Manual para el llenado de la declaración de modificación patrimonial

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1 Poder Judicial de la Federación Consejo de la Judicatura Federal Contraloría del Poder Judicial de la Federación Manual para el llenado de la declaración de modificación patrimonial

2 Presentación Dentro del marco legal de la facultad conferida a la Contraloría del Poder Judicial de la Federación, se ha elaborado el presente Manual con la finalidad de brindar orientación y apoyo a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, para el adecuado cumplimiento de sus obligaciones en materia patrimonial, con el propósito de crear una herramienta que le permita el llenado del formato de la declaración de modificación patrimonial, de manera clara y sencilla. Adicionalmente, se informan los lineamientos que deben seguir en cuanto al plazo para la presentación de la declaración patrimonial, así como, los aspectos y las preguntas más frecuentes que suelen surgir al momento de su elaboración. De esta manera se pretende disminuir el número de servidores públicos que incurren en errores, omisiones e inconsistencias en el llenado de la declaración patrimonial o en la presentación extemporánea de la misma, en pro de una cultura veraz y transparente. Los principios de oportunidad y veracidad, son elementos rectores en el análisis de las declaraciones de situación patrimonial que la Contraloría del Poder Judicial de la Federación lleva a cabo, mediante programas anuales de verificación del llenado de estos documentos. Con la finalidad de ofrecer a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación una herramienta de apoyo que facilite la comprensión de los apartados que integran la declaración de modificación patrimonial, así como ejemplos prácticos de las dudas más frecuentes que se presentan al momento de declarar la situación patrimonial en un determinado ejercicio, se elaboró el presente Manual de Capacitación, en el que también se informa, la normativa aplicable en la materia. Con estas acciones la Contraloría del Poder Judicial de la Federación atiende una de las atribuciones administrativas conferidas en el ámbito de su competencia. Es importante resaltar que en la elaboración del Manual que se pone a su disposición, se han recopilado las principales inquietudes que los servidores públicos obligados expresan ante este órgano interno de control, así como la experiencia acumulada en la Dirección de Registro Patrimonial, lo cual ha permitido una exposición clara y sencilla de la forma adecuada de declarar la información solicitada. 2

3 Contenido I. Fundamentos legales de la obligación de presentar la declaración de modificación patrimonial... 4 II. Aspectos generales de la declaración de modificación patrimonial... 4 III. Otros aspectos importantes de la declaración de modificación patrimonial... 8 IV. Datos generales V. Bienes inmuebles del declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos VI. Bienes muebles del declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos VII. Inversiones, ahorros, cuentas bancarias y otro tipo de valores del declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos durante el VIII. Gravámenes o adeudos que afecten el patrimonio del declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos al 31 de diciembre de 2011 (declarados anteriormente) 22 IX. Gravámenes o adeudos contraídos durante el 2011 por el declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos X. Ingresos netos XI. Aplicación de recursos XII. Decremento al patrimonio XIII. Observaciones y aclaraciones XIV. Datos del cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos XV. Publicación de datos patrimoniales XVI. En dónde se obtiene el formato? XVII. En dónde se presenta la declaración de modificación patrimonial? XVIII. Aclaraciones e información complementaria de su declaración patrimonial XIX. Dudas y/o aclaraciones XX. Declaración de modificación patrimonial por medios electrónicos

4 I. Fundamentos legales de la obligación de presentar la declaración de modificación patrimonial Tal y como lo establecen los artículos 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 11, fracción XIII, y 222 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 8, fracción XV, 36, fracciones V y XI y 37, fracción III de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 145, 146, 149, fracción II y 151 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta el procedimiento de responsabilidad administrativa y el seguimiento de la situación patrimonial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2011, se deberá presentar la declaración de modificación patrimonial, dentro de los términos establecidos en los citados preceptos. II. Aspectos generales de la declaración de modificación patrimonial * La información que a continuación se cita tiene como base el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta el procedimiento de responsabilidad administrativa y el seguimiento de la situación patrimonial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de Quiénes están obligados a presentar declaración patrimonial? Tienen obligación de presentar ante la Contraloría declaración de situación patrimonial, bajo protesta de decir verdad, los siguientes servidores públicos: a) En órganos jurisdiccionales: 1. Magistrado de Circuito; 2. Juez de Distrito; 3. Secretario de Tribunal de Circuito y de Juzgado de Distrito; 4. Actuario; 5. Defensor Público, Asesor Jurídico y su Coordinador; y 6. Secretario Particular. b) En unidades administrativas: 1. Consejero; 2. Oficial Mayor; 3. Titular de Órgano Auxiliar; 4. Visitador Judicial A; 5. Vocal; 6. Secretario Ejecutivo; 7. Contralor del Poder Judicial de la Federación; 8. Coordinador Académico; 9. Coordinador de Seguridad; 10. Director General; 11. Coordinador General; 12. Secretario Técnico Coordinador de Ponencia de Consejero; 13. Titular de Unidad Administrativa; 14. Secretario Técnico de Ponencia de Consejero; 15. Visitador Judicial B; 4

