1. El objetivo de esta Norma Internacional de Contabilidad (NIA) es establecer normas y suministrar criterios sobre:
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- María José San Martín Rodríguez
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1 Introducción 1. El objetivo de esta Norma Internacional de Contabilidad (NIA) es establecer normas y suministrar criterios sobre: a) la obtención de acuerdo con los términos del compromiso con el cliente, y b) la respuesta del auditor al requerimiento del cliente de cambiar los términos del compromiso inicial por otro que proporcione menor nivel de fiabilidad. 2. El auditor y su cliente deben acordar los términos del compromiso. Tales términos deben ser confirmados en una carta propuesta o en cualquier otra forma de contrato. 3. Esta NIA pretende ayudar al auditor en la preparación de las cartas propuestas relativas a la auditoría de los estados financieros. Los criterios contenidos en esta norma son también aplicables a los servicios relacionados. Cuando se soliciten del auditor otros servicios, tales como los de carácter fiscal, contable o de consultoría, pueden ser adecuadas cartas propuesta independientes. 4. En algunos países, el objetivo y amplitud de una auditoría, así como las obligaciones del auditor, están establecidas por la ley. Incluso en tales situaciones es conveniente que el auditor envíe cartas propuesta a sus clientes. Cartas propuesta 5. Resulta de interés tanto para el cliente como para el auditor que este último envíe una carta propuesta, preferiblemente antes del comienzo de su compromiso, al objeto de evitar errores en los términos en los que estable el mismo. La carta propuesta documenta y confirma la aceptación del auditor de los términos de su compromiso, los objetivos y alcance de la auditoría, los términos en que se establece la responsabilidad del auditor en relación con el cliente y la forma de su informe. Puntos principales de su contenido 6. La forma y contenido de la carta propuesta puede variar para cada cliente, pero incluirá, generalmente, referencias a: - el objetivo de la auditoría de los estados financieros; - la responsabilidad de la dirección en relación con los estados financieros; - el alcance de la auditoría, incluyendo la mención de la legislación, regulación de los pronunciamientos de instituciones profesionales a los que el auditor debe someterse; - la forma de los informes o cualquier otro tipo de comunicación de los resultados de la actuación; - el hecho de que, a causa de la naturaleza de las pruebas y de otras limitaciones inherentes a la auditoría, junto con las limitaciones propias de los sistemas de contabilidad y control interno, existe un riesgo inevitable de que alguna irregularidad significativa permanezca oculta;
2 - el acceso limitado a cualesquiera registros, documentación y otra información requerida, en relación con el trabajo a realizar. 7. El auditor puede también incluir en la carta: - indicaciones referentes a la planificación de su trabajo; - deseo de recibir de la dirección confirmación escrita sobre las declaraciones que aquella haya podido hacer en relación con la auditoría; - solicitud al cliente de la conformidad con los términos del encargo, mediante confirmación de la recepción de la carta propuesta; - descripción de cualesquiera otras cartas o informes que espere enviar al cliente; - las bases para el cálculo de los honorarios e indicaciones respecto a su cobro. 8. Cuando sean significativos, se incluirán también los siguientes extremos: - indicaciones sobre la posible actuación de otros auditores y expertos en algunos aspectos del trabajo a realizar; - referencias sobre la implicación del personal de control interno u otros miembros de la plantilla del propio cliente; - indicaciones, en su caso, sobre relaciones con auditores anteriores, cuando se lleve a cabo por primera vez la auditoría; - cualquier restricción a la responsabilidad del auditor, si existe tal posibilidad; - referencia a acuerdos posteriores entre el auditor y el cliente. El Anexo de esta NIA incluye un ejemplo de carta propuesta. Auditoría de entidades dependientes 9. Cuando el auditor de la matriz lo sea también de una filial, sucursal o división (componentes), entre las circunstancias que pueden influir en la decisión de enviar una carta propuesta independiente a cada una de ellas se encuentran las siguientes: - quién encarga la intervención en la entidad dependiente (componente); - si se hará o no informe separado sobre la misma; - requerimientos legales aplicables al caso; - extensión y alcance de trabajos realizados por otros auditores; - tanto de dominio ejercido por la matriz; - grado de independencia de la dirección de la entidad dependiente. Auditorías periódicas 10. En auditorías sucesivas, el auditor debe evaluar si las circunstancias requieren la revisión de los términos de su compromiso y si es necesario recordar al cliente los términos del mismo.
