SEGUNDO En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "SEGUNDO En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:"

Transcripción

1 Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1020/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. José Luis Rodríguez Greciano MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO: de carácter individual: desestimación: cambio de horario por modificación de ruta: disminución de ingresos en concepto de horas extras y nocturnidad: inexistencia de perjuicio de la formación o menoscabo de la dignidad: conductor. El TSJ desestima el recurso interpuesto por el actor contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Burgos, de fecha , dictada en autos promovidos en reclamación de modificación de las condiciones de trabajo, en base a lo reseñado en la fundamentación jurídica. En la ciudad de Burgos, a catorce de diciembre de dos mil seis. En el recurso de Suplicación número 1020/2006 interpuesto por Don Jesus Martin Abia, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Burgos en autos número 669/2006 seguidos a instancia del recurrente, contra Doña Sandra Alonso Padrones, en reclamación sobre Ordinario. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Don José Luis Rodríguez Greciano que expresa el parecer de la Sala. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 5/10/2006 cuya parte dispositiva dice: Que desestimando la demanda presentada por Don Jesus Martin Abia contra Doña Sandra Alonso Padrones, debo declarar y declaro no haber lugar a lo solicitado, absolviendo a la empresa Sandra Alonso Padrones, de los pedimentos contenidos en la demanda. SEGUNDO En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: I.?Don Jesus Martin Abia viene prestando servicios para la empresa Sandra Alonso Padrones, con una antigüedad de 17 de diciembre de 1999, ostentando la categoría profesional de Conductor. II.?El actor en fecha 17 de diciembre de 1999 comenzó la prestación de servicios para la empresa Transnorte Mercancias SL, dedicada a la actividad de Transporte de Mercancías por Carretera, mediante la suscripción de contrato de trabajo ordinario por tiempo indefinido, en el que se hizo constar que el demandante prestaría servicios como conductor con centro de trabajo itinerante. En fecha 1 de enero de 2001 la empresa Julia Padrones Pascual y Don Jesus Martin Abia suscribieron documento en el que se hizo constar que la empresa individual Julia Padrones Pascual, dedicada a la actividad de Transporte de Mercancías por Carretera absorbe a la Entidad Mercantil Transnorte Mercancias SL, a

2 partir del día 1 de enero de 2001, pasando desde esa fecha el actor a prestar servicios para la indicada empresa Julia Padrones Pascual reconociéndose una antigüedad de 17 de diciembre de 1999 y demás condiciones contractuales que tenía en la anterior empresa. En fecha 24 de marzo de 2006 la empresa Sandra Alonso Padrones, dedicada a la actividad de Transporte de Mercancías por Carretera, y Don Jesus Martin Abia suscribieron documento en el que se acordó que dicho trabajador pasaba a prestar servicios en la empresa Sandra Alonso Padrones a partir del día 24 de marzo de 2006, reconociéndose una antigüedad de 17 de diciembre de 1999, y demás condiciones contractuales que tenía en la anterior empresa. III.?Hasta el 17 de julio de 2006 el actor ha venido realizando para la empresa demandada transporte de mercancías a nivel nacional, sin horario concreto, dependiendo de las necesidades de las empresas a las que el demandante debía acudir, percibiendo las siguientes cantidades de Sandra Alonso Padrones:? Salario Base: 30,23? diarios? Antigüedad: 1,36? diarios? Beneficios: 78,98? mensuales? Plus Transporte: 84,00? mensualespercibiendo asimismo las correspondientes cantidades variables, en concepto de dietas, horas extraordinarias cuando se realizaban y plus de nocturnidad si se realizaba actividad en horario nocturno, conforme a los partes de trabajo elaborados por el demandante, cantidad que en el mes de junio de 2006 ascendió a 1.188,06?. IV.?En fecha 17 de julio de 2006 la empresa Sandra Alonso Padrones comunicó al actor verbalmente que a partir de esa fecha pasaba de realizar viajes a nivel nacional a realizarlos en la localidad de Burgos, de la citada empresa a la nave de la empresa Taisa con el horario necesario para llevar a cabo dicha actividad, comenzando su jornada de trabajo a las 07,00 horas y finalizando cuando se termina el trabajo según las necesidades de la fábrica, habiendo solicitado el demandante a la empresa Sandra Alonso Padrones que le diese dicha orden por escrito, ante lo que la misma le entregó en fecha 31 de julio de 2006 comunicación del siguiente tenor literal: «A partir del día 17 de julio por necesidades de la empresa y hasta nueva orden se servirá realizar el siguiente trabajo: pasar viajes de la fábrica a la nave de Taisa en Burgos.Al mismo tiempo se le comunica que las órdenes que reciba del responsable de Taisa se entenderán que han sido emanadas de mi persona. De la misma forma, las directrices de empresa: variación de horarios, cargas, descargas, talleres, etc. Podrán ser dadas al trabajador tanto por parte mía como de Don Julián Alonso Valmala y de Doña Julia Padrones Pascual, disponiendo ellos de mi total confianza, respeto y permiso». V.?No resulta acreditado que ni con anterioridad, ni con posterioridad al día 17 de julio de 2006 el actor realice ni haya realizado la actividad de carga y descarga de mercancías, sino únicamente el transporte de las mismas. VI.?A partir del día 17 de julio de 2006 el actor percibe las mismas cantidades que con anterioridad a dicha fecha en concepto de salario base, antigüedad, beneficios y plus transporte, habiendo dejado de percibir cantidades en concepto de dietas, de horas extraordinarias y de nocturnidad, al no haber devengado dichos conceptos en el desarrollo de su actividad. VII.?El demandante solicita se declaren no ajustadas a derecho las modificaciones sustanciales en sus condiciones de trabajo que han sido operadas por la empresa demandada y que han sido impugnadas, dejándose las mismas sin efecto, condenando a Sandra Alonso Padrones a estar y pasar por esta declaración, condenando a la citada

