Prevención de Riesgos Laborales

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1 Prevención de Riesgos Laborales

2 Todos los nombres propios de programas, sistemas operativos, equipos hardware, etc. que aparecen en este manual son marcas registradas de sus respectivas compañías u organizaciones. Reservados todos los derechos. De conformidad con lo dispuesto en el Código Penal vigente, podrán ser castigados con penas de multa y privación de libertad quienes reprodujeren o plagiaren, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica fijada en cualquier tipo de soporte, sin la preceptiva autorización del editor. CÓDIGO: F12_00032 Edita: Interconsulting Bureau S.L. Imprime: Depósito Legal:

3 PRÓLOGO La profunda experiencia de profesionales dedicados a la enseñanza ha hecho posible la elaboración de este manual. Se caracterizan por su hondo conocimiento sobre las necesidades del alumnado, por el uso de una innovadora metodología de aprendizaje así como por aplicar diferentes técnicas de motivación garantizando de este modo el éxito de la formación que imparten. El propósito de este manual es el de ser una guía útil para el aprendizaje, siendo eminentemente práctica y didáctica. La estructura del manual en módulos, temas y epígrafes facilita la comprensión de los contenidos, que pueden estar apoyados por ilustraciones, esquemas, resúmenes, bibliografía, glosario, Además, también puede incluir diferentes tests, cuestionarios de evaluación, actividades o casos prácticos con el objeto de que el alumno asimile los conceptos teórico-prácticos del curso. Para lograr la calidad educativa se ha precisado del asesoramiento de pedagogos, profesionales de la enseñanza y expertos conocedores en cada una de las disciplinas, con el objeto de que el resultado final sea óptimo y el más apropiado a las necesidades educativas. Desde la humildad del formador, queremos aportar a este apasionante mundo en el que vivimos, caracterizado por profundos cambios tecnológicos, de mentalidad y de actitud ante los acontecimientos, herramientas que faciliten la adaptación a un futuro condicionado por el cambio continuo. Por último, agradecer la colaboración de todos los compañeros en este proyecto, sin la cual éste no habría sido una realidad. prólogo

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5 MÓDULO 1: Conceptos Básicos de Seguridad y Salud en el Trabajo TEMA 1. Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales Introducción El Trabajo y la Salud: Riesgos Profesionales. Factores de Riesgo Los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales Lo que hemos aprendido Test TEMA 2. Marco Normativo Básico en Prevención de Riesgos Laborales Normativas Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y Obligaciones Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Colectivos Especialmente Protegidos Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Servicios de Prevención y los Órganos de Representación Responsabilidades y Sanciones en Materia de Prevención de Riesgos Laborales Infracciones Leves y Graves en Materia de Prevención de Riesgos Laborales Infracciones Muy Graves en Materia de Prevención de Riesgos Laborales Lo que hemos aprendido Test MÓDULO 2: Riesgos Generales y su Prevención TEMA 3. Riesgos Relacionados con las Condiciones de Seguridad Introducción Lugares de Trabajo La Electricidad Las Máquinas Herramientas Manuales Los Incendios Almacenamiento, Manipulación y Transporte Señalización de Seguridad El Mantenimiento Lo que hemos aprendido Test índice

6 TEMA 4. Los Riesgos Ligados al Medio Ambiente de Trabajo Introducción Contaminantes Químicos: Efectos Contaminantes Químicos: Prevención Contaminantes Biológicos Contaminantes Físicos: El Ruido Contaminantes Físicos: Las Vibraciones Contaminantes Físicos: Riesgos de las Vibraciones Contaminantes Físicos: Exposición a Vibraciones Mecánicas Contaminantes Físicos: La Temperatura Lo que hemos aprendido Test TEMA 5. Carga de Trabajo e Insatisfacción Laboral Carga de Trabajo Insatisfacción Laboral Lo que hemos aprendido Test TEMA 6. Sistemas de Control de Riesgos Introducción Tipos de Medidas de Carácter Técnico Medidas de Carácter Administrativo y de Gestión Sistemas de Protección Colectivos Sistemas de Protección Individual Lo que hemos aprendido Test TEMA 7. 7 Nociones Básicas de Actuación en Emergencias y Evacuación Introducción Plan de Autoprotección Documentación del Plan de Autoprotección Plan de Evacuación Implantación del Plan de Autoprotección Lo que hemos aprendido Test TEMA 8. 8 El Control de la Salud de los Trabajadores Introducción Vigilancia de la Salud El Reconocimiento Médico Lo que hemos aprendido Test

7 MÓDULO 3: Elementos Básicos de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales TEMA 9. 9 La Organización de la Prevención en la Empresa Introducción Auditorías del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales Lo que hemos aprendido Test TEMA 10.. Organismos Públicos Relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo Introducción Las Nuevas Exigencias Legales de la O.I.T. Organismos Nacionales Organismos de Carácter Autonómico Lo que hemos aprendido Test TEMA 11.. Documentación: Recogida, Elaboración y Archivo Introducción Desarrollo de la Prevención de Riesgos Laborales Concierto de las Actividades Preventivas Esquema de Gestión Preventiva Precisiones sobre la Etapa General de la Evaluación General de Riesgos Bases para el Análisis de las Actuaciones de los Servicios de Prevención Ajenos El Contrato, el Programa Anual y la Memoria Anual de las Actividades Preventivas La Evaluación de Riesgos La Planificación de la Actuación Preventiva Lo que hemos aprendido Test MÓDULO 4: Riesgos Específicos y su Prevención TEMA 12.. Riesgos Específicos en Oficinas O Introducción Principales Riesgos Carga Física Condiciones Ambientales Aspectos Psicosociales Lo que hemos aprendido Test

8 TEMA 13. Riesgos Laborales en el Sector Postal P Introducción Riesgos en el Servicio de Mostrador Riesgos en la Actividad de Clasificación Manipulación Manual de Cargas Lo que hemos aprendido Test MÓDULO 5: Primeros Auxilios TEMA 14.. Principios Generales Definición y Normas para la Prestación de los Primeros Auxilios Procedimiento para Prestar Primeros Auxilios Precauciones Generales para Prestar Primeros Auxilios Activación del Sistema de Emergencia: P.A.S. Evaluación y Actuación Lo que hemos aprendido Test TEMA 15.. Valoración del Lesionado L Aspectos Importantes Respiración Pulso Lo que hemos aprendido Test TEMA 16. Paro Cardio RespiratorioR Conceptos Iniciales Reanimación Cardio Pulmonar Lo que hemos aprendido Test TEMA 17.. Cuerpos Extraños E Definición Cuerpos Extraños en Ojos Cuerpos Extraños en Oídos Cuerpos Extraños en Nariz Obstrucción de las Vías Respiratorias Lo que hemos aprendido Test TEMA 18.. Transporte Adecuado Introducción Métodos para Levantar a una Persona Como Transportar un Lesionado con Ayuda de Elementos Lo que hemos aprendido Test

9 TEMA 19.. Vendajes Definición Tipos de Vendas Tipos de Vendajes Lo que hemos aprendido Test MÓDULO 6: Adaptación de la Legislación de Prevención en Riesgos Laborales a la Administración Pública TEMA 20. La Prevención de RieR iesgos Laborales en el Marco de la Negociación Colectiva C Introducción Objeto Ámbito de Aplicación Lo que hemos aprendido Test TEMA 21. Estructura de Representación de los Empleados Públicos en Materia de Prevención P Participación y Representación Delegados de Prevención Comité de Seguridad y Salud Servicios de Prevención Funciones y Niveles de Cualificación Instrumentos de Control Funciones de la Dirección General de la Función Pública en Materia de Prevención de Riesgos Laborales Disposiciones Adicionales Lo que hemos aprendido Test Glosario Bibliografía Cuestionarios de Evaluación

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11 Prevención de Riesgos Laborales Conceptos Básicos de Seguridad y Salud en el Trabajo TEMA 1. Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales TEMA 2. Marco Normativo Básico en Prevención de Riesgos Laborales módulo 1 1

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13 Prevención de Riesgos Laborales Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales Introducción El Trabajo y la Salud: Riesgos Profesionales. Factores de Riesgo Los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales Objetivos: Adquirir los primeros pasos en la prevención de riesgos laborales para obtener los conocimientos básicos necesarios que capaciten al alumno/a en la Seguridad y Salud en el trabajo. tema 1 3

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15 Introducción La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, que conforme establece en su artículo 2 tiene por objeto promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. Con la publicación de esta ley se establece el marco general del mandato constitucional, dicho mandato obliga a los poderes públicos a velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Este imperativo constitucional, además, se ve reforzado por las obligaciones que ha adquirido nuestro país por el hecho de formar parte de la Unión Europea y por la firma de otros convenios internacionales, como el Convenio nº 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores, de la Organización Internacional del Trabajo. La ley de Prevención de Riesgos Laborales adapta al derecho español la Directiva 89/391/CEE, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores. El marco jurídico implanta la obligación que tiene el empresario de ofrecer protección a sus trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como el derecho que tienen los trabajadores a recibir dicha protección. En cumplimiento de este deber de protección, queda establecido en el artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre que el empresario debe garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo, y realizar la prevención de riesgos laborales mediante la adopción de las medidas necesarias para la protección de la seguridad y la salud de sus trabajadores. Como ventajas más plausibles de la integración de la prevención cabe destacar que en el entorno laboral facilita la mejora de las condiciones de trabajo y comporta una disminución de los costes no asegurables de incidentes y accidentes. Por otro lado, asegura al empresario un ahorro de gastos imprevistos derivados de incumplimientos legales. Y por último produce un aumento de la rentabilidad de los recursos humanos y materiales de la empresa. El Trabajo y la Salud: Riesgos Profesionales. Factores de Riesgo El Trabajo puede definirse como toda actividad de transformación de la naturaleza, para satisfacer las necesidades humanas. Dos aspectos fundamentales a considerar en el trabajo son la Tecnificación y la Organización. De las condiciones en que se realiza el trabajo dependerá que éste sea beneficioso o perjudicial para la salud. Se entiende por Condiciones de Trabajo el conjunto de variables que definen la realización de una tarea concreta y el entorno en que ésta se realiza y que determina la salud del trabajador. 5

16 El trabajo y la salud están íntimamente relacionados por lo que conviene integrar en la propia definición de salud aquellos aspectos que se van a ver influenciados por las condiciones de trabajo, y para ello, la más precisa es la enunciada por la Organización Mundial de la Salud en 1948: Salud es un estado de bienestar físico, mental y social completo y no meramente la ausencia de daño y enfermedad. En el contexto de la propia definición aparecen dos aspectos de suma importancia y fundamentales a la hora de establecer estrategias preventivas que conviene recalcar, uno de ellos es considerar la salud no solamente como mera ausencia de enfermedad, y otro el de conferirle carácter integral: físico, mental y social. Conceptos y Términos Utilizados en Salud Laboral PELIGRO Todo factor o circunstancia que produce un daño, bien daños a la propiedad, al medio ambiente, daños en términos de lesiones o una combinación entre ellos. RIESGO LABORAL Según define la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en adelante LPRL, en su Art. 4.2, riesgo laboral es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Este concepto existe en el ámbito laboral porque actividad laboral lleva implícito un cierto nivel de riesgo, al igual que cualquier actividad, esfuerzo, movimiento, etc está sujeto a la posibilidad de que se desencadenen una serie de circunstancias adversas que den como resultado un daño tanto para las personas como a los bienes. DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO Asimismo la LPRL define en su art. 4.3 daños derivados del trabajo como las enfermedades, patologías ó lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. PREVENCIÓN DE RIESGO Es la acción encaminada a evitar un daño, hay que prevenir los daños que pueden ocasionar ciertas actividades para así poder evitarlos. Debemos tomar las medidas necesarias para conseguir que el daño no se materialice o sea lo menos grave posible. La Seguridad y Salud Laboral pretende la mejora de las condiciones de trabajo a través de la aplicación de técnicas denominadas preventivas dirigidas a los distintos factores de riesgo. A las distintas variables que puedan influir sobre la salud del trabajador (condiciones de trabajo), se las denomina también factores de riesgo. 6

17 Para favorecer el análisis sistemático de los mismos, se clasifican en cinco grupos: 1. Condiciones de seguridad. Condiciones materiales como: elementos móviles, cortantes situados en máquinas, combustibles, herramientas, vehículos, instalaciones, etc. 2. Entorno físico del trabajo. Se refiere a los componentes físicos del medioambiente del trabajo: ruido, iluminación, vibraciones, condiciones termohigrométricas y radiaciones. 3. Contaminantes químicos y biológico. Se hace referencia a las sustancias extrañas al organismo capaces de producir daños. 4. Carga de trabajo. Exigencias que la tarea impone al individuo: esfuerzos físicos, niveles de atención, posturas, manipulación, etc. 5. Organización del trabajo. Distribución de tareas, reparto de funciones, responsabilidad, horarios, situaciones personales, etc. El trabajo, dependiendo de las condiciones en que se realice, puede ser beneficioso o perjudicial para la salud. Cuando el trabajo produce daños, éstos se tipifican de la siguiente forma: Accidentes de trabajo. Enfermedades profesionales. Otros daños a la salud. Los cuales serán tratados en otro apartado distinto de éste módulo. Técnicas Preventivas Existen una serie de disciplinas preventivas que aplicadas a los distintos factores de riesgo sirven para identificar, prevenir y controlar aquellos riesgos que podrían llegar a provocar daños profesionales. 1. Seguridad en el Trabajo. La seguridad en el Trabajo es la disciplina encargada de estudiar los factores que presentan un peligro para la integridad física de los trabajadores ya que puede causarles un accidente. 7

18 2. Higiene Industrial. Esta disciplina estudia las causas que dan origen a una enfermedad, se realiza un estudio a través de la identificación, evaluación y control de las concentraciones de los diversos contaminantes físicos, químicos y biológicos existentes en el lugar donde los trabajadores realizan su actividad. 3. Medicina del Trabajo. Estudia los efectos que pueden tener los diferentes factores de riesgo sobre los trabajadores. En el caso de que se den situaciones que no son controladas se produce una alerta. 4. Ergonomía. Analiza las diversas formas existentes para la planificación y diseño de los puestos de trabajo, debe existir una adaptación entre éstos y el individuo. La actuación sobre los factores de riesgo para la mejora de las condiciones de trabajo conlleva además la incorporación de otras disciplinas como la psicología, la ingeniería, la física, la química, la arquitectura, la biológica, el derecho, la económica, etc., ya que el tratamiento de las condiciones de trabajo debe ser multidisciplinar. El objetivo de todo lo anterior es el de mejorar la calidad de vida laboral del trabajador, que como protagonista debe integrarse e involucrarse plenamente con la prevención de riesgos laborales, por lo tanto deberá tener los conocimientos y actitudes necesarias para el desempeño de sus funciones, por lo que la información y formación son también consideradas como técnicas preventivas fundamentales. Los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales Accidentes Laborales Legalmente, se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufre como consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena (art del la Ley General de la Seguridad Social). Se incluye también el accidente in itinere, que son las lesiones que se producen en el trayecto habitual entre éste y el domicilio de trabajador y viceversa (art a del la Ley General de la Seguridad Social). Desde el punto de vista técnico-preventivo, accidente de trabajo es todo suceso anormal, no querido ni deseado, que se presenta de forma imprevista, interrumpiendo la normal continuidad del trabajo y puede causar lesiones a las personas. 8

19 ACCIDENTE DE TRABAJO Según el artículo de la Ley General de la Seguridad Social se consideran accidentes de trabajo: Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo ( in itinere ). Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos. Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo. Las enfermedades, no incluidas en el artículo 116 de la Ley General de la Seguridad Social, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo. Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente. Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación. No se considera accidente de trabajo, según el artículo de la Ley General de la Seguridad Social: Los accidentes debidos a una fuerza mayor o extraña al trabajo, es decir que no guarde relación con el trabajo que se ejecutaba al ocurrir el accidente. Los accidentes debidos a dolo o imprudencia temeraria del trabajador accidentado. CARACTERÍSTICAS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Inicio brusco. Inesperado o imprevisible. Violento. 9

20 Súbito, Rápido. La exposición a la agresión es corta. La resistencia del individuo es poco importante. CAUSAS DE LOS ACCIDENTES Los accidentes forman parte de una cadena de factores que se producen de forma causal, estos factores se pueden evitar. Podemos diferenciar entre: Causas inmediatas inseguras: Estas causas son las causas técnicas o causas relacionadas con el factor técnico, por ejemplo fallos de materiales de las instalaciones, normativa o diseño del proceso de trabajo. Causas inmediatas acciones inseguras : Son las causas que tienen relación con el factor humano, por ejemplo acciones imprudentes de trabajadores o mandos que originan un riesgo. Causas origen o básicas. Factores personales: o Falta de conocimientos. o Problemas de motivación. o Incapacidad física o mental. o Fatiga. Factores de trabajo: o Máquinas. o Instalaciones/Equipos. o Materiales. Factores ambientales: o Ambiente. o Lugares de trabajo. o Espacio, accesos y superficies de trabajo y de paso. 10

21 Factores organizativos: o o o o Tipo de organización y tarea. Comunicación. Formación. Defectos de gestión. CLASIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES SEGÚN LA LESIÓN O EL DAÑO CAUSADO PARA LA SALUD Leves. Graves. Muy graves. Mortales. Enfermedad Profesional Enfermedad Profesional es aquella contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades especificadas en el cuadro Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional (art. 116 Ley General de la Seguridad Social). Desde el punto de vista técnico es el deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador por una exposición crónica a situaciones adversas. CARACTERÍSTICAS DE LA ENFERMEDAD LABORAL Inicio lento. No violenta, oculta, retardada. Previsible. Se conoce por indicios lo que va a ocurrir. Progresiva va hacia delante. Oposición individual muy considerable. FACTORES DE ENFERMEDAD PROFESIONAL Tiempo de exposición. Concentración del agente contaminante en el ambiente de trabajo. Características personales del trabajador. 11

22 Presencia de varios contaminantes al mismo tiempo. La relatividad de la salud. Condiciones de seguridad. Factores de riesgo en la utilización de máquinas y herramientas. Diseño del área de trabajo. Almacenamiento, manipulación y transporte. Sistemas de protección contra contactos indirectos. TIPOS DE ENFERMEDAD PROFESIONAL En el Anexo I del Real Decreto 1299/2006 se establecen los siguientes tipos de enfermedades profesionales: Enfermedades profesionales causadas por agentes químicos. Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos. Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos. Enfermedades profesionales causadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidas en otros apartados. Enfermedades profesionales causadas por agentes carcinogénicos. Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados. AGENTES PRODUCTORES DE ENFERMEDADES Físicos: Ruido, calor, radiaciones. Químicos: Sustancias cancerígenas, polvo. Biológicos: Bacterias, virus. Psicosociales: Organización trabaja, horario. Ergonómicos: Posturas Carga física o mental. CONDICIONES Diagnóstico médico. Incapacidad laboral. Presencia de un factor causal en el ambiente laboral. 12

23 LO QUE HEMOS APRENDIDO La ley de Prevención de Riesgos Laborales adapta al derecho español la Directiva 89/391/CEE, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores. Como ventajas más plausibles de la integración de la prevención cabe destacar que en el entorno laboral facilita la mejora de las condiciones de trabajo y comporta una disminución de los costes no asegurables de incidentes y accidentes. Todo factor o circunstancia que produce un daño, bien daños a la propiedad, al medio ambiente, daños en términos de lesiones o una combinación entre ellos se define como Peligro. Riesgo laboral es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Daños derivados del trabajo son las enfermedades, patologías ó lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. La prevención de riesgos es la acción encaminada a evitar un daño, hay que prevenir los daños que pueden ocasionar ciertas actividades para así poder evitarlos. Debemos tomar las medidas necesarias para conseguir que el daño no se materialice o sea lo menos grave posible. Las técnicas preventivas sirven para identificar, prevenir y controlar los riesgos en el entorno laboral y se dividen en las disciplinas de: Seguridad en el trabajo, Higiene industrial, Medicina del trabajo y Ergonomía. Se considera accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufre como consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena. Desde el punto de vista técnico - preventivo, accidente de trabajo es todo suceso anormal, no querido ni deseado, que se presenta de forma imprevista, interrumpiendo la normal continuidad del trabajo y puede causar lesiones a las personas. Enfermedad Profesional es aquella contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades especificadas en el cuadro Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional (art. 116 Ley General de la Seguridad Social). 13

24 ANOTACIONES 14

25 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. El trabajo puede definirse como: Toda actividad de transformación de la naturaleza. Esfuerzo físico. Toda actividad de transformación de la naturaleza, para satisfacer las necesidades humanas. 2. La Organización Mundial de la Salud define Salud como un estado de bienestar: Físico. Social. Físico, mental y social. 3. Todo factor o circunstancia que produce un daño, bien daños a la propiedad, al medio ambiente, daños en términos de lesiones o una combinación entre ellos se denomina: Riesgo. Daños derivados del trabajo. Peligro. 4. Cuando el trabajo produce daños estos se manifiestan como: Accidentes de trabajo. Enfermedades profesionales. Ambas respuestas son correctas. 5. Desde el punto de vista técnico, enfermedad profesional se define como: Es aquella contraída a consecuencia del trabajo. Es cualquier enfermedad que el trabajador contraiga. Deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador por una exposición crónica a situaciones adversas. 6. Entre las características de la enfermedad laboral se encuentran: Inicio lento. Progresivo y previsible. Ambas respuestas son correctas. 15

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27 Prevención de Riesgos Laborales Marco Normativo Básico en Prevención de Riesgos Laborales Normativas Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y Obligaciones Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Colectivos Especialmente Protegidos Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Servicios de Prevención y los Órganos de Representación Responsabilidades y Sanciones en Materia de Prevención de Riesgos Laborales Infracciones Leves y Graves en Materia de Prevención de Riesgos Laborales Infracciones Muy Graves en Materia de Prevención de Riesgos Laborales Objetivos: Adquirir una visión global de toda la legislación aplicable a la prevención de riesgos laborales para que sirva al alumno/a como base jurídica a consultar. tema 2 Identificar los principios generales de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 17

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29 Normativas En la normativa de prevención de riesgos laborales y seguridad laboral se entremezclan normas de diferente origen y eficacia, y en consecuencia de gran complejidad. Existen normas generales y otras que exigen un importante grado de detalle para su aplicación. Normas de Carácter Internacional Convenios de la organización internacional del trabajo (O.I.T.): Organización Internacional del Trabajo, en este tipo de organismo participan los empresarios, gobiernos y trabajadores de los países miembros. La función que presenta es instaurar unas normas generales en materia laboral, el ámbito de aplicación son los países integrantes del ordenamiento jurídico de cada país. Normas de Carácter Europeo Reglamentos: Los Reglamentos son directamente ejecutorios en los Estados miembros, sin necesidad de desarrollarlos en el ordenamiento interno. Los escasos reglamentos promulgados en el campo de la salud y seguridad en el trabajo son la naturaleza administrativa. Directivas y decisiones: Las directivas son instrucciones que se cursan a los Estados miembros de que promulguen leyes orientadas al logro de un objetivo. En la práctica, las directivas se utilizan principalmente para armonizar o aproximar las legislaciones nacionales. Dictámenes y recomendaciones: Aunque los dictámenes y recomendaciones carecen de fuerza vinculante, son el reflejo de unos determinados criterios políticos. Normas de Carácter Estatal Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. o Los elementos básicos que constituyen el enfoque en la prevención de Riesgos Laborales que la ley plantea son: La planificación de la prevención desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial. La evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica a medida que se alteren las circunstancias. La ordenación de un conjunto coherente y globalizador de medidas de acción preventiva adecuados a la naturaleza de los riesgos detectados. 19

30 El control de la efectividad de dichas medidas. La información y formación de los trabajadores. El artículo 40.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Este mandato constitucional conlleva la necesidad de desarrollar una política de protección de la salud de los trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo y encuentra en la presente Ley su pilar fundamental. Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Contempla como objetivos fundamentales combatir la siniestralidad laboral, fomentar una auténtica cultura de la prevención, reforzar la necesidad de integrar la prevención en los sistemas de gestión de la empresa y mejorar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. En esta normas se concretan los procedimientos de evaluación de los riesgos para la salud de los trabajadores; las modalidades de organización, funcionamiento y control de los servicios de prevención teniendo en cuenta las peculiaridades de las pequeñas empresas, así como de capacidades y aptitudes que deben reunir los citados servicios y los trabajadores designados para desarrollar la actividad preventiva. NORMATIVA ESPECÍFICA Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal. Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Real Decreto 413/1997, de 21 de marzo, sobre protección operacional de los trabajadores externos con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes por intervención en zona controlada. Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. 20

31 Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. R.D. 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. Real Decreto 298/2009, de 6 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia. Real Decreto 1755/2007, de 28 de diciembre, de prevención de riesgos laborales del personal militar de las fuerzas armadas y de la organización de los servicios de prevención del Ministerio de Defensa. 21

32 Real Decreto 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil. Real Decreto 2/2006, de 16 de enero, por el que se establecen normas sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. Real Decreto 1488/1998, de 10 de julio, de adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la Administración General del Estado Orden TAS/2947/2007 de 8 de octubre de 2007, por la que se establece el suministro a las empresas de botiquines con material de primeros auxilios en caso de accidente de trabajo, como parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social Resolución de 27 de agosto de 2008, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social por la que se dictan instrucciones para la aplicación de la Orden TAS/2947/2007, de 8 de octubre, por la que se establece el suministro a las empresas de botiquines con material de primeros auxilios en caso de accidente de trabajo, como parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social. DEROGACIONES Y MODIFICACIONES DE LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Algunos artículos de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales han sido derogados y han sido sustituidos todos o en parte por los siguientes. Artículo 26: modificado, nueva redacción según Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Artículo 42 (apartados. 2, 4 y 5): Derogado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Artículo 45 (excepto los párrafos terceros y cuarto de su apartado 1): Derogado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Artículo 46: Derogado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Artículo 47: Derogado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. 22

33 Artículo 48: Derogado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Artículo 49: Derogado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Artículo 50: Derogado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Artículo 51: Derogado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Artículo 52: Derogado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Artículos 9 (apartado 2): Modificado y redactado según Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Artículo 14 (apartado. 2): Modificado y redactado según Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Artículo 16, 23 (apartado. 1, letras a, b y c): Modificado y redactado según Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Artículo 31 (apartado. 3, letras a y c): Modificado y redactado según Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Artículo y 39 (apartado. 1.a): Modificado y redactado según Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Disposición adicional tercera (apartado. 2.a): Modificado y redactado según Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Artículo 9 (apartados. 3 y 4): Añadido por Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Artículo 24 (apartado. 6): Añadido por Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. 23

34 Artículo 32 bis: Añadido por Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Artículo 43 (apartado. 3): Añadido por Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Disposiciones adicional decimocuarta: Añadido por Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Disposición adicional decimoquinta: Añadido por Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Disposición adicional quinta: Modificado, redacción según Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año Artículo 3 (apartados 1 y 2): Modificado, redacción según Ley 31/2006, de 18 de octubre, sobre implicación de los trabajadores en las sociedades anónimas y cooperativas europeas. Disposición adicional novena bis: Añadido por Ley 31/2006, de 18 de octubre, sobre implicación de los trabajadores en las sociedades anónimas y cooperativas europeas. Artículo 5 (apartado. 4): Añadido por Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Artículo 26 (apartados. 2 y 4): Modificado, redacción según Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y Obligaciones La Ley 31/1.995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.E. núm. 269 de 10 de noviembre de 1995), es la ley que configura el marco general para el desarrollo de las acciones preventivas en el lugar de trabajo, definiendo un cuerpo básico de garantías y responsabilidades en orden a establecer un nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. Aunque el objetivo de este manual no es hacer una exposición de la Ley, su indudable transcendencia aconseja detenerse en aquellos contenidos que por su importancia puedan resultar de mayor interés para el usuario del manual. Obligaciones del Empresario y Derechos de los Trabajadores Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, el citado derecho supone un deber general del empresario referido a dicha materia (Art de la LPRL). 24

35 PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS Y PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA (ARTÍCULO 16 DE LA LPRL) Según establece el art de la LPRL, la prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el párrafo siguiente. Este plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que reglamentariamente se establezcan. Como consecuencia de la evaluación de riesgos, el artículo 16.2.a de la LPRL nos pone de manifiesto, que el empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos. Igual evaluación deberá hacerse con ocasión de la elección de los equipos de trabajo, de las sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo. La evaluación inicial tendrá en cuenta aquellas otras actuaciones que deban desarrollarse de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. La evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido. Cuando el resultado de la evaluación lo hiciera necesario, el empresario realizará controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios, para detectar situaciones potencialmente peligrosas. MEDIOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL Y EQUIPOS DE TRABAJO Equipos de trabajo: o o Las máquinas, aparatos, etc., sólo pueden ser utilizados por aquellos trabajadores encargados para ello (Art a. de la LPRL). La reparación, mantenimiento y conservación se efectuará por trabajadores especialmente capacitados (Art b de la LPRL). Medios de protección individual: o Los equipos de protección individual deberán utilizarse, como último recurso, cuando no se puedan utilizar otros medios de protección colectiva (Art de la LPRL). o Deben ser adecuados a los riesgos, sin suponer un riesgo adicional (Art de la LPRL). 25

36 o o o o Debe responder a las condiciones del lugar de trabajo y adaptarse al portador (Art de la LPRL). Debe proporcionarse gratuitamente (Art de la LPRL). Su uso será exigible (Art de la LPRL). Se informará a los operarios sobre los riesgos que se pretenden proteger (Art a.b. de la LPRL). INFORMACIÓN, CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES Información: El empresario debe informar a los trabajadores o a sus representantes sobre: o o o Riesgos detectados en la empresa (Art a. de la LPRL). Medidas de protección o prevención que se hayan adoptado (Art b de la LPRL). Medidas de emergencia adoptadas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de trabajadores (Art c de la LPRL). Consulta y participación: o o Consultar a los trabajadores sobre la acción preventiva (Art de la LPRL). Permitir su participación y realización de propuestas sobre seguridad y salud en el trabajo (Art de la LPRL). FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES La formación de los trabajadores debe ser suficiente y adecuada, tanto a nivel teórico como a nivel práctico. Dicha formación deberá ser impartida tanto en la contratación del trabajador, cualquiera que sea su modalidad contractual, como por cambio de funciones del trabajador, introducción de nuevas tecnologías y cambios de equipos de trabajo (Art de la LPRL). La formación de los trabajadores se caracteriza por: Dicha formación debe ser dirigida al puesto de trabajo o función de cada trabajador (Art de la LPRL). Debe de ser realiza dentro de la jornada de trabajo, y si no es posible, en otras horas con el descuento en la jornada laboral del tiempo invertido (Art de la LPRL). Los medios utilizados para dicha formación puede ser propios o ajenos concertados (Art de la LPRL). El coste de la formación no recae en ningún caso sobre los trabajadores (Art de la LPRL). 26

37 MEDIDAS DE EMERGENCIA Análisis de las posibles situaciones de emergencia (Art. 20 de la LPRL). Adoptar las medidas necesarias en primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de trabajadores, estableciendo las relaciones necesarias con servicios externos (Art. 20 de la LPRL). Designar los trabajadores que deben poner en práctica tales medidas (Art. 20 de la LPRL). Facilitar el material adecuado (Art. 20 de la LPRL). Formar a los trabajadores, designados en número suficiente (Art. 20 de la LPRL). RIESGO GRAVE E INMINENTE El empresario debe informar a los trabajadores que estén expuestos a riesgo grave, lo antes posible, sobre la naturaleza de los mismos y las medidas adoptadas o que deberán adoptarse (Art a de la LPRL). Pondrá en práctica las medidas necesarias para que dichos trabajadores puedan interrumpir el trabajo y ponerse a salvo, abandonando inmediatamente sus puestos de trabajo (Art b de la LPRL). El trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o salud (Art de la LPRL). Cuando el empresario no cumpla con sus obligaciones frente al riesgo grave e inminente, cabe la posibilidad de paralizar la actividad por los representantes legales de los trabajadores o por decisión mayoritaria de los Delegados de Prevención en casos de urgencia (Art de la LPRL). VIGILANCIA DE LA SALUD El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su salud en función de los riesgos inherentes al trabajo (Art de la LPRL). Es necesario para esta evaluación el consentimiento del trabajador, salvo determinadas excepciones (Art de la LPRL). Los resultados de los reconocimientos médicos deben ser confidenciales y deben causar las menores molestias al trabajador (Art de la LPRL). 27

38 DOCUMENTACIÓN Elaboración y conservación: el empresario debe elaborar y conservar a disposición de la Autoridad Laboral la documentación respecto a: o Plan de prevención de riesgos laborales, conforme a lo previsto en apartado 1 del artículo 16 de esta ley. (Art a de la LPRL). o Evaluación de riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, incluido el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en párrafo a) del apartado 2 del artículo 16 de esta ley (Art b de la LPRL). o Planificación de la actividad preventiva, incluidas las medidas de protección y de prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse, de conformidad con el párrafo b) del apartado 2 del artículo 16 de esta ley. (Art c de la LPRL). o Conclusiones de los reconocimientos médicos y controles de salud (Art d de la LPRL). o Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado una incapacidad superior a un día de trabajo (Art e de la LPRL). COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES Si en un mismo centro de trabajo se realizan actividades por trabajadores de dos o más empresas, estas empresas deberán ayudar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales: Todas las empresas tienen la obligación de cooperar y coordinar su acción preventiva (Art de la LPRL). El empresario titular del centro de trabajo tiene la obligación de informar e instruir a los otros empresarios sobre los riesgos detectados y sobre las medidas de protección y prevención correspondientes (Art de la LPRL). La empresa principal tiene la obligación de vigilar que los contratistas y subcontratistas cumplan la normativa sobre prevención de riesgos laborales, siempre que la contrata o subcontrata se refiera a la realización de obras o servicios que correspondan a la propia actividad principal y que se desarrollen en los propios centros de trabajo (Art de la LPRL). Los trabajadores autónomos que desarrollen actividades en dichos centros de trabajo, tienen también un deber de cooperación, información e instrucción (Art de la LPRL). 28

39 Obligaciones de los Trabajadores GENERALES Deber de autoprotección (Art de la LPRL). Deber de cooperar con el empresario (Art de la LPRL). PARTICULARES Utilización correcta de maquinaria, aparatos, herramientas, etc. (Art de la LPRL). Utilización de medios de protección previstos (Art de la LPRL). Cuidado y conservación de los equipos de protección (Art de la LPRL). Informar de cualquier situación crítica al mando inmediato, a los trabajadores encargados de la seguridad y salud o al Servicio de Prevención (Art de la LPRL). Práctica de reconocimientos médicos si son imprescindibles para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo (Art de la LPRL). Los trabajadores designados al efecto, deberán cooperar en la extinción de siniestros y en el salvamento de personas que requieran medidas de emergencia. Dicho personal deberá poseer la formación necesaria (Art. 20 de la LPRL). Cumplir las instrucciones adecuadas sobre riesgos (Art de la LPRL). No poner fuera de funcionamiento ni usar incorrectamente los dispositivos de seguridad existentes (Art de la LPRL). Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente (Art de la LPRL). Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Colectivos Especialmente Protegidos Protección de Trabajadores Especialmente Sensibles a Determinados Riesgos (Recogido en el Art.25 de la LPRL) 1. El empresario debe de garantizar la protección de forma especial de los trabajadores que, por poseer unas características personales o estado biológico conocido, incluyendo aquellos que tengan reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial, y sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. Dichos empresarios deben de tener en cuenta estos aspectos en las evaluaciones de riesgos, para adoptar las medidas preventivas y de protección necesarias. 29

40 Los trabajadores que a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que puedan poner en peligro su propia integridad física, la de otros trabajadores u otras personas relacionadas con la empresa. 2. El empresario debe tener en cuenta en las evaluaciones los factores de riesgo que puedan incidir en la función de procreación de los trabajadores y trabajadoras, en concreto por la exposición a agentes físicos, químicos y biológicos que puedan ejercer efectos mutagénicos o de toxicidad para la procreación, tanto en los aspectos de la fertilidad, como del desarrollo de la descendencia, con objeto de adoptar las medidas preventivas necesarias. Protección de la Maternidad Si los resultados de la evaluación revelan riesgos para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o lactancia, el empresario tiene el deber de: La evaluación de los riesgos a que se refiere el artículo 16 de la LPRL deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. Dichas medidas incluirán, cuando resulte necesario, la no realización de trabajo nocturno o de trabajo a turnos. (Art de la LPRL). Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de un puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y así lo certifiquen los Servicios Médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las Mutuas, con el informe del médico del Servicio Nacional de la Salud que asista facultativamente a la trabajadora, ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado. El empresario deberá determinar, previa consulta con los representantes de los trabajadores, la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgos a estos efectos. (Art de la LPRL). 30

41 El cambio de puesto o función se llevará a cabo de conformidad con las reglas y criterios que se apliquen en los supuestos de movilidad funcional y tendrá efectos hasta el momento en que el estado de salud de la trabajadora permita su reincorporación al anterior puesto. (Art de la LPRL). En el supuesto de que, aun aplicando las reglas señaladas en el párrafo anterior, no existiese puesto de trabajo o función compatible, la trabajadora podrá ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, si bien conservará el derecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen. (Art de la LPRL). Si dicho cambio de puesto no resultara técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados, podrá declararse el paso de la trabajadora afectada a la situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo, contemplada en el artículo 45.1.d del Estatuto de los Trabajadores, durante el período necesario para la protección de su seguridad o de su salud y mientras persista la imposibilidad de reincorporarse a su puesto anterior o a otro puesto compatible con su estado. (Art de la LPRL). Lo dispuesto en el artículo 26 en sus apartados 1 de la LPRL será también de aplicación durante el período de lactancia natural, si las condiciones de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la mujer o del hijo y así lo certifiquen los Servicios Médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las Mutuas, en función de la Entidad con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales, con el informe del médico del Servicio Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora o a su hijo. Podrá, asimismo, declararse el pase de la trabajadora afectada a la situación de suspensión del contrato por riesgo durante la lactancia natural de hijos menores de nueve meses contemplada en el artículo 45.1.d del Estatuto de los Trabajadores, si se dan las circunstancias previstas en el artículo 26.3 de la LPRL. (Art de la LPRL). Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto (Art de la LPRL). Relaciones de Trabajos Temporales de Duración Determinada y en Empresas de Trabajo Temporal (ETT) Los trabajadores con relaciones de trabajo temporales o de duración determinada así como los contratados por ETT disfrutarán del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los restantes trabajadores (Art de la LPRL). La empresa usuaria tiene el deber de informar a los representantes del personal sobre la presencia de trabajadores temporales. Dichos trabajadores podrán dirigirse a estos representantes en materia de seguridad y salud (Art de la LPRL). 31

42 La empresa usuaria debe informar a la ETT de las características de los puestos de trabajo a desempeñar por los trabajadores temporales (Art de la LPRL). La ETT tiene la obligación de formar e informar sobre los riesgos a los trabajadores que va a ceder (Art de la LPRL). La ETT debe realizar controles de salud y/o reconocimientos médicos (art de la LPRL). Protección de los Menores El artículo 27 de la LPRL establece que antes de la incorporación al trabajo de jóvenes menores de dieciocho años, y antes de cualquier modificación importante a las condiciones de trabajo, el empresario debe realizar una evaluación de los puestos de trabajo a desempeñar por el trabajador, con el objetivo de identificar la naturaleza, el grado y la duración de su exposición, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico al respecto, a agentes, procesos o condiciones de trabajo que puedan poner en peligro la seguridad o la salud de dichos trabajadores. En la evaluación se tiene en cuenta los riesgos específicos para la seguridad, la salud y el desarrollo de los jóvenes derivados de su falta de experiencia, de su inmadurez para evaluar los riesgos existentes o potenciales. El empresario tiene la obligación de informar a dichos jóvenes y a sus padres o tutores, de los posibles riesgos y de todas las medidas adoptadas para la protección de su seguridad y salud. Trabajo Nocturno y Trabajo a Turnos Según el art. 36 del Estatuto de los Trabajadores los trabajadores nocturnos y quienes trabajen a turnos deberán gozar en todo momento de un nivel de protección en materia de salud y seguridad adaptado a la naturaleza de su trabajo, incluyendo unos servicios de protección y prevención apropiados, y equivalentes a los de los restantes trabajadores de la empresa. El empresario debe de garantizar que los trabajadores nocturnos dispongan de una evaluación gratuita de su salud, antes de su realizar un trabajo nocturno y, a intervalos regulares. Los trabajadores nocturnos a los que se reconozcan problemas de salud ligados al hecho de su trabajo nocturno tienen derecho a ser cambiados a un puesto de trabajo diurno que exista en la empresa y para el que sean profesionalmente aptos. Se considera trabajo nocturno aquel que se realiza entre las diez de la noche y las seis de la mañana. 32

43 Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Servicios de Prevención y los Órganos de Representación Los Servicios de Prevención ALTERNATIVAS Designación de uno o varios trabajadores que se encarguen de las cuestiones de seguridad y salud laboral (Art de la LPRL). Constituir un Servicio de Prevención propio (Art de la LPRL). Concertar dicho servicio con una entidad especializada ajena a la empresa (Art de la LPRL). Llevar a cabo las funciones de prevención el empresario personalmente, cuando su plantilla conste de menos de 6 trabajadores (Art de la LPRL). Órganos de Representación y Participación Según se establece en el artículo 34 de LPRL, los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo. En las empresas o centros de trabajo que cuenten con seis o más trabajadores, la participación de éstos se realiza a través de sus representantes y de la representación especializada que son: COMITÉS DE EMPRESA Y DELEGADOS DE PERSONAL El comité de empresa es el órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo para la defensa de sus intereses, se constituye en cada centro de trabajo cuyo censo sea de 50 o más trabajadores (art del Estatuto de los trabajadores). Los Delegados de Personal son la representación de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo que tengan menos de 50 y más de 10 trabajadores. Puede haber un delegado de personal en aquellas empresas o centros que cuenten entre seis y diez trabajadores, siempre que se decida por mayoría (art del Estatuto de los trabajadores). Tienen las siguientes competencias para la defensa de los intereses de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. (Art de la LPRL): Competencias de información. Competencias de carácter consultivo. Competencias de vigilancia y control. Acuerdo de paralización de actividades. 33

44 DELEGADOS SINDICALES Los delegados sindicales son elegidos por y entre los trabajadores de la empresa o centro de trabajo afiliados al sindicato. Tienen acceso a la misma información y documentación (Art de la LPRL). Pueden asistir a las reuniones de los órganos internos en materia de seguridad e higiene (Art de la LPRL). DELEGADOS DE PREVENCIÓN Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo, son designados por y entre los representantes del personal (Art de la LPRL). El número de Delegados de Prevención en una empresa depende del número de empleados de dicha empresa. Se sigue la siguiente escala: Hasta 30 trabajadores: será el Delegado de Personal. De 31 a 49 trabajadores: 1 Delegado de Prevención. De 50 a 100 trabajadores: 2 Delegado de Prevención. De 101 a 500 trabajadores: 3 Delegado de Prevención. De 501 a 1000 trabajadores: 4 Delegado de Prevención. De 1001 a 2000 trabajadores: 5 Delegado de Prevención. De 2001 a 3000 trabajadores: 6 Delegado de Prevención. De 3001 a 4000 trabajadores: 7 Delegado de Prevención. De 4001 en adelante: 8 Delegado de Prevención. Las competencias de los Delegados de Prevención son las siguientes (art de la LPRL): Colaborar con el empresario en mejora de la acción preventiva. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores. Ser consultados por el empresario antes de adoptar decisiones en materia de planificación, organización del trabajo, etc. Vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención. 34

45 Los Delegados de Prevención se encuentran facultados para (art de la LPRL): Acompañar a los técnicos en las evaluaciones preventivas. Acompañar a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en sus visitas. Acceso a los datos sobre reconocimiento médico y vigilancia de la salud. Acceso a la documentación sobre evaluación de riesgos, medidas de prevención y resultado de controles periódicos. Conocer daños a la salud de los trabajadores y accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Conocer informaciones de los Servicios de Prevención. Realizar visitas a lugares y zonas de trabajo para detectar riesgos laborales. Exigir del empresario la adopción de medidas correctoras de los niveles de protección. Promover la paralización de las actividades cuando haya peligro grave o inminente. Elaboración, en el plazo de 15 días de los informes solicitados por el empresario. Colaborar con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Según viene reflejado en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores, las garantías de los Delegados de Prevención son las mismas que los representantes de los trabajadores: Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sancionados por faltas graves o muy graves. Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores, en caso de suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas. No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de su mandato. Asimismo no podrá ser discriminado en su promoción económica o profesional en razón, precisamente, del desempeño de su representación. Expresar con libertad sus opiniones en las materias concernientes a su representación, pudiendo publicar y distribuir, las publicaciones de interés laboral o social, comunicándolo a la empresa. Disponer de un crédito de horas mensuales retribuidas, para el ejercicio de sus funciones de representación. 35

46 El empresario debe de proporcionar a los Delegados de Prevención los medios y la formación en materia preventiva que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones. El tiempo dedicado a la formación será considerado como tiempo de trabajo a todos los efectos y su coste no podrá recaer en ningún caso sobre los Delegados (Art de la LPRL). Los Delegados de Prevención deben guardar sigilo profesional sobre los datos que conozcan en el ejercicio de sus funciones preventivas y les haya sido expresamente comunicada con carácter reservado (Art de la LPRL). COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD Según el artículo 38.1 de la LPRL el Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. Son de obligada creación en las empresas con 50 o más trabajadores (Art de la LPRL). Dicho comité está formado por (Art de la LPRL): Los Delegados de Prevención. El empresario y/o sus representantes en igual número que de Delegados de Prevención. Funcionamiento: Reuniones trimestrales o cuando lo solicite alguna de las representaciones (Art de la LPRL). Pueden asistir a las reuniones con voz y sin voto los Delegados Sindicales, los responsables técnicos de seguridad, los trabajadores de la empresa con una especial cualificación o formación y técnicos de prevención ajenos a la empresa (Art de la LPRL). Se pueden crear Comités Intercentros en empresas que cuenten con más de un centro de trabajo y dotadas de Comité de Seguridad y Salud (Art de la LPRL). Las competencias del Comité de Seguridad y salud son las siguientes: Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa. A tal efecto, en su seno se debatirán, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la prevención de riesgos, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de protección y prevención a que se refiere el artículo 16 de la LPRL y proyecto y organización de la formación en materia preventiva. (Art a de la LPRL). 36

47 Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de riesgos (Art b de la LPRL). Colaborar con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (Art. 40 de la LPRL). En el ejercicio de sus competencias, el Comité de Seguridad y Salud estará facultado para: Conocer las decisiones, planes y programas de la empresa en materia de prevención de riesgos (Art a de la LPRL). Conocer los documentos e informes que se elaboren sobre evaluación de riesgos (Art b de la LPRL). Analizar los daños en la salud de trabajadores (Art c de la LPRL). Conocer e informar la memoria y programación anual de los servicios de prevención (Art d de la LPRL). Responsabilidades y Sanciones en Materia de Prevención de Riesgos Laborales El incumplimiento de las obligaciones por parte del empresario pueden producir tres tipos de sanciones: administrativas, penales y civiles por daños y perjuicios (Art de la LPRL). Las responsabilidades administrativas son compatibles con las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados y con el recargo de prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social. (Art de la LPRL). Criterio de Graduación de las Sanciones Este criterio se encuentra recogido en el artículo 39 de Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). 1. Las sanciones por las infracciones podrán imponerse en los grados de mínimo, medio y máximo, atendiendo a los criterios establecidos en los apartados siguientes. 2. Calificadas las infracciones, en la forma dispuesta por esta Ley, las sanciones se graduarán en atención a la negligencia e intencionalidad del sujeto infractor, fraude o connivencia, incumplimiento de las advertencias previas y requerimientos de la Inspección, cifra de negocios de la empresa, número de trabajadores o de beneficiarios afectados en su caso, perjuicio causado y cantidad defraudada, como circunstancias que puedan agravar o atenuar la graduación a aplicar a la infracción cometida. 37

48 3. En las sanciones por infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, a efectos de su graduación, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: a) La peligrosidad de las actividades desarrolladas en la empresa o centro de trabajo. b) El carácter permanente o transitorio de los riesgos inherentes a dichas actividades. c) La gravedad de los daños producidos o que hubieran podido producirse por la ausencia o deficiencia de las medidas preventivas necesarias. d) El número de trabajadores afectados. e) Las medidas de protección individual o colectiva adoptadas por el empresario y las instrucciones impartidas por éste en orden a la prevención de los riesgos. f) El incumplimiento de las advertencias o requerimientos previos a que se refiere el artículo 43 de la LPRL. g) La inobservancia de las propuestas realizadas por los servicios de prevención, los delegados de prevención o el comité de seguridad y salud de la empresa para la corrección de las deficiencias legales existentes. h) La conducta general seguida por el empresario en orden a la estricta observancia de las normas en materia de prevención de riesgos laborales. Los criterios de graduación anteriores no podrán utilizarse para agravar o atenuar la infracción cuando estén contenidos en la descripción de la conducta infractora o formen parte del propio ilícito administrativo. El acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que inicie el expediente sancionador y la resolución administrativa que recaiga, deberán explicitar los criterios de graduación de la sanción tenidos en cuenta. Se sancionará en el máximo de la calificación que corresponda toda infracción que consista en la persistencia continuada de su comisión. Cuantía de las Sanciones Las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales se sancionarán (art. 40 de la LISOS): a. Las leves, en su grado mínimo, con multa de 40 a 405 euros; en su grado medio, de 406 a 815 euros; y en su grado máximo, de 816 a euros. b. Las graves con multa, en su grado mínimo, de a euros; en su grado medio, de a euros; y en su grado máximo, de a euros. 38

