SOLICITANTE : OPERACIONES FUNERARIAS S.A.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "SOLICITANTE : OPERACIONES FUNERARIAS S.A."

Transcripción

1 SOLICITANTE : OPERACIONES FUNERARIAS S.A. Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad Interpretación de las normas relativas al lema comercial realizada por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina Lima, veinte de junio de dos mil dos I. ANTECEDENTES Con fecha 12 de diciembre del 2001, Operaciones Funerarias S.A. (Perú) solicitó el registro del lema comercial PRIMERA ORGANIZACIÓN PERUANA DE CAMPOSANTOS, para usarse como complemento de la marca de servicio JARDINES DE LA PAZ y logotipo, registrada bajo certificado N 9300, que distingue servicios de exequias; pompas fúnebres; establecimientos funerarios, camposantos y crematorios; salas de velación, de la clase 42 de la Nomenclatura Oficial. Mediante Resolución N /OSD-INDECOPI de fecha 25 de marzo del 2002, la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro solicitado. Consideró que el lema comercial PRIMERA ORGANIZACIÓN PERUANA DE CAMPOSANTOS no puede ser admitido a registro, ya que se trata de una expresión que, por ser simple y banal, no podrá reforzar la función encomendada a la marca que pretende complementar; por consiguiente, no podrá ser asociada por el público usuario con un origen empresarial determinado, ni será capaz de contribuir a la diferenciación de los servicios de la solicitante con relación a los de otros competidores. Señaló que es usual y esperado el empleo de estos términos en la promoción de los servicios de pompas fúnebres, camposantos, crematorios, salas de velación y similares. Así, la frase indica sin fantasía alguna los servicios que se ofrecen con la marca a publicitar, dando a entender que quienes los soliciten estarán adquiriendo un servicio de un nivel superior al promedio, en comparación con otros servicios similares ofrecidos en el mercado. En tal sentido, concluyó que la frase en cuestión resulta carente de toda aptitud distintiva y que, además, es usual en la publicidad utilizada por los ofertantes de los servicios que distingue la marca que se pretende publicitar. Con fecha 17 de abril del 2002, Operaciones Funerarias S.A. interpuso recurso de apelación manifestando que la Oficina de Signos Distintivos ha incurrido en error, pues ha hecho el examen de registrabilidad como si se tratara de un signo distintivo plenamente autónomo, independiente, cuando en realidad el examen debió hacerse respetando la naturaleza complementaria o accesoria del lema comercial; es decir, dicho análisis debió practicarse de manera concordada con la marca que se pretende complementar. Indicó que el lema comercial sólo existe en la medida que existe una marca, ya que es de naturaleza accesoria y, por lo tanto, todo análisis sobre el mismo debe hacerse teniendo en consideración su razón de ser, esto es, la marca que pretende reforzar. En ese sentido, no puede pretenderse que el lema comercial reúna la distintividad que le es exigida a la marca, ya que es un complemento de la misma, precisando que - en la medida que añadido o integrado a ella - permita identificar su 1-7

2 servicio en el mercado es distintivo y, por ende, susceptible de registro. Señaló que la Oficina incurre en error cuando señala que la frase PRIMERA ORGANIZACIÓN PERUANA DE CAMPOSANTOS es una frase usual en la promoción de camposantos, ya que tratándose de servicios, el concepto de antigüedad sí es distintivo, porque está ligado al mayor conocimiento y experiencia y, en consecuencia, induce a pensar en un mejor y determinado servicio. Aclaró que JARDINES DE LA PAZ ha sido la primera marca de camposantos establecidos en el Perú y antes de ella no había otra; en tal sentido, sólo la marca JARDINES DE LA PAZ puede hacer en su publicidad una afirmación o frase similar, ya que cualquier marca distinta a la suya que la invoque estaría haciendo referencia a un hecho falso y, por lo tanto, engañoso. II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN La Sala de Propiedad Intelectual deberá determinar si el lema comercial PRIMERA ORGANIZACIÓN PERUANA DE CAMPOSANTOS reúne los requisitos de registrabilidad exigidos por la ley. III. ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN DISCUSIÓN 1. Informe de antecedentes Se ha verificado que Operaciones Funerarias S.A. es titular de las siguientes marcas de servicio: a) La denominación JARDINES DE LA PAZ y la figura de un árbol, conforme al modelo, que distingue servicios de exequias; pompas fúnebres; establecimientos funerarios, camposantos y crematorios; salas de velación, de la clase 42 de la Nomenclatura Oficial, registrada el 5 de diciembre de 1991 bajo certificado N 9300, vigente hasta el 5 de diciembre del b) El logotipo conformado por la figura estilizada de una pirámide sobre una línea delgada horizontal y la denominación RINCONADA escrita en letras características mayúsculas sobre la base PRIMERA ORGANIZACIÓN PREVISORA DE SERVICIOS EXEQUIALES escrita en letras características, todo en los colores verde oscuro y blanco, conforme al modelo, que distingue servicios de agencia funeraria, de la clase 42 de la Nomenclatura Oficial, registrada el 13 de marzo del 2002 bajo certificado N 28885, vigente hasta el 13 de marzo del

3 2. Carácter y requisitos de registrabilidad del lema comercial Mediante Resolución N TPI-INDECOPI de fecha 25 de abril de , se estableció con carácter de observancia obligatoria los requisitos de registrabilidad exigidos a los lemas comerciales. Cabe señalar que si bien la mencionada Resolución fue emitida a la luz de la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, teniendo en cuenta que la actual Decisión 486 mantiene el mismo tratamiento legal a los lemas comerciales, y dado el carácter general del precedente, este criterio interpretativo puede ser aplicado al presente caso. En dicha Resolución, la Sala estableció lo siguiente: El objeto de toda publicidad en el tráfico económico es la promoción de las ventas propias. La publicidad busca que el potencial consumidor - a través de información o sugestión - concentre su atención en un producto, servicio o en una empresa, para inducirlo a la adquisición del producto, la contratación del servicio o de la empresa. En tal sentido, el lema comercial - conocido también en la doctrina comparada como frase publicitaria - debe tener capacidad publicitaria a fin de que pueda cumplir su función en el mercado. El lema comercial como signo distintivo constituye un elemento de la propiedad industrial, al cual le son aplicables los requisitos y consecuencias jurídicas de todo signo distintivo en especial y de todo elemento de propiedad industrial en general. Así, para que un lema comercial pueda acceder a registro como un signo distintivo y, consecuentemente se confiera a su titular un derecho exclusivo al uso del mismo, es necesario que éste - al igual que la marca que publicita - sea perceptible, suficientemente distintivo y susceptible de representación gráfica. Además, no debe estar incurso en las causales de prohibición al registro contenidas en los artículos 82 y 83 por remisión del artículo 120 de la Decisión 344 (artículos 135 y 136 por remisión del artículo 179 de la Decisión 486). A este respecto, debe tenerse en cuenta que el derecho de exclusiva que otorga a su titular el registro de un lema comercial supone - además de la facultad de 1 Recaída en el expediente Nº relativo a la solicitud de registro del lema comercial SABOR Y COLOR presentada por Fábrica de Productos Alimenticios Sibarita S.A. Precedente de observancia obligatoria en relación a los requisitos de registrabilidad exigidos al lema comercial, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de junio de 1998 (pp a ). 3-7

