LAS NEGOCIACIONES INTERNACIONALES SOBRE INDICACIONES GEOGRAFICAS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LAS NEGOCIACIONES INTERNACIONALES SOBRE INDICACIONES GEOGRAFICAS"

Transcripción

1 LAS NEGOCIACIONES INTERNACIONALES SOBRE INDICACIONES GEOGRAFICAS Ing. Agr. Gabriela Catalani Dirección de Relaciones Agroalimentarias Internacionales (DRAI/DNEFyM) SAGPYA

2 TRIPS/ADPIC Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados al Comercio CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PARA TODOS LOS MIEMBROS DE LA OMC

3 CARACTERISTICAS RELEVANTES DEL ACUERDO Establece un piso mínimo de protección para todos los derechos de propiedad intelectual en todos los Miembros de la OMC. Regula derechos privados Crea un Régimen de Derecho Público Internacional" aplicable a las "disputas entre entes públicos" Dichos derechos son de naturaleza territorial, por lo tanto, los estados son soberanos para determinar el método de implementación de la protección, de acuerdo a su práctica y ordenamiento jurídico interno.

4 INDICACIONES GEOGRÁFICAS Artículo 22: establece que las (...) IG son las que identifiquen un producto como originario de un Miembro o de una región o localidad de ese territorio, cuando determinada calidad, reputación u otra característica del producto sea imputable fundamentalmente a su origen geográfico.

5 PROTECCIÓN TRIPS a) Un Régimen General de Protección aplicable a todos los productos (Art.22): para prevenir el engaño al Consumidor Contra la Competencia Desleal

6 ESTÁNDAR DE PROTECCIÓN b) Un Régimen Especial aplicable sólo a los Vinos y Bebidas Espirituosas (Art.23): Derecho positivo de la IG. Reconocimiento, Derechos exclusivos y monopólicos en el país que la reconoce, Protege contra todo uso en el territorio del miembro registrante, Reconoce la protección de homónimos, diferenciándolos Establece que para facilitar se negociará un sistema multilateral de notificación y registro de las Indicaciones Geográficas de vinos que sean susceptibles de protección en los Miembros participantes en ese sistema

7 EXCEPCIONES A LA PROTECCIÓN (ART. 24) Marcas de fábrica o de comercio similares a una IG de vinos o espirituosas utilizadas para bienes o servicios a) desde 10 años antes como mínimo al 15 de abril de 1994, o de buena fe, antes de esa fecha (Art. 24.4). marcas de fábrica o de comercio solicitada o registrada de buena fe antes que el acuerdo entrara en vigor en ese miembro, o antes que la Indicación Geográfica estuviera protegida en el país de origen (Art. 24.5)

8 Cont. EXCEPCIONES cuando determinada IG es idéntica al término habitual en el lenguaje corriente de un bien o servicio (Art. 24.6) cuando la IG es el nombre de una variedad de uva.(art. 24.6) los nombres de personas o sus antecesores utilizados en el curso de operaciones comerciales.(art. 24.8) las IG que no estén protegidas en su país de origen o hayan caído en desuso. (art. 24.9)

9 Futuras negociaciones Art para facilitar la protección de las IG de VINOS en el Consejo de los ADPIC se negociará un sistema multilateral de notificacion y registro de las indicaciones geográficas de vinos que sean susceptibles de protección en los Miembros participantes en ese sistema Art. 24 los Miembros convienen en entablar negociaciones para mejorar la protección de algunas indicaciones ( de vinos y espirituosas)

10 RONDA DE NEGOCIACIONES MULTILATERALES DECLARACION DE DOHA

11 INDICACIONES GEOGRÁFICAS PÁRRAFO 18 - Establece que se negociará el establecimiento de un Sistema Multilateral de Notificación y Registro de Indicaciones Geográficas para Vinos y Bebidas Espirituosas en la 5 Sesión de la Conferencia Ministerial (Cancún). - La extensión de la protección de las IG a otros productos será tratada en el Consejo del TRIPS bajo el párrafo 12 de esta Declaración".

12 EL MANDATO DE DOHA SOBRE INDICACIONES GEOGRÁFICAS Párrafo 12: (...) b) las demás cuestiones pendientes relativas a la aplicación serán tratadas con carácter prioritario por los órganos competentes de la OMC que, a finales de 2002, presentarán informe al CNC, con miras a una acción apropiada Acción apropiada no es sinónimo de mandato negociador

13 INTERPRETACIÓN DEL MANDATO DE DOHA El párrafo 18 tiene dos partes claramente definidas sobre Indicaciones Geográficas: Mandato negociador para el establecimiento de un sistema multilateral de notificación y registro de Indicaciones geográficas para vinos y bebidas espirituosas (implementación del Artículo 23.4 del TRIPS). una cuestión pendiente de implementación, la extensión de la protección adicional al resto de los productos, para la cual se debe determinar el curso de acción a seguir, según lo que se acuerde en el Consejo TRIPS.

14 LAS NEGOCIACIONES EN EL CONSEJO TRIPS

15 CREACION DE UN SISTEMA DE NOTIFICACION Y REGISTRO PARA IG DE VINOS Y ESPIRITUOSAS Posiciones

16 POSICIONES a) La Unión Europea y Europa del Este promueven un sistema de registro cuyo efecto sea vinculante para todos los Miembros de la OMC. Eliminación de las excepciones y reconocimiento a priori de la IG del primer registrante. b) El Grupo CAIRNS, AL y otros promueven la creación de un procedimiento de notificación y registro con objeto de facilitar la protección mediante la transparencia del sistema.

17 EFECTOS RESULTANTES DE LA POSICIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA Efectos jurídicos: a) Derechos monopólicos a nivel mundial sobre un término protegido como IG para vinos y espirituosas en un Miembro de la OMC. b) Deberían participar todos los Miembros de la OMC, en caso contrario, los efectos jurídicos del sistema igual serían vinculantes para todos los Miembros de la OMC, pero los no participantes podrían excluirse del derecho a notificar sus IG.