49 c. Las muy graves con multa, en su grado mínimo, de a euros; en su grado medio, de a euros; y en su grado máximo, de a euros. Las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente. Las infracciones, por faltas graves y muy graves de las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención ajenos a las empresas, de las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas y de las entidades acreditadas para desarrollar o certificar la formación en materia de prevención de riesgos laborales, podrán dar lugar, además de a las multas previstas en este artículo, a la cancelación de la acreditación otorgada por la autoridad laboral. Reincidencia de Infracciones Las reincidencias de infracciones se recogen en el artículo 41 de la LISOS. Existe reincidencia cuando se comete una infracción del mismo tipo y calificación que la que motivó una sanción anterior en el plazo de los 365 días siguientes a la notificación de ésta; en tal supuesto se requerirá que la resolución sancionadora hubiere adquirido firmeza. Si se aprecia reincidencia, la cuantía de las sanciones consignadas en el artículo 40 de la LISOS se puede incrementar hasta el doble del grado de la sanción correspondiente a la infracción cometida, sin exceder, en ningún caso, de las cuantías máximas previstas en el artículo 40 de la LISOS para cada clase de infracción. La reincidencia de la empresa de trabajo temporal en la comisión de infracciones tipificadas como muy graves pueden dar lugar a la suspensión de sus actividades durante un año. Transcurrido el plazo de suspensión, la empresa de trabajo temporal deberá solicitar nuevamente autorización administrativa que le habilite para el ejercicio de la actividad. En materia de prevención de riesgos laborales, las infracciones prescribirán: al año las leves, a los tres años las graves y a los cinco años las muy graves, contados desde la fecha de la infracción (art. 4.3 de la LISOS). Puede ser acordado por el Gobierno del Estado o los Gobiernos de las Comunidades Autónomas cuando concurran circunstancias de excepcional gravedad en las infracciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, la suspensión de las actividades laborales por un tiempo determinado o, en caso extremo, el cierre del centro de trabajo, sin perjuicio, del pago del salario o de indemnizaciones que procedan (art. 53 de la LPRL). 39

50 Infracciones Leves y Graves en Materia de Prevención de Riesgos Laborales Infracciones Leves Son infracciones leves, las recogidas en el art. 11 de la LISOS: 1. La falta de limpieza del centro de trabajo de la que no se derive riesgo para la integridad física o salud de los trabajadores. 2. No dar cuenta, en tiempo y forma, a la autoridad laboral competente, conforme a las disposiciones vigentes, de los accidentes de trabajo ocurridos y de las enfermedades profesionales declaradas cuando tengan la calificación de leves. 3. No comunicar a la autoridad laboral competente la apertura del centro de trabajo o la reanudación o continuación de los trabajos después de efectuar alteraciones o ampliaciones de importancia, o consignar con inexactitud los datos que debe declarar o cumplimentar, siempre que no se trate de industria calificada por la normativa vigente como peligrosa, insalubre o nociva por los elementos, procesos o sustancias que se manipulen. 4. Las que supongan incumplimientos de la normativa de prevención de riesgos laborales, siempre que carezcan de trascendencia grave para la integridad física o la salud de los trabajadores. 5. Cualesquiera otras que afecten a obligaciones de carácter formal o documental exigidas en la normativa de prevención de riesgos laborales y que no estén tipificadas como graves o muy graves. 6. No disponer el contratista en la obra de construcción del Libro de Subcontratación exigido por el artículo 8 de la Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. 7. No disponer el contratista o subcontratista de la documentación o título que acredite la posesión de la maquinaria que utiliza, y de cuanta documentación sea exigida por las disposiciones legales vigentes. Infracciones Graves Son infracciones graves las recogidas en el art. 12 de la LISOS: 1. Incumplir la obligación de integrar la prevención de riesgos laborales en la empresa a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención, con el alcance y contenido establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales. 40

51 No llevar a cabo las evaluaciones de riesgos y, en su caso, sus actualizaciones y revisiones, así como los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores que procedan, o no realizar aquellas actividades de prevención que hicieran necesarias los resultados de las evaluaciones, con el alcance y contenido establecidos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. 2. No realizar los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores que procedan conforme a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, o no comunicar su resultado a los trabajadores afectados. 3. No dar cuenta en tiempo y forma a la autoridad laboral, conforme a las disposiciones vigentes, de los accidentes de trabajo ocurridos y de las enfermedades profesionales declaradas cuando tengan la calificación de graves, muy graves o mortales, o no llevar a cabo una investigación en caso de producirse daños a la salud de los trabajadores o de tener indicios de que las medidas preventivas son insuficientes. 4. No registrar y archivar los datos obtenidos en las evaluaciones, controles, reconocimientos, investigaciones o informes a que se refieren el artículo 16, el artículo 22 y el artículo 23 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. 5. No comunicar a la autoridad laboral competente la apertura del centro de trabajo o la reanudación o continuación de los trabajos después de efectuar alteraciones o ampliaciones de importancia, o consignar con inexactitud los datos que debe declarar o cumplimentar, siempre que se trate de industria calificada por la normativa vigente como peligrosa, insalubre o nociva por los elementos, procesos o sustancias que se manipulen. 6. Incumplir la obligación de efectuar la planificación de la actividad preventiva que derive como necesaria de la evaluación de riesgos, o no realizar el seguimiento de la misma, con el alcance y contenido establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales. 7. La adscripción de trabajadores a puestos de trabajo cuyas condiciones fuesen incompatibles con sus características personales o de quienes se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo, así como la dedicación de aquéllos a la realización de tareas sin tomar en consideración sus capacidades profesionales en materia de seguridad y salud en el trabajo, salvo que se trate de infracción muy grave conforme al artículo siguiente. 8. El incumplimiento de las obligaciones en materia de formación e información suficiente y adecuada a los trabajadores acerca de los riesgos del puesto de trabajo susceptibles de provocar daños para la seguridad y salud y sobre las medidas preventivas aplicables, salvo que se trate de infracción muy grave conforme al artículo siguiente. 41

52 9. La superación de los límites de exposición a los agentes nocivos que, conforme a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, origine riesgo de daños graves para la seguridad y salud de los trabajadores, sin adoptar las medidas preventivas adecuadas, salvo que se trate de infracción muy grave conforme al artículo siguiente. 10. No adoptar las medidas previstas en el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. 11. El incumplimiento de los derechos de información, consulta y participación de los trabajadores reconocidos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. 12. No proporcionar la formación o los medios adecuados para el desarrollo de sus funciones a los trabajadores designados para las actividades de prevención y a los delegados de prevención. 13. No adoptar los empresarios y los trabajadores por cuenta propia que desarrollen actividades en un mismo centro de trabajo, o los empresarios a que se refiere el artículo 24.4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, las medidas de cooperación y coordinación necesarias para la protección y prevención de riesgos laborales. 14. No adoptar el empresario titular del centro de trabajo las medidas necesarias para garantizar que aquellos otros que desarrollen actividades en el mismo reciban la información y las instrucciones adecuadas sobre los riesgos existentes y las medidas de protección, prevención y emergencia, en la forma y con el contenido establecido en la normativa de prevención de riesgos laborales. 15. No designar a uno o varios trabajadores para ocuparse de las actividades de protección y prevención en la empresa o no organizar o concertar un servicio de prevención cuando ello sea preceptivo, o no dotar a los recursos preventivos de los medios que sean necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas. La falta de presencia de los recursos preventivos cuando ello sea preceptivo o el incumplimiento de las obligaciones derivadas de su presencia. 16. Las que supongan incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, siempre que dicho incumplimiento cree un riesgo grave para la integridad física o la salud de los trabajadores afectados y especialmente en materia de: a) Comunicación a la autoridad laboral, cuando legalmente proceda, de las sustancias, agentes físicos, químicos y biológicos, o procesos utilizados en las empresas. b) Diseño, elección, instalación, disposición, utilización y mantenimiento de los lugares de trabajo, herramientas, maquinaria y equipos. 42

53 c) Prohibiciones o limitaciones respecto de operaciones, procesos y uso de agentes físicos, químicos y biológicos en los lugares de trabajo. d) Limitaciones respecto del número de trabajadores que puedan quedar expuestos a determinados agentes físicos, químicos y biológicos. e) Utilización de modalidades determinadas de muestreo, medición y evaluación de resultados. f) Medidas de protección colectiva o individual. g) Señalización de seguridad y etiquetado y envasado de sustancias peligrosas, en cuanto éstas se manipulen o empleen en el proceso productivo. h) Servicios o medidas de higiene personal. i) Registro de los niveles de exposición a agentes físicos, químicos y biológicos, listas de trabajadores expuestos y expedientes médicos. 17. La falta de limpieza del centro o lugar de trabajo, cuando sea habitual o cuando de ello se deriven riesgos para la integridad física y salud de los trabajadores. 18. El incumplimiento del deber de información a los trabajadores designados para ocuparse de las actividades de prevención o, en su caso, al servicio de prevención de la incorporación a la empresa de trabajadores con relaciones de trabajo temporales, de duración determinada o proporcionados por empresas de trabajo temporal. 19. No facilitar a los trabajadores designados o al servicio de prevención el acceso a la información y documentación señaladas en el apartado 1 del artículo 18 y en el apartado 1 del artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 20. No someter, en los términos reglamentariamente establecidos, el sistema de prevención de la empresa al control de una auditoría o evaluación externa cuando no se hubiera concertado el servicio de prevención con una entidad especializada ajena a la empresa. 21. Facilitar a la autoridad laboral competente, las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención ajenos a las empresas, las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas o las entidades acreditadas para desarrollar y certificar la formación en materia de prevención de riesgos laborales, datos de forma o con contenido inexactos, omitir los que hubiera debido consignar, así como no comunicar cualquier modificación de sus condiciones de acreditación o autorización. 22. Incumplir las obligaciones derivadas de actividades correspondientes a servicios de prevención ajenos respecto de sus empresarios concertados, de acuerdo con la normativa aplicable. 43

54 23. En el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (texto añadido por la Ley 54/2003): a) Incumplir la obligación de elaborar el plan de seguridad y salud en el trabajo con el alcance y contenido establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales, en particular por carecer de un contenido real y adecuado a los riesgos específicos para la seguridad y la salud de los trabajadores de la obra o por no adaptarse a las características particulares de las actividades o los procedimientos desarrollados o del entorno de los puestos de trabajo. (texto añadido por la Ley 54/2003). b) Incumplir la obligación de realizar el seguimiento del plan de seguridad y salud en el trabajo, con el alcance y contenido establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales. (texto añadido por la Ley 54/2003). 24. En el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el incumplimiento de las siguientes obligaciones correspondientes al promotor: a) No designar los coordinadores en materia de seguridad y salud cuando ello sea preceptivo. b) Incumplir la obligación de que se elabore el estudio o, en su caso, el estudio básico de seguridad y salud, cuando ello sea preceptivo, con el alcance y contenido establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales, o cuando tales estudios presenten deficiencias o carencias significativas y graves en relación con la seguridad y la salud en la obra. c) No adoptar las medidas necesarias para garantizar, en la forma y con el alcance y contenido previstos en la normativa de prevención, que los empresarios que desarrollan actividades en la obra reciban la información y las instrucciones adecuadas sobre los riesgos y las medidas de protección, prevención y emergencia. d) No cumplir los coordinadores en materia de seguridad y salud las obligaciones establecidas en el artículo 9 del Real Decreto 1627/1997 como consecuencia de su falta de presencia, dedicación o actividad en la obra. e) No cumplir los coordinadores en materia de seguridad y salud las obligaciones, distintas de las citadas en los párrafos anteriores, establecidas en la normativa de prevención de riesgos laborales cuando tales incumplimientos tengan o puedan tener repercusión grave en relación con la seguridad y salud en la obra. 44

55 25. Incumplir las obligaciones derivadas de actividades correspondientes a las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas, de acuerdo con la normativa aplicable. 26. Incumplir las obligaciones derivadas de actividades correspondientes a entidades acreditadas para desarrollar y certificar la formación en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la normativa aplicable. 27. En el ámbito de la Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, los siguientes incumplimientos del subcontratista: a) El incumplimiento del deber de acreditar, en la forma establecida legal o reglamentariamente, que dispone de recursos humanos, tanto en su nivel directivo como productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevención de riesgos laborales, y que dispone de una organización preventiva adecuada, y la inscripción en el registro correspondiente, o del deber de verificar dicha acreditación y registro por los subcontratistas con los que contrate, salvo que proceda su calificación como infracción muy grave, de acuerdo con el artículo siguiente. b) No comunicar los datos que permitan al contratista llevar en orden y al día el Libro de Subcontratación exigido en la Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. c) Proceder a subcontratar con otro u otros subcontratistas o trabajadores autónomos superando los niveles de subcontratación permitidos legalmente, sin disponer de la expresa aprobación de la dirección facultativa, o permitir que en el ámbito de ejecución de su subcontrato otros subcontratistas o trabajadores autónomos incurran en el supuesto anterior y sin que concurran en este caso las circunstancias previstas en la letra c) del apartado 15 del artículo siguiente, salvo que proceda su calificación como infracción muy grave, de acuerdo con el mismo artículo siguiente. 28. Se consideran infracciones graves del contratista, de conformidad con lo previsto en la Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción: a) No llevar en orden y al día el Libro de Subcontratación exigido, o no hacerlo en los términos establecidos reglamentariamente. b) Permitir que, en el ámbito de ejecución de su contrato, intervengan empresas subcontratistas o trabajadores autónomos superando los niveles de subcontratación permitidos legalmente, sin disponer de la expresa aprobación de la dirección facultativa, y sin que concurran las circunstancias previstas en la letra c) del apartado 15 del artículo siguiente, salvo que proceda su calificación como infracción muy grave, de acuerdo con el mismo artículo siguiente. 45

56 c) El incumplimiento del deber de acreditar, en la forma establecida legal o reglamentariamente, que dispone de recursos humanos, tanto en su nivel directivo como productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevención de riesgos laborales, y que dispone de una organización preventiva adecuada, y la inscripción en el registro correspondiente, o del deber de verificar dicha acreditación y registro por los subcontratistas con los que contrate, y salvo que proceda su calificación como infracción muy grave, de acuerdo con el artículo siguiente. d) La vulneración de los derechos de información de los representantes de los trabajadores sobre las contrataciones y subcontrataciones que se realicen en la obra, y de acceso al Libro de Subcontratación, en los términos establecidos en la Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. 29. En el ámbito de la Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, es infracción grave del promotor de la obra permitir, a través de la actuación de la dirección facultativa, la aprobación de la ampliación excepcional de la cadena de subcontratación cuando manifiestamente no concurran las causas motivadoras de la misma prevista en dicha Ley, salvo que proceda su calificación como infracción muy grave, de acuerdo con el artículo 13 de la LISOS. Infracciones Muy Graves en Materia de Prevención de Riesgos Laborales Infracciones Muy Graves Las infracciones muy graves las encontramos en el artículo 13 de la LISOS y son las que se exponen a continuación: 1. No observar las normas específicas en materia de protección de la seguridad y la salud de las trabajadoras durante los períodos de embarazo y lactancia. 2. No observar las normas específicas en materia de protección de la seguridad y la salud de los menores. 3. No paralizar ni suspender de forma inmediata, a requerimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, los trabajos que se realicen sin observar la normativa sobre prevención de riesgos laborales y que, a juicio de la Inspección, impliquen la existencia de un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, o reanudar los trabajos sin haber subsanado previamente las causas que motivaron la paralización. 4. La adscripción de los trabajadores a puestos de trabajo cuyas condiciones fuesen incompatibles con sus características personales conocidas o que se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo, así como la dedicación de aquéllos a la realización de tareas sin tomar en consideración sus capacidades profesionales en materia de seguridad y salud en el trabajo, cuando de ello se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores. 46

57 5. Incumplir el deber de confidencialidad en el uso de los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores, en los términos previstos en el apartado 4 del artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 6. Superar los límites de exposición a los agentes nocivos que, conforme a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, originen riesgos de daños para la salud de los trabajadores sin adoptar las medidas preventivas adecuadas, cuando se trate de riesgos graves e inminentes. 7. No adoptar, los empresarios y los trabajadores por cuenta propia que desarrollen actividades en un mismo centro de trabajo, las medidas de cooperación y coordinación necesarias para la protección y prevención de riesgos laborales, cuando se trate de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o con riesgos especiales. 8. No adoptar el promotor o el empresario titular del centro de trabajo, las medidas necesarias para garantizar que aquellos otros que desarrollen actividades en el mismo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en la forma y con el contenido y alcance establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales, sobre los riesgos y las medidas de protección, prevención y emergencia cuando se trate de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o con riesgos especiales. La falta de presencia de los recursos preventivos cuando ello sea preceptivo o el incumplimiento de las obligaciones derivadas de su presencia, cuando se trate de actividades reglamentariamente consideradas como peligrosas o con riesgos especiales. 9. Las acciones u omisiones que impidan el ejercicio del derecho de los trabajadores a paralizar su actividad en los casos de riesgo grave e inminente, en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 10. No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores. 11. Ejercer sus actividades las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención ajenos a las empresas, las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas o las que desarrollen y certifiquen la formación en materia de prevención de riesgos laborales, sin contar con la preceptiva acreditación o autorización, cuando ésta hubiera sido suspendida o extinguida, cuando hubiera caducado la autorización provisional, así como cuando se excedan en su actuación del alcance de la misma. 12. Mantener las entidades especializadas que actúen como servicios de prevención ajenos a las empresas o las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas, vinculaciones comerciales, financieras o de cualquier otro tipo, con las empresas auditadas o concertadas, distintas a las propias de su actuación como tales, así como certificar, las entidades que desarrollen o certifiquen la formación preventiva, actividades no desarrolladas en su totalidad. 47

58 13. La alteración o el falseamiento, por las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas, del contenido del informe de la empresa auditada. 14. La suscripción de pactos que tengan por objeto la elusión, en fraude de ley, de las responsabilidades establecidas en el apartado 3 del artículo 42 de esta ley. 15. En el ámbito de la Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, los siguientes incumplimientos del subcontratista: a) El incumplimiento del deber de acreditar, en la forma establecida legal o reglamentariamente, que dispone de recursos humanos, tanto en su nivel directivo como productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevención de riesgos laborales, y que dispone de una organización preventiva adecuada, y la inscripción en el registro correspondiente, o del deber de verificar dicha acreditación y registro por los subcontratistas con los que contrate, cuando se trate de trabajos con riesgos especiales conforme a la regulación reglamentaria de los mismos para las obras de construcción. b) Proceder a subcontratar con otro u otros subcontratistas o trabajadores autónomos superando los niveles de subcontratación permitidos legalmente, sin que disponga de la expresa aprobación de la dirección facultativa, o permitir que en el ámbito de ejecución de su subcontrato otros subcontratistas o trabajadores autónomos incurran en el supuesto anterior y sin que concurran en este caso las circunstancias previstas en la letra c) de este apartado, cuando se trate de trabajos con riesgos especiales conforme a la regulación reglamentaria de los mismos para las obras de construcción. c) El falseamiento en los datos comunicados al contratista o a su subcontratista comitente, que dé lugar al ejercicio de actividades de construcción incumpliendo el régimen de la subcontratación o los requisitos legalmente establecidos. 16. En el ámbito de la Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, los siguientes incumplimientos del contratista: a) Permitir que, en el ámbito de ejecución de su contrato, intervengan subcontratistas o trabajadores autónomos superando los niveles de subcontratación permitidos legalmente, sin que se disponga de la expresa aprobación de la dirección facultativa, y sin que concurran las circunstancias previstas en la letra c) del apartado anterior, cuando se trate de trabajos con riesgos especiales conforme a la regulación reglamentaria de los mismos para las obras de construcción. 48

59 b) El incumplimiento del deber de acreditar, en la forma establecida legal o reglamentariamente, que dispone de recursos humanos, tanto en su nivel directivo como productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevención de riesgos laborales, y que dispone de una organización preventiva adecuada, y la inscripción en el registro correspondiente, o del deber de verificar dicha acreditación y registro por los subcontratistas con los que contrate, cuando se trate de trabajos con riesgos especiales conforme a la regulación reglamentaria de los mismos para las obras de construcción. 17. En el ámbito de la Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, es infracción muy grave del promotor de la obra permitir, a través de la actuación de la dirección facultativa, la aprobación de la ampliación excepcional de la cadena de subcontratación cuando manifiestamente no concurran las causas motivadoras de la misma previstas en dicha Ley, cuando se trate de trabajos con riesgos especiales conforme a la regulación reglamentaria de los mismos para las obras de construcción. 49

60 LO QUE HEMOS APRENDIDO La Unión Europea, mediante directivas, está configurando un espacio común, donde las condiciones de trabajo de los distintos países se van aproximando cada vez más entre sí. Las directivas comunitarias son adaptadas por cada país europeo a su propia legislación, esto se le llama transposición. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales es la norma legal más importante en esta materia en España. Regula la actuación de la Administración Pública, los empresarios y los trabajadores, los Servicios de Prevención y la participación de los trabajadores en la prevención. El Reglamente de los Servicios de prevención regula la organización de la prevención en las empresas. Existen un gran número de disposiciones relacionadas con la prevención de riesgos laborales y que vienen a completarla y establecer las normas mínimas de seguridad y salud específicas para cada trabajo. 50

61 ANOTACIONES 51

62 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales es una norma: De carácter estatal. De carácter europeo. De carácter internacional. 2. La normativa que concreta los procedimientos de evaluación de los riesgos; las modalidades de organización, funcionamiento y control de los servicios de prevención, así como de capacidades y aptitudes que deben reunir los citados servicios y los trabajadores designados para desarrollar la actividad preventiva es: La Ley 54/2003 de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. R.D. 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención. 3. Entre los elementos básicos que constituyen el enfoque en la prevención de riesgos laborales que la ley 31/1995 plantea se encuentran: Evaluar los riesgos que se pueden evitar. Planificar la prevención como último elemento a aplicar en la empresa. La información y formación de los trabajadores. 4. El R.D. 171/2004, de 30 de enero es: Un real decreto que desarrolla el Art. 24 de la ley de prevención. Es una normativa de carácter europeo. Es una normativa de carácter internacional. 5. Una sanción leve de grado mínimo encierra: Una multa de hasta 405 euros. De 816 a euros. De 3001 a euros. 6. La Ley de prevención de riesgos laborales es de aplicación: En el ámbito de las relaciones de carácter administrativos o estatutario. En el ámbito de la relaciones laborales. Ambas respuestas son correctas. 52

63 Prevención de Riesgos Laborales Riesgos Generales y su Prevención TEMA 3. Riesgos Relacionados con las Condiciones de Seguridad TEMA 4. Los Riesgos Ligados al Medio Ambiente de Trabajo TEMA 5. Carga de Trabajo e Insatisfacción Laboral TEMA 6. Sistemas de Control de Riesgos TEMA 7. Nociones Básicas de Actuación en Emergencias y Evacuación TEMA 8. El Control de la Salud de los Trabajadores módulo 2 53

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65 Prevención de Riesgos Laborales Riesgos Relacionados con las Condiciones de Seguridad Introducción Lugares de Trabajo La Electricidad Las Máquinas Herramientas Manuales Los Incendios Almacenamiento, Manipulación y Transporte Señalización de Seguridad El Mantenimiento Objetivos: Analizar los riesgos generales existentes en los lugares de trabajo para formar al alumno en su detección y prevención. tema 3 55

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67 Introducción Las condiciones de trabajo en un mundo económico que cambia a un ritmo vertiginoso hacen que la naturaleza de los riesgos laborales sea enormemente amplia y diversa. Entre las causas que provocan tales riesgos generalmente destacan las que aparecen ligadas a: lugares de trabajo, herramientas, máquinas, electricidad, incendios, almacenamiento, señalización y mantenimiento. Conocer las causas que son origen de accidentes debidos a esas condiciones de trabajo (los lugares de trabajo, herramientas, etc.) y las técnicas de actuación frente a las mismas permitirá a los gestores de la seguridad laboral identificar y evitar los accidentes y así conseguir reducir su frecuencia y consecuencias. Lugares de Trabajo Según el artículo 2 del R. D. 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, se entiende por lugares de trabajo las áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deben permanecer o a las que pueden acceder en razón de su trabajo. Las zonas donde el trabajador realiza su actividad tiene que tener unas condiciones adecuadas en cuanto a seguridad, esto es necesario para que no se produzcan riesgos ni en la seguridad ni en la salud de las personas que están trabajando. Las recomendaciones mínimas de seguridad y salud que se deben aplicar en las zonas de trabajo para poder tener unas condiciones adecuadas en seguridad se agrupan en cuatro grupos, estos grupos los veremos seguidamente. Características Constructivas El diseño y las características constructivas de los lugares de trabajo deberán ofrecer seguridad frente a los riesgos de resbalones, caídas al mismo y a distinto nivel, choques o golpes contra objetos y derrumbamientos o caídas de materiales sobre los trabajadores. Los edificios y locales de los lugares de trabajo deberán poseer la estructura y solidez apropiadas a su tipo de utilización. Para las condiciones de uso previstas, todos sus elementos, estructurales o de servicio, incluidas las plataformas de trabajo, escaleras y escalas deberán tener la resistencia necesaria para soportar los esfuerzos a que sean sometidos. (Artículo 4 del Real Decreto 486/1997 de 14 de abril). 57

68 Orden, Limpieza y Señalización Las zonas de paso, salidas y vías de circulación de los lugares de trabajo deberán permanecer libres de obstáculos, de forma que sea posible utilizarlas sin dificultades en todo momento. Los lugares de trabajo, incluidos los locales de servicio y sus respectivos equipos e instalaciones, se limpiarán periódicamente y siempre que sea necesario para mantenerlos en todo momento en condiciones higiénicas adecuadas. La señalización será la adecuada, con el fin de llamar la atención a los trabajadores sobre los riesgos existentes en su lugar de trabajo. (Artículo 5 del Real Decreto 486/1997 de 14 de abril). Condiciones Ambientales Debemos evitar que las condiciones ambientales de los lugares de trabajo constituyan un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. Las condiciones ambientales no deben constituir una fuente de incomodidad o molestias para los trabajadores. Deberán evitarse las temperaturas y las humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura, las corrientes de aire molestas, los olores desagradables, la irradiación excesiva y, en particular, la radiación solar a través de ventanas o tabiques acristalados. (Artículo 7 del Real Decreto 486/1997 de 14 de abril). Iluminación La iluminación de cada lugar deberá adaptarse a las características de la actividad que se esté realizando. Si es posible, esta luz ha de ser natural. Deberá complementarse con iluminación artificial cuando la primera no garantice el nivel de iluminación óptimo. Deberá permitir que los trabajadores dispongan de condiciones de visibilidad adecuadas para poder circular por ese lugar y desarrollar en él sus actividades sin riesgo para su seguridad y salud. (Artículo 8 del Real Decreto 486/1997 de 14 de abril). La Electricidad La electricidad es una de las fuentes de energía más utilizadas, tanto en nuestro hogar como en el trabajo. Sin embargo, en muchas ocasiones desconocemos los riesgos que entraña el uso de la electricidad, y lo que es peor, en otras ocasiones, aun conociéndolos, los ignoramos. El riesgo eléctrico es originado por la energía eléctrica. La energía eléctrica es limpia y, precisamente, esta ventaja es al mismo tiempo un inconveniente para protegernos de sus peligros, ya que es difícil de percibir a través de los sentidos (no se ve, ni se oye, ni se huele). Debido a esto, trabajar junto a la electricidad presenta importantes riesgos que es preciso conocer y prever. 58

69 Tipos de Contacto Eléctrico Los accidentes de tipo eléctrico se originan cuando una persona se pone en contacto con una corriente eléctrica, se diferencia entre contacto directo o contacto indirecto: Contacto Directo.-Se conoce como contacto directo el que se origina con las partes activas de la instalación. En este caso se produce el paso de una importante cantidad de corriente, lo que agrava las consecuencias del choque. Contacto Indirecto.-Se conoce como contacto indirecto el que se origina con masas puestas en tensión, se origina por una agrupación de partes metálicas bien de un aparato o de una instalación que está aislado de las partes activas si no existe ninguna anomalía. Efectos sobre la Salud Los efectos de la corriente tienen mucho que ver con la intensidad que atraviesa el cuerpo humano, la resistencia eléctrica de éste, la tensión aplicada, la naturaleza de la corriente, el recorrido de la corriente eléctrica por el cuerpo humano y el tiempo de contacto con la misma. Los efectos de la corriente eléctrica se pueden clasificar en tres tipos: Efectos fisiológicos directos. Estos efectos son los que ocurren de forma inmediata tras el choque eléctrico. La gravedad que presenten estos efectos dependerá de la intensidad que tenga la corriente eléctrica, las consecuencias que pueden tener son desde un simple hormigueo hasta la asfixia o alteraciones en el ritmo cardíaco. Efectos fisiológicos indirectos. Los indirectos son aquellos que tienen lugar después del choque eléctrico, tienen efectos como alterar el funcionamiento de algunos órganos vitales como el corazón o producir quemaduras que pueden llegar a producir la muerte. Efectos secundarios. Los efectos secundarios son los que se producen a consecuencia de actos involuntarios de los individuos afectados por la corriente eléctrica, pueden ser por ejemplo golpes contra objetos, caídas desde las alturas, etc. Sistemas de Protección Protección de los contactos directos: o Separación por distancia de partes activas. o Interposición de obstáculos. 59

70 o Recubrimiento de partes activas. o Utilizar tensiones de seguridad. Protección de los contactos indirectos : o Separación de circuitos. o Utilización de doble aislamiento. o Conexiones equipotenciales. o La puesta a tierra. El interruptor diferencial. Medidas Preventivas Básicas Todo cable eléctrico, instalación o conducto tiene que estar conectado y bajo tensión. Es muy importante que antes de comenzar a trabajar con estos medios nos aseguremos de que existe ausencia de voltaje, esto se debe comprobar con un equipo adecuado. Las personas que no estén debidamente capacitadas y autorizadas no deben llevar a cabo trabajos eléctricos. Se tienen que utilizar equipos y medios de protección individual certificados para aislarnos de la corriente eléctrica cuando se trabaje con máquinas o herramientas que están alimentadas con tensión eléctrica. Todos los equipos o herramientas que tengan una tensión mayor a 24 voltios o que no tenga las condiciones dieléctricas de doble aislamiento tienen que estar conectados a tierra y tener un interruptor diferencial. Es conveniente comprobar de forma periódica que estas protecciones funcionan correctamente. Además no se deben usar cables que no tengan un conductor de protección para la alimentación de receptores que tienen toma de tierra. Todos los cables con alimentación eléctrica tienen que tener una clavija normalizada. Tenemos que tener en cuenta que siempre antes de desconectar un equipo o máquina de la fuente de alimentación debemos apagarlo con el interruptor. Las herramientas eléctricas serán desconectadas cuando se dejen de utilizar o mientras se estén realizando pausas en el transcurso del trabajo. Estará totalmente prohibido desconectar todo tipo de equipo eléctrico dando un tirón del cable, lo que correcto es desconectar el equipo cogiendo la clavija-conector y tirando de ella. Cuando el trabajo se realice en zonas mojadas o con humedad hay que estar muy atentos. Tanto en lugares mojados como metálicos hay que usar solamente aparatos eléctricos portátiles a pequeñas tensiones de seguridad. 60

71 También es importante saber que no se puede tocar directamente a una persona electrizada. Los aspectos generales que se deben comprobar son: Que se impida tener acceso a las partes en tensión, se deben mantener cerradas con llave las envolventes, dichas llaves las tendrá la persona responsable. Que los interruptores de alimentación sean de fácil acceso y que se conozca perfectamente la forma de uso en caso de emergencia. Que sean desconectados de la red eléctrica todas las herramientas o equipos antes de comenzar con su limpieza, ajuste o mantenimiento. Las 5 Reglas de Oro Las personas que trabajan en instalaciones tienen que tener siempre presente: 1. Bloquear los aparatos de corte. 2. Cortar todas las fuentes en tensión 3. Comprobar la ausencia de tensión. 4. Poner a tierra y en cortocircuito todas las fuentes de tensión posibles. 5. Determinar y señalizar la zona donde se va a realizar el trabajo. Las Máquinas Se entiende por máquina un conjunto de piezas u órganos unidos entre sí, de los cuales uno por lo menos habrá de ser móvil y, en su caso, de órganos de accionamiento, circuitos de mando y de potencia, u otros, asociados de forma solidaria para una aplicación determinada, en particular para la transformación, tratamiento, desplazamiento y acondicionamiento de un material. (Artículo 1.2 del Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas). Peligros Asociados a las Máquinas Los peligros más comunes que podemos encontrar al manipular cualquier tipo de máquina son los peligros mecánicos, pero existen otros que no podemos olvidar, como por ejemplo el riesgo eléctrico, el riesgo de incendio, el ruido, etc. 61

72 A continuación se detallan los peligros más frecuentes relacionados con las propiedades mecánicas de las máquinas: Peligro de vuelco o desplazamiento.-la máquina tendrá la suficiente estabilidad para que pueda utilizarse sin peligro de que vuelque o se desplace de forma inesperada. Peligro de rotura en servicio.-todas las partes de la máquina, incluidas las uniones entre ellas, tendrán que resistir los esfuerzos a los que se verá sometida durante su uso previsto. Peligro de caída y proyección de objetos (piezas mecanizadas, herramientas, virutas, etc.).-deberán disponer de protecciones que eviten la caída y proyección de objetos. Peligros debidos a superficies, aristas o ángulos que pueda presentar la máquina y producir lesiones a los trabajadores. Peligros relativos a los elementos móviles. Los elementos móviles de los que dispone una máquina deben ser colocados de forma que se pueda evitar todo tipo de peligro. En el caso de que el peligro sea existente, las máquinas dispondrán de resguardos o dispositivos de protección, se tiene que eliminar todo tipo de riesgo de contacto que de lugar a accidentes. Estos resguardos y dispositivos de protección: o Serán de fabricación sólida y resistente. o No ocasionarán peligros suplementarios. o No deberán ser fácilmente anulados. o Deberán estar situados a suficiente distancia de la zona peligrosa. o No deberán limitar más de lo necesario la observación del ciclo de trabajo. o Deberán permitir la colocación y/o sustitución de las herramientas, así como los trabajos de mantenimiento. Como comentábamos al comienzo de este tema, existen otros riesgos derivados de la utilización de las máquinas: Riesgo eléctrico. Si la máquina se alimenta con energía eléctrica, estará equipada para prevenir todos los peligros de origen eléctrico. Temperaturas extremas. Se adoptarán todas las medidas necesarias para evitar el riesgo de lesiones por contacto directo o proximidad con materiales que poseen temperaturas muy altas o muy bajas. Incendio y explosión. El diseño y fabricación de la máquina se realizará con el objetivo de evitar el peligro de incendio, explosión o sobrecalentamiento. Estos peligros son originados por la propia máquina o por las sustancias producidas o utilizadas por dicha máquina. 62

73 Ruido y vibraciones. Todas las máquinas tienen que estar equipadas de forma correcta para evitar todos los riesgos relacionados con la emisión de ruido y vibraciones, tomar todas las medidas posibles para que se produzcan al nivel más bajo posible. Radiaciones. Se tiene que limitar la máquina a la emisión de radiación estrictamente necesaria para que su funcionamiento se realice de forma correcta y para que sus efectos en las personas sean nulos se reduzcan a proporciones que no sean peligrosas. Encerramiento dentro de una máquina. Las máquinas tienen que presentar las medidas necesarias para permitir que las personas no queden encerradas, en caso de que esto no pueda ser, se debe permitir que la persona pueda pedir ayuda. Caídas. Las máquinas que tienen partes sobre las que los trabajadores se desplazan o colocan deben diseñarse y fabricarse con el objetivo de evitar que las personas puedan resbalar, tropezar o caerse sobre dichas partes o fuera de estas. Medidas Preventivas Para que las máquinas no supongan un riesgo para las personas que las manipulan, se aplicarán los siguientes principios generales, en este orden: Eliminar o reducir los riesgos en la medida de lo posible y no sólo los de seguridad (cortes, atrapamientos, etc.) y físicos (ruido, vibraciones, etc.), sino también los ergonómicos, como la fatiga, la tensión psíquica (estrés). Tomar todas las medidas necesarias de protección para afrontar los riesgos que no pueden eliminarse (resguardos, dispositivos de protección, etc.). Y entregar la máquina con todos los equipos o accesorios para que pueda ser usada sin riesgos. También se tendrán en cuenta las molestias que pueda sufrir el operador por el uso de los equipos de protección (calzado, guantes, etc.). Informar sobre los riesgos que no se hayan podido evitar; indicar si se requiere una formación especial y, si es necesario, un equipo de protección individual. Además, se deben seguir las siguientes recomendaciones básicas: Adquirir máquinas seguras que lleven claramente visible el marcado CE. La seguridad en el diseño y en la construcción de una máquina es más barata y eficaz, y facilita más el trabajo que la seguridad realizada en una máquina que ya está en funcionamiento. Se realizará un mantenimiento preventivo adecuado para conservarlas en las mejores condiciones posibles, reduciendo el riesgo de accidentes. Este mantenimiento será realizado por personal cualificado. Los materiales o productos usados para su fabricación y producidos durante su uso no originarán riesgos añadidos. 63

74 La máquina incorporará un alumbrado adaptado a las tareas a realizar. La máquina podrá manipularse con seguridad. Los sistemas de mando : o Deberán resistir las condiciones normales de servicio y las influencias externas. o Serán claramente visibles e identificables y estarán colocados de tal manera que se pueda maniobrar con seguridad, sin vacilación y de forma inequívoca. o Toda máquina sólo puede ser puesta en marcha de forma voluntaria. o Toda máquina tiene que tener un dispositivo que permita que se pueda parar totalmente en condiciones seguras. También tienen que tener uno o varios dispositivos de parada de emergencia para poder evitar situaciones que puedan ser peligrosas y que se produzcan de forma inesperada. o Un fallo en la alimentación de energía de la máquina no provocará situaciones peligrosas, como una puesta en marcha inesperada, un impedimento para detener la máquina si ya se ha dado la correspondiente orden, la caída o proyección de cualquier elemento móvil de la máquina, la ineficacia de los dispositivos de protección, etc. o Tampoco crearán situaciones peligrosas los defectos que afecten al circuito de mando de las máquinas. Herramientas Manuales Las herramientas manuales son instrumentos de trabajo que se utilizan de forma individual por los trabajadores, para que realicen su acción solamente es necesaria la fuerza motriz del trabajador. Los accidentes que pueden originarse por este tipo de utensilios forman una parte importante del total de accidentes de trabajo, normalmente son accidentes de tipo leve. Este tipo de accidentes tienen una apreciación menor en las técnicas de prevención, esto es así porque existe la idea concebida de que las lesiones producidas no son de gravedad y que son más difíciles de afrontar porque interviene el factor humano. Riesgos Relacionados con las Herramientas Manuales Los riesgos más importantes que están relacionados con el uso de herramientas de trabajo son los que se citan a continuación: Cortes y golpes en las manos durante la realización del trabajo normal. 64

75 Golpes por el desprendimiento de una parte de la herramienta o por parte del material con el que se está trabajando. Esguinces producidos al realizar sobreesfuerzos o gestos violentos. Lesiones oculares a causa de partículas que se despenden de los objetos con los que se trabaja o de la herramienta manual. Medidas Preventivas Las medidas de tipo preventivas se dividen en cuatro grupos, dichas medidas comienzan en la fase de diseño de la herramienta, seguidas de las medidas asociadas a su uso, las específicas de cada herramienta y por último la implantación de un programa de seguridad adecuado para gestionar la adquisición, utilización, mantenimiento, control, almacenamiento y eliminación de dicha herramienta. DISEÑO ERGONÓMICO DE LA HERRAMIENTA. Las herramientas manuales, desde un punto de vista ergonómico, para que se consideren eficaces tienen que seguir una serie de principios básicos, estos principios son: Reducir en todo lo posible el esfuerzo del trabajador. Ejercer de forma eficiente la función que se pretende obtener de ellas. Tener proporciones adecuadas a las dimensiones del usuario. Ajustarse a la fuerza y resistencia del trabajador. PRÁCTICAS DE SEGURIDAD ASOCIADAS A SU USO Cuando el empleo de una herramienta se realiza de forma no adecuada se pueden producir lesiones muy importantes. De forma general, se pueden resumir en seis las prácticas de seguridad asociadas al buen uso de las herramientas de mano: Elegir de forma adecuada la herramienta según el trabajo a realizar. Usar de forma correcta las herramientas. Mantener en buen estado las herramientas. Evitar un entorno que impida el buen uso de las herramientas. Tener guardadas en un sitio seguro las herramientas. Asignar de forma personar las herramientas en la medida de lo posible. 65

76 Los Incendios No se debe abordar el problema de los incendios reduciéndolo exclusivamente a la lucha contra el fuego, olvidándose de la prevención, protección de instalaciones, detección e investigación. El Triángulo del Fuego El fuego requiere tres componentes o elementos para que se genere. Se asemeja a un triángulo en el que cada lado es un elemento: Combustible: cualquier materia capaz de arder. Sólidos, líquidos, gaseosos y metales. Comburente: el más común es el oxígeno, que está presente en el aire y que se encuentra en una proporción del 21 %. Energía de activación o calor: cualquiera que sea su origen (fricción, chispas, resistencia eléctrica, etc.); es aquella que aplicada al combustible y en presencia del comburente es capaz de hacer desprender gases de aquél y producir su combustión. OXÍGENO CALOR COMBUSTIBLE REACCIÓN EN CADENA En un fuego existe un componente conocido como reacción en cadena que es el que marca la diferencia entre fuegos con presencia de llamas y fuegos incandescentes. Para que se produzca el tetraedro del fuego, es necesario que tenga continuidad los siguientes elementos: Combustible Comburente Calor Reacción en cadena 66

77 Prevención de Incendios Algunos consejos importantes para prevenir los incendios son los siguientes: No tirar ningún tipo de residuo al suelo ni tampoco colillas o cerillas encendidas. Evitar que se produzcan sobrecargas en las líneas eléctricas. Evitar el uso de enchufes múltiples. No colocar cerca de una fuente de calor materiales que sean combustibles. Manipular con mucha precaución los productos inflamables y efectuar su almacenamiento en lugares aislados, bien ventilados y separados del lugar de trabajo. No manipular de forma inadecuada líneas eléctricas, ni improvisar fusibles. Tener especial precaución al llevar a cabo procesos que originen llamas, chispas, etc. Se debe estudiar de forma previa el momento y lugar en donde éstos se van a originar. Observar de forma detenida la señalización, comprobar las salidas que hay disponibles y las vías de evacuación que se pueden utilizar y además el lugar donde se encuentra el pulsador de alarma y el extintor más próximo. No obstaculizar los recorridos y salidas de evacuación, los accesos a extintores, bocas de incendio, cuadros eléctricos y pulsadores de alarma. Protección contra Incendios Existen un grupo de medidas de protección cuando un incendio tiene lugar en una actividad. Estas medidas pueden hacer que se limite su propagación y que así sean menores las consecuencias. Estas medidas son la detección y alarma del incendio. Si el tiempo gastado en dichas etapas es excesivo, las consecuencias pueden quedar fuera de control y se puede producir daños materiales importantes y lesiones a las personas. La detección de un incendio puede ser realizada mediante: Detección humana. Una instalación de detección automática. Sistemas mixtos. Entre las instalaciones de alarma más importantes destacan: Instalación de Pulsadores de Alarma. Instalación de Alerta. Instalación de Megafonía. 67

78 Extinción del Fuego Las técnicas de extinción del fuego se basan en atacar uno o varios lados del tetraedro del fuego. Según cada tipo de fuego y el sistema de extinción que se utilice se necesitan un agente extintor específico, es necesario conocer los diferentes tipos de fuegos existentes y los agentes extintores más adecuados para cada tipo. Tipos de Fuego Según la norma UNE-EN 2:1994, los fuegos se clasifican en cinco tipos, que se explican seguidamente. FUEGOS DE TIPO A Son fuegos de materiales sólidos, a excepción de metales (madera, papel, carbón, materiales orgánicos, etc.). Forman brasas, la propagación del calor es desde dentro hacia fuera y requieren elevada aportación inicial de calor para su ignición. El mejor agente extintor es el agua, que es abundante y de bajo coste. Enfriamos la potencia calorífica hasta niveles de no producción de gases capaces de arder. FUEGOS DE TIPO B Líquidos inflamables y/o combustibles sólidos de bajo punto de fusión (gasolinas, alcoholes, plásticos, alquitranes, etc.). Producen fuegos de tipo superficial y el calor necesario para iniciar la combustión depende del punto de inflamación del combustible. Los elementos más eficaces extintores son los que separan el combustible líquido del oxígeno del aire (mantas en los fuegos de pequeña superficie del combustible). Los extintores de agua con espumógeno son eficaces, lentos pero muy fiables. Los de polvo químico son también muy eficaces, ya que rompen la reacción en cadena. FUEGOS DE TIPO C Son fuegos de materias que en condiciones normales de presión y temperatura forman los gases combustibles (propano, butano, etc.). En este tipo de fuego hay que tener en cuenta que antes de proceder a apagarlo es necesario desalimentar la fuente. Es preferible que arda el gas a que una vez apagado provoque explosiones. 68

79 FUEGOS DE TIPO D Metales combustibles y compuestos químicos reactivos (magnesio, titanio, aluminio, uranio, etc.). Se requieren agentes especiales extintores para este tipo de fuego. Este tipo de fuego se genera con metales en polvo y agentes oxidantes. Aunque son de pequeña magnitud las consecuencias que pueden originar dependen de los combustibles que estén a su alrededor. FUEGOS DE TIPO F La norma UNE EN 2:1994 ha sido modificado por la UNE EN 2:1994/A1, añadiendo otra clase de fuego, son los fuegos derivados de la utilización de ingredientes para cocinar (aceites y grasas vegetales o animales). Agentes Extintores Los agentes extintores son productos que encontramos en el interior del extintor y su acción es producir la extinción del fuego. El extintor es un recipiente a presión autónomo, como ya hemos dicho, contiene el agente extintor que se proyecta en dirección del fuego por la acción de una presión interna. La presión interna que tiene el extintor se obtiene por una presurización interna permanente, debido a una reacción química o por la liberación de un gas auxiliar. Se debe señalizar de forma clara el lugar donde se encuentran los extintores. Su colocación se basará en el tipo de fuego que se pueda originar, con el objetivo de que se puedan utilizar de forma rápida y fácil. Cuando las condiciones lo permitan el extintor se colocará a una altura sobre el suelo que no supere los 1,70 m. Todas las características e instrucciones de uso se encuentran indicadas en todos los extintores. Se deben efectuar las correspondientes revisiones periódicas. El personal de la empresa debe comprobar, con una frecuencia de tres meses, la señalización, accesibilidad y buen estado de conservación de los extintores. Se realizará una inspección ocular de seguros, precintos, etc., y además se debe comprobar el peso y presión. También es importante realizar una inspección ocular del estado de la manguera, boquilla, válvulas y partes mecánicas, para que no se presente ningún problema cuando se tenga que utilizar. El extintor se retimbrará cada cinco años a partir de la fecha de timbrado, con un máximo de tres veces. 69

80 Almacenamiento, Manipulación y Transporte Normalmente cada vez que se va a realizar una actividad es necesario desplazar los materiales para poder llevar a cabo todas las fases del proceso productivo, transporte y almacenamiento de materias primas, materiales en proceso, productor terminados y materiales auxiliares. Los diferentes medios que se utilizan para la manipulación y transporte están relacionados con el tamaño, forma y volumen del material y la distancia a recorrer. Hoy en día casi todas las operaciones de almacenamiento y transporte de los materiales están mecanizadas, hay una gran variedad de equipos de elevación y manutención mecánica que se encargan de llevar a cabo esta función. El mayor y más frecuente peligro que conlleva la manipulación de estos equipos es el mal funcionamiento de sus elementos, que puede tener graves consecuencias, ya sea por caída de objetos, caídas de altura, golpes o atrapamientos. Almacenamiento Un correcto almacenamiento evitará gran parte de los riesgos de desprendimiento, desplazamiento, etc. Para ello, podemos seguir unas recomendaciones básicas: Cuando almacenemos los objetos en sentido vertical sobre el nivel del suelo lo haremos de manera que no se descompensen y sin alcanzar alturas excesivas. Evitar que los objetos sobresalgan de los recipientes donde se encuentran. No se puede superar nunca la carga de seguridad de bastidores, repisas o suelos. Calzar objetos que puedan salir rodando, como los cilindros, también es importante mantener cerca del suelo los artículos que sean pesados. Proteger los artículos de la humedad y el calor para que se mantengan en buen estado. Manipulación y Transporte El mayor y más frecuente peligro que conlleva la utilización de los equipos de manipulación y transporte es el mal funcionamiento de sus elementos, que puede tener graves consecuencias, ya sea por caída de objetos, caídas de altura, golpes o atrapamientos, etc. Estos riesgos se pueden reducir cumpliendo una serie de pautas generales: La elevación y descenso de la carga se hará lentamente, evitando arranques y paradas bruscas. 70

