CONJUNTO RESIDENCIAL EL ENCANTADO NORMAS GENERALES REGLAMENTO DE MUDANZAS REGLAMENTO DE REMODELACIÓN

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1 NORMAS GENERALES REGLAMENTO DE MUDANZAS REGLAMENTO DE REMODELACIÓN LAS PRESENTES NORMAS, REGLAS Y PROCEDIMIENTOS, SON ESTRUCTURADAS PARA MANTENER Y CONSERVAR LAS INSTALACIONES DE SUS RESIDENCIAS. EL BUEN FUNCIONAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS ÁREAS COMUNES DEPENDE DE USTED Y ES SU RESPONSABILIDAD.

2 BIENVENIDOS A SU NUEVO HOGAR Estimados Co-propietarios y Vecinos del CONJUNTO RESIDENCIAL EL ENCANTADO, les damos la cordial bienvenida a su nuevo Hogar. A continuación detallamos algunos contenidos relevantes de la LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL, DOCUMENTO DE CONDOMINIO, REGLAMENTO DE CONDOMINIO. Le invitamos a leer con detenimiento su documento y Reglamento de Condominio, ya que en él están contenidas todas las normas de su nueva vivienda.

3 NORMAS GENERALES LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL: Extracto. Artículo 1.-Son susceptibles a esta ley: los diversos apartamentos y locales de un inmueble podrán pertenecer a distintos propietarios, se considerará como apartamento o local a la parte de un edificio susceptible de aprovechamiento independiente, que tenga salida a la vía pública directamente o a través de un determinado espacio común, sea que ocupe todo, o una fracción de un piso o más de uno. Artículo 3º. - El uso y disfrute de cada apartamento o local estará sometido a las siguientes normas: a) Respetar las instalaciones generales o en provecho de otros propietarios incluidas en su apartamento o local; b) Mantener en buen estado de conservación su propio apartamento o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a otros Propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quien deba responder; c) Consentir las reparaciones que exija el servicio del edificio y permitir las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general;

4 d) Permitir la entrada a su apartamento o local a los fines previstos en los literales anteriores. e) Usar y disfrutar del apartamento o local conforme a la finalidad dada al inmueble. No podrán establecerse en ellos oficinas, comercios, industrias, laboratorios, depósitos, estacionamientos ni ninguna otra forma de actividad, si el inmueble fuere para vivienda, a menos que se le hubiere dado otro destino a determinadas partes del mismo; f) No producir ruidos, molestias ni daños, ni ejecutar actos que perturben la tranquilidad de los propietarios, amenacen su seguridad o afecten a la salud pública; g) No utilizar el piso para actos o fines contrarios a la moral o las buenas costumbres; Artículo 4º. - El propietario de cada apartamento o local podrá modificarle sus elementos ornamentales, instalaciones y servicios cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otros propietarios, debiendo dar cuenta previamente de tales obras al Administrador. En el resto del inmueble no podrá realizar alteración o modificación alguna y si advierte la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo al Administrador. Artículo 5.-Son cosas comunes a todos los apartamentos: La totalidad del terreno, cimientos, paredes maestras, estructuras, techos, galerías, vestíbulos,

5 escaleras, ascensores, y vías de entrada, salida y comunicaciones; las azoteas, patios o jardines. Cuando dichas azoteas, patios o jardines sólo tengan acceso a través de un apartamento o local necesariamente serán de uso exclusivo del propietario de éste; los locales destinados a la administración, vigilancia o alojamiento de porteros o encargados del inmueble; instalaciones de servicios centrales como electricidad, luz, gas, agua fría y caliente, refrigeración, cisternas, tanques y bombas de agua y demás similares; los puestos de estacionamiento que sean declarados como tales en el documento de condominio. Este debe asignar, por lo menos, un puesto de estacionamiento a cada uno de los apartamentos o locales, caso en el cual el puesto asignado a un apartamento o local no podrá ser enajenado ni gravado sino conjuntamente con el respectivo apartamento o local. Artículo 11.-Son gastos comunes a todos los propietarios o a parte de ellos, según el caso: Los causados por la administración, conservación, reparación o reposición de las cosas comunes; Los declarados comunes por la Ley o por el documento de condominio. Artículo 13.-La obligación del propietario de un apartamento o local por gastos comunes sigue siempre a la propiedad del apartamento o local, aun respecto de gastos causados antes de haberlo adquirido. Queda a salvo el derecho que pueda corresponder al adquiriente contra el enajenante, en razón del pago que aquél hubiere realizado por tal concepto. Lo dispuesto en el encabezamiento de