5 16. Secretario Técnico AA de Comisión Permanente; 17. Secretario Técnico A; 18. Representante del Consejo ante la Comisión Substanciadora; 19. Representante del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Federación ante la Comisión Substanciadora; 20. Coordinador de Áreas; 21. Delegado; 22. Evaluador; 23. Supervisor; 24. Director de Área; 25. Secretario de Apoyo B; 26. Administrador Regional; 27. Secretario de la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación; 28. Asesor Especializado SPS; 29. Secretario Particular de SPS; 30. Asesor Jurídico; 31. Asesor SPS; 32. Líder de Proyecto; 33. Coordinador Técnico de SPS; 34. Subdirector de Área; 35. Coordinador Técnico A; 36. Jefe de Oficina de Correspondencia Común A; 37. Delegado Administrativo; 38. Jefe de Departamento; 39. Coordinador Técnico B; 40. Auxiliar Itinerante; 41. Auditor; 42. Dictaminador; 43. Jefe de Oficina de Correspondencia Común B; 44. Coordinador de Ayuda y Seguridad; y 45. En la Contraloría, todos los servidores públicos de confianza. c) En Tribunal Electoral, con excepción de los magistrados electorales, los servidores públicos de la Sala Superior, los coordinadores y demás servidores públicos directamente adscritos a su presidencia, en términos del artículo 222 de la Ley Orgánica: 1. Secretario Administrativo; 2. Contralor Interno; 3. Director del Centro de Capacitación Judicial Electoral; 4. Coordinador; 5. Coordinador Técnico Administrativo; 6. Director General; 7. Secretario Académico; 8. Secretario Técnico de Comisionado; 9. Asesor del Secretario Administrativo; 10. Jefe de Unidad; 11. Asesor de Mando Superior; 12. Investigador; 13. Capacitador I; 14. Secretario de Estudio y Cuenta Regional; 15. Secretario General de Sala Regional; 16. Director de Área; 17. Delegado Administrativo Regional; 18. Capacitador II; 19. Asesor; 5

6 20. Asistente de Capacitador; 21. Pedagogo; 22. Especialista TIC s; 23. Comunicólogo; 24. Titular del Secretariado Técnico Regional; 25. Subdirector de Área; 26. Coordinador Regional; 27. Titular de la Oficialía de Partes Regional; 28. Titular de la Oficina de Actuarios Regional; 29. Titular del Archivo Judicial Regional; 30. Secretario Auxiliar Regional; 31. Actuario Regional; 32. Jefe de Departamento; 33. Auxiliar de Mandos Medios; 34. Asistente de Investigador; 35. Diseñador Web; y 36. En Contraloría Interna, todos los servidores públicos de confianza. Además, deberán presentar declaración de situación patrimonial, los servidores públicos de mando medio y superior del Consejo y del Tribunal Electoral que ocupan puestos homólogos o tengan el mismo nivel salarial que los antes indicados (Artículo 145). Cuál es el plazo para presentar la declaración de modificación patrimonial? Se exhibe durante el mes de MAYO (del 1 al 31 de Mayo) conforme a lo dispuesto en el artículo 149, fracción II del acuerdo. Los servidores públicos deberán acompañar a su declaración copia de la declaración del impuesto sobre la renta del año que corresponda, si están obligados a presentarla y, en su caso, de la constancia de percepciones y retenciones; lo anterior, salvo lo dispuesto por el artículo 158 del Acuerdo. Cuando el último día del referido plazo sea inhábil la declaración respectiva podrá presentarse en el día hábil siguiente. El período que comprende esta declaración será del 1 de enero al 31 de diciembre de Para todos aquellos servidores públicos que hayan presentado declaración inicial por ingreso o reingreso al Poder Judicial de la Federación durante el ejercicio 2011, el período será de la fecha en que iniciaron su encargo hasta el 31 de diciembre de Existe algún caso de excepción o salvedad respecto de la presentación de la declaración de modificación patrimonial? Sí, Todos los servidores públicos con cargos obligados deberán presentar declaración de modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año, salvo que en ese mismo año el servidor público haya iniciado uno de los cargos obligados. En caso de haber concluido su encargo antes del mes de mayo, estará obligado a presentarla en el momento que exhiba la de conclusión. Lo anterior, acorde a lo estipulado en la fracción II del artículo 149 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta el procedimiento de responsabilidad administrativa y el seguimiento de la situación patrimonial. 6

