Nuevo Modelo de Retribución para Agencias de Viaje
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- Carla Saavedra Flores
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1 Nuevo Modelo de Retribución para Agencias de Viaje Vsn 2.3.1
2 Título del documento Nuevo Modelo de Retribución Versión 2.3 Fecha finalización Noviembre 2003
3 Indice 1.Introducción... Anexo I CONTENIDO DEL ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA IBERIA-CAAVE Anexo II Modelo de Contrato Agencias Iberia....pág.4 pág.5 pág.11 2.Formas standard de pago por Gestión:....pág 17 a. Management Fee b. Service Fee c. Transaction Fee. 3.Modificaciones en el PNR... pág 19 4.Modificaciones en la emisión de billetes... pág 23 a.optat b.opatb c.et 5.Transacciones de Tarifas.... pág 26 Información del Service Fee aplicado por Iberia en sus oficinas 6.Transacciones de información para la gestión de la Agencia: A. I. R... pág 30 7.Consideraciones sobre venta por oficina: Informe diario de Ventas... pág 40 8.Consideraciones de liquidación a través de BSP... pág 41 9.Consideraciones prácticas en la emisión, selección de compañía... pág Consideraciones Fiscales y Legales... pág 42 ANEXO III Documento BSP... pág 43 Página 3 de 48
4 1. Introducción. Este documento recoge la exposición, nuevas transacciones y procedimiento propuesto por SAVIA, para operar con el nuevo modelo de retribución que la Compañía Iberia lanzará al mercado el próximo mes de Enero. El procedimiento recogido en este documento se refiere, fundamentalmente, a la emisión de un nuevo Cupón de Cargos y la tramitación del pago del Service Fee a través de BSP, para las transacciones con tarjetas de crédito. (Sólo Agencias con acuerdo BSP) El procedimiento de SAVIA no es único. Cada agencia optará por tramitar el cobro y emisión del Cupón de Cargo del Service Fee, dentro de sus propios sistemas o a través de SAVIA. Por tanto, las agencias que utilicen sus propios medios, operarán de la misma manera y con las mismas transacciones que hoy y sus registros AIR no variarán. Como Anexo 1 se incluye el contenido del acta Comisión Mixta Iberia-Caave de 19 de Noviembre de Como Anexo 2 se incluye modelo del contrato Agencias Iberia Anexo 1 Página 4 de 48
5 CONTENIDO DEL ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA IBERIA-CAAVE Orden del Día.- Nuevo modelo de retribución de IBERIA a Agencias de Viajes a partir de 1º Enero Iberia expone que, fruto de las propuestas de los distintos grupos de trabajo y de las laboriosas deliberaciones mantenidas con CAAVE y otras asociaciones, se ha elaborado el nuevo modelo de contrato y el esquema de relación económica que habrán de regir las relaciones entre IBERIA y las Agencias a partir de 1 de enero de 2004, toda vez que los contratos actualmente en vigor finalizan el 31 de diciembre de 2003, ya que fueron formalmente denunciados durante el pasado mes de junio. El esquema de relación propuesto consiste en la aplicación de un sistema mixto según el cual Iberia facilitará a las Agencias el precio de cada uno de sus productos ofrecidos. La Agencia tendrá libertad de cobrar a sus clientes los gastos por emisión de billetes y otros servicios de acuerdo con su política y gestión comercial, por tanto la Agencia está facultada para fijar la comisión de intermediación (cargo por emisión) a cobrar al cliente adicionalmente al precio de Iberia por la actividad intermediadora. Iberia retribuirá a las Agencias en base a: Comisión básica sobre el precio fijado por Iberia para cada uno de sus productos que será. 3% desde 1º Enero 2004 a 30 Junio % desde 1º Julio 2004 a 31 Dic /5% desde 1º Enero 2005 a 30 Junio % desde 1º Julio 2005 a 31 Dic Estas comisiones serán así mismo reconocidas en las emisiones de billetes realizadas por las Agencias de Viaje sobre reservas efectuadas en la web Iberia.com o Iberia.com profesional. I Página 5 de 48
6 Incentivo variable semejante al actual durante el periodo de vigencia del contrato. Ver anexos del contrato. Incentivos sobre billete electrónico emitido de 1,5 por O.D. (origen destino) desde 1º Enero a 31 Dic ,0 por O.D. desde 1º Enero a 31 Dic Iberia expone que, de acuerdo con la filosofía del nuevo modelo de relación económica, desde 1º Enero 2004 y como medida para preservar la estabilidad del mercado y atendiendo al coste del servicio efectuado, cobrará a sus clientes directos cargos por los servicios de emisión o gestión, que preste en los distintos canales de su propia venta directa. En Anexo se recoge la tabla de cargos de emisión que, con validez 1 de enero de diciembre 2006, se cobrarán a los clientes en los canales de venta directa de Iberia. Estas tablas no sufrirán modificación, salvo que se produzcan variaciones esenciales en las condiciones de la intermediación. La definición de las condiciones que pueden considerarse aptas para producir esas modificaciones, (más la definición de lo que son ofertas especiales ) serán acordadas en Comisión Mixta antes del 31 de diciembre. Iberia informa que iniciará el 1º de Noviembre próximo el cobro por servicios : Por envío de billetes a domicilio Por emisión de duplicados de billetes extraviados Por reemisiones solicitadas por el pasajero excepto en caso de billetes electrónicos. Por reembolsos voluntarios de tarifas que lo permitan. Iberia acepta asumir los costos de transacción que cargue el BSP originados por la implantación del nuevo sistema. Iberia facilitará el acceso a las Agencias de Viaje a cualquier sistema de reservas en igualdad de condiciones que la propia Compañía. Si algún sistema exigiese costos especiales, Iberia lo comunicará a las Agencias de Viajes a efectos de que éstas puedan negociar el asumir, total o parcialmente, esos costos. Iberia reconoce explícitamente en el contrato que la Agencia actúa como intermediaria entre Iberia y el cliente final, y que su relación está sujeta a la ley 12/1992 de 27 de Mayo sobre contrato de Agencia. Página 6 de 48