6 este artículo no impide exigir su contribución en los gastos comunes al propietario que después de constituido en mora enajene el apartamento. Artículo 20.- Corresponde al Administrador: a) Cuidar y vigilar las cosas comunes; b) Realizar o hacer realizar los actos urgentes de administración y conservación, así como las reparaciones menores de las cosas comunes; c) Cumplir y velar por el cumplimiento de las disposiciones del documento de condominio, de su reglamento y de los acuerdos de los propietarios; d) Recaudar de los propietarios lo que a cada uno corresponda en los gastos y expensas comunes y si hubiere apartamentos rentables propiedad de la comunidad recibir los cánones de arrendamiento y aplicarlos a los gastos comunes; en caso de que lo recaudado supere a los gastos comunes, los propietarios por mayoría, podrán darle un destino diferente u ordenar su distribución; e) Ejercer en juicio la representación de los propietarios en los asuntos concernientes a la administración de las cosas comunes, debidamente asistidos por abogados o bien otorgando el correspondiente poder. Para ejercer esta facultad deberá estar debidamente autorizado por la Junta de Condominio, de acuerdo con lo establecido en el respectivo documento. Esta autorización deberá constar en el Libro de Actas de la Junta de Condominio. f) Llevar la contabilidad de los ingresos y gastos afecten al inmueble y a su administración, en forma ordenada y con la especificación necesaria, así

7 como conservar los comprobantes respectivos, los cuales deberán ponerse a la disposición de los propietarios para su examen durante días y horas fijadas con conocimiento de ellos; g) Llevar los libros de: a. Asamblea de Propietarios, b. Actas de la Junta de Condominio, c. Libro diario de la contabilidad. Estos libros deberán ser sellados por un Notario Público o un Juez de Distrito en cuya jurisdicción se encuentre el inmueble. d. Presentar el informe y cuenta anual de su gestión. Artículo 23.- Los acuerdos, salvo disposición contraria de la Ley, se tomarán por mayoría de los propietarios interesados que representen, por lo menos dos tercios del valor atribuido Artículo 25.-Los acuerdos de los propietarios tomados con arreglo a los artículos precedentes serán obligatorios para todos los propietarios. Cualquier propietario podrá impugnar ante el juez los acuerdos de la mayoría por violación de la Ley o del documento de condominio o por abuso de derecho El recurso del propietario no suspende la ejecución del acuerdo impugnado A los efectos

8 de este artículo se seguirá el procedimiento previsto en el Código de Procedimiento Civil para los juicios breves. Artículo 26.-Antes de procederse a la enajenación el documento de condominio se acompañará de un ejemplar del Reglamento de Condominio, el cual será de obligatorio cumplimiento, será modificable por la asamblea de propietarios, y versará sobre las siguientes materias: Normas de convivencia entre copropietarios y uso de las cosas comunes del edificio y de las privativas de cada apartamento Si otorgado el documento de condominio ocurren modificaciones en la construcción, deberán determinarse tales modificaciones en el documento complementario Artículo 39.-El propietario que reiteradamente no cumpla con sus obligaciones, además de ser responsable de los daños y perjuicios que cause a los demás, podrá ser demandado para que se le obligue a vender sus derechos, hasta en subasta pública

9 DOCUMENTO DE CONDOMINIO & REGLAMENTO DE CONDOMINIO: Extracto Artículo los apartamentos que integran el inmueble serán destinados única y exclusivamente para vivienda, NO PUDIENDO DÁRSELES UN DESTINO DIFERENTES Artículo 4.6. El propietario de una dependencia será directamente responsable de los daños que eventualmente causaren en otros apartamentos ó en los bienes comunes, y solidariamente, en los que pudieren causar las personas a cualquier título ocuparen su propiedad, inclusive de aquellos que pudieran causar simples visitantes. Artículo 5.3.-En ningún caso podrá modificarse la forma externa de las paredes, fachadas, puertas, ventanas exteriores, ni decorarlas con tonalidades distintas a las del edificio Artículo Las reparaciones menores serán ordenadas por el administrador del inmueble Articulo Cargas y gastos comunes... Morosidad. Transcurrido el lapso antes mencionado sin haberse recibido el pago, las cantidades adeudadas devengarán intereses de mora a la tasa que a tales efectos determine la Junta de Condominio, y a falta de tal determinación..

