GUIA DE TRÁMITES PARA INICIARSE EN LA EXPORTACIÓN
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- María Nieves Palma Aguilera
- hace 8 años
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1 GUIA DE TRÁMITES PARA INICIARSE EN LA EXPORTACIÓN PRODUCTOS VITIVINÍCOLAS VINOS Y MOSTOS DE UVA Mendoza, Agosto del 2006
2 PRÓLOGO Si al franquear una montaña en la dirección de una estrella, el viajero se deja absorber demasiado por los problemas de la escalada, se arriesga a olvidar cual es la estrella que lo guía. Antoine de Saint-Exupery ( ) Escritor francés E l Área de Servicios de Información, Capacitación y Promoción Regional de Fundación ProMendoza, confecciona la serie de documentos Guías de trámites para iniciarse en la exportación, con el objetivo de instruir al empresariado local respecto de las instituciones, formularios, pasos, tiempos y contactos relativos al proceso de exportación de un producto en la Provincia de Mendoza. Estas herramientas pueden ser de gran ayuda y complementarias a los programas especiales de nuevos exportadores que nuestra Fundación ofrece a los sectores productivos e industriales mendocinos. Es nuestra intención poner a disposición de los incipientes en el comercio internacional estas guías y acompañarlos brindando un asesoramiento especializado y personalizado en cada uno de los pasos hacia la internacionalización de sus productos. REQUISITOS PARA EXPORTAR VINOS Y MOSTOS ARGENTINOS
3 DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS (D.G.A.) Sede Central: Peltier 721, 1º Piso (5500) Ciudad de Mendoza. Horario de Atención al Público: de 8:00 a 14:00 hs. Tel: INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES El Registro de Importadores y Exportadores de la República Argentina es el primer requisito para realizar operaciones de comercio exterior y es una inscripción obligatoria. El trámite se realiza por única vez en la Dirección General de Aduanas (DGA) y es válido para realizar tanto operaciones de exportación como de importación. La solicitud de inscripción debe presentarse ante la aduana que corresponda al domicilio legal utilizando el Formulario OM 1228 E. El solicitante deberá presentarse ante la División Registro de la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera, para las aduanas de Buenos Aires y Ezeiza o ante la Sección Registro de las aduanas del interior según corresponda al domicilio legal. Pueden inscribirse tanto personas físicas como jurídicas y los trámites de exportación pueden ser realizados por un Despachante de Aduana. El número de inscripción obtenido habilita para operar a través de cualquier aduana del país. Requisitos para el Registro de Importadores y Exportadores: - Personas Físicas: Constancia de CUIT/CUIL + fotocopia (AFIP/ANSES) DNI + fotocopia. - Personas Jurídicas: Copia Estatuto certificada. Copia Última Acta de Asamblea donde figuren las autoridades certificada y legalizada por el Colegio Notarial de Mendoza. Padrón Único de Contribuyentes y Responsables (AFIP) Constancia de CUIT (AFIP)
4 Arancel: Trámite no arancelado. Formulario OM 1228 E se consigue en librerías aduaneras en tres originales. Con el formulario debe presentarse un Acta de Distribución de Cargos y Personas Autorizadas para suscribir documentación de comercio exterior (nombres, DNI/LE/LC, constancia CUIT/Monotributo, cargos y fecha de caducidad de los mismos). Registro como Exportador no Habitual. Existe la alternativa de inscribirse para realizar operaciones por única vez. Para ello se emplea el Formulario C (formulario azul). Los formularios pueden adquirirse en: IMPRI-MEN Contacto: Sr. Carlos Pérez Rioja 25, Ciudad de Mendoza Tel/Fax (261) imprimen@infovia.com.ar Normativa que reglamenta el trámite: Código Aduanero (Ley ) y Decreto 2284/91 Decretos Nº 2690/02 y 971/03. Registro de Exportadores ante la Aduana. INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)