4 utilizarlo en el tráfico económico para publicitar determinados productos o servicios y ofrecerlos al público (dimensión positiva del derecho) - una facultad de exclusión o abstención que el titular del lema puede exigir de los terceros (dimensión negativa del derecho), sustrayendo del tráfico económico el uso de los términos, vocablos, frases o gráficos que constituyen el lema con relación a tales productos o servicios. Esto constituye en última instancia una dificultad para que terceros puedan acceder al mercado, y por esta razón se excluye del registro a los lemas que no cumplan con los requisitos para constituirse en signos distintivos. Caso contrario, el derecho exclusivo de un lema tendría efectos anticompetitivos: se privaría a los demás empresarios de un medio indispensable para competir en el mercado. Un lema comercial cumplirá con el requisito de distintividad para acceder al registro en la medida que no sea percibido únicamente como un texto puramente promocional, sino cuando goce en sí mismo de la aptitud distintiva necesaria para permitir su diferenciación en relación a la marca que publicita. Por ello no se podrá registrar como lema comercial una frase simple o banal que sin fantasía alguna se limite a alabar los productos o servicios que se desee publicitar. La distintividad del lema no puede basarse sólo en la presencia de una marca registrada al interior del mismo, ya que con ello se llegaría a una situación absurda: bastaría a la competencia sustituir esa marca por la propia para poder usar el lema registrado sin cometer infracción. La vinculación entre el lema comercial y la marca se produce por el hecho que el primero tiene como función primordial publicitar a la segunda. No en vano se le ha asignado al lema comercial la noción de complementariedad respecto de la marca, así como la supeditación de su existencia a la vigencia de la marca que promociona. 2 No puede tampoco permitirse que el concepto o idea que el lema comercial pretenda transmitir a los consumidores a través de la conjunción de las palabras que lo conforman constituya una expresión genérica o descriptiva en relación a los productos o servicios que la marca que publicita distingue, en la medida que tal circunstancia dificultaría que los competidores puedan promocionar en el correspondiente sector del mercado otra marca de producto o servicio utilizando dicha expresión genérica o descriptiva. Por lo anterior, es mejor dejar libres estas expresiones para que puedan ser utilizadas por todos los competidores. 2 Al respecto, conviene mencionar lo expuesto por Areán Lalín, quien al comentar la relación entre el lema comercial y la marca en el contexto del Régimen Común sobre Propiedad Industrial del Pacto Andino, considera al lema comercial como una figura de muy dudosa autonomía frente a la marca, aunque le reconoce cierta particularidad: En rigor, el lema comercial es un signo seleccionado por un empresario para distinguir sus productos o servicios; y, por tanto, tiene el mismo objeto específico que la marca. De ahí que en Europa se conozca esta modalidad de signo distintivo como marca - slogan; esto es, como una clase o variedad de marcas con una estructura singular (subrayado nuestro). La Protección de los Signos Distintivos en el Comercio, Revista de la Propiedad Industrial, Año 1996, Número 5, Montevideo, Uruguay, p

5 En virtud de las consideraciones anteriores, puede suceder que un lema cumpla perfectamente una función publicitaria en el mercado pero i) carezca de carácter distintivo), ii) designe o describa el producto o servicio al que se refiere o iii) transgreda los derechos de terceros (caso de utilización de un lema que genera un riesgo de confusión con un signo registrado o previamente solicitado) 3. Tales lemas comerciales no pueden acceder al registro. 3. Interpretación de las normas relativas al lema comercial por parte del Tribunal Andino de Justicia de la Comunidad Andina El Tribunal Andino de Justicia de la Comunidad Andina, en el Proceso No. 74-IP relativo a la solicitud de interpretación prejudicial de los artículos 118 y 122 de la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena (contenidos en los mismos términos en los artículos 175 y 179 de la Decisión 486), formulada por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, en el caso del lema comercial: "NADIE VENDE MAS BARATO QUE ELEKTRA" (en el cual la Sala de Propiedad Intelectual aplicó las consideraciones contenidas en el precedente de observancia obligatoria detallados en el punto 2) - interpretó las normas relativas al lema comercial en el sentido siguiente: - La función de complementariedad encomendada al lema comercial implica que éste debe ser capaz de reforzar la distintividad de la marca que publicita. En razón de lo cual, debe gozar por sí mismo, de la distintividad requerida para cumplir dicha función. - Uno de los requisitos que el lema comercial debe cumplir es la aptitud distintiva. Asímismo, con respecto al carácter complementario, implica que su distintividad no puede basarse sólo en la presencia de la marca registrada al interior del mismo; y que tampoco podrán registrarse como lema comercial, las frases simples, comúnmente utilizadas para promocionar productos; las frases sin fantasía alguna que se limiten a alabar los productos o servicios distinguidos con la marca que se publicita; así como las frases genéricas y descriptivas en relación a los productos o servicios que la marca que publicite distinga. - La distintividad es la característica esencial y función primigenia que debe reunir todo signo en el mercado para ser susceptible de registro. Asimismo, el lema debe poseer un mínimo de novedad, esto es, no haber sido utilizado en el mercado. En base a ello determinó lo siguiente: En tal sentido, y al aplicar las normas pertinentes del ordenamiento jurídico andino, la Alta Jurisdicción nacional consultante deberá analizar en el presente caso si el lema comercial "NADIE VENDE MAS BARATO QUE ELEKTRA" cumple con el requisito de distintividad que debe poseer todo signo distintivo para ser registrado, no con la exigencia que le es aplicada a las marcas, pero si determinando que posee un mínimo de distintividad. De esta manera para que un lema llegue a gozar del amparo que le confiere la propiedad industrial, 3 El uso de lemas comerciales que transgreden los derechos de terceros es susceptible de generar una acción por infracción de derechos de propiedad industrial (cuando se infringen derechos de exclusiva). 4 Gaceta Oficial de la Comunidad Andina No. 765 del 27 de febrero de