18 Cont. c) Imposibilidad de aplicar efectivamente las excepciones previstas en el Acuerdo d) Aplicación extraterritorial del derecho del país que primero registra una IG. Vulnera los derechos del ARTÍCULO 1.1 del Acuerdo ( obliga a mayor protección, no reconoce los marcos jurídicos nacionales) e) Reconocimiento a priori en terceros países de la IG protegida en el país de origen.

19 Efectos económicos: a) Pérdida de mercados para los productos que utilizaban la IG como nombre genérico del producto, nombre de fantasía, marca, etc. con anterioridad a la firma del acuerdo b) Costos de reconversión por campañas de marketing, publicidad e información al consumidor sobre nuevas denominaciones de los productos. Más complejo en terceros mercados. c) Los Miembros deben asumir los costos del registro de sus IG en el sistema y por el mantenimiento del mismo

20 Posición del Grupo CAIRNS, AL, USA y otros Efectos jurídicos a) el efecto del registro no es vinculante para los Miembros de la OMC, pero facilita la protección b) Pueden participar todos los Miembros de la OMC o aquellos que estén interesados c) no menoscaba los derechos de los Miembros a juzgar las IG en base a su legislación y práctica jurídica nacional. d) mantiene la posibilidad de aplicar las excepciones previstas en el Acuerdo

21 Posición del Grupo CAIRNS, AL, USA y otros Efectos económicos: a) Restringe las pérdidas de mercados b) No implica cambios para los productores nacionales, en tanto no exporten a los países que protegen ciertos términos. c) No genera costos adicionales para la OMC y sus Miembros.

22 EXTENSIÓN DE LA PROTECCIÓN Posiciones

23 Unión Europea y los países de Europa del Este (I) De acuerdo a lo dispuesto en los párrafos 18 y 12 entienden que hay un Mandato para negociar la extensión. Promueven que se extienda la protección del artículo 23 (VINOS), al resto de los productos que han sido discriminados con una menor protección (art. 22). La extensión de la protección implica obligaciones adicionales para los Miembros de la OMC. Genera derechos exclusivos para las IG de todos los productos.

24 Unión Europea y los países de Europa del Este (II) Presupone la inclusión de las Expresiones Tradicionales al amparo del Artículo 22. La protección adicional para el resto de los productos sería de cumplimiento obligatorio para todos los miembros de la OMC. Finalmente esta protección implicaría la inclusión en un registro multilateral vinculante en los términos previstos por la UE para los vinos.

25 CAIRNS, USA, AL y otros países (I) Sostienen que el tema no tiene un Mandato negociador específico y que debe acordarse en el Consejo TRIPS, si es pertinente o no, ampliar la protección La propuesta europea genera nuevas obligaciones y las mismas pueden crear un desbalance en el acuerdo. Cancela derechos adquiridos que fueron negociados durante la Ronda Uruguay.

26 CAIRNS, USA, AL y otros países (II) Puede afectar negativamente los criterios para establecer la similaridad de productos a los que se le deba cambiar la denominación (características del producto, gusto del consumidor, posición arancelaria, uso final) Los productos abarcados afectan a todos los Miembros de la OMC y no sólo a un grupo de países productores, como es el caso de los vinos.

27 Comité de Agricultura CLAW BACK 1) Extensión de la protección adicional prevista para los vinos y bebidas espirituosas (Art. 23 TRIPS) al resto de los productos. 2) Creación de un sistema de notificación y registro de indicaciones geográficas comprehensivo que equipare a todas las IG. 3) Protección extra plus para un cierto número de indicaciones geográficas, por fuera de las disposiciones presentes o futuras del Acuerdo TRIPS, presentada en el marco de la negociación agrícola, denominada Claw back o lista de recuperación.

28 Los Acuerdos de la Unión Europea en materia de Indicaciones Geográficas

29 NEGOCIACIONES MERCOSUR UNION EUROPEA - CAPÍTULO SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL - Extensión de la Protección Adicional de los Vinos al resto de los Productos. - Medidas Generales de cumplimiento - ACUERDO SOBRE VINOS Y BEBIDAS ESPIRITUOSAS

30 Negociaciones Sobre Vinos y Espirituosas Unión Europea pretende un solo Acuerdo MERCOSUR pretende dividir los Acuerdos en: Vinos Bebidas Espirituosas

31 Negociaciones Sobre Vinos Reconocimiento Mutuo de Practicas Enológicas, incluye cuestiones de certificación, medidas SPS y etiquetado. Protección de Indicaciones Geográficas - Términos genéricos, marcas, homonimia, medidas para garantizar la protección, manejo de stock remanentes. - Ámbito de aplicación del acuerdo - Disposiciones de etiquetado

32 Conflictos en Acuerdo de Vinos - Protección de las IG en idioma original y traducido, términos iguales o similares, sus símbolos, documentos oficiales, diseños que acompañan las etiquetas, etc. - Prohibición de uso de términos en el mercado interno y en las exportaciones. - Expropiación de marcas registradas: más de 300 en conflicto. - Cambio de nombres para la designación de productos - Sinónimos para los varietales que coincidan con IG europeas. - Homonimia entre La RIOJA y RIOJA en vinos - Medidas para garantizar el cumplimiento en frontera para IMPO y EXPO y mercado interno.

33 Acuerdo Bebidas Espirituosas La separación de Acuerdos es para evitar que se introduzcan disposiciones sobre definiciones de productos Argentina básicamente importa y usa los nombres de origen de esos productos. Hay conflicto con varios términos Problemas con las definiciones de productos Hay algunas marcas comprometidas Buenas perspectivas

34 GRUPO MUNDIAL DE COMERCIO DEL VINO Integrantes: Países productores de Vino del Nuevo Mundo ARGENTINA, CHILE, CANADA, ESTADOS UNIDOS, AUSTRALIA, NUEVA ZELANDA, SUDAFRICA Invitación a otros países especialmente de APEC

35 ACUERDOS ALCANZADOS RECONOCIMIENTO MUTUO DE PRACTICAS ENOLOGICAS ETIQUETADO DE VINOS PROX. UN ENTENDIMIENTO SOBRE CERTIFICACION

36 2º PARTE DE NEGOCIACION SOBRE ETIQUETADO INCLUYE Negociaciones en curso sobre: - VARIETALES, - AÑO DE COSECHA - REGIONES VITÍCOLAS ( IG) Discusiones sobre: Ecoetiquetado, huella de carbono

37 PREGUNTAS?

38 MUCHAS GRACIAS Ing. Agr. Gabriela Catalani Dirección de Relaciones Agroalimentarias Internacionales (DRAI) DNEFyM/SAGPYA

ANEXO II. Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional.

