Primer Decreto Segundo Decreto estímulo fiscal equivalente al 100% del impuesto al valor agregado

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Primer Decreto Segundo Decreto estímulo fiscal equivalente al 100% del impuesto al valor agregado"

Transcripción

1

2 » Uno de los temas que más relevancia tiene entre las empresas del sector de la constucción de casas habitación, es el relacionado con el tramiento que se le debe dar al IVA. El manejo del IVA ha sido siempre un tema controvertido que ha dado lugar a diversas interpretaciones en cuanto a la forma en como se debe de considerar, respecto de las actividades de construcción en donde los proveedores de los dueños de las casa habitación, les proporcionan mano de obra y materiales. Durante el primer trimestre del ejercicio fiscal de 2015, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido dos decretos de facilidades fiscales relacionados con el tema de las empresas constructoras que edifican a construir casas habitación, y el tratamiento fiscal que le deben dar al Impuesto al Valor Agregado ( IVA), relacionado con dicha actividad. El Primer Decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de enero de 2015 El Segundo Decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 26 de marzo de 2015 En la exposición de motivos de los decretos se señala lo siguiente: Que con el propósito de complementar los apoyos al sector de la construcción de la vivienda, dado el papel estratégico que representa, pues se trata de una actividad que tiene efectos multiplicadores en diversas ramas de la economía y, por lo tanto, es impulsora de inversión y generadora de nuevas fuentes de empleo, resulta necesario establecer un beneficio para los prestadores de servicios parciales de construcción destinada a vivienda consistente en un estímulo fiscal equivalente al 100% del impuesto al valor agregado que se cause por dichos servicios, con el fin de evitar que este gravamen impacte en un incremento en su precio final y que la medida se vea reflejada en beneficio de las familias mexicanas al facilitarles la adquisición de una vivienda de calidad; 2

3 DECRETOS DEL SAT 2015 Enero 2015 Artículo Segundo.- Se condona el pago del impuesto al valor agregado y sus accesorios, que hayan causado hasta el 31 de diciembre de 2014 a los contribuyentes por la prestación de servicios parciales de construcción destinados a casa habitación, siempre que la contribución no haya sido trasladada ni cobrada al prestatario de los servicios mencionados y que a partir del ejercicio fiscal de 2015 el prestador de los servicios parciales de construcción destinados a casa habitación traslade, cobre y pague el impuesto al valor agregado conforme a las disposiciones fiscales aplicables. La condonación a que se refiere este artículo, no será aplicable a los créditos fiscales determinados respecto de los cuales los contribuyentes hayan interpuesto algún medio de defensa, salvo que se desistan de dichos medios de defensa o cuando los adeudos hubiesen quedado firmes por una resolución o sentencia definitiva, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto Marzo 2015 Artículo Primero.- Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que presten servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, siempre y cuando el prestador del servicio proporcione la mano de obra y materiales. Los servicios mencionados deberán prestarse en la obra en construcción al propietario del inmueble, quien deberá ser titular del permiso, licencia o autorización de la construcción de la vivienda correspondiente. El estímulo fiscal consiste en una cantidad equivalente al 100% del impuesto al valor agregado que se cause por la prestación de dichos servicios y se aplicará contra el impuesto causado mencionado. 3

4 Derivado de lo establecido en los decretos antes citados, podemos distinguir 2 tipos de actividades distintas: (a) la relativa a la construcción del inmueble y (b) la correspondiente a la enajenación del inmueble. En materia de IVA, la Ley respectiva regula dentro de la fracción II del artículo 9 la exención en la enajenación de construcciones adheridas al suelo destinadas o utilizadas para casa habitación, pero la Ley es omisa dentro de su Capítulo III, que es donde se regula la prestación de servicios, en mencionar una exención para los servicios de construcción de casa habitación. No obstante lo anterior, en el artículo 29 del Reglamento de la Ley del IVA, se establece la exención para los siguientes servicios: a) La prestación de los servicios de construcción de inmuebles destinados a casa habitación. b) Los servicios de ampliación de la casa habitación. c) Servicios de instalación de casas prefabricadas. Condicionando tal exención al cumplimiento del requisito de que -el prestador del servicio proporcione la mano de obra y materiales- necesarios para llevar a cabo tal servicio. Derivado de lo señalado en los preceptos legales antes señalados, los cuales son los únicos que regulan en materia de IVA a las actividades de edificación de vivienda, es decir, las de construcción y enajenación de bienes inmuebles destinados o usados como casa habitación, es claro que ambas actividades están exentas del IVA, sin embargo, en la práctica siempre ha existido polémica y controversia en relación a aquellos casos en que -el constructor del inmueble contrata a otra persona para llevar a cabo ciertas fases del proyecto, o para prestar servicios parciales- tales como la instalación eléctrica, sanitaria, lo relativo a la plomería, instalación de ventanas, puertas, gas, aire acondicionado, drenaje, cancelería de aluminio, fierro, etc. El SAT, siempre ha mantenido el criterio de que los -SERVICIOS PARCIALES DE CONSTRUCCIÓN DE UN INMUEBLE DESTINADO A CASA HABITACIÓN NO SE ENCUENTRAN EXENTOS DEL IVA- y que por lo tanto, el constructor debe aceptar el traslado del impuesto por parte del proveedor del servicio. Dicho criterio interno del SAT ha sido incluido ahora en el Anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 (RMF 2015), mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 7 de Enero de 2015, el cual, es el mismo que el SAT ha mantenido desde al menos el año 2001 y que es del texto siguiente: 4

5 28/IVA/N Enajenación de casa habitación. La disposición que establece que no se pagará el IVA no abarca a servicios parciales en su construcción. El artículo 9, fracción II de la Ley del IVA establece que no se pagará dicho impuesto en la enajenación de construcciones adheridas al suelo destinadas o utilizadas para casa habitación. Asimismo, el artículo 29 del Reglamento de dicha ley señala que quedan comprendidos dentro de la exención la prestación de servicios de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, la ampliación de éstas y la instalación de casas prefabricadas que sean utilizadas para ese fin, siempre que el prestador del servicio proporcione la mano de obra y los materiales. Por lo anterior, los trabajos de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas, de cancelería de fierro o aluminio y, en general, cualquier labor que los constructores de inmuebles contraten con terceros para realizarlos o incorporarlos a inmuebles y construcciones nuevas destinadas a casa habitación, no se encuentran incluidos en la exención prevista en el artículo 9, fracción II de la mencionada ley y 29 de su reglamento, ya que dichos servicios por sí mismos no constituyen la ejecución misma de una construcción adherida al suelo, ni implican la edificación de dicho inmueble. Como es expresa en su criterio interno, el SAT considera que tales servicios no se encuentran exentos de IVA porque no están contemplados expresamente en los dispositivos legales que regulan la exención en IVA a la construcción y enajenación de inmuebles destinados a casa habitación, es decir, los ya citados artículos 9 fracción II de la Ley del IVA y el artículo 29 del Reglamento de la misma ley; además de que tales servicios no constituyen una construcción y no implican la edificación del inmueble. Sabemos que derivado del ejercicio de sus facultades de comprobación el SAT, ha determinado en el pasado créditos fiscales a cargo de contribuyentes que han dejado de trasladar el IVA en la prestación de tales servicios, así como a aquellos contribuyentes que han deducido las erogaciones por tales servicios sin cumplir con el requisito de que en el comprobante fiscal respectivo (CFDI) se desglose en forma expresa y por separado el IVA correspondiente; por lo que no han sido pocos los juicios entablados por la empresas constructoras contra el SAT por éste motivo. 5