6 debe ser capaz de distinguir los bienes respectivos (distintividad intrínseca) e igualmente debe poder distinguir dichos bienes de los demás en el mercado (distintividad extrínseca), teniendo presente el comentario supra formulado. La Sentencia en cuestión incluye algunos comentarios de Víctor Bentata 5 sobre el particular, que la Sala considera pertinente reproducir: "El lema, en cuanto marca, y por más débil que ésta sea, debe ser suficientemente distintivo a fin de calificar para su registro. No puede consistir en expresiones genéricas ni descriptivas, ya que ello privaría de la libertad de usarlas a los competidores. Aunque el margen de tolerancia de su distintividad sea grande, mal pudieran funcionar como marcas, expresiones necesarias. Si así no fuese, tampoco tendría el lema, en cuanto tal, la posibilidad de acción por infracción de terceros". "Un malentendido generalizado consiste en varios países en vías de desarrollo, en aceptar al registro cualquier proposición de lema, por más pálido e insignificante que sea, atribuyendo el requerimiento de distintividad a la marca registrada que acompaña por el simple hecho de repetir que es el acompañamiento de una marca. Pero es un error: nada es registrable sin un mínimo de capacidad de diferenciación". Por eso se requiere un mínimo de distintividad y no son registrables simples trivialidades o descripciones del producto o de función". 4. Carácter del lema comercial solicitado. Aplicación al caso concreto En el presente caso, el lema comercial solicitado PRIMERA ORGANIZACIÓN PERUANA DE CAMPOSANTOS constituye una frase laudatoria simple que alude a la actividad económica de su titular (ORGANIZACIÓN DE CAMPOSANTOS), a la calidad y/o la antigüedad de los servicios (PRIMERA) y a su procedencia (PERUANA), por lo que estaría aludiendo a condiciones que no le son exclusivas y que pueden corresponder a los servicios que prestan otros competidores en la misma clase, careciendo por ello de fantasía alguna en relación a los servicios de pompas fúnebres, camposantos, crematorios, salas de velación y similares de la clase 42 de la Nomenclatura Oficial, ya que conforme se ha indicado en el punto 2, el lema no puede estar constituido exclusivamente por expresiones descriptivas en relación a los productos o servicios que pretende publicitar. Respecto a lo señalado por la solicitante en el sentido de que el lema comercial hace referencia a una característica exclusiva de su empresa, en tanto que la marca que pretende publicitar constituye la primera marca de camposantos establecida en el Perú, la Sala conviene en precisar que el término PRIMERA, tal como lo establecido la Resolución N /TPI-INDECOPI 6, alude no sólo al concepto de antigüedad o de primero en el tiempo, sino a excelente, grande y que sobresale y excede a otros 7 ; 5 Bentata, Reconstrucción del Derecho Marcario, Editorial Jurídica Venezolana 1994, pp. 231 y ss. 6 Recaída en el expediente N , relativo a la solicitud de registro de lema comercial FAUCETT PRIMERA LINEA AEREA NACIONAL presentada por Compañía de Aviación Faucett S.A.. 7 Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española, Tomo II, 21 edición, Madrid 1992, p

7 pudiendo ser apreciada por el usuario como una indicación descriptiva de la calidad, valor o jerarquía de la empresa y de los servicios que brinda. En consecuencia, el lema comercial solicitado no cumple con la función de complementariedad de la marca, por cuanto la frase PRIMERA ORGANIZACIÓN PERUANA DE CAMPOSANTOS, no tiene la aptitud de realzar la distintividad de la marca de servicio JARDINES DE LA PAZ. En virtud de lo expuesto, la Sala considera que el lema comercial solicitado se encuentra incurso en la prohibición establecida en el artículo 135 inciso e) de la Decisión 486, careciendo asimismo del requisito de distintividad establecido en el artículo 134 de la Decisión 486, aplicables por remisión del artículo 179 de la Decisión 486, razón por la cual no puede acceder a registro. No obstante lo anterior, la Sala conviene en señalar que la denegatoria del registro del lema comercial PRIMERA ORGANIZACIÓN PERUANA DE CAMPOSANTOS no es impedimento para que Operaciones Funerarias S.A. pueda utilizarlo - tal como manifiesta que lo viene haciendo - en la publicidad y promoción de sus servicios, ya que si bien no resulta registrable, al no cumplir los requisitos de ley, puede ser utilizado, pero sin el carácter de exclusiva que otorga el registro de un signo distintivo 8. IV. RESOLUCIÓN DE LA SALA CONFIRMAR la Resolución N /OSD-INDECOPI de fecha 25 de marzo del 2002 y, en consecuencia, DENEGAR el registro del lema comercial PRIMERA ORGANIZACIÓN PERUANA DE CAMPOSANTOS, solicitado por Operaciones Funerarias S.A. Con la intervención de los vocales: Luis Alonso García Muñoz-Nájar, Luis Abugattás Majluf y Hugo Eyzaguirre del Sante. /vr LUIS ALONSO GARCÍA MUÑOZ-NÁJAR Presidente de la Sala de Propiedad Intelectual 8 El registro de un signo otorga a su titular un derecho de exclusiva, el cual supone, además de la facultad de utilizarlo en el tráfico económico para designar o publicitar determinados productos o servicios y ofrecerlos al público (dimensión positiva del derecho), una facultad de exclusión o abstención que el titular del signo puede exigir de los terceros (dimensión negativa del derecho), sustrayendo del tráfico económico el uso de los términos, vocablos, frases o gráficos que constituyen el signo en relación a tales productos o servicios. 7-7

SOLICITANTE : COMPAÑÍA CERVECERA DEL SUR DEL PERU S.A. (antes Compañía Cervecera del Sur del Perú S.A.A.)

SOLICITANTE : COMPAÑÍA CERVECERA DEL SUR DEL PERU S.A. (antes Compañía Cervecera del Sur del Perú S.A.A.) SOLICITANTE : COMPAÑÍA CERVECERA DEL SUR DEL PERU S.A. (antes Compañía Cervecera del Sur del Perú S.A.A.) DE OFICIO Registro de lema comercial - Falta de distintividad Lima, veinticinco de enero de dos

Más detalles

SOLICITANTE : SOCIETE DES PRODUITS NESTLÉ S.A. Registro de lema comercial - Frases descriptivas - Falta de distintividad

SOLICITANTE : SOCIETE DES PRODUITS NESTLÉ S.A. Registro de lema comercial - Frases descriptivas - Falta de distintividad SOLICITANTE : SOCIETE DES PRODUITS NESTLÉ S.A. Registro de lema comercial - Frases descriptivas - Falta de distintividad Lima, quince de febrero de dos mil dos I. ANTECEDENTES Con fecha 15 de diciembre

Más detalles

SOLICITANTE : SUPERMERCADOS SANTA ISABEL S.A.

SOLICITANTE : SUPERMERCADOS SANTA ISABEL S.A. SOLICITANTE : SUPERMERCADOS SANTA ISABEL S.A. Registro de lema comercial Falta de distintividad Lima, treinta de abril de dos mil dos I. ANTECEDENTES Con fecha 15 de mayo del 2001, Estudio Barreda Moller

Más detalles

SOLICITANTE : BANCO CONTINENTAL. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, veinte de mayo del dos mil cuatro I.

SOLICITANTE : BANCO CONTINENTAL. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, veinte de mayo del dos mil cuatro I. SOLICITANTE : BANCO CONTINENTAL Registro de lema comercial Falta de distintividad Lima, veinte de mayo del dos mil cuatro I. ANTECEDENTES Con fecha 8 de agosto del 2003, Banco Continental (Perú) solicitó

Más detalles

SOLICITANTE : ASOCIACION DE DOCENTES PRE UNIVERSITARIOS CÉSAR VALLEJO. Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad

SOLICITANTE : ASOCIACION DE DOCENTES PRE UNIVERSITARIOS CÉSAR VALLEJO. Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad SOLICITANTE : ASOCIACION DE DOCENTES PRE UNIVERSITARIOS CÉSAR VALLEJO Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad Lima, quince de julio de dos mil dos I. ANTECEDENTES Con

Más detalles

SOLICITANTE : CEMENTOS LIMA S.A. Registro de lema comercial - Carácter descriptivo. Lima, trece de marzo de dos mil nueve. I.

SOLICITANTE : CEMENTOS LIMA S.A. Registro de lema comercial - Carácter descriptivo. Lima, trece de marzo de dos mil nueve. I. SOLICITANTE : CEMENTOS LIMA S.A. Registro de lema comercial - Carácter descriptivo. Lima, trece de marzo de dos mil nueve. I. ANTECEDENTES Con fecha 4 de octubre de 2007, Cementos Lima S.A. (Perú) solicitó

Más detalles

SOLICITANTE : COMERCIAL ECCSA S.A. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, veintidós de febrero del dos mil siete. I.

