IMSS E INFONAVIT DE LA SUBCONTRATACIÓN (OUTSOURCING) Expositora: L.C. Erika Fabiola Gutiérrez Pérez
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1 IMSS E INFONAVIT DE LA SUBCONTRATACIÓN (OUTSOURCING) Expositora: L.C. Erika Fabiola Gutiérrez Pérez
2 TEMARIO Entorno al IMSS 1. Nacimiento de la obligación de informar la subcontratación. 2. Análisis del Acuerdo del H. Consejo Técnico. 3. Envío del contrato, a través del portal del IMSS. 4. Información trimestral a presentar, a través del portal del IMSS (PS1). 5. Ejemplo de un envío. 6. Multas aplicables en Unidades de Medida y Actualización (UMA). 7. Nuevo apartado en el Dictamen IMSS (SIDEIMSS). 2
3 TEMARIO En materia de INFONAVIT 1. Nace el Sistema de Responsabilidad Solidaria (SIRESO) (junio de 2015). 2. Reforma publicada el 6 de enero de 2016, el INFONAVIT como entidad certificadora y reconocimiento a la Unidad de Medida y Actualización (UMA). 3. Envío del contrato, a través del portal del INFONAVIT. 4. Información trimestral de trabajadores, a través del portal del INFONAVIT (SIRESO). 5. Layout a utilizar por los contratos celebrados (Patrones con trabajadores, Patrones sin trabajadores y Beneficiarios). 6. Layout a utilizar para subir la información de los trabajadores. 7. Multas aplicables UMA S. 3
4 ENTORNO AL IMSS 4
5 Introducción El Instituto ha enfocado su actuación en los sectores y patrones que presentan los mayores riesgos de evasión en términos fiscales, como son los prestadores de servicios de personal, denominados outsourcing. El IMSS ejerce una vigilancia permanente para asegurar el cumplimiento del Artículo 15-A de la Ley del Seguro Social (LSS), en el cual se establece la responsabilidad solidaria de las empresas, dependencias y entidades de la administración pública federal que se benefician de las labores que desempeñan los trabajadores de empresas prestadoras de servicios de personal, en sus instalaciones y bajo su dirección, mediante un contrato. 5
6 Nacimiento de la obligación El 9 de julio del año 2009, mediante un Decreto publicado en el DOF, se modifican algunos artículos de la Ley del Seguro Social, el objetivo principal es la regulación de las empresas reconocidas como intermediarios laborales conocidas como outsourcing (Art. 15-A) de la Ley del Seguro Social. Cuando en la contratación de trabajadores para un patrón, a fin de que ejecuten trabajos o presten servicios para él, participe un intermediario laboral, cualquiera que sea la denominación que patrón e intermediarios asuman, ambos serán responsables solidarios entre sí y en relación con el trabajador, respecto del cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta Ley. 6
7 TRANSITORIOS Entra en vigor al día siguiente de su publicación Excepto: La modificación al artículo 75 de la LSS, solicitud de registro patronal por clase, el cual fue de 250 días después de su publicación. El sexto párrafo del artículo 15 A sistema de computo, 250 días tendría el instituto. 7
8 REGLAS GENERALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ESTABLECIDA EN EL QUINTO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 15-A, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, APROBADAS POR EL H. CONSEJO TÉCNICO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, MEDIANTE ACUERDO No. ACDO. AS2.HCT /194.P.DIR. (DOF OCTUBRE 9 DE 2009) 8
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10 Sujetos de aplicación Son sujetos de aplicación de las presentes reglas generales: I. Los patrones o sujetos obligados, cualquiera que sea su personalidad jurídica o su naturaleza económica que, en virtud de un contrato, cualquiera que sea su forma o denominación, como parte de las obligaciones contraídas, pongan a disposición trabajadores u otros sujetos de aseguramiento para que ejecuten los servicios o trabajos acordados bajo la dirección del beneficiario de los mismos, en las instalaciones que éste determine. II. Los beneficiarios de los trabajos ejecutados o servicios prestados. 10
11 Fecha de presentación de información De acuerdo al artículo 15-A de la LSS es: Trimestralmente dentro de los primeros quince días de los meses de enero, abril, julio y octubre en relación con los contratos celebrados en el trimestre de que se trate. 11
