REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA PARA EL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GUANAJUATO CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA PARA EL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GUANAJUATO CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES"

Transcripción

1 El Ciudadano Ing. Mario Leopoldo Turrent Antón, Presidente del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Irapuato, Estado de Guanajuato, a los habitantes del mismo, hago saber: Que el H. Ayuntamiento Constitucional que presido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117, fracción I de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 69, fracción I, inciso B) y 202 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en Sesión de Ayuntamiento número 84, Ordinaria, de fecha 18 de septiembre del 2009, aprobó el siguiente: REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA PARA EL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GUANAJUATO CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento es de orden público y de interés social en el municipio de Irapuato, Gto., y tiene por objeto establecer las instancias y los procesos jurídicos administrativos que impulsen la mejora regulatoria, competitividad y calidad de los servicios brindados por la Administración Pública Municipal. Sus disposiciones serán observadas por las Dependencias y Entidades de la misma. Artículo 2.- Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: I.- CAE: El Centro de Atención Empresarial; II.- Dependencias: La Secretaría del Ayuntamiento, la Tesorería Municipal, la Contraloría Municipal y las demás Direcciones Generales del Municipio de Irapuato, Gto; III.- Enlace de mejora regulatoria: La persona designada por el Titular de la Dependencia o Entidad ante la Unidad de Innovación Gubernamental, para atender y dar seguimiento a los instrumentos que se contemplan en el presente Reglamento; IV.- Entidades: Los Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Municipal, Fideicomisos Públicos Municipales, Comisiones, Patronatos y Comités; V.- Giro o actividad empresarial de bajo impacto económico y social: Aquellas actividades económicas que por sus características en su ubicación, giro, instalación, apertura y operación, no representan riesgos ni tienen alguna restricción para operar, mismas que tendrán su aplicación para el SARE conforme a los criterios que se establezcan en los ordenamientos respectivos; VI.- Giro o actividad empresarial de medio impacto económico y social: Aquellas actividades económicas que por sus características en su instalación, ubicación, apertura y operación representan un medio riesgo que requieren cumplir con algunos trámites adicionales de dictámenes previos a la Autorización de Aprovechamiento Inmobiliario; VII.- Giro o actividad empresarial de alto impacto económico y social: Aquellas actividades económicas aprobadas por las autoridades que regulan la actividad 1

2 empresarial, que por sus características en su ubicación, giro, instalación, apertura y operación, representan un riesgo por lo que requieren obtener una conformidad del H. Ayuntamiento y dictámenes correspondientes previos a la Autorización de Aprovechamiento Inmobiliario; VIII.- La Unidad: La Unidad de Innovación Gubernamental del Municipio de Irapuato, Gto; IX.- Ley: La Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Guanajuato y sus Municipios; X.- Mejora Regulatoria: El conjunto de acciones jurídico-administrativas que tienen por objeto eficientar el marco jurídico y los trámites administrativos para elevar la calidad de la gestión pública en beneficio de la población; facilitar la apertura, operación y competencia de las empresas; fomentar la inversión y generación de empleos; y lograr la transparencia, consulta y justificación de las decisiones regulatorias; XI.- MIR: La Manifestación de Impacto Regulatorio; XII.- Municipio: El municipio de Irapuato, Guanajuato; XIII.- Registro: El Registro de Trámites y Servicios; XIV.- SARE: El Sistema de Apertura Rápida de Empresas; XV.- Servicio: La actividad llevada a cabo por la Administración Pública Municipal, destinada a satisfacer, de manera regular, continua y uniforme, necesidades colectivas. Se concreta a través de prestaciones individualizadas suministradas directamente por el municipio; y, XVI.- Trámite: Cualquier solicitud o entrega de información que las personas físicas o morales del sector privado hagan ante una Dependencia o Entidad, ya sea para cumplir una obligación, obtener un beneficio o servicio en general, a fin de que se emita una resolución. CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS AUTORIDADES EN MATERIA DE MEJORA REGULATORIA Y SUS ATRIBUCIONES Artículo 3.- Para efectos del presente reglamento, es autoridad en materia de mejora regulatoria la Unidad de Innovación Gubernamental del Municipio. Artículo 4.- La Unidad, además de las atribuciones establecidas en el Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Irapuato, Gto., tendrá las siguientes: I.- Promover la realización de un proceso continuo y permanente de mejora regulatoria, buscando agilizar, simplificar y eficientar los procedimientos administrativos que lleven a cabo las Dependencias y Entidades, acorde con los objetivos, metas y estrategias establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo y el Plan de Gobierno Municipal; 2

3 II.- Coordinarse con la Secretaría de la Gestión Pública y la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable para homologar los lineamientos, criterios, guías y en general todo tipo de disposiciones de carácter general, para la aplicación de la Ley; III.- Proponer a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal mejoras a las actividades y funcionamiento del SARE y el CAE; IV.- Instrumentar acciones que permitan mantener actualizado el portal del municipio en materia de mejora regulatoria, trámites y servicios municipales; V.- Establecer en coordinación con las Dependencias y Entidades, los mecanismos para formular propuestas, proyectos y actividades de mejora regulatoria; VI.- Elaborar y actualizar el Programa Operativo de mejora regulatoria municipal y someterlo al Ayuntamiento para su aprobación; VII.- Dictaminar la MIR que elaboren las Dependencias o Entidades a través de su enlace de mejora regulatoria, sobre los anteproyectos para crear, modificar o suprimir disposiciones de carácter general cuyo contenido incida en trámites y servicios que repercutan en los particulares; VIII.- Publicar en la página de Internet del municipio los dictámenes de la MIR para mantener indicadores de competitividad en la regulación; IX.- Brindar asesoría técnica y capacitación en materia de mejora regulatoria a las Dependencias y Entidades de la administración pública municipal; y, X.- Las demás que le otorguen las Leyes y Reglamentos. CAPÍTULO TERCERO DE LAS OBLIGACIONES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL EN MATERIA DE MEJORA REGULATORIA. Artículo 5.- Las Dependencias y Entidades en el marco del presente Reglamento tendrán las siguientes obligaciones: I.- Designar a una persona que funja como Enlace de mejora regulatoria ante la Unidad; II.- Informar a la Unidad cualquier creación, modificación o eliminación de los trámites y servicios de su competencia, con una breve exposición de motivos del cambio realizado y precisando el beneficio que reportará a los ciudadanos dichos cambios; III.- Promover y facilitar el alcanzar plazos menores en los trámites y servicios previstos en las Leyes, Reglamentos o disposiciones administrativas de carácter general, con el propósito de alentar la competitividad, la inversión productiva y la generación de empleos; IV.- Solicitar únicamente los requisitos inscritos en el Registro; 3