81 No dejar cargas en suspensión. No transportar cargas por encima de personas o puestos de trabajo. Prohibir a las personas circular por debajo de cargas suspendidas. El maquinista debe situarse en una zona donde controle las zonas de carga y descarga. Los conductores deben poseer la formación adecuada. Delimitar claramente las zonas de circulación de materiales y personas, y si es posible, separarlas. Las zonas de circulación deberán estar libres de obstáculos, estarán bien iluminadas y su anchura será la adecuada, en función de la máquina. Señalización de Seguridad En la lucha por la eliminación de los riesgos laborales éstos deben ser considerados en la fase de proyecto. Si esto no fuese posible, se debe actuar: Directamente sobre el agente material, se puede proceder bien mediante resguardos o bien con dispositivos de seguridad. (Protección colectiva). Directamente sobre el trabajador (Protección individual). Informando. Reforzando las técnicas anteriores, mediante la señalización. El conjunto de estímulos que hace que un individuo actúe de una forma determinada frente a una situación concreta que se quiere resaltar es lo que conocemos como señalización. Una situación que se suele resaltar es, por ejemplo, un peligro. Clasificación de las Señales según su Significado Las señales de seguridad resultan de la combinación de formas geométricas y colores, a los que se añade un símbolo o pictograma al que se atribuye un significado determinado en relación con la seguridad que se quiere comunicar de una forma simple, rápida y de comprensión universal. Los colores de seguridad se utilizan para llamar la atención de las personas. En la siguiente tabla se indica la relación existente entre los colores y el significado de los mismos, así como las indicaciones de uso de dichos colores. 71

82 COLOR SIGNIFICADO INDICACIONES Señal de prohibición. Comportamiento peligroso. Rojo Peligro, alarma. Stop. Dispositivos de desconexión de emergencia. Evacuación Materiales y equipos de lucha contra incendios. Identificación y localización. Amarillo Señal de advertencia Atención, precaución, verificación. Azul Señal de obligación Comportamiento o acción específica. Obligación. Verde Señal de salvamento o auxilio. Situación de seguridad. Puertas, salidas, pasillos, lugares de salvamento o de auxilio, locales. Retorno a la normalidad. Señal de prohibición: Prohíbe un comportamiento. Señal de advertencia: Advierte de un peligro. Señal de obligación: Obliga a un comportamiento determinado. Señal de salvamento o socorro: Indica salidas de emergencia, lugar de primeros auxilios y dispositivos de salvamento. Señal de lucha contra incendios: Indica la localización de medios de lucha contra incendios (extintores, pulsadores de alarma, bocas de incendio, etc.). Señal gestual e indicativa: Proporciona otras funciones. Criterios para el Uso de la Señalización Ha de llamar la atención sobre la existencia de riesgos. Ha de alertar sobre situaciones de emergencia. Ha de facilitar la localización de instalaciones de protección. Ha de orientar a los trabajadores en maniobras peligrosas. Las vías por las cuales circulan los vehículos tienen que estar marcadas de forma clara mediante líneas continuas con un color que permita una buena visión, preferentemente se utiliza el color blanco y el amarillo. 72

83 El Mantenimiento En cualquier empresa existe algún tipo de instalación que conlleva un riesgo más o menos importante. Si se produce un error en cualquiera de las instalaciones se pueden producir consecuencias graves para las personas y para la propia instalación. Cuando se producen accidentes en las instalaciones que son peligrosas se pueden deber a diferentes y diversas causas, además pueden tener orígenes muy diversos, como fallos producidos por las condiciones de trabajo a las que están sometidas, desgaste de partes rotativas, daños, etc., también puede deberse a errores humanos. Se debe tener un buen mantenimiento de la instalación para que no se produzcan problemas que puedan afectar a la seguridad de las personas y de la propia instalación. Para conseguir esto es muy importante seguir un programa de mantenimiento que se ajuste a la peligrosidad de cada tipo de instalación. Hay que tener en cuenta que los trabajadores que se ocupen de dicho mantenimiento, que estén en una planta industrial en la que se encuentran instalaciones peligrosas, deben llevar aparejado un incremento proporcional a la peligrosidad de los mismos. Para que el mantenimiento que se realice sea efectivo es necesario disponer de la mayor cantidad posible de información referente a la instalación, equipos presentes y lugares de trabajo. Para que esto se pueda realizar es importante llevar a cabo revisiones programadas, algunas de ellas serían: Revisiones específicas tanto de los equipos como de los componentes regulados a través de una legislación específica, estas son: instalaciones eléctricas o fijas contra incendios, aparatos a presión. Revisiones generales de la instalación y de los lugares de trabajo, como por ejemplo: suelos, escaleras, vías y salidas de evacuación. Analizar las actuaciones, que no se consideran seguras, de los trabajadores mientras realizan su actividad, esto se lleva a cabo con el objetivo de poder realizar mejoras en todo lo que se considere necesario. Para que el sistema de mantenimiento de una empresa sea eficaz se tiene que mantener una correcta programación, planificación y control de dicho mantenimiento. La programación está constituida por: Las necesidades que se presentan de mano de obra. Las prioridades que persigue el trabajo. El momento en que se debe llevar a cabo el trabajo. Como de disponibles están los materiales que son necesarios para poder realizar los trabajos. 73

84 La planificación de los trabajadores comprende los siguientes puntos: Por qué es necesario que se realice y quién va a ser el encargado de realizarlo. En qué consiste el trabajo que hay que realizar y cómo se va a hacer. En dónde debe llevarse a cabo. Los materiales de los que se va a tener que disponer. Calendario de realización. El control del mantenimiento tiene que englobar los siguientes puntos: Planificar de forma precisa todas las operaciones específicas. Tener el equipo necesario para cada tipo de trabajo a realizar. Buen mantenimiento de los equipos que se van a utilizar. Prever los riesgos que pueden derivar de cada operación de mantenimiento y establecer las normas de seguridad que son necesarias en cada caso. Seleccionar y formar al personal que efectúe las tareas de mantenimiento. Tener especial atención a la hora de utilizar y mantener los EPIs. Tener un control de piezas de recambio. 74

85 LO QUE HEMOS APRENDIDO La naturaleza de las causas que originan de los riesgos laborales es amplia y diversa. Entre las causas que provocan tales riesgos generalmente destacan las que aparecen ligadas a: lugares de trabajo, herramientas, máquinas, electricidad, incendios, almacenamiento, señalización y mantenimiento. Conocer las causas que son origen de accidentes y las técnicas de actuación frente a las mismas permitirá identificar y evitar los accidentes y así conseguir reducir su frecuencia y consecuencias. Se entiende por lugares de trabajo las áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deben permanecer o a las que pueden acceder en razón de su trabajo. Las recomendaciones mínimas de seguridad y salud que se deben aplicar en las zonas de trabajo para poder tener unas condiciones adecuadas en seguridad se agrupan en cuatro grupos: Características constructiva, Orden, limpieza y señalización, Condiciones ambientales e Iluminación. La electricidad es una de las fuentes de energía más utilizadas, pero su uso entraña riesgos para la salud cuando se produce un contacto accidental. Los tipos de contacto que podemos sufrir son Directo e Indirecto y ambos tienen dispositivos para su prevención. Los peligros más comunes que podemos encontrar al manipular cualquier tipo de máquina son los peligros mecánicos, pero existen otros que no podemos olvidar, como por ejemplo el riesgo eléctrico, el riesgo de incendio, el ruido, etc. Los principales riesgos asociados a la utilización de las herramientas manuales son : Cortes y golpes en las manos durante la realización del trabajo normal. Golpes por el desprendimiento de una parte de la herramienta o por parte del material con el que se está trabajando. Esguinces producidos al realizar sobreesfuerzos o gestos violentos. Lesiones oculares a causa de partículas que se despenden de los objetos con los que se trabaja o de la herramienta manual. Los elementos necesarios para que se genere un fuegos son: Combustible, Comburente, Energía de Activación y Reacción en cadena. 75

86 ANOTACIONES 76

87 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. Se entiende por lugares de trabajo las áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deben permanecer o a las que pueden acceder en razón de su trabajo: Verdadero. Falso. 2. Los contactos eléctricos pueden ser: Directos. Indirectos. Ambas respuestas son correctas. 3. Entre los riesgos que afectan a las condiciones de seguridad se encuentran: La electricidad, las máquinas y las herramientas manuales. Los incendios y la señalización. Ambas repuestas son correctas. 4. De entre los peligros que se asocian a las maquinas se encuentran: Peligro de vuelco o desplazamiento y peligro de rotura en servicio. Peligro de rotura por inadecuado mantenimiento. Ambas respuestas son correctas. 5. Los componentes para que se genere un fuego son: Combustible, comburente y energía de activación (triángulo del fuego). Combustible, comburente, energía de activación y la reacción en cadena. El tetraedro del fuego. 6. Los fuegos tipo A son: Combustibles líquidos. Combustibles sólidos. Gases. 77

88 78

89 Prevención de Riesgos Laborales Los Riesgos Ligados al Medio Ambiente de Trabajo Introducción Contaminantes Químicos: Efectos Contaminantes Químicos: Prevención Contaminantes Biológicos Contaminantes Físicos: El Ruido Contaminantes Físicos: Las Vibraciones Contaminantes Físicos: Riesgos de las Vibraciones Contaminantes Físicos: Exposición a Vibraciones Mecánicas Contaminantes Físicos: La Temperatura Objetivos: Identificar los riesgos generales existentes en los lugares de trabajo para formar al alumno/a en su detección y prevención. tema 4 79

90 80

91 Introducción Los factores de riesgo higiénicos son los contaminantes que encontramos en el ambiente donde están los trabajadores realizando su actividad. Se considera contaminante toda sustancia, energía o servicio que esta presente en el ambiente en una concentración dañina para la salud de las personas que están en contacto con él. Se pueden diferenciar tres tipos de contaminantes: Contaminantes Químicos. Contaminantes Biológicos. Contaminantes Físicos. Según se establece en la actual legislación, el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, considera en su art. 7 que la exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras. Las condiciones ambientales que se presenten en el puesto de trabajo deben ser cómodas, no presentar molestias para los trabajadores, para conseguir esto se debe evitar en todo lo posible las temperaturas y humedades extremas, corrientes de aire, olores desagradables, etc. Cuando el trabajo se realiza al aire libre o lugares que no pueden estar cerrados se tienen que tomar medidas para que los trabajadores no estén sometidos a las incidencias del tiempo. El empresario tiene la obligación de controlar los contaminantes que existan en el medio laboral. 81

92 Contaminantes Químicos: Efectos Para poder mantenernos saludables necesitamos respirar aire libre de contaminación. Los factores que debemos tener presentes para controlar en todo lo posible estos riesgos son: La forma en la que se presentan. Los efectos que produce. Las posibles vías de entrada. Los criterios de valoración. La evaluación de riesgo. Las medidas generales de prevención. Ventilación industrial. Forma de Presentación y Efectos de los Contaminantes FORMA DE PRESENTACIÓN CARACTERÍSTICAS Partículas sólidas: Fibras, forma alargada. Aerosoles Otras partículas sólidas: polvo, humo, etc. Partículas líquidas: Nieblas y brumas. Gases Vapores Sustancias que en condiciones normales de 25ºC y 760 mm. de Hg se encuentran en estado gaseoso. Sus partículas de tamaño molecular. Sustancias que en condiciones normales de 25ºC y 760 mm de Hg se encuentran en estado sólido o líquido. Sus partículas son de tamaño molecular. El efecto principal que tienen los contaminantes químicos es la toxicidad, afecta a la salud, puede conseguir alterar tanto la estructura de las células como su función. Los principales efectos son: Neumocónicos: originan enfermedades crónicas pulmonares. Ejemplo: Sílice, Amianto, Polvo de Algodón. Irritantes: Producen inflamación de las zonas del cuerpo con las que tienen contacto. Ejemplos: Ácido sulfúrico, Nítrico, Hidróxido Sódico, Ozono, Dióxido. Cloro, Bromo. 82

93 Asfixiantes: Impiden o dificultan el transporte de oxígeno a las células. Ejemplo: Dióxido de Carbono, Butano, Nitrógeno, Monóxido de Carbono, Ácido cianhídrico. Anestésicos: Actúan como depresores del sistema nervioso central. Ejemplo: Tolueno, Acetona, Tricloroetileno. Sensibilizantes: Producen alergias. Ejemplos: Isocianatos, Formaldehído, Polvo de madera, Aminas aromáticas. Cancerigenos: Pueden generar cáncer. Ejemplo: Benceno, Cloruro de Vinilo, Amianto, Cadmio. Sistemáticos: Actúan sobre determinados órganos. Ejemplo: manganeso y plomo pueden actuar sobre el riñón, cloroformo actúa sobre el Hígado. Vías de Entrada de los Contaminantes Los contaminantes químicos tienen varias vías de entrada a nuestro organismo, dichas vías son: respiratoria, dérmica o cutánea, digestiva y parenteral. Identificación del Tipo de Riesgo Para saber que tipo de tratamiento se debe usar para tratar cada sustancia química que podemos encontrar en el medioambiente laboral tenemos que seguir una serie de pautas: Identificación: El primer paso que tenemos que realizar es el de identificar los agentes químicos que hay en el ámbito laboral. Existe una legislación que nos facilita el conocer las características de las sustancias químicas que encontramos de forma habitual en la industria. Evaluación: Seguidamente se analizarán las cantidades de contaminantes químicos que hay en los puestos de trabajo y se compararán con los valores que se admiten para la salud humana, dichos valores los podemos obtener en la legislación actual. 83

94 Medidas preventivas: Este tipo de medidas se realizan para conseguir evitar o disminuir el uso de sustancias químicas. Actúan directamente sobre el foco de emisión o sobre el medio por el que se difunden y por último también van destinadas al receptor. Para poder identificar las diferentes sustancias químicas que se pueden presentar podemos tomar como referencia la legislación siguiente: El Real Decreto de 363/1995 de 10 de marzo sobre Clasificación etiquetaje y embalaje de sustancias peligrosas. Real Decreto 1802/2008, de 3 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, con la finalidad de adaptar sus disposiciones al Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento REACH). Evaluación del Riesgo La Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención disponen que es necesario la existencia de unos valores límites para la exposición a sustancias químicas. La legislación en la que se establecen dichos valores límites es la siguiente: Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Real Decreto 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono. Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Real Decreto 349/2003, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo, y por el que se amplía su ámbito de aplicación a los agentes mutágenos Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Real Decreto 1406/1989, de 10 de noviembre. Por el que se imponen limitaciones a la comercialización y uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos. 84

95 Real Decreto 374/2001 sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Directiva 97/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de octubre de 1997 por la que se modifica por decimosexta vez la Directiva 76/769/CEE relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que limitan la comercialización y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos DIRECTIVA 98/24/CE del Consejo de 7 de abril de 1998 relativa a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. DIRECTIVA 2000/39/CE de la Comisión, de 8 de junio de 2000, por la que se establece una primera lista de valores límite de exposición profesional indicativos en aplicación de la Directiva 98/24/CE del Consejo relativa a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo La legislación actual esta quedando desfasada debido a la evolución que está sufriendo la técnica, las numerosas sustancias y preparados que existen actualmente y a la disponibilidad de nuevos datos toxicológicos. Además existe una Directiva Europea que obliga a los países que componen la Unión Europea ha seguir unos valores límites que se han establecido. CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL RIESGO HIGIÉNICO INSHT VLA ED: Valor Límite Ambiental Exposición Diaria Es la concentración media de la sustancia química que se encuentra en la zona de respiración del trabajador. Dicha concentración es medida o calculada con respecto al tiempo que el trabajador pasa en el puesto de trabajo, la jornada laboral real, esta referida a una jornada estándar de 8 horas diarias. Con un solo contaminante: Si ED > 100%VLA Existe riesgo higiénico 50 %VLA < ED < 100%VLA Riesgo higiénico dudoso ED < 50 %VLA No existe riesgo higiénico VLA EC: Valor Límite Ambiental - Exposición de Corta Duración Es la concentración media de la sustancia química que se encuentra en la zona de respiración del trabajador. Dicha concentración esta medida para periodos de 15 minutos a lo largo de toda la jornada laboral. Se produce una excepción para las sustancias químicas a las que se especifique un periodo de referencia inferior en la lista de valores límite. 85

96 Contaminantes Químicos: Prevención Medidas Generales de Prevención Las medidas de prevención que se utilicen tienen que ir dirigidos a la sustancia, al foco de emisión, al medio por el que se difunde o al receptor. Hay que aplicar mediadas de detección, eliminación, protección y actuación estrictas para las actividades de trabajo que puedan dar lugar a contaminantes químicos, como por ejemplo las soldaduras, fabricación de muebles, etc. Dichos contaminantes tienen que ser extraídos, si es posible, en el lugar donde se encuentra el foco para que así no se difundan por la atmósfera. ACTUACIÓN SOBRE EL FOCO EMISOR El sistema de control que se debe realizar sobre el foco emisor sería: Sustituir los productos por otros que presenten un índice de peligrosidad menor. Modificar en todo lo posible el proceso. Encerrar o aislar el proceso. Utilizar métodos húmedos para conseguir controlar el polvo que se produzca. Tener un buen mantenimiento de las instalaciones. Seleccionar el equipo y diseño más adecuado. Extracción de forma localizada. ACTUACIÓN SOBRE EL MEDIO DIFUSOR RECEPTOR Realizar una limpieza adecuada. Ventilación por dilución, el proceso sería introducir aire limpio que proceda del exterior y extraer el aire del interior. Aumentar la distancia entre el foco y el receptor. Sistemas de alarma, sirven para indicarnos que se han superado los límites establecidos. ACTUACIÓN SOBRE LOS TRABAJADORES Dar formación, información y adiestramiento a los trabajadores. Realizar rotaciones en el personal, de esta forma reduciremos el tiempo de exposición del trabajador con el agente contaminante. 86

97 Encerramiento del trabajador. Tener control y vigilancia sobre la salud de los trabajadores. Dar protección personal. Ventilación Industrial Es muy importante para mantener la salud de los trabajadores que el aire que se encuentra en el interior del lugar de trabajo se renueve periódicamente. Cuando existe una falta de ventilación o esta es escasa pueden darse aumentos en la cantidad de agentes contaminantes. TIPOS DE VENTILACIÓN De forma general podemos decir que hay dos tipos de ventilación, la ventilación localizada y la ventilación general. VENTILACIÓN LOCALIZADA Definimos la ventilación localizada como aquella ventilación que es capaz de captar y eliminar los contaminantes que se encuentran en el lugar de origen antes de que llegue al medio ambiente. Algunos recursos que se utilizan para llevar a cabo este proceso son por ejemplo campanas, filtros de aire, conductos, etc. Para que la ventilación localizada se realice de forma correcta es muy importante que el foco de contaminación esté lo más encerrado posible y que la velocidad del aire próximo al foco sea la adecuada. Las precauciones generales que se deben seguir son: Encerrar, en todo lo posible, la fuente emisora del contaminante. Que el contaminante sea capturado a la velocidad adecuada. Que se extraiga el agente contaminante fuera de la zona de respiración del operario. Realizar un aporte de aire limpio. Que el aire que se extrae se expulse lejos de los puntos de reposición. 87

98 VENTILACIÓN GENERAL Este tipo de ventilación presenta el objetivo de poder obtener un aire limpio en el local, además de una temperatura y velocidad en el aire adecuada. Se produce la extracción del aire contaminado del local mientras que se introduce aire del exterior limpio. Los principios fundamentales sobre los que se basa este tipo de ventilación son: Tenemos que asegurar que la extracción localizada va a ser técnicamente imposible. Se utiliza para contaminantes con poca toxicidad o para aquellos que presentan pequeños flujos de emisión. Se generará un flujo general desde las zonas limpias a las zonas que están contaminadas. El suministro de aire fresco y limpio en sitios cerrados deberá de ser de 30 m3 por hora y trabajador, en el caso de trabajadores sedentarios en ambientes que no sean calurosos ni estén contaminados por el humo del tabaco. En los demás locales será de 50 m3. Se debe utilizar una instalación que presente extracción mecánica y entrada natural. Los trabajadores no deben estar expuestos de forma continua a corrientes de aire. Además se debe evitar las zonas de flujo muerto. 88

99 Los trabajadores no estarán situados entre las fuentes de contaminación y zona de extracción. Deben ser proporcionales las salidas de aire con las entradas. Tenemos que vigilar que el aire que sale de los difusores realice un buen barrido de la zona antes de que vuelva a entrar en el circuito. Para conseguir esto se necesita seleccionar de forma adecuada los tamaños de los difusores y retornos y además su ubicación. Cuando ya se ha extraído el aire, antes que se distribuya otra vez por el edificio tiene que limpiarse, pasará por unos filtros que retirarán la suciedad. Cuando el aire ya esta limpio pasa por unos dispositivos de refrigeración o de calefacción y después de este paso ya puede ser distribuido por el interior del recinto a través de una red de conductos. RIESGOS DE LOS SISTEMAS DE VENTILACIÓN En muchas ocasiones el sistema de ventilación altera la calidad del aire, para que ocurra esto se tienen que dar las siguientes situaciones: Que se produzca la entrada en el circuito de contaminantes del exterior, normalmente esto ocurre por colocar en un lugar inadecuado la toma de aire. No tener un buen mantenimiento de la instalación, por el deterioro de las diferentes zonas o componentes de la instalación. Utilizar el aire recirculado sin una alimentación de aire fresco exterior, al no existir dicha alimentación se produce un aumento en la concentración de contaminantes. Que existan zonas donde no llegue el aire limpio por un mal diseño en el número de difusores y retornos, tamaños y distribución. El deterioro de los materiales de aislamiento de los circuitos de distribución, este deterioro hace que se puedan desarrollar los microorganismos. Todos estos factores hacen que se puedan producir riesgos en los sistemas de ventilación: Una disminución en el caudal de impulsión. Un aumento de la recirculación del aire. Una mala distribución: se produce una estratificación del aire con zonas exentas de ventilación. Diferencias de presión: Se producen corrientes de aire que no son deseadas. Se pueden producir filtraciones de aire por falta de mantenimiento. Un mal diseño de la instalación: aire exterior de mala calidad, etc. 89

100 Contaminantes Biológicos Los problemas relacionados con los agentes biológicos son cada vez más comunes, dichos agentes son microorganismos que actúan sobre el organismo y producen enfermedades. Son por ejemplo bacterias, protozoos, hongos, virus, etc. Estos agentes biológicos son capaces de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad. Se definen como microorganismos, celulares o no, que tienen la capacidad de reproducirse o transferir material genético. Las vías de entrada son muy diversas, pueden entrar a través del aparato respiratorio, de la piel, de la boca, a través de heridas, etc. Los medios a través de los cuales se propaga en el puesto de trabajo son: agua, aire, suelo, animales, personas, alimentos y materias primas. Es muy importante identificar y evaluar los posibles riesgos que se pueden producir en el puesto de trabajo, como por ejemplo identificar la naturaleza de los agentes biológicos, las enfermedades que se pueden contraer, etc. Será una persona especialista la que se encargará de identificar y evaluar los posibles riesgos mediante una encuesta higiénica. Según los datos que se obtengan se tomarán las medidas preventivas más adecuadas. Medidas Preventivas 90

101 Contaminantes Físicos: El Ruido El ruido es uno de los contaminantes físicos más comunes que se dan en el puesto de trabajo, se produce sobre todo por la mecanización de la industria y por el uso generalizado de los medios de transporte. Lo conveniente es que el control del ruido se realice desde la creación del proyecto de la instalación del local y desde el diseño de la máquina o equipo de trabajo. Lo primero que se debe hacer, antes de adoptar las medidas de control del ruido en el puesto de trabajo, es realizar un estudio de campo de los ruidos que existen en el lugar donde el trabajador va a llevar a cabo su trabajo y también un análisis de focos sonoros, tipos de ruidos, elementos de protección personal, etc. Definimos vibración como el movimiento oscilatorio de las partículas de un cuerpo, este movimiento se realiza respecto a una posición fija y en cualquier medio físico. Una máquina cualquiera que se encuentre en movimiento generará vibraciones y estas pueden ser transmitidas al operario si se encuentra cerca. Otro problema que tienen los trabajadores es que se encuentran expuestos a la transferencia de calor. Una exposición a temperaturas extremas puede dar lugar a daños graves en los trabajadores, por ejemplo, golpes de calor, síncope térmico, hipotermia, congelación, etc. Definimos las radiaciones no ionizantes como aquellas radiaciones que no tienen la energía suficiente para poder producir la ruptura de las moléculas o átomos con los que entra en contacto. Son por ejemplo, las radiaciones ultravioletas, microondas, láser, etc. Las radiaciones ionizantes son las que tienen la energía necesaria para descomponer átomos y moléculas cuando se ponen en contacto con la materia. Estas se presentan con frecuencia en el ámbito laboral, son por ejemplo las partículas alfa, las partículas beta, los neutrones, etc. 91

102 El Ruido Se define el ruido como un sonido que no es deseado. El sonido es una variación de presión que se produce en la atmósfera y que el oído humano es capaz de detectar. Un sonido se origina cuando un objeto recibe un golpe, las moléculas que componen dicho objeto vibrarán y estas vibraciones se transmitirán por el medio dando lugar a unas ondas sonoras. Las ondas a medida que se alejan del foco donde se originan van perdiendo energía o intensidad. Debido a esto oímos menos conforme nos alejamos del origen. La energía o intensidad se mide en decibelios (db) y varía desde 0 hasta 140. Los ruidos a los que estamos expuestos proceden de lugares diferentes: Del hogar: en el hogar los ruidos proceden principalmente de los electrodomésticos, televisión, ascensores, cañerías, etc. Del exterior: el ruido que procede del exterior viene del tráfico que nos rodea, trenes, realización de obras, industrias, etc. De la oficina: el ruido se produce por el uso de ventiladores, fotocopiadoras, etc. De la fábrica: en este caso el ruido procede de las máquinas y equipos de trabajo, ventiladores, carretillas automotoras, etc. Es casi imposible conseguir no verse afectado por el ruido, pero aunque de forma habitual estamos expuestos al ruido no todos los tipos de ruidos son molestos. DAÑOS EN LA SALUD El ruido puede ser el causante de daños fisiológicos y/o psicológicos, además puede producir interferencias en la comunicación. Algunos de los daños que se pueden producir por el ruido son: Que se produzca la ruptura de la membrana del tímpano. Que se origine un desplazamiento temporal o permanente del umbral auditivo. Que se origine hipoacusia. Que se den alteraciones cardiovasculares. Que se produzcan vértigos, náuseas y alteraciones del equilibrio. Que de den alteraciones en el sueño. Que se dificulte la realización de tareas, se da más probabilidad de que ocurra un accidente. Que se produzcan interferencias en las conversaciones. 92

103 La gravedad del daño va a depender de diferentes factores, estos son: Del nivel del ruido. Del tiempo de exposición. Del tipo de ruido. De la edad del trabajador. EVALUACIÓN DE LA EXPOSICIÓN AL RUIDO A la hora de realizar una evaluación de partida sobre el ruido, esta tiene que tener presente: Identificar las fuentes: Las fuentes pueden ser muy diversas, en el ambiente industrial los ruidos proceden de las máquinas, instalaciones, uso de herramientas manuales, etc. Evaluar las fuentes: Se deben llevar a cabo mediciones para conocer la emisión de ruido que procede de las máquinas u operaciones ruidosas, teniendo siempre en cuenta las condiciones normales de trabajo, el material, etc. Determinar el tipo de transmisión. La medida correctora que se aplica es la de aumentar el grosor de la pared que hay entre el taller y las oficinas, pero es nulo el resultado que se consigue. El ruido se transmite a través de la estructura del edificio. La mejor solución sería montar la prensa sobre apoyos elásticos antivibraciones. VARIABLES QUE INTERVIENEN 93

104 Marcar las áreas que son de interés: según los niveles que se obtengan, las personas que se vean afectas y la inversión que sea necesaria se determinarán las prioridades. Evaluar la inmisión en los puestos: se realiza una medición del nivel de presión sonora que llega los lugares donde los trabajadores realizan su actividad. Evaluar la exposición que presentan las personas: se determina el Nivel Equivalente Diario al que están expuestas las personas. Este nivel dependerá de los niveles que se presenten de ruido y de los tiempos de exposición. Determinar medidas correctoras y aplicarlas: las medidas se deben aplicar sobre la fuente, el camino de transmisión o sobre el puesto de trabajo. Verificar los resultados. La norma UNEEN ISO 11690:1997 establece toda esta información. El empresario tiene la obligación de realizar mediciones iniciales y periódicas, implantar medidas de prevención, informar y formar a los trabajadores, etc. Ejemplo de medición del nivel sonoro continuo equivalente del tráfico de vehículos ligeros (Leq): Cuando las medidas superen los Leq 80 db(a) las medidas a tomar son: o o o o o Dar la información y formación adecuada. Tener un control médico inicial. Realizar de forma periódica una evaluación de los puestos existentes. Un control médico periódico mínimo cada cinco años. Dar protección auditiva a los trabajadores que lo pidan. 94

105 Cuando las medidas superen los Leq 85 db(a) las medidas a tomar son: o o o o o Dar tanto la información como la formación adecuada. Tener un control médico inicial. Evaluar de forma periódica los puestos existentes cada tres años. Tener un control médico periódico de cada tres años como mínimo. Dar protección auditiva a todos los trabajadores expuestos al riesgo. Cuando las medidas superen los Leq 90 db(a) las medidas a tomar son: o o o o o o o o Dar información y formación adecuada a los trabajadores. Tener un control médico inicial. Evaluar de forma periódica los puestos existentes cada año. Tener un control médico periódica cada año, como mínimo. Entregar y utilizar la protección personal necesaria. Señalar de forma correcta el área de trabajo, tal y como se establece legalmente. Restringir el acceso. Realizar programas de medidas técnicas y organizativas con el fin de reducir la exposición. MEDICIÓN DEL RUIDO Cuando se va a realizar una medición de ruido tenemos que tener presente varios factores: 1. El número de trabajadores que están expuestos al riesgo. 2. Los parámetros de medida. 3. El equipo de medida utilizado. 4. El tiempo que dura la medición. 5. La situación en la que se va a llevar a cabo la medida teniendo presente: Las máquinas con las que realiza su actividad el trabajador. Las herramientas ruidosas que utiliza. Las operaciones que producen ruidos existentes en el ambiente cercano al puesto de trabajo. 95

106 La pieza o material que se va a elaborar. El uso de los equipos de protección individual. Las instalaciones que hay y las maquinas averiadas o que se encuentran fuera de uso y que producen mayor nivel sonoro. 6. Las horas que el trabajador esta expuesto a los focos de ruidos. 7. Condiciones que presenta el local y la distribución de los diferentes elementos ruidosos existentes. También tenemos que tener presente que: Las mediciones que se realicen tienen que representar las condiciones de exposición, cuando se lleve a cabo la medición hay que tener en cuenta todos los focos y niveles a los que está expuesto el trabajador. Si se producen variaciones significativas en la exposición al ruido dependiendo de una jornada u otra. Lo que se debe realizar es calcular el nivel semanal equivalente. En los puestos de trabajo en los que el poco esté por debajo de 80 dba y 140dB no se realizarán las medidas. Se deben utilizar los instrumentos que vienen especificados en el Real Decreto. Los aparatos deben ser calibrados antes y después de cada medición. Cuando se realice la medición, si no se encuentra presente el trabajador se realizará a la altura del oído, si por el contrario se encuentra presente la medición se llevará a cabo a una distancia de 10 cm de su oído. 96

107 Medidas Preventivas El objetivo principal que se persigue con las técnicas de control del ruido es reducir los niveles a un nivel aceptable. Hay una serie de técnicas de control que se diferencian por el elemento sobre el que actúan: Foco Emisor: Con esta técnica se consigue reducir la emisión de ruido sustituyendo el proceso, la máquina, etc. Medio de Difusión: Con esta técnica lo que se pretende es aumentar la pérdida de transmisión por inserción. Receptor: En este caso lo que se hace es actuar sobre el puesto de trabajo, bien modificando horarios, dando protección, etc. 97

108 Todas estas actuaciones están relacionadas con los principios generales de lucha contra el ruido, estos son: Eliminar el peligro. Aislar el peligro. Proteger al personal. Valores Límite de Exposición y Valores de Exposición que dan Lugar a una Acción Según el art. 5 del REAL DECRETO 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido, los valores límites y de exposición: 1. Los valores límite de exposición y los valores de exposición que dan lugar a una acción, referidos a los niveles de exposición diaria y a los niveles de pico, se fijan en: a. Valores límite de exposición: L Aeq,d = 87 db(a) y L pico = 140 db(c), respectivamente; b. Valores superiores de exposición que dan lugar a una acción: L Aeq,d = 85 db(a) y L pico = 137 db(c), respectivamente; c. Valores inferiores de exposición que dan lugar a una acción: L Aeq,d = 80 db(a) y L pico = 135 db(c), respectivamente. 2. Al aplicar los valores límite de exposición, en la determinación de la exposición real del trabajador al ruido, se tendrá en cuenta la atenuación que procuran los protectores auditivos individuales utilizados por los trabajadores. Para los valores de exposición que dan lugar a una acción no se tendrán en cuenta los efectos producidos por dichos protectores. 3. En circunstancias debidamente justificadas y siempre que conste de forma explícita en la evaluación de riesgos, para las actividades en las que la exposición diaria al ruido varíe considerablemente de una jornada laboral a otra, a efectos de la aplicación de los valores límite y de los valores de exposición que dan lugar a una acción, podrá utilizarse el nivel de exposición semanal al ruido en lugar del nivel de exposición diaria al ruido para evaluar los niveles de ruido a los que los trabajadores están expuestos, a condición de que: a. El nivel de exposición semanal al ruido, obtenido mediante un control apropiado, no sea superior al valor límite de exposición de 87 db(a). b. Se adopten medidas adecuadas para reducir al mínimo el riesgo asociado a dichas actividades. 98

109 Contaminantes Físicos: Las Vibraciones Las vibraciones son un problema al que es difícil dar solución, son muchas las técnicas que han sido utilizadas para poder reducir dichas vibraciones y así poder reducir el ruido. Últimamente se está estudiando como se ven afectadas las personas por las vibraciones, dichos efectos van desde la falta de confort a la fatiga, incluso se pueden llegar a producir patologías. Las fuentes de vibraciones son muy diversas, dependen de la frecuencia con la que se emitan y de la parte del cuerpo que se vea afectada, de las características del daño que puede llegar a producir. Podemos diferenciar entre las vibraciones que afectan a todo el cuerpo y las que afectan a la mano y brazo. Vibraciones Transmitidas a la Mano y el Brazo Las herramientas que son motorizadas y se tienen que sujetar o dirigir de forma manual son las que producen y transmiten las vibraciones a la mano y brazo. Se puede hacer una clasificación de las vibraciones teniendo en cuenta el tipo de movimiento que producen: Rotativas: Estas herramientas originan un movimiento rotativo simple, dicho movimiento tiene como objetivo quitar las partículas del material de la pieza con la que se va a trabajar. Alternativas: En este caso el motor tiene un movimiento rotativo que se transforma en un movimiento alternativo de traslación. Percutoras: El movimiento que se produce es generado por el aire comprimido. Roto-percutoras: El motor rotativo es el que genera a la herramienta un movimiento rotativo y además una percusión periódica. 99

110 Vibraciones Transmitidas al Cuerpo Entero Las vibraciones que se transmiten a todo el cuerpo son originadas normalmente por vehículos industriales o de obras públicas a los trabajadores encargados de conducirlas. Otra forma de transmisión es por el suelo, desde las máquinas con gran potencia, como pueden ser por ejemplo las cizallas. Los factores que debemos tener presentes en la transmisión de las vibraciones desde el vehículo al trabajador son: En que estado se encuentra el terreno por el que circulará el vehículo. En que estado se encuentran las ruedas del vehículo. La velocidad y el motor del vehículo. Las condiciones en las que está el asiento del vehículo y si tiene algún dispositivo antivibración. Afectaciones a la Salud Al ponerse en contacto un cuerpo con una superficie en vibración la onde vibratoria se desplaza al resto del cuerpo, en este caso estaríamos hablando de una vibración de tipo localizado. Algunas veces se puede ver afectado todo el cuerpo a la vez, hablaríamos de una vibración de tipo generalizado. Una misma vibración no origina siempre la misma respuesta en un cuerpo, dependerá tanto de características extrínsecas como intrínsecas de dicho cuerpo. Dependiendo de la frecuencia con la que se produzcan las vibraciones se podrán originar diferentes trastornos: Cuando la frecuencia es muy baja (<1,5 Hz) pueden aparecer mareos. Cuando la frecuencia es baja (1,5-16 Hz) se pueden producir lesiones en el tejido conjuntivo de los intestinos. Cuando la frecuencia es media (3-6 Hz) pueden producirse trastornos en la visión. Cuando la frecuencia es alta (> 16 Hz) pueden llegar a producirse efectos locales o generalizados. Cuando se produce una exposición generalizada de todo el cuerpo pueden llegar a producirse lesiones nerviosas con pérdida de sensibilidad en las piernas. 100

111 Cómo ya hemos indicado anteriormente se puede diferenciar entre los daños producidos en el cuerpo entero y los daños producidos en la mano y brazo: CUERPO ENTERO Trastornos circulatorios Trastornos digestivos Hernias discales Enfermedad de los transportes MANO-BRAZO Síndrome de Reynaud Fenómeno del dedo muerto Cambios de tipo neuromusculares Degeneración de las articulaciones del codo Las variables que intervienen en las vibraciones son: El frío. Ruido. La adaptación del puesto, como por ejemplo la iluminación, dimensionado o carga muscular. El tiempo que dure el trabajo. Los factores individuales de cada trabajador, como por ejemplo la edad, si es fumador, la fuerza muscular, etc. Las características físicas de la maquinaria. La naturaleza de la tarea y el modo en que se utilicen los útiles. Trastornos patológicos: Enfermedades profesionales. Contaminantes Físicos: Riesgos de las Vibraciones Evaluación de Riesgos Para llevar a cabo de forma adecuada la evaluación de la exposición a vibraciones es muy importante describir el tipo de tarea que se va a realizar, los equipos de trabajo que se van a utilizar y los lugares de trabajo y tiempos empleados. Cuando se va a realizar una determinación hay que tener presentes y anotar la descripción del equipo vibrante, anotaremos todos los datos del vehículo o herramienta vibrante. Además tenemos que describir la tarea, en este caso tendremos que tomar datos acerca de la pieza o material sobre el que vamos a trabajar, los métodos y posturas adoptadas, la carga muscular que es necesario emplear y el tiempo que dura la actividad. 101

112 Cuando la vibración afecta a la mano y brazo es muy importante que se tomen datos acerca del ambiente térmico, ya que el frío favorece la aparición de síntomas. Por el contrario, cuando las vibraciones afectan a todo el cuerpo, por la utilización de un vehículo, hay que tomar datos sobre las ruedas, las vías de circulación y el asiento. Cuando las tareas son discontinuas o cuando el nivel varia es muy importante tener muy presente el tiempo de duración. Para poder reducir el riesgo la estrategia a seguir es: Reducir el tiempo de exposición. Reducir la transmisión. Eliminar el riesgo si se puede o reducirlo en la medida de lo posible. REDUCCIÓN DEL RIESGO POR MODIFICACIÓN DE DIFERENTES FACTORES TAREA En este caso para poder reducir el riesgo debemos revisar lo siguiente: La postura que tenga el trabajador debe ser la de menor carga física. No se deben realizar movimientos rápidos y repetitivos. Reducir todo lo posible las fuerzas de contacto entre el operario y la herramienta. PRODUCTO En relación al producto hay que revisar desde la fase de diseño de dicho producto hasta la necesidad de utilización de útiles vibrátiles. PROCESO Para controlar las vibraciones de la mano-brazo existen tres vías: Realizar medidas técnicas para poder reducir las emisiones o de amortiguación de las mismas. Realizar medidas organizativas, bien de sustitución o bien de modificación de procesos o productos, como por ejemplo que los trabajadores roten. Realizar controles médicos, tener un control sobre la salud es muy importante en algunos casos de exposición a vibraciones. 102

113 EQUIPOS DE TRABAJO Cuando se va a comprar una máquina o herramienta que produce vibraciones, previamente se deben exigir y comprobar la documentación del fabricante. En muchas ocasiones se pueden adaptar sistemas antivibración a las máquinas, pero siempre tenemos que asegurarnos de que estas medidas no aumenten la transmisión. PROTECCIÓN INDIVIDUAL Es muy importante utilizar una protección individual adecuada. Se ha demostrado que los guantes no reducen de forma significativa la transmisión de vibraciones, incluso en ocasiones la aumentan. REDUCCIÓN DEL PERIODO DE EXPOSICIÓN En los casos en los que no se consigue reducir el nivel de vibraciones que llega hasta los trabajadores lo que se debe hacer es reducir el tiempo de exposición a dichas vibraciones. Cuando se quiere conservar el nivel de producción se contratan más trabajadores para el mismo puesto, el inconveniente que presenta esta medida es que están expuestas más personar al riesgo. Contaminantes Físicos: Exposición a Vibraciones Mecánicas Exposición a Vibraciones Mecánicas Se encuentra recogido en el Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. ARTÍCULO 3. VALORES LÍMITE DE EXPOSICIÓN Y VALORES DE EXPOSICIÓN QUE DAN LUGAR A UNA ACCIÓN 1. Para la vibración transmitida al sistema manobrazo: a. El valor límite de exposición diaria normalizado para un período de referencia de ocho horas se fija en 5 m/s 2. b. El valor de exposición diaria normalizado para un período de referencia de ocho horas que da lugar a una acción se fija en 2,5 m/s Para la vibración transmitida al cuerpo entero: a. El valor límite de exposición diaria normalizado para un período de referencia de ocho horas se fija en 1,15 m/s 2. b. El valor de exposición diaria normalizado para un período de referencia de ocho horas que da lugar a una acción se fija en 0,5 m/s

114 3. Cuando la exposición de los trabajadores a las vibraciones mecánicas sea deforma habitual inferior a los valores de exposición diaria establecidos en el apartado 1.b) y en el apartado 2.b), pero varíe sustancialmente de un período de trabajo al siguiente y pueda sobrepasar ocasionalmente el valor límite correspondiente, el cálculo del valor medio de exposición a las vibraciones podrá hacerse sobre la base de un período de referencia de 40 horas, en lugar de ocho horas, siempre que pueda justificarse que los riesgos resultantes del régimen de exposición al que está sometido el trabajador son inferiores a los que resultarían de la exposición al valor límite de exposición diaria. Dicha circunstancia deberá razonarse por el empresario, ser previamente consultada con los trabajadores y/o sus representantes, constar de forma fehaciente en la evaluación de riesgos laborales y comunicarse a la autoridad laboral mediante el envío a esta de la parte de la evaluación de riesgos donde se justifica la excepción, para que esta pueda comprobar que se dan las condiciones motivadoras de la utilización de este procedimiento. ARTÍCULO 4. DETERMINACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS 1. El empresario deberá realizar una evaluación y, en caso necesario, la medición de los niveles de vibraciones mecánicas a que estén expuestos los trabajadores, en el marco de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y en la sección 1. a del capítulo II del Reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. 2. Para evaluar el nivel de exposición a la vibración mecánica, podrá recurrirse a la observación de los métodos de trabajo concretos y remitirse a la información apropiada sobre la magnitud probable de la vibración del equipo o del tipo de equipo utilizado en las condiciones concretas de utilización, incluida la información facilitada por el fabricante. Esta operación es diferente de la medición, que precisa del uso de aparatos específicos y de una metodología adecuada. El empresario deberá justificar, en su caso, que la naturaleza y el alcance de los riesgos relacionados con las vibraciones mecánicas hacen innecesaria una evaluación más detallada de estos. 3. La evaluación y la medición mencionadas en el apartado 1 se programarán y efectuarán a intervalos establecidos de conformidad con el artículo 6.2 del Reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y serán realizadas por personal que cuente con la titulación superior en prevención de riesgos laborales con la especialidad de higiene industrial, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 36 y 37 de dicho reglamento y en su capítulo III, en cuanto a la organización de recursos para el desarrollo de actividades preventivas. La evaluación de los riesgos deberá mantenerse actualizada y se revisará de acuerdo con lo indicado en el artículo 6.1 del Reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. 104

115 Los datos obtenidos de la evaluación y/o de la medición del nivel de exposición a las vibraciones mecánicas se conservarán de manera que permita su consulta posterior. La documentación de la evaluación se ajustará a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de 31/1995, de 8 de noviembre, y en el artículo 7 del Reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. 4. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, el empresario, al evaluar los riesgos, concederá particular atención a los siguientes aspectos: a. El nivel, el tipo y la duración de la exposición, incluida toda exposición a vibraciones intermitentes o a sacudidas repetidas. b. Los valores límite de exposición y los valores de exposición que dan lugar a una acción previstos en el artículo 3. c. Todos los efectos que guarden relación con la salud y la seguridad de los trabajadores especialmente sensibles expuestos al riesgo, incluidas las trabajadoras embarazadas. d. Todos los efectos indirectos para la seguridad de los trabajadores derivados de la interacción entre las vibraciones mecánicas y el lugar de trabajo u otro equipo de trabajo. e. La información facilitada por los fabricantes del equipo de trabajo con arreglo a lo dispuesto en la normativa que regula la seguridad en la comercialización de dichos equipos. f. La existencia de equipos sustitutivos concebidos para reducir los niveles de exposición a las vibraciones mecánicas. g. La prolongación de la exposición alas vibraciones transmitidas al cuerpo entero después del horario de trabajo, bajo responsabilidad del empresario. h. Condiciones de trabajo específicas, tales como trabajar a temperaturas bajas. i. La información apropiada derivada de la vigilancia de la salud de los trabajadores incluida la información científico-técnica publicada, en la medida en que sea posible. 5. En función de los resultados de la evaluación, el empresario deberá determinar las medidas que deban adoptarse con arreglo a los artículos 5 y 6 de este Real Decreto, y planificará su ejecución de acuerdo con lo establecido en la sección 2. a del capítulo II del Reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. 105

116 ARTÍCULO 5. DISPOSICIONES ENCAMINADAS A EVITAR O A REDUCIR LA EXPOSICIÓN 1. Teniendo en cuenta los avances técnicos y la disponibilidad de medidas de control del riesgo en su origen, los riesgos derivados de la exposición a vibraciones mecánicas deberán eliminarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible. La reducción de estos riesgos se basará en los principios de la acción preventiva establecidos en el artículo 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre. 2. Sobre la base de la evaluación de los riesgos mencionada en el artículo 4, cuando se rebasen los valores establecidos en el apartado 1.b) y en el apartado 2.b) del artículo 3, el empresario establecerá y ejecutará un programa de medidas técnicas y/o de organización destinado a reducir al mínimo la exposición a las vibraciones mecánicas y los riesgos que se derivan de ésta, tomando en consideración, especialmente: a. Otros métodos de trabajo que reduzcan la necesidad de exponerse a vibraciones mecánicas. b. La elección del equipo de trabajo adecuado, bien diseñado desde el punto de vista ergonómico y generador del menor nivel de vibraciones posible, habida cuenta del trabajo al que está destinado. c. El suministro de equipo auxiliar que reduzca los riesgos de lesión por vibraciones, por ejemplo, asientos, amortiguadores u otros sistemas que atenúen eficazmente las vibraciones transmitidas al cuerpo entero y asas, mangos o cubiertas que reduzcan las vibraciones transmitidas al sistema mano-brazo. d. Programas apropiados de mantenimiento de los equipos de trabajo, del lugar de trabajo y de los puestos de trabajo. e. La concepción y disposición de los lugares y puestos de trabajo. f. La información y formación adecuadas a los trabajadores sobre el manejo correcto y en forma segura del equipo de trabajo, para así reducir al mínimo la exposición a vibraciones mecánicas. g. La limitación de la duración e intensidad de la exposición. h. Una ordenación adecuada del tiempo de trabajo. i. La aplicación de las medidas necesarias para proteger del frío y de la humedad a los trabajadores expuestos, incluyendo el suministro de ropa adecuada. 3. Los trabajadores no deberán estar expuestos en ningún caso a valores superiores al valor límite de exposición. Si, a pesar de las medidas adoptadas por el empresario en aplicación de lo dispuesto en este Real Decreto, se superase el valor límite de exposición, el empresario tomará de inmediato medidas para reducir la exposición a niveles inferiores a dicho valor límite. Asimismo, determinará las causas por las que se ha superado el valor límite de exposición y modificará, en consecuencia, las medidas de protección y prevención, para evitar que se vuelva a sobrepasar. 106