SOLICITANTE : COMERCIAL ECCSA S.A. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, veintidós de febrero del dos mil siete. I. SOLICITANTE : COMERCIAL ECCSA S.A. Registro de lema comercial Falta de distintividad Lima, veintidós de febrero del dos mil siete. I. ANTECEDENTES Con fecha 21 de julio del 2006, Comercial Eccsa S.A. (Chile)

Más detalles

SOLICITANTE : ELECTROVÍA S.R.L. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, quince de enero del dos mil ocho. I.

SOLICITANTE : ELECTROVÍA S.R.L. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, quince de enero del dos mil ocho. I. SOLICITANTE : ELECTROVÍA S.R.L. Registro de lema comercial Falta de distintividad Lima, quince de enero del dos mil ocho. I. ANTECEDENTES Con fecha 13 de marzo de 2007, Electrovía S.R.L. (Perú) solicitó

Más detalles

Con fecha 15 de abril del 2003, Santiago Cummins Marín interpuso recurso de apelación manifestando lo siguiente:

Con fecha 15 de abril del 2003, Santiago Cummins Marín interpuso recurso de apelación manifestando lo siguiente: SOLICITANTE : SANTIAGO CUMMINS MARÍN Registro de lema comercial Falta de distintividad Lima, ocho de julio de dos mil tres I. ANTECEDENTES Con fecha 8 de enero del 2003, Santiago Cummins Marín (Chile)

Más detalles

SOLICITANTE : LABORATORIO FARMACÉUTICO SAN JOAQUIN ROXFARMA S.A.

SOLICITANTE : LABORATORIO FARMACÉUTICO SAN JOAQUIN ROXFARMA S.A. SOLICITANTE : LABORATORIO FARMACÉUTICO SAN JOAQUIN ROXFARMA S.A. Registro de lema comercial - Carácter descriptivo Lima, veintitrés de enero de dos mil nueve. I. ANTECEDENTES Con fecha 2 de enero de 2008,

Más detalles

SOLICITANTE : NEGOCIOS, CONTACTOS Y FINANZAS S.A. / NCF S.A. Registro de lema comercial Distintividad del signo solicitado

SOLICITANTE : NEGOCIOS, CONTACTOS Y FINANZAS S.A. / NCF S.A. Registro de lema comercial Distintividad del signo solicitado SOLICITANTE : NEGOCIOS, CONTACTOS Y FINANZAS S.A. / NCF S.A. Registro de lema comercial Distintividad del signo solicitado Lima, quince de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES Con fecha 9 de mayo de

Más detalles

SOLICITANTE : UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA

SOLICITANTE : UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA SOLICITANTE : UNIVERSIDAD INCA GARCILASO DE LA VEGA Registro de lema comercial Falta de distintividad Lima, veintiséis de enero del dos mil seis. I. ANTECEDENTES Con fecha 26 de abril del 2005, Universidad

Más detalles

SOLICITANTE : AVENTURA PLAZA S.A. Registro de Lema Comercial Falta de distintividad. Lima, veinticinco de marzo de dos mil nueve. I.

SOLICITANTE : AVENTURA PLAZA S.A. Registro de Lema Comercial Falta de distintividad. Lima, veinticinco de marzo de dos mil nueve. I. SOLICITANTE : AVENTURA PLAZA S.A. Registro de Lema Comercial Falta de distintividad Lima, veinticinco de marzo de dos mil nueve. I. ANTECEDENTES Con fecha 24 de enero de 2008, Aventura Plaza S.A. (Perú)

Más detalles

Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad

Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad SOLICITANTE : SAGA FALABELLA S.A. DE OFICIO Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad Lima, dos de marzo de dos mil uno I. ANTECEDENTES Con fecha 12 de mayo del 2000, Saga

Más detalles

SOLICITANTE : CADENA DE ALIMENTOS STARFOODS S.A.C. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad

SOLICITANTE : CADENA DE ALIMENTOS STARFOODS S.A.C. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad SOLICITANTE : CADENA DE ALIMENTOS STARFOODS S.A.C. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad Lima, tres de marzo del dos mil cinco I. ANTECEDENTES Con fecha 12 de agosto del

Más detalles

SOLICITANTE : SODEXO. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, veinte de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES

SOLICITANTE : SODEXO. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, veinte de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES SOLICITANTE : SODEXO Registro de lema comercial Falta de distintividad Lima, veinte de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES Con fecha 11 de marzo de 2009, Sodexo (Francia) solicitó el registro del lema

Más detalles

Registro de lema comercial - Frases descriptivas carentes de distintividad

Registro de lema comercial - Frases descriptivas carentes de distintividad SOLICITANTE : INDECO S.A. Registro de lema comercial - Frases descriptivas carentes de distintividad Lima, dieciocho de junio de dos mil tres I. ANTECEDENTES Con fecha 28 de febrero del 2002, Indeco S.A.

Más detalles

SOLICITANTE : LABORATORIO FRANCO COLOMBIANO LAFRANCOL S.A.

SOLICITANTE : LABORATORIO FRANCO COLOMBIANO LAFRANCOL S.A. SOLICITANTE : LABORATORIO FRANCO COLOMBIANO LAFRANCOL S.A. Registro de lema comercial Falta de distintividad Lima, tres de enero del dos mil ocho. I. ANTECEDENTES Con fecha 29 de mayo del 2007, Laboratorio

Más detalles

Registro de lema comercial Denominaciones descriptivas

Registro de lema comercial Denominaciones descriptivas SOLICITANTE : AUTOMOTORES GILDEMEISTER S.A. Registro de lema comercial Denominaciones descriptivas Lima, diez de febrero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES Con fecha 17 de abril de 2009, Automotores Gildemeister

Más detalles

SOLICITANTE : HERMES TRANSPORTES BLINDADOS S.A.

SOLICITANTE : HERMES TRANSPORTES BLINDADOS S.A. SOLICITANTE : HERMES TRANSPORTES BLINDADOS S.A. Registro de lema comercial Signos descriptivos Lima, siete de enero de dos mil nueve I. ANTECEDENTES Con fecha 18 de enero de 2008, Hermes Transportes Blindados

Más detalles

SOLICITANTE : ASOCIACIÓN PROMOTORA DE LA EDUCACIÓN SAN IGNACIO DE LOYOLA. Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad

SOLICITANTE : ASOCIACIÓN PROMOTORA DE LA EDUCACIÓN SAN IGNACIO DE LOYOLA. Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad SOLICITANTE : ASOCIACIÓN PROMOTORA DE LA EDUCACIÓN SAN IGNACIO DE LOYOLA DE OFICIO Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad Lima, veintiocho de febrero de dos mil uno

Más detalles

SOLICITANTE : UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA

SOLICITANTE : UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA SOLICITANTE : UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA Registro de lema comercial Frase Laudatoria Lima, diez de abril de dos mil tres I. ANTECEDENTES Con fecha 14 de octubre del 2002, Universidad Peruana

Más detalles

SOLICITANTE : HERMES TRANSPORTES BLINDADOS S.A.