6 JURISPRUDENCIAS DE LA SURPEMA CORTE A lo largo de los años, los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sido contradictorio, ya que en ocasiones ha resuelto a favor del SAT, y en otras ocasiones ha sido a favor de los contribuyentes, es decir, en algunas ocasiones los órganos jurisdiccionales competentes han resuelto que tales servicios parciales en la construcción de un inmueble destinado a casa habitación no están exentos de IVA, y en otras ocasiones han resuelto que si están exentos. Tal situación de incertidumbre parecía llegar a su fin cuando a mediados del año 2010, la Segunda Sala de la SCJN emitió una jurisprudencia conteniendo el criterio de que tales servicios parciales si estaban exentos de IVA, ya que tales servicios iban dirigidos a convertir el inmueble en una vivienda digna y decorosa, tal y como lo prescribe el artículo 4º. de la Constitución Política Federal. No obstante lo anterior, en Agosto del 2010, la misma Segunda Sala de la SCJN, modificó su criterio y a través de la tesis de jurisprudencia 115/2010, señaló que para que tales servicios parciales se encontraran exentos era necesario que se prestaran de manera conexa con el de construcción y enajenación del inmueble, es decir, que la -actividad se desarrollara de manera integral- por lo que entonces sólo estarían exentos tales servicios cuando la misma persona que los prestara fuera la que realizara la actividad de construcción y enajenación del inmueble. Adicionalmente la Segunda Sala de la SCJN en el año 2013, a través de la ejecutoria del amparo directo en revisión número 2126/2013, emitió el criterio de que tales servicios parciales de construcción no están exentos de IVA ya que los mismos no están contemplados en forma expresa en las disposiciones legales que regulan la exención del IVA, y además dichos servicios no forman parte de la construcción en sí misma y sólo son servicios complementarios a la construcción. Síntesis de la Jurisprudencia 2126/2013 Empero, pese a que los contribuyentes que enajenen bienes destinados para casa habitación estén exentos del tributo en cuestión, no es posible sostener que se les exima de aceptar el traslado del impuesto respecto de actos o actividades de adquisición de bienes y servicios, productos terminados o semiterminados y demás insumos que subcontrate con terceros, pues estos últimos también están obligados al pago del impuesto al valor agregado a los proveedores de los materiales que instalan y que precisamente por no dedicarse a la construcción integral de un inmueble destinado a casa habitación, deben absorber la incidencia económica 6

7 Derivado de los criterios jurisprudenciales de la SCJN que prevalecen actualmente sobre el tema, los constructores que han tomado el criterio de considerar a los servicios parciales de construcción como exentos para efectos del IVA, pueden llegar a enfrentar las siguientes posibles contingencias: 1.- Para el contribuyente (proveedor) que no ha trasladado el IVA en sus comprobantes por tales servicios, el que el SAT le determine omisión en el entero de IVA por todo el período por el que no ha caducado sus facultades de comprobación. 2.- Para el contribuyente (dueño de la obra) que utilizó los comprobantes que amparan los servicios parciales de construcción, el que el gasto no sea deducible ni para ISR, ni para IETU, en los ejercicios en que aún estaba vigente dicho impuesto, ya que no se cumplió con el requisito de que se haya trasladado en forma expresa y por separado el IVA en el comprobante respectivo. En virtud de que hoy en día con base en las jurisprudencias existentes de la SCJN, es más complicado poder ganar un juicio de nulidad ante el SAT, en relación con el tema de IVA, que no sea trasladado por los proveedores parciales de mano de obra y materiales, el SAT está proponiendo como solución que los desarrolladores de vivienda se acojan y cumplan con lo establecido en lo decretos de facilidades fiscales a los que nos hemos referido al inicio de este estudio. A continuación se analizan los beneficios fiscales otorgados a los desarrolladores de vivienda en 2015, a través de los decretos mencionados al inicio de este estudio, y los requisitos para poder optar por el beneficio. DECRETO DEL 22 DE ENERO DE 2015 I.- BENEFICIOS A PRESTADORES DE SERVICIOS PARCIALES DE CONSTRUCCIÓN De acuerdo al Artículo Segundo del Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda, publicado en el DOF el 22 de Enero de 2015, se condona el pago del IVA y sus accesorios, que hayan causado hasta el 31 de Diciembre de 2014, los contribuyentes por la prestación de servicios parciales de construcción destinados a casa habitación. Es decir, todos aquellos contratistas que prestaron diversos servicios a constructoras de casa habitación, tales como instalación eléctrica, hidráulica, aire 7

8 acondicionado, sanitaria, cancelería de aluminio o hierro, de carpintería (puertas, ventanas, closets, cocinas integrales, etc), de gas, fontanería, etc., y que no trasladaron IVA en los comprobantes emitidos a la constructora para cobrar sus servicios, y que de acuerdo a los criterios jurisdiccionales que ahora se manejan, según lo ya comentado; tienen la contingencia de que el SAT les cobre ese IVA, pues a través de este Decreto les quitan esa obligación ya que les condonan, es decir, les perdonan, el IVA y todos sus accesorios (recargos generados y posibles multas) que se hayan causado hasta el 31 de Diciembre de REQUISITOS Para tener derecho a esa condonación es necesario que el contribuyente (proveedor) cumpla los siguientes requisitos: 1.- Que no haya trasladado ni cobrado el IVA al dueño de las casas habitación hasta Diciembre de Que a partir del ejercicio fiscal de 2015 el prestador de los servicios parciales de construcción destinados a casa habitación traslade, cobre y pague el IVA conforme a las disposiciones fiscales aplicables. CASOS EN QUE NO APLICARÁ EL BENEFICIO La condonación no será aplicable a los créditos fiscales determinados respecto de los cuales los contribuyentes hayan interpuesto algún medio de defensa, salvo que se desistan de dichos medios de defensa o cuando los adeudos hubiesen quedado firmes por una resolución o sentencia definitiva, dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del Decreto de beneficios fiscales. Es decir, que en el caso de contribuyentes que hayan interpuesto algún medio de defensa en contra del cobro del IVA por la prestación de los servicios parciales de construcción de casa habitación, los mismos tendrán derecho al beneficio de la condonación si es que se desisten de tales medios de defensa, mientras que no podrán gozar del beneficio si los adeudos determinados por la autoridad quedan firmes en virtud de una sentencia o resolución definitiva, dentro de los 60 días naturales a la entrada en vigor del decreto, esto es, si el adeudo queda firme a más tardar el 24 de Marzo de PAGO DE ADEUDO A PLAZOS Los contribuyentes que estén pagando a plazo adeudos por concepto del IVA derivado de los servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, así como los accesorios correspondientes, gozarán de la condonación por lo que corresponde a los saldos insolutos que de dichos adeudos tengan a la 8