4 V.- Atender todos los programas e instrumentos de la mejora regulatoria; VI.- Rubricar cada cédula de registro de trámites y servicios, con la finalidad de transparentar y hacer fehaciente la información contenida, como documento público expedido en ejercicio de sus atribuciones; VII.- Elaborar y promover las Manifestaciones de Impacto Regulatorio en base al procedimiento para la obtención del dictamen de impacto regulatorio correspondiente; VIII.- Rubricar la Manifestación de Impacto Regulatorio; IX.- Rubricar las Cartas Compromiso al Ciudadano; y, X.- Las demás que le otorguen las Leyes y Reglamentos. CAPÍTULO CUARTO DE LOS INSTRUMENTOS DE LA MEJORA REGULATORIA Artículo 6.- Los instrumentos de la mejora regulatoria en el municipio son: I.- El Programa Operativo de Mejora Regulatoria; II.- El Registro de Trámites y Servicios; III.- El Sistema de Apertura Rápida de Empresas; IV.- El Centro de Atención Empresarial; V.- La Manifestación de Impacto Regulatorio; y, VI.- Las Cartas Compromiso al Ciudadano. SECCIÓN PRIMERA DEL PROGRAMA OPERATIVO DE MEJORA REGULATORIA Artículo 7.- El Programa Operativo de Mejora Regulatoria es el instrumento de planeación y transparencia, que contiene las estrategias, objetivos, metas y acciones futuras en materia de regulación y creación, modificación o eliminación de trámites y servicios, con la finalidad de contar en el municipio con un marco jurídico que propicie el desarrollo de las actividades productivas, el mejoramiento de la gestión pública y la simplificación administrativa. Artículo 8.- El programa operativo de mejora regulatoria municipal, además de los requisitos señalados por la ley, deberá contener la siguiente información: I.- Las potenciales líneas de coordinación y colaboración del municipio con las Dependencias y Entidades del Gobierno del Estado, a fin de establecer mecanismos de simplificación; 4

5 II.- Las propuestas para promover una cultura de mejora regulatoria al interior de la Administración Pública Municipal; y, III.- Las estrategias para la promoción, revisión y modernización de los trámites, sistemas, métodos y procedimientos administrativos de la Administración Pública Municipal. SECCIÓN SEGUNDA DEL REGISTRO DE TRÁMITES Y SERVICIOS Artículo 9.- El Registro es el instrumento público y gratuito que tiene por objeto la inscripción y publicidad de los trámites y servicios, que lleven a cabo las Dependencias y Entidades de las Administraciones Públicas Estatal y Municipal, que coordinan la Secretarías de la Gestión Pública y de Desarrollo Económico Sustentable. Artículo 10. La Unidad mantendrá actualizado el Registro con la información que inscriban las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, respecto a los trámites y servicios que en ellas se lleven a cabo, publicando ésta en el sitio municipal de Internet. Los funcionarios públicos municipales no podrán solicitar requisitos o información adicional de los que se encuentren inscritos en el Registro. Los Enlaces de mejora regulatoria deberán participar en la actualización del Registro allegando a la Unidad la cédula de registro de trámites y servicios actualizada y rubricada de su respectiva Dependencia o Entidad. Artículo 11.- La Unidad remitirá a la Secretaría de la Gestión Pública o a la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable la información de cualquier creación o modificación de los trámites y servicios para su inscripción y publicación en el Registro, dentro de los diez días hábiles posteriores a que entre en vigor la disposición que fundamente tal situación. SECCIÓN TERCERA DEL SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS (SARE) Artículo 12.- El SARE es el instrumento que establece la Administración Pública Municipal, integrado por el conjunto de acciones y servicios tendientes a lograr la apertura de una empresa o negocio en el menor tiempo posible, reduciendo y optimizando trámites y tiempos de respuesta hacia el particular. Artículo 13.- La Unidad, en coordinación con las Direcciones Generales de Desarrollo Económico y Ordenamiento Territorial, implementará los mecanismos que permitan la apertura rápida de empresas cuyas actividades o giros sean consideradas de bajo, mediano y alto impacto económico y social, conforme a la normatividad aplicable. El plazo para la resolución de los trámites para la apertura de empresas o negocios cuyo giro o actividad empresarial impliquen un bajo impacto económico y social, en ningún caso podrá ser mayor de 48 horas. 5

