DECRETO 734 DE PROCESOS DE SELECCIÓN Principales cambios

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DECRETO 734 DE PROCESOS DE SELECCIÓN Principales cambios"

Transcripción

1 DECRETO 734 DE 2012 PROCESOS DE SELECCIÓN Principales cambios

2 DE LA PLANEACIÓN CONTRACTUAL

3 Numeral 8 al artículo sobre el contenido mínimo de los estudios previos, que dice lo siguiente: 8. La indicación de si la contratación respectiva está cobijada por un Acuerdo Internacional o un Tratado de Libre Comercio vigente para el Estado Colombiano en los términos del artículo del presente decreto.

4 Las modificaciones que se hagan a los estudios previos se harán públicos por la entidad, en los procesos por convocatoria pública, mediante su publicación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop)

5 En las modalidades de Licitación Pública, Selección Abreviada y Concurso de Méritos, la entidad deberá tipificar en el proyecto de pliego de condiciones, los riesgos que puedan presentarse en el desarrollo del contrato.

6 Los interesados en presentar ofertas deberán pronunciarse sobre lo anterior en las observaciones al pliego o en la audiencia convocada para el efecto. La audiencia es obligatoria dentro del procedimiento de licitación pública y voluntaria para las demás modalidades de selección La presentación de las ofertas implica la aceptación, por parte del proponente, de la distribución de riesgos previsibles efectuada por la entidad en el respectivo pliego.

7 DESAPARECE PRESUNCIÓN Para efecto de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, se entenderá que han retirado el respectivo pliego de condiciones del proceso licitatorio, quienes hayan presentado observaciones al proyecto de pliego de condiciones o hayan asistido a la audiencia de reparto de riesgo a que se refiere el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, cuando esta se realice con anterioridad a la apertura del proceso.

8 DE LA DIVULGACIÓN Y DE LA PUBLICIDAD EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL Y OTRAS REGLAS APLICABLES A LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN. El artículo sobre Convocatoria pública señala que el aviso correspondiente deberá publicarse en el SECOP, pero trae como novedad, la exigencia de que también se haga en la página web de la Entidad. Al contenido del aviso de convocatoria se le adiciona la obligación de informar si el proceso está cobijado por un Acuerdo Internacional o un Tratado de Libre Comercio vigente para el Estado colombiano. También constituye una novedad la exigencia de incluir expresamente, cuando ello corresponda, la convocatoria limitada a Mypes o a Mipymes

9 Acto de apertura La entidad revocará el acto administrativo que ordenó la apertura del proceso de selección, pero agrega de manera novedosa hasta antes de la fecha y hora prevista para la adjudicación del contrato.

10 Adendas Salvo en el evento previsto en el segundo inciso del numeral 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 para la licitación pública, no podrán expedirse y publicarse adendas el mismo día en que se tiene previsto el cierre del proceso de selección, ni siquiera para la adición del término previsto para ello.

11 Qué se debe hacer entonces? El artículo del Decreto no se debe aplicar. Se cumple lo dispuesto en la Ley 1474 de 2011, en el sentido que para el caso de la licitación pública, no se pueden expedir adendas 3 días antes del cierre, ni siquiera para ampliar el plazo de la licitación. Para los demás proceso, no se pueden expedir adendas el día de cierre.

12 De la misma manera, la modificación al aviso de convocatoria en el caso del concurso de méritos, se realizará a través de un aviso modificatorio en el que se precisarán los ajustes puntuales que hubiere sufrido la convocatoria

13 Adición a la publicidad en el Secop Las adendas a los pliegos de condiciones, agregándose y demás modificaciones a los estudios previos en caso de ajustes a estos últimos si estos fueron publicados o la indicación del lugar donde podrán consultarse los ajustes realizados, y al aviso de convocatoria en el caso del concurso de méritos. El acta de cierre del proceso y de recibo de las manifestaciones de interés o de las ofertas según el caso. El informe de evaluación, agregándose el de selección abreviada y el de mínima cuantía, porque el de concurso de méritos ya lo contemplaba la norma anterior. La falta de publicación en el Secop de la información señalada en el presente artículo constituirá la vulneración de los deberes funcionales de los responsables,

14 NOVEDAD La entidad no proporcionará información a terceros sobre el contenido de las propuestas recibidas antes del cierre del proceso contractual. Para tal efecto, las propuestas y todos los documentos que las acompañen deben entregarse en sobres cerrados a la entidad y sólo hasta cuando se venza el término para su entrega se pueden abrir en acto público, de lo cual se dejará constancia en el acta de cierre para examinar de manera general su contenido. Lo anterior, sin perjuicio de las reglas particulares que sobre la subasta inversa, el concurso de méritos y la mínima cuantía se disponen en el presente decreto. La entidad dejará constancia en el acta de cierre de las propuestas que no se entreguen en las condiciones indicadas en el inciso anterior, así como, si alguna de ellas hubiera sido abierta con anterioridad al cierre. En este último evento, la entidad deberá declarar desierto el proceso contractual.

15 Transitoriedad (SECOP) Se presenta una modificación en la transitoriedad para aquellas entidades que no cuenten con la tecnología necesaria, porque ya no se permite mantenerla en el tiempo, la norma señala que En todo caso, estas entidades deberán, a más tardar dentro de los seis (6) meses siguientes a la vigencia del presente decreto, garantizar la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados a los procesos de contratación salvo los asuntos expresamente sometidos a reserva a través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop). Desaparece, por tal motivo el Plan de acción que establecía la norma anterior.

16 Experiencia del proponente Acumulación de la experiencia de los socios a la sociedad Para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica.

17 Experiencia de los consorcios y uniones temporales En el caso de los consorcios o uniones temporales, la experiencia habilitante será la sumatoria de las experiencias de los integrantes que la tengan, de manera proporcional a su participación en el mismo, salvo que el pliego de condiciones señale un tratamiento distinto en razón al objeto a contratar. No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando estos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.

18 Experiencia de los socios en sociedades escindidas En el caso de sociedades que se escindan, la experiencia de la misma se podrá trasladar a cada uno de los socios escindidos, y se contabilizará según se disponga en los respectivos pliegos de condiciones del proceso.

19 Reglas de subsanabilidad Básicamente es el mismo texto de la norma anterior. Se establece que los requisitos subsanables podrán ser requeridos por la entidad en condiciones de igualdad para todos los proponentes hasta la adjudicación, eliminándose hasta el momento en que la entidad lo establezca en los pliegos de condiciones, que había sido declarado nulo por el Consejo de Estado

20 Evaluación Para la evaluación de las propuestas o de las manifestaciones de interés en procesos de selección por licitación, selección abreviada, concurso de méritos o mínima cuantía, la entidad designará un comité asesor. la evaluación no sólo se hace a las propuestas, sino también a las manifestaciones de interés. Igualmente, se señala que La verificación y la evaluación de las ofertas para la mínima cuantía será adelantada por quien sea designado por el ordenador del gasto sin que se requiera de pluralidad.

21 Precios artificialmente bajos Corresponde a un texto similar al artículo 13 del Decreto 2474 de 2008 (derogado), con la única adición del parágrafo 1º, que señala: En desarrollo de lo previsto en el presente artículo, la entidad contratante no podrá establecer límites a partir de los cuales presuma que la propuesta es artificialmente baja..

22 Modalidades de Selección 1. Licitación pública. 2. Selección abreviada. 3. Concurso de méritos. 4. Contratación directa, y 5. Mínima cuantía.

23 LICITACIÓN PÚBLICA

24 Subasta inversa en la licitación Las entidades estatales podrán utilizar el mecanismo de la subasta inversa para conformar dinámicamente las ofertas en procesos de Licitación Pública, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del numeral 1 del artículo 2º de la Ley 1150 de Para tal efecto, en el pliego de condiciones se establecerán las variables técnicas y económicas sobre las cuales los proponentes podrán realizar la puja.

25 Subasta Inversa De lo acontecido en la subasta, se levantará un acta donde se dejarán todas las constancias del caso. La adjudicación del proceso se realizará de la forma señalada en el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007.

26 SELECCIÓN ABREVIADA

27 Adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización En el parágrafo 3 del artículo del Decreto 734 de 2012, que se refiere a la no individualización de los bienes o servicios de carácter homogéneo mediante el uso de marcas, se aplicará sin perjuicio de lo previsto en acuerdos comerciales internacionales suscritos por Colombia

28 Subasta Inversa Se mantiene la contradicción en relación con la redacción de la norma derogada del Decreto 2474 de 2008, porque si bien en el inciso primero se dice que la subasta sólo podrá llevarse a cabo si resultan habilitados para presentar lances por lo menos 2 proponentes, más adelante (en el inciso tercero) se señala que se puede adjudicar al único oferente, siempre que su oferta no exceda el presupuesto inicial. La novedad que trae el Decreto 734 de 2012 es que, para este caso, dicha oferta se debe ajustar, además, a un descuento mínimo Así mismo, en el parágrafo de este artículo se recalca tal obligación señalando cuyo rango de mejora no podrá ser inferior al descuento mínimo indicado en el pliego.

29 En caso de declararse desierto el proceso de selección abreviada de subasta inversa regulado en el presente artículo, la entidad podrá iniciarlo de nuevo, prescindiendo de la publicación del proyecto de pliego de condiciones.