ANEXO II. Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional. ANEXO II Reseña del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional Introducción 1. El Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones

Más detalles

ACUERDO SOBRE LAS MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES RELACIONADAS CON EL COMERCIO

ACUERDO SOBRE LAS MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES RELACIONADAS CON EL COMERCIO Página 153 ACUERDO SOBRE LAS MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES RELACIONADAS CON EL COMERCIO Los Miembros, Considerando que, en la Declaración de Punta del Este, los Ministros convinieron en que "A continuación

Más detalles

CAPÍTULO 2 ESTABLECIMIENTO

CAPÍTULO 2 ESTABLECIMIENTO domicilio legal, administración central o sede principal de negocios en el territorio de la Parte UE o en el territorio de una República de la Parte CA, respectivamente; en caso de que la persona jurídica

Más detalles

Propuesta de sistema de notificación y registro de vinos y bebidas espirituosas. datos

Propuesta de sistema de notificación y registro de vinos y bebidas espirituosas. datos Negociaciones sobre indicaciones geográficas en la Ronda de Doha ICTSD / CAF Lima Marzo 2009 David Vivas Eugui dvivas@ictsd.ch Los mandatos de negociación La propuesta sobre un registro multilateral La

Más detalles

Acuerdo de Asociación Económica Japón Perú. Capítulo XI.- Derechos de Propiedad Intelectual

Acuerdo de Asociación Económica Japón Perú. Capítulo XI.- Derechos de Propiedad Intelectual Firmado: 31 de Mayo de 2011 Vigencia: 01 de Marzo de 2011 Fuente: http://www.sice.oas.org/trade/per_efta/index_s.asp Acuerdo de Asociación Económica Japón Perú Capítulo XI.- Derechos de Propiedad Intelectual

Más detalles

TÍTULO II. CONCEPTO DE MARCA Y PROHIBICIONES DE REGISTRO. CAPÍTULO I. CONCEPTO DE MARCA.

TÍTULO II. CONCEPTO DE MARCA Y PROHIBICIONES DE REGISTRO. CAPÍTULO I. CONCEPTO DE MARCA. TÍTULO II. CONCEPTO DE MARCA Y PROHIBICIONES DE REGISTRO. Artículo 4. Concepto de marca. CAPÍTULO I. CONCEPTO DE MARCA. 1. Se entiende por marca todo signo susceptible de representación gráfica que sirva

Más detalles

CAPÍTULO 6 MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS

CAPÍTULO 6 MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS CAPÍTULO 6 MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS Artículo 6.1: Objetivos Los objetivos de este Capítulo son: (a) (b) (c) (d) mantener y fortalecer la implementación del Acuerdo MSF y la aplicabilidad de

Más detalles

CAPÍTULO QUINCE POLÍTICA DE COMPETENCIA, MONOPOLIOS Y EMPRESAS DEL ESTADO

CAPÍTULO QUINCE POLÍTICA DE COMPETENCIA, MONOPOLIOS Y EMPRESAS DEL ESTADO CAPÍTULO QUINCE POLÍTICA DE COMPETENCIA, MONOPOLIOS Y EMPRESAS DEL ESTADO Artículo 15.1: Definiciones Para los propósitos de este Capítulo: designar significa establecer, autorizar o ampliar el alcance

Más detalles

Acuerdo sobre el Acuífero Guarani

Acuerdo sobre el Acuífero Guarani Acuerdo sobre el Acuífero Guarani La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Animados por el espíritu de cooperación y de

Más detalles

(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2

(hecho el 1º de junio de 1970) 3. Artículo 1. Artículo 2 18. Convenio 1 sobre el Reconocimiento de Divorcios y de Separaciones Legales 2 (hecho el 1º de junio de 1970) 3 Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando facilitar el reconocimiento de los

Más detalles

CONVENCION EUROPEA SOBRE INFORMACION RELATIVA AL DERECHO EXTRANJERO, ADOPTADA EN LONDRES, EL 7 DE JUNIO DE 1968 PREAMBULO Los Estados Miembros del

CONVENCION EUROPEA SOBRE INFORMACION RELATIVA AL DERECHO EXTRANJERO, ADOPTADA EN LONDRES, EL 7 DE JUNIO DE 1968 PREAMBULO Los Estados Miembros del CONVENCION EUROPEA SOBRE INFORMACION RELATIVA AL DERECHO EXTRANJERO, ADOPTADA EN LONDRES, EL 7 DE JUNIO DE 1968 PREAMBULO Los Estados Miembros del Consejo de Europa, signatarios de la presente Convención;

Más detalles

COMITÉ DE INDICACIONES GEOGRAFICAS GRUPO DE TRABAJO INDICACIONES GEOGRAFICAS GENERICAS

COMITÉ DE INDICACIONES GEOGRAFICAS GRUPO DE TRABAJO INDICACIONES GEOGRAFICAS GENERICAS COMITÉ DE INDICACIONES GEOGRAFICAS GRUPO DE TRABAJO INDICACIONES GEOGRAFICAS GENERICAS - 2 - ANALISIS COMPARATIVO DE LA PROTECCION DE INDICACIONES GEOGRAFICAS EN BRASIL, EL SALVADOR Y MEXICO PERDIDA POR

Más detalles

CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA

CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA CAPÍTULO 25 COHERENCIA REGULATORIA Artículo 25.1: Definiciones Para los efectos de este Capítulo: medida regulatoria cubierta significa la medida regulatoria determinada por cada Parte que estará sujeta