SOLICITANTE : HERMES TRANSPORTES BLINDADOS S.A. SOLICITANTE : HERMES TRANSPORTES BLINDADOS S.A. Registro de lema comercial Signos descriptivos Lima, siete de enero de dos mil nueve. I. ANTECEDENTES Con fecha 18 de enero de 2008, Hermes Transportes Blindados

Más detalles

Registro de lema comercial - Frases descriptivas - Falta de distintividad

Registro de lema comercial - Frases descriptivas - Falta de distintividad SOLICITANTE : AMANCO HOLDING INC Registro de lema comercial - Frases descriptivas - Falta de distintividad Lima, trece de febrero de dos mil tres I. ANTECEDENTES Con fecha 18 de julio del 2002, Amanco

Más detalles

SOLICITANTE : UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A. DE OFICIO

SOLICITANTE : UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A. DE OFICIO SOLICITANTE : UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A. DE OFICIO Registro de lema comercial - Falta de distintividad Lima, treinta de enero de dos mil dos I. ANTECEDENTES Con fecha 26 de

Más detalles

SOLICITANTE : ÁLICORP S.A. Registro de lema comercial - Falta de distintividad. Lima, treinta de abril de dos mil uno I.

SOLICITANTE : ÁLICORP S.A. Registro de lema comercial - Falta de distintividad. Lima, treinta de abril de dos mil uno I. SOLICITANTE : ÁLICORP S.A. Registro de lema comercial - Falta de distintividad Lima, treinta de abril de dos mil uno I. ANTECEDENTES Con fecha 11 de julio del 2000, Álicorp S.A. (Perú) solicitó el registro

Más detalles

Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad

Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad SOLICITANTE : TEXTILES CAMONES S.A. Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad Lima, tres de agosto del dos mil cuatro I. ANTECEDENTES Con fecha 17 de octubre del 2003,

Más detalles

Registro de lema comercial Denominaciones descriptivas

Registro de lema comercial Denominaciones descriptivas SOLICITANTE : AUTOMOTORES GILDEMEISTER S.A. Registro de lema comercial Denominaciones descriptivas Lima, diez de febrero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES Con fecha 17 de abril de 2009, Automotores Gildemeister

Más detalles

SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU. Registro de lema comercial - Falta de distintividad - Registros anteriores

SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU. Registro de lema comercial - Falta de distintividad - Registros anteriores SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL PERU DE OFICIO Registro de lema comercial - Falta de distintividad - Registros anteriores Lima, primero de marzo de dos mil uno I. ANTECEDENTES Con fecha

Más detalles

SOLICITANTE : SODEXO. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, veinte de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES

SOLICITANTE : SODEXO. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, veinte de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES SOLICITANTE : SODEXO Registro de lema comercial Falta de distintividad Lima, veinte de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES Con fecha 11 de marzo de 2009, Sodexo (Francia) solicitó el registro del lema

Más detalles

SOLICITANTE : PRODUCTOS FAMILIA S.A. Registro de lema comercial Distintividad. Lima, veintisiete de abril del dos mil cinco I.

SOLICITANTE : PRODUCTOS FAMILIA S.A. Registro de lema comercial Distintividad. Lima, veintisiete de abril del dos mil cinco I. SOLICITANTE : PRODUCTOS FAMILIA S.A. Registro de lema comercial Distintividad Lima, veintisiete de abril del dos mil cinco I. ANTECEDENTES Con fecha 4 de marzo del 2004, Productos Familia S.A. (Colombia)

Más detalles

SOLICITANTE : HERMES TRANSPORTES BLINDADOS S.A.

SOLICITANTE : HERMES TRANSPORTES BLINDADOS S.A. SOLICITANTE : HERMES TRANSPORTES BLINDADOS S.A. Registro de lema comercial Signos descriptivos Lima, siete de enero de dos mil nueve. I. ANTECEDENTES Con fecha 18 de enero de 2008, Hermes Transportes Blindados

Más detalles

SOLICITANTE : SODEXO. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, veinte de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES

SOLICITANTE : SODEXO. Registro de lema comercial Falta de distintividad. Lima, veinte de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES SOLICITANTE : SODEXO Registro de lema comercial Falta de distintividad Lima, veinte de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES Con fecha 11 de marzo de 2009, Sodexo (Francia) solicitó el registro del lema

Más detalles

SOLICITANTE : SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A.

SOLICITANTE : SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A. SOLICITANTE : SOCIETE DES PRODUITS NESTLE S.A. Registro de lema comercial Distintividad Lima, dos de junio del dos mil seis I. ANTECEDENTES Con fecha 5 de setiembre del 2005, Societe Des Produits Nestle

Más detalles

SOLICITANTE : FITOSANA S.A.C. (antes FITOSANA E.I.R.L.)

SOLICITANTE : FITOSANA S.A.C. (antes FITOSANA E.I.R.L.) SOLICITANTE : FITOSANA S.A.C. (antes FITOSANA E.I.R.L.) Registro de lema comercial - Falta de distintividad Lima, catorce de febrero del dos mil ocho. I. ANTECEDENTES Con fecha 4 de diciembre del 2006,

Más detalles

SOLICITANTE : CESAR ACUÑA PERALTA. Registro de lema comercial: Falta de distintividad. Lima, cinco de marzo de dos mil diez. I.

SOLICITANTE : CESAR ACUÑA PERALTA. Registro de lema comercial: Falta de distintividad. Lima, cinco de marzo de dos mil diez. I. SOLICITANTE : CESAR ACUÑA PERALTA Registro de lema comercial: Falta de distintividad. Lima, cinco de marzo de dos mil diez. I. ANTECEDENTES Con fecha 18 de noviembre de 2008, César Acuña Peralta (Perú)

Más detalles

Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad

Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad SOLICITANTE : ADM - SAO S.A. DE OFICIO Registro de lema comercial - Carácter descriptivo - Falta de distintividad Lima, dos de marzo de dos mil uno I. ANTECEDENTES Con fecha 19 de abril del 2000, Adm -

Más detalles

Registro de lema comercial Distintividad del signo solicitado

Registro de lema comercial Distintividad del signo solicitado SOLICITANTE : STOKELY-VAN CAMP, INC. Registro de lema comercial Distintividad del signo solicitado Lima, veintidós de enero de dos mil diez. I. ANTECEDENTES Con fecha 20 de febrero de 2009, Stokely-Van

Más detalles

Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad

Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad SOLICITANTE : ÁLICORP S.A.A. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad Lima, siete de abril de dos mil tres I. ANTECEDENTES Con fecha 13 de enero del 2000, Álicorp S.A. (Perú)

Más detalles

Riesgo de confusión entre una marca de producto y un lema comercial de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial: Existencia

Riesgo de confusión entre una marca de producto y un lema comercial de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial: Existencia SOLICITANTE : JOHNSON & JOHNSON Riesgo de confusión entre una marca de producto y un lema comercial de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial: Existencia Lima, cinco de agosto del dos mil cuatro I. ANTECEDENTES

Más detalles

SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad.

SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ. Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad. SOLICITANTE : PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ Registro de lema comercial Carácter descriptivo Falta de distintividad. Lima, treinta de noviembre del dos mil cinco I. ANTECEDENTES Con fecha 5 de

Más detalles

SOLICITANTE : PERÚ MAS S.A. OPOSITORA : KRAFT FOODS HOLDINGS, INC. Registro de lema comercial - Desistimiento de la apelación

SOLICITANTE : PERÚ MAS S.A. OPOSITORA : KRAFT FOODS HOLDINGS, INC. Registro de lema comercial - Desistimiento de la apelación SOLICITANTE : PERÚ MAS S.A. OPOSITORA : KRAFT FOODS HOLDINGS, INC. Registro de lema comercial - Desistimiento de la apelación Lima, primero de marzo de dos mil dos I. ANTECEDENTES Con fecha 16 de febrero

Más detalles

Con fecha 28 de abril del 2003, AFP Integra absolvió el traslado de la acción de nulidad manifestando lo siguiente:

Con fecha 28 de abril del 2003, AFP Integra absolvió el traslado de la acción de nulidad manifestando lo siguiente: ACCIONANTE : AFP UNION VIDA S.A. EMPLAZADA : AFP INTEGRA Nulidad de la Resolución de Primera Instancia: Falta de pronunciamiento sobre todas las cuestiones planteadas - Nulidad de registro de un lema comercial

Más detalles

SOLICITANTE : COMPAÑÍA MINERA ANTAMINA S.A.

SOLICITANTE : COMPAÑÍA MINERA ANTAMINA S.A. SOLICITANTE : COMPAÑÍA MINERA ANTAMINA S.A. Suspensión del procedimiento por encontrarse en trámite la cancelación del registro correspondiente al lema comercial base de la denegatoria en Primera Instancia

Más detalles

Registro de Nombre Geográfico - Denominaciones descriptivas - Distintividad del signo solicitado.

Registro de Nombre Geográfico - Denominaciones descriptivas - Distintividad del signo solicitado. SOLICITANTE : VILLA NATALIA 1903 S.A.C. Registro de Nombre Geográfico - Denominaciones descriptivas - Distintividad del signo solicitado. Lima, cinco de diciembre de dos mil tres. 1. ANTECEDENTES Con fecha

Más detalles

El Auto de 20 de julio de 2015, mediante el cual este Tribunal admitió a trámite la presente interpretación prejudicial. Intradevco Industrial S.A.

El Auto de 20 de julio de 2015, mediante el cual este Tribunal admitió a trámite la presente interpretación prejudicial. Intradevco Industrial S.A. Resolución 252-IP-2015 Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina Magistrado Ponente: Luis José Diez Canseco Núñez Quito, 24 de agosto de 2015 Interpretación prejudicial del artículo 135 literal e) de

Más detalles

SOLICITANTE : MILLENNIUM & COPTHORNE INTERNATIONAL LIMITED

SOLICITANTE : MILLENNIUM & COPTHORNE INTERNATIONAL LIMITED SOLICITANTE : MILLENNIUM & COPTHORNE INTERNATIONAL LIMITED Registro de nombres geográficos Denominaciones descriptivas Falta de distintividad del signo solicitado Lima, veinticuatro de julio del dos mil

Más detalles

Resolución Nº Tribunal: Corte Suprema de la República. Sala Civil Permanente. Magistrado Ponente: Álvarez López.

Resolución Nº Tribunal: Corte Suprema de la República. Sala Civil Permanente. Magistrado Ponente: Álvarez López. Resolución Nº 000953-2010. Tribunal: Corte Suprema de la República. Sala Civil Permanente. Magistrado Ponente: Álvarez López. Lima, veintitrés de noviembre de dos mil diez.- VISTOS: con los acompañados,

Más detalles

SUMARIO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA

SUMARIO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Año XXXII Número 2514 Lima, 09 de junio de 2015 SUMARIO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. Proceso 186-IP-2014 Proceso 201-IP-2014 Proceso 232-IP-2014 Interpretación prejudicial, a solicitud

Más detalles

Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial: Existencia

Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial: Existencia SOLICITANTE : LABORATORIOS BUSSIÉ S.A. Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial: Existencia Lima, treinta y uno de diciembre de dos mil ocho. I.

Más detalles

MARCAS Examen para aspirantes a la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial 2017

MARCAS Examen para aspirantes a la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial 2017 MARCAS Examen para aspirantes a la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial 2017 Qué es una marca? Es todo signo que posea capacidad distintiva según artículo 1º in fine, Ley de Marcas LA DISTINTIVIDAD

Más detalles

Resolución: /CIN-INDECOPI Comisión de Signos Distintivos Presidente de la CSD: Ray Augusto Meloni García

Resolución: /CIN-INDECOPI Comisión de Signos Distintivos Presidente de la CSD: Ray Augusto Meloni García Resolución: 1463-2014/CIN-INDECOPI Comisión de Signos Distintivos Presidente de la CSD: Ray Augusto Meloni García Lima, 29 de mayo de 2014 EXPEDIENTE : 546003-2013 EMPLAZADO MATERIA : SALAZAR ARISTIZABAL,

Más detalles

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I. Introducción

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I. Introducción Indice I. Introducción II. III. IV. Casos : Oficina de Signos Distintivos a. Area de Marcas b. Area de Infracciones c. Area de Registro y Archivo Casos Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías a. Resoluciones

Más detalles

Propiedad Intelectual

Propiedad Intelectual Propiedad Intelectual Signos Distintivos / Invenciones y Nuevas Tecnologías / Sala de Propiedad Intelectual ABRIL 2003 / Año 2, N 1 Octubre 2002 Julio 2002 Mayo 2002 Marzo 2002 BOLETINES INDECOPI I N D

Más detalles

SOLICITANTE : JESÚS FERNANDO DE LA TORRE TEJADA

SOLICITANTE : JESÚS FERNANDO DE LA TORRE TEJADA SOLICITANTE : JESÚS FERNANDO DE LA TORRE TEJADA Registro de nombres geográficos Denominaciones descriptivas Falta de distintividad del signo solicitado Lima, veintiuno de agosto de dos mil ocho. I. ANTECEDENTES

Más detalles

SUMARIO. Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

SUMARIO. Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina Año XXV - Número 1666 Lima, 28 de octubre de 2008 SUMARIO Proceso 79-IP-2008.- Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina Interpretación Prejudicial de oficio de los artículos 71, 72 literales a) y d),

Más detalles

SOLICITANTE : AGROINDUSTRIAL Y COMERCIAL ARRIOLA E HIJOS S.A.-AICASA

SOLICITANTE : AGROINDUSTRIAL Y COMERCIAL ARRIOLA E HIJOS S.A.-AICASA SOLICITANTE : AGROINDUSTRIAL Y COMERCIAL ARRIOLA E HIJOS S.A.-AICASA Registro de nombre geográfico como marca - Denominaciones descriptivas - Distintividad del signo solicitado Lima, veintitrés de julio

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 05-IP-2010

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 05-IP-2010 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 05-IP-2010 Interpretación prejudicial, de oficio, de los artículos 134 y 135 literales e), f) y g), de la de la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000,

Más detalles

3. Decidir conforme a la ley las cancelaciones y caducidades de los signos distintivos susceptibles de cancelación y caducidad.