5 Sede Central: Avda. San Martín 430 (5500) Mendoza. Horario de Atención al Público: de 7:00 a 14:00 hs. Tel/Fax (0261) /06 http: INSCRIPCIÓN COMO EXPORTADOR DE PRODUCTOS VITIVINÍCOLAS Res. C.14/05 Consultas: Teléfono: (0261) /73 comext@inv.gov.ar; export@inv.gov.ar Breve Descripción: Para poder exportar productos vitivinícolas (definidos en la Ley y sus normas complementarias) toda persona física o jurídica debe inscribirse en el Registro de Exportadores del Instituto Nacional de Vitivinicultura. En adelante deberá consignarse ese Nº de inscripción en todo trámite o documentación relacionada con una exportación perteneciente a esa Razón Social. Características del trámite: Para realizar la inscripción ante el I.N.V. el exportador o su apoderado deberá presentar por duplicado, en la Delegación del I.N.V. correspondiente a la jurisdicción de su domicilio, la Solicitud de Inscripción como Exportador de Productos Vitivinícolas (form. Nº O y M - Modelo Oficial), por duplicado. Para completar el legajo del inscripto deberá acompañar comprobante de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), constancia oficial de los integrantes de la Sociedad (puede ser fotocopia del form. AFIP F.460/J) y de los de poderes o autorizaciones, debidamente autenticados, con las facultades otorgadas al apoderado Una vez verificada la información declarada, el I.N.V. otorgará el correspondiente Certificado de Inscripción. Este trámite no tiene costo alguno y su duración es de aproximadamente 48 horas. SOLICITUD PARA ANÁLISIS DE APTITUD EXPORTACIÓN Res. C.13/02 y C.24/02
6 Consultas: Subgerencia de Normalización y Fiscalización Analítica Teléfono: (0261) /28 sganaliti@inv.gov.ar Breve Descripción: El "Análisis de Aptitud Exportación" indica el resultado de las determinaciones realizadas por los Laboratorios del I.N.V. sobre las muestras de un vino o mosto que se pretende exportar. Debe ser solicitado para realizar cualquier tipo de exportación de productos vitivinícolas. Características del trámite: Para poder exportar el exportador o su representante deberá presentar, en la Dependencia correspondiente a su jurisdicción o en cualquier Laboratorio del Organismo, la "Solicitud para Análisis de Aptitud Exportación" (form O.y M.) por triplicado, junto con DOS (2) botellas de litro o tantas hasta que se complete ese volumen. En el caso de requerirse dictamen de la Comisión de Degustación del I.N.V. o cuando se solicite alguna determinación analítica especial, deberá presentarse DOS (2) ejemplares adicionales de la misma muestra. Costo y validez estimada: Hasta DIEZ MIL (10.000) litros de Vino $ 29,60 Si supera ese volumen en vinos, cada CINCO MIL (5.000) litros $ 3,70 Hasta DOS MIL (2.000) litros de Mosto Concentrado/Sulfatado $ 29,60 Si supera ese volumen en concentrado, cada DOS MIL (2.000) litros $ 4,50 Si supera ese volumen en sulfitado, cada DOS MIL (2.000) litros $ 4,50 Hasta DOS MIL (2.000) litros de Champaña, Espumante, Vino Gasificado $ 29,60 Si supera ese volumen, cada DOS MIL (2.000) litros $ 1,50 Otras determinaciones que puedan ser requeridas por el país de destino, según Régimen de Aranceles establecidos en Circular Conjunta Nº 001-G.F./04 (Res. Nº C.30/04) Dictamen Comisión Degustación de un vino analizado para exportar $ 14,80 Copias Oficiales de Certificados Analíticos $ 3,70 Legalización de Fotocopias de Certificados Analíticos $ 2,50 Trámite Acelerado según Res. C.28/02 $ 60,00 Las Tasas por Análisis tendrán un Descuento del 25% por pago anticipado. Los análisis se realizarán y notificarán dentro de los siguientes plazos: Determinaciones habituales: TRES (3) días hábiles. Determinaciones especiales: CINCO (5) días hábiles.