7 Qué información debe declararse? En las declaraciones de modificación patrimonial se manifestarán sólo las modificaciones al patrimonio del declarante, de su cónyuge, concubina o concubinario y de sus dependientes económicos, con fecha y valor de adquisición. En todo caso se indicará el medio por el que se hizo la adquisición (Artículo 151). Es decir, se reportarán las modificaciones patrimoniales efectuadas durante 2011, en los rubros de bienes muebles e inmuebles, vehículos, inversiones, ahorros, cuentas bancarias, préstamos otorgados a terceros, créditos hipotecarios, anticipos para la compra de bienes muebles y/o inmuebles, compras a crédito, ahorro personal en casa, etcétera. Qué autoridades son las competentes para ejercer las atribuciones correspondientes al registro y seguimiento de la situación patrimonial de los servidores públicos? I. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, para ordenar el inicio de investigaciones y resolver los procedimientos de responsabilidad administrativa que se lleven a cabo en contra de consejeros; II. III. IV. La Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura Federal, para ordenar el inicio de investigaciones y resolver los procedimientos de responsabilidad administrativa que se lleven a cabo en contra de titulares de órganos jurisdiccionales y unidades administrativas, secretarios ejecutivos, coordinadores generales, secretarios técnicos de las comisiones del Consejo, visitadores judiciales, directores generales, secretarios técnicos de ponencia de consejero, secretarios particulares de consejero, y todos los servidores públicos de la Contraloría; La Contraloría del Poder Judicial de la Federación, para llevar el registro, control, análisis y seguimiento de la situación patrimonial de los servidores públicos considerados en el artículo 145 del Acuerdo, para ordenar el inicio de investigaciones, tramitar los procedimientos de responsabilidad administrativa de oficio o cuando así lo ordenen el Pleno o la Comisión, y resolver aquellos que se lleven a cabo en contra de los servidores públicos adscritos a órganos jurisdiccionales y unidades administrativas no considerados en las fracciones precedentes; y La Secretaría Ejecutiva de Disciplina del Consejo de la Judicatura Federal, para tramitar los procedimientos de responsabilidad administrativa que se lleven a cabo en contra de servidores públicos de la Contraloría (Artículo 138). En dónde se presenta la declaración de modificación patrimonial? a) Ante la Dirección de Registro Patrimonial o en los módulos que se instalen para tales efectos. b) También, podrán enviarlas a la Dirección mencionada por correo certificado, por medio de servicio de mensajería legalmente autorizado, dentro de los plazos señalados (Artículo 128). Qué bienes se consideran parte del patrimonio del servidor público? Se computarán entre los bienes que adquieran los servidores públicos o con respecto de los cuales se conduzcan como dueños, los que reciban o de los que dispongan su cónyuge, concubina o concubinario y sus dependientes económicos, salvo que se acredite que éstos los obtuvieron por sí mismos y por motivos ajenos al servidor público (Artículo 135). 7