3 empresa a abonarle la cantidad de 1.188? mensuales dejados de percibir desde que se produjo la citada modificación. VIII.?Intentado acto de conciliación, se celebró con el resultado de sin avenencia. IX.?El actor no ostenta ni ha ostentado el cargo de Representante de los Trabajadores. TERCERO Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal y comunicada a las partes la designación del Ponente, le fueron, a éste, pasados los autos para su examen y resolución por la Sala. CUARTO En la resolución del presente recurso se han observado, en sustancia, las prescripciones legales vigentes. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO Frente a la sentencia de Instancia se alza la representación letrada del trabajador en base a un único motivo de Suplicación formulado al amparo procesal del artículo 191 c de la LPL (RCL 1995, 1144, 1563), entendiendo que ha existido modificación sustancial de las condiciones de trabajo del actor, y por tanto la sentencia de Instancia vulnera el contenido del artículo 41.1 apartados a, b, d y e del ET (RCL 1995, 997) En síntesis entiende el recurrente que el trabajador ha pasado de prestar servicios sin horario concreto a iniciar actividad diaria a partir de las 7 horas, que además ha procedido a dejar de percibir las cuantías que mensualmente le eran abonadas, por horas extras y dietas, y además vulnera el sistema de trabajo, de manera tal que de trayectos largos pasa en la actualidad a trayectos cortos. Por tanto, concluye, ha existido modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Según el artículo 41 del ET, cuando existan probadas razones económicas, organizativas, técnicas o productivas, la dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, teniendo la consideración de tales, entre otras, las modificaciones que afecten a las siguiente materias: a). Jornada de trabajo. b). Horario. c). Régimen de trabajo a turnos. d). Sistema de remuneración. e).sistema de trabajo y rendimiento. f).funcionales, cuando exceden de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de dicho Estatuto. En cuanto al carácter sustancial de las modificaciones, doctrina y jurisprudencia han coincidido en que la enumeración anteriormente transcrita es meramente ejemplificativa de

4 modo que la sustancialidad puede predicarse también de cambios afectantes a condiciones laborales distintas de las expresamente reseñadas y, asimismo, se ha convenido en que no todas las modificaciones incidentales en las materias nominadas en el artículo 41 del ET, han de ser necesariamente sustanciales. Por tanto, sólo las modificaciones que hayan sido calificadas como sustanciales van a caer en la esfera de regulación del artículo 41 del ET. Las modificaciones accidentales o no sustanciales de las condiciones de trabajo pertenecen a la esfera de poder de dirección del empresario, el cual, en uso de su facultad de «ius variandi» puede concretar o especificar el contenido necesariamente genérico de la prestación laboral en el marco de un contrato como el de trabajo que es de tracto sucesivo o ejecución continuada en el tiempo. Siendo lo cierto que el artículo 41 tampoco sería aplicable cuando la modificación no se produce por decisión unilateral del empresario sino por títulos distintos, tales como el ejercicio de facultades reconocidas en convenio o acuerdo colectivo que supongan una ampliación del «ius variandi», el ejercicio de las facultades reconocidas al empresario en el contrato de trabajo, o el acuerdo novatorio entre empresario y trabajador. Aplicando esta doctrina al caso de autos hemos de tener en cuenta lo siguiente: a). El trabajador presta sus servicios como conductor con centro de trabajo itinerante. b). El actor ha venido realizando para la empresa demandada transporte de mercancías a nivel nacional, sin horario concreto, dependiendo de las necesidades de la empresa, percibiendo además del salario base, antigüedad, y beneficios, una percepción adicional por plus transporte, dietas, horas extraordinarias cuando se realizaban y plus de nocturnidad cuando se realizaba la actividad en horario nocturno. c). A partir de 17 de junio de 2006, se notificó al actor que a partir de dicha fecha pasaba a realizar viajes a nivel nacional para realizarlos en la localidad de Burgos, con el horario necesario para llevar a cabo dicha actividad, comenzando su jornada a las 7 horas de la mañana, y finalizando según las necesidades de la fábrica, cuando termine su trabajo. d). Anteriormente el trabajador no ha realizado actividad de carga y descarga, y sí transporte de mercancía. e).a partir de dicha fecha ha dejado de percibir dietas, horas extraordinarias, y nocturnidad. En conclusión, anteriormente no existía trabajo en horario fijo sino dependiendo de las necesidades de la empresa, y por otro lado, realizaba labores de transporte en el ámbito nacional. Mientras que ahora el horario discrecional se transforma en un horario fijo, diurno, y además realiza su labor de transporte en el ámbito nacional, en la provincia de Burgos. Resulta claro que aplicando la doctrina expuesta, concurren circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuando la medida propuesta por la empresa concurra a mejorar la situación de la misma a través de una más adecuada organización de los recursos, que favorezca su posición competitiva en el mercado, o una mejor respuesta a las demandas. Sin que se deduzca del contenido de la sentencia, que el origen de esa