7 Iberia expresa su compromiso de desarrollar políticas de lealtad, transparencia y colaboración comercial favorables a las Agencias de Viajes; para evitar situaciones de conflicto. En Comisión Mixta se identificarían esas situaciones. Especialmente: Indicará en todas sus campañas comerciales que las mismas condiciones pueden obtenerse en las Agencias de Viajes. Incluirá en la publicidad de sus productos, cuando aparezca sólo la tarifa de transporte, una referencia apuntada mediante asterisco o signo similar, que indique que al precio publicitado deberán añadirse impuestos y cargo por emisión. Aplicará en su venta directa a clientes, criterios de comercialización y marketing no discriminatorios o que representen una desventaja para las Agencias de Viajes. Realizará una amplia campaña divulgativa donde se traslade información suficiente a los consumidores sobre el nuevo sistema de comercialización. Las bases generales de esa campaña serán consensuadas en Comisión Mixta. Iberia se compromete a actuar ante IATA y en todos los foros pertinentes para obtener en el plazo más breve posible la inclusión en el billete (en una casilla específica) de los cargos por intermediación. Así mismo se compromete a tener disponible el 1 de enero de 2004 el nuevo sistema mecanizado de emisión de billetes y liquidación a través del BSP, que no añadirá complejidad al sistema actual. Al mismo tiempo, se compromete a actuar ante AMADEUS y otros GDS para conseguir en el plazo más breve posible la mecanización total de los procesos administrativos y de emisión derivados del nuevo sistema. IBERIA confirma la posibilidad de realizar el cobro del billete aéreo más el cargo por emisión, realizando un solo pase de la tarjeta de crédito por el terminal correspondiente. Iberia se compromete a estudiar en un grupo ad hoc con CAAVE y las Asociaciones de Agencias de Baleares y Canarias, las peculiaridades de dichas regiones, su régimen fiscal y la influencia o repercusión que la implantación del nuevo modelo pueda tener sobre las agencias en dichas áreas. Página 7 de 48
8 Por último, Iberia solicita de CAAVE el apoyo en la divulgación e implantación del nuevo sistema, y por parte de las Agencias espera la mejor disposición por entender que se abre un nuevo período de trabajo conjunto y con mayores posibilidades por ambas partes. Dado que el contenido de los puntos anteriores ya había sido conocido por CAAVE, la representación de ésta manifiesta lo siguiente: CAAVE solicita a Iberia que los posibles cambios sustanciales en sus sistemas de comercialización directa (venta directa) a clientes (especialmente los cargos por emisión de billetes y otros servicios) sean comunicados con la antelación suficiente a la Comisión Mixta con el fin de que se compruebe que se cumplen las condiciones que legitiman las variaciones anteriormente señaladas y de que las Agencias puedan adaptar, si lo consideran conveniente, sus propias políticas de comercialización, como agentes de Iberia. Iberia acepta informar de estos temas a CAAVE con la antelación suficiente, pero aclarando que ciertas acciones como ofertas especiales etc. por su propia naturaleza, no podrán ser comunicadas con antelación como se solicita. CAAVE solicita a IBERIA su estimación sobre la repercusión económica de la puesta en marcha del nuevo sistema en las Agencias de Viaje. IBERIA manifiesta haber realizado un estudio bajo la hipótesis de que todas las Agencias de viajes aplicasen en su comercialización exactamente los mismos cargos por emisión que la propia Iberia en sus oficinas. De esta forma los ingresos totales de las Agencias serian la suma de las comisiones básicas pagadas por Iberia más los cargos por emisión abonados directamente por los clientes. Pues bien, en la tabla anexa se puede ver los resultados globales obtenidos aplicando el nuevo sistema a los diversos años contemplados. Página 8 de 48
9 TABLA CARGOS POR EMISION AÑO Serviberia y Tiendas Internet Papel E.T. Papel E.T. DOMESTICO * Negocio Promocional EUROPA Negocio Promocional INTERCONT. Negocio Promocional TABLA CARGOS POR EMISION AÑOS Serviberia y Tiendas Internet Papel E.T. Papel E.T. DOMESTICO * Negocio Promocional EUROPA Negocio Promocional INTERCONT. Negocio Promocional * Los cargos por emisión de billetes interbaleares se podrán modificar de acuerdo con la regulación de tarifas para estas rutas, pendiente a la fecha, que dispongan las autoridades correspondientes. Página 9 de 48
10 ESTIMACIÓN INGRESOS AGENCIAS DE VIAJES COMISIÓN BASICA 6,5%/6,75%/7% 3%/2% 1,5/1% 1% (2,7%) (1,3%) (1,1%) SERVICE FEE ,1% 7,1% 7,1% INCENTIVO VARIABLE 1,6% 1,6% 1,6% 1,6% TOTAL 8,3% 10,4% 10,0% 9,8% Porcentajes calculados sobre ingresos brutos totales Anexo nº 2 Modelo de Contrato Agencias Iberia Página 10 de 48
11 En a 1 de enero de 2004 R E U N I D O S De una parte, IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA, S.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al folio 250 del Tomo 2282 General, 1644 de la Sección 3ª, hoja 5595, inscripción 181. CIF: A , con domicilio social en la Calle Velázquez 130, Madrid Representada en este acto por D...con D.N.I. Nº... en su calidad de... y por D.... con D.N.I. Nº... en su calidad de... En adelante IBERIA, el TRANSPORTISTA o el PRINCIPAL. Y de otra parte, VIAJES..... Agencia de viajes con código de identificación de su título-licencia Nº...y domicilio en... Calle......número y representada en este acto por D..., con DNI Nº....., en su calidad de... En adelante la AGENCIA. Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse en la representación que ostentan y otorgar el presente contrato, por lo que, E X P O N E N Página 11 de 48
