - Seguro de Responsabilidad Civil. - Tarjeta de transporte, expedida por la Comunidad de Madrid, en vigor durante la duración del contrato - Autorización de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, como transportista de residuos no peligrosos. - Permiso de circulación del camión, a nombre del titular, y certificado de características, con la revisión anual de la Inspección Técnica, y el Seguro Obligatorio. - Recibo de haber pagado el Impuesto Municipal de circulación, emitido por el correspondiente Ayuntamiento donde esté dado de alta el vehículo a utilizar durante la prestación del servicio. - Acreditar la disponibilidad del vehículo y garantizar la rápida reparación del mismo, o su sustitución, en caso de avería de forma que el servicio no quede interrumpido más de una semana natural. 10

12 La acreditación de cada uno de los documentos exigidos se presentará mediante aportación de copia compulsada del documento original o certificados o declaraciones firmados por los apoderados. La Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria PUBLICIDAD PREVIA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS De conformidad con lo señalado en los artículos art. 126 y 143 de la Ley de Contratos del Sector Público el procedimiento a que se refiere el presente Pliego será anunciado en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Boletín Oficial del Estado. Además los anuncios se publicarán en el perfil de contratante ubicado en la página web institucional, en cumplimiento del art. 42 LCSP. El plazo de presentación de ofertas para contratos sujetos a regulación armonizada no será inferior a 52 DIAS NATURALES a contar desde la fecha de envío del anuncio para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Se reducirá el plazo anterior en cinco días al ofrecer acceso electrónico a los pliegos y el resto de documentación (proyecto, anexos...). Se reducirán 7 días puesto que se preparan y envían los anuncios por medios electrónicos o telemáticos. En consecuencia el plazo de presentación de ofertas queda fijado en cuarenta días naturales CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente: Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen relacionados por orden decreciente de importancia, con la ponderación que se indica: 11

13 Sistema de Gestión Ambiental Criterios Técnicos objetivos Mejoras Criterios Técnicos subjetivos Oferta económica Los criterios de adjudicación serán los siguientes: A) CRITERIOS CUYA PUNTUACIÓN PUEDE OBTENERSE MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS 1.- Criterios Técnicos objetivos.. HASTA 10 PUNTOS Se valorarán el conjunto de características técnicas reflejadas en la cláusula 5 del presente Pliego, considerando para su valoración objetiva los siguientes aspectos, partiendo de que el equipo básico está integrado por un camión de recogida más un conductor: Equipo básico más un operario 1 punto Equipo básico más dos operarios 2 puntos Incremento de cada hora adicional de dedicación semanal 0 25 puntos (Máximo 2 puntos) Dedicación del equipo básico al menos un sábado de cada mes 2 puntos al menos un festivo de cada mes 3 puntos 2.- Oferta económica. HASTA 40 PUNTOS La puntuación de las ofertas económicas se determinará de la forma siguiente: - La oferta mas baja respecto al tipo de licitación (eliminando las temerarias), obtendría la máxima puntuación - No obstante, la puntuación máxima se calcula valorando el porcentaje de baja que la media aritmética de las ofertas válidas presentadas tiene sobre el tipo de licitación, según la siguiente fórmula: Tipo licitación - media de las ofertas x 100 D (en tanto por ciento)= Tipo de licitación 12