8 III. Otros aspectos importantes de la declaración de modificación patrimonial Qué documentación es pertinente tener a la mano al momento de llenar la declaración patrimonial? Para poder asentar en forma correcta y completa la información que se solicita en la declaración de modificación patrimonial, es conveniente disponer de los siguientes documentos, tanto de usted como de su cónyuge, concubina o concubinario y/o dependientes económicos: Declaración patrimonial anterior. Constancia de percepciones y retenciones. Declaración anual del Impuesto sobre la Renta, en caso de estar obligado. Comprobante de todos los demás ingresos que haya obtenido durante el Estados de cuenta de todas sus inversiones al 31 de diciembre de Estados de cuenta de adeudos y gravámenes al 31 de diciembre de Escrituras y/o facturas de adquisiciones de bienes inmuebles y vehículos. Qué otros aspectos importantes debo considerar al llenar mi declaración de modificación patrimonial? Deberá escribir con claridad utilizando solamente bolígrafo de tinta negra (letra de molde) o máquina de escribir. No deberá contener tachaduras ni enmendaduras. En los importes de dinero se omitirán los centavos. No abrevie nombres o apellidos, ni aun los compuestos. Sólo podrá abreviar cuando el espacio para registrar sus datos descriptivos sea insuficiente (domicilio particular, calle, número exterior e interior, etcétera). Las mujeres casadas anotarán su nombre de solteras. No haga anotaciones en los espacios sombreados, son para uso exclusivo de la Dirección de Registro Patrimonial. Cuando haya recibido en donación o herencia algún bien inmueble o mueble, en el recuadro que le solicita el valor de adquisición indique 0 (cero), pero en el rubro de Observaciones y Aclaraciones señale el valor comercial o el valor catastral, así como el nombre de la persona que se lo donó. Lo mismo sucederá cuando usted sea quien done algún bien inmueble o mueble. Se le recomienda conservar el comprobante de entrega de la declaración que va a presentar, así como una copia o impresión de la misma. Cuando el apartado señale DETALLAR EN OBSERVACIONES O ESPECIFIQUE, no olvide reportar la información en el rubro de Observaciones y Aclaraciones, para evitar requerimientos posteriores de solicitud de información. Qué documentos se deben anexar a la declaración de modificación patrimonial en formato impreso? Deberá ir acompañada de una copia simple de la constancia de percepciones y retenciones que otorga al servidor público el Consejo de la Judicatura Federal, o dado el caso, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta sellada de recibida por la institución autorizada o, en caso que dicha declaración anual del Impuesto sobre la Renta, haya sido presentada vía Internet, deberá ir acompañada de la fotocopia de acuse de recibo electrónico respectivo que emite el SAT, (Servicio de Administración Tributaria), si se encuentra obligado a presentarla en términos de la legislación fiscal vigente. 8

9 Qué documentos se deben anexar a la declaración de modificación patrimonial cuando se presenta vía Intranet? Para el caso de que la presentación de la declaración de modificación patrimonial sea vía Intranet (red privada de comunicación electrónica de datos del Poder Judicial de la Federación), La copia de la constancia de ingresos será generada por la Dirección General de Recursos Humanos o por la de Administración Regional e incorporada al sistema a través de la Dirección General de Informática, por lo que el servidor público, que presente su declaración a través de Intranet estará relevado de la obligación de exhibirla (Artículo 7º, segundo párrafo del Acuerdo General 20/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las normas para el uso de la red privada de comunicación electrónica de datos del Poder Judicial de la Federación, en la presentación de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación y del tribunal electoral, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Sala Superior del Tribunal Electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2002). Es decir si Usted decide presentar su declaración de modificación patrimonial vía Intranet estará relevado de la obligación de acompañar la constancia de percepciones y retenciones. Asimismo, la Contraloría por conducto de la Dirección General, podrá solicitar a los servidores públicos una copia de la declaración del impuesto sobre la renta del año que corresponda, si éstos estuvieren obligados a formularla, la cual deberá ser remitida a petición expresa en un plazo de tres días hábiles a partir de la fecha en que se reciba la solicitud (Artículo 7º, tercer párrafo del Acuerdo General 20/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las normas para el uso de la red privada de comunicación electrónica de datos del Poder Judicial de la Federación, en la presentación de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación y del tribunal electoral, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Sala Superior del Tribunal Electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2002). De igual forma si opta por exhibir su declaración de modificación patrimonial vía Intranet, no estará obligado a anexar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta, salvo que la misma le sea requerida a petición expresa por conducto de la Dirección General de Responsabilidades dependiente de la Contraloría del Poder Judicial de la Federación. Alguno de los rubros de la declaración patrimonial no trae la opción que usted desea manifestar? Cuando algún rubro no tenga la opción que se ajuste a su operación, deberá especificarlo en el rubro de Observaciones y Aclaraciones, seleccionando el apartado al que se refiere. IMPORTANTE Todo aquello que no haya adquirido con recursos propios, se realizó mediante crédito. Realizó alguna operación (compra venta de bienes) en dólares o en euros? En este caso, tiene que hacer la conversión de los dólares o euros a moneda nacional (pesos), tomando como base el tipo de cambio vigente en la fecha en que realizó la operación, haciendo la respectiva observación (señalar tipo de cambio utilizado). Misma situación a declarar, si compró dólares o euros durante el ejercicio. 9