9 entrada en vigor del Decreto, es decir, por el saldo insoluto que se tenga al 23 de Enero de 2015, fecha en que entró en vigor el citado Decreto. CONTRIBUYENTES QUE ESTAN SUJETOS A FACULTADES DE COMPROBACIÓN Los contribuyentes que se encuentren sujetos a un procedimiento administrativo de ejecución o que estén sujetos a facultades de comprobación podrán gozar de la condonación, siempre que soliciten a la autoridad fiscal correspondiente la suspensión del procedimiento o de las facultades de comprobación, según se trate y manifiesten que aplicarán dicho beneficio en el procedimiento que corresponda. EFECTO DEL BENEFICIO FISCAL La aplicación del beneficio fiscal consistente en la condonación del IVA y sus accesorios causados hasta el 31 de Diciembre de 2014, no dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno. Asimismo, el citado beneficio no se considerará como ingreso acumulable para los efectos del Impuesto Sobre la Renta. REGLA MISCELANEA FISCAL 3 DE MARZO DE 2015 II.- BENEFICIOS A CONTRIBUYENTES DEDICADOS A LA CONSTRUCCIÓN Y ENAJENACIÓN DE CASA HABITACIÓN De conformidad a la Regla Miscelánea , adicionada mediante la 1ª Modificación a la RMF 2015, publicada en el DOF el 3 de Marzo de 2015, los contribuyentes dedicados a la construcción y enajenación de inmuebles destinados a casa habitación podrán deducir las erogaciones por concepto de servicios parciales de construcción efectuados hasta el 31 de Diciembre de 2014, aun y cuando el prestador de los servicios no haya trasladado ni cobrado el IVA correspondiente, ni consignado en los comprobantes fiscales expedidos por la prestación de dichos servicios en forma expresa y por separado dicho impuesto. REQUISITOS: Para efectos de lo anterior, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: 9

10 I. Que a partir del 1º. de Enero de 2015, en los comprobantes fiscales que amparen el pago de las erogaciones por concepto de servicios parciales de construcción se traslade, cobre y consigne en forma expresa y por separado el IVA conforme a las disposiciones legales aplicables, inclusive cuando se trate de pagos realizados en dicho ejercicio que correspondan a servicios prestados, contratados o facturados antes del año mencionado. II. Presenten a más tardar el 30 de Abril de 2015, por cada uno de los ejercicios fiscales de 2014 y anteriores, mediante un caso de aclaración a través de la página de Internet del SAT, en la opción Mi portal, seleccionando el trámite CONSTRUC Y ENAJEN INMUEBLES, adjuntando el archivo electrónico.xls (forma oficial 59 Información de contribuyentes dedicados a la construcción y enajenación de casa habitación ) que contenga la información siguiente: a) Monto total por ejercicio fiscal que comprenda todos los meses del ejercicio de que se trate, amparado con los comprobantes fiscales de las erogaciones que por concepto de servicios parciales de construcción de casa habitación no se realizó el traslado, cobro y consignación del IVA en forma expresa y por separado. b) Desglose por clave en el RFC de cada prestador de servicios parciales de construcción de dichas erogaciones, agrupadas conforme a la tasa del IVA que debió corresponder a los servicios y el monto del IVA que hubiera correspondido. Para estos efectos, se considera como erogación el monto total que se consigne en los comprobantes mencionados. CASOS EN QUE NO APLICARÁ EL BENEFICIO Los contribuyentes que presenten en forma extemporánea o incompleta la información anual antes señalada, no podrán ejercer las facilidades ya indicadas respecto de las erogaciones no reportadas, es decir, no se podrán deducir las erogaciones que no se reporten a más tardar el 30 de Abril de 2015, ni aquellas que se reporten sin incluir toda la información solicitada. EFECTO DEL BENEFICIO FISCAL La aplicación del beneficio fiscal consistente en la deducción de las erogaciones por concepto de servicios parciales de construcción efectuados hasta el 31 de Diciembre de 2014, no dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno. 10

11 DECRETO DEL 26 DE MARZO DE 2015 I.- BENEFICIOS A PRESTADORES DE SERVICIOS PARCIALES DE CONSTRUCCIÓN De acuerdo al Artículo Primero del Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda, publicado en el DOF el 22 de Enero de 2015, se otorga un estímulo fiscal del 100% a los contribuyentes que presten servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, siempre y cuando el prestador del servicio proporcione la mano de obra y materiales. Los servicios mencionados deberán prestarse en la obra en construcción al propietario del inmueble, quien deberá ser titular del permiso, licencia o autorización de la construcción de la vivienda correspondiente. REQUISITOS Los contribuyentes que opten por el beneficio a que se refiere este decreto, deberán considerar los servicios a que el mismo se refiere como actividades por las que no se debe pagar el impuesto al valor agregado y producirán los mismos efectos legales. EL ESTÍMULO FISCAL NO SERÁ APLICABLE TRATÁNDOSE DE SERVICIOS PARCIALES DE CONSTRUCCIÓN prestados en inmuebles que además de ser destinados a casa habitación se destinen a otros fines, salvo cuando se identifiquen los servicios mencionados prestados exclusivamente en las casas habitación de dicho inmueble. Las constructoras deben solicitar ante las autoridades locales una licencia para uso exclusivo de construcción de casa-habitación, el cual no deben cambiar si quieren evitar el pago del IVA, Los contribuyentes que opten por aplicar el estímulo fiscal a que se refiere el artículo anterior deberán cumplir con los siguientes requisitos: I. No trasladar al prestatario de los servicios (dueño de la casa) a que se refiere el artículo Primero del Decreto, cantidad alguna por concepto del impuesto al valor agregado. II. Expedir comprobantes fiscales que amparen únicamente los servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, mismos que además de cumplir con los requisitos que establecen las disposiciones fiscales, contengan lo siguiente: 11