Más detalles

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de 18.12.2014

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de 18.12.2014 COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 18.12.2014 C(2014) 9802 final REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN de 18.12.2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 575/2013 del Parlamento Europeo y del

Más detalles

de Patentes en la República Dominicana, a la luz de los compromisos asumidos en el

de Patentes en la República Dominicana, a la luz de los compromisos asumidos en el El Régimen R de Patentes en la República Dominicana, a la luz de los compromisos asumidos en el DR-CAFTA Ayalivis García Encargada Asuntos Internacionales Oficina Nacional de la Propiedad Industrial Santo

Más detalles

Y DENOMINACIONES DE ORIGEN

Y DENOMINACIONES DE ORIGEN INDICACIONES Indicaciones de GEOGRÁFICAS Geográficas y INDICACIONES GEOGRÁFICAS Denominaciones de Origen Y Y DENOMINACIONES DE ORIGEN DENOMINACIONES DE ORIGEN Adán Gonzalez, Jefe Departamento Jurídico,

Más detalles

Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Diseños Industriales e Indicaciones Geográficas

Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Diseños Industriales e Indicaciones Geográficas S SCT/30/4 ORIGINAL: INGLÉS FECHA: 12 DE AGOSTO DE 2013 Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Diseños Industriales e Indicaciones Geográficas Trigésima sesión Ginebra, 4 a 8 de noviembre de 2013

Más detalles

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Informe 364/2006 La consulta plantea, si le resulta de aplicación al tratamiento

Más detalles

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO Y ENCARGADO DE TRATAMIENTO En..., a... de... de 20... REUNIDOS De una parte, D...., en nombre y representación de... (en adelante el

Más detalles

Términos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0

Términos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0 Términos y condiciones de Europeanwebhost S.L ver: 1.0 Los siguientes términos y condiciones se aplican a Europeanwebhost S.L a partir del 30 de noviembre de 2014. 1. Suscripción: Las suscripciones de

Más detalles

CÓDIGO DE CONDUCTA DE DATOS PERSONALES

CÓDIGO DE CONDUCTA DE DATOS PERSONALES CÓDIGO DE CONDUCTA DE DATOS PERSONALES Este Código de Conducta, incluyendo las Reglas del Uso Adecuado y Justo de Datos, explica como Equifax maneja los datos personales incluidos en sus bases de datos

Más detalles

REUNION REGIONAL SOBRE TEMAS RELEVANTES PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE DE LAS NEGOCIACIONES COMERCIALES EN LA OMC

REUNION REGIONAL SOBRE TEMAS RELEVANTES PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE DE LAS NEGOCIACIONES COMERCIALES EN LA OMC REUNION REGIONAL SOBRE TEMAS RELEVANTES PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE DE LAS NEGOCIACIONES COMERCIALES EN LA OMC OBJETIVOS: 1. Analizar el estado de las negociaciones con posterioridad a la adopción

Más detalles

INDICACIONES GEOGRÁFICAS NOVEDADES EN AMÉRICA LATINA

INDICACIONES GEOGRÁFICAS NOVEDADES EN AMÉRICA LATINA INDICACIONES GEOGRÁFICAS NOVEDADES EN AMÉRICA LATINA Edith Flores de Molina ANTECEDENTES Antes de la aprobación del Acuerdo sobre los ADPIC de la OMC de 1994, la mayoría de las legislaciones de los países

Más detalles

LICENCIA DE ACREDITACIÓN

LICENCIA DE ACREDITACIÓN LICENCIA DE ACREDITACIÓN Olimpiadas Especiales, con el nombre legal de existente bajo las leyes de (el Programa ) hace los siguientes compromisos y representaciones para Special Olympics, Inc. ( SOI )

Más detalles

(hecho el 5 de octubre de 1961) 3. Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3

(hecho el 5 de octubre de 1961) 3. Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3 10. Convenio 1 sobre Competencia de Autoridades y Ley Aplicable en Materia de Protección de Menores 2 (hecho el 5 de octubre de 1961) 3 Los Estados signatarios del presente Convenio, Deseando establecer

Más detalles

OBJETIVO TÉRMINOS UTILIZADOS

OBJETIVO TÉRMINOS UTILIZADOS Artículo1 OBJETIVO El objetivo de este Protocolo Suplementario es contribuir a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud

Más detalles

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS)

ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) RESPECTO A ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO

Más detalles

ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Dra. Graciela Romero Derechos Ciudadanos AGESIC Jornada 27 de agosto de 2009

ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Dra. Graciela Romero Derechos Ciudadanos AGESIC Jornada 27 de agosto de 2009 ASPECTOS PRÁCTICOS DE LAS EXCEPCIONES AL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Dra. Graciela Romero Derechos Ciudadanos AGESIC Jornada 27 de agosto de 2009 ALGUNAS CUESTIONES PREVIAS El derecho de acceso a la

Más detalles

BOICAC Nº 37 BOE 24.12.98

BOICAC Nº 37 BOE 24.12.98 ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE 10 DE DICIEMBRE DE 1998, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS DE ADAPTACIÓN DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD A LAS EMPRESAS DEL SECTOR DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO

Más detalles

SHAREFILE. Contrato de socio comercial

SHAREFILE. Contrato de socio comercial SHAREFILE Contrato de socio comercial Este Contrato de socio comercial ("Contrato de SC") se hace vigente de acuerdo con los términos de la sección 5 del Contrato de servicio del usuario final ("EUSA")

Más detalles

CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD

CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD Este Contrato de Confidencialidad, en adelante denominado como el CONTRATO, se celebra entre, Universidad de los Andes, RUT71.614.000-8, con domicilio en San Carlos de Apoquindo

Más detalles

ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.4 EN RELACIÓN CON FACILITACIÓN DEL COMERCIO

ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.4 EN RELACIÓN CON FACILITACIÓN DEL COMERCIO ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.4 EN RELACIÓN CON FACILITACIÓN DEL COMERCIO ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.4 EN RELACIÓN CON FACILITACIÓN DEL COMERCIO Artículo 1 Convenciones, Recomendaciones

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29245 Y DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1038, QUE REGULAN LOS SERVICIOS DE TERCERIZACIÓN

