INFORME PARA EL COMITÉ DE SEGURIDAD MARÍTIMA Y EL COMITÉ DE PROTECCIÓN DEL MEDIO MARINO

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1 S SUBCOMITÉ DE TRANSPORTE DE CARGAS Y CONTENEDORES 4º periodo de sesiones Punto 12 del orden del día CCC 4/12 12 octubre 2017 Original: INGLÉS INFORME PARA EL COMITÉ DE SEGURIDAD MARÍTIMA Y EL COMITÉ DE PROTECCIÓN DEL MEDIO MARINO Sección Página 1 GENERALIDADES 3 2 DECISIONES DE OTROS ÓRGANOS DE LA OMI 3 3 ENMIENDAS AL CÓDIGO IGF Y ELABORACIÓN DE DIRECTRICES RELATIVAS A LOS COMBUSTIBLES DE BAJO PUNTO DE INFLAMACIÓN 4 4 IDONEIDAD DEL ACERO AUSTENÍTICO CON ALTO CONTENIDO DE MANGANESO PARA EL SERVICIO CRIOGÉNICO Y ELABORACIÓN DE LAS ENMIENDAS NECESARIAS AL CÓDIGO CIG Y AL CÓDIGO IGF 16 5 ENMIENDAS AL CÓDIGO IMSBC Y A SUS SUPLEMENTOS 22 6 ENMIENDAS AL CÓDIGO IMDG Y A SUS SUPLEMENTOS 37 7 INTERPRETACIÓN UNIFICADA DE LAS DISPOSICIONES DE LOS CONVENIOS DE LA OMI RELATIVOS A LA SEGURIDAD, LA PROTECCIÓN Y EL MEDIO AMBIENTE 45 8 EXAMEN DE LOS INFORMES SOBRE SUCESOS EN QUE INTERVENGAN MERCANCÍAS PELIGROSAS O CONTAMINANTES DEL MAR TRANSPORTADOS EN BULTOS, OCURRIDOS A BORDO DE BUQUES O EN ZONAS PORTUARIAS 51 9 INFORME SOBRE LA MARCHA DE LA LABOR BIENAL Y ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL DEL CCC ELECCIÓN DE LA PRESIDENCIA Y LA VICEPRESIDENCIA PARA OTROS ASUNTOS MEDIDAS CUYA ADOPCIÓN SE PIDE A LOS COMITÉS 59

2 Página 2 LISTA DE ANEXOS ANEXO 1 ANEXO 2 ANEXO 3 ANEXO 4 PROYECTO DE ENMIENDAS A LAS PARTES A Y A-1 DEL CÓDIGO IGF PROYECTO DE CIRCULAR MSC INTERPRETACIÓN UNIFICADA DEL PÁRRAFO DEL CÓDIGO CIG (ENMENDADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN MSC.370(93)) PROYECTO DE CIRCULAR MSC INTERPRETACIONES UNIFICADAS DEL CÓDIGO IGF INFORME SOBRE LA MARCHA DE LA LABOR BIENAL DEL SUBCOMITÉ PARA EL BIENIO Y RESULTADOS DEL ORDEN DEL DÍA POSBIENAL DEL COMITÉ QUE PERTENECEN AL ÁMBITO DE COMPETENCIA DEL SUBCOMITÉ ANEXO 5 PROPUESTA DE ORDEN DEL DÍA BIENAL PARA EL BIENIO ANEXO 6 PROPUESTA DE ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL DEL CCC 5 ANEXO 7 DECLARACIONES DE LAS DELEGACIONES Y LOS OBSERVADORES * * Las declaraciones se han incluido en este anexo en el orden y en el idioma en el que se realizaron (con la traducción a otro idioma si ésta se facilitó) y clasificadas según el punto del orden del día al que se referían. Las declaraciones se encuentran disponibles en los archivos de audio de todos los idiomas oficiales en la siguiente dirección:

3 Página 3 1 GENERALIDADES Introducción 1.1 El Subcomité de transporte de cargas y contenedores (Subcomité CCC), presidido por el Sr. Xie Hui (China), celebró su 4º periodo de sesiones del 11 al 15 de septiembre de El Vicepresidente, el Sr. Patrick Van Lancker (Bélgica), también estuvo presente. 1.2 Asistieron al periodo de sesiones delegaciones de Estados Miembros y de un Miembro Asociado de la OMI, así como observadores de organizaciones intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales que gozan de carácter consultivo, según se indica en la lista que figura en el documento CCC 4/INF.1. Discurso de apertura del Secretario General 1.3 El Secretario General dio la bienvenida a los participantes y pronunció el discurso de apertura, cuyo texto completo puede descargarse del sitio web de la OMI, en la dirección siguiente: Observaciones del Presidente 1.4 El Presidente respondió agradeciendo al Secretario General sus palabras de orientación y aliento, y le aseguró que sus consejos y peticiones recibirían la mayor consideración durante las deliberaciones del Subcomité. Información actualizada sobre el MV Cheshire 1.5 El Subcomité tomó nota de la información facilitada por la delegación de España acerca de las operaciones de salvamento realizadas con éxito por las autoridades españolas entre el 12 y el 14 de agosto de 2017 y las operaciones posteriores de salvamento, con motivo de un suceso relacionado con las altas temperaturas en las bodegas de carga y la liberación de gases de la carga a bordo del MV Cheshire, que transitaba frente a la costa de las islas Canarias con una carga de abonos a base de nitrato amónico. 1.6 Tras manifestar su sincero agradecimiento a todas las partes que hicieron frente al suceso anteriormente mencionado, el Subcomité también tomó nota de la información facilitada por la delegación del Reino Unido de que se llevaría a cabo una investigación sobre el suceso marítimo, la cual se comunicará a la Organización a su debido tiempo. Adopción del orden del día y cuestiones conexas 1.7 El Subcomité adoptó el orden del día (CCC 4/1) y acordó guiarse en su labor, en general, por las anotaciones que figuran en el documento CCC 4/1/1 (Secretaría) y por las disposiciones para la realización del trabajo recogidas en el documento CCC 4/1/2 (Presidencia). 2 DECISIONES DE OTROS ÓRGANOS DE LA OMI 2.1 El Subcomité tomó nota de los resultados del MEPC 70, MSC 97, MSC 98, MEPC 71 y C 118 pertinentes a la labor del Subcomité y notificados en los documentos CCC 4/2, CCC 4/2/1 y CCC 4/2/2 (Secretaría), y los tuvo en cuenta en las deliberaciones al tratar de los puntos correspondientes del orden del día.