12 a) El domicilio del inmueble en el que se proporcionen los servicios parciales de construcción. b) El número de permiso, licencia o autorización de construcción correspondiente que le haya proporcionado el prestatario de los servicios parciales de construcción, el cual deberá coincidir con el señalado en la manifestación a que se refiere la fracción siguiente de este artículo. III. Recabar del prestatario de los servicios y materiales (dueño de la casa), a que se refiere el artículo Primero de este Decreto, una manifestación en donde se asiente: a) Que los inmuebles en construcción en donde se proporcionen los citados servicios se destinan a casa habitación, con base en las especificaciones del inmueble y las licencias, permisos o autorizaciones de construcción correspondientes. b) El número de licencia, permiso o autorización de construcción correspondiente. c) Su voluntad de asumir responsabilidad solidaria en los términos del artículo 26, fracción VIII del Código Fiscal de la Federación por el impuesto al valor agregado que corresponda al servicio parcial de construcción proporcionado, en el caso de que altere el destino de casa habitación establecido en las licencias, permisos o autorizaciones correspondientes. IV. Manifestar en la declaración del impuesto al valor agregado el monto de los servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación como una actividad por la que no se debe pagar dicho impuesto. NOTA: El incumplimiento de cualquiera de los requisitos mencionados hará improcedente la aplicación del estímulo fiscal respecto del servicio parcial de construcción que corresponda. A efecto de ejemplificar como debe operar las operaciones de proveeduría de mano y obra y materiales para efectos del no traslado del IVA, tenemos los siguientes modelos que permiten entender mejor lo que señalan los decretos antes citados. 12

13 Escenario 1 13

14 Escenario 2 CONCLUSIONES 1.- El SAT ya tiene un criterio interno defimnido desde hace varios años a través del cual señala la postura de que los trabajos de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas y, en general, cualquier labor que los constructores de inmuebles contraten con terceros para realizarlos o incorporarlos a inmuebles y construcciones nuevas destinadas a casa habitación, no se encuentran incluidos en la exención prevista en el artículo 9, fracción II de la mencionada ley y 29 de su reglamento, ya que dichos servicios por sí mismos no constituyen la ejecución misma de una construcción adherida al suelo, ni implican la edificación de dicho inmueble; 14

15 2.- Existen jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través de las cuales se confirma el criterio de que la exención del no traslado del IVA es un derecho exclusivo de aquellos proveedores que proporcionen exclusivamente mano de obra y materiales y siempre y cuando lleven a cabo la construcción integral de un inmueble destinado a casa habitación y luego le facturen el precio de la casa sin IVA al dueño del inmueble, que hará a su vez la venta final de inmueble; 3.- Los beneficios que se otorgan a través de los decretos del mes de enero y marzo de 2015, así como las facilidades de la Miscelánea fiscal 2015; si bien implican tener que cumplir con una serie compleja de requisitos fiscales; el cumplir con ellos de manera correcta puede dar a los desarrolladores de vivienda y su cadena de proveedores de mano de obra y materiales, cierto nivel de certeza de que no serán objeto de auditorías por parte del SAT en lo que respecta al ejercicio fiscal 2014 y años anteriores; 4.- La aplicación del beneficio fiscal consistente en la deducción de las erogaciones por concepto de servicios parciales de construcción efectuados hasta el 31 de Diciembre de 2014, no dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno. Asimismo, el citado beneficio no se considerará como ingreso acumulable para los efectos del Impuesto Sobre la Renta; y 5.- Ante el escenario fiscal adverso que existe hoy en día derivado la falta de ingresos del Gobierno Federal y la incesante necesidad de recaudación; es conveniente que las empresas constructoras de casas habitación, revisen con cautela si les conviene o no acogerse a los beneficios antes señalados; o bien seguir con sus esquemas actuales de operación de edificación; ya que en caso de una revisión fiscal, tendrán que hacer valer una defensa fiscal muy bien estructurada y con argumentos legales nuevos, a fin de tratar de revertir las jurisprudencias existentes. En caso de requerir mayor información, nos ponemos a sus órdenes para atenderles. Clemente Ranero Diego Urias Norma Peralta Gerardo Ranero clemente@ranero.cc diego@ranero.cc norma@ranero.cc gerardo@ranero.cc 15

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE VIVIENDA.

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE VIVIENDA. DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE VIVIENDA. Considerando. Acelerar la construcción de viviendas dignas para que un mayor número de familias pueda tener una casa propia y con

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN MEDIDAS FISCALES DE APOYO A LA VIVIENDA Y OTRAS MEDIDAS FISCALES

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN MEDIDAS FISCALES DE APOYO A LA VIVIENDA Y OTRAS MEDIDAS FISCALES DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN MEDIDAS FISCALES DE APOYO A LA VIVIENDA Y OTRAS MEDIDAS FISCALES Abril de 2015. Considerando. MEDIDAS FISCALES DE APOYO A LA VIVIENDA. Coadyuvar a mitigar el efecto en los

Más detalles

DECRETO DE ESTÍMULO FISCAL PARA INCENTIVAR LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA

DECRETO DE ESTÍMULO FISCAL PARA INCENTIVAR LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA DECRETO DE ESTÍMULO FISCAL PARA INCENTIVAR LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA El pasado 26 de marzo se publicó en el diario oficial de la federación, el decreto que contiene un estímulo fiscal para promover el

Más detalles

Decreto por el cual se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales

Decreto por el cual se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales Consultoría Fiscal 2015-5 Decreto por el cual se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales El 26 de marzo de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el

Más detalles

Jueves 26 de marzo de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Jueves 26 de marzo de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) Jueves 26 de marzo de 2015 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO por el que se otorgan medidas de apoyo a la vivienda y otras medidas fiscales. Al margen un

Más detalles

ANÁLISIS A LOS DECRETOS DIVERSOS PUBLICADOS EN EL D.O.F. EL 26 DE MARZO DE 2015

ANÁLISIS A LOS DECRETOS DIVERSOS PUBLICADOS EN EL D.O.F. EL 26 DE MARZO DE 2015 ANÁLISIS A LOS DECRETOS DIVERSOS PUBLICADOS EN EL D.O.F. EL 26 DE MARZO DE 2015 DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN MEDIDAS PARA LA SUSTITUCIÓN DE VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJE Y CARGA CONSIDERANDOS

Más detalles

Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Baja California Sur por lluvias severas

Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Baja California Sur por lluvias severas Consultoría Fiscal 2014-13 Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Baja California Sur por lluvias severas El día de hoy, 19 de septiembre de 2014, se publicó en

Más detalles

Devoluciones IVA aerolíneas por transporte internacional por Convenios sobre Transportes Aéreos

Devoluciones IVA aerolíneas por transporte internacional por Convenios sobre Transportes Aéreos Consultoría Fiscal 2015-4 Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 El día de hoy, 3 de marzo de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera

Más detalles

Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Guerrero por afectaciones en su actividad económica

Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Guerrero por afectaciones en su actividad económica Consultoría Fiscal 2014-21 Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas en el Estado de Guerrero por afectaciones en su actividad económica El 5 de diciembre de 2014 se publicó en el

Más detalles

OBLIGACIONES OUTSOURCING

OBLIGACIONES OUTSOURCING 11 de Mayo de 2017 OBLIGACIONES OUTSOURCING Para 2017, como parte de la reforma fiscal y con el objetivo de combatir la evasión fiscal, se incluyeron diversas medidas entre las que se encuentra nuevas

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017 DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES SISMO DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017 DECRETO por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que

Más detalles

LEY DE INGRESOS. La Federación obtendrá las siguientes cantidades de acuerdo a los conceptos que se señalan: LI 2011* LI 2012* LI 2013*