12 1.º Que IBERIA es una Compañía de transporte aéreo regular, que tiene como objeto esencial de su negocio el transporte aéreo de pasajeros, tanto nacional como internacional. 2.º Que la AGENCIA tiene como uno de los objetos esenciales de su negocio la intermediación en la venta de billetes en nombre y por cuenta de las Compañías transportistas, en este caso IBERIA. 3.º Que ambas están interesadas en formalizar el presente contrato, sujeto a la Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia, y que se regirá por las siguientes C L Á U S U L A S Primera.- Objeto del contrato.- Mediante el presente contrato, la Agencia se compromete, en nombre de IBERIA y en calidad de intermediario independiente, a promover y vender los servicios de transporte aéreo de IBERIA, a cargo de la cual correrán las responsabilidades que puedan derivarse frente al pasajero del contrato de transporte plasmado en el billete aéreo. Segunda.- Propiedad y reintegro de las ventas.- La Agencia reintegrará el producto de esta venta a su legítimo propietario, IBERIA, a través del organismo recaudador denominado IATA- BSP ESPAÑA, cuyas normas y procedimientos a estos fines declara la Agencia conocer suficientemente; o, en todo caso, a través del sistema recaudador que, pueda establecerse en el futuro, y que pudiera sustituir al citado. La Agencia reconoce expresamente que el importe de los pasajes aéreos vendidos por ella, a los que este contrato se refiere, es propiedad de IBERIA, y que, por tanto, el único fin lícito de dichos importes es su devolución a IBERIA en la forma y plazos establecidos. Tercera.- Remuneraciones del Agente.- Página 12 de 48
13 IBERIA facilitará a la agencia el precio de cada uno de sus productos ofrecidos. La Agencia está facultada para fijar la comisión de intermediación a cobrar al cliente por tal actividad intermediadora llevada a cabo en la compra por el cliente de los productos de IBERIA. Por todas las actividades de intermediación, promoción y venta de los servicios de transporte aéreo de IBERIA, realizadas exclusivamente por la Agencia de Viajes, sin intervención de ninguna otra Agencia, IBERIA abonará a la Agencia las siguientes remuneraciones: 1.ª La cantidad o el porcentaje fijo de comisión básica establecido en el anexo a este contrato junto con cada liquidación que, con periodicidad mensual, practicará Iberia a la Agencia mediante el procedimiento IATA-BSP. 2.ª Una cantidad variable, dependiendo del volumen o valor para IBERIA de los actos u operaciones promovidos y en su caso concluidos por la Agencia de Viajes. El detalle y condiciones actualizadas de esta remuneración quedan establecidos en los correspondientes anexos a este contrato. Las remuneraciones variables se liquidarán de acuerdo a los períodos fijados en los anexos adjuntos, si bien ambas partes podrán pactar abonos anticipados a cuenta, con el procedimiento, tiempo y circunstancias establecidos en los citados anexos. Con carácter excepcional y previo acuerdo entre las partes, las operaciones extraordinarias podrán ser segregadas a la hora de determinar la base de producción, bajo un criterio de equidad y en atención a las circunstancias de cada caso, con el fin de no perjudicar a la agencia. Cuarta.- Depósito de billetes y cumplimiento de normas.- La Agencia será depositaria de los billetes y de la placa de IBERIA, y se atendrá a las condiciones del transporte y tarifas de IBERIA que resulten aplicables, cumplimentando y observando fielmente las instrucciones dadas por IBERIA o por IATA en relación con horarios, manuales de tarifas, operaciones, o cualquier otro medio de regulación interna que tenga el transportista. Quinta.- No exclusividad.- Página 13 de 48
14 La promoción y venta de los productos de IBERIA no impedirá a la Agencia, en modo alguno, la promoción y venta de los productos de otros transportistas competidores de IBERIA. Sexta.- Vigencia y revisiones.- El presente contrato comenzará su vigencia el 1 de enero de 2004, manteniéndola hasta el 31 de diciembre de Las partes convienen que, dada la naturaleza del negocio de la venta de pasaje aéreo y la propia del presente contrato, puede resultar procedente que los parámetros de referencia de las remuneraciones variables incluidas en los anexos puedan ser revisados con periodicidad anual. Séptima.- Rescisión.- No obstante lo establecido en la cláusula anterior, cada una de las partes de este contrato podrá darlo por finalizado en cualquier momento y sin necesidad de preaviso en los siguientes supuestos: 1.º En caso de incumplimiento total o parcial de alguna de sus obligaciones legales o de las que surjan de sus relaciones contractuales( contrato y normativa) con IATA /BSP o de alguno de los términos y condiciones del presente acuerdo, siempre que tengan transcendencia económica y, en todo caso, siempre que se produzca el incumplimiento de la liquidación mensual en plazo de la venta de los billetes. 2.º En caso de que se manipulen maliciosa o dolosamente documentos de tráfico de IBERIA, sus soportes informáticos o los procedimientos de tarifas o reservas de IBERIA, para obtener un lucro o ventaja no autorizados por ésta. 3.º Cuando la otra parte hubiere instado o quedado incursa en cualquier tipo de situación concursal, o cuando hubiere cesado en sus actividades o desaparecido de hecho. En tales casos, se entenderá que el contrato finaliza con la notificación escrita en la que conste la voluntad de darlo por extinguido y la causa de la extinción. Página 14 de 48
15 El incumplimiento de las restantes obligaciones legales o reglamentarias establecidas por IATA-BSP solo dará lugar a la finalización del contrato cuando no hayan sido subsanadas en el plazo máximo de treinta días desde su notificación. Octava.- Consecuencias de la rescisión.- En cualquiera de los supuestos de terminación mencionados, las partes se liquidarán las cantidades pendientes hasta ese momento. Por otra parte, la Agencia de Viajes deberá remitir al transportista y/o IATA-BSP, a la mayor brevedad posible, todo el billetaje, placas validadoras, material publicitario, y cualquier tipo de documentación, material o medios relacionados con el negocio o actividad del transporte aéreo, salvo la correspondencia corriente entre las partes que el Agente tuviera bajo su posesión o control, así como los formularios y archivos que la agencia mantuviere en relación con este contrato; y todo ello sin perjuicio de los otros derechos que pudieran corresponder al Principal. En cualquiera de los casos de rescisión, la Agencia se obliga además, a partir de la misma fecha de tal rescisión, a no vender ni disponer en modo alguno de ningún billete más de IBERIA, así como a retirar de los locales de la Agencia cualquier tipo de identificador que pudiera inducir a considerar que sigue ostentando la condición de Agente de IBERIA. Novena.- Indemnizaciones.- Además de todo lo anterior, IBERIA podrá dar por terminado el presente contrato en cualquier momento, mediante preaviso por escrito con un plazo de 1 mes por cada año de vigencia del contrato, con un máximo de 6 meses. En tal supuesto, IBERIA podrá quedar obligada al pago de las indemnizaciones legales que resulten exigibles. Estas indemnizaciones no serán de aplicación en los supuestos contemplados en la cláusula Séptima del presente contrato. Décima.- Protección de datos.- Página 15 de 48