10 Si contrajo matrimonio por el régimen de separación de bienes, deben manifestarse las modificaciones de los bienes del cónyuge? Para efecto de la declaración de modificación patrimonial, no existe diferencia por el régimen bajo el que se haya contraído matrimonio, por ende, deberá manifestar invariablemente, la situación patrimonial de su cónyuge. A quiénes debe manifestar como dependientes económicos? Deberá señalar como dependientes económicos, a familiares o no, cuya manutención depende principalmente de los ingresos del servidor público, aun cuando ellos tengan sus propias percepciones. Al manifestar cantidades se deben anotar los importes de dinero con centavos? No, deberán omitirse dichos centavos. 10

11 IV. Datos generales En caso de que la presentación sea vía Intranet, estos recuadros estarán completados con información proporcionada por los catálogos institucionales de la Dirección General de Recursos Humanos, de no ser así, deberá señalarlos o de ser necesario modificarlos, seleccionando el rubro correspondiente. Entre estos incisos encontramos: DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO.- Clave Única de Registro de Población (CURP), Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.), estado civil, sexo, nombre, domicilio particular (calle, número, colonia, código postal, delegación o municipio, ciudad ) y teléfono particular. ENCARGO QUE DESEMPEÑA ACTUALMENTE.- Denominación del puesto que desempeña al momento de presentar la declaración de modificación patrimonial, según conste en el nombramiento expedido por la autoridad correspondiente del Consejo de la Judicatura Federal o del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. OFICINA O ÁREA DE ADSCRIPCIÓN.- Anote el Juzgado, Tribunal o Área administrativa a la que se encuentra adscrito al momento de presentar la declaración de modificación patrimonial. DEPENDENCIA U ORGANISMO.- En este caso, indique Consejo de la Judicatura Federal o Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, además deberá señalar su teléfono oficial (incluyendo lada) y extensión. UBICACIÓN.- Se debe señalar la ubicación del Juzgado, Tribunal o del Área Administrativa en que labora. FECHA EN QUE PRESENTÓ SU DECLARACIÓN ANTERIOR.- Ya sea la de modificación patrimonial por el ejercicio inmediato anterior o, en su caso, la de inicio. La fecha debe ser la que aparece en el comprobante que opera como acuse de recibo. ENCARGO Y DEPENDENCIA ANTERIOR.- Con relación a la declaración patrimonial inmediata anterior. 11

12 V. Bienes inmuebles del declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos Qué se manifiesta en el apartado de ADQUISICIONES, REMODELACIONES Y CONSTRUCCIONES EN BIENES INMUEBLES DEL DECLARANTE, CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO Y DEPENDIENTES ECONÓMICOS REALIZADAS DURANTE EL 2011? En este apartado se indicarán los bienes inmuebles que usted, su cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos hayan adquirido, realizado remodelaciones, construcciones o ampliaciones en los mismos, durante el período que abarca la declaración patrimonial, sin olvidar elegir una opción de cada uno de los campos solicitados, ya que son indispensables para conocer las características de los inmuebles manifestados. Qué se manifiesta en el apartado de VENTAS, TRASPASOS Y DONACIONES DE BIENES INMUEBLES DEL DECLARANTE, CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO Y DEPENDIENTES ECONÓMICOS REALIZADAS DURANTE EL 2011? En dicho recuadro se informarán las ventas, traspasos, donaciones u otra situación, de aquellos inmuebles manifestados en declaraciones patrimoniales anteriores o adquiridos en el mismo ejercicio. 12