LEY DE INGRESOS. La Federación obtendrá las siguientes cantidades de acuerdo a los conceptos que se señalan: LI 2011* LI 2012* LI 2013* LEY DE INGRESOS El pasado 17 de diciembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2013, de la cual se destaca lo siguiente: La Federación

Más detalles

1. Antecedentes. 2. Plazos y. presentación

1. Antecedentes. 2. Plazos y. presentación » El pasado viernes 31 de Mayo de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación mediante la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, el nuevo Capítulo

Más detalles

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. El análisis de su contenido es: Regla general. Se condonan total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en: Contribuciones

Más detalles

DECRETO EN MATERIA DE IMPUESTOS ESTATALES QUE VENCE EL 30 DE JUNIO 2017

DECRETO EN MATERIA DE IMPUESTOS ESTATALES QUE VENCE EL 30 DE JUNIO 2017 Junio 09, 2017 Circular No. 8 / 2017 A nuestros clientes DECRETO EN MATERIA DE IMPUESTOS ESTATALES QUE VENCE EL 30 DE JUNIO 2017 El 13 de enero 2017 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del

Más detalles

IMPUESTOS. Febrero 2016

IMPUESTOS. Febrero 2016 IMPUESTOS Febrero 2016 CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL Domicilio fiscal Ahora Av. Paseo de la Reforma 510, Col. Juárez, Del. Cuauhtémoc C.P. 06600, México, Distrito Federal Obligaciones fiscales del FICDT

Más detalles

Personas morales, personas físicas con actividad empresarial y personas físicas con arrendamiento

Personas morales, personas físicas con actividad empresarial y personas físicas con arrendamiento PRODECON informa sobre diversos beneficios fiscales para contribuyentes que se ubican en zonas afectadas de los Estados de Guerrero, México, Morelos, Oaxaca, Puebla y Tlaxcala por sismo ocurrido el 19

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA El pasado 5 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación

Más detalles

Preguntas y respuestas sobre Subcontratación laboral

Preguntas y respuestas sobre Subcontratación laboral Preguntas y respuestas sobre Subcontratación laboral 1. Qué debe hacer el contratante cuando el aplicativo Consulta por el contratante de CFDI y declaraciones, muestra en el acuse las inconsistencias siguientes:

Más detalles

NUEVAS REGLAS FISCALES VINCULADAS A LA SUBCONTRATACION LABORAL.

NUEVAS REGLAS FISCALES VINCULADAS A LA SUBCONTRATACION LABORAL. NUEVAS REGLAS FISCALES VINCULADAS A LA SUBCONTRATACION LABORAL. Emisión de CFDI por concepto nómina del ejercicio fiscal 2017 2.7.5.7. Para los efectos de los artículos 29, segundo párrafo, fracción V

Más detalles

Flash Proyectos de la Primer Resolución Miscelánea para 2017

Flash Proyectos de la Primer Resolución Miscelánea para 2017 Flash Proyectos de la Primer Resolución Miscelánea para 2017 Proyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y sus anexos 1, 1-A y 5 El 31 de enero en la

Más detalles

Abril 034/2018 Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos 1-A y 23

Abril 034/2018 Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos 1-A y 23 Abril 034/2018 Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos 1-A y 23 Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y

Más detalles

Estimados clientes y amigos:

Estimados clientes y amigos: Septiembre 080/2017 Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017 Decreto por el

Más detalles

FLASH INFORMATIVO CONSULTORIA FISCAL Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009

FLASH INFORMATIVO CONSULTORIA FISCAL Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 FLASH INFORMATIVO CONSULTORIA FISCAL 2010-3 Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 El pasado 31 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Cuarta

Más detalles

QUINTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014

QUINTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014 QUINTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014 Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g)

Más detalles

FLASH INFORMATIVO Decreto por el que se otorgan diversos beneficios y estímulos a ciertos contribuyentes

FLASH INFORMATIVO Decreto por el que se otorgan diversos beneficios y estímulos a ciertos contribuyentes FLASH INFORMATIVO 2003-27 Decreto por el que se otorgan diversos beneficios y estímulos a ciertos contribuyentes El 30 de octubre pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por

Más detalles

D E F E N S A E INGENIERÍA FISCAL

D E F E N S A E INGENIERÍA FISCAL DECRETO QUE OTORGA DIVERSAS FACILIDADES ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA RELATIVOS A DEPÓSITOS O INVERSIONES QUE SE RECIBAN EN MÉXICO. - PUBLICACIÓN DOF 18 ENERO 2017 - Artículo Primero.

Más detalles

ANTEPROYECTO DE CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009

ANTEPROYECTO DE CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 ANTEPROYECTO DE CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2009 Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción

Más detalles

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas por lluvias severas durante septiembre de

Más detalles

GUÍA PRÁCTICA PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES FISCALES DE LA UNAM ÍNDICE

GUÍA PRÁCTICA PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES FISCALES DE LA UNAM ÍNDICE ÍNDICE 1. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PERSONALES INDEPENDIENTES (PERSONA FÍSICA) 2 2. ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES (PERSONA FÍSICA, SERVICIO) 3 PÁGINA 3. ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES PARA SU USO COMO CASA HABITACIÓN

Más detalles

Anexo 24 Miscelánea Fiscal 2016

Anexo 24 Miscelánea Fiscal 2016 Anexo 24 Miscelánea Fiscal 2016 Jurisprudencias Suprema Corte Reforma Fiscal 2014 El 4 de octubre de 2016, se publicó en el Diario Oficial de» la Federación la Cuarta Resolución de Modificaciones a la

Más detalles

Aplicativo informático en materia de subcontratación laboral

Aplicativo informático en materia de subcontratación laboral TEMAS DE ACTUALIDAD 10 Aplicativo informático en materia de subcontratación laboral C.P.C. y P.C.FI. Gerardo Domínguez Gómez, Integrante de la Comisión de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores

Más detalles

FLASH INFORMATIVO PUNTOS DESTACADOS A CONSIDERAR EN MATERIA FISCAL PARA EL EJERCICIO 2018

FLASH INFORMATIVO PUNTOS DESTACADOS A CONSIDERAR EN MATERIA FISCAL PARA EL EJERCICIO 2018 FLASH INFORMATIVO PUNTOS DESTACADOS A CONSIDERAR EN MATERIA FISCAL PARA EL EJERCICIO 2018 De conformidad con las modificaciones a las leyes fiscales de 2017 y 2018 y con algunas reglas y artículos transitorios

Más detalles

Beneficios fiscales a contribuyentes de ciertas zonas de Campeche y Tabasco

Beneficios fiscales a contribuyentes de ciertas zonas de Campeche y Tabasco Más publicaciones l www.chevez.com l Suscríbete 2016 14 Consultoría Fiscal Beneficios fiscales a contribuyentes de ciertas zonas de Campeche y Tabasco El 11 de mayo de 2016 se publicó en el Diario Oficial

Más detalles

Estímulo fiscal Diesel automotriz para transportistas

Estímulo fiscal Diesel automotriz para transportistas Estímulo fiscal Diesel automotriz para transportistas El estímulo fiscal denominado Diesel automotriz para transporte es un beneficio que en forma regular se ha venido otorgando en años anteriores a través

Más detalles

Mecanismo retorno de las inversiones.