3 11. El auditor puede decidir no enviar cada año una nueva carta propuesta. Sin embargo, factores como los siguientes pueden aconsejar hacerlo: - cualquier indicio de que el cliente no entiende adecuadamente el objetivo y alcance de la auditoría; - la revisión de los términos del encargo o la adición de cualquier punto especial al mismo; - un cambio reciente en la dirección, consejo de administración o propietarios de la entidad; - un cambio significativo en la naturaleza o tamaño de la actividad del cliente; - exigencias legales en este sentido. Aceptación de un cambio en el compromiso 12. Un auditor que, antes de la conclusión de su trabajo, sea requerido para cambiarlo por otro con un menor nivel de fiabilidad, debe evaluar la conveniencia de aceptar este cambio. 13. La petición de cambiar el compromiso puede resultar de la alteración en las circunstancias relativas a la necesidad del encargo, de una inadecuada interpretación de la naturaleza de la auditoría o del servicio relacionado inicialmente requerido o de restricciones en el alcance del encargo, impuestas por la dirección o sobrevenidas por causas imprevistas. El auditor debe evaluar cuidadosamente las razones argüidas para la solicitud de cambio, especialmente las posibles implicaciones que pudieran resultar de cualquier restricción en el alcance de su compromiso. 14. El cambio en las circunstancias que afecten a la solicitud inicial o una interpretación no adecuada de la naturaleza del servicio originalmente requerido pueden considerarse normalmente como causas razonables para aceptar un cambio en el compromiso. Por el contrario, un cambio no debe considerarse razonable si puede presumirse que se relaciona con información financiera incorrecta, incompleta o no satisfactoria. 15. Antes de acordar la transformación de un encargo de auditoría en un servicio relacionado, un auditor encargado de realizar una auditoría de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría debe considerar, además de las cuestiones indicadas anteriormente, cualquier posible implicación legal o contractual del cambio. 16. Si el auditor concluye que existe justificación razonable para el cambio del compromiso y si el trabajo de auditoría propuesto cumple con las NIA aplicables al cambio de compromisos, el informe emitido debe ser el adecuado a la nueva situación. Al objeto de evitar confusión al lector, el informe no debe incluir referencia alguna a: - el encargo inicial; - los procedimientos que podrían haberse aplicado en el encargo original excepto cuando el cambio resulte en un encargo de aplicar determinados procedimientos acordados con el cliente, con lo que la referencia a tales procedimientos resulta una parte normal del informe. 17. El auditor y su cliente deben llegar a un acuerdo sobre los nuevos términos del compromiso, cuando se cambien los mismos. 18. El auditor no debe aceptar el cambio si concluye que no existe justificación razonable para hacerlo.
4 Por ejemplo, si en una actuación de auditoría resulta imposible obtener las adecuadas confirmaciones externas y se solicita del auditor que cambie su compromiso inicial por una auditoría limitada, para evitar la emisión de un informe con salvedades o la denegación de opinión. 19. Si el auditor no puede llegar a aun acuerdo para cambiar el compromiso y no se le permite continuar con el inicial, debe rescindirlo y evaluar si puede tener alguna obligación, contractual o de otro tipo, de informar a otros interesados, tales como el consejo de administración o los accionistas, de las circunstancias que han originado la rescisión. Opinión del Comité del Sector Público 1. El propósito de las cartas propuesta es informar a la entidad auditada de la naturaleza del compromiso, así como aclarar la responsabilidad de las partes implicadas. La legislación y la regulación que rigen las operaciones de auditoría en el Sector Público normalmente prescriben el nombramiento de un auditor adscrito a dicho sector, de manera que la utilización de cartas propuesta no es una práctica extendida. No obstante, una carta en la que se ponga de manifiesto la naturaleza del encargo o se reconozca algún compromiso no indicado en el mandato legal puede ser útil para ambas partes. Los auditores deben considerar seriamente la posibilidad de enviar cartas propuesta cuando emprenden una auditoría en el Sector Público. 2. Los párrafos 12 a 19 de esta NIA se ocupan de las medidas que un auditor debe tomar cuando se intenta cambiar un compromiso por otro que implique un menor nivel de fiabilidad. En el Sector Público suelen existir requisitos específicos en la legislación que regula la obligación de auditar; por ejemplo, el auditor puede estar obligado a informar directamente a las autoridades, al parlamento o el público si la dirección (incluido el órgano implicado) intenta limitar el alcance de la auditoría.