16 A los efectos de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE 14 de diciembre 1999), y legislación complementaria, IBERIA y la Agencia de Viajes se comprometen al cumplimiento de su obligación de protección, guarda y secreto de los datos de carácter personal que sean utilizados con motivo de la prestación del servicio objeto del presente contrato, y adoptarán las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, difusión o acceso no autorizado. Igualmente, tomarán las medidas necesarias tendentes a asegurar que, en caso de que estos datos fueran tratados por un tercero que no fuera miembro de la Unión Europea, este tercero se obligue mediante acuerdo escrito a cumplir con la legislación aplicable sobre esta materia dentro de la Unión Europea. Las posibles responsabilidades que pudieran derivarse por la inobservancia de lo aquí establecido serán exigibles a la parte que hubiere incumplido tales deberes legales de protección de datos. Undécima.- Nuevas condiciones.- El presente acuerdo contiene todas las condiciones convenidas por las partes en relación al objeto del mismo y las vincula para su período de vigencia. Ello sin perjuicio de los derechos que para ambas partes puedan subsistir derivados de posibles relaciones contractuales anteriores al presente contrato. No obstante lo anterior, en aquellas materias no previstas en este contrato se acudirá a lo acordado en la Comisión Mixta IBERIA/Agencias de Viaje, de 19 de noviembre del Y en prueba de conformidad, las partes lo firman en la fecha que figura en su encabezamiento, IBERIA L.A.E., S.A. AGENCIA. Página 16 de 48
17 2. Formas standard de pago por Gestión: a. Management Fee b. Service Fee c. Transaction Fee. 2a. Management Fee Es un modelo de gestión económica establecido entre la agencia de viajes y su cliente final, utilizado normalmente para la gestión de los viajes de las Corporaciones o grandes cuentas (en inplants). Se basa en que la agencia de viajes, previo acuerdo con la corporación, establecen un cánon fijo por la gestión de todos y cada uno de los viajes de la cuenta mediante la facturación de la agencia al cliente final de todos y uno de los servicios al precio neto (sin comisión). El Management Fee cánon por la gestión de viajes se establece en base a diferentes criterios, siendo el más habitual el establecido en función de los importes facturados o bien se puede establecer en función de quién asume determinados costes productivos: si la factura de la electricidad o del teléfono la asume la corporación o la agencia, etc... La aplicación de la política MANAGEMENT FEE es independiente de la relación económica entre la agencia y los proveedores. 2b. Service Fee Es el cargo por servicio que aplican los agentes de viajes para determinar el beneficio que quieren obtener con cada servicio prestado a su cliente. Por ejemplo en base a los billetes aéreos emitidos -hoy determinado, por la comisión-. El Service Fee puede incluir los recursos necesarios para la creación de todas las reservas, así como su margen comercial. Este "service fee" genérico estará compuesto por varios conceptos: Creación, modificación o cancelación de una reserva, Emisión de la documentación (ticketing fee), Horas de trabajo Envío de la documentación. electrónica o a través de mensajero- Página 17 de 48
18 El Service Fee se puede establecer por reserva ( para viajes particulares o para corporaciones de pequeña escala) o por un cánon genérico y por un periódo determinado (y en este caso, hablamos del MANAGEMENT FEE) 2c. Transaction Fee. Es uno de los componentes del SERVICE FEE. Cánon por transacción. Cada una de las reservas de viajes necesita una serie de transacciones para ser llevada a cabo ( una transacción para crear la reserva, otra transacción para cotizar una reserva, otra transacción para cancelar la reserva...) El transaction fee busca evaluar el valor del servicio que la agencia presta a sus clientes teniendo en cuenta el número de acciones comerciales, que ha realizado hasta que el viajero regresa de su viaje. Cada una de esas acciones se traduce en una transacción en el sistema, de ahí el nombre de Transaction Fee.. En resumen: MANAGEMENT FEE :Modelo retributivo utilizado entre las agencias y sus clientes y basado en una negociación global por una serie de servicios prestados en un tiempo deteminado SERVICE FEE: Canon por gestión de viajes TRANSACTION FEE Una forma de medir el SERVICE FEE basado en el número de acciones comerciales realizadas por la agencia. AMADEUS TRANSACTION FEE, es el nombre de la herramienta diseñada por Amadeus que se encuentra en fase de desarrollo y que permitirá cuantificar, a través de la utilización de contadores, el número de transacciones que la agencia ha realizado en cada PNR, facilitando así la valoración del SERVICE FEE. Página 18 de 48