6 El plazo señalado en el presente artículo correrá a partir de que la Dependencia o Entidad reciba del solicitante, todos los requisitos que señale el Registro para efectos del trámite a realizar. Artículo 14.- La Unidad, en coordinación con las Direcciones Generales de Desarrollo Económico y Ordenamiento Territorial, propondrá al Ayuntamiento las modificaciones a las disposiciones municipales que lo requieran en base a los lineamientos formulados por la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable en cuanto al SARE, con objeto de facilitar la operación de este instrumento. SECCIÓN CUARTA DEL CENTRO DE ATENCIÓN EMPRESARIAL Y DE APOYO A TRÁMITES Y SERVICIOS (CAE) Artículo 15.- El CAE es la instancia que brinda asesoría y orientación sobre los trámites y servicios de carácter empresarial. Artículo 16.- La Dirección de Servicios Empresariales adscrita a la Dirección General de Desarrollo Económico, será la responsable de la operación del CAE en el ámbito municipal, llevando para tal efecto, controles de entrada y salida de solicitudes con sistemas de mejora continua y calidad centrada en el usuario. Artículo 17.- Además de los señalados en la Ley, los servicios que se proporcionarán en el CAE serán los siguientes: I.- Asesorar al solicitante acerca de la bolsa de empleo, programas de capacitación, vinculación con financiamientos a empresas, exportación y de desarrollo empresarial; y, II.- Promocionar los programas que se relacionen con el fomento a la actividad empresarial. Artículo 18.- El CAE se integrará como mínimo con una persona responsable que para tal efecto designe cada una de las siguientes Dependencias: I.- La Dirección General de Desarrollo Económico; II.- La Dirección General de Ordenamiento Territorial; III.- La Dirección General de Gobierno; y, IV.- La Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal. Los responsables designados por cada una de las Dependencias al CAE deberán contar con los conocimientos necesarios en relación a los trámites que se realicen en la Dependencia a la que pertenezcan, así como las habilidades para la atención empresarial y toma de decisiones que faciliten los servicios al público. Artículo 19.- Los integrantes del CAE dependerán operativamente de la Dirección de Servicios Empresariales adscrita a la Dirección General de Desarrollo Económico, teniendo la obligación de informar a cada una de las Dependencias a la que pertenezcan de todas sus actividades realizadas a través del mismo. 6

7 SECCIÓN QUINTA DE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO REGULATORIO (MIR) Y SU PROCEDIMIENTO Artículo 20.- La MIR es el documento elaborado por las Dependencias o Entidades de la Administración Pública Municipal que contenga el estudio, análisis, evaluación costo-beneficio y justificación de los anteproyectos para crear, modificar o suprimir disposiciones de carácter general, cuyo contenido incida en trámites y servicios que repercutan en el particular. Artículo 21.- El municipio adoptará la guía básica que expida la Secretaría de la Gestión Pública, en lo que se refiere a la elaboración de las manifestaciones de impacto regulatorio de un anteproyecto dentro del ámbito de su competencia. El Contenido de la MIR es responsabilidad única y exclusiva de la Dependencia o Entidad que la elabore y se deberá realizar en los términos del presente Reglamento. Artículo 22.- El Enlace de mejora regulatoria, será el responsable de elaborar y dar seguimiento a la MIR, remitiéndolo a la Unidad para su análisis correspondiente. Para tal efecto, la Unidad revisará el impacto regulatorio del anteproyecto, debiendo coordinarse con la Dirección General de Desarrollo Económico para el análisis del impacto económico o empresarial y en su caso, emitir su Dictamen de Impacto Regulatorio, o bien, requerir la ampliación o corrección de la información que la conforma, así como de sus anexos a la Dependencia o Entidad que la propuso, en un término de diez días hábiles siguientes a la recepción de la MIR. Artículo 23.- El requerimiento de ampliación o corrección deberá contener las razones por las cuales se considera que la información proporcionada en la MIR es insuficiente o inexacta. Artículo 24.- Las Dependencias o Entidades contarán con un término de tres días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento de ampliación o corrección para solventar las observaciones formuladas por la Unidad. Artículo 25.- Una vez solventado el requerimiento de ampliación o corrección, la Unidad procederá al análisis de la MIR y contará con un término de diez días hábiles para emitir el Dictamen de Impacto Regulatorio. El Dictamen de Impacto Regulatorio respectivo contendrá la determinación que sobre la MIR emita la Unidad, para lo cual se notificará al H. Ayuntamiento a través de la Comisión respectiva para su acuerdo correspondiente. SECCIÓN SEXTA DE LAS CARTAS COMPROMISO AL CIUDADANO 7

8 Artículo 26.- Las Cartas Compromiso al Ciudadano son el documento en que se comunica a los usuarios de un trámite o servicio del Gobierno Municipal, los compromisos de la Administración Municipal con ellos para la realización del mismo. Artículo 27.- Las Cartas Compromiso al Ciudadano, tienen por objeto lo siguiente: I.- Fortalecer la confianza y credibilidad de la ciudadanía en la Administración Pública Municipal; II.- Dotar a la ciudadanía de un instrumento de transparencia que se sume a los esfuerzos preventivos para abatir la corrupción; y, III.- Determinar los estándares de los servicios y trámites que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal deben cumplir y comunicarlos para que sean ampliamente conocidos por la ciudadanía. Artículo 28.- Las Cartas Compromiso al Ciudadano, deberán ser publicadas en los periódicos locales de mayor circulación y en el portal de Internet municipal, estableciendo claramente los requisitos, documentación necesaria, manera de hacer el trámite, costo, plazo de respuesta y el compromiso de cumplimiento por parte de la Administración Pública Municipal. Artículo 29.- La Unidad, realizará la guía que proporcione los elementos necesarios para la elaboración de las Cartas Compromiso al Ciudadano. Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública tendrán la obligación de cumplir con las Cartas Compromiso al Ciudadano relativas a sus áreas. Artículo 30.- La guía para la elaboración de las Cartas Compromiso al Ciudadano, deberá contener los siguientes requisitos: I.- Observaciones para difundir y comunicar los compromisos de servicio; II.- Método para medir los estándares de servicio; III.- Método para medir la opinión de los usuarios; IV.- Proceso para revisión de avances de las acciones de mejora; V.- Observaciones sobre la implementación y formalización de acciones de mejora; VI.- Formato de minuta de reuniones; y, VII.- Formato de Ficha Técnica de la mejora a realizar. CAPÍTULO QUINTO DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 31.- Los Servidores Públicos que contravengan las disposiciones establecidas en el presente Reglamento, serán sancionados de conformidad con la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de 8