3. Decidir conforme a la ley las cancelaciones y caducidades de los signos distintivos susceptibles de cancelación y caducidad. Bogotá D.C., 10 SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO RAD: 14-215146- -00001-0000 Fecha: 2014-11-12 18:26:08 DEP: 10 OFICINAJURIDICA TRA: 113 DP-CONSULTAS EVE: SIN EVENTO ACT: 440 RESPUESTA Folios:

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 073-IP-2007

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 073-IP-2007 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 073-IP-2007 Interpretación prejudicial del artículo 135 literal e) de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, e interpretación de oficio

Más detalles

SOLICITANTE : KING RUN E.I.R.L. (antes CARLOS ROJAS ARAUJO)

SOLICITANTE : KING RUN E.I.R.L. (antes CARLOS ROJAS ARAUJO) SOLICITANTE : KING RUN E.I.R.L. (antes CARLOS ROJAS ARAUJO) OPOSITORA : CALÇADOS AZALÉIA S.A. Oposición Andina - Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 25 de la Nomenclatura

Más detalles

Gustavo Rodríguez García

Gustavo Rodríguez García ALGUIEN TIENE QUE CEDER?: LA REGISTRABILIDAD DE LOS LEMAS COMERCIALES Y SU NECESARIA FLEXIBILIZACIÓN * Los lemas comerciales, también conocidos como eslóganes, son signos distintivos compuestos por una

Más detalles

SOLICITANTE : COMPAÑÍA QUÍMICA INDUSTRIAL DEL PACÍFICO S.A. COIPSA

SOLICITANTE : COMPAÑÍA QUÍMICA INDUSTRIAL DEL PACÍFICO S.A. COIPSA SOLICITANTE : COMPAÑÍA QUÍMICA INDUSTRIAL DEL PACÍFICO S.A. COIPSA Distintividad del signo solicitado Prohibición de registro de símbolos de Estado Registro de nombres geográficos Denominaciones descriptivas

Más detalles

SUMARIO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA

SUMARIO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Año XXXI Número 2355 Lima, 30 de junio de 2014 SUMARIO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Proceso 02-IP-2014 Pág. Interpretación prejudicial de los artículos 135 literales b), e), i) y último

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 38-IP-2001

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 38-IP-2001 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 38-IP-2001 Solicitud de interpretación prejudicial de los artículos 81, 82, literal a) y 83, literal a) de la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo

Más detalles

Carencia de distintividad

Carencia de distintividad Carencia de distintividad María del Carmen Arana Courrejolles SUMARIO: Introducción. l. Casos en los que se deniega de oficio el registro solicitado por carecer de distintividad (prohibición absoluta del

Más detalles

Lima, ocho de enero. del dos mil nueve.

Lima, ocho de enero. del dos mil nueve. Lima, ocho de enero del dos mil nueve. VISTOS; y CONSIDERANDO además: Primero. Que, viene en grado de apelación la sentencia de primera instancia, obrante a fojas doscientos veintinueve, su fecha siete

Más detalles

Nulidad de la Resolución de Primera Instancia Registro de nombres geográficos Distintividad del signo solicitado

Nulidad de la Resolución de Primera Instancia Registro de nombres geográficos Distintividad del signo solicitado SOLICITANTE : TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. Nulidad de la Resolución de Primera Instancia Registro de nombres geográficos Distintividad del signo solicitado Lima, once de junio del dos mil cuatro I. ANTECEDENTES

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO N 26-IP-98

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO N 26-IP-98 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO N 26-IP-98 Interpretación Prejudicial de los artículos 81 y 82 literal d) de la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, solicitada por

Más detalles

Prohibición de registro de símbolos de Estado en la legislación vigente Registro de nombre geográfico como marca Examen de Registrabilidad

Prohibición de registro de símbolos de Estado en la legislación vigente Registro de nombre geográfico como marca Examen de Registrabilidad SOLICITANTE : HELADERÍA HOLANDA S.R.L. OPOSITOR : ARCOR S.A.I.C. Prohibición de registro de símbolos de Estado en la legislación vigente Registro de nombre geográfico como marca Examen de Registrabilidad

Más detalles

SOLICITANTE : CITRUS WORLD, INC.

SOLICITANTE : CITRUS WORLD, INC. SOLICITANTE : CITRUS WORLD, INC. Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 32 de la Nomenclatura Oficial: Existencia - Registro de un nombre geográfico como marca Lima, veinticinco

Más detalles

Distintividad del signo solicitado Registro de un nombre geográfico como marca

Distintividad del signo solicitado Registro de un nombre geográfico como marca SOLICITANTE : CORPORACIÓN JPM S.A.C. OPOSITORA : THE COCA-COLA COMPANY Distintividad del signo solicitado Registro de un nombre geográfico como marca Lima, siete de agosto de dos mil ocho. I. ANTECEDENTES

Más detalles

SUMARIO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA. Interpretación prejudicial del artículo 136 literal a) de la

SUMARIO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA. Interpretación prejudicial del artículo 136 literal a) de la Año XXXII Número 2489 Lima, 20 de abril de 2015 SUMARIO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág. Proceso 228-IP-2014 Proceso 230-IP-2014 Interpretación prejudicial de los artículos 134 literales

Más detalles

Resolución 21-IP-2014 Tribunal: Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina Magistrado Ponente: José Vicente Troya Jaramillo

Resolución 21-IP-2014 Tribunal: Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina Magistrado Ponente: José Vicente Troya Jaramillo Resolución 21-IP-2014 Tribunal: Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina Magistrado Ponente: José Vicente Troya Jaramillo Quito, 19 de junio de 2014 Interpretación prejudicial de los artículos 134 literal

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Resolución N Por la cual se concede un registro

REPÚBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Resolución N Por la cual se concede un registro REPÚBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO Por la cual se concede un registro LA DIRECTORA DE SIGNOS DISTINTIVOS en ejercicio de sus facultades legales y, CONSIDERANDO PRIMERO: Que

Más detalles

MARCA: EL PODER DE LA DIFERENCIACIÓN

MARCA: EL PODER DE LA DIFERENCIACIÓN MARCA: EL PODER DE LA DIFERENCIACIÓN Logroño, 19 de noviembre de 2015 Belén Luengo García Jefe de servicio de Marcas Internacionales y Comunitarias Oficina Española de Patentes y Marcas Se puede cambiar

Más detalles

SISTEMA ANDINO-PERUANO

SISTEMA ANDINO-PERUANO QUÉ TAN NOTORIA ES LA MARCA NOTORIA EN LAS LEYES Y JURISPRUDENCIA? SISTEMA ANDINO-PERUANO Ray Meloni García Noviembre de 2017 ü Convenio de Paris ü ADPIC ü Decisión 344- Precedente de observancia obligatoria:

Más detalles

Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial

Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial Efectos de la declaratoria de notoriedad de una marca en un proceso judicial Luis José Diez Canseco Núñez Presidente Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ORDENAMIENTO JURÍDICO DE LA COMUNIDAD ANDINA

Más detalles

SEÑORES MINISTROS (SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO No. 1):

SEÑORES MINISTROS (SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO No. 1): Alejandro Ponce Martínez. 1 SEÑORES MINISTROS (SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO No. 1): Yo, Dr. Alejandro Ponce Martínez, abogado, casado, mayor de edad, en mi calidad

Más detalles

Boletín: Sala de Propiedad Intelectual

Boletín: Sala de Propiedad Intelectual Boletín: Sala Propiedad Intelectual http://www.incopi.gob.pe/boletin/pi/bole_ant/200509/inx.html [2006-11-30 06:09:09 p.m.] I. INTRODUCCIÓN II. CASOS 1. Oficina Invenciones y Nuevas Tecnologías - 1.1 Área

Más detalles

SOLICITANTE : FÁBRICA NACIONAL DE ACUMULADORES ETNA S.A.