5 variación organizativa sea debido a motivos distintos de los puramente organizativos de la empresa. Pero es más, para que pueda hablarse de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, es necesario que dichas modificaciones sean notorias, y no meramente accidentales. En el caso de autos, se varió el horario no fijo del trabajador, que dependía en su desarrollo de las necesidades de la empresa, a uno fijo, que depende igualmente de dichas necesidades organizativas de la empresa. Y además se restringió el ámbito de transporte del carácter «nacional» a uno meramente «provincial». Sin que se observe que como consecuencia de esas modificaciones haya existido una merma de los derechos de los trabajadores, o hayan sido aprobadas las mismas, en menoscabo de su dignidad o derechos reconocidos legalmente al trabajador. La alegación realizada en el sentido que ha perdido poder adquisitivo, como consecuencia de la falta de cobro de horas extraordinarias o de plus de nocturnidad, carecen de razón de ser, pues lo cierto que dichas cantidades se satisfacen cuando las condiciones impuestas al trabajador sean especialmente onerosas, es decir, cuando excede en la prestación de servicios las horas fijadas en el contrato, o cuando realiza su actividad en horas de una especial penosidad, como las nocturnas. Lógicamente, la variación existente en el sentido de no abonarse horas extraordinarias, implica que las mismas no son ya realizadas por el trabajador, por lo que no supone una merma de su dignidad o de sus condiciones laborales, sino al contrario, que su actividad se ajusta al horario establecido legal o convencionalmente. Lo mismo cabe decir, cuando se trate de abono de plus de nocturnidad, pues como queda dicho el abono del plus se deriva de una mayor onerosidad en la prestación de su labor. De manera tal, que si deja de abonarse, es porque precisamente las condiciones laborales del trabajador, en la prestación de sus servicios se supone han mejorado, al hacerse en horario diurno. En suma, no se observa que como consecuencia de dichos cambios en la prestación de trabajo del actor, cambios por lo demás no esenciales, se haya originado un menoscabo en la dignidad o derechos reconocidos legalmente al trabajador. Y lógicamente no cabe entender que exista dicha vulneración de la normativa legal, cuando no se abonan horas extraordinarias a un trabajador, precisamente porque no las realiza, ni se abona el plus de nocturnidad a un trabajador que realiza su actividad en horas diurnas. Por último se alega por el recurrente que de haber sabido las nuevas condiciones, no habría comenzado a prestar su relación laboral. Este planteamiento es contrario a toda lógica, pues de ser así, cualquier variación accidental en la prestación de las condiciones de su trabajo en decisión adoptada por el empresario, sería siempre contraria a Derecho. Pues de haberlo podido saber el trabajador, no habría formalizado el contrato de trabajo. De manera tal, que siguiendo dicha tesis, cualquier posibilidad de «ius variandi» que se reconoce al empresario para una mejora de su productividad, debería ser siempre aceptada previamente por el conjunto de los trabajadores antes de ser aceptada. Lo que desde luego determinaría en la práctica la falta de eficacia de ese derecho de variación. No cabe tampoco aludir a la vulneración del artículo 41.3 del ET (RCL 1995, 997), en orden a la exigencia que el empresario comunique al trabajador, esa modificación sustancial de las condiciones de trabajo, por los mismos argumentos empleados por el recurrente. Es decir, «si esa exigencia tiene lugar cuando existe una modificación sustancial de las condiciones

6 de trabajo». Lógicamente en sentido contrario, cuando no ha existido dicha modificación la exigencia de comunicación no es preceptiva. Todo lo cual nos lleva a la desestimación del único motivo de recurso, y la necesaria confirmación de la resolución recurrida. Por lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español, FALLAMOS Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de Suplicación interpuesto por la representación letrada de D. Jesús Martín Abia, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Burgos número Dos, de 5 de octubre de 2006, en autos 669/06, seguidos en virtud de demanda promovida por el recurrente contra Sandra Alonso Padrones, en procedimiento ordinario, y en su consecuencia, debemos de confirmar y confirmamos la resolución recurrida. Notifíquese a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en la forma prevenida en los artículos 100 de la Ley de Procedimiento Laboral (RCL 1995, 1144, 1563), de la Ley Orgánica del Poder Judicial (RCL 1985, 1578, 2635) y sus concordantes y firme que sea la presente, contra la que cabe interponer recurso extraordinario de casación para la unificación de doctrina para ante el Tribunal Supremo dentro de los diez días siguientes de su notificación, devuélvanse los autos junto con testimonio de esta Sentencia, incorporándose otro al rollo que se archivará en la Sala, al Juzgado de lo Social de procedencia para su ejecución. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. PUBLICACIÓN.?En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr./a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe. DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

SEGUNDO Que como hechos probados se declararon los siguientes:

SEGUNDO Que como hechos probados se declararon los siguientes: Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 507/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón TRANSPORTES POR CARRETERA: horas extraordinarias: abono: procedente: el plus de productividad no

Más detalles

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS SENTENCIA N : 844/2015

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS SENTENCIA N : 844/2015 RECURSO DE SUPLICACION Num.: 75312015 Ponente Ilmo. Sr. D. Santiago Ezequiel Marqués Ferrero Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y

Más detalles

SEGUNDO En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

SEGUNDO En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 205/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. José Luis Rodríguez Greciano EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO: por jubilación del empresario: improcedencia: extinción

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 09059340012009100239 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Burgos Sección: 1 Nº de Recurso: 282/2009 Nº de Resolución: 303/2009 Procedimiento: RECURSO SUPLICACION Ponente:

Más detalles

En la anterior sentencia se declararon probados los siguientes hechos:

En la anterior sentencia se declararon probados los siguientes hechos: Jurisdicción: Social Recurso núm. 571/2005. Ponente: Excmo. Sr. D. Jesús Gullón Rodríguez SERVICIO CANARIO DE SALUD: personal laboral indefinido no fijo: antigüedad: inaplicación del Convenio Colectivo

Más detalles

SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS, SA

SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS, SA Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1263/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Gabriel Coullaut Ariño «SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS, SA»: antigüedad: abono de trienios: desestimación: no se

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Burgos, Sala de lo Social, Sentencia 844/2015 de 3 Dic. 2015, Rec. 753/2015

Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Burgos, Sala de lo Social, Sentencia 844/2015 de 3 Dic. 2015, Rec. 753/2015 1/8 Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Burgos, Sala de lo Social, Sentencia 844/2015 de 3 Dic. 2015, Rec. 753/2015 Ponente: Marqués Ferrero, Santiago Ezequiel. Nº de Sentencia: 844/2015

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA S E N T E N C I A Nº 202/2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA S E N T E N C I A Nº 202/2015 CARMEN RIBAS BUYO Procurador de los Tribunales FECHA NOTIFICACION :26/03/15 M/ REF.: 7239 LETRADO:HELENA LUCIO VICIANA FINE PLAZO: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 09059340012009100246 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Burgos Sección: 1 Nº de Recurso: 239/2009 Nº de Resolución: 310/2009 Procedimiento: RECURSO SUPLICACION Ponente:

Más detalles

Jurisdicción: Social. Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 36/2005. Ponente: Excmo. Sr. D. Jordi Agustí Juliá

Jurisdicción: Social. Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 36/2005. Ponente: Excmo. Sr. D. Jordi Agustí Juliá Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 36/2005. Ponente: Excmo. Sr. D. Jordi Agustí Juliá UNIFICACION DE DOCTRINA: inexistencia de contradicción: requisitos; «Banco

Más detalles

Iltmos. Señores: D. MIGUEL CORONADO DE BENITO D. MAXIMILIANO DOMINGUEZ ROMERO D. ELENA DIAZ ALONSO. En Sevilla, a 11 de septiembre de 2002.