4 Página 4 Aplicación práctica de la circular MSC.1/Circ Respecto de la aplicación práctica de las "Orientaciones sobre la redacción de enmiendas al Convenio SOLAS 1974 y a los instrumentos conexos de obligado cumplimiento" (MSC.1/Circ.1500), el Subcomité tomó nota de lo siguiente:.1 al examinar la manera en que las disposiciones de la circular MSC.1/Circ.1500 deberían seguirse en el caso de los proyectos de enmiendas cuya elaboración y ajuste llevan mucho tiempo, el MSC 98 decidió que debería ser responsabilidad de los subcomités garantizar que, en estas cuestiones complicadas, se cumplimenten las fichas de comprobación/vigilancia y los datos para la elaboración de reglas;.2 el MSC 98 acordó que se podía encargar a la Secretaría, cuando fuese necesario que, en el caso de los proyectos de enmiendas que los subcomités han de examinar y ultimar en el Pleno en un solo periodo de sesiones, cumplimente la parte III de la ficha de comprobación/vigilancia y los datos para la elaboración de reglas después del periodo de sesiones, en lugar de constituir un grupo de trabajo o de redacción específico;.3 el MSC 98 refrendó la opinión de la Secretaría de que las "pequeñas correcciones" (a las que se hace referencia en el párrafo 3.2 vi) del documento C/ES.27/D) podrían excluirse del ámbito de aplicación de las disposiciones en virtud de las cuales se ha de cumplimentar la ficha de comprobación/vigilancia y los datos para la elaboración de reglas; y.4 el MSC 98 acordó ampliar el ámbito de aplicación de la circular MSC.1/Circ.1500 a todos los convenios de la OMI relacionados con la seguridad, como el Convenio de líneas de carga de 1966, el Protocolo de líneas de carga de 1988, el Convenio de arqueo 1969, el Convenio de formación de 1978, el Reglamento de abordajes 1972 y el Convenio CSC 1972, incluidos los instrumentos obligatorios previstos en esos convenios. Proyecto de plan estratégico de la Organización para el periodo El Subcomité también tomó nota de que el C 118 había aprobado el proyecto de Plan estratégico de la Organización para el periodo que figura en el anexo 1 del documento C 118/WP.4, junto con el proyecto de resolución correspondiente de la Asamblea, y los había remitido a la Asamblea en su trigésimo periodo de sesiones ordinario para su adopción. 3 ENMIENDAS AL CÓDIGO IGF Y ELABORACIÓN DE DIRECTRICES RELATIVAS A LOS COMBUSTIBLES DE BAJO PUNTO DE INFLAMACIÓN GENERALIDADES 3.1 El Subcomité recordó que el CCC 3 había constituido un Grupo de trabajo por correspondencia sobre la elaboración de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que utilicen combustibles de bajo punto de inflamación (el "Grupo de trabajo por correspondencia") y que le había asignado el mandato que figura en el párrafo 3.29 del documento CCC 3/15.

5 Página 5 INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO POR CORRESPONDENCIA Y DOCUMENTOS CONEXOS 3.2 El Subcomité examinó el documento CCC 4/3 (Suecia), el cual contiene el informe del Grupo de trabajo por correspondencia sobre la elaboración de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que utilicen combustibles de bajo punto de inflamación en relación con la elaboración de un proyecto de enmiendas al Código IGF respecto de las pilas de combustible y la elaboración de un proyecto de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que consumen alcohol metílico/etílico como combustible. El Subcomité aprobó el informe en general y tomó las medidas que se señalan en los párrafos 3.3 a Prescripciones para las pilas de combustible Almacenamiento de combustible 3.3 El Subcomité tomó nota de los resultados del debate del Grupo de trabajo por correspondencia respecto del almacenamiento de combustible en el contexto de las pilas de combustible y que el entendimiento común dentro del Grupo de trabajo por correspondencia era que los tanques de combustible primario se tratarían en las partes existentes del Código IGF que tratan del combustible en concreto, pero que si no se abordaba el tipo de combustible, se aplicaría el enfoque de proyecto alternativo. Terminología 3.4 El Subcomité tomó nota de los resultados del debate del Grupo de trabajo por correspondencia respecto de la terminología sobre los tipos de combustible utilizados, en particular que, en todas las ocasiones que aparece el término "combustible de hidrógeno", éste se sustituyera por "combustible reformado", a fin de hacer que el proyecto de parte E sea lo suficientemente general como para abarcar a todos los posibles combustibles de alimentación. El Subcomité también tomó nota de las siguientes observaciones:.1 se puede apoyar la definición de "pila de combustible" que figura en el párrafo bis del anexo 1 del documento CCC 4/3, la cual podría ultimarse con algunas correcciones de redacción; y.2 las definiciones mencionadas en el párrafo 9 del documento CCC 4/3 no se utilizan en ninguna parte del proyecto de prescripciones para las pilas de combustible del nuevo proyecto de parte E del Código IGF, por lo cual son innecesarias. 3.5 Posteriormente, el Subcomité decidió remitir las observaciones precedentes al Grupo de trabajo sobre enmiendas al Código IGF y elaboración de directrices relativas a los combustibles de bajo punto de inflamación (el "Grupo de trabajo sobre el Código IGF") a fin de que las continuara examinando (véase el párrafo 3.43). Límites del equipo 3.6 En relación con el diagrama de los límites del equipo presentado en el anexo 2 del documento CCC 4/3, el Subcomité tomó nota de las deliberaciones del Grupo de trabajo por correspondencia. Concepto de seguridad para las pilas de combustible 3.7 El Subcomité tomó nota de las opiniones expresadas en el seno del Grupo de trabajo por correspondencia en relación con el concepto de seguridad ("espacio de pilas de

