CAPITULO I NATURALEZA, DEFINICIÓN Y FINES
|
|
- María del Pilar Paz Rivas
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2157, Ordinaria, celebrada el diecinueve de octubre del año dos mil once, en uso de las atribuciones que le confiere el numeral 21 del artículo 26 de la Ley de Universidades y el numeral 23 del artículo 9 del Reglamento de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, APROBO: REGLAMENTO PARA EL MEJORAMIENTO CONTINUO DEL DESEMPEÑO ESTUDIANTIL EN LA UCLA. CAPITULO I NATURALEZA, DEFINICIÓN Y FINES Artículo 1: El presente reglamento define las normas de organización y funcionamiento para el mejoramiento continuo del desempeño estudiantil en la UCLA, que tiene como filosofía de gestión impulsar en la universidad la construcción por consenso de un plan de acción que busca la unión de esfuerzos, actores e instancias académico-administrativas hacia el objetivo institucional común de propiciar el mejoramiento continuo del desempeño estudiantil, a fin de garantizar la formación integral, el desarrollo humano y la calidad de vida del estudiante dentro de un proceso educativo con calidad académica, pertinencia social y equidad. Artículo 2: Se entiende por desempeño estudiantil al conjunto de experiencias y logros educativos de los (las) estudiantes, derivados de su relación con la educación superior (UCLA) y de los aportes que ésta hace desde su formación profesional y durante su formación integral como sujetos capaces de pensar y actuar en forma crítica y reflexiva. (Ministerio de Educación Superior 2002). Artículo3: La base legal que sustenta y soporta este reglamento para el mejoramiento continuo del desempeño estudiantil en la UCLA, se establece en las políticas y estrategias para el desarrollo de la educación superior en Venezuela, las Políticas Académicas de la UCLA (2004) y el Direccionamiento Estratégico de la UCLA. (2005) Artículo 4: La medición del desempeño estudiantil se ajustará a indicadores establecidos por los registros académicos de la UCLA para las diferentes asignaturas que integran el plan de estudio de los diferentes programas académicos. 1/7
2 CAPITULO II DE LA COMISIÒN CENTRAL ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO Artículo 5: El Vicerrectorado Académico será el responsable de todo lo concerniente al desempeño estudiantil de la UCLA, y para ello creará la Comisión Central de Mejoramiento Continuo del Desempeño Estudiantil de la UCLA, como una comisión permanente, con carácter asesor, que tiene como finalidad analizar las causas o factores relacionados con el desempeño estudiantil, así como también, proponer las acciones conjuntas con los y las docentes, estudiantes y personal de apoyo, para mejorarlo. Artículo 6: La Comisión Central de Mejoramiento Continuo del Desempeño Estudiantil de la UCLA, estará constituida por: a. El (la) Vicerrector (a) Académico quien es miembro nato de la comisión b. Un (una) coordinador(a) y su suplente designado por el Vice-Rectorado Académico c. Un (una) director(a) de programa y su suplente designado del seno de la comisión académica, como representante del resto de los directores de programa de la UCLA por un período no mayor de tres (03) meses elegido en forma rotativa. d. El (la) coordinador(a) y su suplente de la comisión central de currículo. e. El (la) director(a) y su suplente (jefe(a) del departamento de orientación) de la dirección de desarrollo estudiantil de la UCLA f. El (la) director(a) y su suplente del programa de formación docente de la UCLA g. El (la) coordinador(a) y su suplente de la red de investigación educativa (REDINE) h. El (la) secretario(a) de asuntos académicos de la federación de centros universitarios y su suplente i. El (la) representante(s) asesor(es) designado(s) por el Vice-Rectorado Académico j. Parágrafo Primero: El coordinador deberá ser un profesor ordinario, con categoría mínima de profesor agregado y con dedicación exclusiva o tiempo completo. Dicho coordinador será designado por el Vicerrector Académico. Parágrafo Segundo: Se considera miembro asesor, la persona que por su formación y experticia académica y/o profesional es convocada por la Comisión para participar de acuerdo a las necesidades detectadas en materia de desempeño estudiantil. Artículo 7: La Comisión Central del Desempeño Estudiantil en la UCLA, debe cumplir las siguientes funciones: 2/7