Mecanismo retorno de las inversiones. Anexo 1 Comentarios DECRETO que otorga diversas facilidades administrativas en materia del ISR sobre repatriación de capitales en el primer semestre del ejercicio 2017. Sujetos del Decreto (Artículo Primero).

Más detalles

DECRETO por el que se establece un estímulo Fiscal a la importación o enajenación de Jugos, Néctares y otras Bebidas.

DECRETO por el que se establece un estímulo Fiscal a la importación o enajenación de Jugos, Néctares y otras Bebidas. DECRETO por el que se establece un estímulo Fiscal a la importación o enajenación de Jugos, Néctares y otras Bebidas. D.O.F. Miércoles 19 de julio de 2006 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que

Más detalles

IMPUESTOS. Febrero 2016

IMPUESTOS. Febrero 2016 IMPUESTOS Febrero 2016 CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL Domicilio fiscal Antes Av. Universidad 1200, Col. Xoco, Del. Benito Juárez, C.P. 03339, México, Distrito federal. Ahora Av. Paseo de la Reforma 510,

Más detalles

FLASH INFORMATIVO Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales

FLASH INFORMATIVO Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales FLASH INFORMATIVO 2005-3 Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales El 26 de enero de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios

Más detalles

ANEXO 2 REGLAS FISCALES RELACIONADAS CON LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OUTSOURCING.

ANEXO 2 REGLAS FISCALES RELACIONADAS CON LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OUTSOURCING. ANEXO 2 REGLAS FISCALES RELACIONADAS CON LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE OUTSOURCING. Cumplimiento de obligaciones del contratante y del contratista en actividades de subcontratación laboral 3.3.1.44.

Más detalles

ESTIMADOS CLIENTES Y AMIGOS:

ESTIMADOS CLIENTES Y AMIGOS: Ciudad de México, 26 de enero de 2017 Nota Fiscal 1/2017 ESTIMADOS CLIENTES Y AMIGOS: El pasado 18 de enero se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos decretos, uno referente a la repatriación

Más detalles

Publicado en el D.O.F. del 18 de enero de 2017

Publicado en el D.O.F. del 18 de enero de 2017 DECRETO que otorga diversas facilidades administrativas en materia del impuesto sobre la renta relativos a depósitos o inversiones que se reciban en México. Publicado en el D.O.F. del 18 de enero de 2017

Más detalles

32 Puntos Prácticos. Análisis teórico y casos prácticos

32 Puntos Prácticos. Análisis teórico y casos prácticos Tratamiento del ISR e IVA 2017 aplicable a contribuyentes que reciben apoyos económicos gubernamentalesroberto Álvarez Chávez Fiscal Tratamiento del ISR e IVA 2017 aplicable a contribuyentes que reciben

Más detalles

Estimados clientes y amigos:

Estimados clientes y amigos: Octubre 089/2017 Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017 Decreto por el que

Más detalles

PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SU ANEXO 1-A, ANTICIPADA.

PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SU ANEXO 1-A, ANTICIPADA. PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SU ANEXO 1-A, ANTICIPADA. PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018 Y SU ANEXO

Más detalles

Reglas para la condonación total o parcial de créditos fiscales

Reglas para la condonación total o parcial de créditos fiscales Consultoría Fiscal 2013-2 Reglas para la condonación total o parcial de créditos fiscales El día de hoy, 18 de febrero de 2013, se publicó en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria

Más detalles

Noviembre 101/2017 Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y su Anexo 1-A

Noviembre 101/2017 Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y su Anexo 1-A Noviembre 101/2017 Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y su Anexo 1-A Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y su Anexo

Más detalles

CONTENIDO. Procedimiento para aclarar la presentación de pagos provisionales mensuales del Impuesto sobre la Renta en cero

CONTENIDO. Procedimiento para aclarar la presentación de pagos provisionales mensuales del Impuesto sobre la Renta en cero BOLETÍN FISCAL JULIO 2017 CONTENIDO www.prv-mex.com Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017; por lo que, a continuación citamos algunas reglas que consideramos de interés:

Más detalles

Ingresos por arrendamiento de personas físicas. Mtra. Patricia Gutiérrez Moreno

Ingresos por arrendamiento de personas físicas. Mtra. Patricia Gutiérrez Moreno Ingresos por arrendamiento de personas físicas Mtra. Patricia Gutiérrez Moreno Ingresos por arrendamiento Se consideran ingresos al otorgar el uso o goce de un bien inmueble, aquellos del arrendamiento

Más detalles

Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos: IVA pagado al comisionista Impuesto al Valor Agregado pagado al comisionista Ley del Impuesto al Valor Agregado Artículo 1-A II d) Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade,

Más detalles

En principio, tanto los contratantes como los contratistas pueden optar o no por utilizar el aplicativo Autorización del contratista

En principio, tanto los contratantes como los contratistas pueden optar o no por utilizar el aplicativo Autorización del contratista TEMAS DE ACTUALIDAD Comentarios sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de subcontratación de personal (outsourcing) y utilización del aplicativo informático del SAT En principio, tanto

Más detalles

CONTENIDO. En el caso de subcontratación laboral, el contratante deberá obtener del contratista:

CONTENIDO. En el caso de subcontratación laboral, el contratante deberá obtener del contratista: BOLETIN FISCAL JUNIO 2017 CONTENIDO 1. Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2017; así como, anexos publicados. 2. Incumplimiento de la presentación de pagos provisionales

Más detalles

NOTA INFORMATIVA. Mayo 055/2016

NOTA INFORMATIVA. Mayo 055/2016 NOTA INFORMATIVA Mayo 055/2016 Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los Estados de Campeche y Tabasco que se indican Decreto por el que se otorgan

Más detalles

Resolución Miscelánea Fiscal para Resumen Ejecutivo

Resolución Miscelánea Fiscal para Resumen Ejecutivo Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 Resumen Ejecutivo Estimados, El pasado 23 de diciembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 (RMF).