117 4. Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación en los sectores de la navegación marítima y aérea en lo que respecta a las vibraciones transmitidas al cuerpo entero, cuando, teniendo en cuenta el estado actual de la técnica y las características específicas del lugar de trabajo, no sea posible respetar el valor límite de exposición pese a la puesta en práctica de medidas técnicas y/o de organización. El uso de esta excepción sólo podrá hacerse en circunstancias debidamente justificadas y respetando los principios generales de la protección de la salud y seguridad de los trabajadores. Para ello el empresario deberá contar con las condiciones que garanticen, teniendo en cuenta las circunstancias particulares, la reducción a un mínimo de los riesgos derivados de ellas, y siempre que se ofrezca a los trabajadores afectados el refuerzo de la vigilancia de su salud especificado en el último párrafo del artículo 8.1. La utilización de esta excepción deberá razonarse por el empresario, ser previamente consultada con los trabajadores y/o sus representantes, constar de forma explícita en la evaluación de riesgos laborales y comunicarse a la autoridad laboral mediante el envío a esta de la parte de la evaluación de riesgos donde se justifica la excepción, para que esta pueda comprobar que se dan las condiciones motivadoras de la utilización de la excepción. 5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, el empresario adaptará las medidas mencionadas en este artículo a las necesidades de los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. Contaminantes Físicos: La Temperatura El cuerpo consume energía que entre otras cosas utiliza para mantener la temperatura interior constante a unos 37ºC. El cuerpo humano se relaciona de forma térmica con su entorno, cuando se produce una elevación de la temperatura en el ambiente también se produce un aumento de la temperatura interna del cuerpo. Esto se produce porque cuando disminuye la diferencia de calor entre el ambiente y la superficie de la piel también disminuye la disipación de calor. Si continua aumentando la temperatura en el ambiente se produce la fatiga térmica pero puede llegar a provocar inconfortabilidad, malestar e incluso la muerte si se superan los 41ºC durante un tiempo determinado. Si por el contrario, lo que ocurre es que baja la temperatura del ambiente, el organismo comienza a generar calor mediante la tiritona, actividad física que es involuntaria. Si esto no es suficiente, continua disminuyendo la temperatura interna y puede llegar a producirse la muerte si se mantiene por debajo de los 28ºC. Tanto la carga metabólica como la vestimenta, temperatura seca, relativa y radiante así como la velocidad del aire afectan a los intercambios térmicos que se producen. 107

118 Estimación del Estrés Térmico: Índice WBGT (UNE EN 27243:1995) El equilibrio térmico del organismo depende de dos factores: La producción interna de calor. Los parámetros ambientales. Cuando el calor generado por el cuerpo no puede disiparse aumenta la temperatura corporal, se produce un estés térmico por calor. En la Evaluación del Estrés Térmico se utiliza el Índice WBGT, dicho índice se utiliza para exposiciones largas, no para exposiciones que sean de pocos minutos. Tampoco se utiliza en ambientes calurosos que estén próximos a las zonas de confort. Para poder utilizar este índice es necesario conocer tres parámetros físicos ambientales y la carga metabólica (M) que corresponde a la actividad metabólica. Los parámetros físicos son: Ta= Representa la temperatura seca o del aire. Th= Representa la temperatura húmeda natural. Tg= Representa la temperatura de globo. El índice WBGT se calcula: o En los casos en los que hay ausencia de carga solar: W.B.G.T= 0,7Th + 0,3Tg. o En exteriores, con carga solar: W.B.G.T= 0,7Th + 0,2Tg + 0,1Ta. El resultado se compara con los valores de referencia, en ocasiones es necesario: Llevar a cabo modificaciones de las condiciones del puesto por métodos apropiados, bien realizando mejoras en las condiciones o bien realizando una reducción de la exposición. Aplicar métodos más precisos de medición. Los valores que tomamos de referencias son aquellos que no producen daños a las personas, no son nocivos para la salud. CARGA DE TRABAJO Régimen de trabajo-descanso. Ligera Moderada Pesada Trabajo continuo. 30,0 26,7 25,0 75% trabajo 25% descanso (cada hora). 30,6 28,0 25,9 75% trabajo 25% descanso (cada hora). 31,4 29,4 27,9 75% trabajo 25% descanso (cada hora). 32,2 31,1 30,3 108

119 Medidas Preventivas Las principales medidas que se toman para controlar los riesgos de estrés térmico se basan en reducir la fuente de calor, actúan sobre el origen. En los casos en los que la fuente de calor no se puede eliminar o reducir se necesita tener una buena ventilación o crear un microclima alrededor de los puestos de trabajo. También se pueden utilizar equipos de protección personal. Debemos saber que el cuerpo humano no consigue aclimatarse hasta que no pasan 15 días, por eso cuando el personal está a turnos, en periodos de vacaciones o ausencias prolongadas pueden sufrir efectos causados par el calor. Los trabajadores que se vean afectados es conveniente que lleven a cabo una serie de medidas: Que beban agua fresca, sobre 12 o C, y que la cantidad sea menos de 1/4 de litro cada vez. Que controlen la ingestión de alimentos grasos, así como de café y alcohol. Para sujetos que no se han aclimatado es necesario que tomen cantidades moderadas de sal, ya que en la sudoración se pierde sal. Modificación del Puesto Se pueden llevar a cabo modificaciones en el puesto de trabajo para evitar el estrés térmico, como por ejemplo que la instalación de los focos de calor se realice en el exterior del edificio o en los talleres en los que no se encuentre personal. También se pueden sustituir los equipos o procesos por otros más adecuados, así como realizar una automatización parcial o completa del puesto de trabajo. Es conveniente reducir la carga física y el tiempo de exposición, bien aumentando el tiempo de descanso o bien rotando los puestos en tiempos cortos. Además en muchas ocasiones se instalan cabinas climatizadas para el operario y corrientes de aire sobre éste, la velocidad del aire tiene que estar controlada. Medidas de Protección en Equipos y Locales Se pueden llevar a cabo una serie de medidas de protección tanto en los equipos como en los locales. Los equipos deben estar separados una distancia determinada y además es mejor que estén encerrados. Además es importante que se realice una evacuación del calor, bien a través de una extracción o bien con una ventilación correcta. Otras medidas que se pueden tomar son utilizar pantallas reflectantes, absorbentes, filtrantes o de riego, así como aumentar la velocidad del aire o controlar su humedad. 109

120 El Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, en su Anexo III especifica las condiciones ambientales en los lugares de trabajo. Estas son: 1. La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. 2. Asimismo, y en la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores. A tal efecto, deberán evitarse las temperaturas y las humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura, las corrientes de aire molestas, los olores desagradables, la irradiación excesiva y, en particular, la radiación solar a través de ventanas, luces o tabiques acristalados. 3. En los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse, en particular, las siguientes condiciones: a. La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27 C. La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25 C. b. La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70 %, excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática en los que el límite inferior será el 50 %. c. Los trabajadores no deberán estar expuestos de forma frecuente o continuada a corrientes de aire cuya velocidad exceda los siguientes límites: 1. Trabajos en ambientes no calurosos: 0,25 m/s. 2. Trabajos sedentarios en ambientes calurosos: 0,5 m/s. 3. Trabajos no sedentarios en ambientes calurosos: 0,75 m/s. Estos límites no se aplicarán a las corrientes de aire expresamente utilizadas para evitar el estrés en exposiciones intensas al calor, ni a las corrientes de aire acondicionado, para las que el límite será de 0,25 m/s en el caso de trabajos sedentarios y 0,35 m/s en los demás casos. d. Sin perjuicio de lo dispuesto en relación a la ventilación de determinados locales en el Real Decreto 1618/1980, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, la renovación mínima del aire de los locales de trabajo, será de 30 metros cúbicos de aire limpio por hora y trabajador, en el caso de trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados por humo de tabaco y de 50 metros cúbicos, en los casos restantes, a fin de evitar el ambiente viciado y los olores desagradables. 110

121 El sistema de ventilación empleado y, en particular, la distribución de las entradas de aire limpio y salidas de aire viciado, deberán asegurar una efectiva renovación del aire del local de trabajo. 4. A efectos de la aplicación de lo establecido en el apartado anterior deberán tenerse en cuenta las limitaciones o condicionantes que puedan imponer, en cada caso, las características particulares del propio lugar de trabajo, de los procesos u operaciones que se desarrollen en él y del clima de la zona en la que esté ubicado. En cualquier caso, el aislamiento térmico de los locales cerrados debe adecuarse a las condiciones climáticas propias del lugar. 5. En los lugares de trabajo al aire libre y en los locales de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo. 6. Las condiciones ambientales de los locales de descanso, de los locales para el personal de guardia, de los servicios higiénicos, de los comedores y de los locales de primeros auxilios deberán responder al uso específico de estos locales y ajustarse, en todo caso, a lo dispuesto en el apartado 3. TEMPERATURA HUMEDAD Máxima Mínima % Hr Máxima % Hr Mínima Trabajos sedentarios 27ºC 17ºC Locales en general 70% 30% Locales con Trabajos ligeros 25ºC 14ºC riesgo por electricidad - 50% eléctrica CORRIENTES DE AIRE RENOVACIONES DE AIRE Trabajos Trabajos no Trabajos Ambientes no calurosos sedentarios sedentarios 0,25 m/s 0,25 m/s sedentarios no calurosos ni contaminados por humo 30 m³/h Ambientes calurosos Condiciones especiales 0,50 m/s 0,75 m/s 0,25 m/s 0,35 m/s Resto 50 m³/h 111

122 Radiaciones Ionizantes Las radiaciones ionizantes son las que cuando se ponen en contacto con la materia son capaces de generar la energía necesaria para poder descomponer los átomos y moléculas. En los lugares de trabajo se pueden presentar tanto rayos X, como rayos gamma, partículas alfa y beta, así como neutrones. Se tendrán en cuenta tres criterios a la hora de establecer las medidas para poder prevenir los posibles efectos por las radiaciones: Justificación: siempre hay que justificar por qué se utiliza tecnología radiactiva y no la de tipo convencional. Hay que demostrar que los beneficios obtenidos compensan el riesgo. Optimización: se debe obtener el mayor provecho posible para que los tiempos de exposición no sean altos. Limitación de la exposición: los niveles que se consigan en el funcionamiento de las instalaciones tienen que estar dentro de los límites legales que se establezcan. Las medidas preventivas que se pueden realizar son: Instalación de un sistema de ventilación continua de aire. Protección a la exposición a través de la utilización de una ropa especial. Limpieza personal muy estricta. Vigilancia y control de forma permanente de los niveles de exposición. Que los trabajadores tengan información sobre los riesgos que corren en su puesto de trabajo y las medidas preventivas que pueden llevar a cabo para evitarlos. Realización de un reconocimiento periódico (como mínimo cada seis meses) a los trabajadores que presentan peligro de radiación. Radiaciones No Ionizantes Las radiaciones no ionizantes no presentan mucha penetración y actúan sobretodo sobre la piel y los ojos. Las principales medidas preventivas son las de reducir el tiempo de exposición y la cantidad y aumentar el uso de equipos de los ojos y de la piel. 112

123 Radiación Microonda y Radiofrecuencia Principalmente se produce a causa de la electricidad atmosférica, tiene una intensidad muy baja. La exposición a estos tipos de radiación es un factor ambiental muy creciente y presenta fuentes muy variadas. Se realiza una clasificación que diferencia entre emisores deliberados y fuentes de radiación incidental. Emisores deliberados: serían por ejemplo las estaciones de radio y televisión, sistemas de radiocomunicación, etc. Fuentes de radiación incidental: Serían por ejemplo los hornos microondas, equipos utilizados en la esterilización, etc. Radiación Ultravioleta En el puesto de trabajo estas radiaciones se producen por ejemplo por lámparas germicidas, de fototerapia, fotocopiadoras, etc. Los efectos biológicos que pueden llegar a producir son de tipo térmico con irritaciones en la piel y los ojos. La prevención esta dirigida hacia el trabajador, debe utilizar un vestuario adecuado que de protección a su piel, cara y ojos. Cuando realice operaciones de soldadura debe hacerlo en lugares compartimentados o con cortinas que sean resistentes al fuego. Radiación Infrarroja Este tipo de radiación procede de los objetos calientes que se dan en los procesos industriales como pueden ser hornos de secado, de fusión, etc. El sol es la fuente principal de radiación infrarroja. Dichas radiaciones pueden ser reflejadas, absorbidas o transmitidas por el organismo humano. Algunas medidas de tipo preventivo que se pueden llevar a cabo son: Instalar pantallas absorbentes, cortinas de agua u otros dispositivos, lo más cerca posible de la fuente para poder disminuir o anular el riesgo. Facilitar protección ocular, casquete con visera o máscara, ropas ligeras y resistentes al calor, manoplas y calzado adecuado para soportar el calor. Se aumentará la iluminación para compensar la perdida por la utilización de gafas. La iluminación es muy importante, influye en la seguridad y salud de los trabajadores, una iluminación inadecuada puede dar lugar a la existencia de accidentes, así como a una carga visual y fatiga. 113

124 LO QUE HEMOS APRENDIDO Los factores de riesgo higiénicos son los contaminantes que encontramos en el ambiente donde están los trabajadores realizando su actividad. La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras. El efecto principal que tienen los contaminantes químicos es la toxicidad, afecta a la salud, puede conseguir alterar tanto la estructura de las células como su función. Hay dos tipos de ventilación: Localizada y General. Los problemas relacionados con los agentes biológicos son cada vez más comunes, dichos agentes son microorganismos que actúan sobre el organismo y producen enfermedades. Son por ejemplo bacterias, protozoos, hongos, virus, etc. Lo primero que se debe hacer, antes de adoptar las medidas de control del ruido en el puesto de trabajo, es realizar un estudio de campo de los ruidos que existen en el lugar donde el trabajador va a llevar a cabo su trabajo y también un análisis de focos sonoros, tipos de ruidos, elementos de protección personal, etc. Definimos vibración como el movimiento oscilatorio de las partículas de un cuerpo, este movimiento se realiza respecto a una posición fija y en cualquier medio físico. Deberán evitarse las temperaturas y las humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura, las corrientes de aire molestas, los olores desagradables, la irradiación excesiva y, en particular, la radiación solar a través de ventanas, luces o tabiques acristalados. La iluminación es muy importante, influye en la seguridad y salud de los trabajadores, una iluminación inadecuada puede dar lugar a la existencia de accidentes, así como a una carga visual y fatiga. 114

125 ANOTACIONES 115

126 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. Existen varios tipos de contaminantes: Químicos, Aéreos, Físicos. Químicos, Biológicos, Físicos. Químicos, Marítimos, Físicos. 2. Los contaminantes químicos pueden penetrar en el organismo por vía Parenteral: Verdadero. Falso. 3. Los tipos de ventilación son: Localizada y cerrada. General y cerrada. Localizada y general. 4. La temperatura es un contaminante? Químico. Biológico. Físico. 5. En cuántas clase podemos dividir las vibraciones: En tres. En dos. En cuatro. 6. El ruido es: Una serie de sonidos en menos de 5 segundos desagradables. Un sonido no deseado. Un sonido agradable pero muy alto. 116

127 Prevención de Riesgos Laborales Carga de Trabajo Carga de Trabajo Insatisfacción Laboral Objetivos: Identificar los factores influyentes en el esfuerzo diario de nuestro trabajo para valorar las consecuencias del mismo sobre nuestro estado físico y mental. tema 5 117

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129 Carga de Trabajo La carga de trabajo es el conjunto de requerimientos a los que se ve sometida la persona a lo largo de su jornada laboral. Estos requerimientos pueden ser de tipo físico y/o mental. Históricamente, el trabajo implicaba la realización de trabajos con altas exigencias físicas, pero actualmente a raíz de la mecanización y automatización de los sistemas de trabajo, las exigencias físicas han disminuido siendo cada vez más frecuentes los puestos de trabajo con mayores exigencias psicológicas. La Ergonomía y Psicosociología Aplicada es la técnica preventiva cuyo objetivo es el de ajustar estos requerimientos físicos y/o psicológicos del trabajo a las capacidades, limitaciones y necesidades de la persona, evitando los riesgos para la salud que puede sufrir el trabajador si no se da este ajuste. A continuación vamos a ver los riesgos derivados de la carga física y mental de trabajo, así como algunas pautas preventivas. Carga Física Las exigencias físicas del puesto de trabajo suponen una serie de esfuerzos por parte del trabajador que requiere un consumo de energía tanto mayor cuanto mayor sea el esfuerzo solicitado, a este consumo de energía se le denomina metabolismo de trabajo. La capacidad física para poder llevar a cabo un trabajo va a depender de diferentes factores, estos son por ejemplo el sexo, la edad, condición física, alimentación, etc. Cuando hay una carga de trabajo excesiva se produce la fatiga. La fatiga es la disminución física del individuo después de haber realizado un trabajo durante un tiempo determinado. Cuando el trabajador se encuentra cansado disminuye el ritmo de trabajo, los movimientos son más inseguros, se siente malestar e insatisfacción y por lo tanto se produce una disminución del rendimiento tanto en cantidad como en calidad. Cuando las exigencias físicas de trabajo sobrepasan la capacidad de la persona, puede llevar a ésta a una situación de fatiga muscular. Si esta situación se mantiene en el tiempo, la fatiga no sólo puede tener efecto sobre los músculos implicados directamente en la ejecución del trabajo, sino que puede pasar de un deterioro pasajero de la capacidad de trabajo de ciertas partes del cuerpo y que es fácilmente reversible a través del descanso, a una fatiga crónica o patológica con graves repercusiones de carácter general sobre el cuerpo humano, y difícilmente reversible, que puede dar lugar a toda una serie de trastornos de tipo musculoesquelético. 119

130 Cada vez se dan con más frecuencia los trastornos crónicos de tipo musculoesqueléticos, estos trastornos se producen al realizar de forma repetida o prolongada un mismo movimiento o postura a la hora de realizar alguna actividad. La existencia de dichos trastornos es mayor cuando las situaciones que se producen requieren de la aplicación de fuerza interna. Es más propio hablar de conjunto de síndromes producidos por distintos tipos de trabajo ya que tanto los síntomas cono las causas que originan estos trastornos son muy variados. Normalmente al realizar un descanso se nota mejoría en el dolor pero se va produciendo la acumulación del daño con el tiempo expuesto en el trabajo. Los trastornos musculoesqueléticos principalmente afectan a dos partes del cuerpo: La columna vertebral: los trastornos producidos en esta zona son debidos normalmente a posturas forzadas y a la manipulación de forma manual de cargas. Miembros superiores y hombro: los trastornos de estas zonas se deben a traumatismos pequeños y repetidos, se producen como consecuencia de la automatización de los procesos productivos, estos conducen a un aumento de los ritmos de trabajo y se ve aumentado la fuerza a ejercer por manos, muñecas y hombros, también se aumenta el mantenimiento de posturas en el tiempo. POSTURAS La postura es la posición relativa que adoptan los segmentos corporales o la posición del cuerpo en su conjunto. Se considera que es una postura inadecuada de trabajo cuando se mantengan posiciones fijas o restringidas del cuerpo, aquellas que sobrecargan músculos y tendones, las que cargan las articulaciones de forma asimétrica y aquellas que ocasiones una importante carga muscular estática. MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS Conocemos como manipulación manual de cargas todas aquellas operaciones, llevadas a cabo por uno o varios trabajadores, de transporte o sujeción de una carga. Algunos ejemplos serían: levantamiento, colocación, empuje, desplazamiento o tracción. Estas si presentan características o condiciones ergonómicas inadecuadas pueden producir un riesgo para el trabajador, sobre todo dorsolumbar. La probabilidad de padecer un daño es mayor conforme aumenta el número de factores de riesgo como: peso de la carga, desplazamiento vertical, posición de la carga respecto al cuerpo, características de la carga, ritmo, iluminación, etc. MOVIMIENTOS REPETIDOS Se denominan microtraumatismos repetidos a los pequeños traumas ocasionados por tareas que exigen movimientos repetidos, se acumulan gradualmente y se manifiestan de forma global al cabo del tiempo, quedando dañados estructuras osteomusculares que disminuyen o merman sus cualidades mecánicas y funcionales. 120

131 PREVENCIÓN DE RIESGOS ASOCIADOS A LA CARGA FÍSICA Realizar un diseño ergonómico del puesto de trabajo para evitar posturas forzadas. Evitar mantener una misma postura en el tiempo. Ir alternando las posiciones de pie y sentado en todo lo que sea posible. Evitar posturas en las que el cuerpo o cualquier parte del cuerpo este forzada, sobre todo la flexión, hiperextensión y torsión del tronco, la asimetría y la posición de los brazos por encima de los hombros. Organizar el trabajo de forma que se realicen tareas variadas y con contenido. Formación sobre higiene postural. Mantenimiento adecuado de las herramientas de trabajo. Pausas y micropausas. RECOMENDACIONES En cuanto al levantamiento de cargas seguir una serie de recomendaciones: Siempre que sea posible se deberán utilizar ayudas mecánicas. Observar la carga prestando especial atención a su forma, tamaño, zonas de agarre, etc. Preveer la ruta de transporte que se va a seguir y el punto final de destino, así podremos quitar todos los materiales que dificulten nuestro paso. Utilizar ropa, calzado y equipos adecuados a cada situación. Separar los pies, así se proporciona una postura más estable y equilibrada. Doblar las piernas para poder mantener la espalda recta, mantener el mentón metido y no se debe flexionar demasiado las rodillas. No girar el tronco. Sujetar de forma firme la carga con las dos manos y tenerla pegada al cuerpo. Levantar la carga de forma suave manteniendo la espalda derecha. No se deben dar tirones a la carga, ni moverla de forma brusca. Durante todo el levantamiento de la carga se debe mantener pegada al cuerpo. 121

132 Cuando la carga se levante desde el suelo hasta una altura importante se debe apoyar dicha carga a mitad del camino para así poder cambiar el agarre. Colocar la carga y si es necesario ajustarla. Realizar levantamientos espaciados. Carga Mental Se conoce como carga mental el nivel de control deliberado y consciente de la información que es necesario para que un determinado comportamiento se origine. La carga mental puede producir riesgos a la salud si se mantiene en el tiempo, algunos riesgos que suele originar son: preocupaciones injustificadas, falta de energía, disminución del rendimiento de trabajo, etc. Para poder prevenir algunos riesgos que se producen por la carga mental son: enriquecimiento de tareas, pausas, facilitar la comunicación, diseño adecuado de las señales, control sobre el ritmo de trabajo, legibilidad de los caracteres, etc. Insatisfacción Laboral Los factores psicosociales suponen una base para fomentar las acciones dirigidas a mejorar la salud y a prevenir los riesgos que pueden derivarse de la interrelación entre las personas, los equipos y la organización. Las personas tienen una serie de motivaciones y necesidades que esperan ver satisfechas en el transcurso de su vida, tanto en el ámbito personal como en el laboral. El trabajo, como una actividad más de las personas, ha de ser capaz de ofrecer lo que se espera de él, no sólo una recompensa económica, sino también la posibilidad de aplicar las capacidades y conocimientos, poder relacionarse con otras personas, sentirse útil y reconocido, etc. El trabajo es psicosocialmente saludable cuando las demandas de la tarea están en concordancia con las aspiraciones humanas. En estas condiciones, la persona está motivada y satisfecha, y realiza su trabajo de forma eficaz. Es más estas condiciones permiten desarrollar las capacidades y personalidad logrando un estado de bienestar. Las exigencias de la tarea, la organización del trabajo, las relaciones del grupo de trabajo, etc., son aspectos que influyen en la consecución de las necesidades humanas, por lo tanto, el trabajo debe diseñarse de manera que de respuesta a estas necesidades. Algunos de los factores psicosociales que pueden desencadenar problemas para la salud de los trabajadores son: contenido de la tarea, monotonía, carga de trabajo, autonomía, trabajo a turnos y nocturno, responsabilidad, responsabilidad, condiciones físicas del puesto, características de la empresa, clima laboral, comunicación, posibilidades de promoción, etc. Todo ello se ve modulado por variables personales como la personalidad, edad, formación, expectativas, aptitudes, etc. 122

133 Las consecuencias negativas para la salud tienen dimensiones psicológicas, físicas y conductuales, así ocurre en los casos de estrés laboral, del mobbing (acoso psicológico), burnout (síndrome de estar quemado), insatisfacción laboral. Estas consecuencias no sólo suponen un problema de salud para el trabajador sino costes para la empresa al aumentar el absentismo, disminuir el rendimiento, fallos en la calidad del servicio o producto, aumento de accidentalidad, deterioro de relaciones, etc. Algunos de los principios preventivos en el diseño de los factores psicosociales son: Determinación clara de las tareas a realizar o del rol de cada trabajador huyendo de la ambigüedad y de la confusión. Evitar jornadas excesivas. Planificar con suficiente tiempo y antelación el trabajo a turnos y nocturno. Eliminación del trabajo monótono y repetitivo mediante la automatización. Hacer todo lo posible por mantener la buena relación entre los iguales y entre superiores y subordinados, para que se establezca una relación fluida y respetuosa. Adopción de cambios tecnológicos e introducción de nuevas tecnologías para mejorar ciertas condiciones de trabajo. Cuidar la imagen de la empresa ante los trabajadores, clientes y proveedores y sociedad en general. Diseñar un emplazamiento del centro de trabajo que cubra las necesidades y expectativas de los trabajadores. Diseñar el centro de trabajo de forma funcional y, a ser posible, estética, dotándole además, de zonas de descanso y equipamientos sociales. Evitar conflictos de competencia e intereses. Participación de los interesados en la adopción de cambios en la organización del trabajo por razones de salud laboral. Adoptar un estilo de mando democrático y participativo. Establecer cauces de comunicación ágiles y flexibles. En la organización del trabajo hay que tener en cuenta la personalidad de cada trabajador, su edad y formación. Adoptar las medidas convenientes para convencer a los trabajadores de que la actividad de la empresa y sus productos encuentran buena acogida en la sociedad. 123

134 Planificar la recogida de sugerencias y propuestas respecto al control de los factores psicosociales. Potenciar el trabajo en grupo con empleados de similar cualificación y en un área determinada. El empresario debe proporcionar al trabajador, individualmente considerado, la formación que le capacite para atender todas las demandas del trabajo. Especialmente, procede garantizar la formación adecuada con motivo de la contratación, del cambio de función o puesto de trabajo y cuando se produzcan nuevas máquinas y tecnologías. Los factores estresantes y los psicosociológicos, se atenúan a través de unas buenas relaciones internas y externas a la empresa. La adaptación a las exigencias del trabajo se hace más suave y ligera con el apoyo del superior, de los compañeros de trabajo y de la familia. La comunicación fluida con los demás, sus respuestas y consejos servirán para conocer mejor los problemas y el medio de afrontarlos. Una relación de afecto y comprensión por parte de los superiores hacia los subordinados hará que se produzca una reducción del estrés. El apoyo de la familia, amigos y compañeros hace que el trabajador se sienta más seguro y tenga mayor capacidad de adaptación. 124

135 LO QUE HEMOS APRENDIDO La carga de trabajo es el conjunto de requerimientos a los que se ve sometida la persona a lo largo de su jornada laboral. Estos requerimientos pueden ser de tipo físico y/o mental. La Ergonomía y Psicosociología Aplicada es la técnica preventiva cuyo objetivo es el de ajustar estos requerimientos físicos y/o psicológicos del trabajo a las capacidades, limitaciones y necesidades de la persona, evitando los riesgos para la salud que puede sufrir el trabajador si no se da este ajuste. Cuando hay una carga de trabajo excesiva se produce la fatiga. La fatiga es la disminución física del individuo después de haber realizado un trabajo durante un tiempo determinado. Cuando las exigencias físicas de trabajo sobrepasan la capacidad de la persona, puede llevar a ésta a una situación de fatiga muscular. La carga mental puede producir riesgos a la salud si se mantiene en el tiempo, algunos riesgos que suele originar son: preocupaciones injustificadas, falta de energía, disminución del rendimiento de trabajo, etc. Para poder prevenir algunos riesgos que se producen por la carga mental son: enriquecimiento de tareas, pausas, facilitar la comunicación, diseño adecuado de las señales, control sobre el ritmo de trabajo, legibilidad de los caracteres, etc. Los factores psicosociales suponen una base para fomentar las acciones dirigidas a mejorar la salud y a prevenir los riesgos que pueden derivarse de la interrelación entre las personas, los equipos y la organización. El trabajo, como una actividad más de las personas, ha de ser capaz de ofrecer lo que se espera de él, no sólo una recompensa económica, sino también la posibilidad de aplicar las capacidades y conocimientos, poder relacionarse con otras personas, sentirse útil y reconocido, etc. 125

136 ANOTACIONES 126

137 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. La carga de trabajo es: Los requerimientos físicos únicamente. Conjunto de requerimientos físicos y/o mentales a los que se ve sometida el trabajador. Es el tiempo máximo a trabajar por tarea. 2. La capacidad física para realizar un trabajo puede variar en función de factores como: El entrenamiento y el sexo. La constitución física y la carga mental. Ambas respuestas son correctas. 3. Los trastornos muscoloesqueléticos afectan a: La columna vertebral y los miembros superiores y hombro. Sólo la columna vertebral. No tienen demasiada importancia. 4. La manipulación manual de cargas es: Un transporte inadecuado. El transporte o sujeción de una carga por un trabajador. Cualquier operación de transporte o sujeción de una carga. 5. Para levantar una carga debemos: Utilizar ayudas mecánicas siempre que sea posible. Levantarse bruscamente. Ambas respuestas son correctas. 6. La carga mental se define como: El nivel de control deliberado y consciente de las informaciones. El volumen de trabajo que tengo. Ambas respuestas son correctas. 127

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139 Prevención de Riesgos Laborales Sistemas de Control de Riesgos Introducción Tipos de Medidas de Carácter Técnico Medidas de Carácter Administrativo y de Gestión Sistemas de Protección Colectivos Sistemas de Protección Individual Objetivos: Analizar los diferentes medios de protección y sus aplicaciones como elementos de seguridad frente al riesgo. tema 6 129

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141 Introducción La Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene como objetivo principal la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Y como principio básico establece que los riesgos hay que combatirlos en su origen. Esto siempre no se consigue y es necesario adoptar otras medidas. Desde el punto de vista de las medidas de protección, cuando el riesgo no sea evitable, procederemos a su evaluación y a la adopción de las medidas necesarias para reducirlo o eliminarlo. En relación con este tema, es importante destacar que entre estos principios generales se encuentra la adopción de medidas que antepongan la protección colectiva a la individual, es decir, que únicamente adoptaremos medidas de protección individual frente a los riesgos, cuando la protección colectiva no sea eficaz. Tipos de Medidas de Carácter Técnico El riesgo al que está expuesto un trabajador está en función de la probabilidad de que suceda un daño y también de las consecuencias que podría tener para su salud en caso de que se produjera. En determinadas situaciones de riesgo higiénico, motivados por exposición de los trabajadores a sustancias contaminantes, el peligro estará en función de la naturaleza de los contaminantes y también de la cantidad, concentración y tiempo de contacto con ellos, por lo que disminuyendo, cualquiera de estos factores disminuirá el nivel de agresión. En estos casos habrá que determinar: La fuente que origina el contaminante. El recorrido del mismo hasta llegar al trabajador. El sistema de trabajo empleado en el proceso productivo. La protección que emplea el trabajador. Acto seguido, para la selección de las medidas de control tenemos tres posibles líneas de acción: Control de riesgos en el origen. Control de riesgos en el medio de transmisión. Control del riesgo sobre el propio sujeto expuesto al peligro. 131

142 Sistemas para Controlar los Riesgos en el Origen Los riesgos en el origen podemos controlarlos mediante: Selección de equipos y diseños adecuados. Sustitución de productos peligrosos por otros que entrañen menor peligro. Aislamiento o confinamiento del proceso: Si no se puede evitar la emisión de un agente, al menos es conveniente minimizar su expansión en la medida de lo posible, acotando y cerrando el espacio donde se produce, de forma que afecte al menor número de trabajadores posible. En este caso, se pueden adoptar medidas complementarias, como la señalización y restricción de entrada a estos lugares, para asegurar un menor número de trabajadores expuestos y, por tanto, un mejor control del riesgo. Métodos húmedos: Consisten en aplicar a determinados procesos, chorros de agua u otro líquido, evitando o disminuyendo así la generación de polvo. El peligro debido a la inhalación de polvos puede reducirse en gran parte mediante la pulverización de agua sobre la fuente de dispersión del polvo, evitando que pase a formar parte del medio ambiente de trabajo. Para que sea efectivo habrá que establecer mecanismos que garanticen la adecuada eliminación del polvo húmedo antes de que se seque y se vuelva a dispersar. Extracción localizada: Este tipo de extracción se lleva a cabo en el punto donde se origina la contaminación, se reduce la concentración de contaminantes antes de que se produzca la propagación de los mismos. Métodos de Control que se Pueden Aplicar en el Medio de Propagación Habrá que actuar sobre el medio de propagación cuando la actuación sobre el foco resulte imposible o insuficiente. Entre los métodos de control durante la transmisión por el aire de los contaminantes se incluyen: Orden y limpieza: El orden y limpieza en los locales y puestos de trabajo constituye uno de los pilares básicos en la prevención de riesgos profesionales. Ventilación general: Este método consiste en la dilución o mezcla del aire contaminado con aire puro a fin de mantener las concentraciones de los contaminantes presentes en los ambientes industriales, por debajo de unos límites aceptables previamente establecidos. Sistemas de alarma: La actuación de sistemas de alarma cuando el contaminante supera una concentración determinada es un buen método de actuación sobre el medio. Alerta a los trabajadores de la situación de peligro, permitiendo la adopción de medidas de control antes de que los efectos de los contaminantes puedan suponer un daño para la salud de los trabajadores. 132

143 La Protección del Receptor Las actuaciones sobre el trabajador están justificadas cuando las actuaciones sobre el foco y sobre el medio de transmisión han sido imposibles o insuficientes. Medidas de Carácter Administrativo y de Gestión Tienen por objeto reducir la exposición de los trabajadores a los contaminantes y riesgos mediante actividades distintas a las medidas técnicas. Aunque las medidas administrativas de control no son tan satisfactorias para controlar los riesgos en su origen, suelen resultar de más fácil aplicación. Siempre que sea posible, será preferible la adopción de medidas de protección colectiva frente a las de protección individual. Los equipos de protección individual tienen el inconveniente de que no reducen el peligro. A veces pueden ocasionar molestias al trabajador durante su utilización, por lo que los encargados deben estar siempre atentos de que los equipos son usados por aquellos trabajadores que necesitan una protección suplementaria. Control de compras: Su objetivo es reducir la presencia de productos tóxicos en el lugar de trabajo, se persigue sustituir los productos por otros que presenten más seguridad o sean menos tóxicos. Este punto es muy importante en cuanto a la prevención, para a la hora de realizar una compra elegir los equipos de trabajo, herramientas, etc. más adecuados. Métodos de trabajo: Este tipo de medidas son con carácter organizativo, tienen el objetivo de evitar una exposición excesiva, para ello se establecen procedimientos, normas e instrucciones de trabajo que establecen la forma más adecuada de llevar a cabo las actividades. Formación e información: Una medida que complementa a las demás, su fin es conseguir que los operarios puedan identificar los riesgos derivados del trabajo que realizan para así poder evitarlos, además deben conocer las medidas que se pueden adoptar en caso de que se produzca una emergencia. La adecuada formación e información es un derecho del trabajador establecido por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y debe ser proporcionada por el empresario. Rotación de personal y cambio de puesto de trabajo: esta medida es importante porque reduce el tiempo que un trabajador esta expuesto a un contaminante, disminuye la dosis que recibe, se minimizan los efectos que produce hasta conseguir llegar al nivel tolerable que previamente se establece. 133

144 Sistemas de Protección Colectivos Podemos considerar medidas o métodos de protección colectiva aquellas que protegen simultáneamente a más de una persona. Estas medidas suelen resultar más eficaces para los trabajadores que los sistemas de protección individual con la ventaja añadida de que no suponen una molestia física durante el desarrollo de la actividad ni requieren una participación activa en el uso de los mismos por parte del trabajador. Veamos algunos ejemplos de aplicación de medidas de protección colectiva: Resguardos: Son componentes o dispositivos que se añaden a una máquina y que actúan como barrera material impidiendo que los usuarios alcancen las partes peligrosas evitando golpes, atrapamientos, cortes, etc. Barandillas: Deberán ser resistentes. Tendrán una altura mínima de 90 cm. y dispondrán de un reborde de protección en la parte inferior para evitar la caída de objetos a las plantas inferiores. También tendrán pasamanos y una protección a media altura que impidan el paso o deslizamiento de los trabajadores. Viseras: Elementos que se disponen en la primera planta de las obras y protegen a los viandantes y trabajadores que se encuentren en las inmediaciones de la obra del riesgo de caída de objetos y materiales. Plataformas, dobles mallazos, tapas madera, etc.: Se utilizan para tapar los huecos horizontales en los forjados, impidiendo la caída de los trabajadores de una obra a través de ellos. Redes de seguridad: Se disponen en las obras en los perímetros de los forjados con el fin de minimizar los efectos de la posible caída accidental de un trabajador. Interruptores diferenciales: Son dispositivos de seguridad que se introducen en las instalaciones eléctricas cuya función es interrumpir el paso de la corriente cuando se produce una derivación que eleva la intensidad por encima de los límites de seguridad previamente establecidos. Señalización: La señalización de los riesgos nunca deberá considerarse una medida sustitutoria de las medidas técnicas y organizativas de protección colectiva y deberá utilizarse sólo cuando mediante estas últimas no haya sido posible eliminar los riesgos o haberlos reducido suficientemente. 134

145 Sistemas de Protección Individual Los equipos de protección individual se usan cuando los riesgos para la salud o seguridad de los trabajadores no han podido evitarse con los medios técnicos de protección colectiva o bien a través de medias, métodos o procedimientos de organización del trabajo. Definición de Equipo de Protección Individual-EPI Cualquier equipo destinado para ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin (art del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo). También se considerarán como EPI: El conjunto formado por varios dispositivos o medios que el fabricante haya asociado de forma solidaria para proteger a una persona contra uno o varios riesgos que pueda correr simultáneamente (art. 1.2.a Directiva 89/686/CEE). Los componentes intercambiables de un EPI que sean indispensables para su funcionamiento correcto y se utilicen exclusivamente para dicho EPI (art. 1.2.c Directiva 89/686/CEE). De estas definiciones quedan excluidos según el artículo 2.2. del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo: La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador. Los equipos de los servicios de socorro y salvamento. Los equipos de protección individual de los militares, de los policías y de las personas de los servicios de mantenimiento del orden. Los equipos de protección individual de los medios de transporte por carretera. El material de deporte. El material de autodefensa o de disuasión. Requisitos que Deben Reunir los Equipos de Protección Individual Los requisitos que tienen que tener los equipos de protección individual son los de proporcionar una buena protección frente a los riesgos que mueven su uso. Estos equipos no producirán ningún tipo de riesgo ni molestia. 135

146 Obligaciones Generales del Empresario en Materia de Equipos de Protección Individual Según establece el artículo 3 del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, el empresario deberá determinar los puestos de trabajo en los que deba recurrirse a la protección individual. También precisar, para cada uno de estos puestos, los riesgos frente a los que debe ofrecerse protección, las partes del cuerpo a proteger y el tipo de equipo de protección individual que deberá utilizarse. Además, concretamente el empresario está obligado a: Elegir los equipos de protección manteniendo disponible en la empresa o centro de trabajo la información pertinente a este respecto y facilitando información sobre cada equipo. Proporcionar gratuitamente a los trabajadores los equipos de protección individual que deban utilizar, reponiéndolos cuando resulte necesario. Velar por la utilización de los equipos y asegurar que su mantenimiento se realice de manera adecuada. Condiciones de Utilización y Mantenimiento de los Equipos de Protección Individual Conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, la utilización, el almacenamiento, el mantenimiento, la limpieza, la desinfección cuando proceda, y la reparación de los equipos de protección individual deberán efectuarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante. El manual de instrucciones o la documentación informativa facilitados por el fabricante estarán a disposición de los trabajadores en el centro de trabajo. (art. 8 del Real Decreto 773/1997). Los equipos de protección individual estarán destinados, en principio, a un uso personal. Si las circunstancias exigiesen la utilización de un equipo por varias personas, se adoptarán las medidas necesarias para que ello no origine ningún problema de salud o de higiene a los diferentes usuarios. (art. 7 del Real Decreto 773/1997). 136

147 Obligaciones de los Trabajadores en la Utilización de Equipos de Protección Individual Según lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 773/1997 los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán: Utilizar y cuidar correctamente los equipos de protección individual. Colocar el equipo de protección individual después de su utilización en el lugar indicado para ello. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo de cualquier defecto anomalía o daño apreciado en el equipo de protección individual utilizado que, a su juicio, pueda entrañar una pérdida de su eficacia protectora. 137

148 LO QUE HEMOS APRENDIDO La Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene como objetivo principal la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, y como principio básico establece que los riesgos hay que combatirlos en su origen. Cuando el riesgo no sea evitable, procederemos a su evaluación y a la adopción de las medidas necesarias para reducirlo o eliminarlo. Podemos considerar medidas o métodos de protección colectiva aquellas que protegen simultáneamente a más de una persona. Estas medidas suelen resultar más eficaces para los trabajadores que los sistemas de protección individual con la ventaja añadida de que no suponen una molestia física durante el desarrollo de la actividad ni requieren una participación activa en el uso de los mismos por parte del trabajador. Los equipos de protección individual se usan cuando los riesgos para la salud o seguridad de los trabajadores no han podido evitarse con los medios técnicos de protección colectiva o bien a través de medias, métodos o procedimientos de organización del trabajo. Equipos de protección individual: Cualquier equipo destinado para ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud. Los requisitos que tienen que tener los equipos de protección individual son los de proporcionar una buena protección frente a los riesgos que mueven su uso. Estos equipos no producirán ningún tipo de riesgo ni molestia. 138

149 ANOTACIONES 139

150 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. Desde el punto de vista de las medidas de protección, cuando el riesgo no sea evitable se deberá: Evaluarlo y minimizarlo. Solo hay que evaluar los riesgos evitables. Informar a la autoridad laboral. 2. Entre las medidas técnicas que se pueden adoptar para reducir los riesgos profesionales en su origen se encuentran: La selección de equipos y diseños adecuados. Sustitución de productos peligrosos por otros que entrañen menor peligro. Ambas respuestas son correctas. 3. Los métodos de control durante la trasmisión por el aire de los contaminantes son: Utilizar mascarillas protectoras. No necesitan controlarse. Orden y limpieza, ventilación general y sistemas de alarma. 4. Los métodos de protección colectivos: Son menos eficaces que los epis. Se utilizan únicamente en las obras de construcción. Protegen simultáneamente a más de una persona. 5. Es preferible utilizar una protección individual antes que una protección colectiva: Verdadero. Falso. 6. Cuál de estos equipos no es un EPI? Casco. Ropa de trabajo. Botas de seguridad. 140

151 Prevención de Riesgos Laborales Nociones Básicas de Actuación en Emergencias y Evacuación Introducción Plan de Autoprotección Documentación del Plan de Autoprotección Plan de Evacuación Implantación del Plan de Autoprotección Objetivos: Adquirir las nociones básicas de actuación en una emergencia, para colaborar en ella y, evitar o minimizar los daños a las personas y/o las instalaciones. tema 7 141

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153 Introducción Aunque se tomen todo tipo de medidas existe la posibilidad de que suceda algún tipo de incidente con consecuencias que no se pueden preveer, debemos tomar medias específicas ante dichos problemas para evitar o aminorar los posibles daños. Debido a esto existen programas y acciones de prevención, todas las empresas están obligadas a tener planes de actuación ante situaciones de emergencia. Dicha obligación viene establecida en el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se establece que: El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores y trabajadoras, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas. Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas. Se conoce como acción de emergencia aquella acción que hace posible que se eviten daños o que se reduzcan sus efectos. 143

154 Plan de Autoprotección Las normas de elaboración de un plan de autoprotección se encuentra recogido en el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. A continuación vamos a describir los factores técnicos fundamentales para poder hacer frente de forma correcta a las situaciones de emergencia que se nos puedan presentar: Concepto de autoprotección: sistema de acciones y medidas encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia y a garantizar la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil. El Plan de Emergencia: Este plan es una parte del Plan de autoprotección, el fin que persigue es establecer las acciones que hay que realizar para poder mantener el control inicial de las situaciones de emergencia que se produzcan. El Manual de Autoprotección: Es la presentación escrita del Plan de Autoprotección. Este tipo de documento sufre cambios de forma continua, tiene que ser modificado y completado cada vez que se origina un cambio que afecte a la seguridad del edificio, instalaciones o a los recursos humanos disponibles. Contenido Mínimo de un Plan de Autoprotección Según establece el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, el documento del Plan de Autoprotección, se estructurará, con el contenido que figura a continuación, tanto si se refiere a edificios, como a instalaciones o actividades: 1. Capitulo 1. Identificación de los titulares y del emplazamiento de la actividad. Dirección Postal del emplazamiento de la actividad. Denominación de la actividad, nombre y/o marca. Teléfono y Fax. Identificación de los titulares de la actividad. Nombre y/o Razón Social. Dirección Postal, Teléfono y Fax. Nombre del Director del Plan de Autoprotección y del director o directora del plan de actuación en emergencia, caso de ser distintos. Dirección Postal, Teléfono y Fax. 2. Capitulo 2.Descripción detallada de la actividad y del medio físico en el que se desarrolla. Descripción de cada una de las actividades desarrolladas objeto del Plan. 144

155 Descripción del centro o establecimiento, dependencias e instalaciones donde se desarrollen las actividades objeto del plan. Clasificación y descripción de usuarios. Descripción del entorno urbano, industrial o natural en el que figuren los edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad. Descripción de los accesos. Condiciones de accesibilidad para la ayuda externa. Este apartado se desarrollará mediante documentación escrita y se acompañará al menos la documentación gráfica siguiente: Plano de situación, comprendiendo el entorno próximo urbano, industrial o natural en el que figuren los accesos, comunicaciones, etc. Planos descriptivos de todas las plantas de los edificios, de las instalaciones y de las áreas donde se realiza la actividad. 3. Capitulo 3.Inventario, análisis y evaluación de riesgos. Deben tenerse presentes, al menos, aquellos riesgos regulados por normativas sectoriales. Este apartado comprenderá: Descripción y localización de los elementos, instalaciones, procesos de producción, etc. que puedan dar origen a una situación de emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma. Identificación, análisis y evaluación de los riesgos propios de la actividad y de los riesgos externos que pudieran afectarle. (Riesgos contemplados en los planes de Protección Civil y actividades de riesgo próximas). Identificación, cuantificación y tipología de las personas tanto afectas a la actividad como ajenas a la misma que tengan acceso a los edificios, instalaciones y áreas donde se desarrolla la actividad. Este apartado se desarrollará mediante documentación escrita y se acompañará al menos la documentación gráfica, como planos de ubicación por plantas de todos los elementos y/o instalaciones de riesgo, tanto los propios como los del entorno. 4. Capitulo 4.Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección. Inventario y descripción de las medidas y medios, humanos y materiales, que dispone la entidad para controlar los riesgos detectados, enfrentar las situaciones de emergencia y facilitar la intervención de los Servicios Externos de Emergencias. Las medidas y los medios, humanos y materiales, disponibles en aplicación de disposiciones específicas en materia de seguridad. 145

156 Aquí se desarrollará mediante documentación escrita y se acompañará al menos la documentación gráfica siguiente: Planos de ubicación de los medios de autoprotección, conforme a normativa UNE. Planos de recorridos de evacuación y áreas de confinamiento, reflejando el número de personas a evacuar o confinar por áreas según los criterios fijados en la normativa vigente. Planos de compartimentación de áreas o sectores de riesgo. 5. Capitulo 5. Programa de mantenimiento de instalaciones. Descripción del mantenimiento preventivo de las instalaciones de riesgo, que garantiza el control de las mismas. Descripción del mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección, que garantiza la operatividad de las mismas. Realización de las inspecciones de seguridad de acuerdo con la normativa vigente. Este apartado se desarrollará mediante documentación escrita y se acompañará al menos de un cuadernillo de hojas numeradas donde queden reflejadas las operaciones de mantenimiento realizadas, y de las inspecciones de seguridad, conforme a la normativa de los reglamentos de instalaciones vigentes. 6. Capitulo 6.Plan de actuación ante emergencias. Deben definirse las acciones a desarrollar para el control inicial de las emergencias, garantizándose la alarma, la evacuación y el socorro. Comprenderá: Identificación y clasificación de las emergencias: o o o En función del tipo de riesgo. En función de la gravedad. En función de la ocupación y medios humanos. Procedimientos de actuación ante emergencias: o o Detección y Alerta. Mecanismos de Alarma. Identificación de la persona que dará los avisos. Identificación del Centro de Coordinación de Atención de Emergencias de Protección Civil. 146

