ANTECEDENTES DE HECHO

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1 Folio 1/11 Examinada la propuesta del Servicio de Innovación Educativa correspondiente al desarrollo y ejecución del asesoramiento en estrategias y prácticas sociales de lectura y escritura en el aula a cargo del Programa Escribir como Lectores de la Asociación Española de Lectura y Escritura, y de acuerdo con los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO: Primero.- La Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, a través de la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa, está impulsando procesos de asesoramiento en estrategias y metodologías para la mejora de la competencia comunicativa. Segundo.- El Servicio de Innovación Educativa de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias promueve el funcionamiento de los centros docentes como comunidades de aprendizaje capaces de implicar al alumnado, profesorado y familias en el desarrollo de estrategias de aula que tratan de conseguir la inclusión educativa y social, orientados por los valores de solidaridad, tolerancia y respeto a la diferencia, a la vez que favorece la implementación de procesos pedagógicos que promuevan valores y contribuyan al desarrollo de las competencias clave, al fomento del espíritu crítico y la adquisición de destrezas adecuadas para el impulso del trabajo cooperativo como forma de garantizar la presencia de los mencionados valores a lo largo de toda la vida. Tercero.- El proceso de enseñanza aprendizaje competencial debe abordarse desde todas las áreas de conocimiento y por parte de las diversas instancias que conforman la comunidad educativa. Su dinamismo se refleja en que las competencias no se adquieren en un determinado momento y permanecen inalterables, sino que implican un proceso de desarrollo mediante el cual los individuos van adquiriendo mayores niveles de desempeño en el uso de las mismas. Este aprendizaje implica una formación integral de las personas que, al finalizar la etapa académica, serán capaces de aplicar aquellos conocimientos adquiridos a situaciones de la vida cotidiana y utilizarlos de manera transversal en contextos y situaciones complejas. Así, podrán reorganizar su pensamiento y adquirir nuevos conocimientos, mejorar sus actuaciones y descubrir nuevas formas de acción y nuevas habilidades que les permitan ejecutar eficientemente las tareas, favoreciendo un aprendizaje a lo largo de toda la vida.

2 Folio 2/11 Cuarto.- El programa Escribir como Lectores es una línea de intervención y asesoramiento educativo de la Asociación Española de Lectura y Escritura (en adelante, AELE) y de la Fundación SM, que persigue constituir un marco iberoamericano de promoción de la lectura y la escritura en niños, niñas y adolescentes, con el objetivo de proporcionar herramientas de capacitación docente en relación con distintas propuestas de lectura y escritura centradas, esencialmente, en la posibilidad de ofrecer al alumnado prácticas de escritura y creatividad a partir de la lectura de una obra literaria seleccionada. Quinto. - Los Centros del Profesorado y, en particular, las asesorías de Plan de Comunicación Lingüística, Lectura y Bibliotecas Escolares son referentes en el asesoramiento directo de los centros y sus docentes, y para ello precisan de una formación permanente en estrategias innovadoras de consolidado éxito que trasladan a sus procesos de asesoramiento cotidianos. Sexto.- El Servicio de Innovación Educativa de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, propone el ASESORAMIENTO TÉCNICO de expertos y expertas de la AELE, en el marco de su programa ESCRIBIR COMO LECTORES, teniendo en cuenta los siguientes: FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo), modificada parcialmente por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre), establece en su artículo 1.n), como principio general de la educación, el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa. Además, establece en su artículo 2.f) como fin de la educación, el desarrollo de la capacidad del alumnado para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor. Asimismo, el capítulo III del Título III establece los principios de la formación del profesorado. Segundo.- La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria (BOC n.º 152, de 7 de agosto), que en sus artículos 23.9 y 64 hace referencia a la educación en valores y a la formación del profesorado, respectivamente. Por otro lado, establece en su artículo 29.6 que se debe ayudar al alumnado a desarrollar las capacidades que le permitan identificarse como personas con seguridad y bienestar emocional, vivir