30 Para el desarrollo de las subastas electrónicas inversas las entidades podrán utilizar la plataforma tecnológica que ponga en funcionamiento el Secop o si esta no estuviera disponible, podrá contratar con terceros su realización, de no contar con una propia, la cual en todo caso deberá garantizar la autenticidad y la integridad de los mensajes de datos. En los dos últimos casos la solución deberá generar reportes sobre el desarrollo del certamen en los formatos y parámetros tecnológicos señalados por la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente

31 Los proponentes que presentaron un lance no válido no podrán en lo sucesivo seguir presentando lances, y se tomará como su oferta definitiva al último válido.

32 Bolsa de productos La entidad estatal publicará el contrato suscrito con el Comisionista seleccionado y sus modificaciones a través del Secop

33 Garantías a cargo del comitente vendedor. Parágrafo. Las entidades estatales podrán exigir al comitente vendedor la constitución de garantías a su favor, adicionales a las señaladas en el presente artículo, siempre y cuando resulten adecuadas y proporcionales al objeto a contratar y a su valor. Para tal efecto, se elaborará una ficha técnica con las condiciones básicas del acuerdo y las obligaciones que se garantizan.

34 Menor Cuantía Se señala que la menor cuantía se aplica sin perjuicio de los procedimientos especiales. Se elimina del texto anterior: El término de evaluación de las propuestas no podrá ser mayor que el plazo señalado para la presentación de las mismas, salvo que mediante acto administrativo motivado, la entidad lo extienda hasta por un término igual al inicialmente previsto.

35 DE LOS CONTRATOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD El único cambio, en relación al artículo 4º del Decreto 2025 de 2009, se concreta al cambio del Ministerio de Salud por Ministerio de la Protección Social.

36 SELECCIÓN ABREVIADA POR DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN El único cambio es que para la nueva contratación, que se adelanta por el procedimiento de la selección abreviada de menor cuantía, no se aplicará lo relacionado con la publicación del proyecto de pliego de condiciones.

37 ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS DE ORIGEN O DESTINACIÓN AGROPECUARIOS Corresponde al mismo texto de los artículos 49 y 50 del Decreto 2474 de 2008.

38 ACTOS Y CONTRATOS CON OBJETO DIRECTO DE LAS ACTIVIDADES DE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO (EICE) Y DE LAS SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA (SEM) En esta norma no se podían hacer cambios al artículo 93 de la Ley 1474 de 2011, norma actualmente vigente. La potestad del Gobierno Nacional era para reglamentar no para modificar la ley, que fue lo que realmente hizo. Consideramos que este artículo está viciado de nulidad al contrariar, claramente, una norma de superior jerarquía, el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011.

39 Artículo 93 de la Ley 1474 de 2011 Artículo de la Decreto 734 de 2012 Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las Sociedades de Economía Mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), sus filiales y las Sociedades entre Entidades Públicas con participación mayoritaria del Estado superior al cincuenta por ciento (50%), estarán sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, con excepción de aquellas que desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado y/o público, nacional o internacional o en mercados regulados, caso en el cual se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 13 de la presente ley. Se exceptúan los contratos de ciencia y tecnología, que se regirán por la Ley 29 de 1990 y las disposiciones normativas existentes. Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las Sociedades de Economía Mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), sus filiales y las sociedades entre entidades públicas con participación mayoritaria del Estado superior al cincuenta por ciento (50%), que se encuentren en competencia con el sector privado nacional o internacional o desarrollen su actividad en mercados regulados, así como aquellas a las que se refiere el artículo 16 de la Ley 1150 de 2007, se regirán para su contratación por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a su actividad económica y comercial, sin desconocer los principios de la función pública a que se refiere el artículo 209 de la Constitución Política y el régimen de inhabilidades e incompatibilidades del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Las demás entidades de esa misma naturaleza jurídica aplicarán lo previsto en el literal g) del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 en cuyo caso se dará aplicación al procedimiento de selección abreviada de menor cuantía, con excepción de los contratos que a título enunciativo identifica el artículo 32 de la Ley 80 de Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley 29 de 1990 en materia de contratos de ciencia y tecnología y demás normas pertinentes.

40 Incluyó como excepción a la aplicación del Estatuto de Contratación pública y, por lo tanto, lo sometió disposiciones legales y reglamentarias aplicables a su actividad económica y comercial, las entidades del sector defensa, que son: Satena, Indumil, El Hotel Tequendama, la Corporación de Ciencia y Tecnología para el desarrollo de la industria naval, marítima y fluvial -Cotecmar- y la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana CIAC-En este aspecto se le adicionó unas excepciones a la aplicación del Estatuto de Contratación desbordando la potestad reglamentaria, toda vez que estas excepciones sólo las puede fijar el legislador.

41 La Ley 1474 de 2011 señalaba que las entidades de ese tipo que estuvieran en competencia con el sector público o privado nacional o internacional o que tuvieran mercados regulados se sometían sometió disposiciones legales y reglamentarias aplicables a su actividad económica y comercial, las demás se regían por el Estatuto de Contratación Pública, lo que hacía entender que se aplicaría el procedimiento acorde con la modalidad de contratación. El nuevo texto dice que se someterán al procedimiento de selección abreviada de menor cuantía, con excepción de los contratos que a título enunciativo identifica el artículo 32 de la Ley 80 de En este aspecto, como la Ley no señalaba el procedimiento, el Gobierno sí podía fijarlo en la reglamentación, lo que no genera vicio de nulidad.

42 CONTRATOS DE ENTIDADES A CARGO DE EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE PROTECCIÓN DE PERSONAS AMENAZADAS, DESMOVILIZACIÓN Y REINCORPORACIÓN, POBLACIÓN DESPLAZADA, PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y POBLACIÓN CON ALTO GRADO DE EXCLUSIÓN

43 Se modificó el procedimiento, porque la norma anterior, el artículo 5º del Decreto 2025 de 2009 Ahora, la nueva norma, artículo del Decreto 734 de 2012, señala que se debe seguir el procedimiento de menor cuantía.

44 DE LOS BIENES Y SERVICIOS PARA LA SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

45 Se cambia la Presidencia de la República por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República; el DAS por la Agencia de Inteligencia Colombiana y la Unidad Nacional de Protección por el Ministerio del Interior y de Justicia, Se adiciona la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios SPC. Los riesgos se dice que serán calificados por la autoridad competente, con lo cual se elimina la referencia anterior al extinguido DAS y a la Policía Nacional.

46 Desaparece: La prestación de servicios por parte de personas naturales que se requieran para atender labores predominantemente materiales o de apoyo a la gestión del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

47 Desaparece: La adquisición de los bienes y servicios relacionados en este artículo se podrá llevar a cabo directamente por parte de cualquiera de las entidades a las que hace referencia el presente artículo cuando por razones de seguridad nacional esta debe ser reservada, lo que deberá estar debidamente justificado por la entidad.

48 Desaparece: El procedimiento señalado en el presente artículo podrá ser aplicado por entidades públicas distintas a las señaladas en el inciso 1 del presente artículo, cuando requieran adquirir los bienes y servicios para la defensa y seguridad nacional arriba descritos y los señalados en el artículo 79 del presente decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República

49 Concurso de Méritos

50 En todo caso, el comité verificará los requisitos habilitantes de aquellos a quienes incluya en la lista corta, de conformidad con lo que para el efecto se especifique en el aviso de convocatoria del proceso de precalificación. La lista corta se debe hacer mediante Resolución motivada que se notifica en estrados en la audiencia pública que se celebre para tal fin. El concurso de méritos abierto no sufrió modificación

51 En el segundo inciso del Artículo del Decreto 734 de 2012, Conformación de la lista corta, Se agrega La vigencia de la lista corta no podrá exceder de seis (6) meses contados a partir de la firmeza del acto administrativo por el cual queda conformada. La conformación de la lista corta no genera obligación para la entidad de dar apertura al proceso de selección.

52 El Parágrafo 2 del artículo Conformación de listas multiusos señala que para la conformación de la misma ( ) se notificarán en audiencia conforme lo previsto en el artículo del presente decreto, que es la notificación por estrados. El texto del Artículo Audiencia de conformación de lista corta o multiusos es nuevo. El Decreto 734 de 2012 introduce la audiencia pública obligatoria para informar y conformar los integrantes de la lista corta o multiusos.

53 En el artículo , solicitud de expresiones de interés para la precalificación, los numerales 3 y 4 son novedad en las etapas de Concurso de Méritos, al incluir la realización de una audiencia de aclaración de pliegos y la solicitud o invitación que la entidad debe realizar a los integrantes de la lista corta para presentar ofertas, que se detalla en el siguiente artículo. En el Artículo se introduce la invitación a presentar propuestas

54 El artículo sobre los criterios de evaluación de las propuestas técnicas transforma la anterior reglamentación, a diferencia de la misma no trae criterios cuantitativos, pero si cualitativos. Señala lo que se debe entender y valorar sobre experiencia específica del proponente y experiencia específica del equipo de trabajo.

55 El informe de evaluación: el cual será publicado por la entidad en el Secop para que los proponentes puedan formularle observaciones dentro de los tres (3) días siguientes, las cuales se resolverán en el acto de adjudicación. La entidad y el proponente elaborarán un acta de los acuerdos económicos y técnicos alcanzados en esta revisión, con el fin de que se incluyan en el respectivo contrato. Los acuerdos no podrán versar sobre aspectos que hayan sido objeto de ponderación en el proceso contractual.

