0RDENANZA No. 189-MDSMP. San Martín de Porres, 31 de agosto del 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES;

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1 0RDENANZA No. 189-MDSMP. San Martín de Porres, 31 de agosto del 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Oficio Nº OCI/MDSMP de la Gerencia del Órgano de Control Institucional, los Informes Nº 143, 167, 169, 172, 177, 188, 189 y UPR-GPP/MDSMP de la Unidad de Planeamiento y Racionamiento, el Informe GPP/MDSMP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, proponiendo la modificación del Reglamento de Organización Funciones (ROF) de esta Comuna; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 065-MDSMP, de fecha 08 de setiembre del 2003, se aprobó la Estructura Orgánica Administrativa, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), documentos de gestión que se rigen por los principios de programación, dirección, ejecución, control concurrente y posterior, legalidad, economía, transparencia, simplicidad y otros establecidos en la Ley Nº Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 103-MDSMP, se modificó, derogó e incorporo en los Artículos 18º, 20º, 23º, 25º, 31º, 34º, 35º, 38º, 40º, 44º, 48º, 51º, 63º, 55, 59, 61, 62, diversos literales al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado por el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 065-MDSMP; Que, el Artículo Primero de la 0rdenanza No. 129-MDSMP, de fecha 28 de abril del 2005, se modificó los Artículos 20º, 43º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado por el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 065-MDSMP; Que, mediante Oficio Nº OCI/MDSMP, la Gerencia del Órgano de Control Institucional, de está Comuna remite el Memorandum de Control Interno del Examen Especial sobre el Proceso de Reorganización efectuado en la Municipalidad de San Martín de Porres, Periodo 2003, señalando que de la revisión y evaluación del Reglamento de Organización aprobado por Ordenanza Nº 065-MDSMP y modificado con la Ordenanza 103-MDSMP; Que, mediante Informe Nº UPR-GPP/MDSMP de la Unidad de Planeamiento y Racionamiento, solicita la modificación del literal i) del Artículo 38º de la Ordenanza Nº 129-MDSMP, que modifica la Ordenanza Nº 065-MDSMP; Que, mediante Informe Nº UPR-GPP/MDSMP de la Unidad de Planeamiento y Racionamiento, solicita la modificación del literal m) del Articulo 31º y literal c) del Artículo 18º de la Ordenanza Nº 103-MDSMP, que modifica la Ordenanza Nº 065-MDSMP, y literal o) del Artículo 31º de la Ordenanza Nº 129-MDSMP que modifica la Ordenanza Nº 065- MDSMP, y la anulación del literal k) del Artículo 31º de la Ordenanza Nº 103-MDSMP, que modifica la Ordenanza Nº 065-MDSMP; Que, mediante Informe Nº UPR-GPP/MDSMP de la Unidad de Planeamiento y Racionamiento, propone la modificación del literal p) del Artículo 31 de la Ordenanza Nº 103-MDSMP, que modifica la Ordenanza Nº 065-MDSMP; Que, mediante los Informes Nº 143 y UPR-GPP/MDSMP de la Unidad de Planeamiento y Racionamiento, propone la modificación de los Artículos 48º, 49º, 50º, 51º, 52º, 53º de la Ordenanza Nº 065-MDSMP referido a la Gerencia de Desarrollo Urbano modificándose sustancialmente las Funciones de las Divisiones y el nombre de cada unos de ellas; así como modificándose el Cuadro de Asignación de Personal CAP; Estando a Informe Nº 1074, 1019, 1123, GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9 y 40 de la Ley Nº