3 Folio 3/11 relaciones afectivas consigo mismo y con los otros, y desarrollar habilidades de comunicación, expresión y comprensión. Asimismo, establece en su artículo que el Gobierno de Canarias promoverá la colaboración con las empresas y entidades empresariales con la finalidad, entre otras, del desarrollo conjunto de proyectos de innovación, además, en su artículo 64 dedicado a la formación y promoción de la carrera docente indica que la Consejería competente en materia de educación contará con la colaboración de agentes sociales para la formación permanente del profesorado. Tercero.- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (BOE nº 276 del 16 de noviembre). Cuarto.- Decreto 212/1991, de 11 de septiembre (BOC nº 122, de 16 de septiembre de 1991), sección tercera, artículo 19.3, de organización de los Departamentos de la Administración Autónoma de Canarias, en cuanto al carácter de la Dirección General como órgano de contratación, con todas las facultades inherentes en cuanto sea necesario para la consecución de los intereses públicos que tienen confiados. Quinto.- El Decreto 89/2014, de 1 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 156, de 13 de agosto) y el Decreto 315/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 156, de 13 de agosto). Sexto.- Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato. Séptimo.- Resolución de 15 de mayo de 1998 de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (BOC nº 70 de 8 de junio), por la que se establecen los criterios para el reconocimiento o certificación de las actividades de formación del profesorado de esta Dirección General. Octavo.- El Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades (BOC n.º 203, de 19 de octubre), recoge en su artículo 13 las Competencias generales y específicas de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa. En este sentido, se contempla la competencia para desarrollar e impulsar iniciativas de investigación e innovación educativas, incluidas la gestión económica y administrativa de las mismas, así como para promover la participación y colaboración con los distintos agentes sociales, administraciones públicas y otras entidades, a través de convenios y acuerdos relacionados con las enseñanzas de su ámbito competencial, así como planificar y desarrollar programas y proyectos de mejora de los centros y enseñanzas de su ámbito competencial.

4 Folio 4/11 Noveno.- Resolución de 20 de enero de 2017 de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa (BOC núm. 20 de 30 de enero), por la que se delega en la Directora de la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa determinadas competencias en materia de innovación y promoción educativa. En virtud de lo anteriormente expuesto y de las competencias que me atribuye el artículo 9 del Decreto 1/2010, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento que regula la estructura organizativa y de funcionamiento de la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa, con las modificaciones introducidas en el artículo 12 de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales, RESUELVO Primero.- Aprobar la convocatoria del proceso de asesoramiento técnico en estrategias y prácticas sociales de lectura y escritura en el aula en el marco del Programa Escribir como Lectores", a cargo de AELE, para su implementación durante el curso , dirigido a profesorado de cuatro centros de Primaria y Secundaria en cada isla no capitalina y a las asesorías de CEP de Plan de Comunicación Lingüística, Lectura y Bibliotecas Escolares de la Comunidad Autónoma. Segundo.- Autorizar el desarrollo del programa según las bases de esta convocatoria, especificadas en el anexo I de esta Resolución. Tercero.- Los centros interesados en participar dispondrán hasta el 10 de enero de 2018 para proceder a la inscripción. Cuarto.- En consonancia con la Ley Canaria de Educación, que en su art. 14.h, hace referencia a la realización de trámites de manera electrónica, la inscripción de los centros se hará por correo electrónico al Programa de Lectura y Bibliotecas Escolares plbe.ceu@gobiernodecanarias.org Quinto.- Toda persona adulta vinculada a este proyecto de innovación que tenga que intervenir de manera directa con el alumnado menor de edad de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, lo hará siempre en presencia del profesorado participante en el presente proyecto de innovación. Además, la Asociación Española de Lectura y Escritura (AELE) será responsable de comprobar que sus miembros poseen un certificado emitido por el Ministerio de Justicia a través del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en el que se haga constar que cumple los requisitos expresados en la Ley 26/2015, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y la Ley 45/2015, de Voluntariado.