56 Audiencia de aclaración de pliegos de condiciones para los procesos cuyo valor exceda de la menor cuantía, la cual deberá realizarse de manera anterior a la recepción de las manifestaciones de interés en los eventos en que se haga uso de precalificación. Invitación a presentar propuestas, en los concursos en los que se haga uso de precalificación.

57 El Artículo sobre los criterios de evaluación de las propuestas técnicas señala los factores de calificación destinados a valorar los aspectos técnicos de la oferta o proyecto. Se trata de criterios de selección que permiten escoger la oferta o proyecto más favorable para la entidad contratante, por brindar las mejores condiciones para la ejecución del contrato y la calidad del servicio, según lo establezca el pliego de condiciones. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el pliego de condiciones.

58 Los criterios que las entidades podrán utilizar, según la naturaleza y complejidad del servicio de consultoría a contratar, podrán tener en cuenta: Experiencia específica del Proponente: Es aquella directamente relacionada con el objeto a contratar, que de acuerdo con las necesidades que la entidad pretende satisfacer, permite a la entidad valorar la idoneidad de los proponentes, en exceso de la mínima habilitante. Experiencia específica del equipo de trabajo: Es aquella que se acredite con base en el personal propuesto en la oferta, directamente relacionada con las actividades que desarrollarán en la ejecución contractual y que permite a la entidad valorar la idoneidad de aquel. Los pliegos de condiciones podrán señalar aquellas condiciones que deban acreditar las ofertas a efecto de ser elegibles, de tal manera que si a pesar de cumplir con los requerimientos habilitantes de los pliegos de condiciones para participar, no alcanzaron el nivel mínimo de calidad establecido en dichas condiciones, no sea posible tenerlas en cuenta para efectos del orden de adjudicación.

59 CONTRATACIÓN DIRECTA

60 Parágrafo 3º. En la contratación directa no será obligatoria la exigencia de garantías, según lo determine el estudio previo correspondiente atendiendo la naturaleza y cuantía del contrato respectivo. Parágrafo 4º. De conformidad con lo establecido en el artículo 6o de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto-Ley 019 de 2012, no se exigirá Registro Único de Proponentes para la contratación directa.

61 CONTRATOS INTERADMINISTRATIVOS

62 las instituciones públicas de educación superior, o las sociedades de economía mixta con participación mayoritaria del Estado, o las personas jurídicas sin ánimo de lucro conformadas por la asociación de entidades públicas, o las federaciones de entidades territoriales podrán ejecutar contratos de obra, suministro, prestación de servicios de evaluación de conformidad respecto de las normas o reglamentos técnicos, encargo fiduciario y fiducia pública

63 La ejecución de dichos contratos estará sometida al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y el presente decreto así la entidad ejecutora tenga régimen de contratación especial, salvo lo previsto en el inciso 2º del literal c) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 95 de la Ley 1474.

64 De la Contratación Reservada al Sector Defensa y la Dirección Nacional de Inteligencia

65 El texto es prácticamente igual al del derogado artículo 79 del Decreto 2474 de 2008, con la anotación que se cambia el DAS, entidad liquidada, por la Dirección Nacional de Inteligencia. Se adiciona un numeral 16, en los siguientes términos: La contratación de personas naturales o jurídicas para la administración, conservación, clasificación, ordenación, guarda y sistematización de los archivos generales como de inteligencia que hacen parte del DAS en supresión.

66 De los Contratos para el Desarrollo de Actividades Científicas y Tecnológicas

67 Corresponde exactamente al texto del derogado artículo 80 del Decreto 2474 de 2008.

68 De la Contratación Directa cuando no exista Pluralidad de Oferentes

69 Corresponde exactamente al texto del derogado artículo 81 del Decreto 2474 de 2008, con el único cambio en la tercera causal, porque en la anterior disposición se entendía como proveedor único, cuando sólo existiera una persona que pudiera proveer el bien o servicio, porque de acuerdo con la ley fuera su proveedor exclusivo. El nuevo texto elimina la condición de que esa circunstancia la tenga que establecer la ley. En consecuencia basta que sea su proveedor exclusivo para que se pueda contratar directamente.

70 De los Contratos de Prestación de Servicios Profesionales y de Apoyo a la Gestión

71 Corresponde a la misma redacción del artículo 82 del Decreto 2474 del 2008, modificado por el Decreto 4266 de 2010 (derogados).

72 Del arrendamiento y la adquisición de inmuebles

73 Corresponde al texto del artículo 83 del Decreto 2474 de 2008, modificado por el artículo 4º del Decreto 3576 de Se adiciona el inciso final que aparece en el texto: De la misma manera, para este tipo de contratos no será obligatoria la exigencia de garantías de conformidad con lo establecido en el presente decreto.

74 MÍNIMA CUANTÍA

75 Se adiciona un inciso segundo al parágrafo del numeral 7 del artículo que se refiere a los estudios previos, que dice: Adicional a lo anterior, se observará el procedimiento establecido en el artículo del presente decreto, con relación a la propuesta de menor precio cuando se dé la hipótesis establecida en dicha disposición. Cuando se hace referencia al artículo del decreto, se está hablando del procedimiento cuando exista precio artificialmente bajo, en donde se debe citar al proponente para que lo justifique. Cuando se relacionan algunos documentos que deben ser publicados en el Secop se adicionan los siguientes: ( ) el acta de cierre y recibo de las ofertas presentadas ( ) Lo que significa que se debe levantar esta acta.

76 La norma anterior decía que no se podía exigir el RUP, pero se agregaba que no se podía exigir ni calcular el k de contratación. La nueva norma sólo habla de la no exigencia del RUP, eliminando la parte final, en razón a los cambios que sufre el RUP en este Decreto, que se explicará en el capítulo correspondiente.

77 Se elimina el texto que aparecía en el inciso final del artículo 4º del Decreto 2516 de 2011, que se refería al procedimiento de selección y publicidad del Secop, el cual decía: Las entidades públicas que no cuenten con los recursos tecnológicos que provean una adecuada conectividad para el uso del Secop, deberán proceder de conformidad con lo establecido en el artículo 8º del Decreto 2474 de 2008.

78 Desaparece el texto del artículo 9º del Decreto 2516 de 2011, que hacía referencia a las obligaciones de las entidades que contratan con sujeción a Estatuto de Contratación frente al SICE, lo que resulta lógico, porque el Decreto Ley 019 de 2012 dispuso la eliminación de este sistema de información que administraba la Contraloría General de la República.

79 Artículo 12 DE LA LEY 1450 DE 2011 Promoción del desarrollo en la Contratación Pública

80 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13, 333 y 334 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional definirá las condiciones y los montos de acuerdo con los compromisos internacionales vigentes, para que en desarrollo de los procesos de selección, las entidades estatales adopten en beneficio de las Mipymes, convocatorias limitadas a estas en las que, previo a la Resolución de apertura del proceso respectivo, se haya manifestado el interés del número plural de Mipymes que haya sido determinado en el reglamento.

81 Asimismo, el reglamento podrá establecer condiciones preferenciales en favor de la oferta de bienes y servicios producidos por las Mipymes, respetando los montos y las condiciones contenidas en los compromisos internacionales vigentes. En todo caso, se deberá garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación y, realizarse la selección de acuerdo con las modalidades de selección a las que se refiere el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

82 De igual forma, en los pliegos de condiciones las entidades estatales, dispondrán, de mecanismos que fomenten en la ejecución de los contratos estatales la provisión de bienes y servicios por población en pobreza extrema, desplazados por la violencia, personas en proceso de reintegración y, sujetos de especial protección constitucional en las condiciones que señale el reglamento; siempre que se garanticen las condiciones de calidad y cumplimiento del objeto contractual.

83 PARÁGRAFO 1o. En los procesos de selección que se desarrollen con base en el primer inciso, las entidades podrán realizar las convocatorias limitadas que beneficien a las Mipymes del ámbito municipal o departamental correspondiente al de la ejecución del contrato.

84 PARÁGRAFO 2o. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la Ley 1150 de 2007, para que las Mipymes puedan participar en las convocatorias a las que se refiere este artículo, deberán acreditar como mínimo un año de existencia, para lo cual deberán presentar el certificado expedido por la cámara de comercio o por la autoridad que sea competente para dicha acreditación.

85 PARÁGRAFO 3o. En la ejecución de los contratos a que se refiere el presente artículo, las entidades y los contratistas, deberán observar lo dispuesto en los artículos 90 a 95 de la Ley 418 de 1997 y las normas que la modifiquen, adicionen o subroguen.

86 Promoción del desarrollo en la contratación pública y los beneficios que otorgará el Gobierno Nacional para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes). Decreto 734 de 2012

87 Se establecen las pautas para que en los procesos de contratación que adelanten las entidades públicas se fijen condiciones preferenciales y convocatorias limitadas a Mipymes

88 Convocatoria limitada a Mypes. En los procesos de selección de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos, la convocatoria se limitará exclusivamente a Mypes (micro y pequeña empresa), siempre y cuando se verifiquen los siguientes requisitos: 1. La cuantía del proceso esté por debajo de los US$ dólares americanos. 2. Se hayan recibido mínimo tres (3) manifestaciones de interés solicitando limitar la convocatoria exclusivamente a Mypes. 3. Se haya acreditado mínimo un año de existencia por parte de la Mype que manifestó interés.

