eaps COPIA R:E l(.j i u.il.lj ~ j FIRMA: HORA:/.9.,,;.~I/...,- 26 FEB La Paz, 2 5 FEB 1014 CIRCULAR: APS/DPC/DJ /N' 3 6 "
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- Gustavo Flores Miguélez
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1 eaps COPIA La Paz, 2 5 FEB 1014 CIRCULAR: APS/DPC/DJ /N' 3 6 " Señor Julio Vargas Gerente General FUTURO DE BOLIVIA S.A. AFP Presente Referencia: Referente Salarial de Vejez FUTt:RO p.: D<ll.l\'I,\ S.A. I Rl!!Cll!PCION 26 FEB R:E l(.j i u.il.lj ~ j FIRMA: HORA:/.9.,,;.~I/...,-. De nuestra consideración: Considerando que en las Disposiciones Abrogatorias y Derogatorias del Decreto Supremo Nº 1888 de 04 de febrero de 2014, se deroga la definición de Referente Salarial Solidario de Vejez, y que el parágrafo l. del articulo 2 del mencionado Decreto Supremo incorpora los parágrafos IV. y V. en el articulo 13 del Anexo del Decreto Supremo Nº 0822 de 16 de marzo de 2011, mediante los cuales se determina el procedimiento de cálculo del Referente Salarial de Vejez así como la mensualización de Totales Ganados que correspondan a menos de 30 días conforme a las novedades declaradas en el FPC, las AFP deberán considerar lo siguiente: 7 l. Para el calculo del Referente Salarial de Vejez (RSV), se considerará el promedio de los últimos veinticuatro (24) Totales Ganados o Ingresos Cotizables o los que tuviera el Asegurado si fueran menos de veinticuatro (24). A efectos del cálculo del Referente Salarial de Vejez, la AFP deberá considerar lo señalado a continuación así como el parágrafo 11. del artículo 17 del Anexo del Decreto Supremo Nº 0822 cuando corresponda: a) Los Totales Ganados o Ingresos Cotizables de los últimos doce ( 12) meses previos a la fecha de solicitud, se consideraran en bolivianos, sin mantenimiento de valor. De igual forma, cuando corresponda, las Contribuciones por periodos adelantados deberán considerarse en bolivianos sin mantenimiento de valor. b) Para los doce (12) Totales Ganados o Ingresos Cotizables anteriores a los señalados en el inciso aj anterior, se deberá dividir, cada uno de ellos, entre el tipo de cambio oficial de venta del dólar estadounidense, Calle Reyes Ortiz Nº 73, E q, Federico Zuazo, Torrea Gundlach, Torre E te TelUono: (591 2) Fax: (591-2) Casilla Po tal: La Paz Bolivia
2 / eaps AUTORIDAD DI: FIWAUllCIÓN T CONTROL NNMCINII T HCIUIIOS... UTAOO l'luiiinacional 119: OUYU j. =~ publicado por el Banco Central de Bolivia, del último día del mes al que corresponde el Total Ganado o Ingreso Cotizable. e) Los Totales Ganados o Ingresos Cotizables expresados en dólares estadounidense determinados en el inciso b) anterior, deberán ser multiplicados por el tipo de cambio oficial de venta del dólar estadounidense, publicado por el Banco Central de Bolivia, del último día del mes anterior a la fecha de solicitud. d) Los Totales Ganados o Ingresos Cotizables expresados en bolivianos determinados en los incisos a) y e) anteriores, deberán sumarse, para luego dividirse entre el nú.mero de periodos considerados, que no podrá ser mayor a veinticuatro {24). 