5 Folio 5/11 Sexto.- Si el presente proyecto de innovación generara cualquier tipo de comunicación verbal en medio de comunicación, deberá expresarse de manera clara y directa la participación del Servicio de Innovación de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias. Cualquier documento escrito que se genere relacionado con el presente proyecto deberá llevar en cada una de sus páginas el logotipo de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias. Séptimo.- Ordenar la publicación de la presente resolución en la página web de la Consejería de Educación y Universidades. LA DIRECTORA DE LA AGENCIA CANARIA DE CALIDAD UNIVERSITARIA Y EVALUACION EDUCATIVA María Teresa Acosta Tejera (Por delegación de competencias en virtud de Resolución n.º 37/2017 de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa. BOC n.º 20, de 30 de enero)

6 Folio 6/11 ANEXO I Bases de la convocatoria Primera.- Objetivos El programa Escribir como Lectores es una línea de intervención y asesoramiento educativo que tiene como finalidad proporcionar herramientas de capacitación docente en relación con distintas propuestas de lectura y escritura centradas, esencialmente, en la posibilidad de ofrecer al alumnado prácticas de escritura y creatividad a partir de la lectura de una obra literaria seleccionada. Para ello se plantean los siguientes objetivos: - Realizar una formación presencial teórico-práctica que incluye la aportación de material de asesoramiento didáctico, a las asesorías de de Plan de Comunicación Lingüística, Lectura y Bibliotecas Escolares de los CEP y al profesorado de Lengua y Literatura. - Poner en práctica en el aula técnicas creativas y prácticas sociales de lectura y escritura a partir de la observación de las prácticas habituales de los docentes que supongan la creación de materiales escritos y artísticos. - Compartir con el autor o autora de una obra literaria lo creado en el aula a partir de su obra, así como con el resto de integrantes de la comunidad educativa del centro. Segunda.- Estructura del programa de asesoramiento Escribir como Lectores El programa supone las siguiente etapas de realización: 1. Formación del Profesorado y de las asesorías: Cuatro sesiones presenciales de tarde (de tres horas de duración) como mediadores de lectura y escritura, a cargo de una persona del equipo técnico del programa, cuyas fechas orientativas, según territorio, serán las siguientes: TERRITORIO ORIENTAL Primera y segunda sesión en dos tardes consecutivas en la semana del 22 al 25 de enero Tercera sesión en la semana del 26 de febrero al 2 de marzo Cuarta sesión en la semana del 2 al 6 de abril TERRITORIO OCCIDENTAL Primera y segunda sesión en dos tardes consecutivas en la semana del 26 de febrero al 2 de marzo Tercera sesión en la semana del 12 al 16 de marzo Cuarta sesión en la semana del 2 al 6 de abril

7 Folio 7/11 2. Intervención en el aula de una mediador o mediadora de lectura del equipo técnico del programa Escribir como Lectores, en una sesión por docente participante, para el modelaje de la formación. 3. Encuentro con el autor en el aula o en el centro, con la presencia de la persona mediadora del equipo técnico del programa, en el mes de mayo. Los autores participantes, y las obras escogidas, son los siguientes (los niveles son solo orientativos): Gonzalo Moure, El oso que leía niños (Infantil a 4º de Primaria) Miguel Ángel Guelmí, La bruja Ulula y el bosque del no (5º y 6º de Primaria) Gonzalo Moure, El síndrome de Mozart (Secundaria) Tercera.- Requisitos de participación Podrán optar a participar en este programa los centros educativos públicos de Educación Primaria y Secundaria de las islas no capitalinas del archipiélago. Algunos de los centros de Primaria y Secundaria pertenecientes a un mismo distrito podrán concurrir a la convocatoria conjuntamente. También podrán presentarse de manera conjunta diferentes centros de un mismo Colectivo de Escuelas Rurales. Cuarta.- Presentación de solicitudes Los centros interesados en participar dispondrán hasta el 10 de enero de 2018, para proceder a la inscripción. Para participar el centro deberá enviar desde la dirección de correo electrónico institucional (códigodelcentro@gobiernodecanarias.org) e indicando en el asunto: Escribir como Lectores (NOMBRE DEL CENTRO), el ANEXO II, debidamente cumplimentado y firmado por el director o la directora del centro al correo del Programa de Lectura y Bibliotecas Escolares plbe.ceu@gobiernodecanarias.org El centro recibirá un texto confirmando la recepción de su correo. El envío desde cualquier otro correo electrónico anulará la solicitud. Todos aquellos proyectos que se envíen fuera de plazo y/o en formato diferente al requerido quedarán excluidos de esta convocatoria. Cinco días después de la finalización del periodo de inscripción se publicará la lista de centros seleccionados. Quinta.- El proceso de selección