19 3. Modificaciones en el PNR 3a. Tipos de Modificaciones La agencia de viajes podrá introducir en el Sistema su política de viajes. El agente de viajes, puede optar por tramitar el cobro de los gastos de gestión a través del sistema SAVIA ó hacerlo en su propio sistema de gestión. La principal modificación, si se quiere tramitar el cobro a través del sistema SAVIA, es la creación de una nueva forma de pago que se añade a la forma de pago del billete. La forma de pago del service fee es opcional, pero a petición de la agencia, se puede programar como obligatorio a nivel de oficina, de esta forma, se asegura de que los agentes de mostrador, no olvidan el cargo por este nuevo concepto. Incluso las agencias que soliciten el cobro del service fee obligatorio, podrán aplicar una excepción, poniendo cero en la forma de pago del Service Fee. Otra modificación importante que se introduce, es la opción de poner o no el valor total del billete en la forma de pago, que actualmente es obligatoria. Este valor total no incluye el Service Fee porque es independiente del billete. Cuando existen dos formas de pago para el billete, será obligatorio poner la cantidad al menos de la segunda forma de pago. El resto hasta el total del billete será calculado automáticamente por el sistema y adjudicado a la primera. Es decir, un billete pagado con CASH y CC, en la segunda (CC) hay que indicar la parte correspondiente a esta forma de pago. Esta modificación facilita mucho el trabajo del agente de mostrador, ya que cuando hay varias tarifas diferentes no es necesario escribir una línea FP por cada tarifa. El sistema calcula los totales a partir de los diferentes TST. Importante: El suprimir el valor total del billete en la forma de pago del PNR, puede impactar a otras áreas por ejemplo el Back Office, ya que la línea FP vendrá tal y como se refleja en el PNR, es decir, sin valor total del billete si se suprime(ver capitulo A.I.R) Página 19 de 48
20 3b. Modificaciones de las Transacciones La forma de pago del gasto de gestión o Service Fee, va unida siempre a la forma de pago del billete. El código de transacción es SF, seguido de la forma de pago elegida. El código de pago con tarjeta de crédito, aplicado al Service Fee, sólo podrá utilizarse si la agencia tiene acuerdo con BSP, para la gestión del cobro. Los códigos de formas especiales de pago sólo se podrán utilizar aplicados al Service Fee, cuando se hayan utilizado en el cobro del billete. Por ejemplo, un billete cobrado con la forma MS-VS -vale del senado-, debe llevar la misma forma de pago en el Service Fee, SFVS 1) Forma de pago del billete y SF en caja. Se incluye el total del billete : FPCASH,/EUR SFCA,/EUR50.00 FP Transacción de Forma de Pago CASH Tipo de forma de pago (CASH,CCVI, CCAX,etc),/ Separador EUR Código de moneda de la forma de pago Importe total de la tarifa (tarifa + tasas aéreas) + Separador de concepto de forma de pago SF Código del Service Fee CA Tipo de forma de pago del Servicee Fee (CA=CASH, VI=VISA, etc),/ Separador EUR Código de moneda de la forma de pago Importe del Service Fee 2) Forma de pago del billete en caja y SF con tarjeta (sólo para agencias con acuerdo con BSP para gestión del cobro del SF). No se incluye total del billete: FPCASH,+SFCCVI, /1205/EUR50.00/N123 (Con autorización manual solicitada previamente) ó FPCASH,+SFCCVI, /1205/EUR50.00 (La autorización aparecerá, automáticamente, una vez emitido el billete) Página 20 de 48
21 3) Forma de pago del billete con tarjeta de crédito y SF en caja. No se incluye total del billete FPCCAX, /1205+SFCA,/EUR ) Forma de pago del billete y SF con la misma tarjeta de crédito ó diferente (sólo para agencias con acuerdo con BSP para gestión del cobro del SF): FPCCAX, /1205+SF/EUR50.00 FPCCAX, /1205/N123+SF/EUR50.00/N321-N núm de autorización si se ha solicitado antes FPCCAX, /1205+SFCCVI, /1205/EUR ) Dos formas de pago del billete y SF con la misma tarjeta de crédito (sólo para agencias con acuerdo con BSP para gestión del cobro del SF): FPCASH,+CCAX, /1205/EUR SFCCAX,EUR ) Dos formas de pago del billete y SF con diferente tarjeta de crédito (sólo para agencias con acuerdo con BSP para gestión del cobro del SF): FPCASH,+CCAX, /1205/EUR SFCCVI, /1205/EUR Nota: Si la agencia no tiene acuerdo con BSP y utiliza el pago con tarjeta para cobrar el SF, el sistema rechazará la petición en el momento de la emisión del billete. El agente deberá sustituir ésta por la forma de pago CASH, si desea que se imprima el cupón Recibo. Página 21 de 48
22 Formas de pago para billete y Service Fee: Forma de pago del billete CASH, CCAX, CCCA, CCDC, CCEC, CCVI, CCTP CREDIT MS-EM, MS-IP MS-ME MS-OV, MS-OY, MS-PB, MS-PC MS-PM, MS-TC MS-VC MS-VS, Forma de pago del Service Fee SFCA SFCCAX SFCCCA SFCCDC SFCCE C SFCCVI SFCCTP SFCR SFEM SFIP SFME SFOV SFOY SFPB SFPC SFPM SFTC SFVC SFVS Ejemplo, FPMS-VC SFVC/EUR20.00 * Las formas de pago especiales: MS-XX sólo podrán utilizarlas los agentes autorizados actualmente. Página 22 de 48
23 4. Modificaciones en la emisión de billetes. a. OPATB b. ET c. OPTAT Cupón Cargos: Cuando se introduce la forma de pago SF, el sistema genera un cupón recibo, en el que se detallan el cobro del billete, tasas y gastos de gestión: 4a. Billete ATB Desarrollo de un nuevo cupón ATB para recoger la siguiente información: 1. Importe del billete 2. Importe del SERVICE FEE aplicado 3. Importe total Tasas/Impuestos. 4. Forma de pago del SERVICE FEE. 5. Nombre de la Compañía emisora del Billete 6. Datos identificativos de la Agencia 7. Número del billete. 8. Nombre del Pasajero CUPON ADI CI ONAL PARA AGENCI AS DE VI AJ E A A A B 2 2 A U G 0 3 CUPO N CAR G O S B CI BERI A ACSU C D V I A J E S P R U E B A S M A D R I D E S D E NOMBRE G U T I ERREZ DE L A GANDARA/ L UI S AL FONSO E F F G T A R I F A ( 7 % i v a i n c e n s u c a s o ) E U R G H T A S A S / I MPUESTOS ( 7 % i v a i n c e n s u c a s o ) E U R H I C A R GO POR EMI SI ON( SUPLI DO) EUR I J J K T O T A L EUR K L TKT CONEX L M FOR M A DE PAGO DEL BI LLETE C A / / M N F OR M A DE PAGO CARGO CASH N O * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * O P NO VALI DO PARA VI AJ E P Q Q R R S S Página 23 de 48
