CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL E INTERNET MOVIL PARA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE. BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES

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1 CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL E INTERNET MOVIL PARA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE. BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACION PROPUESTA PÚBLICA Nº 109/2012 1

2 ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE SECOPLAC BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES PROPUESTA PÚBLICA Nº 109/2012 CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL E INTERNET MOVIL PARA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE REGULACION: Las normas aplicables a las presentes bases administrativas serán la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº ; Ley de Bases de Procedimientos Administrativos N º ; Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios Nº , Decreto Supremo Nº 250 Reglamento de la Ley N º ; Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº , aclaraciones, consultas, Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas, otras. El orden de prelación que tendrá la normativa recién descrita, será la siguiente: a) Aclaraciones posteriores al proceso de apertura b) Aclaraciones, Consultas y respuestas. c) Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas d) Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios Nº e) Decreto Supremo N º 250 Reglamento de la Ley N º f) Decreto Supremo Nº 1763, que modificó el D.S. Nº 250 g) Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N º h) Ley de Bases de Procedimientos Administrativos N º i) Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº j) Normativa Aplicable vigente Sin perjuicio de lo anterior, toda Ley, Decreto y Norma que sea aplicable a la presente licitación y en particular, todo reglamento, ordenanza y norma que rigen la contratación del servicio; se entenderá plenamente conocido por parte del licitante o Adjudicatario, según corresponda EL MANDANTE: La presente propuesta es convocada por la I. Municipalidad de Iquique, quien tendrá la supervisión técnica y administrativa, lo que comprende, los procesos de licitación, adjudicación, contrataciones respectivas, así como la supervisión directa de la Adquisición contratada hasta su total terminación y entrega. La unidad técnica para la presente propuesta será la Dirección de Bienes Municipales Todo contacto que requiera el oferente, se realizara mediante el foro de consultas del portal no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios. (art. 27 del reglamento de la ley N ). 2

3 3. - LA PROPUESTA: La propuesta se refiere al CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL E INTERNET MOVIL PARA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, cuyas características se indican en las Especificaciones Técnicas del caso. El proponente debe considerar todo aquello inherente a las características de la materia del contrato, con el objeto de dar al Municipio una respuesta adecuada a sus necesidades, lo que se deja establecido según lo indicado en las especificaciones técnicas Este servicio se contratará a través del sistema a suma alzada, sin reajustes, ni intereses de ningún tipo y su pago se hará de acuerdo a lo indicado en el punto Nº 13 de las presentes bases. Serán de cargo del proponente todos los gastos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de su oferta. De esta forma, la Municipalidad en ningún caso será responsable de dichos gastos Cabe destacar que la presente propuesta no considera anticipo DE LOS PROPONENTES: Podrán participar todas las personas naturales y/o jurídicas que tengan interés en ella, y que comercialicen las especies requeridas, y que no se encuentren afectadas por la inhabilidad del Articulo N º 4 de la Ley N º , de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El incumplimiento de esta formalidad dejará de inmediato al oferente fuera de bases y por lo tanto su oferta no tendrá validez. Nota: Se recomienda a los interesados, someter a consulta cualquier duda o dificultad en torno a la documentación a acompañar, con el fin de evitar que situaciones de forma o interpretación afecten su postulación. Estas consultas deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público ENTREGA DEL SERVICIO La Unidad Técnica emitirá mensualmente un Acta de Recepción Conforme del Servicio una vez que el oferente adjudicado haya prestado el servicio tal como se solicitó en las Especificaciones Técnicas El oferente adjudicado una vez celebrado el contrato, deberá coordinarse con la unidad Técnica Municipal, para hacer entrega de los bienes y servicios requeridos en la presente propuesta considerando los plazos ofertados La Municipalidad de Iquique designará un Inspector Técnico Municipal a quien encomendará la supervisión de la ejecución del servicio, este inspector deberá velar por el cumplimiento de los aspectos técnicos y contractuales, asumiendo la representación de la Unidad Técnica ante el oferente adjudicado. El oferente adjudicado deberá acatar las instrucciones del Inspector Técnico Municipal, las que se impartirán siempre por escrito, las cuales deberán cumplirse dentro de los plazos que la inspección estipule. 3

4 La Unidad Técnica Municipal podrá introducir ajustes, modificaciones técnicas al servicio, para la buena ejecución de éste, de común acuerdo con el oferente adjudicado Serán Obligaciones del oferente adjudicado: a) Dar cumplimiento a cada una de las estipulaciones de las bases administrativas especiales, especificaciones técnicas e instrucciones que imparta la Inspección Técnica Municipal durante la vigencia del contrato b) El oferente adjudicado será el único responsable de la prestación del servicio. Por ello no podrá ceder o transferir a ningún título el contrato c) El oferente adjudicado será responsable por el buen funcionamiento de los equipos móviles, del software de gestión y del sistema de banda ancha móvil. d) Proveer de Servicio Técnico como se indica en las bases técnicas e) Cumplir con las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores f) Para los efectos de la responsabilidad técnica que asume el oferente adjudicado, éste debe contar permanentemente con un representante autorizado y facultado para actuar en su nombre con domicilio en la ciudad de Iquique., además de un ejecutivo(a), también con domicilio en nuestra ciudad Al oferente adjudicado le estará prohibido: a) Reemplazar o modificar en forma total o parcial las características y requerimientos exigidos en las presentes bases b) Incluir otros elementos o características inferiores o ajenas a las exigidas en la presente propuestas. 6.- FINANCIAMIENTO: La Adquisición del Servicio en cuestión, será financiada por la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE con cargo al presupuesto municipal año 2013, por lo tanto no se considera presupuesto oficial La I. Municipalidad de Iquique se reserva el derecho de disminuir unidades, adjudicar total o parcialmente, o declarar no adjudicada la propuesta pública, según lo estime conveniente a los intereses municipales, mediante resolución fundada. 7.- ETAPAS Y PLAZOS: Las etapas y plazos serán las publicadas en el portal las cuales quedaran indicadas en la ficha de la licitación en el mencionado portal. Los oferentes deberán estudiar la propuesta de acuerdo al calendario de fechas proporcionado en el sistema de información señalado en el párrafo precedente. 4