6 Página 6 combustible protegido contra el gas" y/o "espacio de pilas de combustible protegido por desactivación en caso de emergencia") que podría ser adecuado para los espacios de pilas de combustible. Proyecto de nueva parte E del Código IGF sobre las pilas de combustible 3.8 El Subcomité tomó nota de los avances logrados por el Grupo de trabajo por correspondencia sobre el proyecto de prescripciones para las pilas de combustible, el cual se elaboró como un proyecto de enmiendas al Código IGF (nuevo proyecto de definición en la parte A y nuevo proyecto de parte E). En este contexto, el Subcomité también tomó nota de una declaración de la delegación de Italia, la cual se presenta en el anexo 7, que trata de la necesidad de continuar avanzando lo más posible en cuestiones pendientes de este punto del orden del día durante el presente periodo de sesiones con carácter prioritario. La delegación de Alemania apoyó dicha declaración y, asimismo, opinó que la labor relacionada con el proyecto de prescripciones para las pilas de combustible debería ser la mayor prioridad para el Grupo de trabajo sobre el Código IGF con el objetivo de ultimar el proyecto de enmiendas al Código IGF durante el presente periodo de sesiones, de ser posible. 3.9 En relación con el proyecto de prescripciones para las pilas de combustible, el Subcomité examinó los siguientes documentos:.1 CCC 4/3/3 (Islas Marshall), en el que se proponen modificaciones a la estructura general del proyecto de prescripciones para las pilas de combustible a fin de identificar claramente que:.1 algunos sistemas no trabajan con "combustible rico en hidrógeno";.2 algunos sistemas no requieren un proceso de "reforma"; y.3 los sistemas instalados en "envueltas estancas al gas" podrán tener disposiciones especiales para la ventilación, el aislamiento y la entrada, las cuales deberán disponer de historiales de seguridad comprobados, a fin de facilitar la continuación de la labor y garantizar que todos los tipos de instalaciones generadoras de pilas de combustible se traten adecuadamente en el Código IGF. Las enmiendas propuestas se basan en utilizar la cifra de 375 kw como valor umbral para diferenciar los sistemas de pilas de combustible dentro de una envuelta estanca a los gases a fin de armonizarlos con la definición de "espacio de máquinas de la categoría A";.2 CCC 4/INF.7 (Islas Marshall) que, en su anexo, contiene las enmiendas al proyecto de prescripciones sobre pilas de combustible del Código IGF propuestas en el documento CCC 4/3/3 (párrafo 5 y anexo), y que figuran con control de cambios para facilitar la referencia; y.3 CCC 4/INF.15 (Comisión Europea), que contiene un resumen de las principales conclusiones y recomendaciones de un estudio encargado por la Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM) acerca del uso de pilas de combustible en el transporte marítimo y un enlace a una página de internet que contiene el informe final completo del estudio, el cual tiene un examen tecnológico, un resumen de los proyectos de investigación recientes y en curso, un análisis de lagunas normativas y una evaluación sobre la

7 Página 7 seguridad de los distintos conceptos de instalaciones de pilas de combustible, tanto para buques de pasaje como para buques de carga El Subcomité tomó nota con agradecimiento de la información presentada en el documento CCC 4/INF En relación con los documentos CCC 4/3/3 y CCC 4/INF.7, el Subcomité tomó nota de las siguientes observaciones:.1 debería haber una justificación técnica válida para aplicar el valor umbral de 375 kw a las pilas de combustible, dado que dicho valor umbral se aplica solamente a las máquinas de combustión interna utilizadas con fines distintos de la propulsión principal y no a maquinaria utilizada para la propulsión, las calderas u otras unidades que consumen combustible líquido;.2 es necesario deliberar sobre las disposiciones de seguridad contra incendios de los sistemas generadores de pilas de combustible en contenedores sellados;.3 los recintos con sistemas generadores de pilas de combustible deberían estar rodeados por divisiones de clase A-60 independientemente de la capacidad total de generación, dado que el riesgo de incendio y de explosión está intrínsecamente vinculado con la presencia de combustibles de bajo punto de inflamación, independientemente del tamaño de la pila de combustible; y.4 el valor umbral de 375 kw no es apropiado, pero es necesario continuar examinando la cuestión de los sistemas generadores de pilas de combustible de baja potencia o de bajo riesgo Teniendo en cuenta las opiniones precedentes y la necesidad de asignar prioridades en la labor del Grupo de trabajo sobre el Código IGF, el Subcomité dio instrucciones al Grupo de trabajo sobre el Código IGF de que ultimara el proyecto de enmiendas al Código IGF en relación con las pilas de combustible basándose en el anexo 1 del documento CCC 4/3 y teniendo en cuenta las propuestas del documento CCC 4/3/3, la información del documento CCC 4/INF.7 y las observaciones mencionadas en el párrafo 3.11 supra. Proyecto de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que consumen alcohol metílico/etílico como combustible Definiciones de "alcohol metílico/etílico" 3.13 El Subcomité refrendó la decisión del Grupo de trabajo por correspondencia respecto de la elaboración de una nueva definición de "alcohol metílico/etílico" teniendo en cuenta la opinión de que, en caso que se incluyera la fórmula química en la definición, esto supondría un producto 100 % puro y, en realidad, ningún producto podría ajustarse a dicha definición. A este respecto, el Subcomité opinó que el Grupo de trabajo sobre el Código IGF debería continuar trabajando en las definiciones que figuran en el segundo texto entre corchetes de los párrafos y del anexo 3 del documento CCC 4/3.