14 El tipo de licitación coincide con el coste estimado anual para el contrato y la oferta se calculará aplicando los servicios estimados a los precios unitarios ofertados. Se toma una escala de referencia por tramos: D 3%... 6 puntos 3% < D 6% puntos 6% < D 9% puntos 9% < D 12%... 24puntos 12% < D 15% puntos 15% < D 18% puntos 18% < D 21% puntos D > 21% puntos El tramo de la escala que corresponda con la baja media respecto al tipo de licitación (variable D ), corresponderá a la puntuación máxima ( PM ) que se otorgue a la mejor oferta. La puntuación de cada oferta, se hallará por una simple regla de tres según la siguiente fórmula: TL - Ox Px = x PM TL Om Px: puntuación de la oferta. TL: tipo de licitación. Ox: oferta que se puntúa. Om: oferta más baja. PM: puntuación máxima (según la escala) Se calculará la media aritmética de las ofertas y se considerarán desproporcionadas o temerarias las que se encuentren en los supuestos previstos en el art. 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, sin perjuicio de la facultad del Órgano de Contratación de apreciar, no obstante, previos los informes adecuados y la audiencia de los licitadores, como susceptibles de normal cumplimiento dichas proposiciones. 3.- Sistema de Gestión Ambiental. HASTA 3 PUNTOS En concordancia con el Sistema de Gestión Ambiental municipal (SGA) y los criterios de la Agenda 21, se podrán adjudicar hasta 3 Puntos a las empresas que acreditan tener implantado un Sistema de Gestión Ambiental ISO , EMAS o similar relacionado con el objeto del contrato, según la siguiente baremación: 13

15 - SGA-ISO punto - EMAS 2 puntos Total subcriterio 53 puntos B) CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR 1.- Criterios Técnicos subjetivos. HASTA 30 PUNTOS Se valorarán el conjunto de la oferta y las novedades técnicas que repercutan en una mejor ejecución de las tareas consignadas en el presente Pliego. 2. Mejoras. HASTA 17 PUNTOS Todas las mejoras estarán valoradas económicamente (desglosándose el IVA). Se considerarán mejoras todas aquellas que no supongan un coste adicional para el Ayuntamiento y sirvan para incrementar las prestaciones reflejadas en el presente Pliego de Condiciones como, por ejemplo: renuncia al incremento del IPC interanual por uno o varios años, disponibilidad de un emplazamiento de atención en el municipio, etc. Total subcriterio 47 puntos TOTAL 100 PUNTOS PARA PODER CONTINUAR EN LA LICITACIÓN SERÁ NECESARIO OBTENER UN MÍNIMO DE 50 PUNTOS DE LA PUNTUACIÓN GLOBAL, DE LO CONTRARIO SERÁN EXCLUIDOS DE LA MISMA. Si alguna de las empresas ofertantes incumpliera alguna de las condiciones de los pliegos de condiciones serán rechazadas de la licitación. En caso de empate entre varias empresas licitadoras tendrá preferencia la empresa que acredite un mayor porcentaje de discapacitados en plantilla, siempre que dicho porcentaje supere el 2 %. En defecto de la anterior preferencia, y en caso de empate, tendrá preferencia en la adjudicación la oferta presentada por empresa dedicada expresamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social. 14

16 Las anteriores preferencias se aplicarán conforme lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la LCSP RESPONSABLE DEL CONTRATO Se podrá designar a un responsable del contrato al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que se le atribuyan MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de Contratación la constituirán las personas que a continuación se relacionan: Presidenta: Dª Concepción Villalón Blesa Vocales: - Dos concejales del PP: D. Agustín Martín Torres. D. Juan Carlos Pérez González - Un concejal del PSOE: D. Ángel Sánchez Sanguino. - Un concejal de IU: D. Gabriel Martínez Rodríguez. - La Interventora General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. - El Director General de la Asesoría Jurídica o funcionario en quien delegue. - El Director del Área que promueva la contratación o técnico de dicha Área en quien delegue. Secretaria de la mesa: La Jefa del Departamento de Contratación o funcionario en quien delegue. En caso de ausencia de la Presidencia, asumirá su función el Concejal Delegado del Área que promueve la contratación. Los vocales Concejales podrán delegar su función en otro Concejal. A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, actuando con voz pero sin voto. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha de la secretaria que sólo tendrá voz. 15