5 8.- COMPLEMENTACION, RECTIFICACION Y ENMIENDA El Municipio, a través de la Secretaría Comunal de Planificación podrá a su propia iniciativa o en respuesta a consulta o solicitud de aclaración formulada por un licitante, enmendar, rectificar o complementar las presentes Bases de licitación, con la dictación del Decreto Alcaldicio correspondiente. De modificarse las Bases mediante Decreto Alcaldicio se podrá postergar la fecha de apertura de las mismas y ampliar el plazo para consultas y respuestas, con el objeto de dar un plazo razonable a los oferentes para el estudio de las modificaciones. Se comunicará este hecho y los nuevos plazos mediante el portal del sistema de información y contratación pública Las respuestas a consultas, las aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y complementaciones realizadas, formarán parte integrante de las Bases de esta Propuesta RECEPCION DE LAS OFERTAS No se recibirán propuestas después de la hora del acto de apertura electrónico indicado en la ficha de licitación publicada el en portal A partir de dicha hora, tampoco los oferentes podrán retirar ni modificar sus propuestas. 9.1 Obligatoriamente toda la documentación solicitada en estas bases deberá ser ingresada al portal a menos que: 1. El Oferente se encuentre inscrito en Chileproveedores y tenga los documentos solicitados en estas bases registradas en dicho portal. 2. El oferente acredite ante el Municipio encontrarse en alguna de las circunstancias del artículo 62 del Reglamento de la Ley Dicha acreditación deberá certificarla Secoplac antes del acto de apertura o la Comisión de apertura en el mismo acto Será responsabilidad única del oferente ingresar la oferta y la documentación solicitada para la presente propuesta en forma correcta en el portal Al ingresar la documentación al portal se deberá especificar en el nombre del archivo, cual es el documento que contiene, con el fin de hacer más expedito la revisión de éstos La Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. En este sentido, la Municipalidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. 5

6 El plazo otorgado para la corrección de estas omisiones será de 2 días hábiles contados desde el requerimiento del Municipio, el cual se informará a través del Portal al resto de los oferentes u otro plazo que la comisión estime pertinente. Lo anterior no podrá aplicarse a las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en el punto 9.1., de estas Bases Administrativas Especiales. 10. ACTO DE APERTURA El Acto de Apertura a Público, es el acto público, en que los miembros de la Comisión de Apertura de Propuestas, proceden a abrir los Antecedentes Administrativos, la oferta técnica de cada oferente, y en caso de calificar dichas ofertas, se procede a abrir la oferta económica de cada proponente. Dicha apertura será proyectada para facilitar su revisión tanto para los miembros de la comisión como para las personas que asistan al acto, lo cual no es obligatorio para los proponentes. En este caso, sólo se constatará la existencia y el cumplimiento en cuanto a su forma y plazos de la documentación exigida en estas Bases. En caso que al momento de la apertura de las ofertas, el portal Mercado Público o Chileproveedores presente problemas técnicos, se levantará un acta indicando los problemas y una vez que el portal vuelva al normal funcionamiento se citará nuevamente a la comisión de apertura y a los oferentes que asistieron al acto original. Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 9.4, la Comisión de Apertura de Propuesta, no admitirá las ofertas que no cumplan con los siguientes requisitos: 1. La Garantía de la seriedad de la oferta debe presentarse físicamente en Secretaria Municipal media hora antes del acto de Apertura. Aquellas garantías presentadas fuera de este plazo y hasta antes el acto de apertura, excepcionalmente se admitirán, si tal presentación tardía fuere calificada por la Comisión de Apertura como un caso de Fuerza mayor y/o caso fortuito. Iniciado el acto de apertura, es inadmisible cualquier garantía. 2. Deben estar ingresados en el portal antes del acto de apertura todos los documentos solicitados para la Oferta Económica, según el punto de estas Bases Administrativas Especiales, y en la forma ahí solicitada Están facultados para efectuar observaciones durante el proceso de apertura y firmar el acta respectiva, además de la Comisión, aquellos proponentes que se presenten personalmente, o por medio de un representante o apoderado. En este caso, deberán acreditar la personería con que actúan, por medio de escritura pública, si fuere sociedad, o de una carta poder extendida ante Notario, si se trata de personas naturales. 6