7 Los análisis que se requieran por el sistema preferencial establecido en Res. C.28/02, serán tramitados dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas como máximo, de recibido en la oficina del laboratorio correspondiente y abonarán un arancel adicional de PESOS SESENTA ($60,00). Los Certificados de Análisis tienen una validez de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos a partir de la fecha de su emisión y no pueden ser renovados. La cantidad en litros establecida en el análisis, se considerará como partida global, es decir que podrá realizarse despachos parciales a los distintos destinos consignados en la solicitud del análisis. Dicho volumen podrá ser ampliado por única vez a los efectos de cumplir con un despacho de exportación debidamente fundamentado. En el caso de modificarse el país de destino, si éste exigiera otra determinación no contemplada oportunamente, se deberá hacer mediante una nueva Solicitud para Análisis de Aptitud Exportación. Documentación que deberá presentarse: Cuando se consigne variedad de uva, se deberán aportar los antecedentes de elaboración que acrediten tales características, estos serán corroborados por el Sector de Movimientos Vínicos de la Delegación del I.N.V. correspondiente. Si esto se hace de conformidad, se devuelve al interesado copia de la citada "Solicitud" y se giran el original y copia a la Oficina de Muestras para la prosecución del trámite. El resultado analítico se notificará al interesado por el Sector Exportaciones que corresponde a cada Delegación, con la entrega del certificado y las copias oficiales solicitadas, previo pago de los aforos correspondientes. Cuando el interesado requiera Dictamen de la Comisión de Degustación, deberá consignarlo en la misma "Solicitud". Límites y tolerancias: Los productos a exportar deberán cumplir en su elaboración y composición con las normas vigentes. Las correspondencias de los Análisis de Aptitud Exportación serán evaluadas manteniendo el siguiente orden prioritario: a) Las que rigen en nuestro país. Cuando se trate de límites más restrictivos se tomarán los
8 exigidos por el país importador. b) Las recomendadas por la OFICINA INTERNACIONAL DE LA VIÑA Y EL VINO (O.I.V.). c) Los elaboradores deberán adecuar las prácticas enológicas a las autorizadas en el país de destino. DESPACHO DE EXPORTACIÓN Res. C.13/02 y C.24/02 Consultas: Teléfono: (0261) /73 comext@inv.gov.ar; export@inv.gov.ar Breve Descripción: Previo a cada despacho, el exportador deberá comunicar ante la oficina del I.N.V. de su jurisdicción la operación que realizará, mediante la presentación del Formulario Nº 1848 Documento de Exportación, que tendrá carácter de Declaración Jurada. Este también sirve como salvoconducto para trasladar los productos que se exportan desde las bodegas o fábricas de mosto hasta la zona aduanera donde se consolidará el despacho. En caso de tratarse de envíos menores, consultar régimen especial establecido por Res. C.04/04. Características del trámite: El trámite lo puede realizar personalmente el exportador o su representante autorizado, debiendo estar inscripto en los registros del I.N.V. como Exportador de Productos Vitivinícolas y los productos a exportar contar con el correspondiente análisis de aptitud exportación para el destino previsto. Costo y duración estimada: El trámite no tiene costo alguno y se realiza en el día. Documentación que deberá presentarse: El exportador o su representante presentará por triplicado en la Delegación del I.N.V. correspondiente a la jurisdicción de su domicilio, el Formulario Nº 1848 Documento de Exportación, acompañado con el certificado analítico correspondiente. El original y duplicado
