Foro Actualización Tributaria *1
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- Álvaro Francisco Javier Acuña Moreno
- hace 8 años
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1 Foro Actualización Tributaria *1 Tulio Restrepo Rivera *1 Banco de Occidente y Restrepo & Londoño, Asesores Tributarios y Jurídicos S.A., se reservan todos los derechos de propiedad intelectual sobre este material. Su reproducción por fuera de los Foros dictados para los clientes del Banco, debe citar siempre la fuente. El formato, imágenes, animaciones, gráficos, signos, videos, sonidos y cualquier otro elemento que haga parte de ésta presentación, son de propiedad de Restrepo & Londoño, Asesores Tributarios y Jurídicos S.A. La información, opiniones, comentarios, cifras y todo el contenido aquí expuesto no hacen parte de una asesoría tributaria ni legal y no deben tomarse como recomendaciones profesionales. Cualquier decisión tributaria o legal debe ser consultada en el Estatuto Tributario y los decretos reglamentarios correspondientes.
2 2 Personas Naturales
3 Personas Naturales con Residencia Fiscal en Colombia Permanencia en Colombia más de 183 días en un período de 365 días Continua o discontinua 3
4 Personas Naturales con Residencia Fiscal en Colombia Ser colombiano y el 50% o más: Ingresos de fuente nacional Bienes administrados en el país Activos poseídos en el país 4
5 Personas Naturales con Residencia Fiscal en Colombia Ser requerido por la DIAN, no acreditar condición de no residente Residencia en un Paraíso Fiscal 5
6 Personas Naturales con Residencia Fiscal en Colombia Cónyuge o hijos menores residentes en Colombia Prestar servicios en el exterior al Estado Colombiano 6
7 7 Personas Naturales con Residencia Fiscal en Colombia
8 8 Personas Naturales con Residencia Fiscal en Colombia
9 Personas Naturales con Residencia Fiscal en Colombia Declaración voluntaria Para no obligados a presentar declaración de renta Posibilidad solicitar saldo a favor 9
10 Personas Naturales Categorías 10
11 Categorías Empleados Trabajadores por Cuenta Propia Otros 11
12 Categorías Empleados Que el 80% de sus ingresos provengan de: Vínculo laboral Profesiones liberales Servicios técnicos y/o generales 12
13 Categorías Trabajadores por Cuenta Propia Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento Agropecuario, silvicultura y pesca Comercio al por mayor Comercio al por menor 13
14 Categorías Trabajadores por Cuenta Propia Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos Construcción Electricidad, gas y vapor Fabricación de productos minerales y otros 14
15 Categorías Trabajadores por Cuenta Propia Fabricación de sustancias químicas Industria de madera, corcho y papel Manufactura alimentos Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero 15
16 Categorías Trabajadores por Cuenta Propia Minería Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones Servicio de hoteles, restaurantes y similares Servicios financieros 16
17 Categorías Otros No clasificados como Categoría Empleados ni Categoría Trabajadores por Cuenta Propia Rentistas de capital Notarios Sucesiones ilíquidas Pensionados Demás personas naturales 17
18 Determinación Impuesto de Renta 18
19 Determinación Impuesto de Renta Sistema Ordinario IMAN IMAS 19
20 Determinación Impuesto de Renta Sistema Ordinario Ingresos Brutos Totales (-) INCRNGO (-) Costos (-) Deducciones (-) Rentas exentas Base Gravable Tarifas 0% - 19% - 28% - 33% 20
21 INCRNGO del Sistema Ordinario Entre otros: Dividendos Gananciales C.I. A.I.S. I.C.R. Utilidad en venta de: Acciones en BVC Casa o apratamento de habitación 21
22 Costos del Sistema Ordinario Costos de activos fijos enajenados poseídos menos de 2 años Costos derivados de la actividad de la PN 22
23 Deducciones del Sistema Ordinario Concepto Valor Máximo Deducible Categoría Empleados T. P. C. P. Otros Intereses Vivienda $ X X X Planes Complementarios Salud $ X N/A N/A Salud Obligatoria $ X X X Dependientes $ X N/A N/A Inherentes Actividad Req. Generales X X X 23