2 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por el Señor Alcalde Jesús Álvaro Véliz Duarte, y Duarte y con el voto unánime de los señores Regidores presentes Luis Caballero Sabino, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán Paz Puelles, María Ella Castañeda Abanto, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Roberto Asunción Castillo Paulino, Gloria Luz Santillán Ríos y el permiso justificado de los señores Regidores Pedro Carlos Casanova Saavedra, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Enrique Calderón Carvajal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se dictó la siguiente; ORDENANZA: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el numeral c) del Artículo 18º, los numerales m), o) p) del Articulo 31º, de la Ordenanza Nº 103-MDSMP, que modifica la Ordenanza Nº 065- MDSMP, los mismos que tendrán los siguientes textos: ARTÍCULO N 18.- GERENCIA MUNICIPAL Numeral c) Supervisar y evaluar la gestión administrativa, financiera y económica de la municipalidad, teniendo como referencia la revisión y el análisis de los estados financieros y los planes municipales. Y, disponer de las decisiones adecuadas si el caso lo amerita. ARTÍCULO 31.- GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS m) Administrar los fondos y valores municipales, de acuerdo a las normas legales vigentes o) Informar periódicamente a la gerencia municipal, la ejecución financiera de ingresos y gastos, a fin de que la alcaldía y el concejo municipal estén informados del manejo financiero, de la Municipalidad. p) Conformar y presidir el Comité de Gestión Patrimonial Municipal, según la normatividad vigente: así como ser responsable con dicho Comité de los Bienes Muebles de la Municipalidad. ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar el numeral i) del Artículo 38º de la Ordenanza Nº 129-MDSMP que modifica la Ordenanza Nº 065-MDSMP, ARTÍCULO N 38.- GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTA RIA Y RENTAS i) Administrar la emisión y distribución de declaraciones juradas de diferentes tributos, así como controlar su cobranza. ARTÍCULO TERCERO.- Modificar los Artículos 48º, 49º, 50º, 51º, 52º, 53º de la Ordenanza Nº 065-MDSMP, los mismos que tendrán los siguientes textos: ARTICULO 48.- GERENCIA DE DESARROLLO URBANO La Gerencia de Desarrollo Urbano es el órgano de línea encargado del desarrollo urbano planificado del distrito y del medio ambiente, en sus aspectos de infraestructura, equipamiento y vialidad, así como responsable de la aprobación y ejecución de estudios, proyectos y obras públicas; y de la promoción, regulación, aprobación y control de las obras por iniciativa privada. También se encarga de la actualización del Catastro Municipal y de las Habilitaciones Urbanas. Está a cargo de un funcionario de confianza, con la categoría de Gerente, dependiendo funcionalmente de la Gerencia Municipal y, cumple con las siguientes funciones: a) Formular y dirigir la política municipal urbana, referido al acondicionamiento territorial de edificaciones, infraestructura pública y privada, asentamientos humanos, vivienda, construcción y saneamiento en concordancia con las normas legales vigentes. b) Programar, dirigir, ejecutar, coordinar, normar y controlar las actividades relacionadas con los proyectos de desarrollo urbano, catastro, obras públicas y privadas en concordancia con las normas legales vigentes. c) Elaborar proyectos en sus fases de: perfil, prefactibilidad y factibilidad como Unidad Formuladota del Sistema Nacional de Inversión Pública.

