RESOLUCIÓN CONJUNTA DE

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1 Folio 1/11 EDUCACIÓN PRIMARIA DE CANARIAS Examinada la propuesta del Servicio de Innovación Educativa correspondiente al desarrollo y ejecución del denominado proyecto IMÁGENES Y VOCES, y de acuerdo con los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO: Primero. La Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias está impulsando procesos de innovación del sistema educativo mediante el apoyo a planes, programas y proyectos que avancen en la calidad de la enseñanza y, por tanto, en la mejora de los aprendizajes de nuestro alumnado para formarlo de tal modo que esté preparado para la vida, todo ello en consonancia con la Ley Canaria de Educación no Universitaria, que en su art. 14.d hace referencia a la promoción de proyectos educativos, en el art menciona la educación en valores y en su art. 64 la formación del profesorado. Segundo. La Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, en consonancia con la Ley Canaria de Educación no Universitaria, ha puesto en marcha el Programa enseñas, para el fomento de la educación patrimonial en Canarias, para dar respuesta a una demanda común entre los canarios y canarias, como supone la incorporación integral de nuestros valores históricos, culturales y patrimoniales a la práctica educativa. El Programa enseñas tiene entre sus objetivos generales identificar, conocer, divulgar, valorar, cuidar y fomentar el uso y disfrute en las Comunidades educativas de Canarias, del patrimonio histórico, natural, social y cultural así como convertir el patrimonio de Canarias en un recurso didáctico que sea soporte indispensable para la enseñanza integral, desde un enfoque inclusivo, transversal, visible e interdisciplinar. Tercero. Dentro de los objetivos estratégicos de la Dirección General de Patrimonio Cultural, en consonancia con el programa enseñas se encuentra la difusión del Patrimonio Cultural de Canarias en todas su manifestaciones, entendiendo que dicha difusión tiene que tener en el ámbito educativo formal uno de sus principales ejes de actuación. Cuarto. El servicio de Innovación Educativa de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias promueve el funcionamiento de los centros como comunidades de aprendizaje capaces de implicar al alumnado, profesorado y familias en el desarrollo de proyectos educativos encaminados al fomento de los contenidos y patrimonio canarios a través de la implementación del Programa enseñas, favoreciendo la concreción de sus acciones en el marco del resto de programas de innovación. Quinto. Entre las acciones diseñadas por el Programa enseñas se contempla la elaboración de propuestas para la difusión de buenas prácticas relacionados con la incorporación de la educación patrimonial en Canarias entre la que se encuadra el proyecto denominado IMÁGENES Y VOCES.

2 Folio 2/11 Sexto. En la Resolución de la Viceconsejería de Educación y Universidades por la que se dictan instrucciones de organización y funcionamiento dirigidas a los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso , se insta a los centros que propongan medidas orientadas a la consecución de los objetivos fijados por la Consejería de Educación y Universidades en la Programación General de la Enseñanza para el curso , entre los que señala: fomentar y potenciar la integración de los contenidos relacionados con el patrimonio natural y cultural de Canarias en las situaciones de aprendizaje de todas las áreas y etapas educativas. Séptimo. El Servicio de Innovación Educativa de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, propone el proyecto de innovación denominado IMÁGENES Y VOCES en base a los siguientes: FUNDAMENTOS DE DERECHO: Primero. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo), modificada parcialmente por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre), establece en su artículo 1.j) como principio general de la Educación la participación de la comunidad educativa, e insta en su artículo 118, apartados 3 y 4, a las Administraciones educativas a fomentar la participación de las familias, promoviendo e incentivando su colaboración, a fin de hacer efectiva su corresponsabilidad en la educación de sus hijos e hijas. Además, en su capítulo III del Título III establece los principios de la formación del profesorado y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa. Asimismo, establece que entre los objetivos de la educación primaria y de la secundaria obligatoria está, respectivamente, utilizar diferentes representaciones y expresiones artísticas y apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación. Segundo. La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria (BOC n.º 152, de 7 de agosto), en su artículo 5 recoge entre los objetivos que deberá alcanzar el sistema educativo canario: e) Adaptar el sistema educativo no universitario a las singularidades propias del archipiélago, a las exigencias de los sistemas más avanzados y a las necesidades de su población, construyendo un espacio único, tanto real como virtual, que integre la educación formal, no formal y los