24 El Sistema aceptará la forma de pago SF CASH para todas las agencias. Sin embargo, para tramitar el cobro con tarjeta de crédito a través del sistema SAVIA, el agente deberá tener acuerdo con el BSP-ES, que hará la gestión del cobro. Para las agencias que no tengan acuerdo con BSP, la forma de pago SF con tarjeta será rechazada por el sistema en el momento de la emisión Si el Service Fee es EUR 0, no se imprimirá cupón recibo 4b. Billete electrónico Se imprimirá el cupón Recibo para el cliente, en impresora de papel. El nuevo Recibo, sustituirá al cupón contable, que sale de forma automática a la emisión de un billete electrónico. El billete electrónico es el único documento aéreo que aún conserva el cupón contable. Desde hace dos años, este cupón es innecesario. Con esto se igualará el billete electrónico a los demás tipos de billete. En el cupón Recibo se incluirán todos los datos del billete más el importe del SF y tasas. Ver cupón Recibo, en el punto anterior) En el ITR AMADEUS no se incluirá el cobro del Cargo automáticamente. Es necesario añadir un campo RIZ en el PNR, con la información. E-TICKET ITR REMARK : RIZ TEXTO LIBRE Ejemplo: --- RLR --- RP/MADI12555/MADI12555 AA/SU 23OCT03/0949Z ZWSB97 1.ELECTRONICO/REMARKS 2 IB000 C 12DEC 5 MADLHR HK *1A/E* 3 AP MAD SAVIA PRODUCTO PRUEBAS - A 4 TK OK23OCT/MADI SSR FOID IB HK/ NI RIZ GASTOS POR GESTION EUR FM Página 24 de 48
25 RECIBO DEL ITINERARIO DE PASAJERO * SAVIA PRODUCTO PRUEBAS FECHA: 23 OCTUBRE 2003 ZONA INDUSTRIAL 2 AGENTE: 0001 LA MUNOZA NOMBRE: ELECTRONICO/REMARKS MADRID IATA : TELEFONO : * COMPANIA EMISORA : IBERIA NUMERO DE BILLETE : ETKT FORMA DE IDENTIFICACION : NATIONAL IDENTITY LOCALIZADOR DE RESERVA :1A/ZWSB97,IB/RJJ4RP * * DE /A VUELO CL FECHA SAL BASE TARIFA NVA NVD BAG ST * MADRID BARAJAS IB 000 C 12DEC 0735 C 30K OK TERMINAL:1 LONDON LHR EN FACTURACION, DEBERA PRESENTAR UN DOCUMENTO DE IDENTIDAD CON FOTOGRAFIA Y EL DOCUMENTO USADO COMO REFERENCIA AL HACER LA RESERVA. * PAGO : CASH * CALCULO DE TARIFA : MAD IB LON675.98NUC675.98END ROE * TARIFA AEREA : EUR TASA : EUR 3.87RS 1.31QV TOTAL : EUR * GASTOS POR GESTION EUR c. Billete TAT En billetes TAT se imprimirá un cupón Recibo en papel, al igual que en el caso de billete electrónico. Página 25 de 48
26 5. Transacción de Tarifas. Información del Service Fee aplicado en las oficinas de Iberia La compañía Iberia incluirá como información y asociada a la tarifa los costes por gestión de referencia, es decir, los que la compañía aplicará en sus propias oficinas. El agente podrá acceder a la información mediante las transacciones generales de cotización, añadiéndole el tipo de billete y la compañía. En el caso en que el agente no necesite acceder a la información del service fee, se utilizarán las transacciones de cotización sin compañía y tipo de billete, como actualmente: (FXP, FXX, FQP...). FXP/PT/R,VC-IB si se va a emitir un billete de papel. FXP/ET/R,VC-IB para emisión de billete electrónico. FXP/RET,VC-IB/ET para aplicar descuento de billete electrónico además de aplicar el Fee en emisión de electrónico. FQPMADAGPMAD/OIB/R,VC-IB/PT En el momento de la cotización y como nota informativa, aparecerá el Fee que la compañía aplica a ese itinerario y tipo de billete. En ningún caso, este Fee se sumará a la tarifa. El agente que elija aplicarlo, deberá introducirlo en el PNR, mediante la transacción de la forma de pago. (ver capitulo 3. Modificaciones en el PNR) Iberia no aplicará ningún tipo de descuento en el Service Fee, por tipo de pasajero. (CHD,INF) Página 26 de 48
27 5.1 Reserva paso a paso: 1) Creamos el PNR: TST RLR --- RP/MADI12551/MADI12551 OC/PR 21OCT03/1148Z ZWR9C2 1.PRUEBA/A 2 IB 802 Y 10DEC 3 MADLPA HK *1A/E* 3 AP MAD SAVIA AULA DE FORMACION - A 4 TK OK21OCT/MADI FM ) Cotizamos con la opción para ver la información de referencia: FXP/R,VC-IB/PT 01 PRUEBA/A LAST TKT DTE 10DEC04 - DATE OF ORIGIN AL FLGT BK T DATE TIME FARE BASIS NVB NVA BG MAD LPA IB 0802 Y Y 10DEC 0825 YD 20 EUR DEC04MAD IB LPA284.00EUR284.00END SITI EUR EUR 4.05RS 1.31QV EUR SERV EUR FEE TO BE COLLECTED PAGE 2/ 2 3) Incluímos la forma de pago con el service fee: FPCASH,+SFCA,/EUR20.00 Página 27 de 48
28 4) Al recuperar el PNR, la placa de la compañía se ha cargado automáticamente en el PNR --- TST RLR --- RP/MADI12551/MADI12551 OC/PR 21OCT03/1148Z ZWR9C2 1.PRUEBA/A 2 IB 802 Y 10DEC 3 MADLPA HK *1A/E* 3 AP MAD SAVIA AULA DE FORMACION - A 4 TK OK21OCT/MADI FM FP CASH,+SFCA,/EUR FV PAX IB/S2 5) Se emite el billete como actualmente. Se emite también el cupón de cargos 5.2 Ejemplo con varios pasajeros y varios TST: 1) Se crea la reserva como actualmente: --- TST RLR --- RP/MADI12551/MADI12551 OC/PR 21OCT03/1156Z ZWT8YP 1.PRUEBA/A(INF/A) 2.PRUEBA/B 3.PRUEBA/C(CHD) 4 IB 802 Y 10DEC 3 MADLPA HK *1A/E* 5 AP MAD SAVIA AULA DE FORMACION - A 6 TK OK21OCT/MADI TK PAX OK21OCT/MADI12551/S4/P1-3 8 OSI YY 1CHD/P3 Página 28 de 48
29 2) Se cotiza con la opción para ver la información del SF: FXP/R,VC-IB/PT PASSENGER PTC NP FARE<EUR> TAX PER PSGR 01 PRUEBA/A IN PRUEBA/A ADT PRUEBA/B ADT PRUEBA/C CH TOTALS LAST TKT DTE 10DEC04 - DATE OF ORIGIN PAGE 2/ 2 En este punto se muestra una pantalla general con las 4 tarifas cargadas, es necesario acceder a la información detallada de una tarifa para ver la información del SF: 3) FQQ01 01 PRUEBA/A LAST TKT DTE 10DEC04 - DATE OF ORIGIN AL FLGT BK T DATE TIME FARE BASIS NVB NVA BG MAD LPA IB 0802 Y Y 10DEC 0825 YD/IN 10 EUR DEC04MAD IB LPA28.40EUR28.40END SITI EUR EUR 4.05RS 1.31QV EUR SERV EUR FEE TO BE COLLECTED PAGE 3/ 3 Página 29 de 48
30 4) Incluímos la forma de pago con el service fee. Al suprimir el total en la forma de pago del billete, no es necesario crear una línea FP por cada tipo de pasajero. FPCASH,+SFCA,/EUR ) Emisión de billetes 6. Transacciones de información para la gestión de la Agencia: A. I. R. (Amadeus Interface Record) Como se ha explicado anteriormente, la manera para reflejar el cargo por gestión en los billetes será incluirlo en la Forma de Pago (FP...+SF) en el PNR. Por ello, con la incorporación del concepto de Service Fee, el registro A.I.R. se ve alterado en lo que se refiere a la línea de la Forma de Pago. La línea FP del registro A.I.R., refleja exactamente la línea FP del PNR. Por tanto, si el agente opta por no incluir el valor total del billete en la forma de pago del PNR, la línea FP del A.I.R carecerá de esta información. 6a.) Si la Agencia de Viajes decide no incluir el importe del billete Es decir, la primera forma de pago, en la que se registra el pago del billete no muestra el importe. En este caso, es necesario extraer la información de las líneas K del AIR. El importe del Service Fee, siempre es necesario, si se incluye el campo SF Ejemplo 1. FPCASH,+SFCA,/EUR25.00 O FPCASH,+SFCCVI, /1205/EUR50.00 Página 30 de 48