7 Todos los documentos, antecedentes comerciales, personales y demás datos subidos al portal, se presumirán fidedignos, por lo que la I. Municipalidad de Iquique, se basará en ello para analizar la propuesta, sin perjuicio de requerir mayor información cuando lo estime necesario. En consecuencia, cualquier falsedad en los datos y documentos proporcionados, falsificación de firmas, etc., será de exclusiva responsabilidad del proponente, sin perjuicio de las acciones legales a que diera lugar Apertura de los Antecedentes Administrativos a) Solo en el caso de que el oferente sea persona jurídica, y que no se encuentre inscrito en los registros de Chileproveedores o que dichos documentos no se encuentres vigentes en dicho portal, deberá ingresar en el portal a.1) Escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones si las hubiera. Debe el oferente destacar la ubicación de la personería de sus representantes, para que la comisión de apertura pueda ubicarla fácilmente en la respectiva escritura. a.2) Certificado de Vigencia de la Sociedad emitida por el Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no mayor de 30 días a la fecha de apertura de la presente propuesta. b) Declaración Jurada ante Notario Público donde se exprese que no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de sus trabajadores dentro de los anteriores dos años, con una antigüedad no mayor de 30 días a la fecha de apertura de la presente propuesta. c) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario 30) emitido por la Inspección del Trabajo que debe tener validez a la fecha del acto de apertura. d) Certificado de antecedentes personales para fines especiales, emitido por el Registro Civil e Identificación si es persona natural, o del Representante Legal si es persona jurídica. La vigencia no superior a 30 días a la apertura de la presente propuesta. e) Certificado de antecedentes comerciales, emitido por la Cámara de Comercio y/o DICOM con una antigüedad no mayor a 30 días a la apertura de la presente propuesta, el cual también puede ser emitido electrónicamente vía Internet o contar con el servicio contratado en Chileproveedores. f) Garantía de Seriedad de la Oferta, de acuerdo a lo establecido en el punto 15.1 de las presentes bases. g) Formulario de Identificación del proponente, según formato tipo, debidamente firmado por el proponente o representante legal. h) Catálogos de los equipos a ofertar, con sus respectivas características técnicas. i) Documento que indique claramente que cubren la garantía ofertada para equipos Móviles j) Certificado que indique cuales son las zonas de cobertura en la comuna. k) Declaración Jurada simple, donde se indique el plazo de entrega de los equipos en reparación o reemplazo (según se establece en el punto 3.3 de las presentes bases), debidamente firmado por el proponente o representante legal. 7

8 l) Servicios adicionales, que le oferente quiera entregar para complementar su Oferta (descuentos en facturación u otros). Los oferentes que figuren HÄBILES en el portal Chile Proveedores a la fecha de la apertura quedarán exceptuados de presentar la documentación señalada en las letras a.1), a.2), b), c) y e). Nota: Todos los documentos solicitados en este punto se deberán ingresar al portal Mercado Público como Anexos Administrativos Apertura de la Oferta Económica a) Carta Oferta, según formato tipo, debidamente firmada por el proponente o representante legal. b) Anexos 2 y 3, según formato tipo, debidamente firmado por el proponente o Representante Legal. c) Los equipos móviles a ofertar deben presentarse de Forma física al momento del acto de apertura. Nota: Los documentos de las letras a) y b) solicitadas en este punto se deberán ingresar al portal Mercado Público como Anexos Oferta Económica y la letra c) serán observados por la comisión de apertura y devueltos en el acto a él o los representantes del oferente presente en sala No obstante lo requerido en los puntos anteriores de las presentes bases, los licitantes podrán adjuntar a sus propuestas todos los antecedentes adicionales que estimen pertinentes Finalmente, se dará lectura al Acta de Apertura la cual debe incluir las observaciones que pudieran haber y procederán a firmar el acta solo aquellas personas que cumplan con lo establecido en el punto 10.2 de la presente propuesta, para luego entregar una copia del acta a cada uno de los proponentes, además de ser publicada en el portal En caso de existir reclamos, éstos deben ser dirigidos al Alcalde por escrito, dentro del primer día hábil posterior a la fecha de apertura de la propuesta La Municipalidad pone en conocimiento de los oferentes que, aunque se haya aceptado la documentación presentada en el acto de apertura, ésta queda sujeta a otras revisiones por parte de la Comisión Técnica Municipal, pudiendo encontrar diferencias u omisiones que no fueron observadas en la mencionada apertura. Esta situación implica que el (los) oferentes puedan quedar fuera de base en la etapa de evaluación técnica. 8

9 11.- DE LA ADJUDICACION La Ilustre Municipalidad de Iquique se reserva el derecho adjudicar total o parcialmente, o declarar no adjudicada la presente Propuesta Pública, con expresión de causa, según se estime conveniente a los intereses municipales El Adjudicatario de la presente licitación se elegirá de entre los proponentes que, habiendo cumplido todos los requisitos señalados en las B. A. E., presente la oferta más conveniente para la Ilustre Municipalidad de Iquique. La Comisión Evaluadora estará compuesta por el Director de la Secretaría Comunal de Planificación, el Director de Administración y finanzas, el Director de Asesoría Jurídica y el Director o jefe de la unidad técnica solicitante o de quienes ellos designen. La Comisión de Evaluación de la Propuesta, analizará y evaluará cada una de las ofertas, de acuerdo a criterios específicos, debiendo el Municipio emitir resolución o circunstancias de la adjudicación. El plazo para adjudicar la propuesta será de 30 días hábiles a contar de la fecha y hora del acto de apertura de la propuesta. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo, se informará en el sistema de Informaciones las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicar un nuevo plazo para la adjudicación. Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 9.4., la Comisión Evaluadora no podrá aceptar, ofertas con errores u omisiones, rectificados a solicitud de la Comisión de Apertura, de los antecedentes o certificados con fecha posterior al concedido en dicho acto CRITERIO PONDERACION PUNTAJE Criterio Porcentaje (%) Precio 40 Técnico 35 Plazo 20 Cumplimiento de requisitos formales Asignación de Puntaje por el Precio Total de la Oferta PUNTAJE OBTENIDO = (PXI/PE) x100 Donde PXI: Oferta económica más baja PE: Oferta económica a evaluar Oferta económica más baja obtendrá 100 puntos 9