24 Rentas Exentas del Sistema Ordinario 30% ingreso laboral o ingreso tributario sin exceder la suma de $ de: Aportes al Fondo de Pensiones Obligatorias Aportes al Fondo de Pensiones Voluntarios Aportes AFC 24
25 Rentas Exentas del Sistema Ordinario Pensiones de jubilación hasta: $ mensual $ anual 25
26 Rentas Exentas del Sistema Ordinario 25% pagos laborales hasta: $ mensual $ anual Una vez restado: INCRNGO Deducciones Rentas exentas 26
27 Impuesto Mínimo Alternativo Nacional Categoría Empleados 27
28 IMAN para Categoría Empleados Sistema Presuntivo y Obligatorio No admite para su cálculo: Depuraciones Deducciones Aminoraciones estructurales Salvo las previstas por la Ley 28
29 Determinación de la RGA para Categoría Empleados Posibilidad de Ocurrir Ingresos Brutos Totales MENOS: Alta Aportes obligatorios SGSS (Max. $ ) Media Media Baja Baja Baja Dividendos no gravados Aportes obligatorios SSS del servicio doméstico Indemnizaciones por daño Retiros de los Fondos de Cesantía Costo fiscal de los bienes enajenados (menos de 2 años) Baja Remota Remota Indemnizaciones por seguros de vida Pagos catastróficos en salud UVT Pérdidas por desastres o calamidades públicas 29
30 IMAN Grava ingresos superiores a $ Tabla progresiva en impuesto Ejemplos: RGA Impuesto % $ $ ,07 $ $ ,25 $ $ ,55 $ $ ,11 $ $ ,93 $ $ ,74 30
31 I M A S Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado Categoría Empleados 31
32 IMAS para Categoría Empleados Sistema simplificado y voluntario RGA sea inferior a $ (2013) No sistema ordinario No IMAN 32
33 Determinación de la RGA para Categoría Empleados Posibilidad de Ocurrir Ingresos Brutos Totales MENOS: Alta Aportes obligatorios SGSS (Max. $ ) Media Media Baja Baja Baja Baja Remota Remota Dividendos no gravados Aportes obligatorios SSS del servicio doméstico Indemnizaciones por daño Retiros de los Fondos de Cesantía Costo fiscal de los bienes enajenados (menos de 2 años) Indemnizaciones por seguros de vida Pagos catastróficos en salud UVT Pérdidas por desastres o calamidades públicas 33
34 Impuesto Mínimo Alternativo Simple - IMAS Grava ingresos superiores a $ Hasta ingresos de $ Ejemplos: RGA Impuesto % $ $ ,07 $ $ ,94 $ $ ,01 $ $ ,86 $ $ ,80 $ $ ,18 34
35 Impuesto Mínimo Alternativo Simple - IMAS Firmeza declaración de renta: 6 meses después de la presentación 35
36 36 Ejemplos Sistema Ordinario - IMAN - IMAS
37 Ingreso $ ORDINARIA IMAN IMAS Total ingresos año Aporte fondo pensiones Menos Obligatorio Aporte fondo pensiones Voluntario/AFC Salud obligatoria Intereses de vivienda Medicina prepagada Dependientes Total deducciones Sub-Total Menos Renta exenta 25% Base gravable ($) Impuesto Tasa Real de Impuesto 2,28% 0,37% 0,39% 37
38 Ingreso $ ORDINARIA IMAN IMAS Total ingresos año Aporte fondo pensiones Menos Obligatorio Aporte fondo pensiones Voluntario/AFC Salud obligatoria Intereses de vivienda Medicina prepagada Dependientes Total deducciones Sub-Total Menos Renta exenta 25% Base gravable ($) Impuesto Tasa Real de Impuesto 6,27% 2,13% 3,32% 38
39 Ingreso $ ORDINARIA IMAN IMAS Menos Total ingresos año Aporte fondo pensiones Obligatorio Aporte fondo pensiones Voluntario/AFC Salud obligatoria Intereses de vivienda Medicina prepagada Dependientes Total deducciones Sub-Total Menos Renta exenta 25% Base gravable ($) Impuesto Tasa Real de Impuesto 9,21% 3,41% 6,03% 39
40 Ingreso $ ORDINARIA IMAN Total ingresos año Menos Aporte fondo pensiones Obligatorio Aporte fondo pensiones Voluntario/AFC 0 0 Salud obligatoria Intereses de vivienda 0 0 Medicina prepagada 0 0 Dependientes Total deducciones Sub-Total Menos Renta exenta 25% Base gravable ($) Impuesto Tasa Real de Impuesto 12,48% 5,96% 40
41 41 Retención en la Fuente Categoría Empleados
42 Retención en la Fuente Categoría Empleados (Art. 383 E.T.) Ingresos Brutos (-) Deducción por intereses de vivienda (-) Salud prepagada hasta $ mensuales (-) 10% ingresos brutos por depend. Máx. $ (-) Aportes al SGSS (-) 30% aportes voluntarios pensiones y AFC (-) Renta exenta 25% depurado hasta $ = Base de Retención 42