31 --- TST RLR --- RP/MADI12551/MADI12551 OC/PR 26SEP03/0917Z ZA5EQ8 1.PRUEBA/A 2 IB 218 C 02OCT 3 MADAGP HK *1A/E* 3 AP MAD TKT SYSTEM - A 4 TK OK25SEP/MADI FA PAX /PTIB/EUR183.45/25SEP03/MADI12551/ /S2 6 FB PAX TTP5 ACCEPTED/S2 7 FP CASH,+SFCA,/EUR El importe del total de la Tarifa no aparece en la FP 8 FV IB AIR del PNR anterior: AIR-BLK205;7A;;199; ;IB013227; AMD IB13227;IB63466 MUC1A ZA5EQ8001;0101;MADI12551; ;MADI12551; ;MADI12551; ;; ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;IB H1J0X A-IBERIA;IB 0755 B-TTP5/PTD C-0755/ ABSU-ABSU-I-0 D ;030926; G- ;SITI;MADAGP;ES H-001;002OMAD;MADRID BARAJAS ;AGP;MALAGA ;IB 0218 C C 02OCT OCT;OK01;;0;752;;;30K;2 ;;ET;0105 ;N;267 K-FEUR ;;;;;;;;;;;;EUR ;;; Importe de la Tarifa KFTF; EUR4.14 RS AE; EUR1.31 QV DP;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;; TAX-EUR4.14 RS ;EUR1.31 QV ;; L- M-CD N-EUR O-XXXX Q-MAD IB AGP178.00EUR178.00END I-001;01PRUEBA/A;;APMAD TKT SYSTEM - A;; T-A Página 31 de 48
32 FM06.75 FPCASH,+SFCA,/EUR25.00 FVIB TKOK26SEP/MADI12551 ENDX Forma de Pago sin importe de la Tarifa En este caso el sistema de Back Office necesita comprobar el importe total del billete, es decir, el importe de la tarifa en otra línea, la línea K ( Línea de Tarifa) K-FEUR ;;;;;;;;;;;;EUR Importe Tarifa sin Tasas Importe Tarifa Total (Incluidas tasas) La línea K aparece en el AIR con la incorporación de las tarifas negociadas, diferenciando en cada momento si se trata de la tarifa pública, la tarifa neta, o de la tarifa de venta (ver documento TICKETING AMADEUS EDIFACT Pseudo Edifact AIR VERSIÓN 204, ó 205 ó 206) K - Fare Line Data KFT- FareTax Data KN- Net Fare Data KNT- Net Tax Data KS- Selling Fare Data KST- Selling Tax Data KRF- Refundable Tax Data Ejemplo 2: Un pasajero con billete y Service Fee, Forma de Pago CASH En este caso, en la forma de pago no viene reflejado el importe total de la tarifa, sólo aparece el importe del service fee (EUR25.00). Por lo que habrá que buscarlo en la línea K, donde aparece el importe de la tarifa sin las tasas, y a continuación el importe de la tarifa incluidas las tasas (para explicación formato de la línea ver especificaciones de A.I.R. (TICKETING AMADEUS EDIFACT Pseudo Edifact AIR VERSIÓN 204, ó 205 ó 206) Página 32 de 48
33 --- TST RLR --- RP/MADI12551/MADI12551 OC/PR 26SEP03/0917Z ZA5EQ8 1.PRUEBA/A 2 IB 218 C 02OCT 3 MADAGP HK *1A/E* 3 AP MAD TKT SYSTEM - A 4 TK OK25SEP/MADI FA PAX /PTIB/EUR183.45/25SEP03/MADI12551/ /S2 6 FB PAX TTP5 ACCEPTED/S2 7 FP CASH,+SFCA,/EUR El importe del total de la Tarifa no aparece en la FP 8 FV IB AIR del PNR anterior: AIR-BLK205;7A;;199; ;IB013227; AMD IB13227;IB63466 MUC1A ZA5EQ8001;0101;MADI12551; ;MADI12551; ;MADI12551; ;; ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;IB H1J0X A-IBERIA;IB 0755 B-TTP5/PTD C-0755/ ABSU-ABSU-I-0 D ;030926; G- ;SITI;MADAGP;ES H-001;002OMAD;MADRID BARAJAS ;AGP;MALAGA ;IB 0218 C C 02OCT OCT;OK01;;0;752;;;30K;2 ;;ET;0105 ;N;267 K-FEUR ;;;;;;;;;;;;EUR ;;; Importe de la Tarifa KFTF; EUR4.14 RS AE; EUR1.31 QV DP;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;; TAX-EUR4.14 RS ;EUR1.31 QV ;; L- M-CD N-EUR O-XXXX Q-MAD IB AGP178.00EUR178.00END I-001;01PRUEBA/A;;APMAD TKT SYSTEM - A;; Página 33 de 48
34 T-A FM06.75 FPCASH,+SFCA,/EUR25.00 FVIB TKOK26SEP/MADI12551 ENDX Forma de Pago sin importe de la Tarifa Ejemplo 3: Un pasajero con billete Forma de Pago tarjeta de crédito y Service Fee CASH --- TST RLR --- RP/MADI12551/MADI12551 OC/PR 26SEP03/0947Z ZA5EW4 1.PRUEBA/D 2 IB 546 C 10OCT 4 MADSCQ HK *1A/E* 3 AP MAD TKT SYSTEM - A 4 TK OK25SEP/MADI FA PAX /PTIB/EUR174.45/25JUN03/MADI12551/ /S2 6 FB PAX TTP5 ACCEPTED/S2 7FPCCAX, /1205+SFCA,/EUR FM FV IB AIR del PNR anterior: AIR-BLK205;7A;;199; ;IB013227; AMD IB13227;IB63466 MUC1A ZA5EW4007;0101;MADI12551; ;MADI12551; ;MADI12551; ;; ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;IB H1J1D A-IBERIA;IB 0755 B-TTP5/PTD C-0755/ ABSU-ABSU-I-0 D ;030626; G- ;SITI;MADSCQ;ES H-001;002OMAD;MADRID BARAJAS ;SCQ;SANTIAGO ;IB 0546 C C 10OCT OCT;OK01;;0;320;;;30K;2 ;;ET;0110 ;N;305 K-FEUR ;;;;;;;;;;;;EUR ;;; KFTF; EUR4.14 RS AE; EUR1.31 QV DP;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;; TAX-EUR4.14 RS ;EUR1.31 QV ;; L- M-CD N-EUR O-XXXX Q-MAD IB SCQ169.00EUR169.00END I-001;01PRUEBA/D;;APMAD TKT SYSTEM - A;; Página 34 de 48
35 T-A FM02.50 FPCCAX, /1205/A56+SFCA,/EUR50.00 FVIB TKOK26SEP/MADI12551 ENDX 6ª2.) Si la Agencia de Viajes decide incluir el importe de la tarifa en la primera forma de pago, Es decir, la forma de pago en la que se registra el importe total de la tarifa, y además el importe del service fee, se contemplará tanto el importe de la tarifa como el importe del service fee en la misma línea, en la línea de forma de pago, FP. Ejemplo 1 Un pasajero con billete y Service Fee, Forma de Pago CASH --- TST RLR --- RP/MADI12551/MADI12551 OC/PR 26SEP03/0917Z ZA5EQ8 1.PRUEBA/A 2 IB 218 C 02OCT 3 MADAGP HK *1A/E* 3 AP MAD TKT SYSTEM - A 4 TK OK25SEP/MADI FA PAX /PTIB/EUR183.45/25SEP03/MADI12551/ /S2 6 FB PAX TTP5 ACCEPTED/S2 7 FP CASH,/EUR SFCA,/EUR25.00 El importe del total de la Tarifa parece en la FP 8 FV IB Página 35 de 48
36 A.I.R. del PNR anterior : AIR-BLK205;7A;;199; ;IB013227; AMD IB13227;IB63466 MUC1A ZA5EQ8001;0101;MADI12551; ;MADI12551; ;MADI12551; ;; ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;IB H1J0X A-IBERIA;IB 0755 B-TTP5/PTD C-0755/ ABSU-ABSU-I-0 D ;030926; G- ;SITI;MADAGP;ES H-001;002OMAD;MADRID BARAJAS ;AGP;MALAGA ;IB 0218 C C 02OCT OCT;OK01;;0;752;;;30K;2 ;;ET;0105 ;N;267 K-FEUR ;;;;;;;;;;;;EUR ;;; KFTF; EUR4.14 RS AE; EUR1.31 QV DP;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;; TAX-EUR4.14 RS ;EUR1.31 QV ;; L- M-CD N-EUR O-XXXX Q-MAD IB AGP178.00EUR178.00END I-001;01PRUEBA/A;;APMAD TKT SYSTEM - A;; T-A FM06.75 FP CASH,/EUR SFCA,/EUR25.00 Forma de Pago con importe de la Tarifa FVIB TKOK26SEP/MADI12551 En este caso no es necesario acudir a la línea K, ya que el importe viene dado en la línea FP(Forma de Pago). Página 36 de 48