89 La manifestación de interés de limitar la convocatoria a Mype debe presentarse a mas tardar el día hábil anterior a la fecha prevista para la apertura del proceso de selección de licitación pública, concurso de mérito abierto y selección abreviada acreditando la condición de Mype a través de la presentación de una certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale tal condición y su tamaño empresarial (micro o pequeña empresa), además deberá presentar el certificado expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que sea competente para acreditar su antigüedad. Cuando se trate de un concurso de méritos con precalificación, la oportunidad para manifestar interés en limitar la convocatoria a Mype será hasta el tercer día hábil siguiente a la publicación del aviso de convocatoria en el Secop.

90 Las Mypes que participen en la convocatoria limitada deben garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación. Para tales efectos, sin perjuicio de la convocatoria limitada a Mypes, la selección se deberá hacer por la modalidad que corresponda, de conformidad con la Ley 1150 de 2007 y lo establecido en el presente decreto.

91 Cuando las entidades decidan realizar convocatorias limitadas que beneficien a las Mypes del ámbito municipal o departamental correspondiente al de la ejecución del contrato, se entenderá para determinar el domicilio principal de la Mypes, el departamento y municipio al que pertenece la dirección que aquella señaló en su Registro Único Tributario, RUT,

92 Convocatoria limitada a Mipymes En el caso que no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo del presente decreto para limitar la convocatoria a Mypes (micro y pequeña empresa), se permitirá la participación de medianas empresas, quienes también podrán manifestar interés en los mismos plazos establecidos para las Mypes, con la salvedad que su participación sólo se permitirá si no se reciben tres (3) manifestaciones de interés de Mypes. En todo caso, para que la convocatoria se limite a Mipymes se requerirá al menos tres (3) manifestaciones de interés de micros, pequeñas o medianas empresas.

93 Procedimiento en caso de convocatoria limitada. La entidad expedirá el acto de apertura, indicando que en el proceso sólo podrán presentar ofertas quienes ostenten la calidad de Mipymes, y si es del caso, solo Mypes En el concurso de méritos con precalificación, al día hábil siguiente al vencimiento del plazo de que trata el artículo para manifestar interés en esta modalidad de selección, la entidad expedirá un acto administrativo en el que indique si la precalificación se limitará o no a Mipymes, y si es del caso, sólo Mypes.

94 Si al momento del cierre sólo se ha presentado una (1) oferta, o una (1) manifestación de interés para conformar lista en el concurso de méritos con precalificación, la entidad ampliará el plazo para la recepción de las mismas por un término igual al inicialmente señalado en el pliego de condiciones o aviso de convocatoria, según el caso, sin la limitación de la convocatoria Mypes, permitiendo la participación de medianas empresas Si la convocatoria era limitada a Mipymes, podrá participar cualquier interesado. Durante este tiempo la oferta o manifestación de interés presentada por la Mype o Mipyme, según el caso, deberá permanecer cerrada, para ser evaluada con las demás que se presenten durante la ampliación del plazo.

95 Si vencido el nuevo plazo no se presenta ninguna otra oferta, podrá adjudicarse a la Mype o Mipyme, según el caso, siempre y cuando su oferta cumpla con los requisitos y criterios establecidos en el pliego de condiciones. En el concurso de méritos con precalificación, si no se presenta ninguna otra manifestación de interés, deberá aplicarse lo dispuesto en el inciso tercero del artículo del presente decreto (se podrá llevar a cabo el proceso). El proceso de selección abierto con limitación en su convocatoria que sea declarado desierto, no podrá ser iniciado nuevamente con la restricción de participación

96 En las convocatorias limitadas a Mypes y a Mipymes podrán participar uniones temporales o consorcios, los cuales deberán estar integrados únicamente por Mypes o Mipymes, según el caso. En tal caso, para efectos de la limitación de la convocatoria, cada consorcio o unión temporal se contará por sí mismo, y no por el número de Mipymes que los integren; que deberán cumplir de manera individual los requisitos mínimos señalados en el presente decreto.

97 Condiciones preferenciales en favor de la oferta de bienes y servicios producidos por las Mipymes. Salvo lo previsto para la contratación de mínima cuantía y la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, en los procesos de selección que no superen los ciento veinticinco mil dólares americanos (US$ ) se otorgará un puntaje a los bienes y servicios producidos por las Mipymes de la siguiente manera: a) Un puntaje del diez por ciento (10%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las microempresas; b) Un puntaje del seis por ciento (6%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las pequeñas empresas; c) Un puntaje del tres por ciento (3%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las medianas empresas

98 Mediana empresa: Planta de personal entre 51 y 200 trabajadores, o Activos totales entre 5001 y s.m.m.l.v. Pequeña empresa Planta de personal entre 11 y 50 trabajadores, o Activos totales entre 501 y 5000 s.m.m.l.v. Microempresa Planta de personal no superior a 10 trabajadores, o Activos totales inferiores a 500 s.m.m.l.v.

REPUBLlCA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN. DECRETO NÚM {~if02!be 2009 (.',3 JUN 2009

REPUBLlCA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN. DECRETO NÚM {~if02!be 2009 (.',3 JUN 2009 11 REPUBLlCA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN DECRETO NÚM {~if02!be 2009 (.',3 JUN 2009 Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2474 de 2008 y se dictan otras disposiciones EL PRESIDENTE

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN 12JUL 2011 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN 12JUL 2011 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA REPÚBLICA DE COLOMBIA,--' -s. ;. ; ~,-..k>~51 ~V"., '"o \ r&\'~~je's, ~_~ _ I U... -,,, ~~r1(/t,""t'f#1'" \. ::t"~~1""",:.;."f?\h... r i. ;, -. DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN DECRETO NÚMERO~ 2516

Más detalles

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA. EJERCITO NACIONAL BATALLON DE A.S.P.C No.3 POLICARPA SALAVARRIETA

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA. EJERCITO NACIONAL BATALLON DE A.S.P.C No.3 POLICARPA SALAVARRIETA MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA EJERCITO NACIONAL BATALLON DE A.S.P.C No.3 POLICARPA SALAVARRIETA AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA PROCESO DE SELECION ABREVIADA MENOR CUANTIA

Más detalles

PRESENTACION DE PROPUESTAS

PRESENTACION DE PROPUESTAS PRESENTACION DE PROPUESTAS PRESENTACION DE PROPUESTAS 1. PREPARACION DE PROPUESTAS. 2. AL PROYECTO DE PLIEGO. 3. REQUISITOS DE SUBSANABILIDAD 4. AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. 5. PROCEDIMIENTO DE SUBASTA INVERSA

Más detalles

SECRETARIA GENERAL REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CAUCA INSTITUCION UNIVERSITARIA COLEGIO MAYO DEL CAUCA AVISO DE CONVOCATORIA

SECRETARIA GENERAL REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CAUCA INSTITUCION UNIVERSITARIA COLEGIO MAYO DEL CAUCA AVISO DE CONVOCATORIA REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CAUCA INSTITUCION UNIVERSITARIA COLEGIO MAYO DEL CAUCA AVISO DE CONVOCATORIA PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA No. No. 02-203 / UNIMAYOR La Institución Universitaria

Más detalles

REGIMEN JURIDICO APLICABLE A LA CONTRATACIÓN ESTATAL

REGIMEN JURIDICO APLICABLE A LA CONTRATACIÓN ESTATAL REGIMEN JURIDICO APLICABLE A LA CONTRATACIÓN ESTATAL LEY 80 DE 1993 Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública PRINCIPIOS REGLA Sentencia C-1287/01 PRINCIPIOS

Más detalles

Oscar Nicolás Peña Ruíz Especialista en Derecho Administrativo Especialista en legislación Ambiental

Oscar Nicolás Peña Ruíz Especialista en Derecho Administrativo Especialista en legislación Ambiental Oscar Nicolás Peña Ruíz Especialista en Derecho Administrativo Especialista en legislación Ambiental Ley 80 de 1993 Ley 1150 de 2007 Ley 1474 de 2011 Ley 489 de 1998 Decreto 777 de 1992 Decreto 1082 de

Más detalles

LA LICITACIÓN PÚBLICA

LA LICITACIÓN PÚBLICA LA LICITACIÓN PÚBLICA ELEMENTOS A) Libre concurrencia. B) Es público. C) Igualdad de los oferentes. D) Sujeción estricta al pliego de condiciones y a la ley. E) Es reglado. ETAPAS 1. Etapa Preparatoria

Más detalles

Dirección: Carrera 9 N 10 26; Montería. Teléfono: (4)

Dirección: Carrera 9 N 10 26; Montería. Teléfono: (4) A V I S O D E C O N V O C A T O R I A PÚBLÍCA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA ICBF SAMC 01 2016 El ICBF en observancia a lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015, convoca

Más detalles

AVISO DE CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN. PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 07 DE 2016

AVISO DE CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN. PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 07 DE 2016 Página 1 de 5 AVISO DE CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 07 DE 2016 La Superintendencia de Sociedades, en cumplimiento de lo señalado