10 Asignación de puntaje por Oferta Técnica. a) Antecedentes técnicos (80%) a. 1.- Calidad de los equipos ofertados (50 %) a Sistema Web, Gestor Institucional (30 %) a. 3.- Zona de Cobertura en la Comuna (20 %) Tramos Puntos Excelente 100 Bueno 75 Regular 50 Malo 25 b) Servicios ofertados (20 %) b. 1.- Garantía de los equipos ofertados (80 %) b. 2.-Servicios Adicionales (20 %) Tramos Puntos Cumple 100 Regular 50 No cumple Asignación de Puntaje por Plazo de Entrega a) Asignación de puntaje por plazo de entrega de los equipos (60%) PUNTAJE OBTENIDO = (PXI/PE) x100 Donde PXI: Menor plazo PE: Plazo ofertado a evaluar Oferta Plazo de entrega más baja obtendrá 100 puntos b) Asignación de puntaje por plazo de entrega por reparación o reposición de los equipos (40 %). PUNTAJE OBTENIDO = (PXI/PE) x100 Donde PXI: Menor plazo PE: Plazo ofertado a evaluar Oferta Plazo de entrega más baja obtendrá 100 puntos 10

11 Asignación de Puntaje por cumplimiento de requisitos formales de la Oferta Forma de ingreso de los documentos en el portal Mercado Público (ver nota indicada en el punto 8 último párrafo de las presentes bases) Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos. Decrecerá el puntaje a medida que aumente la cantidad documentos no presentados en el acto de apertura. Cantidad de documentos Puntaje faltantes O MAS Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se adjudicará de la siguiente forma: 1º por menor oferta económica. 2 por mayor ponderación en oferta técnica. 3 por menor plazo de entrega. 4º por cumplimiento de los requisitos formales de la oferta NOTA: los oferentes que obtengan un promedio inferior a 50 puntos en la oferta técnica no seguirán en el proceso de evaluación. Secoplac, comunicará por medio del portal a los señores oferentes el resultado de la adjudicación. 12. CONTRATO 12.1 El contrato será redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad y se entenderá perfeccionado con la firma de la Municipalidad de Iquique y el oferente adjudicado de la presente propuesta pública. El contrato deberá ser suscrito dentro del plazo de 30 días corridos, a contar de la notificación a través del portal Mercado Público, del Decreto Alcaldicio de Adjudicación, y siempre que previamente, el adjudicatario haga entrega de los siguientes documentos, en la misma Dirección indicada: - Garantía de fiel cumplimiento del contrato (15.2) - Certificado de deuda Tesorería General de la República, a menos que se encuentre inscrito en Chileproveedores. - Declaración Jurada acreditando no haber sido condenado como consecuencia de incumplimiento de contrato celebrado con alguna entidad regida por la ley de compras en los últimos 2 años a menos que se encuentre inscrito en Chileproveedores. - Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario 30) emitido por la Inspección del Trabajo que debe tener validez a la fecha de la firma del contrato. - Patente comercial o profesional al día. 11

12 De no acompañar los documentos referidos, o de no suscribir el contrato dentro del plazo establecido para ello, y siendo dicha omisión atribuible al adjudicatario, la Dirección encargada de redactar el contrato, comunicará, esto al Alcalde, quien procederá a dejar sin efecto el decreto respectivo. Se entenderá que forman parte de contrato, las presentes bases, las consultas y sus respuestas, las aclaraciones, las rectificaciones, complementaciones y enmiendas de las Bases, las Ofertas Técnicas y Económicas y otros documentos adjuntos, por el oferente adjudicado. La Ilustre Municipalidad de Iquique podrá incorporar al contrato toda cláusula que tenga por finalidad asegurar el correcto y completo cumplimiento de la ejecución de la Obra contratada. Nota: En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. Art. N º 66 del Reglamento de Compras Públicas El inicio del servicio será definido en el contrato, previo acuerdo entre las partes, sin perjuicio de esto, la Municipalidad podrá postergar el inicio del servicio por causa justificada, previo aviso al proponente adjudicado El contrato tendrá una vigencia de 1 años contados desde la fecha de inicio del servicio establecida en el contrato La Municipalidad podrá aumentar o reducir hasta en un 30% el contrato, ya sea en el plan de minutos mensuales, en la cantidad de equipos o en el sistema GPS, manteniendo los valores unitarios o proporcionalmente si corresponde u otros servicios que actualmente no estén contemplados en el presente contrato, con el respectivo tope Los valores por concepto de reparaciones no contemplados en la garantía ofertada, se definirán de mutuo acuerdo entre las partes Modificaciones al contrato La Municipalidad de Iquique una vez adjudicada y contratada la propuesta, podrá solicitar al contratista que efectúe modificaciones que durante la vigencia del contrato, resultaren necesarias para la obtención de un mejor logro de los trabajos contratados. Si durante la ejecución de las obras, se requiere introducir, modificar o agregar al proyecto, variaciones al mismo y/o partidas que produzcan aumentos, reducción y aún supresión de cantidades de obra, éste estará obligado a ejecutarlas, siempre y cuando se disponga de los fondos para ejecutarlas y la visación del mandante. La ejecución por parte del contratista, se efectuará una vez notificado por Decreto Alcaldicio de la autorización de dicha modificación. 12