12 Medios para presentar la información I. A través de internet (formato PS1 solicitud de registro de información de los contratos de prestación de servicios) A) Patrones, sujetos obligados o beneficiarios, mediante el portal del sistema IMSS desde su empresa (IDSE), identificándose con su número patronal de identificación electrónica (NPIE) y certificado digital. B) Beneficiarios de los servicios o trabajos, mediante el portal del IMSS, identificándose con su clave de identificación electrónica de beneficiario (CIEB), cuando carezcan de registro patronal. II. En formato pre-llenado en el portal IMSS, impreso en la subdelegación correspondiente. 12
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22 CIEB.pdf 22
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27 FORMATO PS1 FORMATO PS1 EDITABLE.doc 27
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38 RT para outsourcing Aquellas personas físicas o morales, que mediante un contrato de prestación de servicios, realicen trabajos con elementos propios en otro centro de trabajo, serán clasificadas de acuerdo a la actividad más riesgosa que desarrollen sus trabajadores, de conformidad a lo consignado en el catálogo de actividades establecido en el reglamento (artículo 19). Tratándose de los patrones a que se refiere el tercer párrafo del artículo 15-A, de la Ley del Seguro Social, a solicitud del patrón, el instituto le asignará un registro patronal por cada una de las clases (artículo 75 LSS). Revisaran anualmente su siniestralidad conforme al artículo 74 de la Ley de manera anual por cada uno de los registros. 38
39 Multas aplicables INFRACCIÓN No presentar al Instituto la información señalada en el artículo 15 A de esta Ley (Art. 304 A, fracción XXII) SANCIÓN De 20 a 350 UMA $1, A $28, (Art. 304 B, fracción IV) VALOR DE LA UMA EL DE FEBRERO $
40 Apartado en el Dictamen IMSS (SIDEIMSS) ACDO.SA2.HCT /149.P.DIR(DOF 13/07/2017). Los patrones y sujetos obligados podrán optar por utilizar el SIDEIMSS a partir del 15 de julio del 2017, para la presentación del dictamen por contador público autorizado correspondiente al ejercicio fiscal A partir del 1 de enero del 2018, deberán utilizar el (SIDEIMSS). 40
41 Apartados del SIDEIMSS 1_Remuneraciones.docx 2_Prestaciones.docx 3_Cuotas pagadas.docx 4_Pagos a personas físicas.docx 5_Servicios de personal y Personal Proporcionado.docx 6_Subcontratación de personal y Personal Subcontratado.docx 41
42 7_Clasificación de empresas.docx 8_Balanza de comprobación.docx 9_Obras de construcción.docx 42
43 Atestiguamiento y plantillas 5_Prestación de servicios de personal.pdf 6_Subcontratación de personal.pdf plantilla_informacion_patronal_v3.xlsm 43
44 EN MATERIA DE INFONAVIT (INCLUYE SIRESO) 44
45 Reformas a la Ley del INFONAVIT El 4 de junio de 2015 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se adiciona el artículo 29 Bis a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). En principio el inicio de vigencia de la presente disposición jurídica eraeldía5dejuniode2015. La Gerencia de Recaudación y Servicios al Patrón del INFONAVIT dio a conocer, a través del oficio SGRF/GRSP/0347 publicado en el portal de Internet de la dependencia, que la fecha límite para presentar la información referida en el nuevo artículo 29 Bis de la Ley del INFONAVIT será el 13 de noviembre de
46 Con la finalidad de apoyar a los empleadores y beneficiarios que tuvieron problemas en el envío de la información mediante el SIRESO, la Gerencia de Fiscalización informó que pueden presentarla conforme al siguiente calendario, según la primera letra de su RFC, a saber: PRIMERA LETRA DEL RFC FECHA LÍMITE A E 19 DE NOVIEMBRE DE 2015 F L 20 DE NOVIEMBRE DE 2015 M Q 23DE NOVIEMBRE DE 2015 R Z 24 DE NOVIEMBRE DE
47 Reformas 2016 DECRETO por el que se reforman los artículos 29, fracción VI y 35, primer párrafo; y se adicionan los artículos 29 Ter y 29 Quáter de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.(DOF 06/01/2016). El pago de las aportaciones y descuentos señalados en el artículo 29, será por mensualidades vencidas, a más tardar los días diecisiete del mes inmediato siguiente, a través de los formularios electrónicos o impresos que determine el Instituto. 47