Iltmos. Señores: D. MIGUEL CORONADO DE BENITO D. MAXIMILIANO DOMINGUEZ ROMERO D. ELENA DIAZ ALONSO. En Sevilla, a 11 de septiembre de 2002. Recurso 0301/02 -D. Iltmos. Señores: D. MIGUEL CORONADO DE BENITO D. MAXIMILIANO DOMINGUEZ ROMERO D. ELENA DIAZ ALONSO En Sevilla, a 11 de septiembre de 2002. La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal

Más detalles

Documento descargado de El portal de los profesionales de la seguridad

Documento descargado de  El portal de los profesionales de la seguridad SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN 7ª, DE 12 DE JUNIO DE 2009, SOBRE LA EXTENSIÓN DE EFECTOS DE SENTENCIA PRECEDENTE EN RELACIÓN CON LAS HORAS EXTRAORDINARIAS

Más detalles

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y Jurisdicción:Social Recurso de Suplicación núm. 650/2004. Ponente: Ilmo. Sr. D. Fernando Muñoz Esteban JORNADA LABORAL: trabajo a turnos: concepto. PERSONAL ESTATUTARIO DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA

Más detalles

4.2.-SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. 173/2017 INTERPUESTO POR URBAN INCENTIVES, S.L.

4.2.-SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. 173/2017 INTERPUESTO POR URBAN INCENTIVES, S.L. 4.1.-AUTO DICTADO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN PROCEDIMIENTO DE DERECHOS FUNDAMENTALES 381/2017 INTERPUESTO POR DON ALEJANDRO GALLARDO GAITÁN CONTRA ESTE EXCMO.

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 28079140012010100702 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 160/2010 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ Tipo

Más detalles

SENTENCIA nº /2016

SENTENCIA nº /2016 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA Avda Pedro San Martin S/N Santander Teléfono: 942357126 Fax.: 942357004 Modelo: TX900 Proc.: RECURSOS DE SUPLICACIÓN Nº: 0000203/2016 NIG:

Más detalles

CONCILIACION EXTRAJUDICIAL: acuerdo en materia de despido: ejecución ante el Juzgado: prescripción: plazo: determinación.

CONCILIACION EXTRAJUDICIAL: acuerdo en materia de despido: ejecución ante el Juzgado: prescripción: plazo: determinación. Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1034/2006. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz CONCILIACION EXTRAJUDICIAL: acuerdo en materia de despido: ejecución ante el Juzgado: prescripción:

Más detalles

En la Villa de Madrid, a dos de Diciembre de dos mil catorce.

En la Villa de Madrid, a dos de Diciembre de dos mil catorce. TRIBUNAL SUPREMO (Sala Cuarta) S. 02.12.2014 INCAPACIDAD TEMPORAL Necesidad de abono del subsidio de incapacidad temporal hasta el momento de la notificación de la resolución administrativa correspondiente,

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 Nov. 2015, Rec. 337/2014

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 Nov. 2015, Rec. 337/2014 Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 10 Nov. 2015, Rec. 337/2014 Ponente: Souto Prieto, Jesús. Nº de Recurso: 337/2014 Jurisdicción: SOCIAL SENTENCIA En la Villa de Madrid, a diez

Más detalles

Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27) Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2333/2006. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Virginia García Alarcón Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. RSU 0002333/2006

Más detalles

Rollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009

Rollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009 Rollo de apelación 479/2010 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia Recurso 142/2009 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo

Más detalles

S E N T E N C IA N 142/2009

S E N T E N C IA N 142/2009 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCiÓN CUARTA 1/5 Rollo de apelación no342/2006 Parte apelante: DEP. D'INTERIOR - GENERALlTAT DE CATALUNYA Representante

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 376/2012 de 3 febrero

Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 376/2012 de 3 febrero Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª). Sentencia núm. 376/2012 de 3 febrero JUR\2012\56810 Despido.Derecho a la tutela judicial efectiva.proceso Social. Jurisdicción:

Más detalles

JUR\2016\ Personal al servicio de la Administración General del Estado.

JUR\2016\ Personal al servicio de la Administración General del Estado. Tribunal Superior de Justicia TSJ de Islas Canarias, Las Palmas (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª) Sentencia num. 422/2016 de 1 septiembre JUR\2016\266041 Personal al servicio de la Administración

Más detalles

Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 3069/2004.

Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 3069/2004. Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 3069/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. José María Botana López ANTIGUEDAD: abono a trabajadores temporales: mismas condiciones que

Más detalles

EN NOMBRE DE SM EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL. SENTENCIA núm. 722

EN NOMBRE DE SM EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL. SENTENCIA núm. 722 Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 569/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Alicia Cano Murillo JORNADA LABORAL: permisos y licencias retribuidos: regulación legal: mínimos de derecho necesario:

Más detalles

[TS][Social] Modificación sustancial de las condiciones de

[TS][Social] Modificación sustancial de las condiciones de [TS][Social] Modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Horario. Empresas de seguridad. [TS][Social] Modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Horario. Empresas de seguridad. El

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia 1417/2014 de 12 Nov. 2014, Rec. 1212/2012.

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia 1417/2014 de 12 Nov. 2014, Rec. 1212/2012. 1/5 Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia 1417/2014 de 12 Nov. 2014, Rec. 1212/2012 Ponente: Ornosa Fernández, María Rosario. Nº de Sentencia:

Más detalles

SENTENCIA NÚM. 143/2017

SENTENCIA NÚM. 143/2017 AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5 ZARAGOZA SENTENCIA: 00143/2017 AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA SECCION QUINTA DIRECCION.- C/ GALO PONTE Nº 1 DE ZARAGOZA-50.003 TFNO.: 976208053-055-051 FAX: 976208052 ROLLO:

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia. TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 367/2017 de 14 febrero

Tribunal Superior de Justicia. TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 367/2017 de 14 febrero Tribunal Superior de Justicia TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 367/2017 de 14 febrero JUR\2017\121205 Tiempo de trabajo. ECLI:ECLI:ES:TSJPV:2017:781 Jurisdicción:Social

Más detalles

SALARIOS: absorción y compensación: requisitos: necesaria homogeneidad de los conceptos salariales: antigüedad y salario base.