9 Guanajuato y sus Municipios, sin perjuicio de las demás responsabilidades que en el ejercicio de sus funciones procedan. T R A N S I T O R I O S Artículo Primero.- El presente Reglamento entrará en vigor al cuarto día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Artículo Segundo.- Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal deberán notificar a la Unidad de Innovación Gubernamental el nombre de la persona que fungirá como Enlace de mejora regulatoria en un término de siete días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de este Reglamento. Artículo Tercero.- Las Dependencias Municipales designarán dentro de los 45 días siguientes a la entrada en vigor del presente Reglamento a las personas responsables que integrarán el CAE para su formal instalación. POR LO TANTO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 70, FRACCIONES I Y VI Y 205 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO. DADO EN LA CASA MUNICIPAL DE IRAPUATO, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS 31 TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE JULIO DEL 2009 DOS MIL NUEVE. EL C. PRESIDENTE MUNICIPAL ING. MARIO LEOPOLDO TURRENT ANTÓN EL C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO FERNANDO FERNÁNDEZ ARRIAGA (RÚBRICAS) NOTA: REGLAMENTO PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO, NÚMERO 144, SEGUNDA PARTE, DE FECHA 08 DE SEPTIEMBRE DEL

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.

Más detalles

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios

Más detalles

XIII. Las demás que determinen otras disposiciones jurídicas aplicables o le delegue el Secretario.

XIII. Las demás que determinen otras disposiciones jurídicas aplicables o le delegue el Secretario. SUBSECRETARÍA DE FOMENTO EMPRESARIAL de acuerdo al reglamento interior I. Implementar y dirigir la política en materia de atracción, fomento y promoción de proyectos de inversión, en los términos de la

Más detalles

Manual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio

Manual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio Manual de Organización de la Coordinación General de la Comisión de Planeación para el Desarrollo del Municipio 2 Índice Nº de Hoja Introducción 4 Autorizaciones 5 I.- Antecedentes Históricos 6 II.- Base

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS GACETA MUNICIPAL. No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS

H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS GACETA MUNICIPAL. No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS H. AYUNTAMIENTO DE ECATEPEC DE MORELOS 2013-2015 GACETA MUNICIPAL No. 23 ÓRGANO OFICIAL DE INFORMACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS RESERVA No. 01238/09 04 DE OCTUBRE DEL 2014 MAESTRO

Más detalles

REGLAMENTO DEL CENTRO DE ATENCIÓN EMPRESARIAL DE TLALNEPANTLA DE BAZ

REGLAMENTO DEL CENTRO DE ATENCIÓN EMPRESARIAL DE TLALNEPANTLA DE BAZ QUE EN EL ACTA CORRESPONDIENTE A LA CUADRAGÉSIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DE FECHA QUINCE DE JULIO DE DOS MIL CUATRO, EN EL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TLALNEPANTLA

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA. MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE AMECAMECA.. MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA DEL AYUNTAMIENTO DE AMECAMECA ADMINISTRACIÓN 2013-2015 CONTENIDO. I. INTRODUCCIÓN. II JUSTIFICACIÓN.

Más detalles

Capítulo I Disposiciones generales

Capítulo I Disposiciones generales Acuerdo Cobay 01/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia del Colegio de Bachilleres del Estado de Yucatán La Junta de Gobierno del Colegio de Bachilleres

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DEL MUNICIPIO DE LERMA LIC. TOMÁS GARCÍA VILLAR ENCARGADO DE DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MUNCIPAL DE LERMA, ESTADO DE MÉXICO Lic. Tomás García Villar Encargado

Más detalles

Dirección de Obras Publicas y Servicios

Dirección de Obras Publicas y Servicios INTRODUCCIÓN El presente Manual tiene como finalidad, contribuir al proyecto de Modernización Administrativa del Gobierno Municipal del período 2004-2007, entendiendo por modernidad los conceptos de: Servicio

Más detalles

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización

Más detalles

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL. Artículo 9. La dirección de Desarrollo Económico y Turismo tendrá, además de las facultades y obligaciones contenidas

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC.

REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC. REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC. ACUERDO de la Junta de Cabildo del Honorable Ayuntamiento Municipal de fecha 15 de febrero de 2014, que expide el REGLAMENTO INTERNO

Más detalles

II.- MARCO JURÍDICO. Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

II.- MARCO JURÍDICO. Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público I.- INTRODUCCIÓN La Dirección de Adquisiciones fue creada para llevar a cabo las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios que requiera el Municipio mediante la aplicación de procesos licitatorios

Más detalles

subcontraloría de auditoría financiera y contable

subcontraloría de auditoría financiera y contable Manual de Organización de la subcontraloría de auditoría financiera y contable ENERO 2015 1 Manual de Organización del Departamento de Auditoria Financiera y Contable C. Gerardo Allende de la Fuente Contralor

Más detalles

UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN.

UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN. Código MFCTRL-APM/14-18 Página 1 de 15 UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN. OBJETIVO Garantizar el derecho de acceso a la pública a la población que a través de la supervisión permanente

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO

MANUAL DE ORGANIZACIÓN ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración y Finanzas Coordinación de Normatividad y Desarrollo Administrativo ARCHIVO GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO TOLUCA DE LERDO, MÉXICO JUNIO

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Aprobado mediante Acta de Cabildo No. 44-Bis de fecha 25 de Agosto de 2015. Reglamento Interno De La Dirección de Asentamientos Humanos. Capitulo I

Más detalles

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS PÁGINA 2 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 26 DE JULIO DE 2016. -SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE SE OTORGA PLAZO PARA CONSULTA PÚBLICA...