48 Reformas 2016 El Instituto utilizará medios electrónicos para el cumplimiento de su objeto y podrá tener el carácter de autoridad certificadora, en términos de lo dispuesto por la Ley de Firma Electrónica Avanzada, para emitir certificados digitales a efecto de aplicar el uso de firma electrónica avanzada en las formas y procedimientos a su cargo.(artículo 29 Quáter). El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores dentro de los 180díassiguientesa partir de la entrada en vigor del presente Decreto, expedirá las reformas y adiciones correspondientes relativas a las disposiciones materia de este Decreto. (Artículo Segundo Transitorio). 48
49 SISTEMA DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA (SIRESO) Artículo 29 BIS 49
50 Qué es SIRESO? Es un sistema electrónico que permite cumplir con la nueva disposición en la Ley de INFONAVIT a los patrones y beneficiarios que tienen trabajadores asalariados contratados bajo el esquema de subcontratación de personal para comprobar el cumplimiento con sus obligaciones fiscales en materia de vivienda y garantizar los derechos de los trabajadores. 50
51 En que consiste Cuando en la contratación de trabajadores participe un intermediario laboral o contratista, y el beneficio del trabajo lo reciba otra persona denominada beneficiario o contratante, ambos serán responsables solidarios entre sí y en relación con el trabajador respecto de las obligaciones contenidas en la Ley del INFONAVIT. No se considera intermediario laboral sino Patrón la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios, constituida de acuerdo a la legislación aplicable, que cuenta con un lugar de negocios y brinda un servicio o producción de un bien, con herramientas, insumos y trabajadores propios y suficientes, quienes se desempeñan bajo el mando y subordinación únicamente del Patrón. 51
52 Trimestres a informar y el plazo de presentación TRIMESTRE MES DE PRESENTACIÓN Primer Trimestre (Enero Marzo) Abril 2016 Segundo Trimestres (Abril Junio) Julio 2016 Tercer Trimestre (Julio Septiembre) Octubre 2016 Cuarto Trimestres (Octubre Diciembre) Enero
53 INFORMACIÓN A ENVIAR 53
54 PATRÓN CON TRAB. CONTRATO Y RELACIÓN DE TRAB. PATRÓN SIN TRAB BENEFICIARIOS 54
55 Patrón con trabajadores Es importante mencionar que los patrones que cuentan con una clave de acceso para portal empresarial, tengan actualizada la dirección de correo electrónico, que es el medio de comunicación entre el sistema y el usuario para la entrega del acuse de recibo, o en su caso, archivo de rechazo. En un solo archivo debe presentar la información de todos los Números de Registros Patronales asociados al Registro Federal de Contribuyentes. Así mismo, debe declarar en un solo archivo a todos los beneficiarios o contratantes con los que tenga contrato vigente en ese trimestre. 55
56 El nombre o razón social del patrón y beneficiario debe anotarse completo, es decir, incluida las abreviaturas del tipo de sociedad en las columnas. El Patrón con trabajadores que cuente con más de un Número de Registro Patronal y tenga clave de acceso al portal empresarial por cada uno de ellos, podrá realizar el envío de su información por cualquiera de esos accesos, siempre y cuando el Número de Registro Patronal que corresponde a esa clave de usuario esté contenido dentro del archivo de carga. Si realiza el envío del mismo archivo de carga con las claves de acceso de dos o más Números de Registros Patronales diferentes, sólo tendrá validez para estos efectos el primero, y los posteriores serán eliminados. 56
57 Patrón sin trabajadores Esté perfil aplica para aquellos patronesquenotienenasociadoun Número de Registro Patronal al Registro Federal de Contribuyentes que declaran y no tienen trabajadores contratados. Deben declarar en un solo archivo a todos los beneficiarios o contratantes con los que tenga contrato vigente en ese trimestre. El nombre o razón social del patrón y beneficiario debe anotarse completo, es decir, incluida las abreviaturas del tipo de sociedad. Los patrones que no tienen trabajadores, pero que sí tienen asociado un Número de Registro Patronal, deberán presentar su información por portal empresarial. 57