13 UBICACIÓN: TIPO DE OPERACIÓN: TIPO DE BIEN: FORMA DE OPERACIÓN: TITULAR DE OPERACIÓN: CALLE ADQUISICIÓN CASA CONTADO DECLARANTE NÚMERO AMPLIACIÓN DEPARTAMENTO CRÉDITO CÓNYUGE COLONIA LOCAL TRASPASO CONCUBINA O REMODELACIÓN CONCUBINARIO CÓDIGO POSTAL CONSTRUCCIÓN TERRENO DONACIÓN DEPENDIENTES CIUDAD O VENTA OTRO HERENCIA DELEGACIÓN (ESPECIFIQUE) DECLARANTE Y CÓNYUGE ENTIDAD TRASPASO OTRA (ESPECIFIQUE) DECLARANTE Y FEDERATIVA Y DEPENDIENTES PAÍS FECHA DE LA OPERACIÓN DONACIÓN CÓNYUGEYDEPENDIENTES VALOR DE OPERACIÓN OTRO (ESPECIFIQUE) NOMBRE DE LA INMOBILIARIA O DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL A LA CUAL LE COMPRÓ EL INMUEBLE DECLARANTE Y CONCUBINA O CONCUBINARIO Dónde se manifiestan los gastos de escrituración? Los gastos de escrituración, los honorarios, los avalúos, etcétera, deberán reflejarse junto con el valor del inmueble adquirido. Qué cantidad se coloca en el campo que requiere el valor de operación? El costo pactado al efectuarse la operación, en el cual se deberán incluir todos los gastos de escrituración del bien como son: honorarios notariales, avalúos, etcétera, indicando en el apartado de OBSERVACIONES Y ACLARACIONES el nombre de la inmobiliaria o de la persona física a la cual le compró el inmueble. Qué fecha se debe reflejar, si se realizaron remodelaciones en un inmueble? Se le recomienda anotar la fecha en que inició las remodelaciones en el inmueble o, en su caso, en el apartado de OBSERVACIONES Y ACLARACIONES especifique el período que comprenden las mismas. Cómo manifestar la donación de un inmueble? Si la propiedad del bien inmueble se transmitió por donación se deberá indicar como valor de operación $0 (cero) y en el recuadro de OBSERVACIONES Y ACLARACIONES señalar su valor comercial o el valor catastral, así como el nombre del donante (donador) o el donatario, según corresponda. Si durante el ejercicio se dio un anticipo para la adquisición de un bien inmueble Cómo reflejar esta operación? Es importante señalar que no se deberá citar en el apartado relativo a inmuebles, sino en el rubro de INVERSIONES, AHORROS, CUENTAS BANCARIAS seleccionando como tipo de inversión el rubro Anticipos por la compra de bienes muebles y/o inmuebles. En la columna que solicita el SALDO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011, colocará el monto que dio como anticipo o enganche durante el período y así consecutivamente hasta que realice formalmente la operación, refiriéndola en este caso, en el rubro de inmuebles. Qué no se debe manifestar en el rubro de inmuebles? Tiempos compartidos, membresías en clubes deportivos, adquisición de derechos mortuorios, derechos de uso o goce, como palcos o asientos de plateas de estadios de futbol, apartados de 13

14 plazas de toros, ya que podrá incluirlos en el renglón relativo a gastos de manutención, haciendo la observación respectiva. Cómo indicar un inmueble que se adquirió y remodeló el mismo año? Se deberán anotar por separado, en el rubro de inmuebles, debiendo referir primero la adquisición del inmueble y seguido la información relativa a las modificaciones realizadas al mismo. Qué se debe hacer en caso de no tener la información requerida al momento de presentar la declaración patrimonial? Podrá exhibirla con los datos que tenga disponibles para evitar que se presente fuera del término, sin embargo, tendrá que hacer la anotación en el recuadro de Observaciones y Aclaraciones, y posteriormente deberá remitir a la brevedad dicha información a la Dirección de Registro Patrimonial, con la finalidad de que se agregue al expediente patrimonial correspondiente. Cómo manifestar la adquisición de un bien inmueble, si una parte del valor total se cubrió con un crédito? En este caso, se deberá reflejar en el rubro relativo a inmuebles la adquisición del mismo (UBICACIÓN, TIPO DE OPERACIÓN, TIPO DE BIEN, FORMA DE OPERACIÓN, TITULAR DE LA OPERACIÓN, SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS DE TERRENO Y CONSTRUCCIÓN, VALOR Y FECHA DE LA OPERACIÓN), y en el apartado de GRAVÁMENES O ADEUDOS CONTRAÍDOS DURANTE EL 2011 POR EL DECLARANTE anotará el adeudo respectivo. Es importante destacar que en el rubro de valor de operación se anotará el costo pactado al efectuarse la operación, en el cual deberá incluir todos los gastos de escrituración del bien como son: honorarios notariales, avalúos, etcétera. Si se traspasó un inmueble junto con el crédito contraído para su adquisición, Cómo se reflejará tal situación? Se indicarán los datos del inmueble en cuestión, seleccionando como forma de operación TRASPASO y en el rubro de GRAVÁMENES O ADEUDOS QUE AFECTEN EL PATRIMONIO manifestará los pagos que realizó durante el ejercicio y la cancelación del mismo, explicando tal situación en OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. Tratándose del valor de operación, será lo que se haya recibido, considerando el valor pactado del inmueble y el monto del adeudo. 14