Más detalles

GACETA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO

GACETA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO GACETA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO 2011-2013 Los Reglamentos y demás disposiciones administrativas de observancia general obligan por el solo hecho de publicarse en esta Gaceta.

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento

Más detalles

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO ATRIBUCIONES GENERALES Publicado en el Periódico Oficial del Estado El 9 de Enero del 2008 LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Artículo 31.- A la Secretaría de Educación,

Más detalles

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS 78 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 26 de septiembre de 2016 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS ACUERDO por el que se modifican los Lineamientos para el Programa de Derechos

Más detalles

ACUERDO 03 DE (Julio 14)

ACUERDO 03 DE (Julio 14) ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA

Más detalles

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES INE/JGE96/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DEL INE. ANTECEDENTES

Más detalles

Manual Único de Procesos

Manual Único de Procesos I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación, 5 de febrero de 1917. Reformas y adiciones. Constitución Política del Estado Libre

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Junio de 2015. ÍNDICE Introducción..2 1.-Trámite de desahogo de solicitudes de información

Más detalles

REGLAMENTO DE COMUNICACIÓN SOCIAL EL H. AYUNTAMIENTO DE AMATITAN, JALISCO A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

REGLAMENTO DE COMUNICACIÓN SOCIAL EL H. AYUNTAMIENTO DE AMATITAN, JALISCO A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL REGLAMENTO DE COMUNICACIÓN SOCIAL EL H. AYUNTAMIENTO DE AMATITAN, JALISCO A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL EXPIDE EL PRESENTE REGLAMENTO PARA EL MANEJO DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL DE LA ADMINISTRACIÓN

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE CREA LA PROCURADURIA PARA ASUNTOS INDIGENAS DEL ESTADO DE JALISCO

DECRETO POR EL QUE SE CREA LA PROCURADURIA PARA ASUNTOS INDIGENAS DEL ESTADO DE JALISCO DECRETO 14156 POR EL QUE SE CREA LA PROCURADURIA PARA ASUNTOS INDIGENAS DEL ESTADO DE JALISCO Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- Se crea la Procuraduría para Asuntos Indígenas del gobierno

Más detalles

TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008.

TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008. TEXTO ORIGINAL Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, número 2003, octava parte, de 19 de diciembre de 2008. DECRETO NÚMERO 194 La Sexagésima Legislatura Constitucional

Más detalles

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO.

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO. MANUAL DE ORGANIZACIÓN PARA EL MUNICIPIO DE HUAZALINGO TOMO I AYUNTAMIENTO MUNICIPAL M a n u a l d e O r g a n i z a c i ó n d e l M u n i c i p i o d e H u

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD Publicado en el Periódico Oficial el 1 de Enero del 2002 PODER EJECUTIVO DEL ESTADO Víctor Manuel Tinoco Rubí, Gobernador Constitucional del

Más detalles

LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EL USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA EN LOS OFICIOS DEL ESTADO DEL EJERCICIO DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES PRIMERO.- Los presentes

Más detalles

Manual para el Funcionamiento Interno de La Oficina de Acceso a la Información Pública

Manual para el Funcionamiento Interno de La Oficina de Acceso a la Información Pública Manual para el Funcionamiento Interno de La Oficina de Acceso a la Información Pública C O N T E N I D O I. Introducción 3 II. Funciones de la Oficina de Acceso a la Información Pública 4-5 III. Estructura

Más detalles

LEY DEL BOLETÍN OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

LEY DEL BOLETÍN OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR LEY DEL BOLETÍN OFICIAL DEL GOBIERNO Ley publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 30 de Septiembre de 2009 TEXTO VIGENTE Al margen un sello con el Escudo del Estado

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. CAPITULO I De las Disposiciones Generales

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO. CAPITULO I De las Disposiciones Generales REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO CAPITULO I De las Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento es de interés público y social, además

Más detalles

CONTRALORIA MUNICIPAL I.-OBJETIVOS

CONTRALORIA MUNICIPAL I.-OBJETIVOS I.-OBJETIVOS Planear, evaluar, coordinar e implementar sistemas operativos, administrativos y legales, que permitan el control y vigilancia de los procesos; para garantizar el ejercicio correcto de los

Más detalles

DIRECCION GENERAL DE OPERACIÓN REGIONAL Y CONTRALORIA SOCIAL

DIRECCION GENERAL DE OPERACIÓN REGIONAL Y CONTRALORIA SOCIAL Servicios que Ofrecemos DIRECCION GENERAL DE OPERACIÓN REGIONAL Y CONTRALORIA SOCIAL DAR ATENCIÓN A LAS DENUNCIAS PRESENTADAS DIRECTAMENTE EN LA OFICINA DEL TITULAR DEL RAMO Lograr que los asuntos denunciados

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Nombre del Procedimiento: General de Operación interna de la Ventanilla Única Delegacional.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Nombre del Procedimiento: General de Operación interna de la Ventanilla Única Delegacional. PAG: 1554 Objetivo: Políticas y/o Normas De Operación: Proporcionar a los ciudadanos una vía de acceso única para la introducción de sus trámites a la delegación. Las atribuciones correspondientes a esta

Más detalles

LA ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE

LA ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE LA ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE QUÉ ES LA ARMONIZACIÓN CONTABLE? Es la homologación y modernización de los sistemas de información contables para los tres ámbitos de gobierno,

Más detalles

Proceso de Entrega Recepción

Proceso de Entrega Recepción Hoja: 1 Proceso de Entrega Recepción Tiempo promedio del procedimiento 5 días Fecha de elaboración Enero de 2014 Fecha de revisión Responsable de la elaboración Abraham Ruiz Montes Contralor Interno Responsable

Más detalles

COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS

COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL MORELOS. QUIENES SOMOS: La Coordinación Estatal de Protección Civil, es un organismo público descentralizado, con