13 Con la finalidad de determinar montos y plazos involucrados en las modificaciones será obligación de la empresa constructora adjudicada proporcionar al ITO, lo siguiente: a) Presupuesto presentado para su aprobación, adjuntando un desglose completo y el análisis de precios unitarios correspondientes. En caso que el oferente requiera y/o solicite aumento de plazo a la Dirección de Obras Municipales, dicho aumento será analizado por la Dirección de Obras Municipales y la Secretaría Comunal de Planificación, quienes evaluarán si amerita técnicamente la ampliación, para luego enviar la solicitud a la Dirección de Asesoría Jurídica Término anticipado del contrato La Municipalidad de Iquique, podrá poner término anticipado al contrato en la situación que genere cualquier incumplimiento por el contratista de las obligaciones que la ley o el contrato le imponga, en especial, en los siguientes casos: Término Administrativo del Contrato El incumplimiento del contratista de los plazos y condiciones de su oferta o de las obligaciones que impongan las Bases de la licitación o las que asuman al suscribirse el Contrato respectivo, dará derecho a la Municipalidad para resolver administrativamente el contrato. Una vez iniciado el contrato la Municipalidad de Iquique, podrá resolverlo administrativamente y hacer efectivas las garantías, ejecutar obras directamente con cargo al contratista, o exigir el cumplimiento forzado de las obligaciones del contratista, en caso de existir una o más de las siguientes causales: a) Si el monto acumulado de las multas aplicadas al contratista supera el 5% del valor del contrato. b) Si el contratista demuestra insolvencia o fuera declarado en quiebra. c) Si el contratista no diere cumplimiento al pago de las remuneraciones y obligaciones previsionales del personal de la obra y/o personal de los subcontratistas, por dos meses consecutivos. d) Si el oferente mantiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores e) Si por defectos de las obras, atribuibles al contratista, estas quedaren con defectos graves no susceptibles de ser reparados, y ellos comprometieren la seguridad de ellas u obligaren a modificaciones substanciales del proyecto. f) En el evento que se haya hecho efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. g) Si el contratista efectuase un traspaso total o parcial del contrato a un tercero. 13

14 En caso que la Municipalidad de Iquique, opten por el derecho establecido en el punto Término Administrativo del Contrato, las partes se sujetarán al siguiente procedimiento: Se hará exigible de inmediato y por este solo hecho, y sin perjuicio de cualquier otra multa, indemnización o sanción que corresponda, por concepto de cláusula penal en los términos del artículo 1542 del Código Civil, una multa ascendiente al 5% del monto del contrato la cual el contratista deberá pagar en la Municipalidad de Iquique dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de la correspondiente notificación. Si así no ocurriese, el contratista autoriza expresamente a la Municipalidad de Iquique, para pagarse de esta multa con cualquier suma que adeude por cualquier concepto al contratista, con el monto de las retenciones y de las garantías en su poder. Si de la valorización efectuada resultare un saldo en contra del contratista, la Municipalidad de Iquique, estará facultada para imputar dichas sumas a las Garantías emitidas en su favor, pagándose del monto adeudado por el contratista y restituyéndole el saldo resultante, si existiese, sin perjuicio del derecho que tendrá el contratista a ejercer las acciones que creyere corresponderle. La procedencia y el ejercicio de los derechos establecidos en los puntos anteriores no podrán ser discutidas por el contratista bajo ningún concepto, pues aunque éste se considere perjudicado, acatará lo resuelto por la Municipalidad, haciéndole entrega inmediata de la obra, sin que ello obste al ejercicio de las acciones que crea le puedan corresponder posteriormente. Puesto término anticipado al contrato por las causales que se señalan en este artículo la Municipalidad de Iquique, hará efectiva las garantías del mismo. Asimismo, la parte del precio no devengada será destinada a financiar la nueva contratación y si quedare un saldo a favor del contratista, le será devuelto luego de la suscripción del nuevo contrato con un tercero. Para estos efectos, será aplicable la siguiente norma: El término anticipado del contrato se hará administrativamente sin forma de juicio Término del contrato de mutuo acuerdo. El contrato podrá ser dejado sin efecto por mutuo consentimiento de las partes, caso en el cual, ninguna de las partes tendrá derecho a indemnización Término del contrato por causa de fuerza mayor o caso fortuito. La Municipalidad de Iquique, podrá declarar terminado anticipado de pleno derecho el Contrato de Construcción y proceder a su liquidación anticipada cuando por causas de fuerza mayor calificada por la Municipalidad, se deba paralizar la Obra. En este caso la Municipalidad de Iquique, dará aviso por carta certificada al Contratista con no menos de treinta días corridos de anticipación, plazo en el cual ambas partes convendrán la forma y condiciones en que se paralizarán los trabajos y se efectuarán aquellos cuya continuación o terminación sea indispensable, según la Municipalidad. En la liquidación del Contrato la Institución que financie pagará al Contratista los Estados de Pago pendientes que correspondan a trabajos ejecutados hasta la fecha del aviso de suspensión, a los precios convenidos y en conformidad a una cubicación hecha de común acuerdo. 14