3 Folio 3/11 aprendizajes que tienen lugar en contextos informales, y dotándolo de capacidad para elevar el nivel educativo de la ciudadanía. m) Fomentar el conocimiento, el respeto y la valoración del patrimonio cultural y natural de Canarias desde una perspectiva de creación de una convivencia más armoniosa entre la ciudadanía y el entorno Además, en su Artículo manifiesta: El currículo deberá contemplar la presencia de contenidos y actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la cultura, la antropología, la identidad canaria y otros hechos diferenciales del archipiélago canario, para que sean conocidos, valorados y respetados como patrimonio propio y en el marco de una cultura universal. Finalmente, en su artículo 64 se establecen los principios de la formación y promoción de la carrera docente. Tercero. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (BOE n.º 276, de 16 de noviembre). Cuarto. Resolución de 15 de mayo de 1998 de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (BOC n.º 70, de 8 de junio), por la que se establecen los criterios para el reconocimiento o certificación de las actividades de formación del profesorado. Quinto. El Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 143, de 22 de julio), establece en su Título IV, Órganos de Participación y Colaboración Social, los mecanismos para hacer efectiva la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa en la vida de los centros docentes. Sexto. El Decreto 89/2014, 1 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 156, de 13 de agosto) establece que el currículo de la Comunidad Autónoma de Canarias contribuirá, además, a que el alumnado conozca, aprecie y respete los aspectos culturales, históricos, geográficos, naturales, sociales y lingüísticos más relevantes de la Comunidad, así como los de su entorno, según los requieran las diferentes áreas, valorando las posibilidades de acción para su conservación. Séptimo. Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria. A efectos de esta orden, las competencias clave que se pretenden desarrollar con este proyecto son las siguientes: Comunicación lingüística. Competencia digital.

4 Folio 4/11 Aprender a aprender. Competencias sociales y cívicas. Conciencia y expresiones culturales. Octavo. El Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades (BOC n.º 203, de 19 de octubre), recoge en su artículo 13 las Competencias generales y específicas de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa. En este sentido, se contempla la competencia para desarrollar e impulsar iniciativas de investigación e innovación educativas, incluidas la gestión económica y administrativa de las mismas. Noveno. La Resolución de 20 de enero de 2017 de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa (BOC n.º 20, de 30 de enero), por la que se delega en la Directora de la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa determinadas competencias en materia de innovación y promoción educativa. En virtud de lo anteriormente expuesto y de las competencias que me atribuye el artículo 8 del Decreto 250/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa, y el artículo 11 del Decreto 24/2016, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Cultura, y Deportes que establece que la dirección de la política cultural, deportiva y de patrimonio cultural del Departamento, y dentro de ella, la Dirección General de Patrimonio Cultural, resulta competente para, defender, conservar y acrecentar el patrimonio cultural canario (letra a) del artículo 11.4.A) así como, para difundir y divulgar el conocimiento y valoración de los bienes culturales de Canarias (letra j) del mismo artículo). RESUELVEN: Primero. Aprobar la convocatoria del proyecto de innovación IMÁGENES Y VOCES para su desarrollo durante el curso escolar 2017/2018 en centros públicos de Educación Primaria de la Comunidad Autónoma Canaria. Segundo. Autorizar el desarrollo del proyecto según las bases de esta convocatoria, especificadas en el anexo I de esta Resolución. Tercero. Los centros interesados en participar dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en la web de la Consejería de Educación y Universidades, para proceder a la inscripción.