9 una vez autorizados, serán devueltos al interesado con la copia del análisis, a los efectos de proceder al despacho. Realizado el despacho, el exportador confirmará el egreso del producto del establecimiento, mediante la presentación del Anexo 1 Formulario Nº 1848 Talón Conformidad Exportación, en original y duplicado, en un plazo no mayor a los TREINTA (30) días corridos, posteriores a la fecha de autorización de la exportación por parte del I.N.V. Dicho Talón tendrá carácter de Declaración Jurada, y al exportador que no lo presente en el plazo estipulado, le serán paralizados los trámites de exportación, hasta tanto regularice tal situación. De no realizarse el despacho, el Documento de Exportación deberá anularse, utilizando el Talón correspondiente. Identificación de los Productos a Exportar: Los marbetes que identifiquen los productos a exportar podrán ajustarse a las exigencias particulares que establezca el país importador, debiendo identificarse el producto de forma tal que no cree confusiones al consumidor. En el etiquetado deberá consignarse el número de inscripción de la bodega fraccionadora. En los casos en que el despacho no sea realizado por la bodega fraccionadora, deberá consignarse además el número del exportador que realiza el despacho. Conforme lo establece la Resolución Nº C.9/01 el exportador deberá presentar DOS (2) juegos de los elementos que constituyan el etiquetado de los vinos a exportar, a los efectos de su inclusión en su legajo particular. CERTIFICACIONES. Res. C.13/02 Consultas: Teléfono: (0261) /73 comext@inv.gov.ar; export@inv.gov.ar Breve Descripción:
10 A solicitud del comprador o de las autoridades sanitarias o aduaneras del país de destino el exportador puede solicitar al I.N.V. distintos tipos de Certificados, como ser de Calidad, Libre Venta, Origen, Zona de Producción, Tenores de Cloro y Sodio, VI-1 (Documento para la Importación de Vinos y Mostos a la Unión Europea), y otros. Estos son extendidos previa verificación de los antecedentes correspondientes. Características del trámite: El trámite lo puede realizar personalmente el exportador o su representante debidamente autorizado. Los productos a los que se les extiende cualquiera de estos certificados, deben estar identificados con Análisis de Aptitud Exportación con las determinaciones analíticas que para cada caso correspondan. Costo y duración estimada: La duración desde la presentación de la Solicitud del Certificado hasta la notificación y entrega del mismo no supera los 7 días hábiles. A los fines de su agilizar su entrega, los exportadores podrán efectuar el llenado de los Certificados correspondientes a los Formularios Nº 1535 (VI-1) y 1581 (varios). Los Certificados que no requieran tareas especiales de comprobación, abonan una tasa única de PESOS OCHO ($8,00) y las certificaciones especiales un arancel a convenir de acuerdo al caso específico. Documentación que deberá presentarse: El exportador o su representante presenta por duplicado en la Delegación del I.N.V. correspondiente a la jurisdicción de su domicilio la Solicitud de Certificación, acompañando los antecedentes que para cada caso correspondan. NOTA: Para cualquier consulta comunicarse con la Oficina del I.N.V. más cercana a su domicilio, según detalle adjunto: DELEGACIONES DEL I.N.V. EN EL PAÍS Jurisdicción - Domicilio - Teléfono Fax - e.mail MENDOZA San Martín Mendoza (0261) dmendoza@inv.gov.ar
11 SAN MARTÍN 25 de Mayo San Martín - Mza. (02623) dsmartin@inv.gov.ar SAN RAFAEL Almafuerte San Rafael - Mza. (02627) dsrafael@inv.gov.ar SAN JUAN Rivadavia 665 Oeste - San Juan (0264) dsanjuan@inv.gov.ar CÓRDOBA Humberto Primo Córdoba (0351) dcordoba@inv.gov.ar LA RIOJA S. Nicolás de Bari 954 Oeste - La Rioja (03822) dlarioja@inv.gov.ar TUCUMÁN Jujuy 65 San Miguel de Tucumán (0381) dtucuman@inv.gov.ar BUENOS AIRES Julio A. Roca 651 9º Piso Sector 30 (011) dbsaires@minproduccion.gov.ar Capital Federal ROSARIO Belgrano Rosario - Santa Fe (0341) drosario@inv.gov.ar RESISTENCIA Corrientes 36 - Resistencia - Chaco (03722) dresiste@inv.gov.ar GRAL. ROCA Mitre Gral. Roca - Río Negro (02941) dgenroca@inv.gov.ar MAR DEL PLATA Funes 328-Mar del Plata - Bs.As. (0223) dmardelp@inv.gov.ar CAFAYATE Calchaquí 20 - Cafayate - Salta (03868) sdelcafayat@inv.gov.ar CHILECITO Castro Barros Chilecito - La Rioja (03825) sdelchileci@inv.gov.ar SANTA FE Juan José Paso Santa Fe (0342) sdelsantafe@inv.gov.ar GRAL. ALVEAR Belgrano Gral. Alvear - Mza. (02625) sdelgalvear@inv.gov.ar
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