10 Artículo Las convocatorias serán efectuadas por ó a solicitud de un número de propietarios cuyo porcentaje en los bienes comunes sea igual ó superior a un tercio (1/3) del valor del edificio Artículo 6.5.-Para la validez de las decisiones se requerirá la presencia ó representación de un conjunto de propietarios cuyo porcentaje no sea inferior a los dos tercios (2/3) del valor Si en la primera reunión hubiere quórum, se efectuará una segunda convocatoria esta segunda debe estar representada por lo menos por el cincuenta por ciento (50%) del condominio, se procederá a una tercera y última convocatoria, siendo válidas las decisiones que se tomarán en la asamblea, cualquiera sea el número de asistentes. REGLAMENTO DE CONDOMINIO. Extracto Artículo Octavo.-El administrador tendrá las facultades podrá fijar las normas pertinentes para el mejor uso de las cosas comunes aprobación de reglamentos especiales contratación de personal así como el manejo de cualquier otro personal

11 Artículo Décimo Cuarto.-Los Propietarios serán directamente responsables de los daños Artículo Décimo Sexto: LOS COPROPIETARIOS se obligan a acatar en un todo, en beneficio del buen uso de las cosas comunes, las normas y disposiciones Artículo Vigésimo Primero.- Los copropietarios NO PODRÁN COLOCAR AVISOS O ANUNCIOS en las fachadas de los edificios sin la autorización del condominio. Artículo Vigésimo Tercero.- los copropietarios que reiteradamente incumplieren con sus obligaciones podrán ser conminados por a que venda sus derechos, inclusive en subasta pública Le invitamos a leer detenidamente, su DOCUMENTOS DE CONDOMINIO Y REGLAMENTO, ya que contiene todas las especificaciones necesarias para la buena convivencia y desarrollo de su comunidad.

12 USO DE AREAS COMUNES Y ESTACIONAMIENTOS Por el bienestar general de la comunidad y para el mejor uso de los bienes comunes a que tienen derecho por igual los Copropietarios y arrendatarios, el uso de las áreas comunes se regirá por las siguientes normas: GENERALES Se deberá tener una actitud de respeto a todo personal que labore en el Conjunto Residencial El Encantado. Queda prohibido la circulación y permanencia en áreas comunes sin camisa y/o con atuendos no acorde a la moralidad y buenas costumbres. Los copropietarios serán responsables del comportamiento de sus visitantes e invitados; así como de los daños a bienes comunes o privados que pudieran causar. Todos los habitantes de los apartamentos quedan en la obligación de bajar al Cuarto de Aseo principal, ubicado en la parte lateral de las torres, a nivel de los estacionamientos, los siguientes objetos: cajas de cartón, palos, botellas, artículos metálicos anchos o largos, y todo objeto que pueda obstruir los ductos del bajante o que impidan el acceso a los cuartos de aseo de cada piso los cuales deben permanecer con las puertas cerradas. Los copropietarios y/o arrendatarios que tengan mascotas tenerlos libremente por las áreas comunes, la alimentación de las mascotas se

13 realizará en el interior de los apartamentos. Está terminantemente prohibido el uso de las áreas verdes del conjunto como sitio de defecación de las mascotas, en caso de que esto ocurra, es responsabilidad exclusiva del copropietario limpiar inmediatamente. SALA DE FIESTA Es del uso exclusivo de los Copropietarios y arrendatarios de los edificios pero en ningún caso podrá ser cedida a personas por cuenta de estos. En tal sentido, las fiestas que se celebren serán en honor de los Copropietarios o arrendatarios y sus familiares que vivan en los edificios. Para gozar de la sala de fiesta, debe presentar por escrito la solicitud a la Junta de Condominio, por lo menos con una semana de anticipación. Cada Copropietario o arrendatario podrá hacer uso de la Sala de Fiestas, sin embargo, si coincidieran dos o más solicitudes simultáneamente se dará prioridad a aquel copropietario o arrendatario que haya consignado primero la solicitud. De estar conforme la solicitud, el usuario debe cancelar la cantidad de Bolívares Trescientos (Bs. 300,00) al Condominio, suma esta que será destinada para la limpieza de la sala de fiesta y alrededores una vez terminada la reunión. Queda entendido que los daños de cualquier naturaleza derivados del uso del salón de fiesta por el Copropietario o arrendatario o por sus invitados, será reparado en su totalidad por el Copropietario. Si pasados tres (3) días hábiles, no ha sido reparado el daño causado la Administradora mandará a hacer la reparación correspondiente, cuyo costo será cargado al Copropietario responsable, en el recibo de condominio del mes siguiente.