3 a. Analizar permanentemente en forma cuali-cuantitativa el desempeño estudiantil en la UCLA, sus causas y factores relacionados. b. Realizar el seguimiento del plan de acción de las comisiones del desempeño estudiantil de los decanatos y / o programas. c. Retroalimentar las acciones emprendidas en materia de desempeño estudiantil por las comisiones de desempeño de cada decanato y/o programa. d. Asesorar en forma permanente al Vice-Rectorado Académico en materia de desempeño estudiantil para la toma de decisiones. e. Presentar un informe dos (02) veces al año, sobre las causas o factores relacionados con el desempeño estudiantil en los programas académicos de cada decanato y/o programa, así como las acciones de mejora ejecutadas. f. Definir cada dos (02) años el plan de acción a seguir en la UCLA para el mejoramiento del desempeño estudiantil g. Acompañar a las comisiones de desempeño estudiantil de los decanatos para monitorear los cambios y viabilizar las necesidades académicas en materia de desempeño estudiantil. h. Gestionar actividades de capacitación permanente de los actores involucrados en el mejoramiento del desempeño estudiantil. i. Promocionar el desarrollo de la investigación educativa en el área de desempeño estudiantil j. Sistematizar y difundir los resultados obtenidos en los trabajos realizados e impulsados por las comisiones de desempeño estudiantil de los decanatos y/o programas, a fin de orientar la toma de decisiones de las autoridades de la institución y el direccionamiento estratégico de la política académica. Artículo 8: A fin de estudiar el desempeño estudiantil en la UCLA, se creará la Comisión de mejoramiento continuo del desempeño estudiantil adscrita a cada decanato, la cual estará coordinada por el (la) Director (a) de Programa académico, con la finalidad de estudiar el desempeño estudiantil mediante la identificación de las causas o factores que lo determinan, en las diferentes asignaturas del pensum del decanato, estableciendo acciones conjuntas entre docentes, estudiantes y personal de apoyo que propicien el fortalecimiento de los procesos académicos y contribuyan a su mejoramiento continuo. 3/7
4 Parágrafo Único: En aquellos decanatos donde exista más de un programa académico, se podrán crear una o varias comisiones de desempeño estudiantil, según las características de cada programa. Artículo 9: La Comisión de mejoramiento continuo del desempeño estudiantil de cada decanato, estará integrada por: a. Un coordinador y su suplente designado por el decano. b. Los directores o directoras de los programas académicos del decanato, quienes son miembros natos. c. El/la coordinador(a) y su suplente de las áreas de los programas académicos del decanato. d. El/la coordinador (a) y su suplente del programa de formación docente del decanato y su suplente. e. El/ la coordinador (a) y su suplente de la unidad de evaluación. f. El/La Coordinador y su suplente de la coordinación de desarrollo estudiantil del decanato. g. El/la coordinador(a) y su suplente de la comisión de evaluación institucional del decanato. h. El/la coordinador(a) y su suplente de las comisiones de currículo del decanato. i. Un(a) representante estudiantil y su suplente designado por el centro de estudiantes del decanato. j. Representante(s) asesor(es) designado(s) por el consejo de decanato. Artículo 10: La Comisión de mejoramiento continuo del desempeño estudiantil de cada decanato de la UCLA, tendrá entre sus funciones: a. Solicitar al final de cada lapso académico, un informe al coordinador de la asignatura en el cual presente las causas o factores relacionados con el desempeño estudiantil, las acciones de mejora ejecutadas, de mantenimiento e incentivo del desempeño, así como también, los indicadores de: porcentaje de aprobados, porcentaje de reprobados, porcentaje de deserción y promedio de notas del curso. b. Recoger la información de los estudiantes al final de cada lapso académico, acerca de las causas o factores relacionados con el desempeño estudiantil 4/7
5 en las asignaturas del pensum, en las dimensiones de: profesor, alumno, proceso de enseñanza aprendizaje. c. Analizar en forma permanente la opinión del estudiante en relación a las causas o factores relacionados con el desempeño estudiantil en las dimensiones: profesor, estudiante y proceso de enseñanza aprendizaje. d. Analizar en forma permanente la opinión del docente en relación a las causas o factores relacionados con el desempeño estudiantil en las dimensiones: profesor, estudiante y proceso de enseñanza aprendizaje. e. Analizar los indicadores de: porcentaje de aprobados, porcentaje de reprobados, porcentaje de deserción y promedio de notas del curso. f. Gestionar actividades de capacitación permanente de los actores involucrados en el mejoramiento continuo del desempeño estudiantil. g. Promover el desarrollo de la investigación en el área de desempeño estudiantil. h. Discutir y analizar el informe presentado por los coordinadores e información recabada de los estudiantes al final de cada lapso académico, para definir el plan de acción a seguir en el próximo lapso. Dicho informe será presentado en: consejo de decanato, comisión de desempeño estudiantil, comisión de currículo, unidad de evaluación y departamento