43 Tabla Retención en la Fuente RANGOS EN UVT RANGOS EN PESOS DESDE HASTA DESDE HASTA TARIFA MARGINAL IMPUESTO >0 95 > % 0 > > % > > % (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 95 UVT)* 19% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 150 UVT)* 28% mas 10 UVT >360 En adelante > En adelante 33% (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos 360 UVT)* 33% mas 69 UVT 43
44 Retención en la Fuente Mínima para Categoría Empleados Retención sobre P.M. Solo aplica a declarantes 44
45 Depuración de Retención en la Fuente Mínima para Categoría Empleados Total de pago mensual o abono en cuenta (-) Aportes al SGSS = Base de Retención 45
46 46 Personas Naturales Trabajadores por Cuenta Propia
47 Clasificación Trabajadores por Cuenta Propia Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento Agropecuario, silvicultura y pesca Comercio al por mayor Comercio al por menor 47
48 Clasificación Trabajadores por Cuenta Propia Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos Construcción Electricidad, gas y vapor Fabricación de productos minerales y otros 48
49 Clasificación Trabajadores por Cuenta Propia Fabricación de sustancias químicas Industria de madera, corcho y papel Manufactura alimentos Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero 49
50 Clasificación Trabajadores por Cuenta Propia Minería Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones Servicio de hoteles, restaurantes y similares Servicios financieros 50
51 Determinación de la RGA para Trabajadores por Cuenta Propia Posibilidad de Ocurrir Ingresos Brutos Totales MENOS: Alta Aportes obligatorios SGSS (Max. $ ) Media Dividendos no gravados Media Aportes obligatorios SSS del servicio doméstico Baja Indemnizaciones por daño Baja Retiros de los Fondos de Cesantía Baja Costo fiscal de los bienes enajenados (menos de 2 años) Baja Pérdidas por desastres o calamidades públicas Remota Pagos catastróficos en salud UVT 51
52 IMAS de Trabajadores por Cuenta Propia Siempre que el 80% de sus ingresos provenga de actividad calificada: Aplica a residentes fiscales en el país con RGA inferior a UVT Patrimonio inferior a UVT Sistema simplificado, cedular y voluntario 52
53 IMAS de Trabajadores por Cuenta Propia Actividad Para RGA desde IMAS Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento UVT 1,77% * (RGA en UVT-4.057) Agropecuario, silvicultura y pesca UVT 1,23% * (RGA en UVT-7.143) Comercio al por mayor UVT 0,82% * (RGA en UVT-4.057) Comercio al por menor UVT 0,82% * (RGA en UVT-5.409) Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos UVT 0,95% * (RGA en UVT-4.549) Construcción UVT 2,17% * (RGA en UVT-2.090) Electricidad, gas y vapor UVT 2,97% * (RGA en UVT-3.934) Fabricación de productos minerales y otros UVT 2,18% * (RGA en UVT-4.795) Fabricación de sustancias químicas UVT 2,77% * (RGA en UVT-4,549) Industria de madera, corcho y papel UVT 2,3% * (RGA en UVT-4,549) Manufactura alimentos UVT 1,13% * (RGA en UVT-4.549) Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero UVT 2,93% * (RGA en UVT-4.303) Minería UVT 4,96% * (RGA en UVT-4.057) Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones UVT 2,79% * (RGA en UVT-4.795) Servicio de hoteles, restaurantes y similares UVT 1,55% * (RGA en UVT-3.934) Servicios financieros UVT 6,4% * (RGA en UVT-1.844) 53
54 Ejemplo Actividad / Ingresos $ $ $ $ Impuesto a pagar Agropecuaria -0- $ $ $ Ccio. al por mayor $ $ $ $ Ccio. al por menor $ $ $ $ Construcción $ $ $ $ Servicios financieros $ $ $ $
55 Ejemplo Actividad / Ingresos Comercio vehículos autom. Manufactura de alimentos Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero Servicio de transportes, almacenamiento y comunicaciones Servicios de hoteles, restaurantes y similares $ $ $ $ Impuesto a pagar $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $
56 56 Personas Jurídicas
57 57 CREE Impuesto sobre la Renta para la Equidad