5 Folio 5/11 Cuarto. En consonancia con la Ley Canaria de Educación, que en su art. 14.h, hace referencia a la realización de trámites de manera electrónica, la inscripción de los centros en el presente proyecto de innovación se realizará exclusivamente a través del aplicativo asociado al proyecto, cuyo enlace se facilita a continuación. El procedimiento de inscripción consta de dos fases que son los siguientes: FASE UNO: El centro interesado en participar en este proyecto cumplimentará el formulario que el aplicativo despliega una vez que se accede a él. En la misma entrada se registrará a todo el profesorado del centro interesado en participar. FASE DOS: El Equipo Directivo autorizará la participación del centro en el proyecto a través del documento que también genera el propio aplicativo. La dirección del centro imprimirá, cumplimentará y firmará el documento para, posteriormente, escanearlo y subirlo al aplicativo, (no enviar en formato papel ni a través de ventanilla única) dentro del plazo de tiempo establecido. De este modo se garantiza que la Dirección tiene conocimiento del proyecto y de la participación en el mismo de su centro. Una vez que el centro ha dado los dos pasos anteriores se recibe un mensaje en pantalla a través del cual se informa que el proceso de inscripción se ha desarrollado correctamente y que ha culminado con éxito. Para resolver cualquier incidencia relacionada con el aplicativo deben contactar con el número de teléfono El enlace para acceder al aplicativo es el siguiente: Quinto. La lista de centros seleccionados se publicará en la web de la Consejería de Educación y Universidades. Sexto. Una vez concluido el desarrollo del Proyecto, y siempre antes del 16 de marzo de 2018, la Dirección del centro subirá al aplicativo, y de acuerdo al formato o formatos elegidos, los siguientes archivos: Formato 1: DIBUJO:.- Archivo de imagen del trabajo: los dibujos deberán enviarse escaneados en formato jpg, tamaño Din A4 y una resolución de 200 ppp;.- Archivo de audio: cada trabajo deberá llevar asociado un audio en formato mp3 no superior a un minuto de duración;.- Ficha descriptiva de cada trabajo: el modelo de la ficha descriptiva se remitirá a los centros admitidos.

6 Folio 6/11 Formato 2: OBRA PLÁSTICA CON VOLUMEN:.- Archivo de imagen del trabajo: deberán fotografiar el trabajo desde tres posiciones distintas: frontal, lateral y cenital. Las fotos deberán enviarse en formato jpg y una resolución de 1600 * 1200 pixeles);.- Archivo de audio: cada trabajo deberá llevar asociado un audio en formato mp3 no superior a un minuto de duración;.- Ficha descriptiva de cada trabajo: el modelo de la ficha descriptiva se remitirá a los centros admitidos. Toda la documentación que el centro subirá al aplicativo deberá pesar menos de 20Mb por archivo, su envío constituirá el único procedimiento establecido por el Servicio de Innovación Educativa para la certificación de los docentes participantes en el presente proyecto de innovación. Ninguno de los mencionados documentos se remitirá en formato papel ni por ventanilla única, salvo en lo referido a las obras en tres dimensiones que serán entregadas en los CEP de referencia de los Centros participantes. Séptimo. Si el presente proyecto de innovación generara cualquier tipo de comunicación verbal en medio de comunicación deberá expresarse de manera clara y directa que está organizado por la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias. De ese mismo modo, cualquier documento escrito que se genere relacionado con el presente proyecto de innovación deberá llevar en cada una de sus páginas el logotipo de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias. Octavo.- Hacer pública esta Resolución en la página Web de la Consejería de Educación y Universidades. LA DIRECTORA DE LA AGENCIA CANARIA DE CALIDAD UNIVERSITARIA Y EVALUACIÓN EDUCATIVA María Teresa Acosta Tejera (Por delegación de competencias en virtud de Resolución n.º 37/2017 de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa. BOC n.º 20, de 30 de enero) EL DIRECTOR GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL Miguel Ángel Clavijo Redondo