157 o o o o Mecanismos de respuesta frente a la emergencia. Evacuación y/o Confinamiento. Prestación de las Primeras Ayudas. Modos de recepción de las Ayudas externas. Identificación y funciones de las personas y equipos que llevarán a cabo los procedimientos de actuación en emergencias. Identificación del Responsable de la puesta en marcha del Plan de Actuación ante Emergencias. 7. Capitulo 7. Integración del plan de autoprotección en otros de ámbito superior. Los protocolos de notificación de la emergencia. La coordinación entre la dirección del Plan de Autoprotección y la dirección del Plan de Protección Civil donde se integre el Plan de Autoprotección. Las formas de colaboración de la Organización de Autoprotección con los planes y las actuaciones del sistema público de Protección Civil. 8. Capitulo 8. Implantación del Plan de Autoprotección. Identificación del responsable de la implantación del Plan. Programa de formación y capacitación para el personal con participación activa en el Plan de Autoprotección. Programa de formación e información a todo el personal sobre el Plan de Autoprotección. Programa de información general para los usuarios. Señalización y normas para la actuación de visitantes. Programa de dotación y adecuación de medios materiales y recursos. 9. Capitulo 9. Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Autoprotección. Programa de reciclaje de formación e información. Programa de sustitución de medios y recursos. Programa de ejercicios y simulacros. Programa de revisión y actualización de toda la documentación que forma parte del Plan de Autoprotección. Programa de auditorías e inspecciones. 147

158 10. Anexo I. Directorio de comunicación. Teléfonos del Personal de emergencias. Teléfonos de ayuda exterior. Otras formas de comunicación. 11. Anexo II. Formularios para la gestión de emergencias. 12. Anexo III. Planos. Objetivos de un Plan de Autoprotección Hay que conocer tanto el edificio como las instalaciones que lo componen, además tenemos que saber la peligrosidad de los sectores y los medios de los que disponemos para nuestra protección, así como las necesidades y carencias que se tienen según la normativa vigente. Se debe asegurar todas las instalaciones y medios de protección necesarias. Evitar todas las actividades que puedan dar origen a emergencias. Tener en la plantilla personas que sean formadas para garantizar la rapidez y eficacia ante situaciones de emergencia. Que todas las personas que se encuentren en el edificio sepan como tienen que actuar tanto cuando se produzcan situaciones de emergencia como en situaciones normales para poder llevar a cabo la prevención. Documentación del Plan de Autoprotección Plan de Autoprotección EVALUACION DEL RIESGO Para analizar los posibles riesgos que se pueden producir hay que tener en cuenta factores como: Ubicación. Medios externos de protección. Accesos. Actividades. Condiciones constructivas. Ocupación. 148

159 Medios de Protección Es aconsejable realizar un inventario con los medios técnicos y humanos de los que disponemos y los que son necesarios para poder asegurar la prevención de los riesgos y el control de las emergencias que puedan producirse. Los medios que podemos necesitar son por ejemplo: alarmas, extintores, señalización, etc. Además es necesario que el inventario venga acompañado de planos que puedan ilustrar la información de forma gráfica. Se debe entregar una copia al cuerpo de bomberos, otro a la dirección del establecimiento y una última copia se colocará en la entrada principal del edificio, en un armario, y será de uso exclusivo para los bomberos. Plan de Emergencia Hay que fijar las acciones que se van a realizar cuando se produzca una situación de emergencia, así como quiénes van a ser los encargados de ejecutarlas y en el orden en el que van a actuar. RUTA DE ACCIÓN La ruta de acción que se tiene que llevar a cabo sería: Planificación y clasificación de la emergencia que se produce. Equipos de Emergencias. Acciones a llevar a cabo: o o o o Plan de Alarma. Plan de Extinción. Fin de la Emergencia. Normas específicas. Teléfonos de emergencia. 149

160 TIPOS DE EMERGENCIAS SEGÚN LA GRAVEDAD Se lleva a cabo una clasificación de las emergencias en función de la gravedad que presentan: Conato de emergencia: En este caso el accidente que se produce se puede controlar sin problemas, de forma rápida, por parte del personal existente y con los medios de protección de los que se disponen. Emergencia parcial: En este caso el accidente que tiene lugar es más complicado, para poder controlarlo se necesita de equipos especiales de emergencia. Los efectos que se producen se limitan a un sector y no se ven afectados ni los sectores colindantes ni terceras personas. Emergencia general: Es cuando en el accidente que se produce es necesario que todos los equipos y medios de protección del establecimiento actúen. Además se necesita ayuda de medios externos. Se procederá a la evacuación total o parcial de dicho establecimiento. EQUIPOS HUMANOS DE EMERGENCIA Y RESPONSABLES Hay que definir los equipos humanos de emergencias y su responsable, de la siguiente manera: Equipos de alarma y evacuación. Estos equipos garantizan que se lleve a cabo una evacuación total y de forma ordenada, además se ocupan de dar la alarma. Equipos de primeros auxilios: Se ocupan de socorrer a las personas que sufran daños durante la emergencia. Equipos de primera intervención. Estos equipos tienen como fin controlar el inicio del incendio. Equipos de segunda intervención: Se encargan de actuar cuando el equipo de primera intervención no puede controlar la emergencia. Se ayudarán de equipos exteriores. Jefe de intervención: Se encarga de ver la importancia de la emergencia y tendrá que coordinar los equipos de intervención. Éste depende del jefe de emergencia. Jefe de emergencia. Evalúa la emergencia y según la gravedad envía equipos internos y ayudas externas. Tiene que estar siempre localizable y disponible. El jefe de emergencia puede ser el responsable del centro de trabajo o un jefe de seguridad. Los equipos de emergencia tienen que estar compuestos por personas organizadas, formadas y entrenadas para actuar de forma correcta y precisa. 150

161 CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA Equipos de alarma y evacuación Equipos de primeros auxilios Equipos de primera intervención Equipos de segunda intervención Jefe de intervención FUNCIONES DE LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA Establecer rutas de acción Realizar clasificación de las emergencias Crear los diferentes equipos de emergencia Ejecutar las acciones a realizar Confeccionar los esquemas de actuación Jefe de emergencia TIPOS DE ACCIONES Los diferentes tipos de acciones que se establecen son: De alerta: Es la forma más rápida de poner en acción a los equipos de primera intervención interiores y de informar a los demás equipos del personal interior así como a las ayudas externas. De alarma: Se realiza para poder evacuar a los ocupantes. De intervención: Es necesario para poder controlar la emergencia. De apoyo: Son necesarios para poder informar y recibir a los servicios externos. DESARROLLO DE ESQUEMAS DE ACTUACIÓN ESPECÍFICOS Pongamos por ejemplo un incendio que se produce durante la jornada de trabajo. En el centro de trabajo están los trabajadores realizando su actividad. Si se produce un incendio, el trabajo a realizar sería: 1. El primer paso es que el responsable de la emergencia se dirija al punto donde supuestamente se esta originando la emergencia y confirmar que es real. 2. Si el responsable no confirma la emergencia esta finalizará y se realizará una valoración y análisis de las causas que la han producido. 3. Si por el contrario se confirma la emergencia el responsable tendrá que avisar a los equipos de emergencia para apagar el incendio, o bien encargará a la telefonista que avise a dichos equipos. Primeramente se avisa a los bomberos y se les comunica el tipo de emergencia y el acceso que tiene la instalación. Seguidamente se avisa al equipo de intervención que se dirigirán al lugar donde ha ocurrido la emergencia y estarán bajo las órdenes del Jefe de Intervención. 151

162 4. Si se consigue apagar el fuego se finalizará la emergencia y se realizará un análisis de las causas que han originado el incendio. El responsable tiene la obligación de redactar un informe para la dirección de la empresa y crear el programa preventivo. 5. Si por el contrario no se finaliza el incendio, el responsable tendrá que recibir e informar a los bomberos de la situación. Una vez que se ha informado a los bomberos de la situación el oficial de los bomberos es el que asume el mando de la emergencia, el responsable y su equipo estarán a disposición del oficial para ayudar en todo lo posible. 6. Los bomberos se desplazarán al lugar origen del incendio para conseguir apagarlo. 7. El oficial que esta al mando es el que ordenará la evacuación, en el caso en que sea necesario. 8. Una vez extinguido el fuego, se llevará a cabo un análisis de las causas y un informe. Existe una Emergencia? 152

163 Plan de Evacuación Las recomendaciones de seguridad son las siguientes: 1. Es conveniente que el edificio tenga vías de evacuación correctamente señalizadas. 2. Se dará la orden de evacuación, la cual la realizará el responsable de la emergencia, ya sea a través de la megafonía, por vía telefónica o personalmente. 3. El mensaje de alerta debe repetirse unas dos veces por minuto, será el responsable el que decida que mensaje transmitir dependiendo de la situación. 4. Una vez que se ha dado la orden de evacuación, el personal que allí se encuentre se desplazara al punto de encuentro de los equipos de alarma y evacuación. 5. En el caso en el que sea conveniente se dará el equipo de evacuación necesario al personal. Hay que tener presente si en el edificio hay algún trabajador con un impedimento físico, en este caso se asignará, antes de que ocurra la emergencia, otro trabajador para que pueda ayudar a dicha persona con impedimentos físicos. 6. Si se producen heridos los encargados de su traslado hacia un lugar seguro serán los miembros del equipo de intervención de la empresa. 7. Si en el momento de la emergencia hay personas de visita en la empresa, estas deben ser guiadas y acompañadas hasta llegar al exterior de la empresa. 153

164 Al Descubrir un Incendio Cuando se produce un incendio lo principal es mantener la calma y avisar al Jefe de Emergencias, se puede avisar bien de forma directa o bien a través de la central telefónica o pulsando la alarma de incendio. Seguidamente se desconectarán todos los aparatos y maquinarias y se acompañarán a los visitantes, si los hubiera, hasta la parte exterior del edificio. El edificio debe ser evacuado de forma rápida pero sin correr, siguiendo las indicaciones del Responsable de la emergencia. Si se produce humo que dificulta la respiración debemos desplazarnos gateando. Además no debemos retroceder ni mover objetos voluminosos. Cuando ya estemos en el exterior del edificio nos dirigiremos al punto de reunión y esperaremos que nos indiquen las instrucciones a seguir. Al Oír la Orden de Evacuación PLAN DE AUTOPROTECCIÓN EN LA EVACUACIÓN Al descubrir el incendio lo que debemos hacer es: 1. Lo principal es mantener la calma. 2. Seguidamente avisaremos al responsable del centro. Al oír la orden de evacuación se debe: 1. Desconectar todos los aparatos. 2. Acompañar a las visitas hasta el exterior del edificio. 3. Evacuar el edificio de forma rápida. 4. Si hay humo nos moveremos gateando. 5. No portar objetos voluminosos. 6. Nos dirigiremos al punto de reunión. 154

165 Implantación del Plan de Autoprotección Con el Plan de Autoprotección podemos corregir las deficiencias que se encuentren, la puesta en marcha y el mantenimiento periódico del plan. En este documento tiene que venir reflejado las fechas, responsables y medidas de control para que todo funcione correctamente, conforme al Plan de Autoprotección. La responsabilidad de la implantación de este plan recaerá sobre el titular de la actividad, el personal directivo, técnico, mandos intermedios y trabajadores también tienen la obligación de participar de forma activa en los planes de autoprotección. El titular de la actividad puede autorizar al Jefe de Emergencia o al Comité de Autoprotección para que se encarguen de llevar a cabo la coordinación de las acciones que sean necesarias para que se pueda implantar y mantener el Plan. Para que se pueda mantener el plan se preparará un programa anual que contenga: Los cursos necesarios para la formación de los trabajadores. El mantenimiento correcto de los medios técnicos que forman parte de la detección, alarma y extinción del incendio, según se establece en la Normativa. Así como el mantenimiento de las instalaciones con riesgo y las inspecciones de seguridad. Simulacros Es conveniente que de forma anual se lleven a cobo simulaciones de siniestros para así poder practicar las actividades que habría que realizar en un plan de emergencia. Antes de realizar el primer simulacro es conveniente avisar al personal pero no indicarles ni la hora ni el tipo de siniestro y así tras su finalización se podrá realizar un informe que contenga todas las conclusiones obtenidas. Transmisión de la Información Es importante que todos los trabajadores tenga acceso a la información tal como indica el artículo 20 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Según establece dicha ley la empresa tiene la obligación de poner a disposición de los trabajadores un Plan de Emergencia. 155

166 LO QUE HEMOS APRENDIDO Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas. El Plan de Emergencia: Es una parte del Plan de autoprotección, el fin que persigue es establecer las acciones que hay que realizar para poder mantener el control inicial de las situaciones de emergencia que se produzcan. El mensaje de alerta debe repetirse unas dos veces por minuto, será el responsable el que decida que mensaje transmitir dependiendo de la situación. Con el Plan de Autoprotección podemos corregir las deficiencias que se encuentren, la puesta en marcha y el mantenimiento periódico del plan. En este documento tiene que venir reflejado las fechas, responsables y medidas de control para que todo funcione correctamente, conforme al Plan de Autoprotección. 156

167 ANOTACIONES 157

168 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. Una acción de emergencia es la que: Permite evitar daños o reducir posibles daños mayores de carácter. Permite solucionar daños o reducir posibles daños mayores de carácter. Permite reparar los daños o reducir posibles daños mayores de carácter. 2. El Plan de Emergencia es: Una parte de la emergencia. Una parte del Plan de autoprotección. Una parte del tratamiento de lesiones. 3. Las emergencias en función de su gravedad se clasifican en: Emergencia general, conato de emergencia, emergencia parcial. Emergencia parcial, emergencia general conato de emergencia. Conato de emergencia, emergencia parcial, emergencia general. 4. La orden de evacuación la dará: El propietario de la empresa. El responsable de la emergencia. La secretaria. 5. Se considera autoprotección a un sistema de acciones y medidas encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia y a garantizar la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil: Verdadero. Falso. 6. La alarma se utiliza en la evacuación de los ocupantes, en caso de emergencia: Verdadero. Falso. 158

169 Prevención de Riesgos Laborales El Control de la Salud de los Trabajadores Introducción Vigilancia de la Salud El Reconocimiento Médico Objetivos: Conocer el marco normativo básico en materia de vigilancia de la salud. Conocer los principios de la vigilancia de la salud. Comprender las informaciones relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores. tema 8 159

170 160

171 Introducción La expresión vigilancia de la salud de los trabajadores abarca un conjunto de actividades que tienen como fin la prevención de los riesgos laborales, se basan en identificar los problemas de salud y evaluar los medios preventivos existentes. Las enfermedades y daños que se producen en el lugar de trabajo deben ser vigiladas, se debe tener un control de forma continua de la salud de los trabajadores para así prevenir y poder controlar los riesgos profesionales y las enfermedades y lesiones producidos por ellos. La vigilancia de la salud es una actividad propia de la Medicina del Trabajo pero también mantiene relación con el resto de integrantes del Servicio de Prevención. Vigilancia de la Salud La Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el cual aprueba el «Libro Blanco de la Vigilancia de la Salud para la prevención de riesgos laborales», considera que la vigilancia de la salud debe seguir una serie de pautas: El empresario tiene que asegurar la vigilancia de la salud de sus trabajadores, evitando en todo lo posible los riesgos que pueden surgir en el lugar donde el trabajador realiza su actividad. La vigilancia debe ser específica, relacionada con los riesgos que se detecten en el puesto de trabajo. Debe ser voluntaria para el trabajador, a no ser que se de alguno de lo siguientes casos: o Que exista una disposición legal sobre la protección de riesgos específicos y actividades que presenten una peligrosidad especial. o Que tengan que realizarse los reconocimientos para poder conocer los efectos que tiene sobre la salud de los trabajadores las condiciones presentes en el puesto de trabajo. o Que la salud que presente el trabajador sea un factor de peligro para él o para otros trabajadores. La salud que presenten los trabajadores tiene que ser confidencial. Tiene que ser ética, debe asegurar una práctica profesional, se debe dar un respeto a la intimidad, a la dignidad y la no discriminación laboral. La salud preventiva no debe ser puntual sino prolongada en el tiempo. El Sistema Nacional de Salud se encarga de los reconocimientos post-ocupacionales. 161

172 Para los riesgos que no se encuentran reglamentados de forma específica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece una preferencia por aquellos riesgos que causen menos problemas al trabajador y encarga a la Administración Sanitaria que se fijen las pautas y protocolos para poder actuar. El Reglamento de los Servicios de Prevención encomienda que fijen un periodo y el contenido de la vigilancia de la salud específica al ministerio de Sanidad y Consumo y a las Comunidades Autónomas. El reconocimiento médico tiene que aportar una historia clínico-laboral, donde también se detalle el puesto de trabajo que ocupa, el tiempo de permanencia, los riesgos que se han detectado y las medidas preventivas que se han adoptado. Tiene que realizarse por médicos especialistas en Medicina del Trabajo. Tiene que ser planificada, tienen que perseguir unos objetivos bien definidos y relacionados con los riesgos a los que se expongan. El Reconocimiento Médico Según la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que aprueba el «Libro Blanco de la Vigilancia de la Salud para la prevención de riesgos laborales», cree oportuno que para el reconocimiento médico se deberá abarcar: El reconocimiento médico se debe realizar tras la incorporación al trabajo o después de que se realice un cambio en las tareas, ya que se presentarán nuevos riesgos para la salud. De forma periódica se realizarán evaluaciones de la salud por trabajar con productos o condiciones que están regulados por una legislación específica. El tiempo que transcurra entre cada reconocimiento no tiene que ser de intervalos regulares, en los protocolos específicos se establece el periodo. El periodo de tiempo también dependerá del tipo de enfermedad y de las condiciones de exposición al riesgo. También se realizará una revisión tras una ausencia prolongada debida a problemas de salud. El reconocimiento médico debe incluir la protección de: Aquellos trabajadores que sean más sensibles al riesgo que se presenta en el puesto de trabajo que ocupa, bien por sus características personales, estado biológico o por discapacidad. Los trabajadores que sean menores de edad, bien porque por falta de experiencia en el puesto de trabajo no sepan reconocer los riesgos o bien porque no se han desarrollado por completo. Las trabajadoras que se encuentren en periodo de embarazo, lactancia y puerperio. 162

173 El reconocimiento deberá ser: Sistemático, todas las actividades relacionadas con la vigilancia de la salud tiene que ser dinámicas y actualizadas. Documentado, deben existir documentos donde conste el control del estado de salud de cada trabajador, y los resultados obtenidos en dicho control. Además el empresario tiene la obligación de mantener un registro de los historiales médicos de aquellos trabajadores que están expuestos a determinados agentes, y conservarlos durante un plazo mínimo de 10 años tras la finalización de dicha exposición. Informativo, se debe informar a los trabajadores de forma individual de los métodos de vigilancia de la salud y de los objetivos que se persiguen con dichos métodos. También se les debe informar de los resultados obtenidos. Gratuito, el coste económico de cualquier actividad relacionada con la salud y seguridad de los trabajadores debe ser gratuita para estos. Debido a esto los reconocimientos se realizan dentro de la jornada laboral. Participado, se debe respetar la participación de los trabajadores y de sus representantes. 163

174 LO QUE HEMOS APRENDIDO La expresión vigilancia de la salud de los trabajadores abarca un conjunto de actividades que tienen como fin la prevención de los riesgos laborales, se basan en identificar los problemas de salud y evaluar los medios preventivos existentes. El reconocimiento médico tiene que aportar una historia clínico-laboral, donde también se detalle el puesto de trabajo que ocupa, el tiempo de permanencia, los riesgos que se han detectado y las medidas preventivas que se han adoptado. El coste económico de cualquier actividad relacionada con la salud y seguridad de los trabajadores debe ser gratuito para estos. Debido a esto los reconocimientos se realizan dentro de la jornada laboral. 164

175 ANOTACIONES 165

176 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. La vigilancia de las enfermedades y lesiones de origen profesional consiste en: El control sistemático y continuo de los episodios relacionados con la salud en la población activa. La vista de un inspector medico a las instalaciones de la empresa. La obligatoriedad de que todos los trabajadores pasen una revisión médica dos veces al año. 2. La vigilancia de la salud debe ser específica en función del o de los riesgos identificados en la evaluación de riesgos: Verdadero. Falso. 3. La vigilancia de la salud debe ser garantizada por la secretaria restringiendo el alcance de la misma a los riesgos inherentes al trabajo: Verdadero. Falso. 4. La vigilancia de la salud es obligatoria para el trabajador: Verdadero. Falso. 5. La Vigilancia de la Salud debe ser Ética, debe asegurar una práctica profesional, se debe dar un respeto a la intimidad, a la dignidad y la no discriminación laboral: Verdadero. Falso. 6. El reconocimiento médico: Es gratuito para el trabajador. Se descontara el 50% del importe de la nomina. Lo pagara la Seguridad Social, la empresa y el trabajador a partes iguales. 166

177 Prevención de Riesgos Laborales Elementos Básicos de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales TEMA 9. La Organización de la Prevención en la Empresa TEMA 10. Organismos Públicos Relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo TEMA 11. Documentación: Recogida, Elaboración y Archivo módulo 3 167

178 168

179 Prevención de Riesgos Laborales La Organización de la Prevención en la Empresa Introducción Auditorías del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales Objetivos: Descubrir cómo es un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales. Identificar las modalidades de recursos humanos y materiales para el desarrollo de las actividades preventivas. tema 9 169

180 170

181 Introducción Las empresas son las que tienen la responsabilidad de llevar a cabo: La prevención. La organización de los primeros auxilios. La planificación de las emergencias. Para que la prevención tenga éxito lo más importante es que el empresario asuma su función dentro de la prevención, además hay que designas trabajadores encargados de comprobar que todo esta en orden. La función de prevención también se puede llevar a cabo a través de servicios de prevención ajenos. Para que el empresario pueda llevar a cabo las actividades de prevención de forma personal (a excepción de las relativas a la vigilancia de la salud) se tienen que dar una serie de condiciones: La empresa tiene que tener menos de 6 trabajadores. En actividad no incluida en el Anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención: ο ο ο ο ο ο ο ο ο ο ο ο Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes en zonas controladas. Trabajos con exposición a agentes tóxicos y muy tóxicos, y en particular a agentes cancerígenos, mutagénicos o tóxicos para la reproducción, de primera y segunda categoría. Actividades en que intervienen productos químicos de alto riesgo. Trabajos con exposición a agentes biológicos. Actividades de fabricación, manipulación y utilización de explosivos, incluidos los artículos pirotécnicos y otros objetos o instrumentos que contengan explosivos. Trabajos propios de minería a cielo abierto y de interior, y sondeos en superficie terrestre o en plataformas marinas. Actividades en inmersión bajo el agua. Actividades en obras de construcción, excavación, movimientos de tierras y túneles, con riesgo de caída de altura o sepultamiento. Actividades en la industria siderúrgica y en la construcción naval. Producción de gases comprimidos, licuados o disueltos o utilización significativa de los mismos. Trabajos que produzcan concentraciones elevadas de polvo silíceo. Trabajos con riesgos eléctricos en alta tensión. 171

182 El empresario deberá realizar su actividad de forma habitual en el centro de trabajo, no podrá estar desplazándose de forma continua a otros lugares fuera del centro. Tiene que tener las capacidades necesarias para poder desarrollar las funciones preventivas. Para llevar a cabo la actividad preventiva de la empresa, el empresario puede nombrar a uno o varios trabajadores, dichos trabajadores tienen que tener la formación y capacidad requerida para poder realizar las funciones que se le asignan, además debe tener tiempo y los medios necesarios. El número de trabajadores que se asigne para que se encarguen de la prevención dependerá del número de trabajadores que componga la empresa, dichos trabajadores tienen que: Tener la formación y capacidad requerida para poder ejecutar sus funciones. Disponer de tiempo suficiente y de los medios que sean necesarios. El empresario tiene la opción de contratar un Servicio de Prevención Ajeno para que se encargue de la actividad preventiva de su empresa. El Servicio de Prevención es el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las labores preventivas, con el fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y trabajadoras y a sus representantes y a los órganos de representación especializados (art 31.2 de la LPRL). 172

183 El Servicio de Prevención debe tener carácter interdisciplinario, seguridad, higiene, ergonomía, psicosociología y medicina laboral. Sus medios (formación, especialidad, capacitación, número de componentes) deben ser suficientes y adecuados a las actividades preventivas a desarrollar. Los Servicios de Prevención prestan a la Empresa el asesoramiento y apoyo que precisa en relación a los tipos de riesgos existentes en la misma y en lo referente a (art 31.3 de la LPRL): Diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de la acción preventiva. Evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras. Determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia. Formación e información a los trabajadores y trabajadoras. Prestación de los primeros auxilios. Elaboración e implantación de los planes de emergencia. Vigilancia de la salud de los trabajadores y trabajadoras en relación a los riesgos derivados del trabajo. 173

184 Cuando el empresario elige un Servicio de Prevención Propio, este servicio tiene que tener unas características determinadas que son: Las personas que forman el servicio de prevención tienen que tener una dedicación exclusiva en la empresa. Podrán disponer de todos los medios materiales y humanos que necesiten. Al menos tiene que disponer de dos de las cuatro especialidades previstas, estas son: o Seguridad. o Higiene. o Ergonomía y psicosociología. o Vigilancia de la salud. Todos los expertos actuarán de forma coordinada. En el caso de que exista asistencia sanitaria esta contará con: o Con un máximo de 1000 trabajadores se tendrá una Unidad Básica Sanitaria que constará de un médico y un ATS/DUE que estarán la jornada completa. o Con más de 1000 trabajadores: 68 minutos/trabajo/año en actividades del anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. 34 minutos/trabajo/año en las restantes actividades. Cuando alguna actividad no es realiza por el servicio de prevención propio tienen que ser concertadas con los servicios de prevención ajenos. La empresa, de forma anual, tiene la obligación de crear una memoria así como la programación del Servicio de Prevención. Cuando nos decidimos por un Servicio de Prevención Ajeno, la prestación debe ser concertada de forma escrita y hay que tener en cuenta una serie de aspectos importantes: Identificación de la entidad que actúa como Servicio de Prevención, de la empresa destinataria de la actividad y los centros de trabajo que quedan cubiertos por dicho actividad. 174

185 Saber el tipo de actividad preventiva que se va a llevar a cabo en la empresa para así poder definir las actuaciones que se van a realizar y los medios que son necesarios para ejecutar dicha actividad. Tener control sobre la salud, es muy importante vigilar la salud de los trabajadores. Condiciones económicas. Cuando varias empresas llevan a cabo actividades en un mismo centro de trabajo pueden formar lo que conocemos como Servicio de Prevención Mancomunado. También podrán formar Servicios de Prevención Mancomunados empresas que formen parte del mismo sector productivo o grupo empresarial, así como aquellas que efectúen las mismas actividades en un polígono industrial o área limitada. Para que este tipo de empresas puedan formar dicho servicio de prevención se debe realizar mediante negociación colectiva o mediante acuerdos del Estatuto de los Trabajadores. Antes de crear este servicio se debe consultar a los representantes legales de los trabajadores. Los Servicios de Prevención Mancomunados se consideran Servicios de Prevención Propios, tienen que cumplir lo exigido en dichos Servicios Propios. 175

186 Auditorías del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales Qué es la Auditoría del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales La auditoría es un elemento utilizado para la gestión, su objetivo es reflejar una imagen real del sistema de prevención de riesgos laborales de la empresa, valorando su eficacia y detectando las deficiencias que puedan dar lugar a incumplimientos de la normativa vigente para permitir la adopción de decisiones dirigidas a su perfeccionamiento y mejora (art Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención). Características que Presenta una Auditoría Una auditoría tiene que ser sistemática, tiene que tener un orden y unas secuencias metodológicas. Además tienen que ser documentadas, objetivas y periódicas. Las auditorías tienen que realizarse por entidades que tengan autorización y que sean ajenas a la empresa. El auditor no puede tener ningún tipo de vinculación con la empresa auditada, tiene que ser totalmente imparcial. Objetivos de la Auditoría Las auditorías presentan una serie de objetivos a cumplir, estos son: Analizar de que modo se ha llevado a cabo la Evaluación de riesgos, además es importante analizar los resultados y verificarlos si se plantea alguna duda. Comprobar como de adecuado y efectivo es el sistema de prevención para asegurarnos que se van a conseguir los objetivos de seguridad y salud que pretende alcanzar la empresa. Asegurarnos de que se cumplen las normas relativas a la prevención. Comprobar que la empresa esta cumpliendo todos los procedimientos que desarrolla el sistema de prevención. Prestar información a la Dirección sobre como esta funcionando el sistema de prevención y si las actividades que se están ejecutando sobre seguridad y salud en el lugar de trabajo son las adecuadas. Comprobar si se pueden mejorar partes del sistema de prevención. 176

187 Participación de los Trabajadores Para llevar a cabo la realización de la auditoría es muy importante tener presente la información que aportan los trabajadores. Los resultados que se obtengan de la auditoría deben quedar plasmados en un informe, dicho informe estará a disposición de los representantes de los trabajadores siempre que los requieran. Ámbito de Aplicación Según el artículo 29 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, el ámbito de aplicación sería: 1. Las auditorías o evaluaciones externas serán obligatorias en los términos establecidos en el presente capítulo cuando, como consecuencia de la evaluación de los riesgos, las empresas tengan que desarrollar actividades preventivas para evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. 2. Las empresas que desarrollen las actividades preventivas con recursos propios y ajenos deberán someter su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa. 3. Las empresas de hasta seis trabajadores cuyas actividades no estén incluidas en el anexo I, en las que el empresario hubiera asumido personalmente las funciones de prevención o hubiera designado a uno o más trabajadores para llevarlas a cabo y en las que la eficacia del sistema preventivo resulte evidente sin necesidad de recurrir a una auditoría por el limitado número de trabajadores y la escasa complejidad de las actividades preventivas, se considerará que han cumplido la obligación de la auditoría cuando cumplimenten y remitan a la autoridad laboral una notificación sobre la concurrencia de las condiciones que no hacen necesario recurrir a la misma según modelo establecido en el anexo II, y la autoridad laboral no haya aplicado lo previsto en el apartado 4 de este artículo. 177

188 4. Teniendo en cuenta la notificación prevista en el apartado anterior, la documentación establecida en el artículo 7 y la situación individualizada de la empresa, a la vista de los datos de siniestralidad de la empresa o del sector, de informaciones o de otras circunstancias que pongan de manifiesto la peligrosidad de las actividades desarrolladas o la inadecuación del sistema de prevención, la autoridad laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso, de los órganos técnicos en materia preventiva de las Comunidades Autónomas, podrá requerir la realización de una auditoría a las empresas referidas en el citado apartado, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2. Informe de la Auditoría Según el Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero: 1. Los resultados de la auditoría deberán quedar reflejados en un informe que la empresa auditada deberá mantener a disposición de la autoridad laboral competente y de los representantes de los trabajadores. 2. El informe de auditoría deberá reflejar los siguientes aspectos: a) Identificación de la persona o entidad auditora y del equipo auditor. b) Identificación de la empresa auditada. c) Objeto y alcance de la auditoría. d) Fecha de emisión del informe de auditoría. e) Documentación que ha servido de base a la auditoría, incluida la información recibida de los representantes de los trabajadores, que se incorporará al informe. f) Descripción sintetizada de la metodología empleada para realizar la auditoría y, en su caso, identificación de las normas técnicas utilizadas. g) Descripción de los distintos elementos auditados y resultado de la auditoría en relación con cada uno de ellos. h) Conclusiones sobre la eficacia del sistema de prevención y sobre el cumplimiento por el empresario de las obligaciones establecidas en la normativa de prevención de riesgos laborales. i) Firma del responsable de la persona o entidad auditora. 3. El contenido del informe de auditoría deberá reflejar fielmente la realidad verificada en la empresa, estando prohibida toda alteración o falseamiento del mismo. 4. La empresa adoptará las medidas necesarias para subsanar aquellas deficiencias que los resultados de la auditoría hayan puesto de manifiesto y que supongan incumplimientos de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. 178

189 LO QUE HEMOS APRENDIDO El empresario podrá desarrollar personalmente las actividades de prevención, a excepción de las relativas a la vigilancia de la salud y podrá constituir un Servicio de Prevención Propio o contratar un Servicio de Prevención Ajeno para desarrollar la actividad preventiva. El Servicio de Prevención es el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las labores preventivas, con el fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y trabajadoras y a sus representantes y a los órganos de representación especializados. Las entidades especializadas que actúen con Servicio de Prevención Ajeno deben facilitar a las empresas para las que actúan la memoria y programación anual. El informe de la auditoría tiene que tratar lo que se ha realizado y las conclusiones obtenidas. 179

190 ANOTACIONES 180

191 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. Las funciones de prevención se realizarán por medio de: Mediante trabajadores designados. A través de servicios de prevención propios o ajenos. Ambas respuestas son correctas. 2. La actividad de asistencia sanitaria, contará con: 58 minutos/trabajo/año en actividades del anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. 68 minutos/trabajo/año en actividades del anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. 78 minutos/trabajo/año en actividades del anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. 3. Objetivos de la Auditoría: Verificar el cumplimiento de la normativa en materia de prevención. Ver las responsabilidades de los auditores. Determinar las distintas mejoras. 4. El Servicio de Prevención es el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las labores preventivas: Verdadero. Falso. 5. Índice del informe: Objeto y alcance de la auditoría. Firma del responsable de la entidad auditora y de los componentes del equipo auditor. Ambas respuestas son correctas. 6. La actividad preventiva de los servicios mancomunados no se limitará a las empresas participantes: Verdadero. Falso. 181

192 182

193 Prevención de Riesgos Laborales Organismos Públicos Relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo Introducción Las Nuevas Exigencias Legales de la O.I.T. Organismos Nacionales Organismos de Carácter Autonómico Objetivos: Conocer las distintas Instituciones y Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo. Conocer las funciones que tienen atribuidas. tema

194 184

195 Introducción En materia de seguridad y salud en el trabajo destaca el papel que desempeñan determinados organismos internacionales, cuyas normas y recomendaciones, una vez que se incorporan al Derecho interno español, constituyen un bloque normativo de importancia en el orden laboral. Corresponde al Estado, fijar por un lado, las medidas de seguridad y salud mínimas, que deberán respetar empresarios y trabajadores y, de otro, las responsabilidades a exigirles en caso de incumplimiento. Las Nuevas Exigencias Legales de la O.I.T. La Organización Internacional del Trabajo es un tipo de organismo especializado de las Naciones Unidas. Su creación fue en 1919 y es el único tratado con importancia que perdura del Tratado de Versalles. La OIT tiene una estructura tripartita, tanto los trabajadores como los empleados participan con los gobiernos de igual forma en las labores de sus órganos de administración. El objetivo que presenta esta organización es fomentar la justicia social y todos los derechos humanos y laborales que son reconocidos de forma internacional. Además formula normas internacionales del trabajo, gracias a estas normas se fijan unas condiciones mínimas relacionadas con los derechos laborales fundamentales, como son: libertad sindical, igualdad de oportunidades, el derecho a la negociación colectiva, abolición del trabajo forzoso, etc. También presta asistencia técnica a los siguientes campos: Política de empleo. Seguridad social. Formación y rehabilitación profesionales. Legislación del trabajo y relaciones laborales. Condiciones de trabajo. Administración del trabajo. Desarrollo gerencial. Cooperativas. Estadísticas laborales, y seguridad y salud en el trabajo. Además promueve el desarrollo de organizaciones independientes de empleadores y trabajadores. También proporciona formación y asesoramiento técnico. 185

196 Los Objetivos Estratégicos de la OIT La base de esta organización es la aplicación del Programa sobre el Trabajo Docente. Los principales objetivos que tiene la OIT son: 1. Asegurar que se lleven a cabo las normas, principios y derechos fundamentales en el trabajo: trabajo infantil y acción normativa. 2. Conseguir que los trabajadores consigan tener mejores empleos e ingresos: Mostrar su apoyo a la política de empleo, aportar conocimientos teóricos, prácticos y de empleabilidad y creación de empleos. 3. Aumentar la protección social para todos los trabajadores: Seguridad social y condiciones de trabajo. 4. Fomentar el diálogo social y el tripartismo: Interlocutores sociales y gobiernos e instituciones de diálogo social. 5. Promover las actividades transversales, como por ejemplo: Configuración del quehacer de la OIT: Que se produzca igualdad entre ambos sexos y apoyo operativo intersectorial al trabajo docente. Ampliación de los conocimientos: Estadísticas, Instituto Internacional de Estudios Laborales y Centro Internacional de Formación de la OIT, Turín. Mejor percepción de las perspectivas de la OIT: Relaciones y asociaciones exteriores y comunicaciones. Otros Organismos Internacionales La Unión Europea: España entra a formar parte de la Comunidad Económica Europea en enero de Desde este momento, nos vemos obligados a armonizar nuestro derecho interno de acuerdo a las directivas europeas. Las instituciones de la unión europea: o El Consejo: Constituye la principal instancia de decisión de la Unión Europea, está compuesto por un representante de cada uno de los quince Estados miembros que integran la Unión Europea. o La Comisión: Es la encargada de defender el interés general de la Unión. o El Parlamento Europeo: En él están representadas las grandes tendencias políticas existentes en los países miembros, reunidas en formaciones políticas paneuropeas. 186

197 o El Tribunal de Justicia: Garantiza el respeto del Derecho comunitario y la uniformidad de interpretación del mismo. La Organización Internacional del Trabajo (OIT): La Organización Internacional del Trabajo es un organismo que persigue fomentar la justicia social y los derechos humanos y laborales Internacionalmente reconocidos. Organismos Nacionales Inspección de Trabajo y Seguridad Social En el art de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se define la Inspección de Trabajo y Seguridad Social como un servicio público al que corresponde ejercer la vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social y exigir las responsabilidades pertinentes, así como el Asesoramiento y, en su caso, arbitraje, mediación y conciliación en dichas materias, que efectuará de conformidad con los principios del Estado Social y Democrático de Derecho que consagra la Constitución Española y con los Convenios números 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo. PRINCIPALES FUNCIONES Las funciones de los inspectores de trabajo en el ámbito de la prevención de riesgos laborales vienen recogidas en el art. 9.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre. Sus funciones en ésta ámbito son: Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, así como de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo en materia de prevención, aunque no tuvieran la calificación directa de normativa laboral, proponiendo a la autoridad laboral competente la sanción correspondiente, cuando comprobase una infracción a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el capítulo VII de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Asesorar e informar a las empresas y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones cuya vigilancia tiene encomendada. Elaborar los informes solicitados por los Juzgados de lo Social en las demandas deducidas ante los mismos en los procedimientos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Informar a la autoridad laboral sobre los accidentes de trabajo mortales, muy graves o graves, y sobre aquellos otros en que, por sus características o por los sujetos afectados, se considere necesario dicho informe, así como sobre las enfermedades profesionales en las que concurran dichas calificaciones y, en general, en los supuestos en que aquélla lo solicite respecto del cumplimiento de la normativa legal en materia de prevención de riesgos laborales. 187

198 Comprobar y favorecer el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los servicios de prevención establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Ordenar la paralización inmediata de trabajos cuando, a juicio del inspector, se advierta la existencia de riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) Es el órgano científico-técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como cometido el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como el fomento y apoyo al progreso de las mismas. Para ello colaborará con los órganos de las Comunidades Autónomas con competencias en esta materia. Su origen se remonta a 1971 con la creación del plan Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo, posteriormente transformado, en 1976, en Servicio Social de Higiene y Seguridad del Trabajo. Depende funcionalmente de la Dirección General de Trabajo. PRINCIPALES FUNCIONES Como indica el artículo 8 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales las funciones del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo son: 1. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. Para ello establecerá la cooperación necesaria con los órganos de las Comunidades Autónomas con competencias en esta materia. El Instituto, en cumplimiento de esta misión, tendrá las siguientes funciones: a. Asesoramiento técnico en la elaboración de la normativa legal y en el desarrollo de la normalización, tanto a nivel nacional como internacional. b. Promoción y, en su caso, realización de actividades de formación, información, investigación, estudio y divulgación en materia de prevención de riesgos laborales, con la adecuada coordinación y colaboración, en su caso, con los órganos técnicos en materia preventiva de las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus funciones en esta materia. c. Apoyo técnico y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el cumplimiento de su función de vigilancia y control, prevista en el artículo 9 de la presente Ley, en el ámbito de las Administraciones públicas. 188

199 d. Colaboración con organismos internacionales y desarrollo de programas de cooperación internacional en este ámbito, facilitando la participación de las Comunidades Autónomas. e. Cualesquiera otras que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines y le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias, de acuerdo con la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo regulada en el artículo 13 de esta Ley, con la colaboración, en su caso, de los órganos técnicos de las Comunidades Autónomas con competencias en la materia. 2. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en el marco de sus funciones, velará por la coordinación, apoyará el intercambio de información y las experiencias entre las distintas Administraciones públicas y especialmente fomentará y prestará apoyo a la realización de actividades de promoción de la seguridad y de la salud por las Comunidades Autónomas. Asimismo, prestará, de acuerdo con las Administraciones competentes, apoyo técnico especializado en materia de certificación, ensayo y acreditación. 3. En relación con las Instituciones de la Unión Europea, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo actuará como centro de referencia nacional, garantizando la coordinación y transmisión de la información que deberá facilitar a escala nacional, en particular respecto a la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y su Red. 4. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo ejercerá la Secretaría General de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, prestándole la asistencia técnica y científica necesaria para el desarrollo de sus competencias. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo Según viene establecido en el artículo 13 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: 1. Se crea la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo como órgano colegiado asesor de las Administraciones públicas en la formulación de las políticas de prevención y órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo. 2. La Comisión estará integrada por un representante de cada una de las Comunidades Autónomas y por igual número de miembros de la Administración General del Estado y, paritariamente con todos los anteriores, por representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. 189

200 3. La Comisión conocerá las actuaciones que desarrollen las Administraciones públicas competentes en materia de promoción de la prevención de riesgos laborales, de asesoramiento técnico y de vigilancia y control a que se refieren los artículos 7, 8, 9 y 11 de esta Ley y podrá informar y formular propuestas en relación con dichas actuaciones, específicamente en lo referente a: Criterios y programas generales de actuación. Proyectos de disposiciones de carácter general. Coordinación de las actuaciones desarrolladas por las Administraciones públicas competentes en materia laboral. Coordinación entre las Administraciones públicas competentes en materia laboral, sanitaria y de industria. Organismos de Carácter Autonómico El artículo º de la Constitución Española dice: Legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas, esto es, reserva al Estado de competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas. De este modo, las Comunidades Autónomas disponen de la potestad sancionadora que se efectuará de acuerdo con su regulación propia, a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Las Comunidades Autónomas ejercen las funciones y servicios que antes desarrollaban los Gabinetes Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo. Estas funciones y servicios los llevan a cabo de forma conjunta con los estatutos autonómicos. 190

201 LO QUE HEMOS APRENDIDO La Organización Internacional del Trabajo es un tipo de organismo especializado de las Naciones Unidas. Su creación fue en 1919 y es el único tratado con importancia que perdura del Tratado de Versalles. El objetivo que presenta esta organización es fomentar la justicia social y todos los derechos humanos y laborales que son reconocidos de forma internacional. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social como un servicio público al que corresponde ejercer la vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social y exigir las responsabilidades pertinentes, así como el Asesoramiento y, en su caso, arbitraje, mediación y conciliación en dichas materias, que efectuará de conformidad con los principios del Estado Social y Democrático de Derecho que consagra la Constitución Española y con los Convenios números 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo. Las Comunidades Autónomas disponen de la potestad sancionadora que se efectuará de acuerdo con su regulación propia, a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 191

202 ANOTACIONES 192

203 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. El Organismo que persigue fomentar la justicia social y los derechos humanos es: La Organización Nacional del Trabajo. La OIT. La Unión Europea. 2. La Comisión es una Institución Nacional: Verdadero. Falso. 3. El INSHT es el órgano científico-técnico especializado de la Administración General del Estado: Verdadero. Falso. 4. La Inspección de Trabajo debe: Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención. Asesorar e informar. Ambas respuestas son correctas. 5. El Tribunal de Justicia: Es un organismo nacional. Garantiza el respeto del derecho comunitario. Es miembro del parlamento europeo. 6. El Consejo constituye la principal instancia de decisión en Europa: Verdadero. Falso. 193

204 194

205 Prevención de Riesgos Laborales Documentación: Recogida, Elaboración y Archivo Introducción Desarrollo de la Prevención de Riesgos Laborales Concierto de las Actividades Preventivas Esquema de Gestión Preventiva Precisiones sobre la Etapa General de la Evaluación General de Riesgos Bases para el Análisis de las Actuaciones de los Servicios de Prevención Ajenos El Contrato, el Programa Anual y la Memoria Anual de las Actividades Preventivas La Evaluación de Riesgos La Planificación de la Actuación Preventiva Objetivos: Analizar la documentación y procesos necesarios para la implantación de una actividad de previsión de riesgos laborales. tema

206 196

207 Introducción Son muchas las empresas que no tienen personal propio con una formación específica para la prevención y por ello contratan a una Entidad Especializada para actuar como Servicio de Prevención Ajeno (EEA/SPA), con el objetivo de que sean su servicio de prevención. En muchas ocasiones se considera que la gestión de la prevención consiste prácticamente solo en la contratación de una Entidad Especializada o Servicio de Prevención Ajeno que lleve a cabo la actividad de la prevención y elabore los informes legales. También se piensa que la obligación fundamental de la nueva legislación es la de tener a disposición de la autoridad competente una documentación determinada. La contratación de una Entidad Especializada Autorizada como SPA se realizará para la elaboración de dicha documentación. Debido a todo esto el documento de la evaluación inicial de riesgos es el objetivo principal para la mayoría de las empresas. En la mayoría de los casos no existe un análisis detallado de todos los riesgos que se pueden presentar. Los empresarios, que no disponen de personal con la formación adecuada en materia de prevención, no tienen los criterios de carácter técnico necesarios para concretar el contenido del contrato con el SPA ni para poder comprobar la calidad de los servicios recibidos. Las empresas necesitan un período de tiempo inicial para poder implantar la organización y cumplir los requisitos que marca la legislación básica, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención. Además necesitan otro período de tiempo para poder poner en práctica las actuaciones que sean necesarias para poder cumplir la normativa específica que la evaluación de los riesgos no evitables haya puesto de manifiesto. Desarrollo de la Prevención de Riesgos Laborales En una empresa, la implantación de las actividades de prevención de riesgos laborales se realiza a través de tres fases: Fase Inicial o preparatoria. Fase Operativa o de aplicación. Fase de Mantenimiento o continuidad. Fase Inicial El inicio de las actuaciones no debería ser a partir de una evaluación de riesgos, sino de la toma de datos que deriva de la información que hay disponible en la empresa, como por ejemplo, la actividad que realiza la empresa, el número de trabajadores que hay, los índices de siniestralidad, etc. Todo esto hace posible diseñar e implantar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, según viene reflejado en el artículo 2 del Reglamento de los Servicios de Prevención. Este Plan de Prevención debe contar con una serie de etapas o aspectos que se explican seguidamente. 197

208 ELABORACIÓN Y ELEMENTOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN El primer paso para la elaboración de este plan es tener una información previa general y una descripción de los riesgos genéricos del proceso productivo. El Plan de Prevención de Riesgos Laborales tiene que disponer de una serie de elementos: Se deben determinar los compromisos y objetivos, estos tienen que estar junto con el resto de objetivos que tenga la empresa. Prácticas, procedimientos y procesos. Descripción detallada de la estructura organizativa que presente la empresa, dicha descripción tiene que incluir: o La constitución de la modalidad organizativa de los recursos que se necesiten para poder llevar a cabo las actividades preventivas de forma eficiente. o Asignar las personas con responsabilidad en materia de prevención. Las articulaciones de los mecanismos de participación y consulta. Es imprescindible que el plan de prevención este documentado y que el empresario asuma dicho plan. Fase Operativa o de Aplicación En esta fase se da inicio a las actividades preventivas que harán que se pueda desarrollar la actuación preventiva en la empresa. Esta fase consta de una serie de etapas: En primer lugar se implantará el plan de prevención, una vez se haya finalizado la elaboración del Plan de Prevención se inician las actividades preventivas que estén programadas en la empresa. Seguidamente se dará lugar a la consulta sobre el procedimiento de evaluación. EVALUACIÓN INICIAL DE RIESGOS Esta fase se inicia con la identificación de los riesgos, la propuesta para su eliminación y eliminación de los que se puedan evitar y una estimación de la posible magnitud de los que no pueden evitarse. PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA Esta fase deriva de la evaluación de riesgos. En este paso se incluyen las medidas que hay que tomar para eliminar, corregir o controlar los riesgos evaluados y los estudios que se deben llevar a cabo para poder realizar una valoración concreta y ajustada de los riesgos de evaluación con más dificultad. 198