15 VI. Bienes muebles del declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos Qué modificaciones se deben reportar en el apartado relativo a ADQUISICIONES, DE BIENES MUEBLES DEL DECLARANTE, CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO Y DEPENDIENTES ECONÓMICOS DURANTE EL 2011? En este apartado se deben anotar los bienes muebles que adquirió durante el período que comprende la declaración de modificación patrimonial. Qué se manifiesta en el rubro de VENTAS, TRASPASOS, DONACIONES DE BIENES MUEBLES DEL DECLARANTE, CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO Y DEPENDIENTES ECONÓMICOS DURANTE EL 2011? Se anotarán los bienes muebles cuyo dominio o propiedad se transmitió durante el período que abarca la declaración de modificación patrimonial. 15

16 Estos rubros contienen los siguientes renglones: TIPO DE BIEN TIPO DE OPERACIÓN: TITULAR DE OPERACIÓN: FORMA DE OPERACIÓN: DECLARANTE MENAJE DE CASA ADQUISICIÓN CÓNYUGE CONTADO JOYAS U OBRAS DE ARTE VENTA CONCUBINA O CONCUBINARIO CRÉDITO BIENES SEMOVIENTES TRASPASO DEPENDIENTES DONACIÓN VEHÍCULOS DONACIÓN OTRO DECLARANTE Y CÓNYUGE ESPECIFIQUE) VALOR DE ADQUISICIÓN O DE OPERACIÓN OTRO (ESPECIFIQUE) OTRO (ESPECIFIQUE) DECLARANTE Y DEPENDIENTES CÓNYUGE Y DEPENDIENTES DECLARANTE Y CONCUBINA O CONCUBINARIO Qué se debe entender como menaje de casa? Todos aquellos muebles, aparatos electrónicos y demás enseres domésticos que haya adquirido o enajenado durante A partir de qué monto se tienen que reportar las joyas u obras de arte? Para efectos patrimoniales se debe manifestar todo tipo de joyas, relojes, bolígrafos, esculturas, cuadros, oleos, pinturas y todo clase de obras de arte como pasteles, carbones, grabados, litografías, serigrafías, acuarelas, etcétera, sin tomar en cuenta el valor de los mismos, especificando en Observaciones y Aclaraciones sus características. Qué se considera un bien semoviente? Son los animales en general, por ejemplo el ganado (porcino, vacuno, etcétera), gallos de pelea, gallinas o pollos de crianza, las crías, las mascotas (perros, gatos, etcétera), animales para deportes o entretenimiento [caballos o perros (galgos) de carrera o para salto, etcétera]. En el caso de que se adquieran semovientes con finalidad lucrativa, deberá dar seguimiento de los mismos, así como especificar en Observaciones y Aclaraciones lo erogado para su manutención. Murió la mascota que manifestó en la declaración patrimonial anterior? Si algún semoviente manifestado muriera, deberá anotarlo como un decremento a su patrimonio, pero si lo enajenó lo reportará como venta. En dónde se manifiestan los gastos erogados por concepto de la concesión de placas para servicio público adquiridas durante el período que se reporta? En el rubro de ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES DEL DECLARANTE, en la opción OTROS, especificando en OBSERVACIONES Y ACLARACIONES a qué se refiere dicha elección. 16