8 Página 8 Norma de combustible 3.14 El Subcomité acordó recomendar al MSC 99 que se formule una invitación al Comité técnico 8 de la ISO (ISO/TC 8) para que considere la posibilidad de elaborar una norma para el alcohol metílico/etílico, tras tomar nota de la recomendación pertinente del Grupo de trabajo por correspondencia. Concepto de seguridad para los espacios de máquinas en relación con la presencia en ellos de alcohol metílico/etílico 3.15 El Subcomité tomó nota de las deliberaciones del Grupo de trabajo por correspondencia respecto del concepto de seguridad ("protegido contra el gas" o "desactivación en caso de emergencia") que sería adecuado para los espacios de máquinas en el contexto del uso de alcohol metílico/etílico como combustible. El Subcomité dio instrucciones al Grupo de trabajo sobre el Código IGF de que continúe examinando esta cuestión. Norma sobre los acoplamientos para el suministro de combustible alcohol metílico/etílico 3.16 El Subcomité acordó recomendar al MSC 99 que se remita una invitación al ISO/TC 8 para que elabore una norma sobre los acoplamientos para el suministro de combustible alcohol metílico/etílico teniendo en cuenta las recomendaciones pertinentes formuladas por el Grupo de trabajo por correspondencia. Proyectos de capítulos sobre las cuestiones operacionales 3.17 El Subcomité tomó nota de que el Grupo de trabajo por correspondencia había elaborado los proyectos de capítulos 16 y 17 con miras a tratar las cuestiones operacionales relacionadas con el uso de alcohol metílico/etílico como combustible, y decidió encargar al Grupo de trabajo sobre el Código IGF que continúe elaborando los proyectos de nuevos capítulos. Toxicidad del alcohol metílico 3.18 El Subcomité tomó nota de la opinión del Grupo de trabajo por correspondencia de que era necesario examinar más a fondo las propiedades tóxicas del alcohol metílico en el contexto del proyecto de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que consumen alcohol metílico/etílico como combustible y también tomó nota de la información proporcionada por la delegación de Francia respecto de los resultados preliminares de un estudio que está llevando a cabo una compañía francesa sobre el uso de alcohol metílico y etílico como combustible en espacios cerrados confinados que reveló que, en un periodo muy breve, se alcanzan los valores umbrales de toxicidad aplicables a la salud humana. A este respecto, la delegación de Francia informó al Subcomité de que pensaba presentar los resultados de dicho estudio a un futuro periodo de sesiones Posteriormente, el Subcomité dio instrucciones al Grupo de trabajo sobre el Código IGF de que continuara examinando esta cuestión. Avances logrados hasta la fecha 3.20 El Subcomité tomó nota de los avances logrados por el Grupo de trabajo por correspondencia sobre la elaboración de disposiciones técnicas relativas a la seguridad para el consumo del alcohol metílico/etílico como combustible, y acordó encargar al Grupo de trabajo sobre el Código IGF que continúe trabajando en el proyecto de disposiciones técnicas

9 Página 9 para la seguridad de los buques que consumen alcohol metílico/etílico como combustible basándose en el anexo 3 del documento CCC 4/ En este contexto, el Subcomité examinó el documento CCC 4/3/4 (Alemania), el cual contiene una interpretación visual de las prescripciones aplicables del Convenio SOLAS y el proyecto de disposiciones técnicas para el alcohol metílico/etílico con referencia a los límites entre los distintos espacios, y en el cual se proponen enmiendas al proyecto de disposiciones técnicas a este respecto Tras deliberar brevemente, el Subcomité remitió el documento CCC 4/3/4 al Grupo de trabajo sobre el Código IGF para que lo continúe examinando. Aportes potenciales de otros subcomités 3.23 El Subcomité examinó las recomendaciones del Grupo de trabajo por correspondencia respecto de la manera de avanzar por cuanto a qué disposiciones de seguridad deberían remitirse a otros subcomités (CCC 4/3, párrafo 70), y acordó encomendar al Grupo de trabajo sobre el Código IGF que actualice y/o confirme la lista de disposiciones de seguridad teniendo en cuenta los avances logrados durante el presente periodo de sesiones, con miras a asesorar al Subcomité respecto de qué secciones ya están lo suficientemente elaboradas como para poder remitirlas a otros subcomités. Ficha de comprobación/vigilancia 3.24 El Subcomité tomó nota de que el Grupo de trabajo por correspondencia había elaborado la ficha de comprobación/vigilancia y el formulario de datos para el proyecto de enmiendas al Código IGF relacionados con las pilas de combustible, y encomendó al Grupo de trabajo sobre el Código IGF que actualice la ficha de comprobación/vigilancia y el formulario de datos teniendo en cuenta los avances logrados durante el presente periodo de sesiones. PROPUESTAS DE ENMIENDAS Y CORRECCIONES A LA PARTE A-1 DEL CÓDIGO IGF Subfactor f v, detectores de gas en los espacios de máquinas y correcciones a la numeración de los párrafos 3.25 El Subcomité examinó el documento CCC 4/3/2 (China), en el cual se propone lo siguiente:.1 que se suprima del párrafo del Código IGF la palabra "no" del texto existente que describe f v, a fin de describir de manera correcta f v como un factor que refleja la probabilidad de que la avería sí se está extendiendo en sentido vertical por encima del límite inferior del tanque de combustible;.2 que se añada la expresión "(excepto en los espacios de máquinas protegidos contra los gases)" al final del párrafo del Código IGF, basándose en la opinión de que no es necesario instalar detectores de gas en los espacios de máquinas protegidos contra los gases;.3 que se cambien los números de los párrafos , y existentes por , y , respectivamente, dado que no figura el párrafo , o añadir un nuevo párrafo numerado ; y