7 Folio 7/11 Primera. Objetivos ANEXO I BASES DE LA CONVOCATORIA Proyecto Imágenes y Voces Los objetivos del presente proyecto de innovación son los siguientes: 1. Convertir el patrimonio de Canarias en objeto de conocimiento y recurso didáctico que sea soporte indispensable para la enseñanza integral, desde un enfoque inclusivo, transversal, visible e interdisciplinar. 2. Fomentar la participación activa, creativa y responsable del alumnado, en proyectos de investigación sobre elementos patrimoniales de Canarias, con la finalidad de desarrollar actitudes que contribuyan a su recuperación, conservación y difusión. Segunda. Descripción El proyecto Imágenes y Voces es una propuesta pedagógica que incluye las siguientes acciones: Elección de un elemento que sea considerado significativo del patrimonio de su entorno -pueblo o municipio-. Desarrollo de un proceso de investigación individual o en equipo que suponga la búsqueda, selección, análisis y organización de información relacionada con el bien patrimonial seleccionado. Elaboración de una o dos representaciones plásticas del elemento patrimonial, sujetas a la propia apreciación del alumnado:.-formato 1: Dibujo.-Formato 2: Obra plástica con volumen Grabación de un audio sobre el elemento patrimonial seleccionado obtenido de alguna persona de su entorno cercano (familia, vecinos ). Cumplimentación de una ficha descriptiva que se descargará en el enlace referido. Los centros que se inscriban deberán enviar una o dos propuestas, en cuyo caso, han de ser cada una en distinto formato: dibujo y representación plástica en tres dimensiones (maqueta, escultura, etc). Estos trabajos se elaborarán por el alumnado individualmente o en equipo de hasta cuatro escolares. Tercera. De los trabajos remitidos, una comisión formada por especialistas de las consejerías de los centros directivos que suscriben seleccionará un máximo de cincuenta obras por cada modalidad

8 Folio 8/11 para participar en una muestra final que se presentará en todas las islas, organizada por la CEU y la Dirección General de Patrimonio Cultural compuesta por los trabajos seleccionados. Cuarta. Personas destinatarias Imágenes y Voces está dirigido a alumnado de 4º a 6º de Educación Primaria. El proyecto también promueve la participación activa de la familia del alumnado durante el proceso de diseño y elaboración del producto de modo que desde el Servicio de Innovación Educativa se invita al profesorado a incluir en la implementación del proyecto, siempre en la medida de lo posible, a familiares del alumnado para que participen en el rescate de la memoria asociada al patrimonio canario. Quinta. Desarrollo del proyecto El alumnado, asesorado por el o la docente del grupo, seleccionará individualmente o en equipo cualquier elemento patrimonial que considere significativo en su contexto por su valor histórico, natural, social o cultural. Pueden entenderse como bienes patrimoniales susceptibles de reproducción aquellos elementos materiales e inmateriales que integran el patrimonio canario y que posean valor arqueológico, arquitectónico, natural, artístico, bibliográfico, científico, documental, etnográfico, histórico, industrial o técnico, tanto heredados de nuestros antepasados como creados en el presente. En el caso que nos ocupa, podrá seleccionarse cualquier elemento o espacio del entorno del alumnado y que él considere como un valor patrimonial de la comunidad en la que reside. Escogido el objeto de trabajo, se comenzará el proceso de investigación individual o en equipo que suponga la búsqueda, selección, análisis y organización de información relacionada con el bien patrimonial seleccionado que incluirá el nombre, la descripción, las fuentes de información (usar como referencia la ficha descriptiva). A continuación, se realizará un dibujo o recreación plástica (obra en tres dimensiones: maqueta, escultura, etc.) que trate de representar el elemento escogido objetiva o subjetivamente. En el caso del dibujo el formato será realizado en soporte Din A4 y con técnica libre (crayón, rotulador, cera, témpera, acuarela, collage, etc). En el caso de la recreación plástica en tres dimensiones podrá emplearse cualquier tipo de material -arcilla, cartón, plastilina, elementos reciclados, etc.-, medirá como máximo 50 x 50 x 50 cm. Los trabajos serán enviados en las condiciones que se detallan en el apartado sexto del Resuelvo de esta convocatoria: los dibujos serán escaneados a tamaño Din A4, formato jpg y resolución 200 ppp y las obras de tres dimensiones serán fotografiadas -tres fotos- en los mismos formatos para ser subidos todos los archivos al aplicativo. Los originales de las obras de tres dimensiones serán remitidos a los CEP de referencia de cada centro educativo a fin de que