3 d) Formular, actualizar y hacer cumplir las ordenanzas de regulación, autorización y control de las habilitaciones urbanas, adjudicaciones, construcciones, zonificación y usos del suelo e infraestructura física. e) Planificar, formular y ejecutar las actividades relacionadas con el catastro municipal y su actualización periódica. f) Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las obras de infraestructura vial, señalización y semaforización del tránsito vehicular y peatonal del distrito. g) Expedir certificados de uso, zonificación, habitabilidad, construcción y otros. h) Elaborar y aprobar Expedientes Técnicos para obras y estudios, por administración directa y, por contrata para los procesos de selección: licitaciones, concursos y adjudicaciones. i) Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las obras de mantenimiento, de conservación y de ampliación de parques, plazas, campos deportivos, alamedas, pistas, veredas y áreas verdes de uso público. j) Regular, normar, supervisar y controlar el crecimiento urbano, horizontal y vertical del distrito, velando por su desarrollo ordenado, armónico e integral. k) Emitir Resoluciones Gerenciales conforme a su competencia, por funciones delegadas y/o asignadas de acuerdo a las normas vigentes. l) Resolver en primera instancia las solicitudes y las reclamaciones que se formulen en asuntos de su competencia y los recursos impugnativos contra las Resoluciones de Gerencia que se emitan m) Racionalizar y simplificar los procedimientos administrativos de la Gerencia. n) Elaborar y mantener actualizado el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Gerencia de acuerdo a la normatividad vigente; o) Diseñar, promover y coordinar programas municipales de vivienda para las familias más vulnerables del distrito. p) Elaborar la información estadística sistematizada, para la toma de decisiones, con la información, con los datos que se genera en la Gerencia en coordinación con las Divisiones a su cargo. q) Otras funciones que le asigne la Gerencia Municipal. ARTÍCULO 49.- Organización Interna de la Gerencia de Desarrollo Urbano Para el desarrollo de sus funciones la Gerencia de Desarrollo Urbano estará conformada por (04) Divisiones, según lo siguiente : DIVISIÓN DE PLANIFICACION, ESTUDIOS Y PROYECTOS DIVISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, INFRAESTRUCTURA, VIALIDAD Y TRANSPORTE DIVISIÓN DE OBRAS PRIVADAS Y CONTROL URBANO DIVISIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y CATASTRO ARTÍCULO 50.-DIVISION DE PLANIFICACION, ESTUDIOS Y PROYECTOS Es el órgano responsable de la actualización de los instrumentos de planificación urbana y de los programas de inversión, mediante la elaboración y aprobación de estudios y proyectos, efectuando las coordinaciones como Unidad Formuladora del Ciclo de Proyecto, a cargo de la entidad. Está cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de División y dependiente del Gerente de Desarrollo Urbano. Son funciones y atribuciones son: a) Elaborar, aprobar y coordinar los instrumentos de planificación urbana del distrito, mediante la elaboración de estudios, planos y memorias descriptivas que se requieran. b) Realizar la identificación, la programación y priorización de proyectos, tanto de Inversión Pública y/o de Inversión Privada Nacional o Internacional, proponiendo las alternativas de financiamiento y/o gestión, orientados al beneficio y mejora de la calidad de vida del distrito y la población; c) Elaborar, coordinar y supervisar la propuesta del Programa Anual de Obras y las del Presupuesto Participativo, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. d) Actualizar el Plan Integral de Desarrollo y el Plan de Ordenamiento Territorial del distrito; en coordinación con la Gerencia, la Alta Dirección, así como con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.