10 Página 10.4 que se sustituya la referencia que se hace en el párrafo al párrafo (que no existe) por una referencia a los párrafos y El Subcomité tomó nota de que había un apoyo generalizado para la propuesta de enmienda al párrafo del Código IGF. A este respecto, el Subcomité acordó que esta es una enmienda de fondo y, en consecuencia, dio instrucciones al Grupo de trabajo sobre el Código IGF de que elabore el proyecto de enmiendas a fin de presentarlo al MSC 99 con miras a que el Comité lo apruebe y posteriormente lo adopte, habiendo acordado también que el proyecto de enmiendas solamente debería aplicarse a los buques nuevos En relación con la propuesta de enmienda al párrafo del Código IGF, el Subcomité no pudo aceptar la propuesta y decidió no continuar examinando esta cuestión, teniendo en cuenta la opinión de que debería haber medidas para detectar posibles situaciones de peligro por fallos múltiples en los espacios protegidos contra el gas, tal como el uso de detectores de gas El Subcomité aceptó la propuesta de corregir los errores de numeración en la sección del Código IGF y la referencia incorrecta del párrafo A este respecto, el Subcomité dio instrucciones al Grupo de trabajo sobre el Código IGF de que examine los párrafos 10 y 11 del documento CCC 4/3/2 y que informe al Subcomité respecto de cuál es la opción más adecuada para modificar la numeración de la sección , y si las referencias propuestas en el párrafo son correctas, con miras a solicitar al MSC 99 que autorice a la Secretaría a que corrija el texto del Código IGF (anexo de la resolución MSC.391(95)), de conformidad con el procedimiento establecido para la corrección de errores de redacción de los tratados. Protección de las tuberías de gas y de las tuberías de gas licuado criogénico 3.29 El Subcomité examinó la propuesta presentada en el párrafo 10 del documento CCC 4/3/1 (IACS) respecto de la sección 9.5 del Código IGF y, de manera específica, las siguientes propuesta de enmiendas, con miras a aclarar las distintas prescripciones de protección para las tuberías de gas y las tuberías de gas licuado criogénico y con el objeto de aclarar las características de proyecto para la protección de las tuberías criogénicas:.1 enmiendas al párrafo para aclarar que este solamente es aplicable a los combustibles en estado gaseoso;.2 la introducción de un nuevo párrafo para aclarar la aplicación de las prescripciones de la envuelta secundaria para los combustibles licuados; y.3 la introducción de un nuevo párrafo para aclarar que no se prescribe una envuelta secundaria para las tuberías de combustible tendidas en cubiertas expuestas En las deliberaciones que siguieron, el Subcomité tomó nota de las siguientes opiniones expresadas al respecto:.1 se debería modificar el proyecto de párrafo a fin de incluir los espacios de preparación de combustible y los espacios de las conexiones de los tanques, dado que estos se consideran espacios capaces de contener fugas de líquidos criogénicos, basándose en la interpretación unificada que figura en la sección 4 del anexo de la circular MSC.1/Circ.1558, relacionada con la protección de las fugas criogénicas y el control de las zonas potencialmente

11 Página 11 peligrosas en los cuartos de preparación del combustible situados en cubiertas expuestas y las prescripciones del párrafo del Código IGF relacionadas con los espacios de las conexiones de los tanques; y.2 no es adecuado incluir las prescripciones sobre la toma de combustible GNL en el proyecto de párrafo 9.5.4, teniendo en cuenta que el capítulo 9 del Código IGF contiene prescripciones relativas al suministro de combustible El Subcomité tomó nota de que había apoyo general para el proyecto de enmiendas a la sección 9.5 del Código IGF, y dio instrucciones al Grupo de trabajo sobre el Código IGF de que elabore el proyecto de enmiendas al Código IGF basándose en la propuesta del párrafo 10 del documento CCC 4/3/1 teniendo en cuenta las opiniones expresadas, y que incluya disposiciones adecuadas sobre la aplicación a fin de que el Subcomité las examine con miras a refrendarlas. Separación de los cuartos de preparación del combustible y los tanques de tipo C de los recintos de alto riesgo de incendio 3.32 El Subcomité examinó la propuesta presentada en el párrafo 18 del documento CCC 4/3/1 (IACS) en la cual se proponen enmiendas al párrafo del Código IGF basándose en la opinión de que las prescripciones del párrafo también se aplican a los cuartos de preparación del combustible y en el entendimiento de que, cuando un tanque de tipo C esté emplazado directamente encima de espacios de máquinas de categoría A y otros cuartos de alto riesgo de incendio, se prescribirá un coferdán Tras deliberar, el Subcomité dio instrucciones al Grupo de trabajo sobre el Código IGF de que continúe examinando el proyecto de enmiendas al párrafo del Código IGF y a que informe al Subcomité respecto de cuál es la mejor manera de proceder. Válvulas de seguridad contra explosiones 3.34 El Subcomité examinó la propuesta presentada en el párrafo 24 del documento CCC 4/3/1 (IACS), en el cual se proponen enmiendas al párrafo del Código IGF en relación con la capacidad de las válvulas de seguridad contra explosiones del sistema de escape, y tomó nota de que se había alcanzado un acuerdo general respecto de la propuesta, y dio instrucciones al Grupo de trabajo sobre el Código IGF de que elabore el proyecto de enmiendas a fin de que el Subcomité lo examine con miras a presentarlo al MSC 99 para que el Comité lo apruebe y posteriormente lo adopte, tras haberse acordado que el proyecto de enmiendas solamente debería aplicarse a los buques nuevos. Límite de carga 3.35 En relación con el límite de carga de los tanques de combustible de gas licuado, el Subcomité examinó los siguientes documentos:.1 CCC 4/3/1 (IACS) que, en su párrafo 27, contiene una propuesta de enmiendas al párrafo basándose en el entendimiento de que la intención del párrafo es permitir un límite de carga superior que el que se calcula según lo dispuesto en el párrafo 6.8.1, pero nunca por encima del 95 %, en los casos en que la probabilidad de calentamiento del contenido del tanque sea muy baja y cuando el límite de carga calculado utilizando la fórmula del párrafo dé un valor inferior al 95 %;