209 En la planificación de la actividad preventiva se deben realizar una serie de acciones: Facilitar la formación e información necesaria a los trabajadores y/o a sus representantes. Los aspectos a incluir son: o o o o Formar e informar a los trabajadores acerca de los riesgos que se pueden presentar en sus puestos de trabajo y que medidas se pueden tomar para prevenirlos. Formación complementaria, cuando sea necesario, de los Delegados de Prevención. Formación complementaria para los trabajadores designados o expertos. Capacitación de la estructura de mandos de la empresa. Tomar medidas de emergencia que incluyan: o o o Actuación frente a emergencias. Primeros auxilios. Evacuación. También deben de incluirse la relación de personas que van a ser las encargadas de cada una de estas medidas, como se va a llevar a cabo la comprobación periódica del funcionamiento de las medidas de emergencia, la formación que va a ser necesaria para cada colectivo, el material que se necesita y la organización de las relaciones con organismos externos que colaboren en los casos en los que se produzca alguna emergencia. Formación al personal que se va a designar para emergencias, formación específica para cada colectivo. Vigilancia de la Salud, se incluye una programación anual, el desarrollo de las actividades sanitarias y los exámenes de salud que se llevarán a cabo según el riesgo que presente el trabajador. Adecuación de la organización preventiva, cuando de la evaluación de riesgos se vea que es necesario adecuar la organización preventiva de la que se dispone a los riesgos que existen se planificarán las adaptaciones que son necesarias llevar a cabo. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR Es necesario incluir la programación de las actividades que hay que desarrollar tanto por la empresa cono por la Entidad Especializada Externa que actúe como Servicio de Prevención Ajeno. Tanto la programación como la ejecución de las actividades de la Entidad Especializada Externa será la que se determine y complementará el que ejecute el empresario. 199

210 DOCUMENTACIÓN Se debe incluir, para complementar la planificación, la documentación que hay que elaborar y conservar. Se incluirá la elaboración de la memoria anual del Servicio de Prevención, en el caso de que exista. Fase de Mantenimiento/Continuidad En esta fase se lleva a cabo la ejecución de las tareas que son necesarias para la actualización, control periódico y seguimiento de la actividad preventiva que se realice en la empresa. Las tareas que se deben realizar son: Evaluación de Riesgos: Son bien un complemento o una continuación de la Evaluación Inicial de Riesgos, está encaminada a determinar la magnitud de los riesgos que precisan del establecimiento de una estrategia de medición o de la aplicación no mecánica de criterios. Además en esta fase se incluirán las evaluaciones sobre puestos de trabajo que estén afectados por alguna de las circunstancias que se establecen en el Art. 4.2 del R.D. 39/97, Reglamento de los Servicios de Prevención, estos son: ο La elección tanto de los equipos de trabajo como de las sustancias o preparados químicos, la modificación de los puestos de trabajo y la introducción de las nuevas tecnologías. ο Incorporar a la plantilla a un trabajador que presente unas características personales o estado biológico que lo hagan sensible a las condiciones que presenta el puesto. Creación de planes y programas de actuación preventiva que tienen como objetivo de dar cumplimiento al artículo 9 del Reglamento de los Servicios de Prevención. Tanto los planes como los programas tienen que incluir en su contenido los puntos siguientes: o Período al que corresponden (inicio y fin). o Actividades a desarrollar. o Medios humanos, material y recursos económicos que son necesarios. Controles e eficacia: se realizará un seguimiento de los resultados que se están obteniendo de la actuación preventiva, dicho seguimiento se realizará teniendo presente los siguientes indicadores: o El análisis de cómo van evolucionando los accidentes de trabajo. o La evolución de las enfermedades profesionales. 200

211 o El control de las medidas de prevención que se han implantado a través de las comprobaciones adecuadas. o Los indicadores sanitarios de los resultados obtenidos sobre la vigilancia de la salud de los trabajadores. o Los datos sobre el número de trabajadores que están expuestos a los riesgos. o El análisis de la formación e información que ha sido impartida a los trabajadores. o Los datos sobre la prestación de primeros auxilios y acerca de la activación de las medidas de emergencia. CONTROL Y VALORACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN Es de carácter obligatorio que las empresas que no hubieren concertado el servicio de prevención con una entidad que sea especializada se tengan que someter a una Auditoría legal externa. Será realizada por una Entidad Autorizada, es un instrumento de gestión que tiene como fin verificar la eficacia del Plan de Prevención y comprobar si es adecuado para conseguir los objetivos y compromisos que se han establecido en la empresa. Concierto de las Actividades Preventivas Cuando las actividades preventivas se llevan a cabo a través de una entidad especializada externa, legalmente es necesario que exista un contrato o concierto de dichas actividades preventivas. El artículo 20 del Reglamento de los Servicios Preventivos determina que en el concierto tienen que venir expuestos las actuaciones que se van a realizar en los centros de trabajo de la empresa y los medios que se van a utilizar. Las condiciones que afectan a este punto son: La variedad de contratos según las variedades de modalidades organizativas. La variedad de actividades a desarrollar en función de la situación de la Prevención de Riesgos Laborales en la empresa. La variedad de actividades a desarrollar en la empresa que va en función del sector y de sus necesidades particulares. 201

212 Esquema de Gestión Preventiva 202

213 Precisiones sobre la Etapa General de la Evaluación General de Riesgos En los anexos 1 y 2 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, se indican los riesgos que presentan los equipos de trabajo: Caídes de altura. Riesgo de caída de objetos. Riesgo de quemadura, corte, aplastamiento, atrapamiento por cuerpos en movimiento o por caída o vuelco del equipo. Riesgo por entran en contacto con materiales peligrosos o por contacto eléctrico. Riesgo de incendio o explosión. Riesgo por realizar trabajos de forma incorrecta, utilizar ropa inadecuada o no tener un buen plan de mantenimiento. A cada riesgo que se detecte se le puede realizar una medida preventiva para poder reducirlo o si es posible eliminarlo. El diseño final tiene que estar incluido y coordinado con las modificaciones que se extraigan una vez se ponga en marcha el equipo. Se realizará un análisis detallado de la máquina con el propósito de poder conocer los riesgos y las modificaciones que sean necesarias, debe cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1215/1997 y las normas UNE. El análisis se realiza en las etapas posteriores de evaluación, puede llevarse a cabo por la Entidad especializada que realiza la función de servicio de prevención ajeno, por un Organismo Colaborador de la Administración o por un Técnico competente con la cualificación necesaria. Las instalaciones que presentan reglamentación sobre seguridad Industrial y Prevención y Protección de Incendios tendrán solamente un control administrativo para comprobar que no se produce omisión en relación a las inspecciones o revisiones obligatorias. Los Agentes Físicos, Químicos y Biológicos Tanto los agentes físicos como los químicos necesitan mediciones de distintos parámetros de exposición del trabajador en el lugar donde realiza su actividad para poder determinar el grado de riesgo que existe para los trabajadores. Para los agentes en los que exista un criterio técnico con el cual sea suficiente para realizar una evaluación genérica previa a dichas mediciones, ésta estará dentro de la etapa general de la evaluación y las mediciones se jerarquizarán y planificarán en el Plan de Actuación Anual y en el de prestaciones del Servicio de Prevención. En esta planificación es obligatorio incluir las mediciones para las que exista un método legalmente establecido y valores de referencia obligatorios. 203

214 Los Riesgos Ergonómicos y Psicosociales Estos riesgos deben de estar incluidos en la etapa general de la evaluación de riesgos, en el ámbito de la detección, evaluación y propuesta de medidas preventivas. Algunos puestos o tareas deben tener un estudio específico, con dicho estudio se analizarán con más precisión las causas de los riesgos y las medidas específicas que hay que realizar. Bases para el Análisis de las Actuaciones de los Servicios de Prevención Ajenos Problemática de Partida En el artículo 10 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, se regulan las distintas modalidades que puede adoptar la organización específica de la prevención en la empresa: 1. La organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas se realizará por el empresario con arreglo a alguna de las modalidades siguientes: a. Asumiendo personalmente tal actividad. b. Designando a uno o varios trabajadores para llevarla a cabo. c. Constituyendo un servicio de prevención propio. d. Recurriendo a un servicio de prevención ajeno. En el artículo 14 de dicho Reglamento se especifica que empresas deben constituir un Servicio de Prevención propio: El empresario deberá constituir un servicio de prevención propio cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: a. Que se trate de empresas que cuenten con más de 500 trabajadores. b. Que, tratándose de empresas de entre 250 y 500 trabajadores, desarrollen alguna de las actividades incluidas en el anexo I. c. Que, tratándose de empresas no incluidas en los apartados anteriores, así lo decida la autoridad laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso, de los órganos técnicos en materia preventiva de las Comunidades Autónomas, en función de la peligrosidad de la actividad desarrollada o de la frecuencia o gravedad de la siniestralidad en la empresa, salvo que se opte por el concierto con una entidad especializada ajena a la empresa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de esta disposición. 204

215 Teniendo en cuenta las circunstancias existentes, la resolución de la autoridad laboral fijará un plazo, no superior a un año, para que, en el caso de que se optase por un servicio de prevención propio, la empresa lo constituya en dicho plazo. Hasta la fecha señalada en la resolución, las actividades preventivas en la empresa deberán ser concertadas con una entidad especializada ajena a la empresa, salvo de aquellas que vayan siendo asumidas progresivamente por la empresa mediante la designación de trabajadores, hasta su plena integración en el servicio de prevención que se constituya. Objetivos Es necesario que las autoridades competentes lleven a cabo actividades específicas para poder controlar las actuaciones de los SPA. El control de dichas actuaciones tiene que ser complementario con el control del cumplimiento de las condiciones de acreditación. Uno de los objetivos que persigue este documento es explicar que significa concertar con un SPA el servicio de prevención. Además también se pretende describir el tipo de actividades que tiene que realizar un SPA con la empresa que haya concertada el servicio de prevención. Por último también tiene por objetivo establecer la obligación de mantener a disposición de la autoridad competente los documentos. En los servicios integrales los documentos tienen que ser elaborados por el SPA. Los documentos presentan una serie de características: No limitar ni entorpecen el control que las autoridades competentes tengan que ejercer sobre las actuaciones de los SPA. Se puede utilizar cuando lo que se concierte con un SPA sea solamente una actividad o disciplina específica y no un servicio integral. También se utiliza para el control de las actuaciones del servicio de prevención de una empresa, no afecta que se lleve a cabo por un SPA o a través de cualquier combinación de recursos propios o externos. Consideraciones sobre la Contratación de un Servicio Integral Para conocer las funciones que debe llevar a cabo un SPA acudiremos a las disposiciones aplicables al caso: En el apartado 2 del artículo 31 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) se define como servicio de prevención el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes, y a los órganos de representación especializados. 205

216 El artículo 1 de Reglamento de los Servicios de Prevención establece que La prevención de riesgos laborales, como actuación a desarrollar en el seno de la empresa, deberá integrarse en la línea jerárquica de la empresa, incluidos todos los niveles de la misma. La integración de la prevención en todos los niveles jerárquicos de la empresa implica la atribución a todos ellos y la asunción por éstos de la obligación de incluir la prevención de riesgos en cualquier actividad que realicen u ordenen y en todas las decisiones que adopten. De las disposiciones citadas anteriormente se deriva que: Cuando un SPA actúa como servicio de prevención se diferencian dos tipos de funciones: o Asesorar al empresario. o Ejecutar las actividades preventivas, para poder realizar dichas actividades se necesitan conocimientos especializados. Entre las funciones que presenta un SPA está el asesoramiento y asistencia a los trabajadores y a sus representantes, y además a los órganos de representación especializados. El SPA participará en las reuniones del Comité de Seguridad y Salud. Aunque el empresario contrate un SPA tendrá la obligación de integrar la prevención en todos los niveles, tendrá que incluir la prevención que sea necesaria para cada una de las actividades que se realicen en la empresa. El Contrato, el Programa Anual y la Memoria Anual de las Actividades Preventivas Contrato y Programa Anual de Actividades Preventivas del S.P.A. Según establece el artículo 20.1 del Reglamento de los Servicios de Prevención, el contrato o concierto establecido entre una empresa y un SPA debe incluir los siguientes aspectos: Identificación de la entidad especializada que actúa como servicio de prevención ajeno a la empresa. Identificación de la empresa destinataria de la actividad, así como de los centros de trabajo de la misma a los que dicha actividad se contrae. Aspectos de la actividad preventiva a desarrollar en la empresa, especificando las actuaciones concretas, así como los medios para llevarlas a cabo. 206

217 Actividad de vigilancia de la salud de los trabajadores, en su caso. Duración del concierto. Condiciones económicas del concierto. Para poder determinar que alcance va a tener el contrato es muy importante que se concreten las actividades específicas que se van realizar y también los medios necesarios para poder llevarlas a cabo. En los casos en los que el objeto del contrato es la prestación de un servicio integral la concreción se consigue bien mediante un contrato anual o bien mediante un contrato genérico de duración indeterminada, éste incluirá un Programa Anual de actividades del SPA en el que se indiquen las actividades, los medios y las condiciones económicas para cada año de: Actividad preventiva a desarrollar en la empresa. Actividad de vigilancia de la salud de los trabajadores. Duración del concierto. Actividades que son Incluidas en el Contrato o Programa Anual del S.P.A. Cuando un SPA presenta a una empresa un servicio integral tiene que llevar a cabo un análisis de situaciones de forma anual. Dicho análisis estará basado en los datos disponibles en el momento. Se tendrá que presentar al empresario una propuesta de planificación general de la prevención, la planificación tendrá que incluir las medidas cuya ejecución corresponda al empresario y las actividades que pueden ser desarrolladas por el propio SPA. Los tipos de actividad que debe contener el Contrato o Programa Anual son: Un análisis y planificación. Actividades que se realizaran anteriormente y se deban seguir realizando. Son actividades que pretenden tener controladas algunas situaciones de riesgo. Además también estarían dentro de este punto las actividades necesarias para preparar o actualizar la documentación legal que se exige. Actividades que antes no se realizaban y que es necesario incorporar, se verán que son necesarias como resultado de la actualización de la evaluación. Actividades que se realizan de forma ocasional como por ejemplo investigaciones de accidentes, son actividades que no es posible programar. 207

218 Programa Anual de Actividades Preventivas de la Empresa Es importante que no se confunda el Contrato o Programa Anual de actividades del SPA con el Programa Anual de actividades preventivas de la empresa. El Programa Anual de actividades preventivas de la empresa tiene que incluir las actividades o medidas preventivas que tiene que ser ejecutas de forma directa por el empresario. Además tiene que ser realizado por el SPA, en los casos en los que el SPA tenga concertado el servicio integral. Memoria Anual de Actividades Preventivas de la Empresa Según se establece en el apartado 2 del artículo 39 de la LPRL, la Memoria Anual tiene que contener los mismos datos que se recogen en el Programa Anual de actividades de la empresa pero referidos a las actividades efectivamente realizadas y completados con los informes de ejecución de dichas actividades cuando sea necesario. Con la secuencia de memorias anuales debemos conseguir tener una visión de la evolución de la prevención en la empresa. La Memoria Anual de actividades preventivas de la empresa tiene que ser elaborada por el SPA en el caso de que éste tenga concertado el servicio integral. El empresario tiene la obligación de informar al SPA sobre las medidas preventivas que van a ser ejecutadas por él en el año de que se trate. La Evaluación de Riesgos Tipos de Evaluación y Contenidos El punto desde el cual debemos partir es la evaluación inicial de los riesgos, en algunas ocasiones dicha evaluación se lleva a cabo por fases. La primera fase sería una evaluación general y la segunda sería una planificación inicial de actividades, tomando como base la evaluación general. Esta planificación incluye evaluaciones complementarias de riesgos específicos. La evaluación inicial de los riesgos está determinada por dos tipos de revisiones, el artículo 16.1 de la LPRL y el artículo 5 del RSP. Según establece el artículo 16 de la LPRL: 1. La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el párrafo siguiente. Este plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que reglamentariamente se establezcan. 208

219 Según establece el artículo 5 del RSP: 1. A partir de la información obtenida sobre la organización, características y complejidad del trabajo, sobre las materias primas y los equipos de trabajo existentes en la empresa y sobre el estado de salud de los trabajadores, se procederá a la determinación de los elementos peligrosos y a la identificación de los trabajadores expuestos a los mismos, valorando a continuación el riesgo existente en función de criterios objetivos de valoración, según los conocimientos técnicos existentes, o consensuados con los trabajadores, de manera que se pueda llegar a una conclusión sobre la necesidad de evitar o de controlar y reducir el riesgo. A los efectos previstos en el párrafo anterior se tendrá en cuenta la información recibida de los trabajadores sobre los aspectos señalados. 2. El procedimiento de evaluación utilizado deberá proporcionar confianza sobre su resultado. En caso de duda deberán adoptarse las medidas preventivas más favorables, desde el punto de vista de la prevención. La evaluación incluirá la realización de las mediciones, análisis o ensayos que se consideren necesarios, salvo que se trate de operaciones, actividades o procesos en los que la directa apreciación profesional acreditada permita llegar a una conclusión sin necesidad de recurrir a aquéllos, siempre que se cumpla lo dispuesto en el párrafo anterior. En cualquier caso, si existiera normativa específica de aplicación, el procedimiento de evaluación deberá ajustarse a las condiciones concretas establecidas en la misma. Según se establece en el artículo 7 del RSP cada puesto de trabajo que requiera la necesidad de tomar alguna medida preventiva tiene que incluir la documentación siguiente: La identificación del puesto de trabajo. Los riesgos existentes y los trabajadores que afectados. El resultado de la evaluación y las medidas preventivas procedentes para la eliminación, reducción y/o control del mismo (artículo 3.1 del RSP). La referencia de los criterios y procedimientos de evaluación y de los métodos de medición, análisis o ensayo utilizados (en los casos indicados en el apartado 5.3 del RSP). Análisis del Alcance de la Evaluación de los Riesgos Se dice que una evaluación es completa cuando abarca todos los riesgos que pueden necesitar la adopción de medidas de corrección o control. El SPA, para poder llevar a cabo una evaluación correcta, debe obtener toda la información posible sobre las condiciones y actividades que se presentan en todos los puestos de trabajo. El empresario es quién tiene que disponer de la información actualizada sobre cada uno de los puestos de trabajo y sobre los trabajadores. Cada vez que se produzca algún cambio tienen que comunicárselo al SPA. 209

220 No es fácil determinar si una evaluación es completa basándonos solamente en los datos que se recogen en el documento correspondiente, son omisiones típicas las siguientes: Existen puestos de trabajo de carácter horizontal que no se contemplan, como por ejemplo los servicios de limpieza, vigilancia, etc. Las operaciones potencialmente peligrosas que se producen de forma ocasional o periódico. Los riesgos que están asociados a condiciones inadecuadas de algunas áreas o zonas. No se verifica si las instalaciones generales de la empresa han superado las revisiones o inspecciones que se exigen. No se comprueba que los equipos que están sujetos al Marcado CE contengo dicho marcado, ni tampoco se realiza la evaluación de seguridad necesaria en aquellos equipos que no están sujetos al marcado CE. No se efectúa o se efectúa de forma no correcta la evaluación de los riesgos por exposición a ciertos agentes físicos, químicos o biológicos. No son evaluados los riesgos ergonómicos y psicosociales. Análisis de la Organización/Integración de la Prevención Una de las primeras actividades que tiene que llevar a cabo el SPA es el análisis de las características de la organización empresarial, ya que pueden condicionar la eficacia de la acción preventiva. Dicho análisis se basa fundamentalmente en determinar el grado de integración de la prevención en la organización general que presenta la empresa. El análisis no debe limitarse únicamente a las unidades de producción sino que además tiene que abarcar otras unidades cuya acción condicione la eficacia de la prevención. La Planificación de la Actuación Preventiva Como ya se ha indicado anteriormente el SPA tiene la obligación de revisar de forma anual la planificación general de la actuación preventiva. Dicha planificación tiene que contener todas las medidas o actividades preventivas que se exigen legalmente para poder controlar los riesgos evaluados. Pueden ser de tipos diferentes las medidas y actividades preventivas que se planifican: Modificaciones organizativas para la integración de la prevención. Modificación de condiciones "materiales" de trabajo. 210

221 Modificación de la organización o de los procedimientos de trabajo. Formación e información. Controles de las condiciones de trabajo. Vigilancia de la salud. Investigación y notificación de accidentes y otros daños para la salud. Revisiones (totales o parciales) de la evaluación de riesgos En la planificación definitiva para cada medida o actividad preventiva que se incluye en el Programa Anual debe indicarse: Quién es el responsable. El plazo de tiempo previsto para llevar a cabo su ejecución o para su inicio. El procedimiento de realización y su periodicidad. Además tienen que ser indicados los recursos que se van a necesitar para llevar a cabo el conjunto de las actividades programadas. Medidas de Actuación en Casos de Emergencia La evaluación y análisis de las situaciones de emergencia, así como las medidas que se deben tomar para poder superar dichas situaciones tienen que tratarse a nivel particular y se deben recoger en documentos específicos. Dicha documentación tiene que incluir: Las actividades que se van a realizar en cada situación de emergencia. Las personas que van a ser encargadas de desarrollar dichas actividades. La formación necesaria de la que tienen que disponer. Los medios que van a necesitar. La organización de las relaciones con los organismos externos para la ayuda en casos de emergencia. La comprobación de forma periódica de que todas las actividades se llevan a cabo de forma correcta. Esto debe tenerse en cuenta en el caso de las empresas a las que se aplica el Real Decreto 1254/1999 de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. 211

222 Ejecución de las Actividades Preventivas y los Registros Dependiendo de los tipos de actividad preventiva que se realicen será necesario elaborar un informe de ejecución y actualizar algunos registros. Solamente el personal autorizado podrá acceder a los informes y registros, cuando la información sea de carácter confidencial. La organización de la información debe facilitar conocer: Los riesgos que existen y las posibles medidas de prevención o protección. La formación e información que se proporcione a cada trabajador. Las revisiones, inspecciones y controles a los que son sometidos los equipos de trabajo, instalación o condición ambiental. Los reconocimientos médicos que se realizan a los trabajadores. Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan. La Documentación A continuación se presentan, de forma resumida, los distintos documentos a que se ha hecho referencia en los apartados anteriores: Contrato anual o Contrato genérico y Programa Anual de actividades preventivas del SPA. Programa Anual de actividades preventivas de la empresa. Documentación acerca de la planificación de la actuación preventiva. Documentación actualizada de la evaluación de los riesgos. Documentación sobre las medidas de actuación en casos de emergencia. Informes de ejecución de las actividades preventivas realizadas y sistema de registros. Memoria Anual de actividades preventivas de la empresa. En la figura que se muestra a continuación se observan dicho documentos y la relación con las actividades del SPA. 212

223 213

224 Consideraciones Finales Cada uno de los documentos vistos anteriormente son individualmente evaluables, tanto en relación con la corrección formal de sus contenidos momo en la veracidad de los datos incluidos. Si los consideramos en su conjunto podemos evaluar tres aspectos: Las medidas y actividades preventivas que han sido utilizadas en el pasado. Cuál es la situación actual que se presenta. Las medidas que se quieren tomar en un futuro. Este conjunto de documentos forma un marco que ayuda a la elección de los documentos sobre los que se debe basar el control de la actuación de un SPA. La autoridad competente debe definir: El procedimiento de control. Los criterios que se deben seguir para la elección de los SPA que serán objeto de control. 214

225 LO QUE HEMOS APRENDIDO Son muchas las empresas que no tienen personal propio con una formación específica para la prevención y por ello contratan a una Entidad Especializada para actuar como Servicio de Prevención Ajeno (EEA/SPA), con el objetivo de que sean su servicio de prevención. En una empresa, la implantación de las actividades de prevención de riesgos laborales se realiza a través de tres fases: Fase Inicial o preparatoria. Fase Operativa o de aplicación. Fase de Mantenimiento o continuidad. Cuando las actividades preventivas se llevan a cabo a través de una entidad especializada externa, legalmente es necesario que exista un contrato o concierto de dichas actividades preventivas. Tanto los agentes físicos como los químicos necesitan mediciones de distintos parámetros de exposición del trabajador en el lugar donde realiza su actividad para poder determinar el grado de riesgo que existe para los trabajadores. Es necesario que las autoridades competentes lleven a cabo actividades específicas para poder controlar las actuaciones de los SPA. El control de dichas actuaciones tiene que ser complementario con el control del cumplimiento de las condiciones de acreditación. Cuando un SPA presenta a una empresa un servicio integral tiene que llevar a cabo un análisis de situaciones de forma anual. Dicho análisis estará basado en los datos disponibles en el momento. 215

226 ANOTACIONES 216

227 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. Cuantas fase podemos diferenciar al implantar las actividades de prevención de riesgos laborales: Dos. Cuatro. Tres. 2. En la fase de mantenimiento/continuidad se encuentra la evaluación de riesgos: Verdadero. Falso. 3. En la actuación de un SPA deben distinguirse dos tipos de funciones de igual importancia: el asesoramiento al empresario y la ejecución de actividades preventivas: Verdadero. Falso. 4. Es igual, el Contrato o Programa Anual de actividades del SPA con el Programa Anual de actividades preventivas de la empresa: Verdadero. Falso. 5. En las medidas de actuación en casos de emergencia, la documentación debe incluir, para cada situación de emergencia: la lista de todos los empleados: Verdadero. Falso. 6. En la planificación definitiva para cada medida o actividad preventiva que se incluye en el Programa Anual debe indicarse: Quién es el responsable. El plazo de tiempo previsto para llevar a cabo su ejecución o para su inicio. Ambas respuestas son correctas. 217

228 218

229 Prevención de Riesgos Laborales Riesgos Específicos y su Prevención TEMA 12. Riesgos Específicos en Oficinas TEMA 13. Riesgos Laborales en el Sector Postal módulo 4 219

230 220

231 Prevención de Riesgos Laborales Riesgos Específicos en Oficinas Introducción Principales Riesgos Carga Física Condiciones Ambientales Aspectos Psicosociales Objetivos: Contribuir a la formación e información de los trabajadores acerca de los riesgos específicos de su puesto de trabajo. Conocer cuáles son los riesgos asociados al trabajo de oficina. Conocer cuáles son las características que debe reunir el equipamiento de trabajo. Conocer como mejorar la configuración de mi puesto de trabajo. tema

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233 Introducción El trabajo de oficina implica el uso continuado de muebles, equipos informáticos, manejo de software, así como la exposición a determinadas condiciones ambientales de ruido, temperatura y humedad e iluminación, cuyo correcto diseño tiene una importante influencia sobre la comodidad, eficacia en el trabajo e, incluso, sobre la salud de los trabajadores y trabajadoras. La masiva incorporación de terminales de ordenador a los puestos de oficina ha hecho aumentar la incidencia de patologías ocupacionales que afectan a una parte importante de la población ocupada en el sector. Determinados problemas como las molestias musculares en la zona del cuello y la espalda, la fatiga y alteraciones visuales o el estrés, son los problemas manifestados con mayor frecuencia. Aunque la gravedad de la mayoría de los problemas que se presentan en las oficinas es bastante menos acusada que en otros tipos de ocupaciones, como la construcción o la industria (donde se producen accidentes graves e incluso muertes), es preciso abordar soluciones efectivas, sobre todo teniendo en cuenta que dichos problemas son relativamente fáciles de resolver. Desde el punto de vista de la gestión de riesgos laborales, la prevención en el campo del trabajo de oficina pasa por abordar cuatro tipos de cuestiones: Un adecuado diseño de las instalaciones (locales, climatización, iluminación y acondicionamiento acústico). En el caso del mobiliario, el cumplimiento de unos requisitos mínimos de calidad ergonómica permitirá prevenir una buena parte de las molestias de tipo postural tan frecuentes en las oficinas. La selección de equipos informáticos adecuados, así como de los complementos necesarios es también un factor a tener en cuenta para prevenir alteraciones visuales o molestias. Una correcta organización de las tareas, evitando sistemas de trabajo que conducen a situaciones de estrés, desmotivación en el trabajo y otros problemas de naturaleza psicosocial. Finalmente, todas las acciones anteriores pueden resultar ineficaces si se deja de lado la necesaria labor de formación e información de los trabajadores. Este aspecto es especialmente importante en tareas que presentan un alto grado de autonomía en la organización del propio puesto de trabajo, como es el caso de las tareas de oficina. De poco sirve disponer de buenos equipos si el usuario no conoce la forma de distribuir los elementos de trabajo, no ha recibido información sobre cómo debe ajustar el mobiliario que utiliza o carece de información acerca de la importancia de determinados hábitos de trabajo. 223

234 Es precisamente este último punto el que se trata de abordar en este manual, en la que se ha pretendido recopilar la información mínima que deben conocer los trabajadores de oficina en general y, especialmente, los que desarrollan un trabajo informático intensivo. A lo largo del tema se describen algunos aspectos que permitirán al usuario conocer las respuestas a las siguientes preguntas: Cuáles son los riesgos asociados al trabajo de oficina? Cuáles son las características que debe reunir el equipamiento de trabajo? Cómo puedo mejorar la configuración de mi puesto de trabajo? Con el desarrollo de este tema se pretende contribuir a la formación e información de los trabajadores acerca de los riesgos específicos de su puesto de trabajo. Principales Riesgos A continuación se describen los principales riesgos asociados al trabajo de oficina, las causas que los determinan y las posibles consecuencias sobre la salud y bienestar de los trabajadores. Riesgos relacionados con la Carga Física. Riesgos relacionados con las Condiciones Ambientales. Riesgos relacionados con Aspectos Psicosociales. Cuadro resumen de los Principales problemas ergonómicos asociados al trabajo de oficina. Carga Física Los problemas musculoesqueléticos asociados al trabajo de oficina, las relaciones fundamentales entre la aparición de molestias y las características del puesto de trabajo, las podemos agrupar en los siguientes apartados: Entorno de trabajo. Silla de trabajo. Mesa de trabajo. Ubicación del ordenador. 224

235 Problemas Musculoesqueléticos Asociados al Trabajo de Oficina Los problemas de tipo musculoesquelético asociados al trabajo de oficina, particularmente en las tareas informáticas, se deben a los siguientes factores: Movilidad restringida, asociada al trabajo sedentario. Malas posturas (figura 1), asociadas tanto a la forma de sentarse (falta de apoyo en la espalda, posturas con la espalda muy flexionada), como a la posición de la cabeza-cuello (flexión o torsión del cuello al escribir o mirar la pantalla, respectivamente) y a la posición de los brazos y muñecas mientras se teclea (brazos sin apoyo, falta de sitio para apoyar las muñecas, desviación cubital de las manos al teclear). Figura 1 Figura 1. Posturas inadecuadas más frecuentes en el trabajo de oficina: 1 giro de la cabeza; 2 falta de apoyo en la espalda; 3 elevación de hombros debido al mal ajuste de la altura mesa-asiento; 4 falta de apoyo para las muñecas y antebrazos; 5 extensión y desviación de la muñeca al teclear. Reconoce algunas como propias? La conjunción de estos dos factores (malas posturas mantenidas durante periodos de tiempo prolongados) determinan la existencia de esfuerzos musculares estáticos. Este tipo de esfuerzos corresponden a pequeñas contracciones de diferentes grupos musculares, fundamentalmente de la espalda, cuello y hombros, contracciones que se mantienen de forma prolongada a lo largo de la jornada de trabajo. Aunque su nivel es lo suficientemente bajo para que los usuarios no los perciban, este tipo de pequeños esfuerzos es suficiente para provocar fatiga y dolores musculares, sobre todo en aquellas personas que llevan una vida sedentaria con poco ejercicio. Además, la posición sentada supone una sobrecarga en la zona lumbar de la espalda, que está sometida a esfuerzos mecánicos superiores a los que se producen de pie. Este factor es importante en personas que ya padecen lesiones de espalda pudiendo, incluso, contribuir a la aparición de alteraciones lumbares, junto con otros muchos factores ajenos al trabajo (fumar, vida sedentaria, cuidar niños pequeños, esfuerzos fuera del trabajo, etc.). 225

236 Finalmente, la posición sentada puede dar lugar a otros problemas de tipo circulatorio (entumecimiento de las piernas), debido a la presión del asiento en los muslos y corvas y a la poca movilidad de las piernas. Entorno de Trabajo Afecta negativamente cuando no hay espacio suficiente para moverse, ya que favorece las posturas estáticas o provoca posturas forzadas. Cuanto más estático y sedentario sea un trabajo, tanto más importante es que el entorno facilite los movimientos y los cambios de postura. Las características aconsejables que deben cumplir nuestro entorno de trabajo son las siguientes (según las normas NTP242 y NTP 602 del INSHT): El puesto de trabajo deberá tener una dimensión suficiente, y estar acondicionado de manera que permita los movimientos y favorezca los cambios de postura. Es conveniente dejar libre el perímetro de la mesa para aprovechar bien la superficie de trabajo y permitir la movilidad del trabajador. Detrás de la mesa debe quedar un espacio de al menos 80 cm. La superficie libre detrás de la mesa (para moverse con la silla) debe ser de al menos 2 m2. > 1,20 m > 1,60 m > 80 cm 2 m 2 > 80 cm Silla de Trabajo Sus formas, dimensiones y la adecuada regulación de la silla afectan a la postura del tronco, a la movilidad de la espalda y a la movilidad de las piernas. La existencia de unos reposabrazos adecuados permitirá apoyar los brazos en determinadas tareas, aliviando la tensión muscular en los hombros. 226

237 Una adecuada silla ergonómica debe cumplir: El asiento de trabajo deberá ser estable, proporcionando al usuario libertad de movimientos y procurándole una postura confortable. Es necesario que las sillas tengan ruedas y posibilidad de giro para permitir la movilidad y el acceso a los elementos de trabajo. Para garantizar su estabilidad, las sillas deben poseer al menos 5 brazos de apoyo al suelo y la base de apoyo deberá tener un diámetro superior a 50 cm. La altura del asiento deberá ser regulable. El asiento debe ser de forma más ó menos cuadrangular, con esquinas redondeadas y sin aristas ni cantos duros. El borde delantero debe ser suavemente curvado para evitar compresiones debajo de los muslos y rodillas. El relleno del asiento y del respaldo no debe ser demasiado mullido. Lo ideal es un relleno firme de 2 ó 3 cm. de espesor sobre una base dura. El tapizado y material de relleno debe permitir la transpiración y el intercambio de calor. La profundidad óptima del asiento será aquella que permite usar el respaldo sin que se note una presión excesiva debajo de las rodillas. Los usuarios más bajos pueden presentar este problema incluso con sillas adaptadas a la normativa correspondiente. La solución está en disponer de un reposapiés, solicitar una silla más pequeña o disponer de sillas con regulación de la profundidad del asiento. Es necesario que las sillas de trabajo dispongan de un adecuado apoyo lumbar. La altura del respaldo debe llegar como mínimo hasta la parte media de la espalda (debajo de los omóplatos). En tareas informáticas es conveniente que el respaldo sea más alto. El respaldo no debe ser demasiado ancho en la parte superior para no restar movilidad a los brazos. Las sillas destinadas a tareas informáticas (más de 4 horas al día de trabajo con ordenador) deben tener respaldo reclinable y regulable en altura. 227

238 La comodidad del respaldo mejora si la silla dispone de sistemas como el contacto permanente (el respaldo acompaña a la espalda al moverse) o sincro (al cambiar la inclinación del respaldo, la del asiento se ajusta en una proporción determinada). Para que estos sistemas sean efectivos, el usuario debe haber recibido información sobre la forma de manejarlos. Los elementos de regulación deben ser simples en cuanto a su manejo y accesibles mientras se está sentado en la silla. Es imprescindible que el usuario disponga de información sobre la forma de regular su propia silla de trabajo: una silla con muchas regulaciones pero mal ajustada por el usuario es más incómoda (y bastante más cara) que una silla sencilla y bien dimensionada. La existencia de reposabrazos permite dar apoyo y descanso a los hombros y brazos. Su superficie útil de apoyo debe ser entre 6 y 10 cm de ancho y estar formada por un material no rígido. Deben estar algo retrasados con respecto al borde del asiento para permitir acercarse a la mesa con comodidad. Al ajustar la altura de la silla respecto a la mesa (de forma que la mesa quede a la altura de los codos o algo más alta), es posible que los usuarios más bajos no puedan apoyar cómodamente los pies en el suelo. En este caso, deben solicitar un reposapiés. Las dimensiones recomendables del reposapiés son de 40 cm de profundidad, con una anchura de al menos 40 cm y una inclinación de al menos 10 grados. La superficie de apoyo debe ser antideslizante, así como la base del mismo, para evitar que acabe en el fondo de la mesa. Las butacas de dirección han sido concebidas para tareas diferentes de las de oficina convencional o las tareas informáticas. Por ello, las butacas de dirección tienen peores prestaciones ergonómicas que las sillas de oficina, para el mismo nivel de precio. Antes de pedir una butaca de directivo, reflexione sobre el tipo de tareas que realmente realiza y sobre la importancia que para su trabajo tienen los aspectos de representación o determinados atributos estéticos y de materiales (cuero, respaldo alto, etc.). No cambie comodidad por apariencias. Mesa de Trabajo Muchos oficinistas culpan a su silla de las molestias musculares que padecen en su trabajo. En muchas ocasiones este juicio es erróneo. La mesa de trabajo es tanto o más importante que la silla para prevenir determinadas molestias, sobre todo las relativas a la zona del cuello y de los hombros, que son precisamente los problemas más frecuentes en las oficinas. Las dimensiones del tablero de la mesa determinan la posibilidad de distribuir adecuadamente los elementos de trabajo, especialmente el ordenador, evitando las posturas con torsión de tronco o giros de la cabeza. 228

239 El espacio libre debajo de la mesa determina la posibilidad de aprovechar mejor la mesa y favorece la movilidad. Otras características de la mesa, como sus acabados, están relacionados con cuestiones de seguridad (bordes y esquinas redondeados, electrificación para evitar la existencia de cables sueltos, etc.). Finalmente, la existencia de determinados complementos puede mejorar mucho la funcionalidad y ergonomía de la mesa (reposapiés, soportes para el monitor, superficies auxiliares, bandejas para documentación, etc.). Unas características de adecuada mesa de trabajo son: Deberá tener las dimensiones suficientes y permitir la colocación flexible de la pantalla, del teclado, de los documentos y del material accesorio. Las medidas aproximadas de una mesa serán de 120 cm, de ancho por 80 cm de profundidad. Si se utilizan monitores de gran tamaño, debe aumentarse la profundidad de la mesa (90 cm e incluso 100 cm), para que el operador pueda mantener una adecuada distancia visual a la pantalla. (según la NTP 602 del INSHT) Es conveniente que se disponga de planos auxiliares (alas, superficies para reuniones) adjuntas y al mismo nivel que la superficie de trabajo principal, sobre todo en puestos de oficina con tareas muy variadas (informática + atención al público, informática + estudio, etc.). De esta forma el usuario podrá configurar diferentes zonas de actividad dentro de su puesto de trabajo y se aprovechará mejor el espacio. Debajo de la mesa debe quedar un espacio holgado para las piernas y para permitir movimientos. Deben evitarse los cajones y otros obstáculos que restrinjan su movimiento debajo de la mesa o que puedan ser fuente de golpes. Este espacio libre mínimo debajo del tablero debe ser de 70 cm de ancho y con una altura libre de al menos 65 cm. Es recomendable que la altura libre alcance los 70 cm y que la anchura libre supere los 85 cm. 229

240 En general, es preferible que los bloques de cajones no estén fijos a la mesa, ya que así el trabajador podrá colocarlos en la zona que más le convenga y aprovechará mejor la superficie de trabajo. Esta recomendación es más importante cuanto menor sea la superficie del tablero de la mesa. Las recomendaciones para la altura de una mesa fija (debe quedar aproximadamente a la altura del codo cuando se está sentado) son de 72±1.5 cm, hasta 75±1.5 cm para usuarios muy altos. En general, no son necesarias las mesas de altura regulable, salvo que el trabajador presente alguna discapacidad motórica severa; en este caso, el rango de regulación de la altura está comprendido entre 68 y 76 cm. En el caso de trabajadores con discapacidad, deben analizarse de forma particularizada las adaptaciones necesarias. El trabajo informático exige unos niveles de espacio como los anteriormente descritos. Por ello, la mejor mesa para trabajar de forma intensiva con el ordenador es una mesa de despacho. Las "mesas informáticas" tipo carrito, con varios niveles y muy poca superficie para trabajar, son útiles como soporte para desplazar los ordenadores y usarlos de forma ocasional (en equipos de medida en laboratorios, por ejemplo), pero de ninguna forma constituyen un equipo adecuado para personas que trabajan mucho tiempo con el ordenador. Es conveniente que las mesas de trabajo estén electrificadas, para evitar la existencia de cables que puedan dar lugar a accidentes. Es conveniente disponer de atril para colocar los documentos. El soporte de documentos deberá ser estable y regulable y estará colocado de tal modo que se reduzcan al mínimo los movimientos incómodos de la cabeza y los ojos. La superficie de la mesa debe ser poco reflectante (acabados en mate). En general son preferibles los colores suaves y deberían evitarse las superficies muy oscuras, que producen contrastes muy fuertes entre el tablero y los documentos. Los bordes de la mesa no deben ser cortantes, evitando cantos agudos y cualquier tipo de saliente. Los cajones se deben deslizar suavemente sin realizar esfuerzos importantes. Para ello, deben disponer de guías con rodamientos. Es imprescindible que existan topes de apertura, de manera que el cajón no salga del todo al abrirlo. Los bloques de cajones y los archivadores deben disponer de dispositivo antivuelco. 230

241 Ubicación del Ordenador La correcta colocación del ordenador sobre la mesa puede evitar una gran parte de los problemas posturales asociados a las tareas informáticas. Los principales problemas se asocian a las siguientes situaciones: Ordenador situado a un lado, de forma que se trabaja con torsión del tronco y giro de la cabeza. Provoca esfuerzos estáticos en la espalda y zona del cuellohombros. Pantalla demasiado cerca de los ojos. Pantalla demasiado alta. Falta de sitio para apoyar las muñecas y los antebrazos mientras se teclea o se maneja el ratón. Es evidente que en muchas ocasiones estos problemas se deben, sobre todo, a las reducidas dimensiones de la mesa o a la falta de espacio debajo, lo que obliga al trabajador a sentarse en una zona restringida de la mesa. En otros muchos casos, sin embargo, es relativamente fácil mejorar la comodidad mientras se trabaja colocando el ordenador de forma adecuada. Los dos elementos a considerar en este apartado son la pantalla del ordenador y el teclado y el ratón. Estableceremos a continuación las características que deben cumplir: Pantalla del Ordenador Los caracteres de la pantalla deben estar bien definidos y tener una dimensión suficiente. La imagen debe ser estable, sin destellos, centelleos o cualquier otra forma de inestabilidad. 231

242 Se debe poder ajustar la luminosidad y el contraste entre los caracteres y el fondo de la pantalla, para adaptarlos a las condiciones del entorno. La pantalla no deberá tener reflejos ni reverberaciones molestas. La pantalla deberá ser orientable e inclinable a voluntad. La altura del monitor debe ser de forma que su borde superior esté a la altura de los ojos del usuario. Una buena solución, en algunos casos, es colocar el monitor sobre un soporte regulable en altura. La distancia de la pantalla a los ojos es un factor a tener en cuenta. Esta distancia estará en función del tamaño y forma de los caracteres, como norma general no debe ser inferior a 40 cm. Se debe trabajar con la cabeza de frente al ordenador, evitando giros. El ángulo máximo de giro de la cabeza debe ser inferior a 35 grados. Teclado y Ratón El teclado debe ser inclinable e independiente de la pantalla, impidiendo el cansancio y las molestias en los brazos. El teclado no debe ser demasiado alto. Como norma general, la parte central del teclado (fila de la A) debe estar a menos de 3 cm de altura sobre la mesa. Esta recomendación se cumple en casi todos los teclados nuevos de ordenadores de sobremesa, pero no en muchos ordenadores portátiles. En estos casos, debe disponerse de almohadillas que eleven el punto de apoyo de las muñecas y antebrazos. Deberá disponerse de espacio suficiente delante del teclado para poder apoyar las muñecas y antebrazos sobre la mesa. Este espacio será como mínimo de 10 cm. entre el teclado y el borde de la mesa. La superficie deberá ser mate para evitar los reflejos. La disposición del teclado y las características de las teclas deberán ayudar a facilitar su utilización. Los símbolos de las teclas deberán resaltar suficientemente y ser legibles desde la posición normal de trabajo. El ratón debe tener una forma que permita su utilización cómoda tanto por personas diestras como zurdas. Los zurdos deben colocar el ratón a la izquierda y cambiar la configuración de las teclas en el menú de configuración. 232

243 Los movimientos y las posturas artificiales a que obliga el trabajo con el teclado y con el ratón pueden provocar una serie de problemas denominados trastornos traumáticos de orden acumulativo y lesiones por esfuerzos de carácter repetido. Dichos problemas se manifiestan en forma de tendinitis, tenosinovitis o en el síndrome del túnel carpiano. El trabajo con la máquina de escribir -pulsar el retorno del carro, cambiar la hoja de papel, etc.- evitaba tales problemas, pero la prolongación de los equipos informáticos aumentó de forma vertiginosa los trastornos traumáticos de orden acumulativo. El nervio mediano, que transmite los impulsos nerviosos de la mano y rige algunos músculos de los dedos, atraviesa un estrecho túnel constituido de hueso y ligamentos que queda a la altura de la muñeca. Si se inflaman los tendones que recorren dicho túnel, comprimirán el nervio mediano y los vasos sanguíneos que lo alimentan, lo cual da origen al síndrome. De entre los síntomas del síndrome del túnel carpiano cabe destacar la sensación de molestia, entumecimiento u hormigueo en las manos, especialmente en los tres primeros dedos y en el pulgar, aunque no es raro que se manifiesta en los brazos. El síndrome causa asimismo molestias en la muñeca en los periodos en los que no se trabaja con el ordenador. Los síntomas más evidentes de manifestación del síndrome del túnel carpiano son la sensación de ardor y de entumecimiento durante la noche. Pero el síndrome del túnel carpiano es más que una simple molestia, pues los casos agudos pueden dar origen a daños de carácter permanente, que limitan el movimiento y la coordinación de la mano. En algunos casos, el paciente se torna incapaz de manejar el teclado y tiene que buscar otra ocupación. Los trastornos traumáticos de orden acumulativo obedecen a una serie de factores, de los que cabe destacar la curvatura de la muñeca, la velocidad y la fuerza de los movimientos de la mano, y la tensión general a que se ve sometida la persona. Concretamente, el teclado debe hallarse a la misma altura de los brazos, de manera que éstos no deban inclinarse hacia abajo ni hacia arriba, sino quedar en posición paralela al suelo. Las muñecas no deben dejarse reposar sobre el escritorio delante del teclado, pues en tal postura describen un ángulo ascendente que contribuye en gran medida a causar el síndrome del túnel carpiano. 233

244 Los síntomas ocasionales o leves desaparecen mediante la aplicación de antiinflamatorios simples como la aspirina y el ibuprofeno. Pero si los síntomas revisten mayor gravedad, se desaconseja totalmente la automedicación. En efecto, los cabestrillos, los resposamuñecas, los reposabrazos y demás artículos semejantes que se aconsejan para la profilaxis y el tratamiento de los trastornos, en realidad, son susceptibles de agravar el mal si no se usan correctamente. Es preciso acudir a un especialista, que podrá prescribir desde el simple reposo hasta la intervención quirúrgica, pasando por medicamentos e inyecciones antiinflamatorias. Condiciones Ambientales Las condiciones ambientales de las oficinas que presentan un mayor impacto sobre el trabajo son las siguientes: Iluminación, Climatización y Ruido Iluminación Las tareas de oficina están ligadas a la lectura, tanto de documentos como de textos sobre la pantalla del ordenador; por tanto, se trata de tareas con altos requerimientos visuales en las que las condiciones de iluminación resultan muy importantes para prevenir molestias y problemas visuales. El problema más frecuente en las oficinas actuales está relacionado con la aparición de reflejos en las pantallas de los ordenadores, asociados a la presencia de focos de luz directa, tanto natural (ventanas), como artificial. Es necesario analizar la distribución de focos de luz con relación a los puestos de trabajo para evitar este tipo de problemas, disponiendo, en caso necesario, de los elementos de difusión de la luz adecuados (persianas y cortinas en las ventanas o difusores en los focos de iluminación general). Hay que señalar que en muchas ocasiones estos reflejos inducen al trabajador a cambiar la colocación del ordenador sobre la mesa, ubicándolo en una zona posiblemente incorrecta desde el punto de vista de la comodidad postural; en estos casos se evitan los reflejos, pero a costa de crear un nuevo problema postural. En caso de detectar reflejos, solicite la colocación de persianas o pantallas difusoras de la luz, pero no coloque nunca el ordenador en una posición que le obligue a trabajar en una postura incómoda. Las pantallas de los ordenadores nuevos disponen de un tratamiento antirreflejos que atenúan el problema. Asimismo, los filtros de pantalla antirreflejos pueden ser útiles, pero sólo cuando no existen reflejos procedentes de focos de luz muy intensa. 234