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29245 Y DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1038, QUE REGULAN LOS SERVICIOS DE TERCERIZACIÓN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29245 Y DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1038, QUE REGULAN LOS SERVICIOS DE TERCERIZACIÓN DECRETO SUPREMO Nº 006-2008-TR 12/09/2008 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: El artículo

Más detalles

Propiedad Industrial

Propiedad Industrial Propiedad Industrial La propiedad industrial es el dominio que se nos da cuando inventamos o descubrimos un objeto o utensilio relacionado con la industria o cuando producimos un diseño de signos especiales

Más detalles

1. Deseando fortalecer la amistad y el espíritu de cooperación entre las Partes de América del Sur y los Estados Unidos de América;

1. Deseando fortalecer la amistad y el espíritu de cooperación entre las Partes de América del Sur y los Estados Unidos de América; "ACUERDO RELATIVO A UN CONSEJO SOBRE COMERCIO E INVERSIÓN ENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY, LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY,

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN. de 1 de marzo de 2001

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN. de 1 de marzo de 2001 COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 1 de marzo de 2001 C(2001) 477 final - ES RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN de 1 de marzo de 2001 relativa a la información precontractual que debe suministrarse

Más detalles

Nuevas normas internacionales para los trabajadores y las trabajadoras domésticas. Convenio 189 y Recomendación 201 OIT

Nuevas normas internacionales para los trabajadores y las trabajadoras domésticas. Convenio 189 y Recomendación 201 OIT Nuevas normas internacionales para los trabajadores y las trabajadoras domésticas Convenio 189 y Recomendación 201 OIT Por qué nuevas normas internacionales sobre trabajadoras/es domésticas/os? El trabajo

Más detalles

ANEXO VIII MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS. Disposiciones generales

ANEXO VIII MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS. Disposiciones generales ANEXO VIII MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS Disposiciones generales Artículo 1.- En la adopción y aplicación de sus medidas sanitarias y fitosanitarias las Partes Signatarias se regirán por lo establecido

Más detalles

ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTICULO 2.4 (FACILITACIÓN DEL COMERCIO) RESPECTO A PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DEL COMERCIO

ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTICULO 2.4 (FACILITACIÓN DEL COMERCIO) RESPECTO A PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DEL COMERCIO ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTICULO 2.4 (FACILITACIÓN DEL COMERCIO) RESPECTO A PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Y FACILITACIÓN DEL COMERCIO ANEXO VII REFERIDO EN EL ARTICULO 2.4 (FACILITACIÓN DEL COMERCIO) RESPECTO

Más detalles

Capítulo 5. Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros

Capítulo 5. Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros Capítulo 5 Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros Artículo 5.1: Alcance 1. Las Partes, por medio de sus autoridades competentes, deberán proporcionarse asistencia administrativa y técnica,

Más detalles

Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958

Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958 Convención sobre el Reconocimientoy la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras INDICE Nueva York el 10 de junio de 1958 Artículo I 1. La presente Convención se aplicará al reconocimiento y la

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

Explicación de La Convención de La Haya y "Apostilla" (Convenio de La Haya, octubre de 1961) Actualizada: 25/10/01

Explicación de La Convención de La Haya y Apostilla (Convenio de La Haya, octubre de 1961) Actualizada: 25/10/01 Explicación de La Convención de La Haya y "Apostilla" (Convenio de La Haya, octubre de 1961) Actualizada: 25/10/01 Rectificación: Esta información se ofrece exclusivamente a modo de información general.

Más detalles

Resolución Rectoral Nº 11150005-ULP-2010. ANEXO IV. Fecha Emisión Versión Revisión. ANEXO IV Resolución Rectoral Nº 11150005-ULP-2010

Resolución Rectoral Nº 11150005-ULP-2010. ANEXO IV. Fecha Emisión Versión Revisión. ANEXO IV Resolución Rectoral Nº 11150005-ULP-2010 Pág. 1 de 8 ANEXO IV Resolución Rectoral Nº 11150005-ULP-2010 TERMINOS Y CONDICIONES CON TERCEROS USUARIOS DEL INSTITUTO DE FIRMA DIGITAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Política de Certificación del Instituto

Más detalles

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros

Más detalles

Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990

Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal. Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990 Tratado Modelo sobre la Remisión del Proceso en Materia Penal Adoptado por la Asamblea General en su resolución 45/118, de 14 diciembre de 1990 El [La] --------- y el [la] --------, Deseosos[as] de fortalecer

Más detalles

Capítulo 6. Medidas Sanitarias y Fitosanitarias

Capítulo 6. Medidas Sanitarias y Fitosanitarias Capítulo 6 Medidas Sanitarias y Fitosanitarias Artículo 6.1: Ámbito de Aplicación Este Capítulo se aplica a todas las medidas sanitarias y fitosanitarias que pudieran afectar directa o indirectamente el

Más detalles

Business Layout Consulting, S.C. Todos los derechos reservados. Prohibida su reproducción total o parcial.

Business Layout Consulting, S.C. Todos los derechos reservados. Prohibida su reproducción total o parcial. Business Layout Consulting, S.C. Todos los derechos reservados. Prohibida su reproducción total o parcial. Todos los materiales contenidos en este Sitio (Incluyendo, pero no limitado a texto, logotipos,

Más detalles

TALLER DE PROTECCIÓN DE DATOS: Aplicación práctica de la LOPD para PYMES. Palencia, 14 de febrero de 2008

TALLER DE PROTECCIÓN DE DATOS: Aplicación práctica de la LOPD para PYMES. Palencia, 14 de febrero de 2008 TALLER DE PROTECCIÓN DE DATOS: Aplicación práctica de la LOPD para PYMES. Palencia, 14 de febrero de 2008 LOPD OPORTUNIDAD PARA LA ORGANIZACIÓN Actuaciones Internas: 2 Medidas de Seguridad Procedimientos