Más detalles

MANUAL DE CONTRATACIÓN SECCIÓN II: Contrataciones Régimen Privado para los Recursos de Funcionamiento INSTRUCTIVO ETAPA PRECONTRACTUAL

MANUAL DE CONTRATACIÓN SECCIÓN II: Contrataciones Régimen Privado para los Recursos de Funcionamiento INSTRUCTIVO ETAPA PRECONTRACTUAL SECCIÓN II: Contrataciones Régimen Privado para los Recursos Código 8-SCT-I-04. Versión 1.0 Bogotá D.C. enero 2018 PÁGINA 2 de 13 EQUIPO DIRECTIVO DEL FONDO ADAPTACIÓN: IVÁN MUSTAFÁ DURÁN Gerente ALFREDO

Más detalles

Modificaciones introducidas por el Decreto 2474 de 2008 Reglamentario de la Ley 1150 de 2008

Modificaciones introducidas por el Decreto 2474 de 2008 Reglamentario de la Ley 1150 de 2008 Modificaciones introducidas por el Decreto 2474 de 2008 Reglamentario de la Ley 1150 de 2008 Gonzalo Suárez Beltrán SUÁREZ BELTRÁN & ASOCIADOS Julio de 2008 Agenda Modificaciones a las reglas generales

Más detalles

VIAJES Y TURISMO EXPRESO SAS

VIAJES Y TURISMO EXPRESO SAS 1 Bogotá D. C., Julio 13 de 2011 ASUNTO: INFORME DE EVALUACION PROCESO DE PROCESO DE LICITACION PUBLIC SC-101-SAF-036-2011 CUYO OBJETO ES: Suministro de tiquetes de transporte nacional e internacional

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA Página: 1 de 26 La versión de este documento puede estar desactualizada, consulte la versión oficial vigente en la intranet Sistema Integrado de Gestión 1. Objetivo del procedimiento Definir las condiciones

Más detalles

AVISO DE CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN PROCESO DE LICITACION PUBLICA N LP

AVISO DE CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN PROCESO DE LICITACION PUBLICA N LP El Comandante del CUERPO DE BOMBEROS OFICIAL DE BARRANQUILLA, en uso de sus facultades legales en especial las consagradas en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015, Convenio suscrito

Más detalles

Índice General. Estudio de los aspectos relevantes del Decreto 1510 de Disposiciones generales

Índice General. Estudio de los aspectos relevantes del Decreto 1510 de Disposiciones generales Índice General Estudio de los aspectos relevantes del Decreto 1510 de 2013... xix DECRETO 1510 DE 2013 Disposiciones generales TÍTULO I Conceptos básicos para el sistema de compras y contratación pública

Más detalles

CONTRATO ESTATAL. Normas de contratación Plan Nacional de Desarrollo. Sistema Electrónico para la Contratación Publica. Presentación de Propuestas.

CONTRATO ESTATAL. Normas de contratación Plan Nacional de Desarrollo. Sistema Electrónico para la Contratación Publica. Presentación de Propuestas. CONTRATO ESTATAL CONTRATO ESTATAL Normas de contratación Plan Nacional de Desarrollo. Sistema Electrónico para la Contratación Publica. Presentación de Propuestas. Normas de contratación Plan Nacional

Más detalles

(abril 13) Diario Oficial No de 13 de abril de 2012 DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

(abril 13) Diario Oficial No de 13 de abril de 2012 DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN DECRETO 734 DE 2012 (abril 13) Diario Oficial No. 48.400 de 13 de abril de 2012 DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

Más detalles

REGIONAL CÓRDOBA. CONVOCATORIA PÚBLICA No. CIT PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA

REGIONAL CÓRDOBA. CONVOCATORIA PÚBLICA No. CIT PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA CONVOCATORIA PÚBLICA No. CIT 002-2012 PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA CONTRATAR A PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FÓRMULA DE REAJUSTE, LAS OBRAS DE MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN DE LAS UNIDADES

Más detalles

AVISO DE CONVOCATORIA PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR MENOR CUANTÍA SAMC No

AVISO DE CONVOCATORIA PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR MENOR CUANTÍA SAMC No AVISO DE CONVOCATORIA PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR MENOR CUANTÍA SAMC No. 003-2015 1. ENTIDAD CONTRATANTE: Departamento Nacional de Planeación DNP identificado con NIT. 899.999.011-0, ubicado en

Más detalles

RESOLUCIÓN No. DE 2016

RESOLUCIÓN No. DE 2016 POR LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN PUBLICA No. 001 DEL 2016, MODALIDAD SELECCIÓN ABREVIADA MEDIANTE SUBASTA INVERSA PRESENCIAL. EL RECTOR DE LA En ejercicio de sus facultades

Más detalles

APRENDA A LICITAR POR: GONZALO LÓPEZ GAVIRIA LICITACIONES Y GESTIÓN DE PROYECTOS S.A.S.

APRENDA A LICITAR POR: GONZALO LÓPEZ GAVIRIA LICITACIONES Y GESTIÓN DE PROYECTOS S.A.S. APRENDA A LICITAR POR: GONZALO LÓPEZ GAVIRIA LICITACIONES Y GESTIÓN DE PROYECTOS S.A.S. www.lgpsas.co GONZALO LÓPEZ GAVIRIA Administrador de Empresas Agropecuarias C.U. LASALLISTA Diplomatura en Mercadeo

Más detalles

Cra 30 # 8-49 Puerto Colombia Atlántico - Colombia PBX: (5) Ext: 1055

Cra 30 # 8-49 Puerto Colombia Atlántico - Colombia PBX: (5) Ext: 1055 Respuesta observaciones presentadas por SEGURIDAD SUPERIOR a la Invitación Pública de Mayor Cuantía No. 03 de 2018, que tiene por objeto: PRESTAR EL SERVICIO DE VIGILANCIA FIJA, MOVIL Y CANINA, CON Y SIN

Más detalles

AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 07 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL

AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 07 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL SEDE Vereda Travesías San Cristóbal Medellín. AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 07 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERISTICAS

Más detalles

AGUAS DE CÓRDOBA S.A. E.S.P.

AGUAS DE CÓRDOBA S.A. E.S.P. AGUAS DE CÓRDOBA S.A. E.S.P. INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACION DE LOS FACTORES TECNICOS Y DE PRECIO INVITACION PUBLICA 007-2011 OBJETO: INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA

Más detalles

DECRETO 734 DE (Abril 13)

DECRETO 734 DE (Abril 13) Page 1 of 135 Régimen Legal de Bogotá D.C. Propiedad de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Decreto 734 de 2012 Nivel Nacional Fecha de Expedición: 13/04/2012 Fecha de Entrada en

Más detalles

RESPUESTA A OBSERVACIONES. b) REQUISITOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN:

RESPUESTA A OBSERVACIONES. b) REQUISITOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN: RESPUESTA A OBSERVACIONES Mayo 25 de 2017 SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS No. 004 DE 2017 PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE PARA EL BALANCE DE CARGA Y SUS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS AL SISTEMA DE BICICLETAS

Más detalles

Junta de Licitaciones y contratos

Junta de Licitaciones y contratos 2.1. CRONOGRAMA El proceso de selección se llevará a cabo en las fechas, sitios y horas que se establecen a continuación: ACTIVIDAD FECHA LUGAR Publicación y consulta pliego de condiciones del 24 de Noviembre

Más detalles

INFORME DE EVALUACIÓN PROCESO DE SELECCIÓN SIMPLIFICADO No 03 de 2016 OBJETO:

INFORME DE EVALUACIÓN PROCESO DE SELECCIÓN SIMPLIFICADO No 03 de 2016 OBJETO: Medellín 6 de Abril de 2016 INFORME DE EVALUACIÓN PROCESO DE SELECCIÓN SIMPLIFICADO No 03 de 2016 OBJETO: SUMINISTRO DE INSUMOS BÁSICOS DE PAPELERÍA, CAFETERÍA, ASEO Y BOTIQUÍN PARA EL FUNCIONAMIENTO DE

Más detalles

REPUBLICA DE COLOMBIA I DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION DECRETO NUMERO 2434 DE JUL 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

REPUBLICA DE COLOMBIA I DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION DECRETO NUMERO 2434 DE JUL 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA REPUBLICA DE COLOMBIA I DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION DECRETO NUMERO 2434 DE 2006 18 JUL 2006 "Por el cual se reglamenta la ley 80 de 1993, se modifica parcialmente el decreto 2170 de 2002 y se dictan

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL CAUCA CENTRO AGROPECUARIO AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA

REPÚBLICA DE COLOMBIA SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL CAUCA CENTRO AGROPECUARIO AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA REPÚBLICA DE COLOMBIA SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA REGIONAL CAUCA CENTRO AGROPECUARIO AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL No.CA-C-001-2013 Contratar

Más detalles

FUENTES DE INFORMACIÓN

FUENTES DE INFORMACIÓN OBSERVATORIO A LA TRANSPARENCIA DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL INFORMACIÓN GENERAL FUENTES DE INFORMACIÓN Visibilizar el proceso y estado de la contratación del Distrito de Cartagena de Indias con el fin de