SALARIOS: absorción y compensación: requisitos: necesaria homogeneidad de los conceptos salariales: antigüedad y salario base. Jurisdicción:Social Recurso de Suplicación núm. 1558/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Mª Luisa Segoviano Astaburuaga SALARIOS: absorción y compensación: requisitos: necesaria homogeneidad de los conceptos

Más detalles

AUDIENCIA PROVINCIAL DE Sección

AUDIENCIA PROVINCIAL DE Sección AUTO: AUDIENCIA PROVINCIAL DE Sección - Domicilio : PZA. DECANO EDUARDO IBASETA, S/N - 2º. 33207 GIJÓN Telf : 985176944-45 Fax : 985176940 Modelo : AUR000 N.I.G.: ROLLO : Juzgado procedencia : Procedimiento

Más detalles

ROLLO DE SALA Nº 640-C7/05 PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN PROVISIONAL TÍTULOS JUDICIALES 740/05 JUZGADO DE MARCA COMUNITARIA A U T O NÚM.

ROLLO DE SALA Nº 640-C7/05 PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN PROVISIONAL TÍTULOS JUDICIALES 740/05 JUZGADO DE MARCA COMUNITARIA A U T O NÚM. AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE SECCION OCTAVA. TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA ROLLO DE SALA Nº 640-C7/05 PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN PROVISIONAL TÍTULOS JUDICIALES 740/05 JUZGADO DE MARCA COMUNITARIA A U

Más detalles

RECURSO DE SUPLICACION Num.: 659/2008. Ponente Ilmo. Sr. D. José Luis Rodríguez Greciano. Secretaría de Sala: Sra.

RECURSO DE SUPLICACION Num.: 659/2008. Ponente Ilmo. Sr. D. José Luis Rodríguez Greciano. Secretaría de Sala: Sra. Roj: STSJ CL 6112/2008 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Burgos Sección: 1 Nº de Recurso: 659/2008 Nº de Resolución: 694/2008 Fecha de Resolución: 04/12/2008 Procedimiento:

Más detalles

SENTENCIA. SEGUNDO En referida sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

SENTENCIA. SEGUNDO En referida sentencia y como hechos probados constan los siguientes: Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1503/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Gabriel Coullaut Ariño DESPIDO COLECTIVO: procedimiento ante la autoridad laboral: autorización administrativa: anulada

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 9 Dic. 2005, rec. 3475/2004 Ponente: Martín Valverde, Antonio. Nº de recurso: 3475/2004

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 9 Dic. 2005, rec. 3475/2004 Ponente: Martín Valverde, Antonio. Nº de recurso: 3475/2004 Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 9 Dic. 2005, rec. 3475/2004 Ponente: Martín Valverde, Antonio. Nº de recurso: 3475/2004 SALARIO. Cálculo del plus de nocturnidad. Establecimiento

Más detalles

Texto. En la villa de Madrid, a dieciséis de Octubre de dos mil siete T.S.J. MADRID CON/AD SEC.6 MADRID SENTENCIA: 01263/2007. Apelación nº 461/07

Texto. En la villa de Madrid, a dieciséis de Octubre de dos mil siete T.S.J. MADRID CON/AD SEC.6 MADRID SENTENCIA: 01263/2007. Apelación nº 461/07 Página 1 de 5 Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 6ª, Sentencia de 16 Oct. 2007, rec. 461/2007 Ponente: Gallardo Martín de Blas, Eva Isabel. Nº de sentencia:

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social SENTENCIA: Presidente Excmo. Sr. D.: Aurelio Desdentado Bonete en funciones Fecha Sentencia: 03/05/2006 Recurso Num.: UNIFICACIÓN DOCTRINA 1333/2005 Fallo/Acuerdo:

Más detalles

CUESTIÓN DE ILEGALIDAD registrada como RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 382/2016. Partes: VODAFONE ESPAÑA, S.A. C/ AJUNTAMENT DE TERRASSA

CUESTIÓN DE ILEGALIDAD registrada como RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 382/2016. Partes: VODAFONE ESPAÑA, S.A. C/ AJUNTAMENT DE TERRASSA CARMEN RIBAS BUYO Procurador de los Tribunales FECHA NOTIFICACION :16/11/16 M/ REF.: 6420 LETRADO:AMADO MARTINEZ RUIZ FINE PLAZO: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Más detalles

RECURRIDO: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Dª A Y D. B

RECURRIDO: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, Dª A Y D. B TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACIÓN Nº 164/05 RECURRENTE: X LETRADO: DOMINGO VILLAMIL GÓMEZ DE LA TORRE RECURRIDO: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO

Más detalles

EN NOMBRE DEL REY SENTENCIA NÚM. 2419/11

EN NOMBRE DEL REY SENTENCIA NÚM. 2419/11 ~f. IJ.IO./j..,.... R 0.305/10 mba TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA D 8 Teresa Castilla Morán, Secretaria de la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior

Más detalles

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1890/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro-Pulido Sanz PAGAS EXTRAORDINARIAS: cuantía: descuentos: desestimación: abono íntegro a trabajadores

Más detalles

A U T O. Zaragoza a veintidós de marzo de dos mil trece.

A U T O. Zaragoza a veintidós de marzo de dos mil trece. Recurso de casación e infracción procesal 43/12 A U T O Excmo. Sr. Presidente / D. Fernando Zubiri de Salinas / Ilmos. Sres. Magistrados / D. Luis Ignacio Pastor Eixarch / D. Emilio Molins García-Atance

Más detalles

En Madrid, a tres de abril de dos mil dieciocho.