17 Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, el Presidente, la Secretaria, y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano SUBCONTRATACIÓN Se podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación en un 30% por ciento del importe del contrato, de conformidad con lo previsto en el artículo 210 LCSP. Deberá indicarse en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, indicando el importe y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, los subcontratistas. En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos en los términos del apartado 2,b del artículo 210 de la LCSP. Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo de la Ley de Contratos del Sector Público o el límite máximo especial establecido para la subcontratación se impondrá la penalidad regulada en el artículo 210,3 con sujeción a lo siguiente: - Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 196,8 de la LCSP. - Como regla general, su cuantía será un 5% del importe del subcontrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 10% o hasta el máximo legal del 50%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN No se establecen condiciones especiales de ejecución. 16

18 23.- MODIFICACION DEL CONTRATO Además de lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas, podrá producirse la modificación del contrato por las siguientes causas: - Cambios significativos que impliquen alteraciones en la forma de prestación del servicio o de cualquier otra circunstancia respecto al mismo - Una vez efectuados los servicios previstos, cuyas cantidades son orientativas y si fuera necesario y existiera consignación suficiente, el Ayuntamiento podrá encargar al contratista adjudicatario de la prestación del servicio, por los precios unitarios aprobados, tantos servicios como sean precisos hasta un límite anual del cincuenta por ciento del importe del contrato en ese año, SIN IVA, teniendo en cuenta esta cantidad a efectos de procedimiento PLAZO DE GARANTIA Finalizado el contrato, comenzará a transcurrir el plazo de garantía, que será de TRES MESES CLASIFICACIÓN DE INFRACCIONES 1.- Se consideran faltas las acciones y omisiones que afecten al cumplimiento de las obligaciones, a la correcta prestación del servicio y a la vulneración de las órdenes que en el ejercicio de la potestad de dirección y control dicte el Ayuntamiento. 2.- Se considerarán faltas leves en general las infracciones que supongan el cumplimiento defectuoso de las obligaciones en el Pliego y en especial: a.- La incorrecta prestación del servicio o la falta de prestación durante un período superior a 72 horas cuando no causaran graves perjuicios al Ayuntamiento o a terceros. b.- El incumplimiento de la obligación de recoger los residuos de la vía pública al efectuar la operación de carga en el camión c.- El incumplimiento de alguna obligación o deber del contratista siempre y cuando no concurra alguna circunstancia de las contempladas en las faltas graves o muy graves. 3.- Tendrán la consideración de faltas graves: 17

19 a.- La reincidencia en faltas leves, estimándose de mayor entidad la que suponga reiteración de infracción similar. b.- La supresión del servicio por un período superior a 72 horas e inferior a una semana natural c.- Las infracciones que causen graves perjuicios al Ayuntamiento o a terceros. 4.- Tendrán la consideración de faltas muy graves: a.- La reincidencia en faltas graves. b.- La persistencia en la situación infractora, sin proceder a su subsanación. c.- Cualquier infracción que produzca el deterioro del buen nombre del servicio del Ayuntamiento en general. d.- La supresión del servicio por un período superior a una semana natural. Las faltas prescribirán según lo dispuesto en la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 18

20 ANEXO I MODELO DE PROPOSICION D con domicilio en y D.N.I. nº , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio o en representación de , según se acredita debidamente, hace constar: 1º.- Que enterado de los Pliegos de Cláusulas Económico-administrativas y Técnicas aprobado por el Ayuntamiento de Alcobendas, que ha de regir en el contrato para los servicios de..., lo acepta íntegramente, presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido a la licitación que se convoca. 2º) Que ofrece como precio para la ejecución de los citados servicios la cantidad de: suministro y retirada de saca o similar de 1 m3... euros, más el IVA correspondiente, que asciende a... euros. suministro y retirada de contenedores de hasta 7 m3... euros, más el IVA correspondiente, que asciende a... euros. Siendo el importe total del contrato de... euros, más el IVA correspondiente, que asciende a. Euros. (expresar en letra y número) 3º) Que ofrece las siguientes mejoras... 4º) Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto de los mencionados Pliegos, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria. En..., a... de... de Firma 19

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