Más detalles

Soluciones que transforman

Soluciones que transforman GOILERNACIÓM ADENDA 001 PROCESO LICITACION PUBLICA NÚMERO 053 DE 2018 OBJETO: "PRESTACIÓN DE SERVICIOS LOGÍSTICOS, OPERATIVOS Y TECNICOS PARA GARANTIZAR LA DIFUSIÓN, COORDINACION Y ORGANIZACIÓN DE LAS

Más detalles

AVISO DE CONVOCATORIA. LICITACION PÚBLICA No

AVISO DE CONVOCATORIA. LICITACION PÚBLICA No b NACIONAL INSTITI.TTO DE SALUD AVISO DE CONVOCATORIA LICITACION PÚBLICA No. 03-2016 El Instituto Nacional de Salud - INS - se permite convocar a los interesados en participar en el proceso de contratación

Más detalles

INVITACIÓN PUBLICA 044 DEL 2010 DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 2 DEL DECRETO 3576 DE 2009 EL MUNICIPIO DE VILLAVIEJA INVITA

INVITACIÓN PUBLICA 044 DEL 2010 DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 2 DEL DECRETO 3576 DE 2009 EL MUNICIPIO DE VILLAVIEJA INVITA INVITACIÓN PUBLICA 044 DEL 2010 DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 2 DEL DECRETO 3576 DE 2009 EL MUNICIPIO DE VILLAVIEJA INVITA PARA QUE LOS INTERESADOS PRESENTEN PROPUESTAS PARA SELECCIONAR A LOS CONTRATISTAS

Más detalles

Instituto Nacional de Vias GESTIÓN CONTRACTUAL AVISO CONVOCATORIA CONCURSO DE MERITOS ABIERTO CONCURSO DE MERITOS ABIERTO

Instituto Nacional de Vias GESTIÓN CONTRACTUAL AVISO CONVOCATORIA CONCURSO DE MERITOS ABIERTO CONCURSO DE MERITOS ABIERTO AVISO CONVOCATORIA CONCURSO DE MERITOS PÁGINA 1 DE 1 CONCURSO DE MERITOS EL INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS-INVIAS CONVOCA: A las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, consorcios y Uniones

Más detalles

TABLA DE RETENCIÓN DOCUMENTAL UNIPAZ

TABLA DE RETENCIÓN DOCUMENTAL UNIPAZ Hoja 1 de 8 ACTAS 2 18 X X Refleja historia institucional Actas Consejo Académico Actas Actas Consejo Directivo Actas Consejo Directivo Actas de Grado Actas Actas de Posesion Personal Administrativo Fondos

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA 1. OBJETO:

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA 1. OBJETO: 1. OBJETO: Seleccionar mediante el procedimiento de selección abreviada por subasta inversa, la oferta más favorable para CORMAGDALENA, para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas

Más detalles

AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 04 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL (DECRETO 1510 DE 2013)

AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 04 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL (DECRETO 1510 DE 2013) SEDE Vereda Travesías San Cristóbal Medellín. AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 04 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL (DECRETO 1510 DE 2013) ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS

Más detalles

ACUERDO No 044 DE 2005 (28 de Octubre)

ACUERDO No 044 DE 2005 (28 de Octubre) ACUERDO No 044 DE 2005 (28 de Octubre) Por medio del cual se modifica parcialmente el acuerdo 021 de fecha 1 de junio de 2005, mediante el cual se expidió el Estatuto de Contratación de la Universidad

Más detalles

AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 06 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL

AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 06 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL SEDE Vereda Travesías San Cristóbal Medellín. AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 06 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERISTICAS

Más detalles

AVISO CONVOCATORIA PÚBLICA

AVISO CONVOCATORIA PÚBLICA AVISO CONVOCATORIA PÚBLICA LICITACIÓN PÚBLICA Nº LP-004-2016 La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas en observancia de lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082

Más detalles

INVITACION PÚBLICA MEDIANTE SUBASTA INVERSA PRESENCIAL No. 21 DE 2009

INVITACION PÚBLICA MEDIANTE SUBASTA INVERSA PRESENCIAL No. 21 DE 2009 INVITACION PÚBLICA MEDIANTE SUBASTA INVERSA PRESENCIAL No. 21 DE 2009 INVITACION PÚBLICA A PRESENTAR OFERTA PARA EL SUMINISTRO DE ELEMENTOS DEPORTIVOS CON DESTINO A LA COPA NAVIDEÑA REQUISITOS Y CONDICIONES

Más detalles

MUNICIPIO DE ROLDANILLO VALLE DEL CAUCA GESTION DOCUMENTAL

MUNICIPIO DE ROLDANILLO VALLE DEL CAUCA GESTION DOCUMENTAL Página 1 de 8 PROCESO DE SUBASTA INVERSA DE MINIMA CUANTIA El Municipio de Roldanillo, Departamento del Valle del Cauca está interesado en contratar el "SERVICIO DE APOYO EN CUANTO A LA REVISIÓN, ORGANIZACIÓN

Más detalles

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN D.C. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN OFICINA DE CONTRATOS OFICINA DE APOYO PRECONTRACTUAL CONTRATACION ESTATAL

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN D.C. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN OFICINA DE CONTRATOS OFICINA DE APOYO PRECONTRACTUAL CONTRATACION ESTATAL SECRETARÍA DE EDUCACIÓN D.C. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN OFICINA DE CONTRATOS OFICINA DE APOYO PRECONTRACTUAL CONTRATACION ESTATAL NORMATIVIDAD GENERAL Constitución Política Ley 80 de 1993 Ley 1150 de 2007

Más detalles

CONSORCIO COLOMBIA, CONFORMADO POR ENRIQUE MOLANO VENEGAS Y JAIME EDUARDO LEAL ESCOBAR ENRIQUE MOLANO VENEGAS, CON C.C. No

CONSORCIO COLOMBIA, CONFORMADO POR ENRIQUE MOLANO VENEGAS Y JAIME EDUARDO LEAL ESCOBAR ENRIQUE MOLANO VENEGAS, CON C.C. No CONVOCATORIA PÚBLICA No. 1 DE 2011 LISTA MULTIUSOS PARA CONTRATAR ADECUACIONES MENORES EVALUACIÓN JURÍDICA Cumple 1.12. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR a. ENRIQUE MOLANO VENEGAS Podrán participar todas las personas

Más detalles

AVISO DE CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA N 001 DE 2015.

AVISO DE CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA N 001 DE 2015. La Secretaria General de la Alcaldía Distrital de Barranquilla, en uso de sus facultades legales en especial las consagradas en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y Decreto 1510 de 2013 y Decreto Distrital

Más detalles

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA Bogotá D.C.29-07-2014 AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN SF.PSA-020-2014 De conformidad

Más detalles

INSTITUCIÓN EDUCATIVA NIT: DANE: AVISO DE INVITACIÓN PÜBLICA N 11 DE 2017 Medellín, Julio 06 de 2017

INSTITUCIÓN EDUCATIVA NIT: DANE: AVISO DE INVITACIÓN PÜBLICA N 11 DE 2017 Medellín, Julio 06 de 2017 AVISO DE INVITACIÓN PÜBLICA N 11 DE 2017 Medellín, Julio 06 de 2017 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA (DECRETO 1510 DE 2013, CAPITULO V) 1. OBJETO En desarrollo de sus competencias, la Institución Educativa INSTITUCION

Más detalles

Con identificación DANE NIT FECHA: 03 de Mayo de 2017

Con identificación DANE NIT FECHA: 03 de Mayo de 2017 FECHA: 03 de Mayo de 2017 No: JDC2018-004 ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERISTICAS TECNICAS UNIFORMES Y COMUN UTILIZACION HASTA LA CUANTÍA DE 20 SMLMV INFORMACIÒN GENERAL 1. MODALIDAD DE SELECCIÓN

Más detalles

LICITACIÓN PÚBLICA No. RAM-UAECOB-02 DE 2010 ADENDO 01

LICITACIÓN PÚBLICA No. RAM-UAECOB-02 DE 2010 ADENDO 01 LICITACIÓN PÚBLICA No. RAM-UAECOB-02 DE 2010 ADENDO 01 FINANCIERA AL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PARA CONSTRUCCIÓN DEL COMANDO DE BOMBEROS Y LA SUSCRITO CON LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CUERPO

Más detalles

AVISO DE INVITACIÓN PUBLICA

AVISO DE INVITACIÓN PUBLICA Página 1 de 6 AVISO DE INVITACIÓN PÜBLICA N I.E.P. 17 DE Medellín, Noviembre 17 de 1. OBJETO La Institución Educativa LA PRESENTACIÒN del Municipio de Medellín, requiere la contratación del servicio de

Más detalles

FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA FUERZA AEREA AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA

FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA FUERZA AEREA AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA FUERZAS MILITARES COLOMBIA FUERZA AEREA AVISO CONVOCATORIA PÚBLICA NUMERO: OBJETO: 018-00-G-CACOM-4-GRUAL-2015 CONTRATAR, EN NOMBRE LA NACIÓN MINISTERIO FENSA NACIONAL FUERZA AÉREA COLOMBIANA COMANDO AEREO