12 Página 12.2 CCC 4/7 (IACS) en el que se propone un proyecto de interpretación unificada de la IACS (CCC 4/7, anexo 1), basado en la misma lógica de la propuesta del documento CCC 4/3/1 para enmendar el párrafo del Código IGF; y.3 CCC 4/3/6/Rev.1 (Estados Unidos), que contiene observaciones sobre los dos documentos precedentes presentados por la IACS y en el que se informa al Subcomité de que, si bien los Estados Unidos apoyan, en principio, la recomendación de enmendar el párrafo del Código IGF, dicha delegación no estuvo plenamente de acuerdo con el razonamiento aducido y, por consiguiente, no apoyó la propuesta de interpretación unificada de la IACS En las deliberaciones que siguieron, el Subcomité tomó nota de que se había alcanzado un acuerdo general sobre la propuesta de enmienda al párrafo del Código IGF. Se manifestaron opiniones divergentes respecto del proyecto de interpretación unificada de la IACS que figura en el anexo 1 del documento CCC 4/ Posteriormente, el Subcomité dio instrucciones al Grupo de trabajo sobre el Código IGF de que elabore el proyecto de enmiendas al párrafo del Código IGF, incluidas las disposiciones sobre aplicación, a fin de que el Subcomité lo examine con miras a presentarlo al MSC 99 para que lo apruebe y posteriormente lo adopte Por otra parte, se pidió al Grupo de trabajo sobre el Código IGF que continúe examinando la propuesta de interpretación unificada presentada en el anexo 1 del documento CCC 4/7, teniendo en cuenta el documento CCC 4/3/6/Rev.1, y que informe al Subcomité respecto de cuál es la mejor manera de proceder. HIDROCARBUROS DE BAJO PUNTO DE INFLAMACIÓN 3.39 El Subcomité examinó los siguientes documentos:.1 CCC 4/3/5 (Alemania), en el cual se informa al Subcomité de un estudio llevado a cabo en Alemania para determinar si el combustible diésel de bajo punto de inflamación presenta riesgos particulares y en el que se propone que el Subcomité examine los resultados y las conclusiones del estudio a fin de aclarar qué otra información podría ser necesaria. Una de las conclusiones del estudio fue que, en general, el criterio del punto de inflamación no se utiliza en otros ámbitos del sector. Basándose en los resultados de las deliberaciones, Alemania desearía considerar la posibilidad de elaborar un estudio EFS y quizá elaborar un proyecto de disposiciones para los buques que van a consumir combustible diésel de bajo punto de inflamación, las cuales se presentarían al Subcomité en un periodo de sesiones venidero; y.2 CCC 4/INF.11 (Alemania), el cual contiene el informe del estudio realizado por ciertos participantes del sector respecto del uso de diésel de bajo punto de inflamación como combustible marino El Subcomité examinó la información proporcionada en los documentos CCC 4/3/5 y CCC 4/INF.11 y tomó nota de las siguientes observaciones manifestadas en relación con el estudio de Alemania y el uso potencial de diésel de bajo punto de inflamación como combustible marino:

13 Página 13.1 tras los resultados pertinentes del MSC 96 y el MSC 98, queda claro que no se deben enmendar las prescripciones sobre el punto de inflamación de los combustibles estipuladas en el Convenio SOLAS;.2 solamente se puede deliberar acerca del uso de combustibles cuyo punto de inflamación sea inferior a 60 ºC, tal como los combustibles diésel de bajo punto de inflamación, dentro del contexto del Código IGF; y.3 es necesario efectuar nuevas evaluaciones de seguridad a fin de investigar todos los aspectos de seguridad relacionados con el consumo de diésel de bajo punto de inflamación como combustible marino, tal como la gestión de las fugas de combustible, la posible necesidad de ventilación adicional y la aprobación de equipo apropiado, a fin de basar la posible elaboración de prescripciones pertinentes del Código IGF en un análisis completo y a fondo de los riesgos El Subcomité tuvo en cuenta las observaciones precedentes y, tras recordar la decisión del MSC 96, reiterada por el MSC 98, de que todos los problemas de seguridad relacionados con los buques que consumen combustibles líquidos de bajo punto de inflamación deberían tratarse en el contexto del Código IGF únicamente sin volver a abrir los debates sobre la posibilidad de enmendar las prescripciones sobre punto de inflamación del Convenio SOLAS, remitió los documentos CCC 4/3/5 y CCC 4/INF.11 al Grupo de trabajo sobre el Código IGF a fin de que los continúe examinando, con miras a que proporcione aportes respecto de las cuestiones que debería tratar un futuro estudio de EFS acerca del consumo de diésel de bajo punto de inflamación como combustible marino dentro del alcance del Código IGF. CONSTITUCIÓN DE UN GRUPO DE TRABAJO 3.42 Tras examinar las cuestiones precedentes, el Subcomité constituyó el Grupo de trabajo sobre enmiendas al Código IGF y elaboración de directrices relativas a los combustibles de bajo punto de inflamación y le dio instrucciones de que, teniendo en cuenta las observaciones formuladas y las decisiones adoptadas en el Pleno:.1 ultime el proyecto de enmiendas a la parte A-1 del Código IGF, incluidas disposiciones adecuadas sobre el ámbito de aplicación, basándose en las propuestas presentadas en los documentos CCC 4/3/1 y CCC 4/3/2, y teniendo en cuenta el documento CCC 4/3/6/Rev.1;.2 continúe examinando la propuesta de interpretación unificada presentada en el anexo 1 del documento CCC 4/7 teniendo en cuenta los párrafos 25 a 27 del documento CCC 4/3/1 y el documento CCC 4/3/6/Rev.1, e informe al Subcomité sobre cuál es la mejor manera de proceder;.3 ultime el proyecto de enmiendas al Código IGF en relación con las pilas de combustible basándose en los anexos 1 y 2 del documento CCC 4/3 y teniendo en cuenta las propuestas del documento CCC 4/3/3 y la información presentada en el documento CCC 4/INF.7;.4 continúe desarrollando el proyecto de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que consumen alcohol metílico/etílico como combustible basándose en los anexos 3 y 4 del documento CCC 4/3 y teniendo en cuenta las propuestas presentadas en el documento CCC 4/3/4;

14 Página 14.5 basándose en los avances logrados durante el presente periodo de sesiones, actualice la lista de temas de seguridad y partes del proyecto de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que consumen alcohol metílico/etílico como combustible que requieren aportes de otros subcomités e informe al Subcomité respecto de cuáles están lo suficientemente desarrolladas como para que se remitan en esta fase;.6 actualice o inicie, según proceda, la ficha de comprobación/vigilancia y el formulario de datos para el proyecto de enmiendas al Código IGF basándose en los avances logrados durante el presente periodo de sesiones;.7 continúe examinando el documento CCC 4/3/5 respecto del bajo punto de inflamación e informe en consecuencia al Subcomité; y.8 examine si es necesario que se vuelva a constituir el Grupo de trabajo por correspondencia y, en caso afirmativo, elabore un mandato para que lo examine el Subcomité. INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO 3.43 El Subcomité examinó la parte del informe del Grupo de trabajo sobre enmiendas al Código IGF y elaboración de directrices relativas a los combustibles de bajo punto de inflamación (CCC 4/WP.3) que trata de esta cuestión, y adoptó las medidas que se describen en los párrafos 3.44 a Proyecto de enmiendas a las partes A y A-1 del Código IGF 3.44 Teniendo en cuenta la ficha de comprobación/vigilancia y los datos para la elaboración de reglas relacionados con el proyecto de enmiendas a las partes A y A-1 del Código IGF relacionado con las prescripciones específicas relativas al gas natural (anexo 1, apéndices 1 y 2), el Subcomité refrendó el proyecto de enmiendas elaborado por el Grupo de trabajo que se presenta en el anexo 1, e invitó al Comité a que lo apruebe con miras a que se adopte durante el MSC 100. Correcciones de redacción a las partes A-1 y B-1 del Código IGF 3.45 Tras tomar nota de que el Grupo de trabajo había confirmado que la primera propuesta del párrafo 10 y la propuesta del párrafo 11 del documento CCC 4/3/2 respecto del cambio de numeración de las correspondientes reglas del Código IGF eran aceptables, el Subcomité invitó al Comité a que autorice a la Secretaría a introducir las siguientes correcciones al anexo de la resolución MSC.391(95) siguiendo el procedimiento establecido para la corrección de errores de redacción (es decir, mediante una nota verbal):.1 cambiar la numeración de los párrafos , y por , y , respectivamente; y.2 en el párrafo , sustituir la referencia al párrafo (que no existe) por la expresión " y.3". Pilas de combustible 3.46 El Subcomité tomó nota de los avances logrados por el Grupo de trabajo respecto de la elaboración del proyecto de enmiendas al Código IGF en relación con las pilas de combustible, el cual figura en el anexo 2 del documento CCC 4/WP.3 y también tomó nota de las cuestiones que quedaban pendientes, señaladas en los párrafos 19 a 34 del documento CCC 4/WP.3, las cuales será necesario continuar examinando.