11. Para el cálculo del Referente Salarial de Vejez, conforme a normativa vigente, no se considerarán los aportes del diez por ciento (10%) correspondientes a Pensión de Invalidez, ni los Totales Ganados o Ingresos Cotizables por periodos que hubieran sido retirados. III. La Hoja de Cálculo de Referente Salarial aprobada en el Anexo 4. de la Resolución Administrativa APS/DPC/DJ/Nº 032/2011 aplicará únicamente para el Referente Salarial de Riesgos y Referente Salarial Solidario de Vejez. La Hoja de Cálculo del Referente Salarial de Vejez corresponderá a la del Anexo l. de la presente Circular. IV. El cálculos del Referente Salarial de Vejez conforme a lo señalado en el Decreto Supremo Nº 1888 y el parágrafo l. anterior, aplicará. a toda solicitud de Pensión de Vejez cuya fecha sea igual o posterior al 04 de febrero de V. Para el cálculo del Referente Salarial de Riesgos (RSR) y el Referente Salarial Solidario de Vejez (RSSV), la AFP deberá proceder conforme a lo señalado en el pará.grafo l. del artículo 2. del Decreto Supremo Nº 1888, considerando adicionalmente, para el cálculo del Referente Salarial Solidario de Vejez, lo establecido en los parágrafos 11. y III. del articulo 2 del Decreto Supremo Nº VI. Para el cálculo de los Referentes Salariales del Sistema Integral de Pensiones, conforme al parágrafo l. del articulo 2 del Decreto Supremo Nº 1888 que incorpora el parágrafo V. al artículo 13 del Decreto Supremo Nº 0822, los Totales Ganados que correspondan a menos de treinta {30) días calendario, deberán ser mensualizados conforme a lo siguiente, siempre que cuenten con declaración de novedades en el Formulario de Pago de Contribuciones (FPC): TGM ""TG1sAP /n * 30 Donde: TGM "" Total Ganado mensualizado º, {,. ---.=-,,.,.,., P!g.2de4 Calle Reyes Ortiz Nº 73. Eaq. Federico Zuazo, Torrea Gundlach, Torre Bate Teléfono: (591-2) Fa.a:: (591-2) Casilla Postal: La Paz - Bolivia Correo electrónico: contactenoa@apa.gob.bo Página Web:
3 eaps AUTDIIIDAD DI: FIM:A.UllCIÓII Y COlfTIIDL..._ H NNIIONII Y IIIUIIO. IITAIIO PLUIIINACIOtlAL DI: OUYIA TGEAP "" Total Ganado que figura en el Estado de Ahorro Previsional N :::: NU.mero de días al que corresponde el TGEAP, conforme al FPC Con este motivo, saludamos a usted atentamente. ( i / IRY/ACR/RSO/JMQ/CS ag. Calle Reyes Ortiz Nº 73. Esq. Federico Zuazo, Torres Gundlach, Torre Este TelHono: (591-2) Fax: (591-2) Casilla Postal: La Paz - Bolivia Correo electrónico: contactenos@;!aps.gob.bo Página Web:
4 eaps AUTIMIIIOAD DI '1SCAUZA<llÓN Y CDNTIIOL 119: Pl:NSIQNU Y HAUllO. HOJA DE CALCULO DE REFERENTE SALARIAL DE VEJEZ Fecha ApemdoMote,"o ::'fl lldc> CMado Primer Nombre Se1un11c>Nombrt Tipo Doc..,. nto ldontkiad N"' D«umonto klontldod Fochodo N... lontg j.., _,,-.... Sdld""' Nm.P-p,w,dolantodo... do, Nn>.To<oi<lo...-<ami ""'"' Relo1"Rlt s,jo~ol.. -~ Pffi0do1 ".... " " u " ' ' ' PfRIOOO TGolC TC periodo ro o< (B J (8"1$u1.) l$u1.) TCfechade,ollcltlld TotolGanodoolntrom~lt.Oblt jbl) lb1./$us.) TOTAL RE1ERENtE 5AL.t.lllAL Npmb[t Yfirm1 BIIPllfJWls ft AfP Pág. 4 de 4 Teléfono: Calle Reyes Ortiz Nº 73. Eaq. Federico Zuazo, Torres Gundlach, Torre Batt (591 2) Fax: (591-2) Casilla Postal: La Paz - Bollvif Correo electrónico: contactenosi@aoa.eob.bo Páoina w... hi _._ n... 'hr