Más detalles

INVITACIÓN PÚBLICA Nº (25 DE NOVIEMBRE DE

INVITACIÓN PÚBLICA Nº (25 DE NOVIEMBRE DE INVITACIÓN PÚBLICA Nº 254 2010 (25 DE NOVIEMBRE DE 2010) PROCESO DE SELECCIÓN QUE NO EXCEDE EL (10%) DE LA MENOR CUANTÍA DEL MUNICIPIO DE CORDOBA BOLIVAR CUYO OBJETO ES EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE BOMBILLOS

Más detalles

ADENDA 2 SOLICITUD PRIVADA DE OFERTA SPVA

ADENDA 2 SOLICITUD PRIVADA DE OFERTA SPVA ADENDA 2 SOLICITUD PRIVADA DE OFERTA SPVA 2016-98 Mediante la presente adenda se modifica en el documento de condiciones de la 2016-98, cuyo objeto es INSTALACIONDEL SISTEMA DE ALARMAS COMUNITARIAS DEL

Más detalles

LICITACIÓN No , cuyo objeto es: Suministro de llantas para toda la flota de SATENA

LICITACIÓN No , cuyo objeto es: Suministro de llantas para toda la flota de SATENA PAG: 1-5 LICITACIÓN No. 005-2013, cuyo objeto es: Suministro de llantas para toda la flota de SATENA En virtud del numeral 2.6 del pliego de condiciones del presente proceso de selección y teniendo en

Más detalles

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA Bogotá D.C. 02-07-2015 SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN SF.PSA-020-2015 De conformidad

Más detalles

MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO

MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO D I A R I O O F I C I A L N o. 4 8. 2 4 1 D E 2 0 1 1 MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO RESOLUCIÓN 0032 (Octubre 28 de 2011) Por la cual se modifican los artículos 12, 15, 42, 44 y 45 de la Resolución

Más detalles

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN D.C. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN D.C. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN SECRETARÍA DE EDUCACIÓN D.C. DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN TEMÁTICA Los módulos y temas a desarrollar en el seminario-taller de capacitación, son los siguientes: Marco legal Principios Fines de la contratación

Más detalles

1.2 PLIEGO DE RÉGIMEN ESPECIAL PARA LA

1.2 PLIEGO DE RÉGIMEN ESPECIAL PARA LA 1.2 PLIEGO DE RÉGIMEN ESPECIAL PARA LA EJECUCION DE OBRAS, ADQUISICION DE BIENES, Y/O PRESTACION DE SERVICIO, INCLUIDOS CONSULTORIA, CALIFICADOS PARA LA SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA DEL ESTADO INTRODUCCIÓN:

Más detalles

03 DE ABRIL DE 2014 Página 1 de 5

03 DE ABRIL DE 2014 Página 1 de 5 INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVA INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE SALUD EN LA CIUDAD DE GARZÓN HUILA, DE: CONSULTA AMBULATORIA POR MEDICINA GENERAL Y ESPECIALIZADA, AYUDAS DIAGNOSTICAS

Más detalles

AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 05 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL (DECRETO 1510 DE 2013)

AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 05 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL (DECRETO 1510 DE 2013) SEDE Vereda Travesías San Cristóbal Medellín. AVISO DE INVITACION PÚBLICA Nº 05 Medellín, 13 de agosto de 2018 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA REGIMEN ESPECIAL (DECRETO 1510 DE 2013) ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS

Más detalles

CONTRATACION ESTATAL SELECCION DEL CONTRATISTA

CONTRATACION ESTATAL SELECCION DEL CONTRATISTA CONTRATACION ESTATAL SELECCION DEL CONTRATISTA 1. MODOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA LICITACION PUBLICA (Regla) LICITACIÓN PRIVADA CONCURSO DE PRECIOS CONTRATACION DIRECTA (Excepción) CONCURSO DE MERITOS

Más detalles

AVISO DE CONVOCATORIA LICITACIÓN PÚBLICA No

AVISO DE CONVOCATORIA LICITACIÓN PÚBLICA No 1 5 AVISO DE CONVOCATORIA LICITACIÓN PÚBLICA No.001-2016 La fundación universidad l valle realiza convocatoria pública l proceso selección 001-2016, conformidad con el artículo 30 Ley 80 1993. OBJETO:

Más detalles

INSTRUCTIVO ETAPA PRECONTRACTUAL

INSTRUCTIVO ETAPA PRECONTRACTUAL Entrega Urbanización Pelícanos Una obra posible gracias a: Medellín, Antioquia FONDO ADAPTACIÓN MANUAL DE CONTRATACIÓN Sección II: Contrataciones Régimen Público para los Recursos de Funcionamiento INSTRUCTIVO

Más detalles

INSTITUCIÓN EDUCATIVA KENNEDY ESTUDIOS PREVIOS. Definición de la necesidad que la Institución Educativa pretende satisfacer con la contratación:

INSTITUCIÓN EDUCATIVA KENNEDY ESTUDIOS PREVIOS. Definición de la necesidad que la Institución Educativa pretende satisfacer con la contratación: INSTITUCIÓN EDUCATIVA KENNEDY ESTUDIOS PREVIOS FECHA: 30 de agosto de 2016 1 Definición de la necesidad que la Institución Educativa pretende satisfacer con la contratación: El desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE MINIMA CUANTÍA

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE MINIMA CUANTÍA SELECCIÓN DE MINIMA ELABORO: JEFE CONTRATACION REVISO: JEFE CONTRATACION APROBO: SECRETARIA GENERAL Fecha de Aprobación: DD: 15 MM: 01 AAAA: 2013 PÁGINA 2 DE 10 1. OBJETIVO Definir el trámite aplicable

Más detalles

Contratación Pública por Medios Electrónicos

Contratación Pública por Medios Electrónicos Contratación Pública por Medios Electrónicos Dra. Claudia Patricia Barrantes Venegas Especialista y Magister en Derecho Administrativo Directora Asociada Godoy & Hoyos Abogados SAS Artículo 7.1.1. Definición

Más detalles

ASOCIACIONES PUBLICO PRIVADAS. 1. Antecedentes. 2. Concepto. 3. Iniciativa. 4. Que es RUAPP

ASOCIACIONES PUBLICO PRIVADAS. 1. Antecedentes. 2. Concepto. 3. Iniciativa. 4. Que es RUAPP ASOCIACIONES PUBLICO PRIVADAS 1. Antecedentes. 2. Concepto. 3. Iniciativa. 4. Que es RUAPP Asociaciones Público Privadas 1. Antecedentes LEY 80 Las personas interesadas en celebrar contratos de concesión

Más detalles

INSTITUCION EDUCATIVA ALFONSO UPEGUI OROZCO

INSTITUCION EDUCATIVA ALFONSO UPEGUI OROZCO AVISO DE INVITACIÓN PÜBLICA N 23-15 MEDELLIN, 26 DE OCTUBRE DE 2015 SELECCIÓN MINIMA CUANTIA (DECRETO 1082 DE MAYO 26 DE 2015) 1. OBJETO 2. En desarrollo de sus competencias, la Institución Educativa INSTITUCION

Más detalles

ADENDA No Se modifica el numeral 11 CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA, el cual quedara así:

ADENDA No Se modifica el numeral 11 CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA, el cual quedara así: Adenda No. 01 Invitación abierta No. 001 Inspección y Avaluó Técnico de Bienes Inmuebles Encargo Fiduciario SALUDCOOP EPS-INMUEBLES No. 3-1-60652 ADENDA No. 001 Invitación abierta No. 001 Inspección y

Más detalles

RUP (DPN 2012) Título VI Decreto 734 de 2012 Aspectos Relevantes de la Reforma

RUP (DPN 2012) Título VI Decreto 734 de 2012 Aspectos Relevantes de la Reforma RUP (DPN 2012) Título VI Decreto 734 de 2012 Aspectos Relevantes de la Reforma Aspectos objeto de reforma Régimen Legal del Registro Único de Proponentes Régimen Reglamentario del Registro Único de Proponentes

Más detalles

RTVC. RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN

RTVC. RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN RTVC. RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN Artículo 85 Ley 489 de 1998: las empresas industriales y comerciales del Estado son organismos creados por la ley o autorizados por ésta, que desarrollan actividades de naturaleza

Más detalles

AVISO DE CONVOCATORIA (art Decreto 1082 de 2015) LICITACIÓN PÚBLICA Nº

AVISO DE CONVOCATORIA (art Decreto 1082 de 2015) LICITACIÓN PÚBLICA Nº AVISO DE CONVOCATORIA (art. 2.2.1.1.2.1.2 Decreto 1082 de 2015) LICITACIÓN PÚBLICA Nº 19-2017 1. El nombre y dirección de la Entidad Estatal: UNIVERSIDAD DEL CAUCA VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA - CALLE

Más detalles

AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA

AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA Página 1 5 LA AUTORIDAD NACIONAL DE TELEVISIÓN UBICADA EN CALLE 72 No. 12-77 DE BOGOTÁ SE PERMITE CONVOCAR A LOS INTERESADOS A PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN BAJO LA MODALIDAD DE SUBASTA INVERSA

Más detalles

RESPUESTA A OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PLIEGOS DE CONDICIONES DEL PROCESO DEL CONCURSO DE MERITOS No. 01 DE 2013

RESPUESTA A OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PLIEGOS DE CONDICIONES DEL PROCESO DEL CONCURSO DE MERITOS No. 01 DE 2013 Página 1 de 5 RESPUESTA A OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PLIEGOS DE CONDICIONES DEL PROCESO DEL CONCURSO DE MERITOS No. 01 DE 2013 OBJETO: CONTRATAR LA ASESORÍA, ADMINISTRACIÓN Y MANEJO DEL PROGRAMA DE SEGUROS

Más detalles

CONTRATACION DE OBRA ARTÍSTICA, LITERARIA O CIENTIFICA

CONTRATACION DE OBRA ARTÍSTICA, LITERARIA O CIENTIFICA PLIEGO DE RÉGIMEN ESPECIAL PARA LA CONTRATACION DE OBRA ARTÍSTICA, LITERARIA O CIENTIFICA INTRODUCCIÓN: El PLIEGO que contiene las condiciones de participación del presente procedimiento de contratación

Más detalles

TERMINAL DE TRANSPORTES DE PEREIRA S.A. CONVOCA A:

TERMINAL DE TRANSPORTES DE PEREIRA S.A. CONVOCA A: TERMINAL DE TRANSPORTES DE PEREIRA S.A. CONVOCA A: CONTRATAR A TODO COSTO LAS OBRAS PAVIMENTACIÓN ÁREA DE PARQUEADEROS NORTE Y SUR EN LA TERMINAL DE TRANSPORTES DE PEREIRA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTA No.