245 Relacionado con la existencia de fuentes de luz directa muy intensa está el problema de los deslumbramientos, también asociados a luz reflejada sobre superficies muy claras. Las soluciones para las luces directas son similares a las anteriormente descritas, esto es, disponer de elementos que difundan la luz. La luz reflejada desde superficies claras apenas se nota si la pantalla tiene tratamiento antirreflejos. Otro problema frecuente es la insuficiente iluminación del entorno. La mejor solución es disponer de una iluminación general homogénea de luz difusa, con un nivel suficiente, usando otros focos de iluminación complementara en los puntos en los que sea necesario. Finalmente, hay que cuidar el contraste (relación entre la luz emitida por dos superficies) entre las diferentes superficies de trabajo (papeles, pantalla del ordenador y mesa de trabajo). Con los programas actuales, en los que se utilizan caracteres negros sobre fondo claro, han desaparecido los fuertes contrastes entre los documentos y la pantalla del ordenador. No obstante, es conveniente atender al contraste entre la mesa y el resto de superficies; este consejo es especialmente importante al elegir las mesas, sobre todo las destinadas a puestos de directivos, quienes suelen preferir superficies demasiado oscuras. Las superficies en gris, beige, crema o color madera natural (más o menos clara), proporcionan contrastes adecuados. En cualquiera de los casos, son preferibles los acabados mate antes que los brillantes (que pueden dar lugar a reflejos). Climatización En casi todas las oficinas de nuestras latitudes se está imponiendo la existencia de sistemas de climatización tanto para verano como para invierno. La regulación del nivel de calor/frío suele ser origen de disputas, sobre todo en locales compartidos con sistemas centralizados. Este problema suele presentarse en verano, donde los trabajadores que tienen el puesto debajo de una salida de aire perciben un chorro de aire frío bastante molesto (puede incluso contribuir a la aparición de resfriados o dolores musculares en el cuello); por el contrario, los que están lejos de los difusores o cerca de paredes o ventanas con alta insolación pasan mucho calor. El resultado es una continua pugna por bajar o subir el nivel del termostato, lo que da lugar a una situación cada vez más inestable del sistema (se baja o se sube más de lo debido), que sólo acentúa el problema. Si usted padece la existencia de un difusor molesto justo encima, solicite a los responsables del mantenimiento de su sistema de climatización que orienten de forma adecuada los difusores, o que regulen la velocidad de salida del aire. El problema suele estar ligado a los diferentes requisitos de la velocidad de salida del aire en verano y en invierno. Así, en invierno el aire sale caliente y, para conseguir que llegue al suelo, se precisan velocidades de salida más altas (el aire caliente tiende a subir). 235

246 Por el contrario, en verano, el aire sale fresco y se precisa una velocidad menor. Si un usuario está trabajando debajo de una salida de aire, no presentará demasiadas molestias en invierno, pero en verano sufrirá una incomodidad notable asociada más a la velocidad del aire que a la temperatura del local. El problema se resuelve, por tanto, regulando la velocidad del aire y no subiendo la temperatura del termostato. Otro problema relativamente frecuente es la falta de mantenimiento en las instalaciones, lo que da lugar a la acumulación de suciedad y gérmenes en las conducciones y filtros, incrementando el riesgo de constipados e irritaciones de los ojos, sobre todo en verano. Para evitarlo debe revisarse y limpiarse la instalación cada cierto tiempo. Ruido En la actualidad una buena parte del trabajo de oficina se desarrolla en locales más o menos grandes en los que trabajan varios oficinistas, o en despachos compartidos. En este tipo de locales se acumulan fuentes de ruido como son las impresoras (sobre todo las matriciales), los teléfonos, fotocopiadoras, ventiladores de los equipos y las voces de las personas. Sin embargo, los niveles de ruido normales en una oficina suelen estar muy por debajo de los necesarios para provocar problemas de salud. El principal problema está asociado a las molestias e interferencis que se producen para concentrarse en el trabajo o para mantener una conversación. En este sentido, la fuente de ruido más influyente es precisamente el de las conversaciones que se desarrollan a nuestro alrededor. La disposición de materiales absorbentes del ruido en el techo, suelos o mamparas de separación entre puestos de trabajo es una solución muy efectiva. Aspectos Psicosociales Además de las relaciones físicas entre el trabajador y su puesto y entorno de trabajo, no debemos perder de vista otras cuestiones asociadas a la forma en la que se organiza el trabajo, que determinan las demandas de tipo psicológico a las que se enfrenta el trabajador. Las recomendaciones del INSHT en este sentido están orientadas a evitar las siguientes situaciones: Situaciones de sobrecarga o subcarga. La repetitividad que pueda provocar monotonía e insatisfacción. La presión indebida de tiempos. Las situaciones de aislamiento que impidan el contacto social en el lugar de trabajo. 236

247 Uno de los factores señalados como convenientes es la posibilidad de que se organice el trabajo de forma que el usuario se marque su propio ritmo de trabajo, de manera que realice pequeñas pausas para evitar la fatiga. Si esto no es posible, deberán establecerse pausas periódicas reglamentadas o cambios de actividad que reduzcan la carga de trabajo frente a la pantalla del ordenador. Además, hay otra serie muy extensa de factores a considerar en este campo (ritmos de trabajo, contenidos de la tarea y su adecuación a la formación y expectativas de los trabajadores, tipo de supervisión del trabajo que se realiza por parte de los superiores, percepción de la valoración del trabajo por otros trabajadores de la organización, niveles de autonomía en el trabajo, conocimiento de los resultados del propio trabajo, potencial motivacional del puesto, satisfacción con el sueldo o la seguridad del empleo, etc.). Todas estas cuestiones tienen poco que ver con el tipo de equipos que se utilizan y mucho con el tipo de organización, estando en un campo más relacionado con la política de recursos humanos que con la de prevención, si bien sus efectos deben ser considerados, ya que pueden dar lugar a problemas como el estrés, la monotonía o la falta de motivación en el trabajo. 237

248 LO QUE HEMOS APRENDIDO Desde el punto de vista de la gestión de riesgos laborales, la prevención en el campo del trabajo de oficina pasa por abordar cuatro tipos de cuestiones. Un adecuado diseño de las instalaciones (locales, climatización, iluminación y acondicionamiento acústico). En el caso del mobiliario, el cumplimiento de unos requisitos mínimos de calidad ergonómica permitirá prevenir una buena parte de las molestias de tipo postural tan frecuentes en las oficinas. La selección de equipos informáticos adecuados, así como de los complementos necesarios es también un factor a tener en cuenta para prevenir alteraciones visuales o molestias. Una correcta organización de las tareas, evitando sistemas de trabajo que conducen a situaciones de estrés, desmotivación en el trabajo y otros problemas de naturaleza psicosocial. Finalmente, todas las acciones anteriores pueden resultar ineficaces si se deja de lado la necesaria labor de formación e información de los trabajadores. Este aspecto es especialmente importante en tareas que presentan un alto grado de autonomía en la organización del propio puesto de trabajo, como es el caso de las tareas de oficina. Los principales riesgos asociados al trabajo de oficina, están relacionados con. Carga Física. Condiciones Ambientales. Aspectos Psicosociales. Problemas ergonómicos. 238

249 ANOTACIONES 239

250 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. Una de las posturas inadecuadas en oficinas es: Giros inadecuados de la cabeza. Desplazarnos por el área de trabajo. Asientos regulables. 2. El síndrome del túnel carpiano: Afecta a los miembros superiores (mano). Afecta a los miembros inferiores (piernas). Es un problema de espalda. 3. El adecuado diseño de las instalaciones es una cuestión a tener en cuenta en los trabajos de oficina: Verdadero. Falso. 4. Entre los problemas musculoesqueléticos en el trabajo de oficina se encuentran: Entorno de trabajo y la silla de trabajo. La iluminación. Estrés laboral. 5. El entorno de trabajo afecta: Siempre. Nunca. Negativamente cuando no hay espacio suficiente para moverse.. 6. Una adecuada silla de trabajo debe: Tener un asiento reclinable. Tener ruedas. Ambas respuestas son correctas. 240

251 Prevención de Riesgos Laborales Riesgos Laborales en el Sector Postal Introducción Riesgos en el Servicio de Mostrador Riesgos en la Actividad de Clasificación Manipulación Manual de Cargas Objetivos: Conocer e identificar las fases en que se dividen las operaciones postales. Conocer el impacto que los nuevos cambios tecnológicos han provocado en los métodos operativos de trabajo. Identificar los riesgos y medidas preventivas en cada una de las actividades que comportan este tipo de trabajos. Prevenir los daños derivados de trabajos con el conocimiento de la forma segura de manipular cargas en nuestro entorno laboral. tema

252 242

253 Introducción Las operaciones postales se dividen en tres fases principales: recogida, clasificación y reparto. Los servicios administrativos y de mantenimiento también son aspectos integrales de las operaciones postales. Los cambios tecnológicos en los métodos operativos, sobre todo en la fase de clasificación, han reducido la necesidad de trabajadores, por lo que éstos están más aislados, al requerirse una plantilla más reducida para hacer funcionar los nuevos equipos postales. Las mejoras tecnológicas también han originado una reducción de las cualificaciones exigidas a los trabajadores, al haber sustituido los ordenadores tareas como la memorización de los códigos postales y la realización de pruebas diagnósticas en equipos mecánicos. Riesgos en el Servicio de Mostrador Las funciones generales de los trabajadores en mostradores y ventanillas son la venta de sellos e impresos para giros postales, el pesado y franqueado de cartas y paquetes y la información postal a los clientes. Para el personal de ventanilla que trabaja solo en un lugar próximo a zonas con un alto índice de delincuencia o por la noche o de madrugada, la violencia en el lugar de trabajo puede ser un riesgo laboral importante si no se adoptan medidas de protección apropiadas. La posibilidad de que exista tal violencia también contribuye a un estrés mental desmedido. De igual modo, son factores que contribuyen al estrés, la presión diaria derivada del trato con el público y la responsabilidad de manejar cantidades de dinero relativamente grandes. Las condiciones ambientales y la organización física del puesto de trabajo también pueden contribuir a los riesgos para la seguridad y la salud. Los problemas de calidad del aire en interiores, como el polvo, la falta de aire fresco y los cambios de temperatura, pueden causar incomodidades al trabajador de oficina postal. 243

254 Riesgos en la Actividad de Clasificación El paso de las operaciones manuales a los sistemas mecanizados y automáticos ha influido en gran medida en la fase de manipulación y clasificación de las operaciones postales. Las operaciones para separar el correo destinado al proceso mecánico del que debe clasificarse a mano, es una tarea que no se ha automatizado por completo. Al aumentar espectacularmente el uso de vehículos para servicios de reparto en las dos últimas décadas, los accidentes y lesiones derivados del uso de camiones, furgonetas, automóviles y motos de correos se han convertido en el problema de seguridad y salud en el trabajo más importante y grave para algunas administraciones postales. Además, aunque el aumento del uso de vehículos de reparto y la instalación de más buzones de almacenamiento de correo en las calles, han ayudado a reducir la cantidad de tiempo que deben caminar los carteros, sigue habiendo problemas de molestias musculoesqueléticas y lesiones de espalda. El manejo manual de paquetes pesados es un riesgo ergonómico grave. Son necesarios límites de peso y de tamaño de los paquetes. Como podremos observar, la manipulación manual de cargas la tenemos presente en las 3 fases principales anteriormente comentadas. La manipulación manual comporta riesgos de diversa naturaleza, según el tamaño, forma y peso de los objetos; riesgos que pueden traducirse en cortes, golpes por atrapamiento o caída de objetos, etc. 244

255 Manipulación Manual de Cargas El Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares para los trabajadores, nos define en su artículo 2 la manipulación manual de cargas (MMC) como cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores, como el levantamiento, la colocación, el empuje, la tracción, el transporte o el desplazamiento, que por sus características o condiciones ergonómicas inadecuadas entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. Podría considerarse como carga los objetos que pesen más de 3 kilos. Todo trabajador que realice trabajos de manipulación manual de cargas deberá estar formado mediante unas nociones básicas de biomecánica, que le ayudaran en el desempeño de su trabajo. Criterios Preventivos Básicos Se emplearán, en lo posible, sistemas mecanizados para la manipulación de cargas. Se deben, además, proporcionar a los operarios los equipos de protección individual adecuados al riesgo y certificados (guantes, calzado de seguridad, etc.). Cuando se utilicen palets en el almacenamiento, se tendrá en cuenta que la carga no deberá exceder los 700 kgs. de peso, una altura aproximadamente de 1 metro y, en ningún caso, rebasará los límites perimetrales. Debe, además, vigilarse el correcto estado de los palets. Para evitar la caída de la carga, ésta deberá inmovilizarse con la ayuda de dispositivos de retención (fundas de material plástico retráctil, redes, cintas, flejes, etc.). Los materiales rígidos lineales (perfiles, barras y tubos) deben almacenarse debidamente estibados y sujetos con soportes que faciliten la estabilidad del conjunto. Cuando se depositen horizontalmente, deben situarse distanciados de zonas de paso y con sus extremos protegidos. Cuando se apilen sacos, deberán disponerse en capas transversales con la boca del saco mirando hacia el centro de la pila. Si la altura llega a 1,5 m se deberá escalonar, y cada 0,5 m se debería reducir la anchura en una pila de sacos. Cuando se realice el almacenamiento en estanterías, debe asegurarse la estabilidad mediante arriostramientos y sujeción a elementos estructurales rígidos como paredes. Los bidones y recipientes cilíndricos, para almacenarse en altura, deben estar depositados preferiblemente sobre palets y flejados. 245

256 Las pequeñas piezas es recomendable almacenarlas siempre en contenedores o cestones. Las áreas de almacenamiento deben mantenerse bien ordenadas, iluminadas y con sistemas claros para la clasificación e identificación de los materiales u objetos allí depositados. Sus vías de acceso serán amplias, en función del tamaño de los propios materiales o contenedores, de los vehículos que circulen y también del flujo de personas. Para el traslado de objetos, se deberá disponer de carretillas manuales o mecánicas, adecuadas a la función requerida y accesibles a todos los que lo necesiten, en perfecto estado y con un plan de mantenimiento y revisión periódico. Factores de Riesgo La manipulación manual de cargas es responsable, en muchos casos, de la aparición de fatiga física, o bien de lesiones, que se pueden producir de una forma inmediata o por la acumulación de pequeños traumatismos aparentemente sin importancia. Pueden lesionarse tanto los trabajadores que manipulan cargas regularmente como los trabajadores ocasionales. Las lesiones más frecuentes son entre otras: contusiones, cortes, heridas, fracturas y sobre todo lesiones músculo-esqueléticas. Se pueden producir en cualquier zona del cuerpo, pero son más sensibles los miembros superiores, y la espalda, en especial en la zona dorsolumbar. Las lesiones dorsolumbares pueden ir desde un lumbago a alteraciones de los discos intervertebrales (hernias discales) o incluso fracturas vertebrales por sobreesfuerzo. Los factores de riesgo que determinan este tipo de lesiones son los siguientes: Esfuerzos. La fuerza que se requiere para realizar ciertas actividades laborales es también uno de los factores críticos que contribuyen a la aparición de trastornos musculoesqueléticos. La carga o la tensión que se genera en las diferentes articulaciones y en los tejidos blandos del cuerpo puede alcanzar fácilmente cientos de kilogramos. Además, a medida que se incrementa el esfuerzo muscular como consecuencia de cargas altas, disminuye la circulación sanguínea en el músculo y aparece más rápidamente la fatiga muscular; en las tareas donde los requerimientos de fuerza son elevados puede no haber suficiente tiempo de recuperación y originarse lesiones en los tejidos blandos. Posturas inadecuadas. Por posturas inadecuadas se entiende las posiciones del cuerpo fijas o restringidas, las posturas que sobrecargan los músculos y los tendones, las posturas que cargan las articulaciones de una manera asimétrica, y las posturas que producen carga estática en la musculatura. Los efectos derivados de una postura de trabajo inadecuada continúan a menos que se tomen medidas que evalúen y reduzcan el problema. 246

257 Repetitividad. Este factor se refiere a la realización de tareas con ciclos de trabajo muy cortos y repetidos. Este factor es uno de los que más influyen en el riesgo de lesiones musculoesqueléticas, sobre todo en actividades con ciclos menores de 30 segundos. Incluso en tareas con un ritmo más pausado, la repetitividad aumenta el riesgo de lesión y de fatiga. Por ejemplo, la fuerza y la repetitividad interactúan de tal manera, que las fuerzas elevadas y la repetitividad alta aumentan el riesgo de manera multiplicativa. Es decir, una carga que puede ser segura a un ritmo determinado, puede transformarse en intolerable si se aumenta el ritmo de trabajo. Falta de descanso. Además de los tres factores anteriores, en las tareas con manipulación manual de cargas hay que considerar también el efecto acumulativo que se produce cuando no se establecen suficientes pausas para recuperarse. La misma tarea puede tener riesgos diferentes en función de su duración. Otros factores. Hay que considerar otros factores asociados al tipo de puesto o de carga, que afectan a los anteriores o que suponen nuevos riesgos. Entre ellos, hay que destacar los siguientes: o Tipo de carga: su tamaño afecta a la postura y al esfuerzo que soporta la espalda. Las cargas voluminosas son peores que las compactas. o Tipo de agarre: para que la carga se pueda manejar bien, es necesario que disponga de buenos asideros. Las superficies irregulares o los asideros incómodos aumentan no sólo el riesgo de lesión, sino el de padecer otros tipos de accidentes (caídas del objeto, cortes, etc.) o Espacio en el lugar de trabajo: condiciona la forma en la que se agarran las cargas y, por tanto, la postura. Además, las superficies de trabajo deben ser antideslizantes, para evitar riesgos de caída mientras se realizan esfuerzos. 247

258 Control de los Factores de Riesgo PESO DE LA CARGA El peso de la carga es uno de los principales factores a la hora de evaluar el riesgo en la manipulación manual. A modo de indicación general, el peso máximo que se recomienda no sobrepasar (en condiciones ideales de manipulación) es de 25 Kg. No obstante, si la población expuesta son mujeres, trabajadores jóvenes o mayores, o si se quiere proteger a la mayoría de la población, no se deberían manejar cargas superiores a 15 Kgs. (Esto supone reducir los 25 kgs de referencia multiplicando por un factor de corrección de 0,6). Se entiende como condiciones ideales de manipulación manual a las que incluyen una postura ideal para el manejo (carga cerca del cuerpo, espalda derecha, sin giros ni inclinaciones), una sujeción firme del objeto con una posición neutral de la muñeca, levantamientos suaves y espaciados y condiciones ambientales favorables. En circunstancias especiales, trabajadores sanos y entrenados físicamente podrían manipular cargas de hasta 40 kg, siempre que la tarea se realice de forma esporádica y en condiciones seguras. No se deberían exceder los 40 kg bajo ninguna circunstancia. Debido a que los puestos de trabajo deberían ser accesibles para toda la población trabajadora, exceder el límite de 25 kg debe ser considerado como una excepción. Cuando se sobrepasen estos valores de peso, se deberán tomar medidas preventivas de forma que el trabajador no manipule las cargas, o que consigan que el peso manipulado sea menor. Entre otras medidas, y dependiendo de la situación concreta, se podrían tomar alguna de las siguientes: Uso de ayudas mecánicas. Dispositivos específicos para tareas que impliquen la elevación de cargas superiores a 40 kgs. Levantamiento de la carga entre dos personas. Cuando el uso de ayudas mecánicas no sea posible, las tareas de manejo de cargas deben realizarse entre dos personas Reducción de los pesos de las cargas manipuladas en posible combinación con la reducción de la frecuencia, etc. Hay que señalar que estos son los límites máximos de carga, límites que deben disminuirse si el levantamiento no se realiza en condiciones óptimas. POSICIÓN DE LA CARGA RESPECTO DEL CUERPO La combinación del peso con otros factores, como la postura, la posición de la carga, etc., va a determinar que estos pesos recomendados estén dentro de un rango admisible o, por el contrario, supongan todavía un riesgo importante para la salud del trabajador. 248

259 Un factor fundamental en la aparición de riesgo por manipulación manual de cargas es el alejamiento de las mismas respecto al centro de gravedad del cuerpo. En este alejamiento intervienen dos factores: la distancia horizontal (H) y la distancia vertical (V), que nos darán las "coordenadas" de la situación de la carga. Cuanto más alejada esté la carga del cuerpo, mayores serán las fuerzas compresivas que se generan en la columna vertebral y, por tanto, el riesgo de lesión será mayor. El mayor peso teórico recomendado es de 25 kg, que corresponde a la posición de la carga más favorable, es decir, pegada al cuerpo, a una altura comprendida entre los codos y los nudillos. Si el peso real de la carga es mayor que este peso teórico recomendado, se deberían llevar a cabo acciones correctoras para reducir el riesgo, tales como: Uso de ayudas mecánicas. Reducción del peso de la carga. Levantamiento en equipo. Rediseño de las tareas de forma que sea posible manejar la carga pegada al cuerpo, entre la altura de los codos y la altura de los nudillos. Utilización de mesas elevadoras que permitan manejar la carga a la altura ya recomendada, etc. SITUACIONES ESPECIALES DE MANIPULACIÓN DE CARGAS MANIPULACIÓN DE CARGAS EN POSTURA SENTADO A modo de indicación diremos que no se deberían manipular cargas de más de 5 Kg. en postura sentada, siempre que sea en una zona próxima al tronco, evitando manipular cargas a nivel del suelo o por encima del nivel de los hombros y giros e inclinaciones del tronco, ya que la capacidad de levantamiento mientras se está sentado es menor que cuando se manejan cargas en posición de pie. Esto es debido a que no se puede utilizar la fuerza de las piernas en el levantamiento, el cuerpo no puede servir de contrapeso y por tanto la mayor parte del esfuerzo debe hacerse con los músculos más débiles de los brazos y el tronco. También aumenta el riesgo debido a que la curvatura lumbar está modificada en esta postura. 249

260 MANIPULACIÓN EN EQUIPO Así mismo, cuando se maneja una carga entre dos o más personas, las capacidades individuales disminuyen, debido a la dificultad de sincronizar los movimientos o por dificultarse la visión unos a otros. En general, en un equipo de dos personas, la capacidad de levantamiento es dos tercios de la suma de las capacidades individuales. Cuando el equipo es de tres personas, la capacidad de levantamiento del equipo se reduciría a la mitad de la suma de las capacidades individuales teóricas DESPLAZAMIENTO VERTICAL DE LA CARGA El desplazamiento vertical de una carga es la distancia que recorre la misma desde que se inicia el levantamiento hasta que finaliza la manipulación. Se producirán grandes desplazamientos de las cargas, cuando se elevan desde el suelo y se dejan a alturas por encima de las caderas. Esto es frecuente en tareas de almacenes, donde los objetos se tienen que dejar en estantes a veces altos. A medida que aumenta el desplazamiento vertical, disminuye el peso que puede manejarse de forma segura. Se considera aceptable la manipulación de cargas entre la altura de los hombros y la altura de media pierna. Se debe evitar el coger o dejar cargas fuera de esta zona y nunca deberían elevarse cargas por encima de 175 cm. Si los desplazamientos verticales de las cargas son muy desfavorables, se deberán tomar medidas preventivas que modifiquen favorablemente este factor, como: Utilización de mesas elevadoras. Organizar las tareas de almacenamiento, de forma que los elementos más pesados se almacenen a la altura más favorable, dejando las zonas superiores e inferiores para los objetos menos pesados, etc. GIROS DE TRONCO Los giros del tronco mientras se maneja una carga aumentan el riesgo de lesión. Por ello, es recomendable que las cargas siempre se cojan de frente, y no de lado. En general, es recomendable que el giro máximo sea de 30º, y nunca mayor de 90º. Estos levantamientos con torsiones del tronco son relativamente frecuentes, y en algunas ocasiones se deben al propio diseño de la tarea o del puesto de trabajo, que deberían ser rediseñados en caso necesario. 250

261 En otras ocasiones, esta situación se produce por falta de información y formación del trabajador, que no es consciente del riesgo que asume al efectuar levantamientos de esta forma. Por ello, es muy importante que se forme a los trabajadores sobre la forma correcta de manipular cargas. CARACTERÍSTICAS DE LA CARGA AGARRE DE LA CARGA Si la carga es redonda, lisa, resbaladiza o no tiene agarres adecuados, aumentará el riesgo al no poder sujetarse correctamente. Al manipular una carga, se pueden dar los siguientes tipos de agarres: Agarre Bueno: Si la carga tiene asas u otro tipo de agarres con una forma y tamaño que permita un agarre confortable con toda la mano, permaneciendo la muñeca en una posición neutral, sin desviaciones ni posturas desfavorables. Agarre Regular: Si la carga tiene asas o hendiduras no tan óptimas, de forma que no permitan un agarre tan confortable como en el apartado anterior. También se incluyen aquellas cargas sin asas que pueden sujetarse flexionando la mano 90º alrededor de la carga. Agarre Malo: Si no se cumplen los requisitos del agarre medio. Unas asas o agarres adecuados van a hacer posible sostener firmemente el objeto, permitiendo una postura de trabajo correcta. En general, es preferible que las cargas tengan asas o ranuras en las que se pueda introducir la mano fácilmente, de modo que permitan un agarre correcto, incluso en aquellos casos en que se utilicen guantes. TAMAÑO DE LA CARGA Una carga demasiado ancha va a obligar a mantener posturas forzadas de los brazos y no va a permitir un buen agarre de la misma. Tampoco será posible levantarla desde el suelo en una postura segura al no ser posible acercarla al cuerpo y mantener la espalda derecha. Una carga demasiado profunda, aumentará la distancia horizontal, siendo mayores las fuerzas compresivas en la columna vertebral. 251

262 Una carga demasiado alta podría entorpecer la visibilidad, existiendo riesgo de tropiezos con objetos que se encuentren en el camino. Es conveniente que la anchura de la carga no supere la anchura de los hombros (60 cm. aproximadamente). La profundidad de la carga no debería superar los 50 cm., aunque es recomendable que no supere los 35 cm. El riesgo se incrementará si se superan los valores en más de una dimensión y si el objeto no proporciona agarres convenientes. SUPERFICIE DE LA CARGA Las cargas con bordes cortantes o afilados podrán generar un riesgo de lesiones como cortes, rasguños, etc. Si la carga es resbaladiza (en sí misma o por algún derrame externo), podrá caer de las manos del trabajador, pudiendo éste golpearse. También los objetos que estén demasiado calientes o demasiado fríos podrían originar un riesgo en su manipulación. La superficie de la carga no tendrá elementos peligrosos que generen riesgos de lesiones. En caso contrario, se aconseja la utilización de guantes para evitar lesiones en las manos. CENTRO DE GRAVEDAD DESPLAZADO O MÓVIL Si el centro de gravedad de un objeto está desplazado de su centro geométrico, puede suceder que se encuentre muy alejado del centro de gravedad del cuerpo del trabajador, aumentando las fuerzas compresivas que se van a generar en los músculos y articulaciones (sobre todo en la zona lumbar). La manipulación de líquidos o de otro tipo de cargas con un centro de gravedad que se pueda mover puede incrementar el riesgo de lesión, al producirse fuerzas y tensiones que impedirán un levantamiento equilibrado. Las cargas deberán tener preferentemente el centro de gravedad fijo y centrado. Si esto no fuera así, siempre que sea posible, se deberá advertir en una etiqueta o informar de ello al trabajador. Las cargas con el centro de gravedad descentrado se manipularán con el lado más pesado cerca del cuerpo. FRECUENCIA DE MANIPULACIÓN Y DURACIÓN DE LA TAREA. PAUSAS Una frecuencia elevada en la manipulación manual de las cargas puede producir fatiga física y una mayor probabilidad de sufrir un accidente al ser posible que falle la eficiencia muscular del trabajador. 252

263 De todos los factores este es, junto con el peso, el que más influencia tiene sobre el riesgo, de manera que una frecuencia de manipulación elevada puede dar lugar a que un peso muy pequeño no pueda ser manejado de forma segura. Para evitar la fatiga, es conveniente que el trabajador pueda regular su ritmo de trabajo, procurando que no esté impuesto por el propio proceso. Además de la frecuencia, es importante que las actividades de manejo manual de cargas no se realicen durante todo el día o que, al menos, haya descansos suficientes. Si no hay un descanso suficiente durante las tareas de manipulación manual de cargas, el trabajador no podrá recuperarse de la fatiga, por lo que su rendimiento será menor, y aumentarán las posibilidades de que se produzca una lesión. Si las posturas son muy fijas o forzadas, la fatiga muscular aumentará rápidamente. Es conveniente que se realicen pausas adecuadas. Otra posibilidad es la rotación de tareas, con cambios a actividades que no conlleven gran esfuerzo físico y que no impliquen la utilización de los mismos grupos musculares. INCLINACIÓN DEL TRONCO Si el tronco está inclinado mientras se manipula una carga, se generarán unas fuerzas compresivas en la zona lumbar mucho mayores que si el tronco se mantuviera derecho, lo cual aumenta el riesgo de lesión en esa zona. La inclinación puede deberse tanto a una mala técnica de levantamiento como a una falta de espacio, fundamentalmente el vertical. Alcance de la carga sobre la columna La postura correcta al manejar una carga es con la espalda derecha, ya que al estar inclinada aumentan mucho las fuerzas compresivas en la zona lumbar. Se evitará manipular cargas en lugares donde el espacio vertical sea insuficiente. EMPUJES Y ARRASTRES Independientemente de la intensidad de la fuerza, ésta no se aplicará correctamente si se empuja o arrastra una carga con las manos por debajo de la "altura de los nudillos", o por encima del "nivel de los hombros", ya que fuera de estos rangos, el punto de aplicación de las fuerzas será excesivamente alto o bajo. 253

264 En general es preferible empujar una carga de frente que arrastrarla de espaldas (carrito), no sólo porque los esfuerzos en la espalda son menores, sino también por problemas de seguridad. El mantenimiento de las ruedas de los carros y otros objetos que deban ser empujados es muy importante para evitar sobreesfuerzos. También resulta importante eliminar obstáculos y desniveles (puertas, ascensores, etc.). MOVIMIENTOS BRUSCOS O INESPERADOS DE LAS CARGAS. INESTABILIDAD DE LA POSTURA Hay cargas que pueden moverse de forma brusca o inesperada como, por ejemplo, los objetos que se encuentran encajonados o atrapados por alguna causa, los cuales pueden liberarse bruscamente al tratar de manipularlos, dando origen a un riesgo de lesión dorsolumbar importante. El manejo de cargas que puedan moverse bruscamente o de forma inesperada puede aumentar el riesgo de lesión. Si se manipulan cargas de estas características, se deberá: Acondicionar la carga de forma que se impidan los movimientos del contenido. Usar ayudas mecánicas. Manipular en equipo, etc. Si la tarea se realiza en una postura inestable, el riesgo de perder el equilibrio y la posibilidad de que se produzcan tensiones impredecibles en músculos y articulaciones podrá dar lugar a situaciones de riesgo importantes. Las tareas de manipulación manual de cargas se realizarán preferentemente encima de superficies estables, de forma que no sea fácil perder el equilibrio. Riesgos Asociados al Entorno de Trabajo Además de las características de la tarea y de la carga que se va a manipular, hay que considerar otros riesgos adicionales asociados al entorno de trabajo. Las condiciones propicias para entorno de trabajo se recogen en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril. SUELO. DESNIVELES Un suelo irregular o resbaladizo podrá aumentar las posibilidades de que se produzcan tropiezos o resbalones, impidiendo en general los movimientos suaves y seguros. Los pavimentos serán regulares, sin discontinuidades que puedan hacer tropezar, y permitirán un buen agarre del calzado, de forma que se eviten los riesgos de resbalones. Si se deben subir escalones o cuestas cargando cargas, el riesgo de lesión aumentará, ya que se añade complejidad a los movimientos y se crean grandes fuerzas estáticas en los músculos y articulaciones de la espalda. Se evitará manejar cargas subiendo cuestas, escalones o escaleras. 254

265 ESPACIO DE TRABAJO Se deberán evitar las restricciones de espacio, ya que podrían dar lugar a giros e inclinaciones del tronco que aumentarán considerablemente el riesgo de lesión. El espacio de trabajo permitirá adoptar una postura de pie cómoda y no impedir una manipulación correcta. CONDICIONES AMBIENTALES. TEMPERATURA, HUMEDAD Y CORRIENTES DE AIRE. Si durante las tareas de manipulación manual de cargas la temperatura es demasiado cálida, el trabajador podrá llegar mucho antes a un estado de fatiga y si, además, las manos transpiran, el agarre de la carga será menos firme. Si la temperatura es demasiado baja, se entumecerán los músculos, concretamente los de los brazos y las manos, aumentando el riesgo de lesión debido a ese entumecimiento, se perderá destreza manual y se dificultarán los movimientos. Se aconseja que la temperatura se mantenga dentro de unos rangos confortables para trabajos ligeros, entre 14 ºC y 25 ºC. Cuando no sea posible la realización de las tareas dentro de unos rangos de temperatura confortable, se evitará el efecto negativo de las mismas. Si la temperatura es elevada, se establecerán pausas apropiadas para que se produzca un adecuado reposo fisiológico. Cuando las temperaturas sean bajas, el trabajador deberá estar convenientemente abrigado y procurará no hacer movimientos bruscos o violentos antes de haber calentado y desentumecido los músculos. En los lugares de trabajo al aire libre y en los locales de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo. El efecto negativo de una temperatura extremada se potenciará si la humedad ambiental lo es también, ya que la fatiga aparecerá más pronto. Las corrientes de aire frío pueden enfriar el cuerpo y entumecerlo rápidamente. En trabajos que se realizan en el exterior, se debe tener en cuenta la posibilidad de que existan vientos fuertes, sobre todo cuando soplan en forma de ráfagas. Por ejemplo, puede ser frecuente en las inmediaciones de edificios, ya que éstos pueden cortar el viento y las cargas se pueden desequilibrar, sobre todo cuando los materiales que se transportan tienen forma laminar o una gran superficie. 255

266 Esto también puede suceder aunque en menor medida en espacios interiores debido a los sistemas de ventilación. Las ráfagas de viento pueden aumentar el riesgo sobre todo cuando se manejan cargas laminares o de gran superficie. Se deberá evitar las corrientes de aire frío en los locales interiores y las ráfagas de viento en el exterior, o se deberá hacer la manipulación más segura, mediante el uso de ayudas mecánicas. ILUMINACIÓN La falta de visibilidad en el puesto de trabajo podrá provocar un riesgo de producirse tropiezos o accidentes, al no valorar adecuadamente la posición y la distancia, debido a una deficiente iluminación o a posibles deslumbramientos. La iluminación de los lugares de trabajo deberá cumplir, las siguientes condiciones según el anexo IV del RD 486/1997, de 14 de abril: La distribución de los niveles de iluminación será lo más uniforme posible. Se procurará mantener unos niveles y contrastes de luminancia adecuados a las exigencias visuales de la tarea, evitando variaciones bruscas de luminancia dentro de la zona de operación y sus alrededores. Se evitarán los deslumbramientos directos producidos por la luz solar o por fuentes de luz artificial de alta luminancia. Se evitarán, asimismo, los deslumbramientos indirectos producidos por superficies reflectantes situadas en la zona de operación o sus proximidades. No se utilizarán sistemas o fuentes de luz que perjudiquen la percepción de los contrastes, de la profundidad o de la distancia entre objetos en la zona de trabajo, que produzcan una impresión visual de intermitencia. VIBRACIONES Las vibraciones pueden producir molestias, dolores o lesiones en la columna vertebral y otras articulaciones del cuerpo. Si las cargas se manipulan en superficies que estén sometidas a vibraciones, el riesgo para la zona dorsolumbar y otras articulaciones del cuerpo se verá potenciado. Se procurará evitar la manipulación de cargas encima de plataformas, camiones, y todas aquellas superficies susceptibles de producir vibraciones. Si el trabajador está sometido a vibraciones importantes en alguna tarea a lo largo de su jornada laboral, aunque no coincida con las tareas de manipulación, se deberá tener en cuenta que puede existir un riesgo dorsolumbar añadido. 256

267 ROPA DE TRABAJO Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL Unos guantes inadecuados podrán disminuir la destreza manual y afectar la correcta sujeción de las cargas. También la vestimenta de trabajo puede interferir en la manipulación si lleva bolsillos amplios, cinturones u otros elementos susceptibles de engancharse y provocar un accidente. Los equipos de protección individual no deberán interferir en la capacidad de realizar movimientos, no impedirán la visión ni disminuirán la destreza manual. Se evitarán los bolsillos, cinturones, u otros elementos fáciles de enganchar. La vestimenta deberá ser cómoda y no ajustada. Un calzado inestable (por ejemplo, unos zuecos o unos zapatos de tacón) podrá provocar que el trabajador pueda tropezar durante sus tareas. Un calzado que no proporcione un adecuado acoplamiento con el pavimento y no tenga una suela suficientemente antideslizante podrá dar lugar a resbalones y caídas del trabajador que incrementarán considerablemente el riesgo de lesión. El calzado constituirá un soporte adecuado para los pies, será estable, con la suela no deslizante, y proporcionará una protección adecuada del pie contra la caída de objetos. TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES. MUJERES EMBARAZADAS Los trabajadores con historial médico de molestias o lesiones de espalda pueden ser propensos a sufrir recaídas y tendrán más facilidad para sufrir lesiones. La sobrecarga de peso y el cambio en la curvatura de la columna lumbar para compensarlo que tiene que sobrellevar la futura madre hace que, en muchas ocasiones, la espalda ya esté dolorida incluso sin realizar ningún tipo de esfuerzo adicional. Además, el embarazo causa cambios hormonales que pueden afectar a los ligamentos, aumentando el riesgo de lesiones para la madre. También aumenta la posibilidad de aborto o parto prematuro si se levantan pesos o se realizan movimientos bruscos o ejercicio excesivo. El empresario tomará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. Si esta adaptación no resultara posible, o a pesar de tal adaptación las condiciones de un puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y así lo certifique el médico que en el régimen de la Seguridad Social aplicable asista facultativamente a la trabajadora, ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado. 257

268 En el supuesto de que, aun aplicando las reglas señaladas, no existiese puesto de trabajo o función compatible, la trabajadora podrá ser destinada a un puesto de trabajo no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, si bien conservará el derecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen. Las mujeres que se encuentren en este caso y que manejen cargas habitualmente en su puesto de trabajo deberían preferentemente dejar de manejarlas, realizando durante este tiempo otras actividades más livianas. Se tendrá un cuidado especial durante el embarazo y hasta tres meses después del parto. FORMACIÓN E INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES Se impartirá al trabajador la formación e información adecuadas sobre los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas, así como de las medidas de prevención y protección que se deban adoptar en las tareas concretas que se realicen. MÉTODO PARA LA MANIPULACIÓN SEGURA DE CARGAS A continuación se transcribe el método de manejo de cargas propuesto por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo en su Guía Técnica. Se recomienda que los trabajadores sean informados sobre estos consejos para que, en la medida de lo posible, los sigan, disminuyendo así el riesgo de lesión dorsolumbar. Como norma general, es preferible manipular las cargas cerca del cuerpo, a una altura comprendida entre la altura de los codos y los nudillos, ya que de esta forma disminuye la tensión en la zona lumbar. Si las cargas que se van a manipular se encuentran en el suelo o cerca del mismo, se utilizarán las técnicas de manejo de cargas que permitan utilizar los músculos de las piernas más que los de la espalda. Para levantar una carga se pueden seguir los siguientes pasos: No todas las cargas se pueden manipular siguiendo estas instrucciones. Hay situaciones (como, por ejemplo, manipulación de barriles, manipulación de enfermos, etc. que tienen sus técnicas específicas) 1. Planificar el levantamiento. Utilizar las ayudas mecánicas precisas. Siempre que sea posible se deberán utilizar ayudas mecánicas. Seguir las indicaciones que aparezcan en el embalaje acerca de los posibles riesgos de la carga, como pueden ser un centro de gravedad inestable, materiales corrosivos, etc. Si no aparecen indicaciones en el embalaje, observar bien la carga, prestando especial atención a su forma y tamaño, posible peso, zonas de agarre, posibles puntos peligrosos, etc. Probar a alzar primero un lado, ya que no siempre el tamaño de la carga ofrece una idea exacta de su peso real. 258

269 Solicitar ayuda de otras personas si el peso de la carga es excesivo o se deben adoptar posturas incómodas durante el levantamiento y no se puede resolver por medio de la utilización de ayudas mecánicas. Tener prevista la ruta de transporte y el punto de destino final del levantamiento, retirando los materiales que entorpezcan el paso. Usar la vestimenta, el calzado y los equipos adecuados. 2. Colocar los pies Separar los pies para proporcionar una postura estable y equilibrada para el levantamiento, colocando un pie más adelantado que el otro en la dirección del movimiento. 3. Adoptar la postura de levantamiento Doblar las piernas manteniendo en todo momento la espalda derecha, y mantener el mentón metido. No flexionar demasiado las rodillas. No girar el tronco ni adoptar posturas forzadas. 4. Agarre firme Sujetar firmemente la carga empleando ambas manos y pegarla al cuerpo. El mejor tipo de agarre sería un agarre en gancho, pero también puede depender de las preferencias individuales, lo importante es que sea seguro. Cuando sea necesario cambiar el agarre, hacerlo suavemente o apoyando la carga, ya que incrementa los riesgos. 259

270 5. Levantamiento suave Levantarse suavemente, por extensión de las piernas, manteniendo la espalda derecha. No dar tirones a la carga ni moverla de forma rápida o brusca. 6. Evitar giros Procurar no efectuar nunca giros, es preferible mover los pies para colocarse en la posición adecuada. 7. Carga pegada al cuerpo. Mantener la carga pegada al cuerpo durante todo el levantamiento. 8. Depositar la carga. Si el levantamiento es desde el suelo hasta una altura importante, por ejemplo la altura de los hombros o más, apoyar la carga a medio camino para poder cambiar el agarre. Depositar la carga y después ajustarla si es necesario. Realizar levantamientos espaciados. 260

271 LO QUE HEMOS APRENDIDO Las operaciones postales se dividen en recogida, clasificación, reparto y los servicios administrativos y de mantenimiento. Al aumentar espectacularmente el uso de vehículos para servicios de reparto en las dos últimas décadas, los accidentes y lesiones derivados del uso de camiones, furgonetas, automóviles y motos de correos se han convertido en el problema de seguridad y salud en el trabajo más importante y grave para algunas administraciones postales. El RD 487/1997 de 14 de abril (BOE del 23 de abril) nos define la Manipulación Manual de Cargas como cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores, como el levantamiento, la colocación, el empuje, la tracción, el transporte o el desplazamiento, que por sus características o condiciones ergonómicas inadecuadas entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. El peso de la carga es uno de los principales factores a la hora de evaluar el riesgo en la manipulación manual. A modo de indicación general, el peso máximo que se recomienda no sobrepasar (en condiciones ideales de manipulación) es de 25 Kg. No obstante, si la población expuesta son mujeres, trabajadores jóvenes o mayores, o si se quiere proteger a la mayoría de la población, no se deberían manejar cargas superiores a 15 Kgs. El Método para la manipulación segura de cargas propuesto por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo en su Guía Técnica tiene las siguientes fases: Planificar el levantamiento. Colocar los pies. Adoptar la postura de levantamiento Agarre firme Levantamiento suave Evitar giros. Carga pegada al cuerpo. Depositar la carga. 261

272 ANOTACIONES 262

273 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. El peso máximo a cargar (en condiciones óptimas) será de: 45 kg. 30 kg. 25 kg. 2. Manipularemos las cargas: Con la espalda recta. Con los brazos separados del cuerpo. Con los brazos flexionados. 3. Los factores de riesgo en la manipulación manual de cargas son: Tipo de carga, tipo de agarre y espacio. Esfuerzos, posturas inadecuadas, repetitividad y falta de descanso. Ambas respuestas son correctas. 4. La manipulación de cargas en postura sentada: Es una situación especial en la manipulación de cargas. No tiene ningún riesgo. No es un factor de riesgo. 5. Unos guantes inadecuados podrán disminuir la destreza manual y afectar la correcta sujeción de las cargas: Verdadero. Falso. 6. El agarre de la carga puede ser: Bueno. Bueno, regular y malo. Ninguna respuesta es correcta. 263

274 264

275 Prevención de Riesgos Laborales Primeros Auxilios TEMA 14. Principios Generales TEMA 15. Valoración del Lesionado TEMA 16. Paro Cardio Respiratorio TEMA 17. Cuerpos Extraños TEMA 18. Transporte Adecuado TEMA 19. Vendajes módulo 5 265

276 266

277 Prevención de Riesgos Laborales Principios Generales Definición y Normas para la Prestación de los Primeros Auxilios Procedimiento para Prestar Primeros Auxilios Precauciones Generales para Prestar Primeros Auxilios Activación del Sistema de Emergencia: P.A.S. Evaluación y Actuación Objetivos: Conocer los principios básicos de actuación para su aplicación en los primeros auxilios. tema

278 268

279 Definición y Normas para la Prestación de los Primeros Auxilios Se entienden por primeros auxilios, los cuidados inmediatos, adecuados y provisionales prestados a las personas accidentadas o con enfermedad antes de ser atendidos en un centro asistencial. Ante un accidente que requiere la atención de primeros auxilios, usted como auxiliador debe recordar las siguientes normas: Accidentes de trabajo. Actúe si tiene seguridad de lo que va ha hacer, si duda, es preferible no hacer nada, porque es probable que el auxilio que preste no sea adecuado y que contribuya a agravar al lesionado. Conserve la tranquilidad para actuar con serenidad y rapidez, esto da confianza al lesionado y a sus acompañantes. Además contribuye a la ejecución correcta y oportuna de las técnicas y procedimientos necesarios para prestar un primer auxilio. De su actitud depende la vida de los heridos; evite el pánico. No se retire del lado de la víctima; si esta solo, solicite la ayuda necesaria (elementos, transporte, etc.). Efectúe una revisión de la víctima, para descubrir lesiones distintas a la que motivo la atención y que no pueden ser manifestadas por esta o sus acompañantes. No olvide que las posibilidades de supervivencia de una persona que necesita atención inmediata son mayores, si está es adecuada y si el transporte es rápido y apropiado. Haga una identificación completa de la víctima, de sus acompañantes y registre la hora en que se produjo la lesión. Dé órdenes claras y precisas durante el procedimiento de primeros auxilios. Inspeccione el lugar del accidente y organice los primeros auxilios, según sus capacidades físicas y juicio personal. "No luche contra lo imposible". 269

280 Procedimiento para Prestar Primeros Auxilios Para prestar los primeros auxilios usted debe hacer lo siguiente: Organice un cordón humano con las personas no accidentadas; esto no sólo facilita su acción, sino que permite que los accidentados tengan suficiente aire. Pregunte a los presentes quiénes tienen conocimientos de primeros auxilios para que le ayuden. Preste atención inmediata en el siguiente orden, los que: 1. Sangran abundantemente. 2. No presenten señales de vida (muerte aparente). 3. Presenten quemaduras graves. 4. Presentan síntomas de fracturas. 5. Tienen heridas leves. Una vez prestados los primeros auxilios, si es necesario, traslade al lesionado al centro de salud u hospital más cercano. Precauciones Generales para Prestar Primeros Auxilios En todo procedimiento de primeros auxilios usted como auxiliador debe hacer lo siguiente: Determine posibles peligros en el lugar del accidente y ubique a la víctima en un lugar seguro. Comuníquese continuamente con la víctima, su familia o vecinos. Afloje las ropas del accidentado y compruebe si las vías respiratorias están libres de cuerpos extraños. Cuando realice la valoración general de la víctima, evite movimientos innecesarios; NO trate de vestirlo. Si la víctima está consciente, pídale que mueva cada una de sus cuatro extremidades, para determinar sensibilidad y movimiento. Coloque a la víctima en posición lateral, para evitar acumulación de secreciones que obstruyan las vías respiratorias (vómito y mucosidades). Cubra al lesionado para mantenerle la temperatura corporal. 270

281 Proporcione seguridad emocional y física. No obligue al lesionado a levantarse o moverse especialmente si se sospecha fractura, antes es necesario inmovilizarlo. No administre medicamentos, excepto analgésicos, si es necesario. No dé líquidos por vía oral a personas con alteraciones de la consciencia. No dé licor en ningún caso. No haga comentarios sobre el estado de salud del lesionado, especialmente si ésta se encuentra inconsciente. Activación del Sistema de Emergencia: P.A.S. En el momento que se produzca un accidente se debe de activar un sistema de emergencia. Para activar este sistema recurrimos a la palabra P.A.S., que está formada por las iniciales de tres actuaciones secuenciales para llegar a atender a un accidentado. La palabra P.A.S. significa: P, proteger: antes de realizar cualquier tipo de actuación, se debe de tener la seguridad, que tanto el accidentado como la persona que presta auxilio están a salvo de cualquier otro tipo de accidente. El termino proteger engloba el hecho de avisar al resto de personas de alrededor para que no se encuentre involucrados en otro accidente. A, Avisar: de la manera que sea posible se da aviso a los servicios sanitarios ( ). Al llamar se debe de estar tranquilo, dar detalles del accidente (como el lugar del accidente, número de accidentado, etc.), indicar todos los datos que soliciten y además seguir las instrucciones de los servicios sanitarios. S, socorrer: una vez realizado los dos puntos anteriores, se pasa a realizar una evaluación primaria, es decir si la persona está consciente, si respira y si tiene pulso (siempre se debe de realizar en este orden) Como conclusión se puede decir que lo primero a realizar en un accidente es activar el sistema de emergencia: 271