En Madrid, a tres de abril de dos mil dieciocho. NIG: XXXXXXXXX JUZGADO DE LO SOCIAL Nº17 C/ PRINCESA 3 28008 MADRID AUTOS nº: 336/17 SENTENCIA nº: 159/18 En Madrid, a tres de abril de dos mil dieciocho. La Ilma. Sra. Dª PALOMA REBATE LABRANDERO, MAGISTRADO

Más detalles

Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero

Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero RECURSO n.º 636/2010 SENTENCIA n.º 61/2013 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA: SECCION PRIMERA Compuesta

Más detalles

3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. AYUNTAMIENTO.

3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. AYUNTAMIENTO. 3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. Nº 382/14 INTERPUESTO POR DON ALBERTO LLAVES ENRÍQUEZ CONTRA ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO. Jurídicos del Excmo.

Más detalles

Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 23 de Junio de 2010 (rec.29/2010).

Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 23 de Junio de 2010 (rec.29/2010). Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 23 de Junio de 2010 (rec.29/2010). ENCABEZAMIENTO SENTENCIA EN APELACION Madrid, a veintitres de junio de dos mil diez.

Más detalles

SENTENCIA nº

SENTENCIA nº ROLLO Nº 000815/2017 SECCIÓN 10ª SENTENCIA nº.1030-17 SECCIÓN DÉCIMA: Ilustrísimos Sres.: Presidente: D. José Enrique de Motta García España Magistrados/as: Dª. María Pilar Manzana Laguarda D. Carlos Esparza

Más detalles

SENTENCIA nº

SENTENCIA nº ROLLO Nº 000815/2017 SECCIÓN 10ª SENTENCIA nº.1030-17 SECCIÓN DÉCIMA: Ilustrísimos Sres.: Presidente: D. José Enrique de Motta García España Magistrados/as: Dª. María Pilar Manzana Laguarda D. Carlos Esparza

Más detalles

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.1 A CORUÑA

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.1 A CORUÑA T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.1 A CORUÑA SENTENCIA: 00621/2016 Ponente: Don Benigno López González Recurso de Apelación número 243/2016 Apelante: A.A. Apelada: Concello de Vigo (Pontevedra) EN NOMBRE DEL REY

Más detalles

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público.

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. 174/2010 de 13 enero Tribunal Superior de Justicia de C. Valenciana

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo SENTENCIA: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACION Nº: 132/14 APELANTE: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y SECTOR PÚBLICO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Representante:

Más detalles

Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 4752/2004.

Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 4752/2004. Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 4752/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. Luis Ramón Martínez Garrido BECAS: carácter y finalidad: relación laboral: técnico auxiliar

Más detalles

Texto. En la ciudad de Málaga. a veintitrés de febrero de dos mil seis TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Texto. En la ciudad de Málaga. a veintitrés de febrero de dos mil seis TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA Página 1 de 7 Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Málaga, Sala de lo Social, Sentencia de 23 Feb. 2006, rec. 17/2006 Ponente: Gómez Ruiz, Ramón. Nº de sentencia: 618/2006 Nº de recurso: 17/2006

Más detalles

EXTINCIÓN DEL CONTRATO A INSTANCIA DEL TRABAJADOR.

EXTINCIÓN DEL CONTRATO A INSTANCIA DEL TRABAJADOR. TRIBUNAL SUPREMO (Sala Cuarta) Sentencia 28.10.2015 EXTINCIÓN DEL CONTRATO A INSTANCIA DEL TRABAJADOR. Impago de salarios. Supuesto en que el trabajador cesa después de interponer la papeleta de conciliación,

Más detalles

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. EN NOMBRE DEL REY SENTENCIA

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. EN NOMBRE DEL REY SENTENCIA Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 4353/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Antonio Jesús Outeiriño Fuente EXTINCION DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS: amortización de puesto de trabajo por circunstancias

Más detalles

Texto. En la ciudad de Madrid, a 22 de febrero del año 2008 T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3 MADRID SENTENCIA: 00185/2008

Texto. En la ciudad de Madrid, a 22 de febrero del año 2008 T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3 MADRID SENTENCIA: 00185/2008 Página 1 de 5 Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia de 22 Feb. 2008, rec. 602/2005 Ponente: Estévez Pendas, Rafael María. Nº de sentencia:

Más detalles

Cuestión: Resumen: Encabezamiento T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO SENTENCIA: 03090/2008 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

Cuestión: Resumen: Encabezamiento T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO SENTENCIA: 03090/2008 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Roj: STSJ AS 3392/2008 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Oviedo Sección: 1 Nº de Recurso: 1062/2008 Nº de Resolución: 3090/2008 Fecha de Resolución: 17/10/2008 Procedimiento:

Más detalles

AUTO DICTADO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 DE ALGECIRAS, EN P.A. 254/2017 INTERPUESTO POR INTERNATIONAL BUSINESS MACHINES, S.

AUTO DICTADO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 DE ALGECIRAS, EN P.A. 254/2017 INTERPUESTO POR INTERNATIONAL BUSINESS MACHINES, S. 4.1.- AUTO DICTADO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 DE ALGECIRAS, EN P.A. 254/2017 INTERPUESTO POR INTERNATIONAL BUSINESS MACHINES, S.A., CONTRA ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO. Excmo. Ayuntamiento

Más detalles

SENTENCIA. SEGUNDO En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

SENTENCIA. SEGUNDO En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal: Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1056/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Juan Molins García-Atance TRANSPORTES POR CARRETERA: Acuerdo Marco de Armonización y Reestructuración Laboral de las empresas

Más detalles

Federación de sanidad y sectores sociosanitarios

Federación de sanidad y sectores sociosanitarios RJ 2006\2631 Sentencia Tribunal Supremo (Sala de lo Social), de 21 noviembre 2005 Jurisdicción: Social Recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 4070/2004. Ponente: Excmo. Sr. D. Jesús Gullón

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 5478/2009 - ECLI:ES:TS:2009:5478 Id Cendoj: 28079140012009100669 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1078/2008 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL

Más detalles

Texto. En Barcelona, a nueve de enero de dos mil siete TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA

Texto. En Barcelona, a nueve de enero de dos mil siete TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Página 1 de 5 Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 9 Ene. 2007, rec. 87/2004 Ponente: Abelleira Rodríguez, María. Nº de sentencia:

Más detalles

Roj: STS 8051/ ECLI: ES:TS:2007:8051

Roj: STS 8051/ ECLI: ES:TS:2007:8051 Roj: STS 8051/2007 - ECLI: ES:TS:2007:8051 Id Cendoj: 28079140012007101403 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 15/11/2007 Nº de Recurso: 1101/2007 Nº de Resolución:

Más detalles

EN NOMBRE DE SM EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL

EN NOMBRE DE SM EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL Jurisdicción:Social Recurso de Suplicación núm. 400/2005. Ponente: Ilmo. Sr. D. Pedro Bravo Gutiérrez DESPIDO: indemnización: años de servicio: determinación: hasta la fecha de la extinción contractual;

Más detalles

SENTENCIA. En la ciudad de Oviedo, a dieciséis de mayo del año dos mil diecisiete. ANTECEDENTES DE HECHO

SENTENCIA. En la ciudad de Oviedo, a dieciséis de mayo del año dos mil diecisiete. ANTECEDENTES DE HECHO JDO. DE LO SOCIAL N. 1 OVIEDO SENTENCIA: 00288/2017 Autos: Demanda 1-2/17 SENTENCIA En la ciudad de Oviedo, a dieciséis de mayo del año dos mil diecisiete. Vistos por Dª María del Pilar Muiña Valledor,

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 5616/2014 - ECLI:ES:TS:2014:5616 Id Cendoj: 28079140012014100763 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2475/2014 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL

Más detalles

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de PONFERRADA. Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO /2016

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de PONFERRADA. Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO /2016 AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 LEON SENTENCIA: 00013/2017 ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000361 /2016 Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de PONFERRADA Procedimiento de origen:

Más detalles

RECURSO SUPLICACION /2015

RECURSO SUPLICACION /2015 1 RECURSO SUPLICACION - 001458/2015 Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Francisco-José Pérez Navarro Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Teresa-Pilar Blanco Pertegaz Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Ascensión Olmeda Fernández En València,

Más detalles

4.1. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS CONTRA LA MERCANTIL URBASER, S.A.

4.1. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS CONTRA LA MERCANTIL URBASER, S.A. 4.1.- AUTO DICTADO POR EL TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN 1ª, EN RECURSO DE CASACIÓN EN INTERÉS DE LEY Nº 2952/2015, INTERPUESTO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 18 Feb. 2009, rec. 44/2008

Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 18 Feb. 2009, rec. 44/2008 Página 1 de 5 Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 18 Feb. 2009, rec. 44/2008 Ponente: Losada Armada, Rafael. Nº de Sentencia: 113/2009 Nº de

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Ponente: Segoviano Astaburuaga, María Luisa N.º Recurso: 2484/2004 Jurisdicción: SOCIAL LA LEY JURIS: 1908582/2005 Texto En Valladolid

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA NOTIFICADA AL PROCURADOR 4 FEBRERO 2016 SENTENCIA Nº 21 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Ilmo. Sres.: Presidente Mariano Ferrando

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán SENTENCIA Sentencia Nº: 768/2015 Fecha Sentencia: 13/01/2015 CASACIÓN Recurso Nº: 1147/2013 Fallo/Acuerdo:

Más detalles

AL CENTRO DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE SEVILLA

AL CENTRO DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE SEVILLA AL CENTRO DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE SEVILLA D. LUIS PORTALO ORDÓÑEZ, mayor de edad, nacido el, con domicilio a efectos de notificaciones en la sede del SINDICATO ANDALUZ DE CONDUCTORES

Más detalles

SENTENCIA Nº 648/17. Presidente: D./Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS

SENTENCIA Nº 648/17. Presidente: D./Dña. Mª DEL CAMINO VÁZQUEZ CASTELLANOS Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Décima C/ Génova, 10, Planta 2-28004 33010310 NIG: 28.079.00.3-2016/0014471 Recurso de Apelación 302/2017 Recurrente:

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de Canarias de Santa Cruz de Tenerife, Sala de lo Social, Sentencia 49/2016 de 26 Ene. 2016, Rec.

Tribunal Superior de Justicia de Canarias de Santa Cruz de Tenerife, Sala de lo Social, Sentencia 49/2016 de 26 Ene. 2016, Rec. Tribunal Superior de Justicia de Canarias de Santa Cruz de Tenerife, Sala de lo Social, Sentencia 49/2016 de 26 Ene. 2016, Rec. 243/2015 Ponente: Barriuso Algar, Félix. Nº de Sentencia: 49/2016 Nº de Recurso:

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA. SECCION TERCERA. RECURSO 587/2016 S E N T E N C I A

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA. SECCION TERCERA. RECURSO 587/2016 S E N T E N C I A TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN SEVILLA. SECCION TERCERA. RECURSO 587/2016 S E N T E N C I A Ilustrísimos Magistrados Don Victoriano Valpuesta Bermúdez.

Más detalles

DEMANDA: variación sustancial en trámite de conclusiones: modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

DEMANDA: variación sustancial en trámite de conclusiones: modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 815/2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. José Luis Alonso Saura DEMANDA: variación sustancial en trámite de conclusiones: modificación sustancial de las condiciones

Más detalles

EN NOMBRE DEL REY. Ha dictado la siguiente SENTENCIA Nº 433/2016

EN NOMBRE DEL REY. Ha dictado la siguiente SENTENCIA Nº 433/2016 NIG: XXXXXXXXXXX En Madrid, a 15 de noviembre de 2016. EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente SENTENCIA Nº 433/2016 Dª Isabel Sánchez Peña, Juez del Juzgado de lo Social Nº29 de Madrid ha visto y oído

Más detalles

AUTO Nº 304/2017. En ELCHE, a diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete. I. ANTECEDENTES DE HECHO

AUTO Nº 304/2017. En ELCHE, a diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete. I. ANTECEDENTES DE HECHO AUDIENCIA PROVINCIAL ALICANTE SECCIÓN NOVENA CON SEDE EN ELCHE Rollo de apelación nº 000353/2017 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE ORIHUELA Autos de Procedimiento monitorio - 001422/2016 AUTO Nº 304/2017

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia 1030/2016 de 1 Dic. 2016, Rec. 1351/2015

Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia 1030/2016 de 1 Dic. 2016, Rec. 1351/2015 Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia 1030/2016 de 1 Dic. 2016, Rec. 1351/2015 Ponente: López García de la Serrana, José Manuel. Nº de Sentencia: 1030/2016 Nº de Recurso: 1351/2015 Jurisdicción:

Más detalles

SENTENCIA NÚMERO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA -----

SENTENCIA NÚMERO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA ----- Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera C/ General Castaños, 1-28004 33009730 NIG: Procedimiento Ordinario G.C. Demandante: D PROCURADOR D. JOSE JAVIER

Más detalles

SENTENCIA Nº /2014. En la Villa de Madrid, a diecisiete de enero de dos mil catorce.