Más detalles

INVITACIÓN PÚBLICA NºJDC

INVITACIÓN PÚBLICA NºJDC INVITACIÓN PÚBLICA NºJDC2017-013 FECHA: 05 de Octubre de 2017 ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERISTICAS TECNICAS UNIFORMES Y COMUN UTILIZACION HASTA LA CUANTÍA DE 20 SMLMV INFORMACIÒN GENERAL

Más detalles

INSTITUCION EDUCATIVA ESCUELA NACIONAL AUXILIARES DE ENFERMERIA NIT Cra 24 A Nr Barrio Palermo Tel

INSTITUCION EDUCATIVA ESCUELA NACIONAL AUXILIARES DE ENFERMERIA NIT Cra 24 A Nr Barrio Palermo Tel INVITACIÓN PÚBLICA CONTRATACIÓN EG -016-2015 En la presente Convocatoria Pública pueden participar personas naturales, jurídicas, nacionales o extranjeras, en forma individual, en consorcio o en unión

Más detalles

INVITACION A PRESENTAR PROPUESTA

INVITACION A PRESENTAR PROPUESTA INVITACION A PRESENTAR PROPUESTA De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2 del Decreto 3576 de 2009, que modificó el parágrafo 1º del artículo 9 del Decreto 2025 de 2009, el suscrito Jefe de la

Más detalles

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO ICA INVITA

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO ICA INVITA INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO ICA INVITA A TODOS LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MÍNIMA CUANTÍA No. CCQ-MC-CV-003-2010 OBJETO: SELECCIONAR EL CONTRATISTA QUE LE

Más detalles

Respuestas a preguntas y/o aclaraciones

Respuestas a preguntas y/o aclaraciones Términos de Referencia para contratar los servicios de evaluación integral y selección de propuestas que se presenten en el marco de los instrumentos, invitaciones y convocatorias adelantadas por FIDUCOLDEX

Más detalles

INVITACIÓN PÚBLICA No. 08 de 2017.

INVITACIÓN PÚBLICA No. 08 de 2017. INVITACIÓN PÚBLICA No. 08 de 2017. OBJETO: EL FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECUARIO FINAGRO, ESTA INTERESADO EN RECIBIR OFERTAS PARA REALIZAR LA CONTRATACIÓN DE UNO O VARIOS OPERADORES FORESTALES

Más detalles

INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ IGNACIO LÓPEZ Sincelejo Educamos para la Excelencia

INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ IGNACIO LÓPEZ Sincelejo Educamos para la Excelencia AVISO DE INVITACIÓN PÜBLICA N 2018-007 REGIMEN ESPECIAL (LEY 715- DECRETO 4791 Y REGLAMENTO EXPEDIDO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCION PARA LA ADQUISICION DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS HASTA 20

Más detalles

En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad Por un País sin corrupción.

En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad Por un País sin corrupción. Página 1 de 5 AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA LICITACIÓN PÚBLICA No. 03 DE 2016 La Superintendencia de Sociedades, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 2.2.1.1.2.1.2. del Decreto 1082 de 2015 y

Más detalles

LEY No. 349 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA HA DICTADO

LEY No. 349 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA HA DICTADO ASAMBLEA NACIONAL LEY No. 349 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades; La siguiente:

Más detalles

INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA AGROPECUARIA MARIANO MELENDRO Nit: Código Dane: Resolución Noviembre 29 de 2016

INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA AGROPECUARIA MARIANO MELENDRO Nit: Código Dane: Resolución Noviembre 29 de 2016 INVITACION PUBLICA No. 02 de 2018 Fecha Enero 22 de 2018 La INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA AGROPECUARIA del Municipio de Ibagué, invita a las personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras,

Más detalles

relacionan a continuación.

relacionan a continuación. 1 INVITACION APRESENTAR PROPUESTA PARA ADQUISIÓN DE BIENES DE CARACTERISTICAS TECNICAS ONIFORMES CUYO VALOR NO EXCEDE DEL 10% DE LA MENOR CUANTIA: SE CONVOCA A LAS VEEDURIAS CIUDADANAS QUE SE ENCUENTREN

Más detalles

INSTITUCIÓN EDUCATIVA BENEDIKTA ZUR NIEDEN

INSTITUCIÓN EDUCATIVA BENEDIKTA ZUR NIEDEN INSTITUCIÓN EDUCATIVA BENEDIKTA ZUR NIEDEN AVISO DE INVITACIÓN PÜBLICA N 84 de (3 A 5 DE AGOSTO DE ) Proceso de Selección Inferior a 20 SMLMV 1. OBJETO En desarrollo de sus competencias, la Institución

Más detalles

UBICACIÓN GEOGRÁFICA DESCRIPCIÓN PREDIO EN ÁREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA

UBICACIÓN GEOGRÁFICA DESCRIPCIÓN PREDIO EN ÁREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA MODIFICACION No. 2 ANUNCIO PÚBLICO ADQUISICION DE UN PREDIO PARA LA CONSTRUCCION DE LA SEDE EXTRAMURAL DEL INSTITUTO DE LENGUAS DE LA UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER, EN EL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA.

Más detalles

COLEGIO DE BOYACA. INVITACIÓN PÚBLICA No. 30 DE 2010

COLEGIO DE BOYACA. INVITACIÓN PÚBLICA No. 30 DE 2010 04-30 Página 1 de 6 SELECCIÓN ABREVIADA MÍNIMA CUANTÍA SUBASTA INVERSA (SUMINISTRO DE BIENES Y SERVICIOS DE CONDICIONES TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN) PLIEGOS DEFINITIVOS 1. DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

RESOLUCIÓN No 385 DE ( 20 de Noviembre ) LA GERENTE DE RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No 385 DE ( 20 de Noviembre ) LA GERENTE DE RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No 385 DE 2013 ( 20 de Noviembre ) Por medio de la cual se adjudica el proceso de selección, cuyo objeto es Radio Televisión Nacional de Colombia- RTVC, requiere contratar la elaboración de

Más detalles

Con la presente la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) da respuesta a las preguntas allegadas así:

Con la presente la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) da respuesta a las preguntas allegadas así: Bogotá D.C., 19 de febrero de 2016 Señor(a) PROVEEDORES Ciudad RESPUESTAS A PREGUNTAS ALLEGADAS: INVITACIÓN PÚBLICA A PROPONER PARA LA CONTRATACIÓN DE ENCUESTAS CIUDADANAS Y EMPRESARIALES SOBRE PERCEPCIÓN

Más detalles

MANEJO DE LICITACIONES ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE CONTRATOS

MANEJO DE LICITACIONES ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE CONTRATOS MANEJO DE LICITACIONES ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE CONTRATOS LICITACIONES EN EL DERECHO PRIVADO Código de Comercio, Artículo 860. En todo género de licitaciones, públicas o privadas, el pliego de cargos

Más detalles

AVISO DE CONVOCATORIA

AVISO DE CONVOCATORIA Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo Nacional de Estadística FONDANE La Entidad atenderá a los interesados durante el proceso de contratación

Más detalles

ASUNTO: Solicitud concepto jurídico, radicado I. COMPETENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA.

ASUNTO: Solicitud concepto jurídico, radicado I. COMPETENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA. Señor JOHN ALEJANDRO JIMÉNEZ SÁNCHEZ alejandrojsa@yahoo.com ASUNTO: Solicitud concepto jurídico, radicado 2013200011148 Respetado señor Jiménez: I. COMPETENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA. La

Más detalles

DECRETO NÚMERO 1510 DE 2013 (Julio 17) DIARIO OFICIAL DE JULIO 17 DE 2013 POR EL SE REGLAMENTAN EL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA.

DECRETO NÚMERO 1510 DE 2013 (Julio 17) DIARIO OFICIAL DE JULIO 17 DE 2013 POR EL SE REGLAMENTAN EL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA. DECRETO NÚMERO 1510 DE 2013 (Julio 17) DIARIO OFICIAL 48.854 DE JULIO 17 DE 2013 POR EL SE REGLAMENTAN EL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio

Más detalles