de educación médica. i. Sistematizar y difundir los resultados obtenidos en los trabajos realizados, impulsados por la comisión a fin de orientar la toma de decisiones de las autoridades de la institución. j. Realizar seguimiento y retroalimentación de las acciones emprendidas en materia de desempeño estudiantil. k. Asesorar en forma permanente al consejo de decanato en materia de desempeño estudiantil para la toma de decisiones. l. Presentar el informe al final de cada lapso académico, sobre las causas o factores relacionados con el desempeño estudiantil en los programas académicos, así como, las acciones ejecutadas para el mejoramiento, mantenimiento e incentivo del desempeño estudiantil. Artículo 11: Los miembros de la Comisión de mejoramiento continuo del desempeño estudiantil en la UCLA, podrán permanecer hasta dos (02) años en sus funciones y podrán ser reelegibles por períodos de igual duración. 5/7
6 Artículo 12: Son atribuciones del coordinador(a): a. Convocar a reuniones periódicas y presidir la Comisión. b. Someter a consideración de los miembros, el plan de gestión anual de la Comisión. c. Presentar los problemas detectados relacionados con el desempeño académico estudiantil en los programas académicos de la UCLA. d. Dirigir la discusión y el análisis de los problemas detectados relacionados con el desempeño académico estudiantil en los programas académicos de la UCLA. e. Participar en la elaboración y desarrollo del plan de acción a seguir de acuerdo a los problemas y causas detectados referidos al desempeño estudiantil en la UCLA. f. Organizar las acciones y tareas del plan de mejoramiento del desempeño estudiantil de la UCLA de acuerdo a los problemas y causas detectadas. g. Gestionar los requerimientos necesarios para viabilizar las acciones y tareas planificadas. h. Presentar los resultados de las acciones y tareas desarrollados por la Comisión en las instancias académicas correspondientes. i. Presentar el informe sobre el desempeño académico estudiantil al final de cada lapso académico en la comisión académica. j. Favorecer la unión de esfuerzos, acciones, actores y objetivos con las distintas instancias académicas de la UCLA en pro del desempeño académico estudiantil. k. Impulsar el desarrollo de la investigación en el área de desempeño estudiantil. l. Sistematizar y difundir en forma periódica los avances, logros y aprendizajes alcanzados en el proceso de gestión de la Comisión. Artículo 13: Son atribuciones del (de la) asesor (a): a. Asistir a las reuniones convocadas por el coordinador de la comisión. b. Participar en la discusión y análisis de los problemas detectados relacionados con el desempeño académico estudiantil como miembro activo de la comisión. c. Participar en la elaboración y desarrollo del plan de acción a seguir de acuerdo con los problemas del desempeño estudiantil detectados. 6/7
7 d. Las demás que le sean atribuidas por las autoridades competentes o señaladas en los reglamentos y normas que sobre la materia sean aprobados en la institución. Artículo 14: La Comisión de mejoramiento continuo del desempeño estudiantil de cada decanato, programará actividades de capacitación permanente de los actores involucrados en el mejoramiento continuo del desempeño estudiantil, tomando en cuenta las causas o factores relacionados con los diferentes programas académicos. CAPITULO III Disposiciones Transitorias y Finales Artículo 15: A partir de la aprobación del presente reglamento por el Consejo Universitario, cada decanato, según sus necesidades, podrá elaborar una normativa interna que regule el funcionamiento específico de la comisión de mejoramiento continuo del desempeño estudiantil y someterla a la aprobación de las autoridades competentes, o de lo contrario, acogerse a lo establecido en el presente reglamento. Artículo 16: Lo no establecido en este reglamento, será considerado por la Comisión Académica de la UCLA y presentado ante el Consejo Universitario para su aprobación. Artículo 17: El presente reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación por el Consejo Universitario de la UCLA y su publicación en gaceta universitaria. Dado, sellado y firmado en la sala de sesiones del Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado en su sesión Nº 2157, Ordinaria, realizada el diecinueve de octubre del año dos mil once. Dr. Francesco Leone Durante Rector Dr. Francisco Ugel Garrido Secretario General 7/7
Capítulo I De la Naturaleza y Basamento Legal
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1599, Ordinaria, celebrada, el día dos de marzo del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1.890 Ordinaria, celebrada el día diecisiete de septiembre del año dos mil ocho, en uso de las atribuciones