58 Base Gravable del CREE Ingresos Brutos: Menos: INCRNGO Costos Deducciones Generales Ganancias Ocasionales Algunas Rentas Exentas Base Gravable No Inferior a la Renta Presuntiva 58
59 59 Tarifa del CREE
60 CREE Exoneración SENA ICBF SALUD 2% 3% 8,5% 2013 $ $ También aplica a personas naturales empleadores con mínimo dos trabajadores 60
61 Retención CREE Actividad Tarifa Industrial y comercial 0.40% Servicios generales y de construcción 0.80% Explotación de minas y canteras 1.60% 61
62 Sociedades y Entidades Nacionales 62
63 Concepto de Sociedades y Entidades Nacionales para Efectos Tributarios Se consideran nacionales si durante el respectivo año tienen su sede efectiva de administración en el territorio colombiano 63
64 Concepto de Sociedades y Entidades Nacionales para Efectos Tributarios Tener su domicilio principal en el territorio colombiano 64
65 Concepto de Sociedades y Entidades Nacionales para Efectos Tributarios Haber sido constituida en Colombia, de acuerdo con las leyes vigentes en el país 65
66 Sociedades y Entidades Extranjeras Contribuyentes Son contribuyentes del impuesto de renta y ganancias ocasionales de fuente nacional 66
67 Contribuyentes Obligados a Declarar sin Residencia en el País Sucursales de sociedades extranjeras Establecimientos Permanentes Sociedades subordinadas El agente exclusivo de negocios Los factores de comercio, cuando dependan de personas naturales 67
68 Sociedad Extranjera Se consideran extranjeras las sociedades u otras entidades QUE NO SEAN NACIONALES 68
69 Establecimiento Permanente 69
70 Establecimiento Permanente Un lugar fijo de negocios ubicado en el país, a través del cual una empresa extranjera o PN sin residencia en Colombia, realiza toda o parte de su actividad 70
71 Establecimiento Permanente Cuando una persona distinta de un agente independiente, actúe por cuenta de una empresa extranjera y tenga o ejerza habitualmente en el territorio nacional Poderes que la faculten para concluir actos o contratos que sean vinculantes para la empresa 71
72 Tributación de los E. P. y Sucursales Rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional que le sean atribuibles al E.P. y se realizará con base en criterios de funciones, activos, riesgos y personal involucrado en la obtención de rentas y ganancias ocasionales 72
73 Contabilidad de los E. P. Los E.P. deberán llevar contabilidad separada en la que se discriminen claramente los ingresos, costos y gastos que les sean atribuibles 73
74 74 Dividendos no Gravados
75 Dividendos No Gravados Renta Liquida Gravable (-) Impuesto Básico de Renta (-) Descuentos tributarios de impuestos pagados en el exterior (+) Ganancias Ocasionales Gravables (-) Impuesto de Ganancias Ocasionales (+) Dividendos no gravados recibidos de otras sociedades nacionales y de la CAN (+) Los beneficios especiales a los socios Deben contabilizarse por separado en el Patrimonio 75
76 76 Dividendos No Gravados
77 Dividendos No Gravados No aplica a renta exentas u otros beneficios tributarios no trasladables a los socios Deben contabilizarse en cuentas de orden 77
78 78 Reorganización Empresarial
79 Aportes a Sociedades Nacionales Aportes en dinero o en especie no generan ingreso gravado ni se considera enajenación Si se emiten acciones En la colocación de acciones propias readquiridas se considera enajenación de acciones 79
80 Aportes en Especie a Sociedades Nacionales El costo fiscal de los bienes aportados será el mismo del aportante El costo fiscal de las acciones recibidas será igual a los bienes aportados Los bienes aportados conservan la calidad de activos fijos o movibles 80
81 Aportes a Sociedades y Entidades Extranjeras En especie y en industria constituyen enajenación para efectos fiscales sometida a impuesto de renta y al régimen de precios de transferencia Los aportes de intangibles deben reportarse en la declaración informativa de precios de transferencia 81
82 Prima en Colocación de Acciones La PCA solo será exclusiva para quien la haya aportado La capitalización de la PCA no genera ingresos tributarios ni costo fiscal para los no aportantes de la PCA Causa Impuesto de Registro 82