Más detalles

Webinar 1: Introducción general al contexto de las salvaguardas de la CMNUCC

Webinar 1: Introducción general al contexto de las salvaguardas de la CMNUCC Salvaguardas REDD+ de la CMNUCC decisiones internacionales Las Salvaguardas REDD+ de la CMNUCC fueron acordadas por la Conferencia de las Partes de la CMNUCC en el apéndice 1 de la Decisión 1/CP.16 1 (Acuerdos

Más detalles

CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN CALIFICADA RIOJA

CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN CALIFICADA RIOJA III - OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN CALIFICADA Requisitos mínimos de etiquetado de vinos amparados por la D. O. Ca. Rioja El Pleno del Consejo Regulador

Más detalles

ACUERDO MARCO SOBRE MEDIO AMBIENTE DEL MERCOSUR

ACUERDO MARCO SOBRE MEDIO AMBIENTE DEL MERCOSUR ACUERDO MARCO SOBRE MEDIO AMBIENTE DEL MERCOSUR Aprobado por: Ley N 17.712 de 27.X.2003, art. 1. PREAMBULO La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República

Más detalles

BOLETÍN LEGAL DE COMERCIO INTERNACIONAL. Marzo 31 de 2009 AVANCE Y SEGUIMIENTO A LAS NEGOCIACIONES DEL ACUERDO DE ASOCIACION DE LA UNION EUROPEA

BOLETÍN LEGAL DE COMERCIO INTERNACIONAL. Marzo 31 de 2009 AVANCE Y SEGUIMIENTO A LAS NEGOCIACIONES DEL ACUERDO DE ASOCIACION DE LA UNION EUROPEA BOLETÍN LEGAL DE COMERCIO INTERNACIONAL Marzo 31 de 2009 AVANCE Y SEGUIMIENTO A LAS NEGOCIACIONES DEL ACUERDO DE ASOCIACION DE LA UNION EUROPEA Por Andrés Forero Medina y Santiago Wills Valderrama Miembros

Más detalles

ABUSO DE LA POSICIÓN DOMINANTE

ABUSO DE LA POSICIÓN DOMINANTE ABUSO DE LA POSICIÓN DE DOMINIO III III Jornadas de Generación del Sector Eléctrico William Antonio Burgos Durango 2010 NORMATIVIDAD APLICABLE Ley 155 de 1959, artículo 1 Ley 155 de 1959, artículo 1 Constitución

Más detalles

LA ASOCIACIÓN DE NACIONES DEL SUDESTE ASIÁTICO Y SU ENTORNO DE NEGOCIOS

LA ASOCIACIÓN DE NACIONES DEL SUDESTE ASIÁTICO Y SU ENTORNO DE NEGOCIOS www.observatorioasiapacifico.org LA ASOCIACIÓN DE NACIONES DEL SUDESTE ASIÁTICO Y SU ENTORNO DE NEGOCIOS Ignacio Bartesaghi 1 El debate en América Latina suele estar centrado en el éxito o el fracaso de

Más detalles

Política del Manejo de las Relaciones de Negocios

Política del Manejo de las Relaciones de Negocios Boletín #: 4 Política del Manejo de las Relaciones de Negocios Fecha de Vigencia: 15 de junio de 2015 Versión: 13 Autor: Business and Relationship Management (BRM) I. INTRODUCCION A. Principios Generales

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 150 Miércoles 24 de junio de 2015 Sec. I. Pág. 52396 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 6993 Orden ESS/1222/2015, de 22 de junio, por la que se regula el tablón de

Más detalles

Gestión de derechos de los obtentores vegetales en Uruguay

Gestión de derechos de los obtentores vegetales en Uruguay Gestión de derechos de los obtentores vegetales en Uruguay INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Ing. Agr. Cecilia Jones Derechos de los obtentores vegetales en Uruguay Marco Internacional: ADPIC, UPOV Uruguay

Más detalles

EL ENFOQUE ESTRATÉGICO DE LA OIT EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

EL ENFOQUE ESTRATÉGICO DE LA OIT EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EL ENFOQUE ESTRATÉGICO DE LA OIT EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Carmen Bueno Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo Oficina OIT Cono Sur América Latina O.I.T. La Organización Internacional

Más detalles

Principios y Recomendaciones

Principios y Recomendaciones Principios y Recomendaciones Protección n de Datos Personales John M. Wilson Oficial Jurídico Principal Departamento de Derecho Internacional Antecedentes Procesales Asamblea General: Desde 1996 estudios

Más detalles

TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADA CONCERNIENTE A LA PRESTACION DE SERVICIOS POR SATELITE

TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADA CONCERNIENTE A LA PRESTACION DE SERVICIOS POR SATELITE TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE CANADA CONCERNIENTE A LA PRESTACION DE SERVICIOS POR SATELITE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS y EL GOBIERNO DE CANADA,

Más detalles

RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS

RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS CONOZCA A SU AFILIADO/CLIENTE Una gestión eficaz de los riesgos financieros exige en la actualidad procedimientos de Conozca a su Afiliado/Cliente más sólidos, amplios y seguros.

Más detalles

MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA SECRETARIA

MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA SECRETARIA MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA SECRETARIA DE TURISMO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA ADMINISTRACION NACIONAL DE TURISMO DE LA REPUBLlCA POPULAR CHINA PARA LA FACILlTACION DE VIAJES DE TURISTAS

Más detalles

Accesibilidad en el Diseño de Aplicaciones Web LEGISLACIÓN

Accesibilidad en el Diseño de Aplicaciones Web LEGISLACIÓN Accesibilidad en el Diseño de Aplicaciones Web Sergio Luján Mora LEGISLACIÓN 1 Contenido Legislación en Sudamérica LEGISLACIÓN EN ESPAÑA 2 LEY 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la

Más detalles

Aviso Legal CONDICIONES GENERALES DE USO DEL SITIO WEB DE RADIOTAXILAGUNA.COM

Aviso Legal CONDICIONES GENERALES DE USO DEL SITIO WEB DE RADIOTAXILAGUNA.COM Aviso Legal CONDICIONES GENERALES DE USO DEL SITIO WEB DE RADIOTAXILAGUNA.COM RADIO TAXI LAGUNA SOC. COOP. con domicilio en Con. El Bronco Nº32-La Laguna- Santa Cruz de Tenerife, representada por D.Francisco