5 eaps AUTO.. u,an... Fl&C&LIZACIÓII T CONTIIOL DI-SIONU T HG-1 COPIA... UT.U,O.._URIKACIDNAL DI agliyia La Paz, 25 FEB 1014 CIRCULAR: APS/DPC/DJ /Nº Señor Ildefonso Nuñez Gerente General BBVA PREVISIÓN AFP S.A. Presente 2 6 FEB REGIONAL LA PAZ., Referencia: Referente Salarial de Vejez De nuestra consideración: Considerando que en las Disposiciones Abrogatorias y Derogatorias del Decreto Supremo Nº 1888 de 04 de febrero de 2014, se deroga la definición de Referente Salarial Solidario de Vejez, y que el parágrafo l. del articulo 2 del mencionado Decreto Supremo incorpora los parágrafos IV. y V. en el articulo 13 del Anexo del Decreto Supremo Nº 0822 de 16 de marzo de 2011, mediante los cuales se determina el procedimiento de cálculo del Referente Salarial de Vejez así como la mensualización de Totales Ganados que correspondan a menos de 30 días conforme a las novedades declaradas en el FPC, las AFP deberán considerar lo siguiente: l. Para el cálculo del Referente Salarial de Vejez (RSV}, se considerará el promedio de los últimos veinticuatro (24) Totales Ganados o Ingresos Cotizables o los que tuviera el Asegurado si fueran menos de veinticuatro (24). A efectos del cálculo del Referente Salarial de Vejez, la AFP deberá considerar lo señalado a continuación así como el parágrafo 11. del artículo 17 del Anexo del Decreto Supremo Nº 0822 cuando corresponda: a) Los Totales Ganados o Ingresos Cotizables de los últimos doce {12) meses previos a la fecha de solicitud, se considerarán en bolivianos, sin mantenimiento de valor. De igual forma, cuando corresponda, las Contribuciones por periodos adelantados deberán considerarse en bolivianos sin mantenimiento de valor. b) Para los doce (12) Totales Ganados o Ingresos Cotizables anteriores a los señalados en el inciso a) anterior, se deberá dividir, cada uno de ellos, entre el tipo de cambio oficial de venta del dólar estadounidense, Pág. l de4 Calle Reyea Ortiz Nº 73. E q. Federico Zuazo, Torres Gundlach, Torre Este Teléfono: (591-2) Fax: ( Casilla Postal: La Paz - Bolivia, r,;, "P& w... """""... "" """'
6 / AUTIIIIIDAD 1111 FIKAU:tACIÓN Y CONTIIOI.. H,&NIIONH Y U:111,1- publicado por el Banco Central de Bolivia, del último dia del mes al que corresponde el Total Ganado o Ingreso Cotizable. e) Los Totales Ganados o Ingresos Cotizables expresados en dólares estadounidense determinados en el inciso b) anterior, deberán ser multiplicados por el tipo de cambio oficial de venta del dólar estadounidense, publicado por el Banco Central de Bolivia, del último día del mes anterior a la fecha de solicitud. d) Los Totales Ganados o Ingresos Cotizables expresados en bolivianos determinados en los incisos a) y e) anteriores, deberán sumarse, para luego dividirse entre el número de periodos considerados, que no podrá ser mayor a veinticuatro (24). 