37 Ejemplo 2 Un pasajero con billete Forma de Pago tarjeta de crédito y Service Fee CASH --- TST RLR --- RP/MADI12551/MADI12551 OC/PR 26SEP03/0947Z ZA5EW4 1.PRUEBA/D 2 IB 546 C 10OCT 4 MADSCQ HK *1A/E* 3 AP MAD TKT SYSTEM - A 4 TK OK25SEP/MADI FA PAX /PTIB/EUR174.45/25JUN03/MADI12551/ /S2 6 FB PAX TTP5 ACCEPTED/S2 7FPCCAX, /1205/EUR SFCA,/EUR FM FV IB A.I.R. del PNR anterior: AIR-BLK205;7A;;199; ;IB013227; AMD IB13227;IB63466 MUC1A ZA5EW4007;0101;MADI12551; ;MADI12551; ;MADI12551; ;; ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;IB H1J1D A-IBERIA;IB 0755 B-TTP5/PTD C-0755/ ABSU-ABSU-I-0 D ;030626; G- ;SITI;MADSCQ;ES H-001;002OMAD;MADRID BARAJAS ;SCQ;SANTIAGO ;IB 0546 C C 10OCT OCT;OK01;;0;320;;;30K;2 ;;ET;0110 ;N;305 K-FEUR ;;;;;;;;;;;;EUR ;;; KFTF; EUR4.14 RS AE; EUR1.31 QV DP;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;; TAX-EUR4.14 RS ;EUR1.31 QV ;; L- M-CD N-EUR O-XXXX Q-MAD IB SCQ169.00EUR169.00END I-001;01PRUEBA/D;;APMAD TKT SYSTEM - A;; T-A FM02.50 FPCCAX, /1205/EUR183.45/A56+SFCA,/EUR50.00 FVIB TKOK26SEP/MADI12551 ENDX Página 37 de 48
38 Ejemplo 3 Dos formas de pago del billete y SF con la misma tarjeta de crédito (sólo para agencias con acuerdo con BSP para gestión del cobro del SF): La forma de pago del service fee es compatible con las formas de pago actuales, p.e. si un pasajero decide pagar su billete parte en CASH, parte con tarjeta de crédito y además el service fee en cash, la forma de pago sería la siguiente: --- TST RLR --- RP/MADI12551/MADI12551 OC/PR 26SEP03/0947Z ZA5EW4 1.PRUEBA/D 2 IB 546 C 10OCT 4 MADSCQ HK *1A/E* 3 AP MAD TKT SYSTEM - A 4 TK OK25SEP/MADI FPCASH,+CCAX, /1205/EUR SFCCAX,EUR FM FV IB AIR del PNR Anterior: AIR-BLK205;7A;;199; ;IB013227; AMD IB13227;IB63466 MUC1A ZA5EW4007;0101;MADI12551; ;MADI12551; ;MADI12551; ;; ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;IB H1J1D A-IBERIA;IB 0755 B-TTP5/PTD C-0755/ ABSU-ABSU-I-0 D ;030626; G- ;SITI;MADSCQ;ES H-001;002OMAD;MADRID BARAJAS ;SCQ;SANTIAGO ;IB 0546 C C 10OCT OCT;OK01;;0;320;;;30K;2 ;;ET;0110 ;N;305 K-FEUR ;;;;;;;;;;;;EUR ;;; KFTF; EUR4.14 RS AE; EUR1.31 QV DP;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;; TAX-EUR4.14 RS ;EUR1.31 QV ;; L- M-CD N-EUR O-XXXX Q-MAD IB SCQ169.00EUR169.00END I-001;01PRUEBA/D;;APMAD TKT SYSTEM - A;; T-A FM02.50 FPCASH,+CCAX, /1205/EUR300.00/A65+SFCCAX, /1205/EUR50.00/ A76 FVIB TKOK26SEP/MADI12551 ENDX Página 38 de 48
39 Ejemplo 4 Dos formas de pago del billete y SF con diferente tarjeta de crédito (sólo para agencias con acuerdo con BSP para gestión del cobro del SF): --- TST RLR --- RP/MADI12551/MADI12551 OC/PR 26SEP03/0947Z ZA5EW4 1.PRUEBA/D 2 IB 546 C 10OCT 4 MADSCQ HK *1A/E* 3 AP MAD TKT SYSTEM - A 4 TK OK25SEP/MADI FPCASH,+CCAX, /1205/EUR SFCCVI, /1205/EUR FM FV IB AIR del PNR Anterior: AIR-BLK205;7A;;199; ;IB013227; AMD IB13227;IB63466 MUC1A ZA5EW4007;0101;MADI12551; ;MADI12551; ;MADI12551; ;; ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;IB H1J1D A-IBERIA;IB 0755 B-TTP5/PTD C-0755/ ABSU-ABSU-I-0 D ;030626; G- ;SITI;MADSCQ;ES H-001;002OMAD;MADRID BARAJAS ;SCQ;SANTIAGO ;IB 0546 C C 10OCT OCT;OK01;;0;320;;;30K;2 ;;ET;0110 ;N;305 K-FEUR ;;;;;;;;;;;;EUR ;;; KFTF; EUR4.14 RS AE; EUR1.31 QV DP;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;; TAX-EUR4.14 RS ;EUR1.31 QV ;; L- M-CD N-EUR O-XXXX Q-MAD IB SCQ169.00EUR169.00END I-001;01PRUEBA/D;;APMAD TKT SYSTEM - A;; T-A FM02.50 FPCASH,+CCAX, /1205/EUR300.00/A56+SFCCVI, /1205/EUR50.00/A85 FVIB TKOK26SEP/MADI12551 ENDX Página 39 de 48
40 7. Consideraciones sobre venta por oficina: Informe diario de Ventas Modificación de todas las liquidaciones para incluir el cobro por servicio en una columna y de tal manera que si la FP del cobro por servicio es la misma que la del billete, aparezca en una sola línea. Si la Forma de pago es distinta tendrán que aparecer dos líneas: E M I S I O N AUTOMATICA DE BILLETES RELACION DIARIA DE VENTAS PARA O F I C I N A S ======================================================================== = CODIGO IATA: FECHA 07JUL03 OFICINA:MAD 002 HORA 1333 DISPOSITIVO:1 MONEDA: EUR TIPO PASAJE:UNICO AGENTE: 628 ======================================================================== ======= NUMERO DE BILLETE CAJA NO CAJA S.F TOTAL NOTAS ATB N AX N AX CASH Billete y Service Fee pagados con tarjeta de crédito Billete pagado con tarjeta de crédito y Service Fee, con caja. Página 40 de 48
41 8. Consideraciones de liquidación a través de BSP El Sistema aceptará la forma de pago SF CASH y generará un Cupón de Cargos, en todas las las agencias. Sin embargo, para tramitar el cobro con tarjeta de crédito a través del sistema SAVIA, el agente deberá tener acuerdo con el BSP-ES, para la gestión del cobro. Para las agencias que no tengan acuerdo con BSP, la forma de pago SF con tarjeta será rechazada por el sistema en el momento de la emisión SAVIA reportará a BSP el Service Fee, en el elemento creado a tal efecto: TASF, sólo cuando hay acuerdo entre BSP y la agencia y la forma de pago del SF sea tarjeta de crédito. (Para detalle de los acuerdos de BSP con las agencias -Ver Anexo 3) 9. Consideraciones prácticas en la emisión, selección de compañía En itinerarios en los que intervenga más de una compañía, el agente podrá seleccionar la compañía emisora del billete, en base a las reglas básicas de emisión de billetes y de sus intereses económicos y comerciales. Si la compañía seleccionada es Iberia, lo expuesto en este documento será aplicable, siempre de forma voluntaria por parte de las agencias. Si la compañía seleccionada no está dentro de este modelo, se aplicará únicamente la comisión estipulada por esa compañía. Amadeus cuenta con herramientas para la aplicación de la política comercial de las agencias, como Travel Choice. Página 41 de 48
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