Más detallesCapítulo I Disposiciones Fundamentales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2068, Ordinaria, celebrada el día 03 de Noviembre de dos mil diez y en uso de las atribuciones legales
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1628, Ordinaria, celebrada, el quince de junio del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones legales
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1905, Ordinaria, celebrada el día cinco de noviembre del año dos mil ocho, en uso de las atribuciones
Más detallesJUSTIFICACION REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA CÁTEDRA LIBRE PARA EL ESTUDIO Y LA CONSERVACIÓN DEL CABALLO CRIOLLO VENEZOLANO.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en sesión N 1213, Ordinaria de fecha veintisiete de septiembre de dos mil, en uso de las atribuciones legales que le
Más detallesExposición de Motivos:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 1980, Ordinaria, realizada el día siete del mes de octubre
Más detallesCapítulo I De la naturaleza y propósitos del Programa de Pasantías
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2288, Ordinaria, celebrada, el día tres de abril del año dos mil trece, en uso de sus atribuciones
Más detallesel diálogo y la crítica razonada en el ámbito académico para la construcción-acción del Servicio Comunitario Estudiantil.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1768, Ordinaria, celebrada el día veinticinco de abril del año dos mil siete, en uso de las atribuciones
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR
REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR La actividad curricular de la Universidad de Los Andes, al igual que la de cualquier otra institución de educación universitaria, debe ser vista como un
Más detallesPerfil del Jefe de Departamento Académico
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1631, Ordinaria, celebrada, el día veintitrés de junio del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones
Más detallesExposición de Motivos:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 1535, Ordinaria, realizada el día diecinueve de mayo del
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1788, Ordinaria, celebrada el día veintiocho de junio del dos mil siete, en uso de las atribuciones
Más detallesNormas de Funcionamiento de la Comisión de Currículo de la Escuela de Medicina Luís Razetti, Facultad de Medina, Universidad Central de Venezuela.
Normas de Funcionamiento de la Comisión de Currículo de la Escuela de Medicina Luís Razetti, Facultad de Medina, Universidad Central de Venezuela. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Artículo
Más detallesImplementación y fortalecimiento de las Líneas Estratégicas UCLA. Integración Docencia, Investigación, Extensión. Gaceta Universitaria N 94 1/6
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1694, Ordinaria, celebrada el día diez de mayo del dos mil seis, en uso de las atribuciones legales
Más detallesEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 28 del Reglamento General de la Institución, en concordancia con el artículo
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la, reunido en su sesión Nº 2158 Ordinaria, celebrada el día 26 de octubre de 2011, en uso de las atribuciones que le confiere los artículos 21 y 22 de La Ley Orgánica de Hacienda
Más detallesAPROBO Creación del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo en la UCLA: Una Responsabilidad Impostergable. Justificación
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1871, Ordinaria, celebrada el día veintitrés de mayo del año dos mil ocho, en uso de las atribuciones
Más detallesAPROBÓ: NORMATIVA INTERNA DEL PROGRAMA DE PASANTIAS DEL DECANATO DE AGRONOMÍA.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2236, Ordinaria, celebrada, el diecisiete, de octubre del año dos mil doce, en uso de sus atribuciones
Más detallesAPROBO: Normativa Interna para los Trabajos de Grado de Los Programas de Pregrado del Decanato de Agronomía.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2288, Ordinaria, celebrada, el día tres de abril del año dos mil trece, en uso de sus atribuciones
Más detallesGaceta Universitaria N 103 1/6
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1792, Ordinaria, celebrada el día once de julio del año dos mil siete, en uso de las atribuciones
Más detallesTITULO I CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en sesión N 1244, Ordinaria de fecha diecisiete de enero del dos mil uno, haciendo uso de las atribuciones legales
Más detallesActualización de la Prima por Cargo o por Jerarquía de la UCLA Gaceta Universitaria N 157
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión ordinaria Nº 2652, celebrada el día 09 de Noviembre del año dos mil dieciséis, en uso de las atribuciones