Más detalles

Coordinación de Relaciones Publicas INTRODUCCIÓN

Coordinación de Relaciones Publicas INTRODUCCIÓN INTRODUCCIÓN El presente Manual tiene como finalidad, contribuir al proyecto de Modernización Administrativa del Gobierno Municipal del período 2004-2007, entendiendo por modernidad los conceptos de: Servicio

Más detalles

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO; 2,3,7,8, 14, 19 Y 45 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO; Y

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO; 2,3,7,8, 14, 19 Y 45 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO; Y CESAR CAMACHO QUIROZ, GOBERNADOR DEL ESTADO DE MEXICO, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 77 FRACCIONES 11 Y XXXVIII Y 80 DE LA CONSTITUCION POLlTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO;

Más detalles

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL:

OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: OBJETIVO, PRINCIPALES FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEUCHITLÁN, JALISCO. PRESIDENTE MUNICIPAL: El presidente municipal tiene entre otras atribuciones y funciones

Más detalles

PROCEDIMIENTO GESTION DE PROYECTOS FEDERALES

PROCEDIMIENTO GESTION DE PROYECTOS FEDERALES 1.- Propósito: El programa de competitividad en Logística y Central de Abastos (PROLOGYCA) tiene como objetivo general promover el desarrollo del sector Logística y Abasto, a través del otorgamiento de

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE INFORMACI~N DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO. Capitulo I Disposiciones Generales

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE INFORMACI~N DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO. Capitulo I Disposiciones Generales Reglamento Interno del Comité de Información del SEPOMEX - - -- Con fundamento en los Artículos 29 y 30 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y 57 de su Reglamento,

Más detalles

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV De la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales CAPÍTULO IV DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA

Más detalles

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad

Más detalles

H. Ayuntamiento de Yecapixtlaa. Manual de Organización

H. Ayuntamiento de Yecapixtlaa. Manual de Organización H. AYUNTAMIENTO DEYECAPIXTLA Sección Pág. 1 de 15 H. Ayuntamiento de Yecapixtlaa Dirección de Contabilidad y Presupuestos. Manual de Organización Dirección de contabilidad y Presupuestos. Yecapixtla, Mor.,

Más detalles

DECRETO 943 DE (Mayo 21) Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI). EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

DECRETO 943 DE (Mayo 21) Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI). EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, DECRETO 943 DE 2014 (Mayo 21) Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI). EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de las facultades legales y, en especial las

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA CONADE

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA COMITÉ DE MEJORA REGULATORIA INTERNA CONADE NORMATECA I. INTRODUCCIÓN De conformidad con las atribuciones conferidas en los Lineamientos por los que se establece el Proceso de Calidad Regulatoria para la Integración y Operación del Comité de Mejora

Más detalles

INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN

INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Calendario para la implementación de los concursos y procesos de evaluación establecidos en la Ley General del Servicio Profesional Docente Se publica

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA DURANGUENSE DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS PARA EL MUNICIPIO DE LERDO, DURANGO. (S D A R E)

REGLAMENTO DEL SISTEMA DURANGUENSE DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS PARA EL MUNICIPIO DE LERDO, DURANGO. (S D A R E) REGLAMENTO DEL SISTEMA DURANGUENSE DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS PARA EL MUNICIPIO DE LERDO, DURANGO. (S D A R E) CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DE SU DEPENDENCIA ORGANICA CAPITULO III

Más detalles

ACUERDO MINISTERIAL SP-M

ACUERDO MINISTERIAL SP-M ACUERDO MINISTERIAL SP-M-731-2002 Guatemala, 10 de Julio de 2002 EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo Gubernativo número 426-2001 de fecha dieciséis de

Más detalles

Instrucciones Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón. Nº Tema versión actualización 3 Información de relevancia jurídica 1 14/03/2016

Instrucciones Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón. Nº Tema versión actualización 3 Información de relevancia jurídica 1 14/03/2016 Instrucciones Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón Nº de Fecha de Nº Tema versión actualización 3 Información de relevancia jurídica 1 14/03/2016 En desarrollo de las previsiones contenidas en

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL AREA DE ATENCION Y PARTICIPACION CIUADANA

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL AREA DE ATENCION Y PARTICIPACION CIUADANA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL AREA DE ATENCION Y PARTICIPACION CIUADANA Área que genero la información: Atención y Participación Ciudadana Funcionario encargado de generar la información: Misael Martínez

Más detalles

SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL ACUERDO por el que se da a conocer la integración y funcionamiento del Comité de Mejora Regulatoria Interna de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Al

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA DE ACCESO A LA INFORMACION

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA DE ACCESO A LA INFORMACION MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA DE ACCESO A LA INFORMACION Introducción: La Oficina de Acceso a la Información Pública (OAI) es un órgano de apoyo a las entidades públicas y privadas que reciben contribuciones

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LA OFICINA EJECUTIVA DEL GOBERNADOR. Publicado en Periódico Oficial de fecha 26 de febrero de 2010

REGLAMENTO INTERIOR DE LA OFICINA EJECUTIVA DEL GOBERNADOR. Publicado en Periódico Oficial de fecha 26 de febrero de 2010 REGLAMENTO INTERIOR DE LA OFICINA EJECUTIVA DEL GOBERNADOR Publicado en Periódico Oficial de fecha 26 de febrero de 2010 Última reforma integrada publicada en Periódico Oficial Del 24 de septiembre de

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

MANUAL DE ORGANIZACIÓN MANUAL DE ORGANIZACIÓN Índice I. INTRODUCCIÓN... 2 ll. ANTECEDENTES... 3 Objetivo... 4 Misión... 4 Visión... 4 Valores... 4 III. OBJETIVO DEL MANUAL... 5 IV. MARCO JURÍDICO... 6 V. ORGANIGRAMA... 9 VI.