8 Folio 8/11 Con carácter general, el proceso de formación y asesoramiento se llevará a cabo con profesorado de cuatro centros por isla. A estos efectos, los centros de Primaria y Secundaria que concurran a la convocatoria conjuntamente por ser centros adscritos contarán como un solo centro. Asimismo, podrán presentarse de manera conjunta diferentes centros de un mismo Colectivo de Escuelas Rurales. En la isla de Fuerteventura participarán dos centros por cada ámbito de CEP. Los criterios de selección de los centros, en caso de que concurran a la convocatoria en mayor número, serán los siguientes y por este orden: 1º. Centros con itinerario en su Plan de Formación de Centro relacionado con la mejora de la Competencia Comunicativa. 2º. Centros pertenecientes a la red BIBESCAN. 3º. Centros pertenecientes al Programa Tránsito. 4º. Número de profesorado del centro comprometido con el seguimiento de la formación y el asesoramiento. 5º. Orden de llegada de la solicitud. Sexta.- Certificación de participantes Al profesorado participante se le certificará por el desarrollo de esta actividad de asesoramiento con un total de 20 horas, según expediente de formación gestionado por cada CEP y aprobado por el Servicio de Perfeccionamiento del Profesorado. Séptima.- Participación de las familias Previa información a las federaciones de asociaciones de padres y madres, en las islas en las que exista interés manifiesto de contar con las familias en la implementación de la actividad, se podrá llevar a cabo un encuentro de las mismas con el autor en horario de tarde. Octava.- Adquisición de los libros Los libros (un lote por cada una de las aulas participantes) serán donados al centro por la Fundación SM. Se entregarán, junto con las Guías de asesoramiento docente, en la primera sesión de la formación inicial. Novena.- Compromisos de los centros participantes Los centros y el profesorado participante se comprometen a:

9 Folio 9/11 - Participar en la formación presencial. - Permitir la entrada y estancia en las aulas durante la hora de asesoramiento establecida en el punto 2 la base Segunda al mediador o mediadora de lectura y de las asesorías en formación. A estos efectos, se procurará que el número de asesores y asesoras en el aula no sea superior a tres. Décima.- Protección de datos La participación del alumnado supondrá el consentimiento para el tratamiento de sus datos y, en su caso, la cesión de datos exclusivamente en el ámbito educativo de la Consejería de Educación y Universidades, en los términos establecidos en la legislación sobre protección de datos. En todo caso, la información a la que se refiere este apartado será la estrictamente necesaria para difusión de los proyectos, no pudiendo tratarse con fines diferentes del educativo sin consentimiento expreso.

10 Folio 10/11 ANEXO II CENTRO EDUCATIVO (señalar los dos nombres, en caso de concurrir como centros adscritos) ISLA CENTRO DEL PROFESORADO NIVELES QUE PARTICIPARÁN EN EL ASESORAMIENTO El centro tiene contemplado, en su Plan de Formación de Centro, un itinerario de formación para la mejora de la Competencia Comunicativa SÍ NO El centro pertenece a la Red BIBESCAN SÍ NO El centro pertenece al Programa Tránsito SÍ NO

11 Folio 11/11 PROFESORADO QUE ADQUIERE EL COMPROMISO DE SEGUIMIENTO NOMBRE Y APELLIDOS DNI Director/a del Centro Educativo (sello) Fdo:

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