Más detallesCapitulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1639, Ordinaria, celebrada el día veintisiete de julio de dos mil cinco, en uso de las atribuciones
Más detallesLA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO:
LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que el Estatuto Orgánico establece como uno de los objetivos de la Universidad Técnica de Manabì, el fomentar y ejecutar
Más detallesDisposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1848, Ordinaria, celebrada el día trece de marzo del dos mil ocho, en uso de las atribuciones legales
Más detallesDisposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1854, Ordinaria, celebrada el día dos de abril del dos mil ocho, en uso de las atribuciones legales
Más detallesREPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL "RAFAEL MARIA BARALT" CONSEJO DE DIRECCIÓN
1 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL "RAFAEL MARIA BARALT" CONSEJO DE DIRECCIÓN En la atribución contenida en el literal "e del Artículo 6º del Reglamento de la Universidad
Más detallesAPROBO Las Normas Aplicables al Proceso de Contratación del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
El Consejo Universitario de la Universidad, en su Sesión Nº 1500, Extraordinaria, celebrada el día 19-01-2004, en uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere la Ley de Universidades
Más detallesREGLAMENTO PARA LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE CÁTEDRAS LIBRES EN LA UNIVERSIDAD POLITÈCNICA TERRITORIAL ANDRÉS ELOY BLANCO
1 2 REGLAMENTO PARA LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE CÁTEDRAS LIBRES EN LA UNIVERSIDAD POLITÈCNICA TERRITORIAL ANDRÉS ELOY BLANCO ELABORADO POR: Unidad de Cátedras Libres REVISADO POR: Unidad de Organización
Más detallesExposición de Motivos.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1790, Ordinaria, celebrada el día cuatro de julio del año dos mil siete, en uso de las atribuciones
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 1775, Ordinaria, celebrada el día veintitrés de mayo del año dos mil siete, en uso de las atribuciones
Más detallesFUNCIONES DEL DIRECTOR CURRICULAR Y DE LOS COMITÉS ASESORES
FUNCIONES DEL DIRECTOR CURRICULAR Y DE LOS COMITÉS ASESORES Del ACUERDO 011 DE 2005 del CSU: Estatuto General de la Universidad Nacional de Colombia: http://www.legal.unal.edu.co/sisjurun/normas/norma1.jsp?i=35137
Más detallesArtículo 2: A los efectos del artículo anteriores se entiende como Sellos de la Universidad los siguientes:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1495, Ordinaria, celebrada el día diez de diciembre de dos mil tres, en uso de las atribuciones que
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1636, Ordinaria, celebrada, el día trece de julio del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones
Más detallesNORMATIVA INTERNA DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN DEL PROGRAMA DE ENFERMERÍA. Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N. 1388, Ordinaria, realizada el día trece de noviembre de
Más detalles1. En los Decanatos y Núcleos se debe conformar un Comité Deportivo.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1569, Ordinaria, celebrada el día veinte de octubre de dos mil cuatro, en uso de las atribuciones legales
Más detallesDisposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1993, Ordinaria, celebrada el día veintisiete de enero del año dos mil diez, en uso de las atribuciones
Más detallesREGLAMENTO DEL SISTEMA DE AUTOEVALUACION ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE AUTOEVALUACION Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Considerando: Que el Art. 94 de la Ley Orgánica de Educación Superior señala que la Evaluación de Calidad
Más detallesLa coordinación del sistema será ejercida por la Comisión para el Desarrollo de Nuevas Carreras en la UCLA.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en sesión N 1269, Ordinaria de fecha diez de mayo del dos mil uno, haciendo uso de las atribuciones legales que le
Más detallesCuadro de equivalencias entre las Asignaturas de la Especialización en Contaduría Pensum Viejo VS Pensum Nuevo Mención AUDITORIA
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en sesión N 1237, Ordinaria de fecha treinta de noviembre de dos mil, en uso de las atribuciones legales que le confieren
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS ANDES VICERRECTORADO ACADÉMICO COMISIÓN CURRICULAR CENTRAL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES VICERRECTORADO ACADÉMICO COMISIÓN CURRICULAR CENTRAL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR Marzo, 2012 Consejo de Desarrollo Curricular Marzo 2012 La Transformación de la Comisión Curricular