SENTENCIA Nº /2014. En la Villa de Madrid, a diecisiete de enero de dos mil catorce. Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera C/ General Castaños, 1-28004 33009730 NIG: 28.079.00.3-2013/0010212 Procedimiento Ordinario /2013 G.C. Demandante:

Más detalles

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN PRIMERA BADAJOZ S E N T E N C I A 197/04. En la población de BADAJOZ, a 23 de Noviembre de dos mil cuatro.

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN PRIMERA BADAJOZ S E N T E N C I A 197/04. En la población de BADAJOZ, a 23 de Noviembre de dos mil cuatro. AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN PRIMERA BADAJOZ S E N T E N C I A 197/04 D. Enrique Martínez Montero de Espinosa Iltmo. Sr. Magistrado En la población de BADAJOZ, a 23 de Noviembre de dos mil cuatro. La Sección

Más detalles

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 1406/2004. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Petra García Márquez SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA: personal estatutario: jornada laboral: trabajo a turnos:

Más detalles

SENTENCIA: SENTENCIA Nº 50/16. Vigo, a 15 de febrero de 2016

SENTENCIA: SENTENCIA Nº 50/16. Vigo, a 15 de febrero de 2016 SENTENCIA: JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO DOS DE VIGO N11600 C/ LALIN Nº 4, PISO 5º EDIFICIO Nº2 CB N.I.G: Procedimiento: Sobre: De D/Dª: Letrado: Procurador D./Dª: Contra D./Dª Letrado: Procurador

Más detalles

Jurisdicción: Social. Recurso de Suplicación núm. 792/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Alicia Cano Murillo

Jurisdicción: Social. Recurso de Suplicación núm. 792/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Alicia Cano Murillo Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 792/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Alicia Cano Murillo SALARIOS: complementos en razón del trabajo realizado: complemento de trabajo en sábados, domingos

Más detalles

En la Villa de Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil cuatro.

En la Villa de Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil cuatro. RJ 2004\8127 Sentencia Tribunal Supremo núm. 1238/2004 (Sala de lo Civil, Sección 1ª), de 16 diciembre Jurisdicción: Civil Recurso de Casación núm. 3576/1998. Ponente: Excmo. Sr. D. Clemente Auger Liñán.

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia TSJ de Castilla y León, Burgos (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 94/2015 de 19 febrero JUR\2015\69438

Tribunal Superior de Justicia TSJ de Castilla y León, Burgos (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 94/2015 de 19 febrero JUR\2015\69438 Documento Tribunal Superior de Justicia TSJ de Castilla y León, Burgos (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 94/2015 de 19 febrero JUR\2015\69438 Derechos y deberes laborales.novación del contrato

Más detalles

DESPIDO PROCEDENTE: faltas injustificadas de asistencia: no reincorporación al puesto de trabajo tras denegación de incapacidad permanente.

DESPIDO PROCEDENTE: faltas injustificadas de asistencia: no reincorporación al puesto de trabajo tras denegación de incapacidad permanente. Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 654/2005. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Mª del Carmen Sánchez-Parodi Pascua DESPIDO PROCEDENTE: faltas injustificadas de asistencia: no reincorporación al puesto

Más detalles

ASOCIACIÓN DE APOYO A LA INTEGRACIÓN HUMANITAS

ASOCIACIÓN DE APOYO A LA INTEGRACIÓN HUMANITAS SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Julián Moreno Retamino Ilmos. Sres. Magistrados Doña María Luisa Alejandre Durán Don Eugenio Frías Martínez En la ciudad de Sevilla, a quince de marzo de dos mil dieciséis.

Más detalles

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 OVIEDO

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 OVIEDO JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 OVIEDO SENTENCIA: 00152/2017 Modelo: N11600 LLAMAQUIQUE S/N, 1ª PLANTA Equipo/usuario: MAZ N.I.G: 33044 45 3 2017 0000509 Procedimiento: PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000098

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Roj: STSJ AS 154/2011 Id Cendoj: 33044340012011100140 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Oviedo Sección: 1 Nº de Recurso: 2946/2010 Nº de Resolución: 338/2011 Procedimiento:

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO TRIBUNAL SUPREMO (Sala Cuarta) S. 08.06.2017 FOGASA La cuestión que se plantea en este pleito- sobre si la cuantía de la indemnización garantizada por el FOGASA debe limitarse al máximo de doce días de

Más detalles

RECURSO SUPLICACION /2014 SENTENCIA Nº 1333/2015

RECURSO SUPLICACION /2014 SENTENCIA Nº 1333/2015 1 Recurso C/ RECURSO SUPLICACION - 002905/2014 Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. MANUEL JOSÉ PONS GIL Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ANTONIO-VICENTE COTS DIAZ Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. GEMA PALOMAR CHALVER En Valencia, a

Más detalles

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 ALBACETE

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 ALBACETE JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 ALBACETE SENTENCIA: 00007/2017 ORDINARIO 286/16 SENTENCIA Nº7/17 En Albacete a tres de enero de dos mil diecisiete. Vistos por mi, Iltmo. Sr. D. Antonio Rodríguez González,

Más detalles

Texto ANTECEDENTES DE HECHO

Texto ANTECEDENTES DE HECHO Página 1 de 5 Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Burgos, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia de 2 Nov. 2007, rec. 56/2007 Ponente: García Vicario, María Concepción.

Más detalles