Más detalles

Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes

Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes General (1) Estas Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación (en adelante

Más detalles

LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN RÉGIMEN DE FRANQUICIA. Se puede definir la FRANQUICIA como un acuerdo contractual mediante

LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN RÉGIMEN DE FRANQUICIA. Se puede definir la FRANQUICIA como un acuerdo contractual mediante LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN RÉGIMEN DE FRANQUICIA Se puede definir la FRANQUICIA como un acuerdo contractual mediante el cual se una compañía matriz (franquiciador) le concede o cede a otra el derecho a

Más detalles

RESUMEN EMPLEO Empresas de trabajo temporal

RESUMEN EMPLEO Empresas de trabajo temporal RESUMEN EMPLEO Empresas de trabajo temporal Una Asociación informa que la normativa estatal en vigor reguladora de las Empresas de Trabajo Temporal (ETTs) establece la exigencia de autorización previa

Más detalles

CAPÍTULO DE COMPETENCIA EN EL TLC COLOMBIA ESTADOS UNIDOS CEDEC MARÍA CLARA LOZANO ORTIZ DE ZÁRATE

CAPÍTULO DE COMPETENCIA EN EL TLC COLOMBIA ESTADOS UNIDOS CEDEC MARÍA CLARA LOZANO ORTIZ DE ZÁRATE CAPÍTULO DE COMPETENCIA EN EL TLC COLOMBIA ESTADOS UNIDOS CEDEC MARÍA CLARA LOZANO ORTIZ DE ZÁRATE CONTENIDO I. BREVE INTRODUCCIÓN II. AMBITO DE APLICACIÓN III. TIPOS DE LEGALES DEL CAPITULO i. DE CARÁCTER

Más detalles

Asociación Europea de Libre Comercio ( AELC - EFTA por sus siglas en Inglés).

Asociación Europea de Libre Comercio ( AELC - EFTA por sus siglas en Inglés). Asociación Europea de Libre Comercio ( AELC - EFTA por sus siglas en Inglés). CAPÍTULO 9 COMERCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE ARTÍCULO 9.1 Contexto y Objetivos 1. Las Partes recuerdan la Conferencia de Estocolmo

Más detalles

RESOLUCIÓN No. I-68 2003

RESOLUCIÓN No. I-68 2003 RESOLUCIÓN No. I-68 2003 POR CUANTO: El Decreto Ley No. 147 de 1994, modificó la integración de los organismos de la Administración central del estado y en su Artículo 4 estableció la creación de la Oficina

Más detalles

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA):

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Artículo 1 El Instituto de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid, tiene por objeto organizar

Más detalles

ACUERDO MARCO SOBRE MEDIO AMBIENTE DEL MERCOSUR

ACUERDO MARCO SOBRE MEDIO AMBIENTE DEL MERCOSUR MERCOSUR/CMC/DEC. N o 02/01 ACUERDO MARCO SOBRE MEDIO AMBIENTE DEL MERCOSUR VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Resolución N o 38/95 del Grupo Mercado Común y la Recomendación

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

DIRECTRICES PARA LA ELABORACIÓN DE ACUERDOS SOBRE SISTEMAS DE INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE ALIMENTOS

DIRECTRICES PARA LA ELABORACIÓN DE ACUERDOS SOBRE SISTEMAS DE INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE ALIMENTOS CAC/GL 34 Página 1 de 8 DIRECTRICES PARA LA ELABORACIÓN DE ACUERDOS SOBRE SISTEMAS DE INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE ALIMENTOS (CAC/GL 34-1999) 1 SECCIÓN 1 - ÁMBITO DE APLICACIÓN

Más detalles

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA

S OMPI ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA S OMPI SCT/23/4 ORIGINAL: Inglés FECHA: 15 de febrero de 2010 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL GINEBRA COMITÉ PERMANENTE SOBRE EL DERECHO DE MARCAS, DISEÑOS INDUSTRIALES E INDICACIONES

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

CAPÍTULO 7 OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

CAPÍTULO 7 OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO CAPÍTULO 7 OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO Artículo 93: Objetivos Los objetivos del presente Capítulo son incrementar y facilitar el comercio entre las Partes, a través de la mejora en la implementación

Más detalles

Han acordado las disposiciones siguientes que formarán parte integrante del Convenio: ARTICULO I

Han acordado las disposiciones siguientes que formarán parte integrante del Convenio: ARTICULO I SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL QUE MODIFICA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION E IMPEDIR LA EVASION

Más detalles

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal OBJETO La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos

Más detalles

Protocolos de los Indicadores G3: Responsabilidad sobre productos (PR) 2000-2006 GRI. Version 3.0

Protocolos de los Indicadores G3: Responsabilidad sobre productos (PR) 2000-2006 GRI. Version 3.0 IP Protocolos de los Indicadores G3: Responsabilidad sobre productos (PR) 2000-2006 GRI Version 3.0 Protocolos de los Indicadores G3: Responsabilidad sobre productos PI Responsabilidad sobre productos

Más detalles

Curso E-learning. Conceptualización de la propiedad intelectual en el MERCOSUR

Curso E-learning. Conceptualización de la propiedad intelectual en el MERCOSUR Curso E-learning Conceptualización de la propiedad intelectual en el MERCOSUR Del 20 de julio al 21 de agosto de 2015 Convocatoria Actividad Curso E-learning Conceptualización de la propiedad intelectual

Más detalles

MINI SIMPOSIO APLICACIÓN N DE LA BIOSEGURIDAD PARA EL USO DE OVMs EN LA AGRICULTURA IMPLICANCIAS DE LA APLICACIÓN N DEL PROTOCOLO DE CARTAGENA SOBRE SEGURIDAD DE LA BIOTECNOLOGÍA A PARA EL SECTOR AGRÍCOLA

Más detalles

Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE)

Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE) Directiva del Consejo de 14 de mayo de 1991 sobre la protección jurídica de programas de ordenador (91/250/CEE) El Consejo de las comunidades europeas Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica

Más detalles

Los Principios básicos del acuerdo Multilateral de Cooperación Comercial son:

Los Principios básicos del acuerdo Multilateral de Cooperación Comercial son: TEMA 1: El derecho del Comercio Internacional Naturaleza jurídica Llamamos marco jurídico del comercio exterior al conjunto de acuerdos bilaterales y multilaterales que regulan directa e indirectamente

Más detalles

FUNCIONES DEL RESPONSABLE TECNICO DE IMPORTACIÓN/FABRICACIÓN DE PRODUCTOS COSMETICOS.