Más detalles

CONSIDERANDO. Acuerdo

CONSIDERANDO. Acuerdo ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECE EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE PUBLICACIONES DE SOCIEDADES MERCANTILES Y LAS DISPOSICIONES PARA SU OPERACIÓN (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA LICENCIADO ENRIQUE PEÑA NIETO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LAS FRACCIONES II,

Más detalles

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio

Más detalles

Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016

Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016 Unidad de Asistencia e Integración Social Dirección General de Integración Social Programa Anual de Trabajo de la Contraloría Social, 2016 PROGRAMA DE SERVICIOS DE ASISTENCIA SOCIAL INTEGRAL (E040) CONTENIDO

Más detalles

Manual de Operación de la Normateca Interna de la CDI

Manual de Operación de la Normateca Interna de la CDI Página: 2 de 9 ÍNDICE Pág 1. Objetivo... 3 2. Marco normativo... 3 3. Definiciones... 3 4. Funciones..... 5 A) Normateca interna... 5 B) Administrador de la normateca interna... 6 5. Operación de la normateca

Más detalles

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental Gerencia de Recursos ENERO 2010 Í N D I C E I.- Presentación. 3 II.- Marco Legal. 3 III.- Objetivos del Comité

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE EMPLEO Y DESARROLLO EMPRESARIAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE EMPLEO Y DESARROLLO EMPRESARIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE EMPLEO Y DESARROLLO EMPRESARIAL 1 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN... 3 MISIÓN... 3 VISIÓN... 3 2. ATRIBUCIONES... 3 3. ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE EMPLEO Y DESARROLLO EMPRESARIAL...

Más detalles

Instituto Materno Infantil del Estado de México. Comité Interno de Mejora Regulatoria Programa Anual 2013

Instituto Materno Infantil del Estado de México. Comité Interno de Mejora Regulatoria Programa Anual 2013 Instituto Materno Infantil del Estado de México Comité Interno de Mejora Regulatoria Programa Anual 2013 PROGRAMA ANUAL 2013 DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DEL INSTITUTO MATERNO INFANTIL DEL

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES Cuando en este Reglamento se utilice el término Universidad, se entenderá que se refiere a la Universidad Tecnológica de Oriental, la cual es miembro

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN A USUARIOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN A USUARIOS PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Secretaría de Administración y Finanzas Dirección de Informática DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN A USUARIOS TOLUCA DE LERDO, MÉXICO 23 DE FEBRERO DEL 2006 PODER LEGISLATIVO

Más detalles

REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO

REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO CAPÍTULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas, principios y criterios

Más detalles

Fracción IV. A) Normas Básicas de Competencias.

Fracción IV. A) Normas Básicas de Competencias. A) s. La Secretaría de Desarrollo Social es la dependencia encargada de establecer las políticas públicas orientadas a proponer, promover y realizar en el Municipio programas y proyectos de asistencia

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL PADRON MUNICIPAL DE TEPIC, NAYARIT.

REGLAMENTO PARA EL PADRON MUNICIPAL DE TEPIC, NAYARIT. REGLAMENTO PARA EL PADRON MUNICIPAL DE TEPIC, NAYARIT. ING. HÉCTOR GONZÁLEZ CURIEL, Presidente Municipal de Tepic, a sus habitantes hace saber: Que el H. XXXIX Ayuntamiento Constitucional de Tepic, en

Más detalles

PODER LEGISLATIVO SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTO DE CONTROL VEHICULAR

PODER LEGISLATIVO SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTO DE CONTROL VEHICULAR PODER LEGISLATIVO SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES DEPARTAMENTO DE CONTROL VEHICULAR TOLUCA DE LERDO, MÉXICO AGOSTO DEL 2004 PODER LEGISLATIVO SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN

Más detalles

4~~ FORMATO DE REVISiÓN Y 10 ACTUALIZACiÓN DE LOS MANUALES ADMINISTRATIVOS 0074-NORMA T1VIDAD-MPP-02-FORMATO-06-V5 1

4~~ FORMATO DE REVISiÓN Y 10 ACTUALIZACiÓN DE LOS MANUALES ADMINISTRATIVOS 0074-NORMA T1VIDAD-MPP-02-FORMATO-06-V5 1 FORMATO DE REVISiÓN Y 10 ACTUALIZACiÓN DE LOS MANUALES ADMINISTRATIVOS 0074-NORMA T1VIDAD-MPP-02-FORMATO-06-V5 1 CLAVE Y NOMBRE DEL MANUAL: 0074-NORMATIVIDAD-MPP-02-Vl; MANUAL DE POLíTICAS Y PROCEDIMIENTOS

Más detalles

Reglamento Interno de Préstamos del Municipio de Tarandacuao, Gto. 28 SEPTIEMBRE 2001

Reglamento Interno de Préstamos del Municipio de Tarandacuao, Gto. 28 SEPTIEMBRE 2001 Reglamento Interno de Préstamos del Municipio de Tarandacuao, Gto. 28 SEPTIEMBRE 2001 AÑO LXXXVIII TOMO CXXXIX GUANAJUATO, GUANAJUATO A 28 DE SEPTIEMBRE DE 2001 NÚMERO 78 PRESIDENCIA MUNICIPAL - TARANDACUAO

Más detalles

PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL

PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL QUÉ CREE UD QUE ES EL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL? CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE SAN IGNACIO MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE OBRAS PÚBLICAS

H. AYUNTAMIENTO DE SAN IGNACIO MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCION DE OBRAS PÚBLICAS H. AYUNTAMIENTO DE SAN IGNACIO MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA 2014-2016 Contenido a).-introducción. b).- Objetivo del manual. c).- Antecedentes, d}.- Marco jurídico. e).- Misión, Visión. f).- Estructura

Más detalles

ANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES

ANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES ANEXO 3 MANUAL DE OPERACIÓN PARA OFICINAS MUNICIPALES OCTUBRE DE 2014 CONTENIDO 1. CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE Y EQUIPAMIENTO... 3 2. PERSONAL AUTORIZADO Y FUNCIONES. 3 3. PERIODO DE FUNCIONAMIENTO 4