Más detalles

PERSPECTIVAS ECONÓMICAS Y FISCALES 2012 C.P.C GABRIEL L. MANRIQUE ÁVILA ENERO 2012

PERSPECTIVAS ECONÓMICAS Y FISCALES 2012 C.P.C GABRIEL L. MANRIQUE ÁVILA ENERO 2012 PERSPECTIVAS ECONÓMICAS Y FISCALES 2012 C.P.C GABRIEL L. MANRIQUE ÁVILA ENERO 2012 Ley del Impuesto sobre la Renta Intereses -Se pospone entrada en vigor régimen de intereses. -Crédito hipotecarios. -Tasa

Más detalles

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en material de impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en material de impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en material de impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única C on la intensión de que el impuesto empresarial a tasa única coadyuve en el

Más detalles

Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 aplicables al servicio de Declaraciones y Pagos

Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 aplicables al servicio de Declaraciones y Pagos Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 aplicables al servicio de Declaraciones y Pagos Fecha 30-12-2013 Libro I Contribuyentes relevados de presentar aviso de compensación I.2.3.4. Los contribuyentes

Más detalles

AUTOTRANSPORTISTAS. Obligaciones fiscales

AUTOTRANSPORTISTAS. Obligaciones fiscales AUTOTRANSPORTISTAS. Obligaciones fiscales Pérez Chávez Campero Fol El autotransporte terrestre de carga y de pasajeros es una actividad económica esencial en nuestro país. Las personas dedicadas a dicha

Más detalles

PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013

PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013 PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013 Estimados clientes y amigos: El 18 de Febrero de 2013, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer los lineamientos para

Más detalles

BOLETÍN No. 72 FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL. Marzo de 2018 CONTENIDO. Página 1. Criterios de vigencia anual 2017 (aplicación general).

BOLETÍN No. 72 FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL. Marzo de 2018 CONTENIDO. Página 1. Criterios de vigencia anual 2017 (aplicación general). BOLETÍN No. 72 FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL Marzo de 2018 CONTENIDO Página 1 Criterios de vigencia anual 2017 (aplicación general). Página 3 Criterios de vigencia anual 2017 (coordinados con integrantes).

Más detalles

Cuarta Resolución de Modificaciones a la Miscelánea

Cuarta Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Cuarta Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Días Inhábiles Regla I.2.1.4.- Para los efectos del artículo 12, primer y segundo párrafos del CFF, se consideran días inhábiles para el SAT, además

Más detalles

CONTENIDO. Momento de presentación de la Información Sobre su Situación Fiscal

CONTENIDO. Momento de presentación de la Información Sobre su Situación Fiscal BOLETÍN FISCAL DICIEMBRE 2017 www.prv-mex.com CONTENIDO 1. Sexta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017. 2. Segundo informe de transparencia de donativos recibidos por

Más detalles

ESTRATEGIA LEGAL FISCAL REGIMEN AUTOTRANSPORTE

ESTRATEGIA LEGAL FISCAL REGIMEN AUTOTRANSPORTE ESTRATEGIA LEGAL FISCAL REGIMEN AUTOTRANSPORTE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL SECTOR AUTOTRANSPORTE DE CARGA FEDERAL D.O. 23 DIC. 2015 SUJETOS QUE TIENEN DERECHO: Personas físicas Personas morales

Más detalles

Por: C.P.C. Y P.C.FI. Vicente Bustos Fuentes

Por: C.P.C. Y P.C.FI. Vicente Bustos Fuentes Octubre 2014 Artículo Técnico de la Comisión Auditoría Fiscal Núm. 24 Vehículos usados: autofacturación electrónica y comentarios relacionados con la contabilidad electrónica Por: C.P.C. Y P.C.FI. Vicente

Más detalles

PROYECTO DE LA TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014 Y SUS ANEXOS 3 Y 25

PROYECTO DE LA TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014 Y SUS ANEXOS 3 Y 25 PROYECTO DE LA TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2014 Y SUS ANEXOS 3 Y 25 Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública

Más detalles

Desea compensar saldos a favor o pagos indebidos de impuestos?

Desea compensar saldos a favor o pagos indebidos de impuestos? Desea compensar saldos a favor En qué casos puede compensar Cómo se hace Cuáles son los requisitos Servicios gratuitos y confidenciales Consulte: www.sat.gob.mx Contáctenos desde nuestro Portal de Internet

Más detalles

B O L E T Í N F i s c a l

B O L E T Í N F i s c a l B O L E T Í N F i s c a l 01 www.zesati.com.mx Enero 2013 zesati@zesati.com.mx ASUNTO: LEY DE INGRESOS 2013 1. Estimación de ingresos 2013 Art. 1o. La Federación estima obtener para 2013 $ 3,956,361.6

Más detalles

MANUAL PRACTICO DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIVILES (E-PUB) Pérez Chávez - Fol Olguín - Campero Guerrero

MANUAL PRACTICO DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIVILES (E-PUB) Pérez Chávez - Fol Olguín - Campero Guerrero MANUAL PRACTICO DE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIVILES (E-PUB) Pérez Chávez - Fol Olguín - Campero Guerrero Actualmente, un número importante de personas morales se encuentran constituidas legalmente como

Más detalles

DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES Y OBLIGACIONES FISCALES RESPECTO A LA SUBCONTRATACION LABORAL (OUTSOURCING)

DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES Y OBLIGACIONES FISCALES RESPECTO A LA SUBCONTRATACION LABORAL (OUTSOURCING) DIVERSAS DISPOSICIONES LEGALES Y OBLIGACIONES FISCALES RESPECTO A LA SUBCONTRATACION LABORAL (OUTSOURCING) INTRODUCCION El objetivo de este trabajo de investigación es mostrar a los contribuyentes y contadores

Más detalles

Anexo 1 Circular 14 Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018.

Anexo 1 Circular 14 Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018. Anexo 1 Circular 14 Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018. A continuación damos a ustedes la información detallada del contenido de la Primera Resolución de Modificaciones

Más detalles

CONTENIDO. Anexo 1-A, de trámites fiscales. Anexo 3, que contiene los criterios no vinculativos.

CONTENIDO. Anexo 1-A, de trámites fiscales. Anexo 3, que contiene los criterios no vinculativos. BOLETÍN FISCAL ENERO 2018 www.prv-mex.com Anexo 1-A, de trámites fiscales. CONTENIDO 1. Resolución Miscelánea Fiscal para 2018. 2. Actualización de tarifas para cálculos de retenciones y pago de ISR a

Más detalles

Compilación de Criterios Normativos

Compilación de Criterios Normativos Compilación de Criterios Normativos Pag. Presentación 3 Contenido 5 Índice de criterios 13 2 PRESENTACIÓN En febrero de 2005, el Comité de Normatividad del Servicio de Administración Tributaria inició

Más detalles

B O L E T Í N F i s c a l JUNIO 2018

B O L E T Í N F i s c a l   JUNIO 2018 B O L E T Í N F i s c a l www.zesati.com.mx JUNIO 2018 zesati@zesati.com.mx 02 ASUNTO: 1ra RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018. El pasado 30 de abril de 2018, se publicó

Más detalles

I. Servicio de Administración Tributaria

I. Servicio de Administración Tributaria FISCAL I. Servicio de Administración Tributaria A. Se publica la versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2018. El pasado 28 de febrero de 2018 se

Más detalles

BOLETIN INFORMATIVO ASUNTO: REGLAS FISCALES RELEVANTES

BOLETIN INFORMATIVO ASUNTO: REGLAS FISCALES RELEVANTES El pasado 23 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 (RMF2016), la cual entró en vigor el 1 de enero de 2016 y estará vigente hasta

Más detalles

Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras Facilidades Administrativas 2016

Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras Facilidades Administrativas 2016 Facilidades de comprobación: Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, 1.2. Podrán deducir con documentación comprobatoria que al menos reúna los requisitos establecidos en la fracción III de la presente

Más detalles

Reforma Fiscal. Ley de Ingresos de la Federación

Reforma Fiscal. Ley de Ingresos de la Federación Reforma Fiscal Ley de Ingresos de la Federación 2013 Recargos Continúan tasas de recargos mensuales para el ejercicio fiscal 2013 Por Prórroga 0.75% En pago a plazos: Por pago en Parcialidades Hasta 12

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE MENCIONAN.