15 13. - FORMA DE PAGO El pago del monto contratado se efectuará previa presentación de facturas en original y 3 copias debidamente detalladas, las cuales serán entregadas en la Dirección de Administración y Finanzas de la I. Municipalidad de Iquique. Estas deberán ser acompañadas del Acta de Recepción Conforme extendido por la Dirección de Bienes Municipales y certificadas por la Unidad Técnica correspondiente a la presente propuesta. La modalidad de pago se efectuará a suma alzada a 30 días de contados desde la certificación conforme de los Equipos y materiales emitidos por la Unidad Técnica La factura deberá extenderse a nombre de Ilustre Municipalidad de Iquique, Aníbal Pinto Nº 50 Edificio Ex - Aduana R. U. T: El Municipio pagará mensualmente los servicios prestados, de acuerdo con lo señalado en las Especificaciones Técnicas. De acuerdo con lo anterior, la documentación que la I.T.E. deberá acompañar a la solicitud de estado de pago mensual serán las siguientes: a) Carta Solicitud. b) Estado de Pago según corresponda c) Acta de "Recepción Conforme" de la Supervisión Municipal d) Factura a nombre de I. Municipalidad de Iquique, Rut: , domiciliado en Aníbal Pinto N º 50 e) Detalle de Estado de Pago. f) Certificado de Cumplimiento Laborales y Previsionales (Formulario 30-1) emitido por la Inspección del Trabajo que debe tener validez a la fecha de la presentación de la factura. g) Otros antecedentes indicados en las Especificaciones Técnicas de las presentes Bases Administrativas u otro requerido por la Supervisión Municipal La Supervisión Municipal revisará el estado de pago y procederá a su aprobación o rechazo dentro de los 5 días hábiles siguientes a contar de la fecha de presentación del mismo. En caso de rechazo, el plazo indicado comenzará a regir de la fecha de presentación del Pago Reformulado con las observaciones corregidas a satisfacción de la Supervisión Municipal. El no cumplimiento de esta obligación autorizara a la Municipalidad de Iquique para no dar curso al procedimiento de pago respectivo. Para el evento de existir deudas laborales y/o previsionales la Ilustre Municipalidad de Iquique además de la facultad de no dar curso al procedimiento de pago, ejercerá el derecho legal de retención establecido en el artículo 183-C del Código del Trabajo (Ley N ) 15

16 La Ilustre Municipalidad de Iquique, se reserva el derecho de solicitar toda otra información o documento que estime necesario para dar curso a los pagos de las facturas que se presenten a cobro en el marco de esta licitación. 14. MULTAS La Municipalidad tendrá derecho a aplicar las multas y hacer los descuentos correspondientes en la factura pertinente como se indica a continuación a) Entrega e implementación de los equipos telefónicos: Por cada día de atraso, respecto del plazo de entrega de la totalidad de los equipos, el oferente adjudicado deberá pagar una multa de 10 U.T.M. b) Servicio Técnico para equipos móviles: Por cada día de atraso respecto del plazo ofertado en la entrega de algún equipo que se encuentre en reparación, el oferente adjudicado deberá pagar una multa equivalente a 1 U.T.M. c) Servicio telefónico móvil: Por cada día sin prestación total del servicio de telecomunicación móvil, el oferente adjudicado deberá pagar una multa equivalente de 40 U.T.M. De reiterarse una multa es más de dos ocasiones, la I. Municipalidad de Iquique quedará en libertad de poner término al contrato y hacer efectiva la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato. En todo caso, si el oferente adjudicado comprueba que las deficiencias obedecen a problemas de fuerza mayor o caso fortuito, no imputable a su desempeño, la Alcaldesa podrá dejar sin efecto la sanción. El Oferente Multado podrá solicitar por escrito reconsideración de las amonestaciones y las multas, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde la notificación del informe redactado por la unidad técnica donde se explican las razones de la aplicación de la multa. Dicha reconsideración deberá ser dirigida al Alcalde y presentarse en oficina de partes. La Autoridad Edilicia tendrá el plazo de 10 días hábiles para resolver dicha reconsideración, contados desde la fecha de ingreso en la Oficina de Partes. El Alcalde en caso de solicitársele reconsideración podrá dejar sin efecto, disminuir la sanción o mantenerla, pero no podrá aumentarla. Confirmada la sanción, se descontará del pago que corresponda. 16

17 15. GARANTIAS El proponente deberá presentar en las condiciones que se indican, las siguientes garantías: 15.1 Seriedad de la oferta Se deberá presentar una garantía, la cual podrá ser Vale Vista o Boleta de Garantía de seriedad de la oferta, con vigencia de 60 días corridos o más, contados desde la fecha de apertura de la presente propuestas es que fuera boleta de garantía, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Iquique, RUT , por la suma $ e individualizada con nombre y número de propuesta. La Boleta de Garantía se deberá subirse al portal mercado público y presentarse físicamente en Secretaria Municipal, ubicada en Aníbal Pinto N º 50, Edificio Ex aduana Segundo Piso, con al menos media hora de anticipación a la hora y fecha del acto de apertura de la propuesta. Aquellas garantías presentadas fuera de este plazo y hasta antes el acto de apertura, excepcionalmente se admitirán, si tal presentación tardía fuere calificada por la Comisión de Apertura como un caso de Fuerza mayor y/o caso fortuito. Iniciado el acto de apertura, es inadmisible cualquier garantía. Esta garantía se hará efectiva cobrando íntegramente su monto, a título de cláusula penal, en los términos del art del Código Civil, en cualquiera de los siguientes casos: a) Si el proponente se desiste de la oferta; b) Si el proponente no suscribe el contrato en el plazo y forma estipulada; c) Si el proponente no entregare las garantías del contrato en el plazo establecido; d) Si el proponente no entregare dentro del plazo las Pólizas de Seguro establecidas en las presentes bases; f) Si no entregare los antecedentes solicitados por la Comisión Evaluadora, como complemento o aclaración de su oferta Fiel cumplimiento del contrato Al momento de firmar el contrato en la Dirección de Asesoría Jurídica, deberá entregar una Boleta de Garantía, para caucionar el fiel cumplimiento del contrato, por un monto de $ , de validez superior en 30 días, a la fecha de término del contrato, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Iquique, R.U.T , individualizada con nombre y número de la propuesta. En caso contrario se dejará sin efecto la adjudicación y se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta todo ello por simple resolución administrativa. La Boleta de Garantía exigido en dicho punto deberá individualizarse con número y nombre de la propuesta. En caso de aumento de plazo y valor que se genere en el transcurso de la ejecución del contrato, se deberá entregar al momento de firmar la modificación del contrato, una Boleta de Garantía correspondiente a $ , con una validez superior en 30 días, al plazo de ampliación. La Garantía indicada anteriormente, correspondiente al contrato primitivo, se devolverá 10 días después de haberse recepcionado la nueva caución que quedará en su reemplazo. 17