4 e) Elaborar, mantener el registro y el control de expedientes de los buenos contribuyentes, relacionados a solicitudes de obras y requerimientos de necesidades no satisfechas, en cuanto a infraestructura pública y/o de saneamiento se refiera. f) Elaborar un registro de expedientes de proyectos y anteproyectos resultantes de la gestión y requerir su ejecución de acuerdo al Sistema Nacional de Inversiones, para asignar las partidas presupuestales correspondientes. g) Formular y coordinar las bases técnicas y/o administrativas para licitar, contratar y/o supervisar las obras públicas que proyecte realizar la Municipalidad, en coordinación con las unidades formuladoras que correspondan. h) Llevar los registros de documentos ingresados, respecto a los estudios y proyectos que se elaboren para formulación del Programa de Obras; i) Elaborar y coordinar con la Oficina de Programación de Inversiones (OPI) de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la vialidad de los proyectos de Inversión como Unidad Formuladora de la Gerencia de Desarrollo Urbano. j) Elaborar y aprobar los Expedientes Técnicos de Obra. k) Elaborar los proyectos de ordenanzas y directivas que se requieran, en coordinación con las demás Divisiones y la Gerencia de Desarrollo Urbano. l) Elaborar y llevar la información estadística de la Gerencia y la información poblacional, de la entidad debidamente actualizada, para efectos de las transferencias económicas del gobierno central. m) Formular y/o adecuar el esquema de zonificación y usos de suelo en coordinación con la División de Habilitaciones Urbanas y Catastro y con la División de Obras Privadas y Control Urbano, a fin de que este instrumento sirva para promover el desarrollo del distrito. n) Proponer y elaborar el Estudio Técnico Distrital de las necesidades de transporte de vehículos menores. o) Llevar control y registro mensual de los ingresos económicos de la División, dando cuenta a la Gerencia y elaborar los cuadros comparativos y estadísticos de los mismos. p) Otras funciones afines que le asigne la Gerencia de Desarrollo Urbano. ARTICULO 51.-DIVISION DE OBRAS PÚBLICAS, INFRAESTR UCTURA, VIALIDAD Y TRANSPORTE. Es el órgano responsable de la ejecución, control y regulación de la inversión pública de la entidad; así como, de la ejecución, de las actividades de infraestructura tanto de servicios y como de obras de menor cuantía; y de la vialidad, señalización y acciones de control y ordenamiento del tránsito y el transporte del distrito. Está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de División, dependiente del Gerente de Desarrollo Urbano. Sus funciones y atribuciones son: a) Ejecutar, supervisar, organizar, coordinar y controlar los proyectos de obras públicas y de infraestructura urbana, en el distrito, en el marco de las normas legales vigentes; b) Supervisar y controlar las obras públicas y el equipamiento de los servicios públicos locales, en ejecución por contrata y/o de las obras que la Municipalidad haya ejecutado por administración directa y/o, por convenios, en apoyo a la comunidad y/o la población en general. c) Programar y ejecutar el inicio de obras cuyos procesos de selección y contratos se hayan convenido, previa aprobación del Expediente Técnico respectivo. d) Efectuar las valorizaciones y liquidaciones de pago de los avances y finalizaciones de las obras públicas en ejecución y/o ejecutadas por la entidad; respectivamente. e) Realizar las entregas de terreno, supervisar y/o inspeccionar las obras adecuadamente y actualizadas según el avance diario de obra y al Expediente Técnico aprobado para tal fin; f) Aperturar y llevar debidamente actualizado los Cuadernos de Obra, tanto en procesos de obras contratadas, por convenio y/o por apoyo Interinstitucional y/o comunal. g) Elaborar las liquidaciones de pago de las obras públicas ; para aprobación de la Gerencia de Desarrollo Urbano. h) Elaborar y llevar un registro de control de obras que se ejecuten por contrata, administración directa, convenio, apoyo interinstitucional y/o por cualquier otra modalidad. i) Brindar asesoría técnica y supervisión a la comunidad, respecto a sistemas constructivos y obras públicas de infraestructura que se ejecuten y/o se autoricen por convenio u otras disposiciones.

5 j) Ejecutar, supervisar y/o inspeccionar obras de mantenimiento y/o conservación de monumentos históricos que se realicen a través de administración directa o por terceros que tengan la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. k) Controlar, registrar y autorizar obras que ejecutan las entidades o empresas prestadoras de servicio público y/o privado. l) Evaluar, proponer, otorgar y controlar las licencias y/o autorizaciones por obras en la vía pública. m) Evaluar, otorgar y controlar las licencias y/o autorizaciones para circulación de vehículos menores de acuerdo a la regulación distrital y normas vigentes, n) Elaborar y mantener actualizado la estadística del parque automotor de vehículos menores que circulan en el radio urbano del distrito. o) Elaborar y ejecutar planes de señalización de calles y vías de acuerdo a la regulación provincial; p) Organizar y ejecutar eventos