14 El Copropietario o arrendatario que haya solicitado el uso de la Sala de Fiestas, se compromete a devolverlo en perfecto estado de orden y aseo. La duración de las fiestas estará limitada por la hora máxima de las 12 a.m. de domingo a jueves, después de la cual se suspenderá la música y se dará por terminada la reunión. Los días viernes y sábados, la duración máxima será hasta las 2:00 a.m. El volumen de la música debe ser tal que no perturbe la tranquilidad de los residentes. En tal sentido, debe limitarse a cubrir solo el área destinada para la fiesta. Solamente el Copropietario que este al día con el pago de condominio podrá alquilar la Sala de Fiestas. Queda prohibido ingerir bebidas alcohólicas en las áreas comunes. ESTACIONAMIENTOS Cada inmueble tiene derecho al uso exclusivo del puesto de estacionamiento que le ha sido asignado, no pudiendo hacer uso del mismo ninguna otra persona, salvo que media autorización escrita del correspondiente titular, pero ningún titular o usuario podrá disponer de dicho puesto para destinarlo a usos que menoscabe los derechos de los demás propietarios o los lesionen en forma alguna. Así también, se prohíbe construirlo o modificarlo en forma que se desfigure el aspecto estético o arquitectónico de los edificios.

15 En el puesto de estacionamiento asignado solo podrán estacionarse automóviles de paseo, motocicletas, no pudiendo estacionarse camiones, trailers o vehículos que excedan del área y altura del puesto. Está terminantemente prohibido realizar trabajos de mecánica mayor o limpieza de vehículos en el estacionamiento, área esta que tampoco podrá ser usada como depósito de materiales, escombros, etc., ni de vehículos deteriorados que por su mal estado estén fuera de circulación. Los usuarios de los estacionamientos tendrán la debida diligencia para evitar que las puertas de sus respectivos vehículos no tropiecen o dañen a los vehículos vecinos.

16 REGLAMENTO DE CONDOMINIO REMODELACIONES & MUDANZA. El propietario debe identificarse ante la vigilancia de las residencias, y presentar su cédula laminada. No se dará acceso a ningún contratista, persona ó empresa, que pretenda entrar a las residencias sin la respectiva autorización de la Administradora. Se llevará un control de acceso por la vigilancia, en el cual se colocará el nombre y apellido de la persona, cédula de identidad, vehículo color, placas, Marca, Modelo, apartamento a donde se dirige, hora de entrada y hora de salida., SE REVISARA LA MALETA DEL VEHÍCULO AL SALIR, si posee equipos electrónicos, electrodomésticos, audio ó video, no podrá salir del edificio, sin la previa demostración de pertenencia. Las rejas que se instalen en los balcones y ventanas deberán ajustarse al diseño establecido por el constructor en pro de la armonía arquitectónica del inmueble, los parámetros para este diseño están anexos a este reglamento.

17 NORMATIVA PARA LAS REMODELACIONES Para iniciar trabajos de remodelación el propietario deberá notificar por escrito a la Administración del Condominio el inicio de los trabajos y deberá entregar (según formato establecido) los datos de aquellas personas que realizaran los trabajos. No se permitirá el acceso a las instalaciones aquellas personas que no se hayan registrado. La entrada y salida de materiales, escombros, equipos, etc, deberá ser realizada en bolsas, sacos o cajas totalmente cerradas y que no generen sucio durante su transporte hasta el apartamento o desde el apartamento. El manejo deberá realizarse por las escaleras adyacentes y no podrán usarse los ascensores para el acarreo de materiales ni escombros. La descarga y carga de materiales de la obra para cualquier apartamento debe ser coordinado con el personal de seguridad (fecha, hora, tipo de material, etc.)previa autorización del propietario indicando nombre cedula del personal autorizado periodo de vigencia de la autorización, datos de contacto del propietario, nombre numero de apto cedula y teléfono contacto. El propietario del inmueble es responsable del retiro de los escombros y demás desperdicios que ocasione su propiedad Los escombros que se generen durante la remodelación deben ser puestos en bolsas debidamente cerradas y guardados dentro del apartamento. Está prohibido depositar escombros en puestos de estacionamiento.