18 Si sólo se tratase de un aumento de plazo y las garantías primitivas de fiel cumplimiento de contrato, quedan dentro de la fecha de vigencia del mismo, incluido el aumento de plazo no será necesario presentar una nueva caución. 16. DEVOLUCION DE GARANTIAS 16.1 Seriedad de la oferta La garantía de los proponentes no adjudicados, será devuelta 10 días después de notificada la adjudicación, previa solicitud por escrito del proponente a la unidad técnica respectiva. Al proponente adjudicado se le devolverá después de entregada la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa solicitud por escrito del proponente a la unidad técnica respectiva. Para tal efecto, el contratista deberá presentar una carta a la Dirección de Asesoría Jurídica Fiel cumplimiento del contrato Al proponente adjudicado se le devolverá 10 días después de vencido el plazo de los 60 días después del término del contrato, previo informe de la Unidad Técnica de la I. Municipalidad de Iquique, y previa solicitud por escrito del proponente dirigido a la Unidad Técnica, esta última deberá solicitar por escrito a la Dirección de Control, detallando Número de Boleta, Banco al cual pertenece y monto de la devolución de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 17. SANCIONES Cualquier incumplimiento al contrato por causas imputables al oferente adjudicado, facultará al mandante para poner término anticipado a éste, por simple resolución administrativa, sin forma de juicio, no obstante cualquier otra medida que el caso requiera. 18. La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar información adicional, una vez abierta la propuesta a las empresas participantes, lo anterior para que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones, no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información o porque, la Comisión de Evaluación estime, que la o las ofertas presentadas no son lo suficientemente claras para realizar un buen análisis. 18

19 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1. GENERALIDADES Las presentes Bases Técnicas tienen como propósito establecer las características que deben reunir las ofertas para la CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL E INTERNET MOVIL PARA LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE. 2. NUMERO DE SERVICIOS DE TELEFONIA Y/O EQUIPOS El Municipio requiere del servicio de telefonía para 120 equipos telefónicos móviles, y 50 banda anchas móviles, los cuales deberán ser entregados en comodato, sin costo alguno para el Municipio. El Municipio en la actualidad cuenta con equipos de telefonía móvil otorgados por el prestador del servicio vigente para el año 2012 y que contractualmente mantendrá por un plazo de 12 meses (año 2013). Por lo mismo, los oferentes deberán considerar la entrega de los elementos necesarios para la habilitación del servicio en dichos equipos móviles. Sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, los oferentes podrán ofertar equipos móviles en las categorías requeridas, sin que ello implique costo alguno para el Municipio (a título gratuito), esto es, bajo modalidad de comodato por el periodo que dure el contrato. En este caso debe cumplirse con los requerimientos señalados en el punto 2.1. Además de un Stock de entre 5 a 10 equipos para cambios por robos o problemas con los equipos. Para el evento de contener la oferta la entrega a título gratuito de equipos móviles, deberán dividirse en cuatro categorías: Categoría Estándar Cantidad 1 Básico 30 2 Medio 40 3 Ejecutivo 30 4 Autoridades 20 TOTALES 120 Los equipos de banda ancha deberán dividirse en tres categorías: Categoría Estándar Cantidad 1 Medio 25 2 Ejecutivo 25 TOTALES 50 19

20 2.1.- TELEFONOS MOVILES Para la categoría Nº 1 los servicios de telefonía, y en su caso los equipos propuestos, deberán permitir el envío y recepción de llamadas y mensajes de texto SMS en territorio nacional e internacional. Capacidad mínima de 50 mensajes de texto en bandeja de entrada. Para la categoría Nº 2, además de las características de la categoría precedente, deberán contar con tecnología bluetooth, ser capaces utilizar móvil con tecnología 3g., contar con una memoria mínima de 32 MB (megabytes) y cámara. Para la categoría Nº 3, además de las características de las categorías anteriores, deberán permitir la recepción de correos electrónicos con una frecuencia de descarga automática de los mismos de máximo 5 minutos y contar con una memoria mínima de 64MB /megabytes), banda ancha móvil y cámara. Para esta Categoría se necesita equipos Blackberry. Para la categoría Nº 4 además de las características anteriores Compatible con auriculares estéreo con jack de 3,5mm Altavoz y microphone integrados Altavoz para Manos libres incorporado Compatible con Bluetooth v2.0; auriculares mono/estereo, Manos libres Formatos de vídeo compatibles: MPEG4 H.263, MPEG4 Part 2 Simple Profile, H.264, WMV Formatos de audio compatibles: MP3, AAC, AAC+, eaac+, WMA, WMA ProPlus Memoria ampliable: compatibilidad con tarjetas microsd 2 GB de memorial en placa 128 MB de memoria Flash BANDA ANCHA MOVIL Para la categoría Nº 1, los equipos propuestos deberán permitir una navegación en forma ilimitada en territorio nacional con una velocidad de navegación mínima desde 4GB, sin límite de descarga, ni de envió. Para la categoría Nº 2, los equipos propuestos deberán permitir una navegación en forma ilimitada en territorio nacional e internacional con una velocidad de navegación mínima desde 6GB y sin límite de descarga, ni de envió. 3. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO 3.1 Plan Empresa El oferente deberá proveer el servicio de telefonía móvil ilimitada para todos los llamados entre móviles del plan que corresponda a la Intrared Municipal, no generarán costo alguno para el Municipio. 3.2 Plan de Minutos Se requiere de un plan mensual de minutos base, todo destino nacional y horario indiferenciado con tarifa plana. 20