sobre educación vial para conductores y para la población en general. q) Establecer medidas de seguridad vial y controlar su cumplimiento, en coordinación con la Municipalidad de Lima, en lo que corresponda; r) Proponer a la Municipalidad de Lima, el sistema de semaforización y señalización de vías de seguridad y circulación del distrito. s) Formular el plan vial que nos permita ordenar el tránsito, crear bolsas de estacionamiento, reglamentar el tránsito. t) Llevar control y registro mensual de los ingresos económicos de la División, dando cuenta a la Gerencia y llevando cuadros comparativos y estadísticos de los mismos. u) Otras funciones afines que le asigne la dirección de desarrollo urbano. ARTICULO 52.- DIVISION DE OBRAS PRIVADAS Y CONTROL URBANO. Es el órgano responsable de control, regulación y ordenamiento de la construcción privada y del control del crecimiento y ordenamiento urbano. Está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de División, dependiente del Gerente de Desarrollo Urbano. Son funciones y atribuciones: a) Regular y controlar las obras de edificación privada en el distrito, de acuerdo a normatividad vigente; b) Precalificar y presentar a consideración de las Comisiones Técnicas Calificadoras, los anteproyectos y/o proyectos de construcciones presentados a la Municipalidad. c) Atender las solicitudes de Certificación de Conformidad de Obra, Seguridad de Obra, Compatibilidad de Uso y Zonificación, finalización de obra y declaración de fabrica, cambio de uso y otros expedientes técnicos; d) Otorgar los diferentes documentos correspondientes a la propiedad privada, como licencias de obra nueva, modificaciones, refacciones, regularizaciones y/o autorizaciones, certificados, constancias, u otros que se requieran; e) Velar por el cumplimiento del Reglamento Nacional de Construcciones, en las edificaciones y del Reglamento de Zonificación de Usos de suelo; f) Realizar inspecciones oculares y formular notificaciones, calificando las multas según el RAS aprobado y vigente de la Municipalidad; g) Otorgar, actualizar y elaborar certificados de parámetros urbanísticos y edificatorios; h) Ejecutar inspecciones técnicas necesarias para el otorgamiento de licencias de construcción y demás documentos que requieran dichas inspecciones. i) Regular y cuidar el ornato, autorizando la ubicación de publicidad comercial en general en las avenidas, calles y jirones del Distrito. j) Reglamentar la estructura y configuración de puestos ambulatorios, kioscos y otros en vía publica. k) Reglamentar y normar los retiros municipales. l) Atender los expedientes de reclamaciones contra vecinos que contravengan los reglamentos y disposiciones vigentes. m) Evaluar los locales en los diversos giros, para su optimo funcionamiento. n) Aplicar las sanciones o multas administrativas por infracciones a las normas municipales sobre infraestructura reglamentaria.

6 o) Actualizar la información estadística básica sistematizada de la documentación y acciones de su competencia. p) Llevar control y registro mensual de los ingresos económicos de la División, dando cuenta a la Gerencia y llevando cuadros comparativos y estadísticos de los mismos. q) Otras funciones afines que le asigne la Dirección de Desarrollo Urbano. ARTICULO 53.- DIVISIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y CATASTRO. Es el órgano responsable de ejecutar el catastro en el distrito, proporcionando la información del acondicionamiento territorial, actualizando la base gráfica georeferenciada y la base de datos del Padrón Distrital, así como regular el ordenamiento de ocupabilidad territorial de las Habilitaciones Urbanas y el crecimiento urbano poblacional. Está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de División; dependiente de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Son funciones y atribuciones: a) Elaborar, supervisar y mantener actualizado el Catastro Urbano del Distrito, mediante las siguientes actividades: - Mantenimiento de la información predial (literal) - Mantenimiento del componente urbano (gráfico) - Acopio y acondicionamiento de la información catastral. - Verificaciones catastrales. b) Coordinar y programar con entidades públicas o privadas especializadas, la asistencia técnica para el levantamiento integral del Catastro del Distrito, con recursos propios o a través de terceros. c) Llevar el Registro Toponímico del Distrito, las guías nomenclatura de calles, jirones, avenidas, incluyendo plazas y numeraciones de los predios urbanos. d) Llevar