18 No se permitirá la instalación de equipos mecánicos tipo winches, poleas, etc, para subir material por las ventanas de los apartamentos. Queda terminantemente prohibido la colocación de antenas, cables, aires acondicionados o similares en las ventanas y/o cualquier otra parte que modifique las fachadas y aspecto arquitectónico de los edificios del conjunto. Los equipos y herramientas que salgan por el punto de control deben estar acompañados de la respectiva autorización del supervisor de obra o responsable de la misma, por escrito. El personal obrero que labora en las remodelaciones de los apartamentos debe mantener el orden y la limpieza en las áreas comunes. Los señores propietarios, los visitantes, Las empresas contratistas y sus trabajadores, estarán sometidos a un control de acceso por parte del personal de la empresa de seguridad. Los vehículos de los contratistas estarán también sometidos al control de acceso, debe poseer su respectivo permiso de acceso al estacionamiento autorizado por el propietario y/o responsable de la obra. El horario de los trabajos de remodelación es desde las 7:30 AM a 12:00 m y de 1:00 a 5:00 PM de lunes a Viernes, No se le permite pernoctar a los trabajadores en los apartamentos.

19 El personal obrero deberá estar completamente vestido incluyendo zapatos No se permitirá la ingesta de bebidas alcohólicas en las áreas comunes por parte de estos. Todos los equipos, materiales y herramientas para los trabajos de remodelación deberán quedar confinados dentro del área del apartamento y solo se permitirá su salida si están acompañados de un formato de salida de material autorizado por el propietario o encargado de la obra. Los propietarios de los apartamentos serán responsables de los daños que realicen el personal obrero y contratista a las instalaciones y áreas comunes del conjunto residencial, así como daños a terceros. Todo el ingreso a los edificios de materiales para las remodelaciones debe realizarse por la puerta de acceso desde el estacionamiento. Cada apartamento en remodelación es responsable del bote y transporte de los escombros, el condominio no presta este servicio. Es necesario respetar los puntos de empotramientos de plomería, los montantes de aguas negras y ventilación, gas y ventilación forzada ya establecidas en las áreas comunes. Favor tomar nota que en el material entregado en conjunto a esta documentación están las especificaciones de instalaciones de los apartamentos.

20 NORMATIVA PARA MUDANZA. Toda mudanza deberá ser notificada y aprobada por escrito a la Administradora del condominio, especificando Fecha y Hora de realización, la misma deberá ser realizada solo de Lunes a Viernes en el horario comprendido entre las 8:00 AM y las 5:00 P.M. a su vez la Administradora realizará la pertinente notificación a la empresa de vigilancia para habilitar el acceso a las residencias. La notificación debe venir acompañada de la identificación del transportista, personas que manejarán la carga, responsable de la mudanza y propietario del apartamento. Quedan excluidos a esta notificación, mudanzas realizadas directamente por los propietarios, en vehículos personales, ó camionetas. Cualquier daño causado a las áreas comunes a consecuencia de la manipulación de la mudanza será responsabilidad del propietario del apartamento, siendo responsable del pago de las reparaciones necesarias. El uso de los ascensores para mudanzas estará limitado a la capacidad del mismo tanto por el tamaño de los objetos así como por el peso del mismo. Bajo ningún concepto se debe realizar la mudanza si no se ha colocado los protectores al ascensor.

21 PERMISO DE TRABAJO APARTAMENTO: PROPIETARIO: TELEFONO: FECHA INICIO: / / FECHA CULMINACIÓN: / /. CONTRATISTA DESCRIPCION NOMBRE CEDULA VEHICULO PLACA AUTORIZADO POR: SEGURIDAD: SELLO DE LA ADMINISTRADORA. Nota: Todos los permisos de trabajo tienen una VALIDEZ DE 15 DIAS.

22 RETIRO DE MATERIALES APARTAMENTO: PROPIETARIO: TELEFONO: FECHA DE RETIRO: / / HORA: ITEM MATERIAL DESCRIPCION CANTIDA SERIAL HORA AUTORIZADO RECIBIDO DESPACHADO SEGURIDAD VEHICULO PLACAS MARCA MODELO COLOR

23 PERMISO DE ENTRADA DE VEHÍCULOS APTO# FECHA DE INICIO: / / MARCA MODELO PLACAS CONDUCTOR CEDULA AUTORIZADO POR: SEGURIDAD: Nota: Todos los vehículos serán revisados a su salida por el personal de seguridad.

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