21 3.3 Líneas Telefónicas móviles El servicio debe estar habilitado para con líneas Telefónicas celular con la tecnología necesaria para recibir y efectuar llamadas en el territorio chileno y las categorías 3 y 4 deberá efectuar llamadas al extranjero. En el evento de considerar las ofertas equipos telefónicos deberán estar dotados de dichas características. 3.4 Minutos y Servicios adicionales Como parte del contrato se considerará mensualmente minutos y servicios adicionales según las categorías definidas en el punto Nº 2 anteriormente indicado, cuyos valores se calcularán mensualmente, en minutos u otra medida correspondiente, de acuerdo al Anexo Nº 2. Todos los servicios adicionales podrá el municipio solicitarlos discrecionalmente por equipos y por períodos de tiempo determinado. La valorización corresponderá a la información comercial disponible en las oficinas comerciales del oferente. Algunos de los servicios adicionales requeridos se precisarán a continuación: a) Internet Móvil: La facturación mensual de este aspecto, se deberá calcular en base a los Kb (Kilobyte) utilizado en Internet móvil. b) Banda ancha móvil: El plan de banda ancha móvil servirá de referencia para que en algunos casos el municipio pueda cambiar a un plan de mayor velocidad, pagando la diferencia en el precio de lista ofrecido por el Adjudicatario en planes a empresas. 3.5 Equipos celulares a) Como se indicó en el punto 2, el municipio contaría con equipos de telefonía móvil necesarios para el servicio de telefonía móvil durante el año 2013, por lo que es obligatorio que los oferentes señalen en su propuesta el aporte o entrega de 120 chips necesarios para la óptima operación de los señalados equipos, respecto del servicio que se licita, los que serán sin costo alguno para el municipio. b) Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el oferente podrá ofertar como alternativa, un modelo tipo para cada una de las categorías descritas en el punto Nº 3 de las presentes especificaciones técnicas, aparatos de telefonía móvil que no tendrá costo alguno para el municipio y se entregaran a título gratuito. c) Todos los chips, y en el evento de ofertarse equipos celulares, deberán ser nuevos y con garantía válida por el mismo período de duración del contrato. d) En caso de pérdida de algún equipo ofertado el municipio cancelará hasta el 70% del valor comercial de éste, si ello ocurre dentro de los primeros 4 meses de vigencia del contrato; se cancelara hasta un 60% del valor comercial, si ello ocurre dentro de los siguientes 4 meses; y hasta un 40% del valor comercial, si ello ocurre dentro de últimos 4 meses de vigencia del contrato (Cada oferta debe precisar sobre el valor comercial de los equipos ofertados para estos efectos). 21

22 3.6 Software de Gestión Los oferentes deberán considerar dentro de su oferta técnica, un software de gestión, que permita al menos administrar internamente (Administrador del Sistema), la distribución de los minutos considerados en el Plan y activar o desactivar servicios adicionales, de acuerdo a los perfiles de cada usuario municipal y también individualmente. Adicionalmente a lo anterior, el Municipio se reserva el derecho de bloquear indefinidamente todo tipo de servicios adicionales que el Adjudicatario provea. Cualquier nuevo servicio o tecnología disponible deberá ser debidamente autorizada por la Unidad Técnica Municipal. El software de gestión debe contener la descripción indicada en el Anexo Nº SERVICIO TECNICO 4.1 Para servicio de Telefonía Celular o Móvil Es obligación del Adjudicatario prestar el servicio técnico adecuado durante la vigencia del contrato o realizar el cambio por equipos nuevos para aquellos aparatos que se encuentren en mal estado o aquellos que presenten fallas operacionales y no puedan ser reparados, cuyos modelos deberán ser reemplazados por iguales, similares o mejores características a la categoría a la cual pertenece, sin ningún cargo. Los valores por el concepto de reparación o reemplazo de equipos o piezas que no contemple la garantía ofertada se establecerán por mutuo acuerdo entre el adjudicatario y la Municipalidad al momento de producirse la falla o la necesidad por parte del usuario. El adjudicatario deberá contar con servicio técnico en la comuna de Iquique Para la atención de problemas en los servicios de post venta el Adjudicatario deberá contar con una plataforma telefónica. En caso que el Adjudicatario deba retirar equipos para su reparación o revisión, deberá dejar funcionando un equipo con las mismas o mejores características que el retirado. 4.2 Para servicio de Banda Ancha Móvil Es obligación del Adjudicatario prestar el servicio técnico adecuado durante la vigencia del contrato o realizar el cambio por equipos nuevos para aquellos aparatos que se encuentren en mal estado o aquellos que presenten fallas operacionales y no puedan ser reparados, cuyos modelos deberán ser reemplazados por iguales, similares o mejores características a la categoría a la cual pertenece, sin ningún cargo. Los valores por el concepto de reparación o reemplazo de equipos o piezas que no contemple la garantía ofertada se establecerán por mutuo acuerdo entre el adjudicatario y la Municipalidad al momento de producirse la falla o la necesidad por parte del usuario. El adjudicatario deberá contar con servicio técnico en la comuna de Iquique 22

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