Más detallesI Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales y reglamentarias previstas en el numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE LAS ACADEMIAS DE LA ORIENTACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CIBNOR
REGLAMENTO INTERNO DE LAS ACADEMIAS DE LA ORIENTACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CIBNOR 1 REGLAMENTO INTERNO DE LAS ACADEMIAS DE LA ORIENTACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CIBNOR
Más detallesReseña Histórica Dirección de Documentación e Información
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2432, Ordinaria, celebrada el día 25 del mes de marzo del año dos mil quince, en uso de las atribuciones
Más detallesArticulo 4. Articulo 5 Articulo 6. Articulo 7. Articulo 8 Articulo 9. Articulo 10. Articulo 11.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2035, Ordinaria, celebrada el día treinta de junio año dos mil diez, en uso de las atribuciones legales
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 2436, Ordinaria, celebrada el día quince de abril de dos mil quince, en uso de las atribuciones que
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DE LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DE LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL Título Primero Capítulo Primero Del Comité de Vinculación
Más detallesCapitulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario, de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en Sesión Nº 1532, Ordinaria, celebrada el día 12-05-2004, en uso de las atribuciones legales y reglamentarias, concretamente
Más detallesEL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES
CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES NUCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO SECRETARIADO PERMANENTE CNU EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES En ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 19 del artículo
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CONSEJO ACADÉMICO DEL ÁREA DE LAS HUMANIDADES Y LAS ARTES
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CONSEJO ACADÉMICO DEL ÁREA DE LAS HUMANIDADES Y LAS ARTES REGLAMENTO DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE LENGUAS CAPÍTULO I De la Naturaleza e Integración de la Comisión
Más detallesManual de Organización
Fecha: 24/01/yyyy Pag.; 1 de 17 Contenido 1. Objetivo y Alcance. 02 2. Base Legal. 04 3. Estructura. 05 4. Organigrama. 06 5. Descripción de Objetivos y Funciones de las dependencias. 07 6. Descripción
Más detallesCONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA) Y LA LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JIMÉNEZ
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2578, Ordinaria, celebrada, el día 06 de Julio del año dos mil dieciséis, en uso de sus atribuciones
Más detallesESTRUCTURA ORGANIZATIVA ABRIL, 2007
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DIRECCIÒN DE PLANIFICACIÒN Y EVALUACIÓN UNIVERSITARIA ABRIL, 2007 UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN UNIVERSITARIA Rectorado Comisión
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES Y SERVICIOS EDUCATIVOS (CISE)
REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES Y SERVICIOS EDUCATIVOS (CISE) Artículo 1.º.- El Centro de Investigaciones y Servicios Educativos de la Pontificia Universidad Católica del Perú CISE-PUCP es una
Más detallesREGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICO-ADMINISTRATIVAS DE LOS PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD YACAMBÚ
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICO-ADMINISTRATIVAS DE LOS PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD YACAMBÚ Año 2008 1 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICO-ADMINISTRATIVAS DE LOS
Más detallesAPROBÓ Políticas Ambientales de la UCLA Presentación: Políticas Ambientales de la UCLA
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 2229, Ordinaria, realizada el día veintiséis de septiembre
Más detallesUNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCIÓN No. 060 Noviembre 14 de 2014
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCIÓN No. 060 Noviembre 14 de 2014 "Por el cual se reglamentan los cargos de Directores de Escuela, Jefes de Departamento, Directores de
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 2160 Ordinaria, celebrada el día ocho de noviembre del año dos mil once, en uso de las atribuciones
Más detallesCOMISIÓN AD-HOC. * Se anexa informe elaborado y presentado por la Dirección de Recursos Humanos UCLA
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su Sesión Extraordinaria Nº 2679, celebrada el día 01 del mes de Febrero del año dos mil diecisiete, en uso de las
Más detallesSECRETARIA DE ACTAS ACTA No RESOLUCION NO. CU FECHA:
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 14 numeral 28 del Reglamento General de la Institución, R E S U E L V E 1.