282 Evaluación y Actuación Como se ha indicado anteriormente la evaluación es el paso siguiente del P.A.S., más concretamente este paso se denomina evaluación primaria. El objetivo de dicha valoración primaria es identificar las situaciones que suponen una amenaza para la vida. Los pasos a seguir en este tipo de valoración son: Valorar si el accidentado tiene conciencia: para ello se le preguntará a la persona que le ha pasado. Si contesta se descarta el paro respiratorio. El problema se origina si no contesta. Para ver si la persona reacciona se le producirá un estimulo doloroso como un pellizco, para así observar si la persona reacciona con algun gemido, movimiento de cabeza, etc. Si no existiera ningun tipo de reaccion es que el accidentado se encuentra inconsciente, por lo que acto seguido se valorará si respira. Valoración de la respiración: en este caso nos encontramos dos posibilidades: o Si respira: si se observa que respira, se sobre entiende que el corazon funciona por lo que no habra que seguir valorando los signos vitales. o No respira: si comprobamos que no respira, se colocará al accidentado en cúbito supino (estirado mirando hacia arriba). Se debe de explorar la boca para evidenciar la presencia de cuerpos extraños, una vez realizado este paso, se procederá a abrir las vías aéreas, mediante una hiperextensión del cuello, procurando que la lengua obstruya la vía de entrada de aire. En ocasiones, con esta simple maniobra, el paciente vuelve a respirar. En caso contrario, el paro es indudable, por lo que se deber realizar el boca-boca. Valoración de pulso: una vez que se ha visto que hay paro respiratorio y se ha procedido a iniciar el boca-boca, es preciso comprobar el funcionamiento cardíaco tomando el pulso carotídeo (en el cuello), por ser éste el más próximo al corazón y el de más fácil localización. Si se observa que hay pulso se sigue efectuando la respiración artificial, pero en el momento de que no haya pulso, se debe iniciar el masaje cardiaco externo, junto con la respiración boca-boca. 272

283 Todos estos pasos se pueden ver mejor en el siguiente esquema: 273

284 LO QUE HEMOS APRENDIDO Se entienden por primeros auxilios, los cuidados inmediatos, adecuados y provisionales prestados a las personas accidentadas o con enfermedad antes de ser atendidos en un centro asistencial. La evaluación se realiza en el lugar de los hechos con el fin de establecer prioridades y adoptar las medidas necesarias en cada caso. Consta de tres pasos: La P de Proteger. La A de Avisar. La S de Socorrer. La evaluación es el paso siguiente del P.A.S., más concretamente este paso se denomina evaluación primaria, el objetivo de dicha valoración primaria es identificar las situaciones que suponen una amenaza para la vida. 274

285 ANOTACIONES 275

286 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. La palabra PAS significa: Proteger Avisar y Socorrer. Proceder Avisar y Socorrer. Proteger Asistir y Socorrer. 2. En los primeros auxilios hay que luchar contra lo imposible: Verdadero. Falso. 3. Hay que actuar siempre para intentar salvar la vida de una persona: Verdadero. Falso. 4. Cual es el objetivo de la valoración primaria? Identificar cuales son las causas que han producido el accidente. identificar las situaciones que suponen una amenaza para la vida. Ninguna respuesta es correcta. 5. Se debe de hablar con un accidentado? Nunca. Sí, para valorar si se encuentra consciente. Sólo en algunas ocasiones. 6. En la valoración primaria observaremos. El estado de consciencia. La respiración. Ambas respuestas son correctas. 276

287 Prevención de Riesgos Laborales Valoración del Lesionado Aspectos Importantes Respiración Pulso Objetivos: Aprender los signos básicos a tener en cuenta en toda valoración inicial de un lesionado. tema

288 278

289 Aspectos Importantes Examen de la Persona Accidentada El Examen de un lesionado ha de ser completo y cuidadoso evitando la manipulación excesiva e innecesaria que puede agravarlas lesiones ya existentes o producir unas nuevas. El método de examen a emplear dependerá de las circunstancias en las cuales se lleva a cabo. Así, en los accidentes callejeros es deseable un método rápido para obtener un diagnóstico provisional y descubrir las lesiones que requieran tratamiento inmediato, antes de movilizar al lesionado. El lesionado debe permanecer a la intemperie el menor tiempo posible, de hecho, el examen puede realizarse de tal manera que la mayor parte de su cuerpo permanezca cubierto durante el proceso. No sobra mencionar el peligro que supone mover una persona sin conocer la naturaleza de sus lesiones. Son muchos los casos donde es enteramente posible examinar al lesionado en la posición en que ha sido encontrado. Al examinar un lesionado, se debe ser metódico y ordenado, desde luego guiándose por la clase de accidente o enfermedad súbita y las necesidades que reclame la situación. Debe haber una razón para todo lo que se haga. El primer paso en el examen de cualquier parte del cuerpo es la llamada inspección. Consiste en revisar con cautela y cuidado la parte que va a ser objeto de examen antes de tocarla. La inspección inicial descubre a menudo alteraciones que de otra manera pudieran pasar desapercibidas. Es importante una comparación cuidadosa con el objeto de descubrir las deformaciones naturales que ocasionalmente se encuentran en personas sanas. Después de la inspección el auxiliador debe palpar cuidadosamente la parte afectada, poniendo especial atención en los huesos. En un lesionado consciente el principal objeto de examen es descubrir las partes sensibles, pero en el que ha perdido el conocimiento el método es todavía útil, ya que puede descubrirse alguna irregularidad en los huesos, etc. "A el auxiliador sólo le incumbe hacer un diagnostico provisional, este será confirmado o modificado tan pronto como se haga cargo un medico. Si hubiera alguna duda con respecto al diagnostico, el lesionado será tratado como si sufriera las mas graves lesiones" 279

290 Método de Examen Después de tomar los Signos vitales (respiración, pulso, reflejo pupilar) es necesario realizar una serie de apreciaciones sobre el aspecto general del lesionado. Observar al Lesionado Postura: Inmóvil o inquieto, confortable o incómodo, de espaldas o recto, piernas flexionadas, manos inquietas o temblorosas. Expresión: Alegre, ansiosa, hosca, irritada, excitada o indiferente, simetría facial, hinchazón. Temperamento: Extrovertido, amable y hostil, impaciente, nervioso, preocupado. Estado de conciencia: Despierto, si contesta preguntas o está inconsciente. Aflojar la Ropa Apretada Si fuera necesario abrir o remover la ropa del lesionado a efecto de exponer su cuerpo para una mejor evaluación, ésta deberá, en algunos casos, ser cortada o abierta por las costuras, teniendo cuidado al hacerlo, en caso contrario puede ocasionar mayores daños. Observar coloraciones en la piel Cianosis (coloración azulada o violácea), observada en hemorragias severas, intoxicaciones, obstrucción de vías aéreas. Palidez en anemias, hemorragias, emociones, frío. Rubicundez (color rojo intenso) en intoxicaciones agudas por atropina y barbitúricos, esfuerzos corporales intensos, enfermedades febriles, alcoholismo crónico, ira. En caso de un lesionado con piel oscura, el cambio de color puede ser difícil de apreciar. Por lo cual se hace necesario observar el cambio de color en las superficies internas de los labios, boca y párpados. Algunas coloraciones en las mucosas pueden darnos idea de los problemas que puede tener el lesionado, así : o o o Negro o café oscuro: Intoxicación con ácido sulfúrico. Amarillo: Intoxicación ácido cítrico y nítrico. Blanco jabonoso: Intoxicación con soda cáustica. Gris: Intoxicación con plomo o mercurio. 280

291 Examen Individual de cada Parte del Cuerpo La evaluación cuidadosa incluye el examen individual de cada parte del cuerpo. Es usual iniciarlo por la cabeza y seguirlo hacia abajo, si hubiera alguna señal de probable localización de una herida, se podrá fijar la atención en la parte sospechosa. Así, los desgarros del vestido, los pantalones empapados con sangre y otras pistas similares pueden señalar probables heridas. Lesionado Inconsciente Si el lesionado está inconsciente y no se ha podido lograr su identificación, debe procurarse obtener ésta mediante los papeles o documentos que pueda llevar en su billetera o cartera o por medio de alguna persona presente, a efectos de notificar a sus familiares; siendo necesario para esto contar con la presencia de un testigo cuando se procuran obtener los documentos de identificación. Siempre hay que pensar en la posibilidad de que se hallan producido varias lesiones en un solo accidente, por tal razón se ha hecho hincapié en la necesidad de un examen rutinario y completo, tanto en lesionados conscientes como inconscientes. Debido a la intensidad del dolor y a la gravedad del shock, un lesionado (por ejemplo, uno que se haya fracturado la pierna) quizá no sepa que también sufre otras lesiones, las cuales, por el momento, le causen menos dolor. "La omisión del examen completo puede dar lugar a que se pasen desapercibidas las lesiones. Respiración Se considera respiración el intercambio gaseoso entre el organismo y la atmósfera. La respiración consta de dos fases: la inspiración y la espiración. Durante la inspiración se introduce el oxigeno a los pulmones proveniente de la atmósfera y en la espiración se elimina bióxido de carbono. En la respiración además de los órganos del aparato respiratorio, intervienen la contracción de los músculos del tórax y los movimientos de las costillas. Por eso en caso de lesiones a este nivel, es indispensable el control de este signo vital. 281

292 Cifras normales de la respiracion Niños de meses 30 a 40 respiraciones por minuto Niños hasta seis años 26 a 30 respiraciones por minuto Adultos 16 a 20 respiraciones por minuto Ancianos menos de 16 respiraciones por minuto Procedimiento para Controlar la Respiración Para controlar la respiración, usted como auxiliador, debe contar los movimientos respiratorios, tomando la inspiración y la espiración como una sola respiración. Coloque el lesionado en posición cómoda (acostada) en caso de vomito con la cabeza hacia un lado. Afloje las prendas de vestir. Inicie el control de la respiración observando el tórax y el abdomen, de preferencia después de haber tomado el pulso, para que el lesionado no se de cuenta y evitar así que cambie el ritmo de la respiración Cuente las respiraciones por minuto utilizando un reloj con segundero. Anote la cifra para verificar los cambios y dar estos datos cuando lleve el lesionado al centro asistencial. Pulso Es la expansión rítmica de una arteria, producida por el paso de la sangre bombeada por el corazón. El pulso se controla para determinar el funcionamiento del corazón. El pulso sufre modificaciones cuando el volumen de sangre bombeada por el corazón disminuye o cuando hay cambios en la elasticidad de las arterias ; tomar el pulso es un método rápido y sencillo para valorar el estado de un lesionado 282

293 Cifras Normales del Pulso El pulso normal varia de acuerdo a diferentes factores; siendo el más importante la edad. Niños de Meses 130 A 140 Pulsaciones por minuto Niños 80 A 100 Pulsaciones por minuto Adultos 72 A 80 Pulsaciones por minuto Ancianos 60 O menos pulsaciones por minuto Sitios para Tomar el Pulso El pulso se puede tomar en cualquier arteria superficial que pueda comprimirse contra un hueso. Los sitios donde se puede tomar el pulso son: En la sien (temporal) En el cuello (carotídeo) Parte interna del brazo (humeral) En la muñeca (radial) Parte interna del pliegue del codo (cubital) En la ingle (femoral) En el dorso del pie (pedio) En la tetilla izquierda de bebes (pulso apical) En primeros auxilios en los sitios que se toma con mayor frecuencia es el radial y el carotídeo. Recomendaciones para Tomar el Pulso Palpe la arteria con sus dedos índice, medio y anular. No palpe con su dedo pulgar, porque el pulso de este dedo es más perceptible y confunde el suyo. No ejerza presión excesiva, porque no se percibe adecuadamente. Controle el pulso en un minuto en un reloj de segundero. 283

294 Registre las cifras para verificar los cambios. MANERA DE TOMAR EL PULSO CAROTÍDEO En primeros auxilios se toma este pulso porque es el de más fácil localización y por ser el que pulsa con más intensidad. La arteria carotídea se encuentra en el cuello a lado y lado de la tráquea para localizarlo haga lo siguiente: Localice la manzana de adán Deslice sus dedos hacia el lado de la tráquea Presione ligeramente para sentir el pulso Cuente el pulso por minuto. MANERA DE TOMAR EL PULSO RADIAL: Este pulso es de mayor acceso, pero a veces en caso de accidente se hace imperceptible: Palpe la arteria radial, que está localizada en la muñeca, inmediatamente arriba en la base del dedo pulgar. Coloque sus dedos (Índice, medio y anular) haciendo ligera presión sobre la arteria. Cuente el pulso en un minuto. MANERA DE TOMAR EL PULSO APICAL: Se denomina así el pulso que se toma directamente en la punta del corazón. Este tipo de pulso se toma en niños pequeños (bebes). Coloque sus dedos sobre la tetilla izquierda. Presione ligeramente para sentir el pulso. Cuente el pulso en un minuto. 284

295 LO QUE HEMOS APRENDIDO A el auxiliador solo le incumbe hacer un diagnostico provisional, este será confirmado o modificado tan pronto como se haga cargo un medico. Si hubiera alguna duda con respecto al diagnostico, el lesionado será tratado como si sufriera las mas graves lesiones. El método de examen de una accidentado consiste: Observar al lesionado. Aflojar la ropa apretada. Observar coloraciones en la piel. Examen individual de cada parte del cuerpo. Lesionado inconsciente. La respiración consta de dos fases: la inspiración y la espiración. Durante la inspiración se introduce el oxigeno a los pulmones proveniente de la atmósfera y en la espiración se elimina bióxido de carbono. El pulso se controla para determinar el funcionamiento del corazón. Recomendaciones para tomar el pulso: Palpe la arteria con sus dedos índice, medio y anular. No palpe con su dedo pulgar, porque el pulso de este dedo es más perceptible y confunde el suyo. No ejerza presión excesiva, porque no se percibe adecuadamente. Controle el pulso en un minuto en un reloj de segundero. Registre las cifras para verificar los cambios. 285

296 ANOTACIONES 286

297 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. El método de examen consiste: Observar al lesionado. Atender las heridas sangrantes. Hablar con el lesionado. 2. Las cifras normales de respiración en niños de meses son: 16 a 20 respiraciones. 30 a 40 respiraciones. 16 a 20 pulsaciones. 3. Las cifras normales de respiración en ancianos son: 16 a 20 respiraciones. 16 a 20 pulsaciones. Menos de 16 respiraciones por minuto. 4. El dorso del pie es un sitio para tomar el pulso: Verdadero. Falso. 5. Las cifras normales de pulso en un adulto son: 60 o menos. Mas de 150. De 72 a Para controlar la respiración hay que aflojar las prendas de vestir: Verdadero. Falso. 287

298 288

299 Prevención de Riesgos Laborales Paro Cardio Respiratorio Conceptos Iniciales Reanimación Cardio Pulmonar Objetivos: Conocer como reanimar a un accidentado que ha entrado en parada cardio respiratoria. tema

300 290

301 Conceptos Iniciales Definición El cuerpo requiere un suministro constante de oxigeno para poder sobrevivir, las lesiones o enfermedades que afectan la respiración o el latido del corazón, o aquellas que causan sangrados, pueden alterar al aporte el aporte de oxigeno. Si los pulmones no reciben el suministro suficiente de oxígeno, o este no circula adecuadamente por el cuerpo, esto acarrea una emergencia que pone en peligro la vida de las personas. El paro cardio respiratorio es la interrupción repentina y simultánea de la respiración y el funcionamiento del corazón, debido a la relación que existe entre el sistema respiratorio y circulatorio. Puede producirse el paro respiratorio y el corazón seguir funcionando, pero en pocos minutos sobrevenir el paro cardíaco, cuando no se presta el primer auxilio inmediatamente. También iniciarse con un paro cardiaco, en cuyo caso casi simultáneamente, se presenta el paro respiratorio. En primeros auxilios es importante determinar si se presenta paro respiratorio o paro cardio - respiratorio para realizar las maniobras de resucitación adecuadas. Prevención No dar ni dejar a los niños jugar con objetos como botones, semillas o monedas. No permitir que los niños jueguen cuando estén comiendo. No dar a los niños alimentos con cáscara o huesos. Evitar que los niños se duerman mientras están comiendo dulces o goma de mascar. No sostener en la boca elementos que puedan fácilmente ser tragados. Masticar bien la comida antes de deglutirla. Nunca deje que los niños se tomen solos el tetero o biberón. No fumar. Evitar el sedentarismo. Llevar los problemas calmadamente. Expresar sus iras preocupaciones o miedo. Delegar responsabilidades. Tomar descansos adecuados. 291

302 Controlar su peso. Tenga una dieta balanceada. No haga ejercicio cuando usted este en mal estado de salud. Reconozca las manifestaciones del ataque cardíaco. No haga ejercicio después de comer abundantemente. Sométase a control medico anual, a partir de los 45 años. Evite que los niños se acerquen solos a piscinas ríos o lagos. No deje al alcance de los niños bolsas plásticas. No tapar la cara de los niños ni dejar a su alcance mantas pesadas o almohadas grandes. Causas del Paro Respiratorio Ahogamiento. Cuerpos extraños en vías respiratorias (Trozos de alimentos, Vómitos, mucosidades, sangre, etc.). Inhalación de vapores o gases irritantes. Estrangulamiento. Intoxicación por alcohol. Dosis excesiva de medicamentos. Choque eléctrico. Traumatismos. Shock. Insolación o congelamiento. Quemaduras. Inflamación de garganta. Obstrucción de la garganta por caída de la lengua. Falta de oxigeno (minas, pozos, armarios) Ataque cardíaco. 292

303 Causas del Paro Cardio Respiratorio Ataque cardíaco. Hipotermia profunda. Shock. Traumatismo cráneo encefálico. Electrocución. Hemorragias severas. Deshidratación. Paro respiratorio. Manifestación del Paro Respiratorio Ausencia de respiración. Cianosis en labios y uñas. Pérdida de conocimiento. Pulso rápido y débil. Manifestaciones del Paro Cardio Respiratorio Ausencia del pulso y respiración. Piel pálida a veces cianótica especialmente en labios y uñas. Pérdida de conocimiento Pupila dilatada parcialmente a los 2 ó 3 minutos la dilatación es total y no reacciona a la luz. 293

304 Reanimación Cardio Pulmonar Es una combinación de respiraciones con masaje cardíaco externo. Cuando el corazón no funciona normalmente la sangre no circula, se disminuye el suministro de oxigeno a todas las células del cuerpo, esto ocurre frecuentemente durante un ataque cardíaco o un paro cardio respiratorio. Una manera simple de determinar si el corazón funciona es evaluando el pulso. Si la persona no tiene pulso es necesario reiniciar la circulación por medio de la comprensión sobre el pecho practicando reanimación cardio pulmonar la cual tiene dos propósitos. Mantener los pulmones llenos de oxigeno cuando la respiración se ha detenido. Mantener la sangre circulando llevando oxigeno al cerebro, al corazón y las demás partes del cuerpo. Procedimiento Observe si la víctima respira durante cinco segundos. Verifique el pulso carotideo para adultos o mayores de un año. Para bebes localice el pulso braquial. Observe la víctima de arriba a bajo para determinar posibles hemorragias. Si la víctima no respira y no tiene pulso, realice los siguientes procedimientos teniendo en cuenta que antes de iniciar el masaje debe estar seguro de la ausencia de pulso pues es peligroso hacer compresiones cuando la víctima aun tiene circulación. Para evitar esto evalúe el pulso durante 10 segundos antes de determinar que tiene paro cardíaco. Localice el reborde costal, luego encuentre la punta inferior del esternón, mida dos dedos arriba de éste. En el adulto coloque el talón de su mano con los dedos levantados en el punto anteriormente localizado, entrelace los dedos de las manos. Para un niño utilice únicamente una mano, y para un bebé utilice solo los dedos índice y medio en el centro del pecho en medio de las tetillas. 294

305 Comprima el pecho hacia abajo y con suavidad, repita el procedimiento como se explica más adelante. No retire sus manos del pecho de la víctima. Este procedimiento expulsa la sangre del corazón. Reanimación Cardio Pulmonar con un Reanimador/es Se realizan 30 compresiones torácicas por 2 ventilaciones, si lo comparamos con el anterior criterio de RCP hemos aumentado el número de compresiones y disminuido el número de interrupciones en las compresiones torácicas asumiendo que la ventilación es menos importante en los momentos iniciales, por ello se recomienda iniciar la RCP con las compresiones torácicas. Para la compresión torácica se localizará el centro del pecho y en el tercio inferior del esternón colocaremos el talón de la mano y, sobre él, el talón de la otra. Entrelazar dedos de ambas manos. Con los brazos rectos, en la vertical del tórax, dejar caer el peso de nuestro cuerpo deprimiendo el pecho de la víctima unos 4-5 cm, 100 veces por minuto. Es importante no presionar costillas o abdomen. 295

306 Para el boca a boca, aplicar maniobra frente-mentón. Rodear con nuestro labios l aboca de la víctima. Comprobar que se eleva el pecho. En caso de que el pulso se restablezca espontáneamente suspenda las maniobras de masaje cardíaco y continúe con las de respiración y repita el procedimiento hasta que entregue la víctima en un centro asistencial. Si durante el traslado la víctima recupera el pulso y la respiración colóquela en posición lateral de seguridad y permanezca atento de los signos vitales. Criterios basados en el Plan Nacional de Resucitación Cardiopulmonar de la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias. Reanimación Cardio Pulmonar en Niños En niños se realizan 5 ventilaciones antes de iniciar las compresiones torácicas. La secuencia será de 30:2 si existe un único reanimador o más de un reanimador no sanitario, y 15:2 si se realiza por dos reanimadores sanitarios, y se continua así sucesivamente hasta que la víctima recupera la circulación y la respiración o hasta que se obtenga asistencia médica. Si existe un único reanimador, se realizará 1 minuto de RCP antes de dar la alerta al sistema de emergencias. La técnica de compresión difiere según la edad del niño, se emplean dos dedos o los pulgares en lactantes (abarcando el tórax con el resto de la mano), y una o dos manos en los niños mayores de un año. Las compresiones deben deprimir aproximadamente 1/3 de la anchura del tórax. Criterios basados en el Plan Nacional de Resucitación Cardiopulmonar de la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias. Aspectos Importantes Con frecuencia en los pacientes inconscientes, la lengua le obstruye las vías aéreas superiores, lo cual lleva fácilmente al paro cardio respiratorio. En la mayoría de los casos el solo hecho de despejar las vías aéreas permite la reanudación de la ventilación y previene el paro cardíaco. No de masaje cardíaco, ni respiración artificial si la persona no carece totalmente de estos signos vitales. 296

307 LO QUE HEMOS APRENDIDO El paro cardio respiratorio es la interrupción repentina y simultánea de la respiración y el funcionamiento del corazón, debido a la relación que existe entre el sistema respiratorio y circulatorio Para evitar daños irreparables en el cerebro es necesario que el auxiliador conozca los principios básicos del sostén de vida que son el ABC de la resucitación. Abrir vías respiratorias. Restaurar la respiración. Restaurar la circulación. La reanimación cardio pulmonar: Es una combinación de respiraciones con masaje cardíaco externo. Cuando el corazón no funciona normalmente la sangre no circula, se disminuye el suministro de oxigeno a todas las células del cuerpo, esto ocurre frecuentemente durante un ataque cardíaco o un paro cardio respiratorio. Una manera simple de determinar si el corazón funciona es evaluando el pulso. Si la persona no tiene pulso es necesario reiniciar la circulación por medio de la comprensión sobre el pecho practicando reanimación cardio pulmonar la cual tiene dos propósitos. Mantener los pulmones llenos de oxigeno cuando la respiración se ha detenido. Mantener la sangre circulando llevando oxigeno al cerebro, al corazón y las demás partes del cuerpo. 297

308 ANOTACIONES 298

309 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. El para cardio respiratorio es una interrupción simultanea de : El corazón y la consciencia. La respiración y el corazón. Ambas respuestas son correctas. 2. El peso es un factor de prevención en el paro cardíaco: Verdadero. Falso. 3. El choque eléctrico puede causar paro respiratorio: Verdadero. Falso. 4. La hipotermia puede causar paro respiratorio: Verdadero. Falso. 5. Manifestaciones del paro respiratorio Pulso rápido y débil Cianosis en labios y uñas Ambas respuesta son correctas. 6. Hay que realizar 30 compresiones y dos ventilaciones con un reanimador en aplicación RCP: Verdadero. Falso. 299

310 300

311 Prevención de Riesgos Laborales Cuerpos Extraños Definición Cuerpos Extraños en Ojos Cuerpos Extraños en Oídos Cuerpos Extraños en Nariz Obstrucción de las Vías Respiratorias Objetivos: Conocer como actuar cuando penetra un cuerpo extraño en nuestro organismo. tema

312 302

313 Definición Cuerpo extraño es cualquier elemento ajeno al cuerpo que entra a éste, ya sea a través de la piel o por cualquier orificio natural como los ojos, nariz, garganta, impidiendo su normal funcionamiento. Cuerpos Extraños en Ojos Son considerados los lentes de contacto, arena, partículas de madera o metal, maquillaje, pestañas, insectos, tanto debajo del párpado como sobre el globo ocular. Estos materiales son perjudiciales no sólo por sus efectos irritantes, sino por el peligro de raspar el ojo o introducirse en él. Señales Inflamación Enrojecimiento del ojo afectado Sensación de ardor Dolor Lagrimeo Dificultad para mantener el ojo abierto Atención Lávese las manos con agua y jabón. Haga sentar a la víctima de tal manera que la luz le dé directamente sobre los ojos. Pídale que lleve la cabeza hacia atrás. Colóquese del lado del ojo afectado o detrás de la víctima. Coloque su mano izquierda debajo del mentón; con sus dedos índice y pulgar, entreabra el ojo afectado para observar el tipo y la localización del cuerpo extraño. Para esto, pídale que mueva el ojo hacia arriba, abajo y los lados. Si puede ver el cuerpo extraño, trate de expulsarlo lavando el ojo; vierta agua con una jeringa sin aguja, una jarra o bajo el grifo, inclinando la cabeza hacia el lado lesionado. 303

314 Si este procedimiento no da resultado y el cuerpo extraño es móvil, pídale que parpadee; a veces solo esto es suficiente para que se localice en el ángulo interno y usted pueda retirarlo con la punta de un pañuelo limpio. Si el cuerpo extraño esta localizado debajo del párpado inferior, pídale que mire hacia arriba; mientras tanto, con su dedo pulgar hale hacia abajo el párpado, localice el cuerpo extraño y con la punta de un pañuelo retírelo. En caso de que el cuerpo extraño esté localizado debajo del párpado superior, haga que mire hacia abajo; con sus dedos índice y pulgar tome las pestañas del párpado superior y hálelo ligeramente hacia abajo; con la otra mano, tome un aplicador o algo similar, colóquelo sobre la parte media del párpado superior y vuelva el párpado hacia arriba sobre el aplicador. Localice el cuerpo extraño y retírelo. Si la partícula esta localizada en el centro del ojo y con el parpadeo no se moviliza, cubra el ojo con una gasa estéril, luego cubra ambos ojos con un vendaje sin hacer presión y envíe a la víctima a un centro asistencial. No trate de retirar el cuerpo extraño. Evite que la víctima se frote el ojo. No aplique gotas oftálmicas (colirios), ungüentos, ni otras soluciones. Cuerpos Extraños en Oídos Señales Dolor por inflamación Si es por insecto, puede sentir el movimiento de este en el oído La audición puede estar disminuida Zumbido En ocasiones, marcha inestable Atención Si se trata de un insecto haga lo siguiente: Coloque la víctima con la cabeza inclinada hacia el lado contrario del afectado. Aplique 3 ó 4 gotas de aceite mineral tibio o aceite para bebé. 304

315 Deje actuar durante 1 ó 2 minutos. Incline la cabeza hacia el lado afectado, para que el aceite drene espontáneamente y arrastre el insecto. Si el cuerpo extraño es una semilla o bolita de cristal, proceda así: o Colóquele la cabeza de forma que el oído afectado quede hacia abajo, para facilitar la salida del cuerpo extraño. o Si la maniobra anterior no da resultado, NO trate de extraer los cuerpos extraños con pinzas u otros elementos. o Si venia presentando dolor de oído, salida de pus, sordera, antes de la presencia del cuerpo extraño, NO realice ningún procedimiento y trasládela a un centro asistencial. Cuerpos Extraños en Nariz Se presenta generalmente en niños. Señales Ocasionalmente puede haber inflamación de la nariz Presencia de secreción sanguinolenta Dificultad para respirar Atención Tranquilice al niño y a sus familiares. Pregúnteles qué tipo de cuerpo extraño se introdujo y el tiempo que lleva el niño con él, ya que si se trata de una semilla, al ponerse en contacto con la secreción de la nariz aumenta de tamaño, lo que hace difícil su extracción y será necesario que lo envíe a un centro asistencial. Si se trata de un botón u otro objeto apriete con uno de sus dedos la fosa nasal libre y pídale al niño que se suene, esto hará expulsar el objeto por la corriente de aire que se forma. Si con la maniobra anterior no logra expulsar el objeto, envíelo a un centro asistencial. 305

316 Prevención La presencia de cuerpos extraños, se puede evitar de la siguiente manera: No dar a los niños objetos como botones o semillas para jugar. No permitir que los niños jueguen cuando están comiendo. No dar a los niños alimentos con cáscara o huesos. Evitar que los niños duerman mientras están chupando dulces o goma de mascar. No sostener en la boca alfileres u otros objetos que puedan fácilmente ser tragado o aspirados. Masticar bien la comida antes de ingerirla. Usar protectores mientras se trabaja con madera, arena, vidrio, soldadura, viruta metálica, etc. Seguir las instrucciones para el uso de las lentes de contacto. Obstrucción de las Vías Respiratorias El sistema respiratorio está capacitado únicamente para aceptar elementos gaseosos. La introducción en el mismo de cualquier cuerpo sólido o líquido implica la puesta en funcionamiento de los mecanismos de defensa, siendo la tos el más importante. La obstrucción de las vías respiratorias impide que la sangre del organismo reciba el oxígeno necesario para alimentar los tejidos, lo que implicará la muerte de los mismos. En personas inconscientes, la principal causa de obstrucción de la vía respiratoria es la caída de la lengua hacia la retrofaringe. En personas conscientes, generalmente, el motivo de obstrucción es la «comida», suceso conocido popularmente como atragantamiento y que puede ocurrir en los comedores de cualquier empresa. Esta obstrucción por cuerpo sólido se produce por la aspiración brusca (risa, llantos, sustos,...) de la comida que está en la boca. Si el herido intenta respirar pero le resulta imposible total o parcialmente por presentar en cuerpo extraño en sus vías respiratorias, hay que ayudarle mediante estas maniobras. 306

317 Obstrucción Completa o Parcial El cuerpo extraño no tapa toda la entrada de aire, por lo que se pone en funcionamiento el mecanismo de defensa y la persona empieza a toser. Qué hacer? Dejarlo toser (los mecanismos de defensa funcionan). Observar que siga tosiendo o que expulse el cuerpo extraño. NO golpear nunca la espalda, ya que se podría producir la obstrucción completa o introducirse más el cuerpo extraño. Obstrucción Completa o Total En este caso la persona no tose, ni habla, NI ENTRA AIRE. Generalmente el accidentado se lleva las manos al cuello y no puede explicar lo que le pasa, emitiendo sonidos afónicos. Presenta gran excitación, pues es consciente de que no respira: tiene la sensación de muerte inminente. Procederemos entonces a realizar la Maniobra de Heimlich, también llamada Compresión abdominal: Su objetivo es empujar el cuerpo extraño hacia la salida mediante la expulsión del aire que llena los pulmones. Esto se consigue efectuando una presión en la boca del estómago (abdomen) hacia adentro y hacia arriba para desplazar el diafragma (músculo que separa el tórax del abdomen y que tiene funciones respiratorias) que a su vez comprimirá los pulmones, aumentando la presión del aire contenido en las vías respiratorias (tos artificial). MANIOBRA DE HEIMLICH Descripción de la maniobra: o Actuar con rapidez. o Coger al accidentado por detrás y por debajo de los brazos. Colocar el puño cerrado 4 dedos por encima de su ombligo, justo en la línea media del abdomen. Colocar la otra mano sobre el puño. o Reclinarlo hacia adelante y efectuar una presión abdominal centrada hacia adentro y hacia arriba, a fin de presionar (de 6 a 8 veces) el diafragma. De este modo se produce la tos artificial. Es importante resaltar que la presión no se debe lateralizar. Ha de ser centrada. De lo contrario se podrían lesionar vísceras abdominales de vital importancia. o Seguir con la maniobra hasta conseguir la tos espontánea o hasta la pérdida de conocimiento. 307

318 En caso de pérdida de conocimiento, se coloca al accidentado en posición de decúbito supino con la cabeza ladeada, y se sigue con la maniobra de Heimlich en el suelo. En niños menores de un año. Se desaconseja esta maniobra. En casos de ahogamiento se procederá sujetando al niño boca abajo e inclinado levemente hacia delante. Sujetaremos la cabeza con el antebrazo y después daremos varios golpes (con fuerza proporcional al desarrollo del niño) entre los homoplatos o paletillas. Si en la sexta maniobra no respira le daremos la vuelta, se le apoyará sobre una superficie rígida y se presionará varias veces en el centro del tórax. En el caso de personas obesas y mujeres embarazadas, no se deben realizar presiones abdominales por la ineficacia en un caso y por el riesgo de lesiones internas en el otro. Por lo tanto esa «tos artificial» se conseguirá ejerciendo presiones torácicas al igual que lo hacíamos con el masaje cardíaco, pero a un ritmo mucho más lento. En caso de pérdida de conocimiento, iniciaremos el punto anterior de la actuación ante la obstrucción completa en el adulto. En situación de inconsciencia se debe alternar la maniobra de Heimlich con la ventilación artificial (boca-boca), ya que es posible que la persona haya efectuado un paro respiratorio fisiológico, por lo que tampoco respirará aunque hayamos conseguido desplazar el cuerpo extraño. 308

319 LO QUE HEMOS APRENDIDO Cuerpo extraño es cualquier elemento ajeno al cuerpo que entra a éste, ya sea a través de la piel o por cualquier orificio natural como los ojos, nariz, garganta, impidiendo su normal funcionamiento. Los cuerpos extraños en los ojos (las lentes de contacto, arena, partículas de madera o metal, maquillaje, pestañas, insectos, tanto debajo del párpado como sobre el globo ocular), se manifiestan con las siguientes señales: inflamación, enrojecimiento del ojo afectado, sensación de ardor, dolor, lagrimeo y dificultad para mantener el ojo abierto. Los cuerpos extraños en los oídos se manifiestan con las siguientes señales: dolor por inflamación, movimiento en el oído si es por insecto, la audición puede estar disminuida, zumbido y mareos. Los cuerpos extraños en la nariz se manifiestan con las siguientes señales: ocasionalmente puede haber inflamación de la nariz, presencia de secreción sanguinolenta y dificultad para respirar. El objetivo de la Maniobra de Heimlich es empujar el cuerpo extraño hacia la salida mediante la expulsión del aire que llena los pulmones, cuando se ha producido una obstrucción total de las vías respiratorias. 309

320 ANOTACIONES 310

321 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. La inflamación es una señal de un cuerpo extraño en el ojo: Verdadero. Falso. 2. Hay previamente que lavarse las manos con agua y jabón antes de atender un cuerpo extraño en los ojos: Verdadero. Falso. 3. El zumbido es una señal de un cuerpo extraño en el oído: Verdadero. Falso. 4. La tos se manifiesta por introducción de cuerpos sólidos o líquidos: Verdadero. Falso. 5. Cuando existe un cuerpo extraño obstruyendo parcialmente la entrada de aire hay que golpear en la espalda al afectado: Si, para ayudar a expulsar el cuerpo extraño. No, porque podría obstruir completamente la entrada de aire. Si, para que la persona deje de toser. 6. La maniobra de Heimlich sirve para: Obtener los cuerpos extraños del oído. Obtener los cuerpos extraños de la nariz. Expulsar cuerpos extraños en las vías respiratorias. 311

322 312

323 Prevención de Riesgos Laborales Transporte Adecuado Introducción Métodos para Levantar a una Persona Como Transportar un Lesionado con Ayuda de Elementos Objetivos: Conocer las técnicas para asegurar el traslado seguro del accidentado. tema

324 314

325 Introducción El traslado innecesario de las víctimas de un accidente o de los enfermos graves es muy peligroso. Al trasladar un accidentado o un enfermo grave, se deberá garantizar que las lesiones no aumentarán, ni se le ocasionarán nuevas lesiones o se complicará su recuperación ya sea por movimientos innecesarios o transporte inadecuado. Es mejor prestar la atención en el sitio del accidente, a menos que exista peligro inminente para la vida de la víctima o del auxiliador como en un incendio, peligro de explosión o derrumbe de un edificio. Una vez que haya decidido cambiar de lugar a la víctima, considere tanto la seguridad de la víctima como la suya. También tenga en cuenta su propia capacidad, así como la presencia de otras personas que puedan ayudarle. Métodos para Levantar a una Persona Arrastre Se utilizan cuando es necesario retirar una víctima del área del peligro, a una distancia no mayor de 10 metros y cuando el auxiliador se encuentra solo. No debe utilizarse cuando el terreno sea desigual o irregular (piedras, vidrios, escaleras). Coloque los brazos cruzados de la víctima sobre el tórax. Sitúese detrás de la cabeza y colóquele sus brazos por debajo de los hombros sosteniéndole con ellos el cuello y la cabeza. Arrástrela por el piso. Cargue en Brazos Cuando la víctima es de bajo peso. Pase un brazo por debajo de los muslos de la víctima. Colóquele el otro brazo alrededor del tronco, por encima de la cintura y levántela. Cargue de Brazos con 2 Auxiliadores 315

326 Cargue de Brazos con 3 Auxiliadores Como Transportar un Lesionado con Ayuda de Elementos Un lesionado puede ser transportado utilizando diferentes elementos como: silla, camilla y vehículo; su uso depende de las lesiones que presenta, de la distancia y de los medios que se tengan para hacerlo. Transporte en Silla Se usa cuando la persona está consciente y NO tiene lesiones severas, especialmente si es necesario bajar o subir escaleras. Debe tenerse la precaución de que el camino esté libre de obstáculos, para evitar que los auxiliadores se resbalen. Para emplear este método de transporte se necesitan 2 auxiliadores. Verificar que la silla sea fuerte. Sentar a la víctima en la silla. Si no puede sentarse sin ayuda, hagan lo siguiente: o Cruce las piernas de la víctima, un auxiliador se pone de rodillas a la cabeza de la víctima. o Meta una mano bajo la nuca, la otra mano bajo los omoplatos. o En un solo movimiento siente la víctima, acercándose contra ella o sosteniéndola con una pierna. o Coloque un brazo por debajo de las axilas de la víctima cogiendo el brazo cerca de la muñeca. o Con su otra mano tome de igual forma el otro brazo y entrecrúcelos apoyando la cabeza contra el auxiliador, sostenga el tronco de la víctima entre sus brazos. 316

327 o Póngase de pie con la espalda recta, haciendo el trabajo con las piernas, mientras el otro auxiliador le sostiene las piernas a la víctima. o A una orden, levántense simultáneamente y coloquen la víctima en la silla. o Asegúrenla en la silla, inclinen la silla hacia atrás, para que la espalda de la víctima quede contra el respaldo de la silla. o A una orden, levanten simultáneamente la silla y caminen lentamente. Formas de Improvisar una Camilla Una camilla se puede improvisar de la siguiente manera: Consiga 2 o 3 chaquetas o abrigos y 2 trozos de madera fuertes. Coloque las mangas de las prendas hacia adentro. Pase los trozos de madera a través de las mangas. Botone o cierre la cremallera de las prendas. Otra forma de improvisar una camilla es la siguiente: Consiga una manta o colcha y dos trozos de madera fuertes. Extienda la manta o colcha en el suelo. Divida la manta imaginariamente en tres partes, coloque un trozo de madera en la primera división y doble la manta. Coloque el otro trozo de madera a 15 cm del borde de la manta y vuelva a doblarla. 317

328 LO QUE HEMOS APRENDIDO Al trasladar un accidentado o un enfermo grave, se deberá garantizar que las lesiones no aumentarán, ni se le ocasionarán nuevas lesiones o se complicará su recuperación ya sea por movimientos innecesarios o transporte inadecuado. Es mejor prestar la atención en el sitio del accidente, a menos que exista peligro inminente para la vida de la víctima o del auxiliador como en un incendio, peligro de explosión o derrumbe de un edificio. Los métodos para levantar a una persona son: arrastre, cargue en brazos, cargue de brazos con 2 auxiliadores y cargue de brazos con 3 auxiliadores. Se puede transportar un lesionado con ayuda de elementos como silla o camilla. 318

329 ANOTACIONES 319

330 TEST Marcar la respuesta correcta. 1. El traslado del accidentado siempre es necesario: Verdadero. Falso. 2. El arrastre es un método para levantar a una persona: Verdadero. Falso. 3. Nunca se puede cargar en brazos a un accidentado: Verdadero. Falso. 4. El lesionado puede ser transportado en una silla: Verdadero. Falso. 5. El transporte en silla puede ser utilizado siempre: Verdadero. Falso. 6. Las camillas nunca pueden ser improvisadas: Verdadero. Falso. 320

331 Prevención de Riesgos Laborales Vendajes Definición Tipos de Vendas Tipos de Vendajes Objetivos: Aprender las técnicas para la aplicación de un adecuado vendaje al lesionado. tema

332 322

333 Definición Los vendajes son las ligaduras o procedimientos hechos con tiras de lienzo u otros materiales, con el fin de envolver una extremidad u otras partes del cuerpo humano lesionadas. En Primeros Auxilios se usan especialmente en caso de heridas, hemorragias, fracturas, esguinces y luxaciones. El vendaje se utiliza para: Sujetar apósitos Fijar entablillados Fijar articulaciones Tipos de Vendas Las vendas son las tiras de lienzo, estas varían en tamaño y en calidad del material. Las más utilizadas son las siguientes: venda de gasa orillada, venda de gasa kling, venda de muselina, venda elástica. Venda de Rollo Existen en diferentes materiales como algodón, elástico, semielástico y otros como la venda de yeso. Una venda angosta se utilizaría para envolver una mano o una muñeca, mediana para un brazo o tobillo, la ancha para la pierna. 323

334 Venda Triangular Como su nombre indica, su forma es de triángulo, generalmente es de tela resistente y su tamaño varía de acuerdo al sitio donde vaya a vendar. La venda triangular tiene múltiples usos, con ella se pueden realizar vendajes en diferentes partes del cuerpo utilizándolo como cabestrillo, doblado o extendido. Cabestrillo Se utiliza para sostener la mano, brazo o antebrazo en caso de heridas, quemaduras, fracturas, esguinces y luxaciones. Procedimiento: Coloque el antebrazo de la víctima ligeramente oblicuo, es decir que la mano quede más alta que el codo. Ubíquese detrás de la víctima y coloque la venda triangular extendida. Lleve el extremo inferior de la venda hacia el hombro del brazo lesionado. Amarre los dos extremos de la venda con un nudo hacia un lado del cuello (del lado del lesionado) NUNCA sobre los huesos de la columna vertebral. Deje los dedos descubiertos para controlar el color y la temperatura. 324

335 Tipos de Vendajes Hay distintas formas de superposición de la venda, las más utilizadas son: Vendaje Circular Se usa para fijar el extremo inicial y final de una inmovilización o para fijar un apósito, también para iniciar y/o finalizar un vendaje. Indicada también para superponer la venda de forma que tape parcialmente la anterior. Este tipo de vendaje además se utiliza para sujetar apósitos en la frente, miembros superiores e inferiores y para controlar hemorragias. Vendaje Espiral Se utiliza generalmente en extremidades, en este caso la venda cubre 2/3 de la vuelta anterior y se sitúa algo oblicua al eje de la extremidad. Se emplea una venda elástica o semielástica, porque puede adaptarse a la zona que se va a vendar. Se usa para sujetar gasa, apósitos o férulas en brazo, antebrazo, mano, muslo y pierna. Inicie el vendaje siempre en la parte más distante del corazón en dirección a la circulación venosa. Evite vendar una articulación en extensión, porque al doblarlo dificulta su movimiento. De ser posible no cubra los dedos de las manos o de los pies. 325

336 Vendaje Espiral o con Doblez Se utiliza en el antebrazo o pierna, se inicia con dos vueltas circulares para fijar el vendaje. Se dirige la venda hacía arriba como si se tratara de un espiral. Se coloca el pulgar encima de la venda, se dobla ésta y se dirige hacia abajo y detrás. Se da la vuelta al miembro y se repite la maniobra anterior, se termina el vendaje mediante dos vueltas circulares. Vendaje en Ocho o Tortuga Se utiliza en las articulaciones (tobillo, rodilla, hombro, codo, muñeca), ya que permite a estas tener una cierta movilidad. Se coloca una articulación ligeramente flexionada y se efectúa una vuelta circular en medio de la articulación. Se dirige la venda de forma alternativa hacia arriba y después hacia abajo, de forma que en la parte posterior la venda siempre pase y se cruce en el centro de la articulación. Vuelta Recurrente Se usa en las puntas de los dedos, manos o muñones de amputación. Después de fijar el vendaje con una vuelta circular se lleva el rollo hacia el extremo del dedo o muñón y se regresa hacía atrás. Se hace doblez y se vuelve hacia la parte distal. Finalmente, se fija con una vuelta circular. Normas Generales para la Realización de un Vendaje Clásico en Espiral La ejecución de un vendaje perfecto exige un entrenamiento previo, a continuación se indican una serie de puntos que debe regirse en una ejecución de un vendaje: Se colocará la zona a vendar más cómoda para el socorrista, procurando que el área afectada no este en contacto con ninguna superficie evitando además posiciones peligrosas para el accidentado. 326

337 Siempre iniciará en vendaje por la parte más distal, dirigiéndose hacia la raíz del miembro, con ello se pretende evitar la acumulación de sangre en la zona separada por el vendaje. Se vendará de izquierda a derecha, facilitando la labor del socorrista. El núcleo o rollo se mantendrá en la parte más próxima al socorrista. No desenrollar de manera excesiva la venda. El vendaje debe ser aplicado con una tensión homogénea, ni muy intensa ni muy débil. El paciente bajo ninguna circunstancia después de haber terminado el vendaje debe sentir hormigueo en los dedos, notarlo frío o apreciar un cambio de coloración en los mismos. Se utilizarán vendas del tamaño adecuado a la zona que debe vendarse. Antes de iniciar el vendaje, se colocará la zona afectada en la posición en la que debe quedar una vez vendada. El vendaje se iniciará con la venda ligeramente oblicua al eje de la extremidad, dando dos vueltas circulares perpendiculares al eje, entre las cuales se introducirá el inicio de la venda. El vendaje se termina también con 2 vueltas circulares perpendiculares al eje del miembro. El extremo final de la venda se puede sujetar por distintos sistemas : o Con un imperdible o un esparadrapo. o Cortando la venda por la mitad y uniendo los extremos mediante un nudo. o Doblando la venda hacia atrás en dirección opuesta a la que se llevaba. Cuando se llega al punto en el que se ha realizado el doblaje, se hace un nudo con el cabo suelto de la venda. o Utilizando un ganchito especial para este fin. Durante la ejecución del vendaje se cubrirán con algodón los salientes óseos y las cavidades naturales, como axilas o ingles. Sólo se darán las vueltas precisas; la venda sobrante será desestimada. 327

338 Vendaje para Codo O Rodilla Con la articulación semiflexionada, se efectúan dos vueltas circulares en el centro de esta, para posteriormente, proseguir con cruzados en 8, alternos sobre brazo y antebrazo, o pierna y muslo. Este tipo de vendaje no debe inmovilizar totalmente la articulación. Vendaje para Tobillo o Pie Se comienza con dos circulares a nivel del tobillo. Luego se procede a efectuar varias vueltas en 8 que abarquen alternativamente pie y tobillo, remontando de la parte distal hacia la proximal, para terminar con dos vueltas circulares a la altura del tobillo y la fijación de la venda. 328

339 Vendaje para Mano y Dedos Se inicia este vendaje haciendo dar dos vueltas circulares a nivel de la muñeca. Se lleva la venda hacia el dedo, donde se efectúan 2 recurrentes, que son fijadas con dos circulares a nivel del dedo. Para terminar la operación se siguen con varias espirales en 8 entre el dedo y la muñeca, para finalmente acabar con dos circulares de fijación a nivel de la muñeca. Vendaje para Pie Recibe el nombre de zapatilla. No debe apretarse excesivamente pues, dado que si no se dejan descubiertos los dedos, es imposible el control de circulación sanguínea de los mismos. Se inicia en el talón dando dos vueltas circulares siguiendo el reborde del pie. Al llegar al 5º dedo, se dirige la venda hacia abajo por debajo de los dedos para hacerla salir a nivel del 1º. A partir de aquí se lleva hacia el talón al que se rodea, para dirigirse de nuevo al 5º dedo. De esta forma, se va ascendiendo por el pie a base de vueltas en 8. Se termina mediante 2 vueltas circulares a nivel del tobillo. 329

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