58 Si la clave de acceso ya está vencida o aún no la han tramitado, deberán realizar el trámite en la Delegación Regional que les corresponde. Sólo para aquellos patrones que no cuentan con emisión, porque su trámite de Número de Registro Patronal es reciente, en un plazo menor de dos meses contados a partir de los meses en que nace la obligación de presentar la información, deberán exponer su caso mediante un correo a Sireso@infonavit.org.mx, para brindarles el apoyo y solventar esa situación. 58
59 Beneficiario Es importante mencionar que los beneficiarios que cuentan con una clave de acceso para portal empresarial, tengan actualizada la dirección de correo electrónico, que es el medio de comunicación entre el sistema y el usuario para la entrega del acuse de recibo, o en su caso, archivo de rechazo. El nombre o razón social del patrón y beneficiario debe anotarse completo, es decir, incluida las abreviaturas del tipo de sociedad. Deben presentar en un solo archivo, la información de todos los Números de Registros Patronales asociados al Registro Federal de Contribuyentes. Deben declarar en un solo archivo a todos los patrones o contratistas (outsourcing), con los que tenga contrato vigente en ese trimestre. 59
60 ACCESO AL PORTAL SIRESO 60
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84 ACCESO AL PORTAL SIRESO 84
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87 ESTRUCTURA DE LAYOUT 3.+SIRESO+Lay_29+bis_Beneficiario.xlsx PATRON CON TRABAJADORES\4.+SIRESO+Lay_29+bis_DetalleTrab.xlsx PATRON CON TRABAJADORES\1.+SIRESO+Lay_29+bis_Patron+Con_trab. xlsx 2.+SIRESO+Lay_29+bis_Patron+Sin_trab.xlsx 87
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91 Errores frecuentes 1. Dejar campos en blanco. 2. Dejar espacios a la izquierda del texto. 3. Anotar apostrofe a los NSS que comienzan con 0 a la izquierda (se recomienda solo dar formato de texto a la celda). 4. Textos con comas,. 5. No respetar el formato solicitado para fechas. 6. Que la longitud de alguna columna en caracteres, sea mayor a No eliminar los encabezados contenidos en las dos primeras filas del formato predefinido. 8. No eliminar el salto de línea después de crear el archivo de carga como CSV. 91
92 9. El RFC con el que ingresa en el portal no es el mismo del perfil de usuario que está contenido en el archivo de información. 10. El Número de Registro Patronal de entrada al portal empresarial no coincide con alguno de los Número de Registro Patronal informados en el archivo de carga. 11. Ya presentaste la información por ese trimestre y RFC y el sistema te generó un acuse de recibo. 12. Si al revisar el archivo de carga como block de notas aparece al pie de la información filas de comas continuas (,,,,,,,,,,,,,,,,,, ), cierra ese archivo, y haz lo siguiente: a) Vuelve a abrir el archivo de carga desde Excel. b) Selecciona únicamente las celdas que contienen información. c) Copia y pega esa información en otro libro nuevo. d) Desde ese libro nuevo, vuelve a crear tu archivo de carga. 92
93 Sobre el envío El envío de este archivo deberá hacerse el mes inmediato posterior al trimestre vencido. El plazo de recepción oportuna está considerado hasta el último día del mes inmediato posterior de cumplido el trimestre. La obligación se da por cumplida al presentar tu información a través del SIRESO (Art. 29 Bis) y al obtener el acuse de recibo en formato PDF. Los trimestres a informar y el plazo de presentación es como sigue: Trimestre Mes de presentación. 1 trimestre (enero a marzo) Abril de trimestre (abril a junio) Julio de trimestre (julio a septiembre) Octubre de trimestre (octubre a diciembre) Enero de Responsable de la información: Coordinación General de Recaudación Fiscal. Fecha de última actualización o revisión: 5 de enero de
94 Multa Los sujetos obligados a presentar el detalle de los contratos celebrados de suministro de personal y no cumplan en tiempo y forma, el INFONAVIT podrá imponer una multa que puede ascender hasta 350 veces UMA actualmente $28, pesos (artículo 55 de la Ley del INFONAVIT). Valor de la UMA de febrero del
95 GRACIAS POR SU ASITENCIA L.C. ERIKA FABIOLA GUTIÉRREZ PÉREZ
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