un registro actualizado de los lotes, manzanas, construcciones y terrenos sin construir. e) Aplicar el sistema de canalización de la información con fines de fiscalización por parte de las diferentes áreas. f) Recibir y tramitar solicitudes o expedientes de subdivisión de terrenos urbanos, así como independización de terrenos rústicos o urbanos. g) Organizar, dirigir y ejecutar programas de nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas de acuerdo al crecimiento urbano y normas de regulación provincial. h) Atender solicitudes de certificados de numeración, visado de planos y emisión de constancias de posesión. i) Programar, ejecutar y coordinar acciones para controlar los anuncios autorizados y detectar aquellos que no cuenten con las autorizaciones respectivas para la aplicación de sanciones. j) Regular, normar, supervisar y controlar el crecimiento urbano, horizontal y vertical del distrito, velando por su desarrollo ordenado, armónico, integral y el ornato autorizando la ubicación de anuncios y propaganda electoral en el distrito. k) Elaborar información estadística básica sistematizada para la toma de decisiones. l) Programar, organizar, coordinar y supervisar la formulación y aplicación de desarrollo, planes urbanos de la jurisdicción, incluyendo asentamientos humanos del distrito. m) Revisar y atender solicitudes y expedientes de cesiones en uso, ordenamiento urbano, habilitaciones urbanas, hasta su aprobación. n) Organizar y remitir las solicitudes de revisión de expedientes de Habilitaciones Urbanas a la Municipalidad Metropolitana de Lima. o) Coordinar, ejecutar y supervisar el reconocimiento de los asentamientos humanos. p) Apoyo técnico y legal de procesos de habilitación urbana de los asentamientos urbanos no formalizados. q) Revisar y atender solicitudes de cambio de uso de inmuebles y de zonificación y remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación. r) Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma de decisiones. s) Llevar control y registro mensual de los ingresos económicos de la División, dando cuenta a la Gerencia y llevando cuadros comparativos y estadísticos de los mismos. t) Cautelar y conservar los monumentos y patrimonio artístico e histórico del distrito, difundiendo su valor y asociándolos al desarrollo económico de la localidad. u) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Desarrollo Urbano.

7 ARTÍCULO CUARTO.- ANULAR el literal k) de la Ordenanza Nº 103-MDSMP, que modificó la Ordenanza Nº 065-MDSMP ARTÍCULO QUINTO.- MODIFICAR el Cuadro para Asignación de Personal (C.A.P), aprobado por el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 065-MDSMP, en los siguientes términos: CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) GERENCIA DESARROLLO URBANO N UNIDADES ORGANICAS CARGOS PREVISTOS DE CARGO TOTAL C/P S/P ORDEN CARGO CLASIFICADO CODIGO ESTRUCTURAL NECE- OBSERVACIONES SARIO GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Director del Programa Sectorial II D Gerente 1 1 De Confianza 391 Secretaria III T /393 Técnico Administrativo I Secretaria I DIVISION PLANIFICACION, ESTUDIOS Y PROYECTOS Director de Programa Sectorial I D Jefe de División 1 1 De Confianza 396 Técnico Administrativo I T Ingeniero III P Topógrafo II T Técnico en Ingeniería I T Técnico Administrativo I T DIV. OBRAS PUBLICAS INFRAEST. VIALIDAD Y TRANSPORTE Director de Programa Sectorial I D Jefe de División 1 1 De Confianza 402 Arquitecto II P Ténico en Ingeniería I T /405 Técnico Administrativo I T Dibujante I T DIVISION DE OBRAS PRIVADAS Y CONTROL URBANO Director del Programa Sectorial I D Jefe de División 1 1 De Confianza 408 Secretaria II T Ingeniero III P /411 Arquitecto II P /416 Técnico Administrativo I T Especialista Administrativo II P Asistente Administrativo II P Técnico en Ingeniería I T Dibujante I T DIVISION HABILITACIONES URBANAS Y CATASTRO Diirector de Programa Sectorial I D Jefe de División 1 1 De Confianza 422 Ingeniero III P Ingeniero II P Técnico en Ingeniería I T Técnico Administrativo I T

8 ARTÍCULO SEXTO.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad de San Martín de Porres para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el PAP y el MOF, así como para dictar las medidas reglamentarias correspondientes. ARTÍCULO SÉPTIMO.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres: ARTÍCULO OCTAVO.- DEJESE sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, COMUNIQUE, CUMPLA Y PUBLIQUE.

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