Más detallesUNIVERSIDAD DE ORIENTE VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO DIRECCION DE ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS
UNIVERSIDAD DE ORIENTE VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO DIRECCION DE ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS PROPUESTA DE REORGANIZACION DE LA COMISION CENTRAL DE CURRICULA Abril, 2009 VICERRECTORADO ACADÉMICO - DIRECCIÓN
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1436, Ordinaria, celebrada el día cuatro de junio de dos mil tres, en uso de las atribuciones que le
Más detallesIntroducción. Situación Actual
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1675, Ordinaria, celebrada el día veinticinco de enero del dos mil seis, en uso de las atribuciones
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS DE REGIMEN SECCIONAL DEL ECUADOR (IERSE) DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY
REGLAMENTO GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS DE REGIMEN SECCIONAL DEL ECUADOR (IERSE) DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Art. 1 El Instituto de Estudios de Régimen Seccional del Ecuador (IERSE), es una Organización
Más detallesI.- Exposición de Motivos
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2020, Ordinaria, celebrada el día doce de mayo del dos mil diez, en uso de las atribuciones legales
Más detallesCapítulo I De la Definición
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales que le confiere el Reglamento General de esta institución dicta las presentes Normas del
Más detallesPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA: Ejecución Física y Financiera del Plan Operativo Anual Institucional (POAI).
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL DPU-P03 Pág.: 1/1 El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº. 2437, Ordinaria, celebrada el día veintidos de abril
Más detallesManual de Organización
Fecha: 24/01/yyyy Pag.; 1 de 19 Contenido 1. Objetivo y Alcance. 02 2. Base Legal. 04 3. Estructura. 05 4. Organigrama. 06 5. Descripción de Objetivos y Funciones de las dependencias. 07 6. Descripción
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA TÍTULO I: DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA TÍTULO I: DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA Artículo 1.- El Departamento Académico de Arquitectura es la unidad de trabajo académico que agrupa
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR
REGLAMENTO DE TUTORÍAS ACADÉMICAS DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR CONSIDERANDO: Ø Que el proceso de evaluación y acreditación de las
Más detallesDisposición General. Capítulo I De las Jubilaciones
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su Sesión N 1859, Ordinaria, celebrada el día dieciséis de abril de dos mil ocho, en uso de sus atribuciones legales
Más detallesNormas Generales. 2. El uso del carnet tendrá los siguientes beneficios:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1599, Ordinaria, celebrada, el día dos de marzo del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones
Más detallesAPROBO: NORMATIVA INTERNA DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS DEL DECANATO DE AGRONOMIA ARTICULO
El Consejo Universitario de la Universidad, reunido en su sesión N 1591, Ordinaria, celebrada, el día dos de febrero del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias que le confiere
Más detallesReglamento del Consejo Estatal Técnico de la Educación
Reglamento del Consejo Estatal Técnico de la Educación Documento de consulta Ultima reforma aplicada 9 de mayo de 2000. Reglamento del Consejo Estatal Técnico de la Educación Pág. 2 REGLAMENTO DEL CONSEJO
Más detallesCOMITÉ ASESOR JURIDICO DE LA OLACEFS (CAJ) TÉRMINOS DE REFERENCIA.