11. Para el cálculo del Referente Salarial de Vejez, conforme a normativa vigente, no se considerarán los aportes del diez por ciento (10%) correspondientes a Pensión de Invalidez, ni los Totales Ganados o Ingresos Cotizables por periodos que hubieran sido retirados. III. La Hoja de Cálculo de Referente Salarial aprobada en el Anexo 4. de la Resolución Administrativa APS/DPC/DJ/Nº 032/2011 aplicará. únicamente para el Referente Salarial de Riesgos y Referente Salarial Solidario de Vejez. La Hoja de Cálculo del Referente Salarial de Vejez corresponderá a la del Anexo 1. de la presente Circular. IV. El cálculos del Referente Salarial de Vejez conforme a lo señalado en el Decreto Supremo Nº 1888 y el parágrafo l. anterior, aplicará a toda solicitud de Pensión de Vejez cuya fecha sea igual o posterior al 04 de febrero de V. Para el cálculo del Referente Salarial de Riesgos (RSR) y el Referente Salarial \\.. ~.<';,:)} Solidario de Vejez (RSSV), la AFP deberá proceder conforme a lo señalado en el parágrafo l. del artículo 2. del Decreto Supremo Nº 1888, considerando adicionalmente, para el cálculo del Referente Salarial Solidario de Vejez, lo establecido en los parágrafos 11. y III. del artículo 2 del Decreto Supremo Nº ""-- VI. Para el cálculo de los Referentes Salariales del Sistema Integral de Pensiones, conforme al parágrafo l. del articulo 2 del Decreto Supremo Nº 1888 que incorpora el parágrafo V. al artículo 13 del Decreto Supremo Nº 0822, los Totales Ganados que correspondan a menos de treinta (30) días calendario, deberán ser mensualizados conforme a lo siguiente, siempre que cuenten con declaración de novedades en el Formulario de Pago de Contribuciones (FPC): TGM = TGEAP /n * 30 Donde: :) '...,. TGM = Total Ganado mensualizado Pé.g. 2 de 4 Calle Reyes Ortiz Nº 73. Eaq. Federico Zuazo, Torrea Oundlach, Torre Este Tellifono: (591-2) Fax: (591-2) Casilla Postal: La Paz - Bolivia Correo electrónico: cnnt11r.t.. nnllínlana.ll'nh.hn 'PÁll'ina w.. h.., h h...
7 eaps AUt"OIUDAD PI FIIICAUZACIÓN Y CONTllOL 119: NNSIONH Y U:PUIIOS IITADO "-UflllQCIOtU.L DI SOUVIA TGe:AP = Total Ganado que figura en el Estado de Ahorro Previsional N = Número de días al que corresponde el TGEAP, conforme al FPC Con este motivo, saludamos a usted atentamente. IRY /ACR/RSG/JMQ/CS.. j /.,_ Calle Reyes Ortiz Nº 73. Esq. Federico Zuazo, Torres Gundlach, Torre Este (('-'~~".~,~.~~,~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ Teléfono: (591 2) Fa:a:: ) Casilla Postal: La Paz - Bolivia Correo electr6nicn: enntactennalmana.p'nh.hn PÁs,lnA WP.h: -. n... nh.hn
8 / eaps AUTOIIIDAD DI FISCALIZACIÓN Y CONTIIOL... Of; Pl!,.aHHIU Y HGUIIOII HTADO PLURINACIONAL DE IIOLIYIA HOJA DE CALCULO DE REFERENTE SALARIAL DE VEJEZ lu11r... Apollldo Moterno ApolNdr, eas.,ja Primer Nombre Squndo Nombrt Tlp<> º""'""º'"º,... d NJ<> Docum '" klontjdod fod11do No<lllolonló l lmml-l 1111 fofflll dosolldtud Nro. T-ldo Poriodoo «>N.!ondn pon ftomw... s.1.. 1o1 ddlmm -... TGolC TCpe,lodo PER!ODO Periodos (h( (BsJ$u,.).. " ".. ".... " ' ' TG olc lsu,.i TC led>ode tolldtud TolOI Gon.io o 1nsreso Cotlllll!e (h( (lls./sos.) TOTAL RfFERENTI: SALARIAL > Nsn:ubr, r0rldibsw90ffbll fltafp,j ag. ' Calle Reyes Ortiz Nº 73, Eaq. Federico Zuazo, Torres Gundlach, Torre Este Teléfono: (591-2) Fax: (591-2) Casilla Postal: La Paz Bolivia Correo electrónico: contactenoa(@,aps.1ob.bo Pá1ina Web:
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