FUNCIONES DEL RESPONSABLE TECNICO DE IMPORTACIÓN/FABRICACIÓN DE PRODUCTOS COSMETICOS. FUNCIONES DEL RESPONSABLE TECNICO DE IMPORTACIÓN/FABRICACIÓN DE PRODUCTOS COSMETICOS. FUNDAMENTOS JURIDICOS ESPAÑOLES La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su artículo 40, atribuye a la

Más detalles

Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Lagos. Otros documentos. Propiedad intelectual e industrial en Nigeria

Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Lagos. Otros documentos. Propiedad intelectual e industrial en Nigeria 1 Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Lagos Otros documentos Propiedad intelectual e industrial en Nigeria Otros documentos Propiedad intelectual e industrial en Nigeria Este estudio

Más detalles

LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000

LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000 (P. de la C. 3339) LEY 364 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000 Para crear la Ley de Agencias de Informes de Crédito con el fin de establecer legislación en el ámbito local para promover la veracidad, justicia, privacidad

Más detalles

Bienvenidos al mundo de la Propiedad Industrial

Bienvenidos al mundo de la Propiedad Industrial Bienvenidos al mundo de la propiedad industrial es un curso introductorio al conocimiento de la Propiedad Industrial en Colombia. Busca mostrar el panorama general de la protección sobre nuevas creaciones

Más detalles

Para que la legislación modelo propuesta ofrezca mayor certidumbre y previsión, será necesario que aborde los siguientes temas:

Para que la legislación modelo propuesta ofrezca mayor certidumbre y previsión, será necesario que aborde los siguientes temas: DESCRIPCION DE LA PROPUESTA DEL CANADA SOBRE LA ELABORACION DE UNA LEGISLACION MODELO SOBRE JURISDICCION Y NORMAS SOBRE CONFLICTO DE LEYES, APLICABLES EN FORMA UNIFORME EN MATERIA DE CONTRATOS CON EL CONSUMIDOR

Más detalles

Paseo de la Castellana, 75 28071 Madrid (ESPAÑA) 91 349 6877 ignacio.gil@oepm.es. www.oepm.es

Paseo de la Castellana, 75 28071 Madrid (ESPAÑA) 91 349 6877 ignacio.gil@oepm.es. www.oepm.es RESPUESTA DE LA Oficina Española de Patentes y Marcas al cuestionario incluido en el libro verde de la Comisión Europea Aprovechar al máximo los conocimientos técnicos europeos: posible ampliación de la

Más detalles

Gestión de riesgos en la fabricación y distribución de medicamentos

Gestión de riesgos en la fabricación y distribución de medicamentos Santiago de Chile Septiembre 2012 Gestión de riesgos en la fabricación y distribución de medicamentos Belén Escribano Romero Departamento de Inspección y Control de Medicamentos 1 Gestión de riesgos por

Más detalles

Guía para identificar riesgos en el Proceso de Inventarios

Guía para identificar riesgos en el Proceso de Inventarios 2010 Guía de Auditoría Guía para identificar riesgos en el Proceso de Inventarios www.auditool.org Red de Conocimientos en Auditoría y Interno 31/10/2010 Identificación de riesgos en el proceso de inventarios

Más detalles

MARCO LEGAL OMC DE LAS NORMAS PRIVADAS. Comunicación de Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)

MARCO LEGAL OMC DE LAS NORMAS PRIVADAS. Comunicación de Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias G/SPS/W/246 30 de septiembre de 2009 (09-4589) Original: español MARCO LEGAL OMC DE LAS NORMAS PRIVADAS Comunicación de Mercosur

Más detalles

Aranco&Asociados. Abogacía Notariado Economía y Finanzas

Aranco&Asociados. Abogacía Notariado Economía y Finanzas Montevideo, 19 de marzo de 2012 DE: Aranco & Asociados PARA: ASUNTO: Esbozo de algunas controversias sobre titularidad y legitimidad de registro de nombres de dominio y relacionadas a servicios de hosting.

Más detalles

TERMINOS COMERCIALES

TERMINOS COMERCIALES TERMINOS COMERCIALES DEFINICIONES ITW POLYMEX S. de R.L. de C.V. en adelante EL Vendedor es quien oferta los productos; El Cliente es la entidad que adquiere los productos. Producto se refiere a los artículos

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

ANEXO 1 SCP/14/2 PRERROGATIVA DEL SECRETO PROFESIONAL EN LA RELACIÓN CLIENTE-ASESOR DE PATENTES

ANEXO 1 SCP/14/2 PRERROGATIVA DEL SECRETO PROFESIONAL EN LA RELACIÓN CLIENTE-ASESOR DE PATENTES ANEXO 1 SCP/14/2 PRERROGATIVA DEL SECRETO PROFESIONAL EN LA RELACIÓN CLIENTE-ASESOR DE PATENTES 1. En relación al literal i, que mantiene las declaraciones de Australia, en el numeral 17 manifestamos que

Más detalles

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 220 CONTROL DE CALIDAD DE LA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS (NIA-ES 220)

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 220 CONTROL DE CALIDAD DE LA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS (NIA-ES 220) NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 220 CONTROL DE CALIDAD DE LA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS (NIA-ES 220) (adaptada para su aplicación en España mediante Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría

Más detalles

DECIDIDOS a intensificar su cooperación para el beneficio mutuo de sus pueblos;

DECIDIDOS a intensificar su cooperación para el beneficio mutuo de sus pueblos; MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE SOBRE LA PROMOCIÓN DEL EMPRENDIMIENTO Y DEL CRECIMIENTO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Más detalles