ANTECEDENTES Durante la VI Asamblea General Ordinaria de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS), celebrada el 22 de noviembre de 1996, en la ciudad
Más detallesMARITZA GARCIA. Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD)
PROPUESTA CREACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL SISTEMA NACIONAL DE PROSPECCIÓN EDUCACIÓN-EMPLEO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA: Temas centrales de contenido del mecanismo para su institucionalización MARITZA GARCIA
Más detallesNormas sobre las actividades de Evaluación Extraordinaria de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
Normas sobre las actividades de Evaluación Extraordinaria de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado Capítulo I De la Definición y Naturaleza Artículo: 1 La actividad de evaluación extraordinaria
Más detallesReglamento del Comité de Gestión Curricular. Elaborado por el Comité de Gestión Curricular
Reglamento del Comité de Gestión Curricular Elaborado por el Comité de Gestión Curricular 2016 REGLAMENTO DEL COMITÉ DE GESTION CURRICULAR Capítulo I Disposiciones Generales Artículo1.- El currículo se
Más detallesPROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS. Lineamientos Generales
PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS Lineamientos Generales El Programa Institucional de Tutorías (PIT) es uno de los programas prioritarios contenidos en el Plan de Desarrollo Institucional 2001-2005, teniendo
Más detallesDICTA LAS SIGUIENTE: NORMATIVA PARA LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DEL PERSONAL DOCENTE EN LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA En uso de la atribución que le confiere el artículo 35.11 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta DICTA LAS SIGUIENTE: NORMATIVA PARA
Más detallesAPROBO MODIFICACION CURRICULAR DE LOS PLANES DE ESTUDIO DE LOS PROGRAMAS DE ADMINISTRACIÓN COMERCIAL Y CONTADURIA PUBLICA,
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en sesión N 1289, Ordinaria de fecha veintisiete de junio del dos mil uno, haciendo uso de las atribuciones legales
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA SECRETARIA DE ACTAS ACTA Nº O-05 RESOLUCIÓN Nº CU-O FECHA:
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 14, numeral 28 del Reglamento General de la Institución, Que el Programa
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE
REGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE Año 2003 REGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE Barquisimeto, 2003 RESOLUCIÓN 2003-35-146 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD YACMABÚ DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL
Más detallesArtículo: 3 Para los efectos de cancelación de los aranceles, se establecen las tarifas siguientes:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" en uso de las atribuciones legales que le confiere el Reglamento General de esta Institución Dicta las siguientes Normas de
Más detallesPROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS
PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS Lineamientos Generales El Programa Institucional de Tutorías (PIT) es uno de los programas prioritarios contenidos en el Plan de Desarrollo Institucional 2001-2005, teniendo
Más detallesLa unidad académico-administrativa encargada del proceso de admisión a los programas de Pregrado es la Dirección de Admisión y Control de Estudios.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1949, Ordinaria, celebrada el día veinte de mayo del dos mil nueve, en uso de las atribuciones legales
Más detallesUNIVERSIDAD DE COSTA RICA CONSEJO UNIVERSITARIO
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUTOS Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN Y ESTACIONES EXPERIMENTALES (Aprobado en sesión del Consejo Universitario 4753-05, 22-10-02.
Más detallesREGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FARMACEUTICAS DE LA FACULTAD DE FARMACIA TITULO I
REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FARMACEUTICAS DE LA FACULTAD DE FARMACIA DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1: TITULO I El Instituto de Investigaciones Farmacéuticas estará adscrito a la Facultad
Más detallesREGLAMENTO DEL INSTITUTO DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ACADÉMICA 1
CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ACADÉMICA 1 CAPÍTULO I DEFINICIÓN ARTÍCULO 1: El Instituto de Gestión de la Calidad Académica tiene como finalidad el orientar, planear,
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CONSEJO ACADÉMICO DEL ÁREA DE LAS HUMANIDADES Y DE LAS ARTES REGLAMENTO DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE LENGUAS (COEL) AÑO 2016 AÑO 2016 1 CAPÍTULO I De la Naturaleza
Más detallesQUE ES EL COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL - COPASO?
QUE ES EL COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL - COPASO? Fecha 18/07/2011 Es un organismo legalmente constituido, integrado por representantes del empleador y de los trabajadores y tiene como responsabilidad
Más detallesProgramas de Doctorado según convenios con Universidades Españolas. 1. Programas de Doctorado a distancia con Universidades Españolas
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1638, Ordinaria, celebrada el día veinte de julio de dos mil cinco, en uso de las atribuciones que
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA Artículo 1.- El Departamento de Psicología es la unidad de trabajo académico que agrupa a los docentes
Más detallesCOMITÉ ACADÉMICO DE LA CARRERA DE INGENIERÍA ELÉCTRICA ELECTRÓNICA EN LA UNAM
Creación* COMITÉ ACADÉMICO DE LA CARRERA DE INGENIERÍA ELÉCTRICA ELECTRÓNICA EN LA UNAM El Consejo Académico del Área de las Ciencias Físico Matemáticas y de las Ingenierías, en su sesión del 19 de marzo
Más detallesNORMATIVA GENERAL PARA LA CREACIÓN Y ACREDITACIÓN DE PROGRAMAS DE DIPLOMADO EN EL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL - (IUTI).
NORMATIVA GENERAL PARA LA CREACIÓN Y ACREDITACIÓN DE PROGRAMAS DE DIPLOMADO EN EL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL - (IUTI). Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES Y REQUISITOS DE CREACIÓN
Más detalles