5 ANEXO EJEMPLO DE UNA CARTA PROPUESTA El siguiente modelo de carta puede servir como orientación, junto con las consideraciones contenidas en esta NIA, pudiendo, no obstante, ser modificado de acuerdo con las circunstancias y exigencias de cada caso. Al Consejo de Administración u órgano representativo de la dirección: Habiendo sido requeridos por ustedes para efectuar la auditoría del balance de situación, cuentas de resultados y estado de flujos de tesorería de correspondientes al ejercicio que termina en, deseamos confirmar nuestra aceptación y la total comprensión de su encargo por medio de esta carta. Nuestra auditoría se llevará a cabo con el objetivo de expresar una opinión sobre los estados financieros. Nuestra actuación se realizará de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría (o las normas o prácticas nacionales relevantes). Tales NIA requieren que planifiquemos y llevemos a cabo la auditoría para obtener razonable fiabilidad sobre si los estados financieros están libres de irregularidades significativas. La auditoría incluye el examen, basado en pruebas, de la evidencia que apoya los importes y la información contenida en los estados financieros. Incluye también la evaluación de los principios contables utilizados y de las estimaciones significativas realizadas por la dirección, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en su conjunto. A causa de la naturaleza de las pruebas a aplicar, así como de otras limitaciones de la auditoría, junto con las limitaciones inherentes a cualquier sistema de contabilidad y control interno, existe un riesgo inevitable de que permanezca sin descubrir alguna irregularidad significativa. Junto con el informe sobre los estados financieros, esperamos entregarles, por separado, una carta que contenga relación de los puntos débiles significativos encontrados en su sistema de contabilidad y de control interno, si es que alguno llega a nuestro conocimiento el llevar a cabo nuestra tarea. Nos permitimos recordarles que la responsabilidad en relación con la preparación de los estados financieros, incluyendo su adecuada reparación corresponde a la dirección de la entidad. Dicha responsabilidad incluye el mantenimiento de los registros contables y sistemas de control interno adecuados, la selección y aplicación de normas contables, y la custodia de los activos de la entidad. Como una parte más del proceso de auditoría, solicitaremos a la dirección confirmación acerca de las declaraciones que puedan hacernos en relación con la auditoría. Esperamos la entera cooperación de su personal y confiamos en que se nos proporcionará el acceso a los registros contables, documentación y cualquier otra información que demandemos en relación con la auditoría. Nuestros honorarios, que serán cargados a medida que se vaya realizando el trabajo, están basados en el tiempo requerido por el personal asignado el presentar encargo, más los gastos necesarios para llevarlos a cabo. Las tasas horarias varían de acuerdo con el grado de responsabilidad necesaria y la experiencia y habilidad requerida. Los términos de la presente carta serán efectivos para los próximos años, a no ser que caduquen o sean modificados o reemplazados por otros.
6 Les agradeceríamos envíen firmada la copia adjunta de esta carta, como manifestación de conformidad con los términos de nuestra propuesta de intervención en la verificación de los estados financieros de su entidad. Confirmación, en nombre de la empresa, realizada por (firma) Nombre y cargo Fecha. XYZ y Cía.
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