Más detalles

Director de Contabilidad. Administrativa. Sustantiva Órgano Interno de Control Subdirector General de Finanzas. Dirección de Contabilidad

Director de Contabilidad. Administrativa. Sustantiva Órgano Interno de Control Subdirector General de Finanzas. Dirección de Contabilidad A. DATOS GENERALES Código del puesto Denominación de puesto Director de Contabilidad B. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. Datos de identificación del puesto Tipo de funciones Puesto del superior jerárquico Unidad

Más detalles

CÉDULA BÁSICA DE INFORMACIÓN

CÉDULA BÁSICA DE INFORMACIÓN CÉDULA BÁSICA DE INFORMACIÓN SESIÓN No.: 2ª/15 CPIFP FECHA: 11/06/2015 DEPENDENCIA O ENTIDAD: Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. SUBCOMITÉ / GTE: Subcomité de Normatividad del

Más detalles

Gobierno del Estado de Puebla

Gobierno del Estado de Puebla CC. SECRETARIOS DE LA LVI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LICENCIADO MARIO P. MARIN TORRES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; y CONSIDERANDO Que en interés del Gobierno

Más detalles

Desarrollo planificado de las ciudades

Desarrollo planificado de las ciudades Desarrollo planificado de las ciudades 1. Crecimiento urbano planificado 1. Desarrollar ciudades competitivas con espacios ordenados y funcionales que respondan a las necesidades de crecimiento urbano

Más detalles

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y coordinar la política fiscal del ayuntamiento, previo acuerdo

Más detalles

GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA

GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA 4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,

Más detalles

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 1 de 5 INTRODUCCIÓN: Una de las políticas del presente Gobierno es el uso racional y optimo de los recursos públicos, a fin de dar seguimiento y

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE ATOTONILCO EL ALTO, JALISCO. TITULO I

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE ATOTONILCO EL ALTO, JALISCO. TITULO I REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE ATOTONILCO EL ALTO, JALISCO. TITULO I CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto

Más detalles

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD PLAN DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO DEL SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS Instituto Nacional Electoral Julio 2014 Í N D I C E PRESENTACIÓN...

Más detalles

DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL

DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL Código MFCTRL-APM/14-18 Página 1 de 18 DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN SOCIAL OBJETIVO Brindar atención y gestión a la ciudadanía con eficiencia, amabilidad en los servicios que presta la dirección, así como

Más detalles

DIRECCIÓN DE PROFESIONALIZACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO LOCAL

DIRECCIÓN DE PROFESIONALIZACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO LOCAL INTRODUCCIÓN AL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL CONOCER Y COMPRENDER QUÉ ES Y CÓMO ESTÁ ORGANIZADO EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACION MUNICIPAL HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL CONOCER Y COMPRENDER QUÉ ES,

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA

UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA INSTRUCTIVO METODOLÓGICO PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES OPERATIVOS ANUALES DICIEMBRE - 2012 1 INSTRUCTIVO METODOLÓGICO PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES OPERATIVOS ANUALES DE

Más detalles

CRITERIOS GENERALES PARA LA PUBLICACIÓN DE MICROSITIOS VINCULADOS A LOS PORTALES DE INTERNET E INTRANET DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL.

CRITERIOS GENERALES PARA LA PUBLICACIÓN DE MICROSITIOS VINCULADOS A LOS PORTALES DE INTERNET E INTRANET DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL. CRITERIOS GENERALES PARA LA PUBLICACIÓN DE MICROSITIOS VINCULADOS A LOS PORTALES DE INTERNET E INTRANET DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL. 1. Ámbito de aplicación e interpretación Los presentes criterios

Más detalles

PERFIL DE LOS(AS) INTEGRANTES EL COMITÉ DE EQUIDAD DE GÉNERO

PERFIL DE LOS(AS) INTEGRANTES EL COMITÉ DE EQUIDAD DE GÉNERO Página 1 de 6 ORGANIGRAMA DEL COMITÉ DE EQUIDAD DE GÉNERO Coordinación de Equidad de Género Subcomité de quejas y peticiones Subcomité de comunicación, vida laboral y familiar Subcomité de planeación,

Más detalles

l. El Sistema de Control de Gestión Documental (Sistema de Control) fue

l. El Sistema de Control de Gestión Documental (Sistema de Control) fue COTECIAD-12-16 ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL CUAL SE APRUEBAN Y VALIDAN LAS ADECUACIONES AL SISTEMA DE CONTROL

Más detalles

Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco

Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco Resultados Evaluación de la Publicación de Información Fundamental Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco METODOLOGÍA Qué se evalúa? Publicación de la

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Diciembre 2010 Oficina de Desarrollo Organizacional Gabinete 136-029/10 21/12/2010 Página 1 de 11 ÍNDICE Página Misión, Visión, Valores

Más detalles

RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010

RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010 RESOLUCIÓN Núm. RES/002/2010 RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ORDENA LA EXPEDICIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-SECRE-2010, ESPECIFICACIONES DEL GAS NATURAL, QUE CANCELA

Más detalles

NORMA QUE ESTABLECE LA PROMOCIÓN POR ASCENSO DE NIVEL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

NORMA QUE ESTABLECE LA PROMOCIÓN POR ASCENSO DE NIVEL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL USC-ADM01-2000 1/5 Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público

Más detalles

Director Comercial Regional. Subdirector General de Comercial. Subdirector General de Comercial

Director Comercial Regional. Subdirector General de Comercial. Subdirector General de Comercial A. DATOS GENERALES Código del puesto Denominación de puesto Director Comercial Regional B. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO I. Datos de identificación del puesto Tipo de funciones X Administrativa Sustantiva Órgano

Más detalles