83 83 Fusiones y Escisiones
84 Fusiones y Escisiones Adquisitivas: Las entidades participantes, fusionadas, escindentes y beneficiaras NO son vinculadas entre si Reorganizativas: Las entidades participantes, fusionadas, escindentes y beneficiaras SI son vinculadas entre si 84
85 Fusiones y Escisiones Adquisitivas y Reorganizativas: No se considera que haya ingreso gravado ni enajenación por la transferencia de activos Para el adquirente el costo fiscal de los bienes será el mismo que tenga la enajenante 85
86 Fusiones y Escisiones Adquisitivas y Reorganizativas: Conservaran la misma calidad de activos fijos o movibles Existe escisión cuando califique como unidad de explotación económica o establecimiento de comercio y no como activos individualmente considerados o como contrapartida para segregar cuentas patrimoniales 86
87 Fusiones y Escisiones Entre Entidades Extranjeras Transferencia de activos ubicados en el país por fusión o escisión constituye enajenación y gravada con el impuesto sobre la renta 87
88 Normas Antievasión 88
89 89 Subcapitalización
90 Subcapitalización Son deducibles los intereses cuando las deudas que los causan, no superen 3 veces el patrimonio liquido a Diciembre 31 del año anterior al gravable 90
91 91 Pagos en Efectivo
92 Pagos en Efectivo % pagado Menor valor UVT ($2.700 millones) 50% de los costos y deducciones totales 92
93 Requisitos Deducciones, Pasivos e Impuestos Descontables Depósitos cuentas bancarias T.C. Giro o transferencia bancaria T.D. Cheques a nombre de primer beneficiario Otro tipo de tarjetas o bonos 93
94 Pagos en Efectivo Ejemplo: Total deducciones $ Pagos en efectivo $ 300 UVT $
95 Pagos en Efectivo 2014 Total Deducible 85% No Deducible 15% Gasto $ $ $ IVA $ $ $7.000 descontable Total $ $ $
96 96 Paraísos Fiscales
97 Paraísos Fiscales 1. Anguila 2. Antigua y Barbuda 3. Archipiélago de Svalbard 4. Colectividad Territorial de San Pedro y Miguelón 5. Mancomunidad de Dominica 6. Mancomunidad de las Bahamas 7. Reino de Bahrein 8. Estado de Brunei Darussalam 97 97
98 Paraísos Fiscales 9. Estado Independiente de Samoa Occidental 10. Granada 11. Hong Kong 12. Isla de Man 13. Isla Queshm 14. Islas Caimán 15. Islas Cook 98 98
99 Paraísos Fiscales 16. Islas Pitcairn, Henderson, Ducie y Oeno 17. Islas Salomón 18. Islas Vírgenes Británicas 19. Bailiazgo de Jersey 20. Labuán 21. Macao 22. Principado de Andorra 23. Principado de Liechtenstein 24. Principado de Mónaco 25. Reino Hachemí de Jordania 99 99
100 Paraísos Fiscales 26. República Cooperativa de Guyana 27. República de Angola 28. República de Cabo Verde 29. República de Chipre 30. República de las Islas Marshall 31. República de Liberia 32. República de Maldivas 33. República de Mauricio 34. República de Nauru 35. República de Seychelles
101 Paraísos Fiscales 36. República de Trinidad y Tobago 37. República de Vanuatu 38. República del Yemen 39. San Kitts & Nevis 40. San Vicente y las Granadinas 41. Santa Elena, Ascensión y Tristán de Cunha 42. Santa Lucía 43. República Libanesa 44. Sultanía de Omán
102 Paraísos Fiscales Se excluyen transitoriamente: 1. Barbados 2. Bermuda 3. Emiratos Árabes Unidos 4. Estado de Kuwait 5. Estado de Qatar 6. Guernesey 7. República de Panamá
103 103 Ley FATCA
104 Ley FATCA Foreign Account Tax Compliance Act (Marzo 2010) Fiscalizar y gravar contribuyentes norteamericanos Dineros a través de opciones financieras 30% retención: Intereses Rentas Otros Dividendos Regalías 104
105 Ley FATCA Rige a partir de enero 1 de 2013 IFEx 105
106 Acuerdos de Información Financiera y Tributaria y Convenios de Doble Imposición 106
107 Panamá Tratado de Intercambio de Información Financiera: Evasión de impuestos Lavado de activos Exportaciones ficticias 107
108 USA Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria 108
109 La UGPP Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales 109