9 Folio 9/11 sean derivados a los miembros del Programa enseñas responsables de organizar la Muestra final donde se expondrán los trabajos. Acompañando al dibujo o recreación plástica se asociará un audio en formato mp3 de duración máxima de 1 minuto que el alumnado haya extraído del recuerdo o simple apreciación personal que le aporte sobre el elemento escogido, una persona de su entorno cercano (familia, vecinos ). Para recoger ese testimonio oral el profesorado preparará con el alumnado su entrevista teniendo en cuenta que el comentario del o la informante podrá concebirse de manera libre, a modo de recreación personal y que muestre un vínculo emocional relevante con el elemento seleccionado. Finalmente, la Ficha descriptiva una vez cumplimentada se escaneará y se adjuntará al material subido al aplicativo. Cada centro participante seleccionará uno o dos trabajos, en cuyo caso, serán cada uno en distinto formato: dibujo y obra en tres dimensiones. Para tal fin el centro nombrará un comité de selección integrado al menos por el o la docente responsable de los grupos participantes y la persona coordinadora de las Acciones para el fomento del Patrimonio Social, Cultural e Histórico Canario del centro. Sexta. Los centros participantes en el Proyecto recibirán un diploma. Séptima. Se aportará una guía de apoyo didáctico para la formación del profesorado que participa en el Proyecto y que será remitido a los centros participantes después de la publicación de los centros admitidos. Así mismo se les remitirá el modelo de Ficha descriptiva. Octava. Asesoramiento: El profesorado que lo solicite podrá estar asesorado puntualmente durante el desarrollo del proyecto por los miembros del Programa enseñas del Servicio de Innovación Educativa de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias. Novena. Compromisos por parte de los participantes: Los participantes dan su consentimiento expreso y autorización a la Consejería de Educación y Universidades en relación a sus datos personales, para que ésta pueda tratarlos e incorporarlos a sus ficheros con la finalidad de gestionar la relación que mantengan. Los equipos, alumnos y docentes, podrán ser solicitados para participar en los eventos designados para la promoción y comunicación de la Muestra, facilitando la atención a las peticiones de los medios de comunicación.

10 Folio 10/11 La propiedad intelectual de los proyectos, actividades y acciones presentados pertenecen a sus autores, que dan su consentimiento a la publicación, si la hubiere, y difusión de los resultados al participar en el Proyecto Imágenes y Voces aceptando las bases de forma íntegra. Con el objetivo de que la Consejería de Educación y Universidades pueda dar la máxima difusión a la Muestra, alumnado y profesorado, dan su autorización para ser fotografiados en cualquier actividad en la que intervengan, relacionada con la exposición de los trabajos. Las fotografías pasarán a formar parte del fondo documental de esta Consejería pudiendo ser utilizadas en la difusión de sus actividades. Los equipos participantes ceden el uso de los materiales del proyecto presentado, para su difusión tanto interna como externa. Décima. Datos de carácter personal: En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y su normativa de desarrollo, en concreto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, la información sobre datos de carácter personal de los y las participantes en las diferentes fases del Concurso no será utilizada a través de personas naturales o jurídicas con otro objeto que no sea el previsto en esta convocatoria. Undécima. Temporalización. 1. Todos los centros inscritos antes del 23 de febrero de 2018 quedarán automáticamente admitidos. 2. Antes del 3 de marzo se publicará el listado de centros participantes de cara a la subsanación de posibles errores de marzo 2018: fecha límite para que los centros participantes remitan los trabajos seleccionados.

11 Folio 11/11 ANEXO II FICHA DESCRIPTIVA ❶ ❷ ❸ ❹ ❺ Nombre y apellidos del autor/a o autores/as: Edad del alumno/a: Centro: Municipio: Isla: Título de la propuesta: Elemento patrimonial seleccionado: ❻ Descripción: ❼ ❽ ❾ ❿ Nombre y apellidos de la persona informante: Edad de la persona informante: Sabes a qué se dedica o se ha dedicado?: Vínculo con el alumno/a (padre, madre, tío, vecina, etc):

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