15 Página En este contexto, el Subcomité tomó nota de la ficha de comprobación/vigilancia y el formulario de los datos para el proyecto de enmiendas al Código IGF en relación con las pilas de combustible, el cual figura en el anexo 2 del documento CCC 4/WP.3. Alcohol metílico/etílico e hidrocarburos de bajo punto de inflamación 3.48 El Subcomité tomó nota de que, por falta de tiempo, el Grupo de trabajo no había podido examinar el documento CCC 4/3/5, el cual trata de los combustibles líquidos de bajo punto de inflamación, y que tampoco había podido trabajar en la elaboración del proyecto de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que consumen alcohol etílico/metílico como combustible, y tomó nota de la opinión que se debería conceder alta prioridad a la labor sobre el alcohol metílico/etílico, y que un grupo de trabajo por correspondencia ultime el proyecto de disposiciones técnicas teniendo en cuenta los considerables avances logrados en el transcurso de los últimos cinco años, y que actualmente ya hay ocho buques que navegan en viajes internacionales consumiendo alcohol metílico/etílico como combustible El Subcomité también tomó nota de la opinión manifestada de que era importante deliberar sobre el establecimiento de criterios en el Código IGF para el uso de hidrocarburos de bajo punto de inflamación en condiciones de seguridad, y que era una pena que, dado el volumen de trabajo, el Grupo de trabajo no había podido deliberar sobre esta cuestión durante el presente periodo de sesiones. Interpretación unificada del párrafo del Código IGF respecto del límite de carga de los tanques de combustible de gas licuado 3.50 El Subcomité tomó nota de que el Grupo de trabajo había convenido en el proyecto de interpretación unificada del párrafo del Código IGF (CCC 4/WP.3, anexo 3), y que había tenido en cuenta que el proyecto de interpretación unificada no contenía condiciones que describan la aplicación de límites de carga superiores y que tampoco tenía en cuenta las opiniones expresadas en el seno del Grupo de trabajo (CCC 4/WP.3, párrafo 16) Posteriormente, el Subcomité aceptó el proyecto de interpretación unificada del párrafo del Código IGF, elaborado por el Grupo de trabajo, a fin de incluirlo en el proyecto refundido de circular MSC que contiene las interpretaciones unificadas relacionadas con el Código IGF que se acordaron durante el presente periodo de sesiones (véase el párrafo 7.23 y el anexo 3). Reconstitución del Grupo de trabajo por correspondencia 3.52 Tras examinar las cuestiones mencionadas previamente y a fin de avanzar durante el lapso interperiodos, el Subcomité decidió volver a constituir el Grupo de trabajo por correspondencia sobre la elaboración de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que utilicen combustibles de bajo punto de inflamación, bajo la coordinación de Alemania 1, al cual se le asignó el siguiente mandato: 1 Coordinador: Sr. Christian Allgeier Maritime Safety Division Federal Ministry of Transport and Digital Infrastructure Robert-Schuman-Plazt 1, Bonn Alemania Teléfono: Correo electrónico: christian.allgeier@bmvi.bund.de

16 Página 16.1 ultimar el proyecto de enmiendas al Código IGF en relación con las pilas de combustible basándose en el anexo 2 del documento CCC 4/WP.3, el documento CCC 4/3/3 y el documento informativo CCC 4/INF.7;.2 ultimar el proyecto de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que consumen alcohol metílico/etílico como combustible basándose en los anexos 3 y 4 del documento CCC 4/3 y teniendo en cuenta el documento CCC 4/3/4;.3 basándose en los avances logrados durante el lapso interperiodos, actualizar la lista de disposiciones de seguridad y las partes del proyecto de disposiciones técnicas para la seguridad de los buques que consumen alcohol metílico/etílico como combustible que requieren aportes de otros subcomités, e informar al Subcomité acerca de qué aportes requieren los otros subcomités;.4 actualizar la ficha de comprobación/vigilancia y el formulario de datos que figuran, respectivamente, en los anexos 2 y 3 de las "Orientaciones sobre la redacción de enmiendas al Convenio SOLAS 1974 y a los instrumentos conexos de obligado cumplimiento" (MSC.1/Circ.1500), para el proyecto de enmiendas al Código IGF; y.5 presentar un informe escrito al CCC 5. AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE ULTIMACIÓN PREVISTO 3.53 Por consiguiente, el Subcomité invitó al Comité a que amplíe el plazo de ultimación para este resultado hasta IDONEIDAD DEL ACERO AUSTENÍTICO CON ALTO CONTENIDO DE MANGANESO PARA EL SERVICIO CRIOGÉNICO Y ELABORACIÓN DE LAS ENMIENDAS NECESARIAS AL CÓDIGO CIG Y AL CÓDIGO IGF Antecedentes 4.1 El Subcomité recordó que, después de haber examinado el documento MSC 96/23/5 (República de Corea), en el que se proponía enmendar el Código CIG y el Código IGF a fin de incluir el acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico, el MSC 96 había acordado incluir en el orden del día bienal de del Subcomité CCC y en el orden del día provisional del CCC 3 un nuevo resultado titulado "Idoneidad del acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico y elaboración de las enmiendas necesarias al Código CIG y al Código IGF", con 2017 como año de ultimación previsto. 4.2 El Subcomité también recordó que el CCC 3 había constituido un grupo de trabajo por correspondencia sobre la idoneidad del acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico (Grupo de trabajo por correspondencia), con el mandato que figura en el párrafo 8.9 del documento CCC 3/15. Informe del Grupo de trabajo por correspondencia y documentos conexos 4.3 Se presentaron al Subcomité, para que los examine, los documentos siguientes:

17 Página 17.1 CCC 4/4, en el que se informa de la labor del Grupo de trabajo por correspondencia con el fin de elaborar los criterios de aceptación de pruebas para el acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico; de su examen sobre la idoneidad del acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico; y de los avances en relación con los posibles proyectos de enmiendas al Código CIG y al Código IGF;.2 CCC 4/INF.2, en el que se proporciona la serie completa de hojas de respuestas distribuidas y recibidas por el coordinador del Grupo de trabajo por correspondencia, así como la información técnica referida al acero austenítico con alto contenido de manganeso que presentó la República de Corea y que se distribuyó durante la segunda ronda de deliberaciones del Grupo de trabajo por correspondencia;.3 CCC 4/4/1 (República de Corea), en el que se recogen observaciones y comentarios de la República de Corea sobre cada una de las observaciones de las rondas primera y segunda de las deliberaciones del Grupo de trabajo por correspondencia sobre la idoneidad del acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico;.4 CCC 4/4/3 (República de Corea), en el que se presentan los resultados de la prueba de plancha ancha realizada en acero austenítico con alto contenido de manganeso (CCC 4/4/3, anexo 2) y se propone un proyecto de enmiendas al Código CIG y al Código IGF (CCC 4/4/3, anexo 1), a fin de incluir el acero austenítico con alto contenido de manganeso para su utilización en los buques tanque que transportan gases licuados a granel y en los buques que consumen gas natural licuado como combustible;.5 CCC 4/INF.3 (República de Corea), en el que se ofrece información técnica actualizada sobre el acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico, la cual refleja las observaciones y comentarios del Grupo de trabajo por correspondencia sobre la idoneidad del acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico;.6 CCC 4/INF.17 (República de Corea), en el que se ofrecen dos ejemplos de casos de proyecto y fabricación de tanques de GNL en los que se utiliza acero austenítico con alto contenido de manganeso, uno de tipo B para un buque portacontenedores con capacidad de TEU y uno de tipo C para un granelero de toneladas de peso muerto, tomando como base las prescripciones correspondientes del Código IGF y el Código CIG; y.7 CCC 4/4/2 (Japón), en el que se presentan observaciones acerca del informe del Grupo de trabajo por correspondencia sobre la idoneidad del acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico, y se expone la opinión según la cual se debería suspender el examen sobre la idoneidad del acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico hasta que se verifique su seguridad por medio de los registros de seguridad reales de los tanques de GNL hechos de acero austenítico con alto contenido de manganeso, o, si prosiguiese el examen sin los registros de seguridad reales, se recomienda realizar una evaluación exhaustiva de la seguridad necesaria para abordar los puntos enumerados en el anexo del documento CCC 4/4/2.

18 Página Tras haber examinado el informe del Grupo de trabajo por correspondencia (CCC 4/4), el Subcomité lo aprobó en general y tomó nota de las deliberaciones del Grupo de trabajo por correspondencia sobre la elaboración de criterios de aceptación de pruebas y del debate sobre el examen de la idoneidad del acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico. El Subcomité también tomó nota de que el Grupo de trabajo por correspondencia no había examinado la elaboración del proyecto de enmiendas al Código CIG y al Código IGF por falta de tiempo. 4.5 Al examinar los documentos restantes de este punto del orden del día (párrafos a anteriores) atendiendo al informe del Grupo de trabajo por correspondencia, el Subcomité tomó nota de la declaración de la delegación de la Federación de Rusia que figura en el anexo 7, en la que se expresa la opinión de que es necesario elaborar directrices que permitan formalizar el proceso de autorización de la utilización de materiales nuevos y describir claramente el algoritmo y la secuencia de medidas, el origen de las prescripciones, el volumen de pruebas y los plazos estimados de la totalidad del proceso. 4.6 El Subcomité también tomó nota, entre otras cosas, de las opiniones siguientes que se manifestaron sobre este asunto:.1 el examen técnico del Grupo de trabajo por correspondencia no era suficiente;.2 para realizar una evaluación completa de la idoneidad del acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico y asegurar un nivel de seguridad adecuado, es indispensable efectuar una evaluación exhaustiva de la seguridad basada en el anexo del documento CCC 4/4/2 o en registros de seguridad reales del funcionamiento de los buques;.3 los registros de seguridad de los buques que utilizan acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico son un medio más fiable que las simulaciones para garantizar la seguridad de las estructuras reales;.4 los análisis de la tensocorrosión y de las roturas por fatiga son necesarios para examinar a fondo el nuevo material;.5 es difícil evaluar la disposición a la tensocorrosión y a las roturas por fatiga de un material sin ensayos y sin las operaciones de buques reales durante un periodo determinado de tiempo, ya que son aspectos que dependen mucho del entorno funcional en el mar, que incluye la exposición a la sal marina, así como las fuerzas y momentos aleatorios y complejos causados por el viento y las olas;.6 cabe seguir trabajando a fin de llegar a una solución satisfactoria para las cuestiones planteadas en el Grupo de trabajo por correspondencia que aún están pendientes;.7 la mejor manera de avanzar es que un grupo de trabajo determine qué cuestiones técnicas específicas han de abordarse en la evaluación de la idoneidad del acero austenítico con alto contenido de manganeso para el servicio criogénico, junto con la información requerida para apoyar las decisiones fundamentadas sobre los riesgos conocidos asociados al material nuevo;

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