110 La UGPP Entidad competente para determinación y cobro de las contribuciones parafiscales y de la protección social de omisos e inexactos: Parafiscales Protección Social ICBF 3,0% Salud 8,5% SENA 2,0% Pensión 12,0% Caja 4,0% ARL?,?% 110
111 La UGPP La UGPP es la entidad competente para imponer sanciones: Omisión y/o vinculación: 111
112 La UGPP Correcciones por inexactitud: Sin requerimiento de la UGPP 5% Primer Requerimiento de Información 20% Requerimiento para Corregir 35% Liquidación Oficial 60% Por no suministrar información 5 UVT 112
113 La UGPP Administradoras del Sistema de Protección Social que incumplan con los estándares para el cobro de las Contribuciones Parafiscales de la Protección Social que establece la UGPP Sanción 200 UVT 113
114 Ganancias Ocasionales 114
115 Utilidades (PV-CF) Venta activos fijos poseídos 2 años o más: Inmuebles Maquinaria o equipo Acciones / Aportes Ganancia Ocasional Liquidación de Sociedades Herencias o Legados Donaciones Loterías, Rifas y Apuestas 115
116 Determinación de la Cuantía de los Bienes en Caso de Herencias, Legados, Donaciones y Porción Conyugal 116
117 Sumas dinerarias Concepto Nominal Valor Oro y demás metales preciosos Vehículos Acciones y aportes Créditos a favor Bienes y créditos en UME Títulos, bonos, certificados y otros documentos negociables que generen rendimientos financieros Derechos fiduciarios Inmuebles Rentas o pagos periódicos que provengan de fidecomisos, trusts, FIP, establecidos en Colombia o en el exterior Derecho de usufructo temporal Comercial Resolución Mintransporte Costo Fiscal Nominal TRM Costo de Adquisición + Rendimientos El 80% Valor Determinado Costo Fiscal Valor de las Rentas o Pagos Proporción al Valor Total de los Bienes Entregados en Usufructo 117
118 Ganancias Ocasionales Exentas Las primeras UVT de: Vivienda urbana Un inmueble rural independiente de vivienda o explotación económica Las primeras UVT que reciban los herederos o porción conyugal 118
119 Ganancias Ocasionales Exentas El 20% del valor de los bienes y derechos recibidos por personas diferentes a los herederos o recibidos por donación sin que supere UVT Los libros, ropas y utensilios de uso personal y mobiliario de la casa 119
120 Utilidad en la Venta de la Casa o Apartamento Las primeras UVT utilidad generada en la venta casa o apartamento que sean depositados en AFC para adquisición de otra vivienda o pago de deuda hipotecaria Aplica para casas o apartamentos de habitación cuyo valor catastral o auto avalúo no supere UVT 120
121 Tarifa Ganancias Ocasionales Sociedades o entidades nacionales y extranjeras Personas naturales residentes Personas naturales extranjeras sin residencia TARIFA ÚNICA 10 % 121
122 122 Tarifas Renta
123 Tarifas Impuesto de Renta Concepto Tarifa Máxima Profesores extranjeros 7,00% Personas naturales (IMAS) 8,17% Asistencia técnica y servicios técnicos extranjeros 10,0% Fondos de inversión extranjeros 14,0% Zonas Francas 15,0% Régimen Tributario Especial 20,0% Sociedades y personas jurídicas 25,0% Personas naturales (IMAN) 27,0% Personas naturales (Ordinaria) 33,0% 123
124 Tarifas Renta Trabajadores por Cuenta Propia IMAS 0.82% 0.95% 1.13% 1.23% 1.55% 1.77% 2.17% 2.18% IMAS 2.30% 2.77% 2.79% 2.93% 2.97% 4.96% 6.40% 124
125 Gracias *1 *1 Banco de Occidente y Restrepo & Londoño, Asesores Tributarios y Jurídicos S.A., se reservan todos los derechos de propiedad intelectual sobre este material. Su reproducción por fuera de los Foros dictados para los clientes del Banco, debe citar siempre la fuente. El formato, imágenes, animaciones, gráficos, signos, videos, sonidos y cualquier otro elemento que haga parte de ésta presentación, son de propiedad de Restrepo & Londoño, Asesores Tributarios y Jurídicos S.A. La información, opiniones, comentarios, cifras y todo el contenido aquí expuesto no hacen parte de una asesoría tributaria ni legal y no deben tomarse como recomendaciones profesionales. Cualquier decisión tributaria o legal debe ser consultada en el Estatuto Tributario y los decretos reglamentarios correspondientes.
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