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE MENCIONAN. DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES A LOS CONTRIBUYENTES QUE SE MENCIONAN. D. O. F. 05 de abril de 2004. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-

Más detalles

ANTEPROYECTO DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2010

ANTEPROYECTO DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2010 ANTEPROYECTO DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2010 Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33,

Más detalles

Decreto por el que se otorgan medidas de apoyo a la vivienda.

Decreto por el que se otorgan medidas de apoyo a la vivienda. COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS BOLETÍN UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA A.C. FISCAL 118 Junio 2015 Comisión Fiscal C.P.C. y M. I. Javier Pérez López Presidente Consejo Directivo Decreto por el que se otorgan

Más detalles

Disposiciones Generales.

Disposiciones Generales. Resolución Miscelánea Fiscal 2007. El 25 de abril del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007, A continuación mencionamos las modificaciones

Más detalles

PAGO DE AGUINALDOS ANTES DEL 20 DE DICIEMBRE

PAGO DE AGUINALDOS ANTES DEL 20 DE DICIEMBRE Mojica y Compañía, S.C. Consultores y Auditores Diciembre 04, 2017 Circular No. 16/2017 A nuestros clientes PAGO DE AGUINALDOS ANTES DEL 20 DE DICIEMBRE Recordamos que el pago de los aguinaldos 2017, se

Más detalles

Anexo. Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

Anexo. Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 Anexo Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 A continuación comentamos las principales modificaciones que se publicaron en la Segunda Resolución de Modificaciones

Más detalles

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO QUINTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y su Anexo 1-A. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:

Más detalles

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en material de impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en material de impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en material de impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única Tal como se había anunciado en diversos foros, el lunes 5 de noviembres se

Más detalles

Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006

Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 Publicada en el DOF el miércoles 2 de agosto de 2006 Después de que el SAT anticipó el contenido de la Tercera Resolución

Más detalles

BOLETÍN BDV 3/2018. Guadalajara Jalisco; 4 Mayo de 2018. Comentarios a la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 A nuestros apreciables clientes y amigos: Por

Más detalles

Resumen de las Disposiciones fiscales del IETU

Resumen de las Disposiciones fiscales del IETU Resumen de las Disposiciones fiscales del IETU En la LIETU, se establece como sujetos de este impuesto: Las personas físicas y las morales residentes en territorio nacional, así como los residentes en

Más detalles

ES OBLIGATORIO EL USO DEL CFDI DE TRASLADO?

ES OBLIGATORIO EL USO DEL CFDI DE TRASLADO? ES OBLIGATORIO EL USO DEL CFDI DE TRASLADO? El antecedente de este tema, fue el articulo 29-D, del CFF, mismo que fue derogado con la reforma para 2014, y agregándose al ultimo párrafo del articulo 29,

Más detalles

Deducciones personales para efectos de la declaración anual de personas físicas

Deducciones personales para efectos de la declaración anual de personas físicas Régimen Fiscal de Personas Físicas Deducciones personales para efectos de la declaración anual de personas físicas Víctor López Paz Sujetos De conformidad con el artículo 150 de la Ley del Impuesto sobre

Más detalles

PRÓLOGO PRESENTACIÓN... 15

PRÓLOGO PRESENTACIÓN... 15 ÍNDICE í n d i c e PRÓLOGO... 13 PRESENTACIÓN... 15 CAPÍTULO 1 INTRODUCCIÓN 1.1 Antecedentes y características del régimen especial de tributación... 21 1.2 Antecedentes del cambio de régimen especial

Más detalles

PERDON FISCAL 2013 FEBRERO

PERDON FISCAL 2013 FEBRERO PERDON FISCAL 2013 FEBRERO 2013 ~ FUNDAMENTACION LEGAL ~ Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 (D.O.F. diciembre 17 de 2012) Primera Resolución

Más detalles

A nuestros apreciables clientes y amigos: RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018. El presente boletín ha sido elaborado con la finalidad de informarles acerca de los cambios que consideramos más importantes

Más detalles

Buen día, un Saludo a toda la membrecía del CCPNS. Enseguida compartimos con ustedes un resumen de las ultimas noticias publicadas: F i s c a l

Buen día, un Saludo a toda la membrecía del CCPNS. Enseguida compartimos con ustedes un resumen de las ultimas noticias publicadas: F i s c a l Buen día, un Saludo a toda la membrecía del CCPNS. Enseguida compartimos con ustedes un resumen de las ultimas noticias publicadas: F i s c a l DECLARACIÓN ANUAL DE LAS PERSONAS MORALES 2010 http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/declaracion_anual/150_20036.html

Más detalles

TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2013 Y SU ANEXO 1

TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2013 Y SU ANEXO 1 TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2013 Y SU ANEXO 1 Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción

Más detalles

Reforma Fiscal Preguntas y respuestas Ley de Ingresos de la Federación 2013

Reforma Fiscal Preguntas y respuestas Ley de Ingresos de la Federación 2013 Reforma Fiscal Preguntas y respuestas Ley de Ingresos de la Federación 2013 1.- Cuáles son los porcentajes de recargos aplicables para el ejercicio fiscal 2013? Se mantienen las tasas de recargos mensuales:

Más detalles

CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015.

CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015. CUARTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2015. Agosto de 2015. E l 24 de julio de 2015 se dio a conocer en la página de Internet del SAT, aún no publicada en el Diario

Más detalles

RIF PAGOS PROVISIONALES Y DECLARACION ANUAL. C.P.C. Javier Eliott Olmedo Castillo

RIF PAGOS PROVISIONALES Y DECLARACION ANUAL. C.P.C. Javier Eliott Olmedo Castillo RIF PAGOS PROVISIONALES Y DECLARACION ANUAL C.P.C. Javier Eliott Olmedo Castillo QUÉ ES EL RIF? El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) es un esquema sencillo al que pueden acceder personas físicas, cuyos

Más detalles

1. Antecedentes. 2. Nuevo Esquema

1. Antecedentes. 2. Nuevo Esquema » En el nuevo esquema de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que entrará en vigor para 2014, (Arts. 79 fracción X y 82 fracciones IV, V y VIII), se condiciona el Régimen de las Personas Morales con Fines

Más detalles

Subcontratación Laboral

Subcontratación Laboral Subcontratación Laboral Efectos en ISR e IVA Contadores Públicos y Asesores de Negocios Miembros de Russell Bedford International, con 300 oficinas en 100 países Subcontratación laboral Antecedentes generales

Más detalles