SOLICITANTE : FÁBRICA NACIONAL DE ACUMULADORES ETNA S.A. SOLICITANTE : FÁBRICA NACIONAL DE ACUMULADORES ETNA S.A. OPOSITORA : MAC S.A. Registro de lema comercial Oposición andina - Riesgo de confusión entre un lema comercial y marcas registradas que distinguen

Más detalles

SOLICITANTE : DERRAMA MAGISTERIAL

SOLICITANTE : DERRAMA MAGISTERIAL SOLICITANTE : DERRAMA MAGISTERIAL Registro de un nombre geográfico como marca - Riesgo de confusión entre signos que distinguen servicios de la clase 43 de la Nomenclatura Oficial: Existencia Lima, veintiocho

Más detalles

Boletín: Sala de Propiedad Intelectual

Boletín: Sala de Propiedad Intelectual Boletín: Sala de Propiedad Intelectual http://www.indecopi.gob.pe/boletin/pi/bole_ant/200505/index.html [2006-11-30 05:55:25 p.m.] I. INTRODUCCIÓN II. CASOS 1. Oficina de Signos Distintivos - 1.1 Infracciones

Más detalles

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Marzo del Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I.

III. Indice. Casos : Oficina de Signos Distintivos. Marzo del Juntos fortaleciendo con información tu capacidad de decisión! I. Marzo del 2002 Indice I. Introducción I. Introducción II. III. IV. Casos : Oficina de Signos Distintivos a. Area de Trámite b. Area Legal c. Área de Infracciones d. Area de Registro y Archivo Casos Sala

Más detalles

Memorias seminario: Cómo Proteger y Registrar la Marca de su Empresa?

Memorias seminario: Cómo Proteger y Registrar la Marca de su Empresa? Memorias seminario: Cómo Proteger y Registrar la Marca de su Empresa? CÓMO PROTEGER Y REGISTRAR LA MARCA DE SU EMPRESA? Objetivo General: ofrecer a los empresarios vinculados toda la información actualizada

Más detalles

INFORME N /GEL. ASUNTO : Procedimientos Administrativos exclusivos de INDECOPI, exceptuados del Análisis de Calidad Regulatoria

INFORME N /GEL. ASUNTO : Procedimientos Administrativos exclusivos de INDECOPI, exceptuados del Análisis de Calidad Regulatoria INFORME N 618-2018/GEL A : Lily Yamamoto Suda Gerente Legal DE : Carlos Jiménez Rodríguez Apoderado I Gerencia Legal ASUNTO : Procedimientos Administrativos exclusivos de INDECOPI, exceptuados del Análisis

Más detalles

CLARKE, MODET & Cº. Marcas e importancia de su registro en Colombia. Natalia Garavito Marcas 2017

CLARKE, MODET & Cº. Marcas e importancia de su registro en Colombia. Natalia Garavito Marcas 2017 CLARKE, MODET & Cº Marcas e importancia de su registro en Colombia Natalia Garavito Marcas 2017 Sobre Nosotros El mayor Grupo de Propiedad Industrial e Intelectual en los países de habla hispana y portuguesa

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 147-IP-2007

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 147-IP-2007 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 147-IP-2007 Interpretación prejudicial del artículo 136 literal a) de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina solicitada por el Consejo

Más detalles

SOLICITANTE : NISSAN JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA TRADING AS NISSAN MOTOR CO., LTD.

SOLICITANTE : NISSAN JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA TRADING AS NISSAN MOTOR CO., LTD. SOLICITANTE : NISSAN JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA TRADING AS NISSAN MOTOR CO., LTD. Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 12 de la Nomenclatura Oficial: Inexistencia Lima, siete

Más detalles

Marcas comerciales. Propiedad Industrial: Tipos de marca Página 3. Trámite de inscripción Página 6

Marcas comerciales. Propiedad Industrial: Tipos de marca Página 3. Trámite de inscripción Página 6 Registro Nacional / República de Costa Rica 4 1 Fascículo Propiedad Industrial: Marcas comerciales Tipos de marca Página 3 Trámite de inscripción Página 6 28 - octubre - 2013 Suplemento Publicitario Comercial

Más detalles

SOLICITANTE : INTERNATIONAL PARTS SERVICE PERU S.R.L.

SOLICITANTE : INTERNATIONAL PARTS SERVICE PERU S.R.L. SOLICITANTE : INTERNATIONAL PARTS SERVICE PERU S.R.L. Registro de nombres geográficos Denominaciones descriptivas Falta de distintividad del signo solicitado Distintividad adquirida no acreditada Lima,

Más detalles

COMUNIDAD ANDINA SECRETARIA GENERAL

COMUNIDAD ANDINA SECRETARIA GENERAL COMUNIDAD ANDINA SECRETARIA GENERAL Resolución 079 12 de mayo de 1998 RESOLUCION 079 RESOLUCION 079 Dictamen 06-98 de Incumplimiento por parte del Gobierno del Perú en la aplicación de la Decisión 344,

Más detalles

Comisión de Represión de la Competencia Desleal Octubre 2005 / Año 2, Nº 6

Comisión de Represión de la Competencia Desleal Octubre 2005 / Año 2, Nº 6 Comisión de Represión de la Competencia Desleal Octubre 2005 / Año 2, Nº 6 INDICE I. Introducción. II. Precedente de observancia obligatoria sobre los límites del derecho a la libre imitación de iniciativas

Más detalles

Protección de creaciones mediante diseño industrial, marcas tridimensionales y obras artísticas: Semejanzas y diferencias para una adecuada elección

Protección de creaciones mediante diseño industrial, marcas tridimensionales y obras artísticas: Semejanzas y diferencias para una adecuada elección Protección de creaciones mediante diseño industrial, marcas tridimensionales y obras artísticas: Semejanzas y diferencias para una adecuada elección Expositor: Diego Ortega Secretario Técnico Comisión

Más detalles

Distintividad del signo solicitado Registro de un nombre geográfico como marca - Denominaciones genéricas.

Distintividad del signo solicitado Registro de un nombre geográfico como marca - Denominaciones genéricas. SOLICITANTE : CORPORACION JPM S.A.C. OPOSITORA : GLORIA S.A. Distintividad del signo solicitado Registro de un nombre geográfico como marca - Denominaciones genéricas. Lima, veintiséis de octubre de dos

Más detalles

PROCESO 22-IP-2011 VISTOS:

PROCESO 22-IP-2011 VISTOS: PROCESO 22-IP-2011 Interpretación prejudicial del artículo 135 literal i) de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, con fundamento en la solicitud formulada por la Sala de Derecho Constitucional

Más detalles

SOLICITANTE : CORPORACION CUBA RON, S.A. OPOSITORA : SANTIAGO QUEIROLO S.A.

SOLICITANTE : CORPORACION CUBA RON, S.A. OPOSITORA : SANTIAGO QUEIROLO S.A. SOLICITANTE : CORPORACION CUBA RON, S.A. OPOSITORA : SANTIAGO QUEIROLO S.A. Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 33 de la Nomenclatura Oficial: Inexistencia Registro de

Más detalles

Seminario Internacional de Propiedad Industrial

Seminario Internacional de Propiedad Industrial Seminario Internacional de Propiedad Industrial Luis Alonso García Muñoz-Nájar Estudio Echecopar forma parte de la Sociedad Suiza (Verein) Baker & McKenzie International, de la que forman parte firmas

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 093-IP-2009

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 093-IP-2009 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA PROCESO 093-IP-2009 Interpretación prejudicial del artículo 33 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina y del artículo 123 del

Más detalles