17 Dónde reportar la venta de una moto acuática? En el campo de Vehículos, ya que esta opción no se refiere exclusivamente a automóviles particulares, sino a cualquier tipo, sean motos, remolcadores, tractores, yates, lanchas, avionetas, etcétera. Cómo se manifiesta la contratación de un autofinanciamiento para la adquisición de un vehículo, que se entregará hasta que se hayan cubierto determinado número de mensualidades o se elija en la rifa o subasta? a) Si durante 2011 contrató un autofinanciamiento y SÍ le entregaron el vehículo en el mismo año, manifestará el titular, la forma, el tipo de operación, las características del auto (marca, tipo y modelo) y el valor factura del mismo, en el apartado de ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES DEL DECLARANTE. Asimismo, deberá reportar el adeudo en el rubro de GRAVÁMENES O ADEUDOS CONTRAÍDOS DURANTE EL 2011 POR EL DECLARANTE, anotando el tipo de gravamen, número de contrato, institución, fecha de operación, monto inicial y pagos durante el período. b) Si durante 2011 contrató un autofinanciamiento y NO le entregaron el vehículo en el mismo año, únicamente lo reflejará en el recuadro de INVERSIONES, AHORROS, CUENTAS BANCARIAS Y OTRO TIPO DE VALORES DEL DECLARANTE, seleccionando como tipo de inversión la opción ANTICIPOS POR LA COMPRA DE BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES y, como saldo al 31 de diciembre de 2011, anotará el monto total de las mensualidades o parcialidades efectuadas en En este caso, se manifestará la adquisición del vehículo en el apartado de ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES DEL DECLARANTE hasta que se haga la entrega física de éste, siguiendo con la explicación de llenado citada en el inciso a). Cómo declarar un vehículo que se ganó en una rifa realizada en un centro comercial? En el apartado de vehículos, anotar en tipo de operación OTRO, el titular de operación que corresponda, en forma de operación OTROS, las características solicitadas en el formato, tales como marca, tipo y modelo y en valor de adquisición CERO 0. En el apartado OBSERVACIONES Y ACLARACIONES especificar el TIPO Y FORMA DE OPERACIÓN e indicar su valor comercial. 17

18 VII. Inversiones, ahorros, cuentas bancarias y otro tipo de valores del declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos durante el 2011 Qué debemos reportar en el rubro de INVERSIONES, AHORROS, CUENTAS BANCARIAS Y OTRO TIPO DE VALORES DEL DECLARANTE, CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO Y DEPENDIENTES ECONÓMICOS DURANTE EL 2011? En este apartado se debe indicar el saldo al 31 de diciembre de 2011 de las inversiones en cuentas de cheques, cuentas maestras, ahorro, valores, cajas de seguridad, fideicomisos u otros, que manifestó en declaraciones patrimoniales anteriores y las realizadas durante el período que abarca esta declaración. TIPO DE INVERSIÓN: CUENTA DE CHEQUES AHORRO TITULAR DE OPERACIÓN: DECLARANTE CÓNYUGE SALDO AL 31 SALDO SEÑALADO EN LA DECLARACIÓN VALORES PRÉSTAMOS OTORGADOS A TERCEROS CONCUBINA O CONCUBINARIO DEPENDIENTES DE DICIEMBRE DE 2011 ANTERIOR, YA SEA (DE MODIFICACIÓN PATRONIAL 2007 O ANTICIPOS POR LA COMPRA DE BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES AHORRO PERSONAL EN CASA DECLARANTE Y CÓNYUGE DECLARANTE Y DEPENDIENTES DECLARACIÓN INICIAL) CÓNYUGE Y DEPENDIENTES DECLARANTE Y CONCUBINA O CONCUBINARIO OTROS (ESPECIFIQUE EN OBSERVACIONES) 18

19 Deberán señalarse en forma obligatoria, todas aquellas operaciones celebradas con bancos, cajas de ahorro, casas de bolsa, aseguradoras, y demás organismos auxiliares que integran el sistema financiero mexicano. INVERSIONES, AHORROS, CUENTAS BANCARIAS Y OTRO TIPO DE VALORES También es indispensable anotar las operaciones celebradas con Instituciones Financieras del extranjero. En este rubro deberá considerar entre otros: Acciones Fideicomisos Cajas de ahorro Fondos de inversión Ahorro personal en casa Inversiones en el extranjero Sociedad de ahorro y préstamo Préstamos otorgados a terceros Inversiones en moneda o metales Seguro de separación individualizado Sociedad Financiera de objeto limitado Anticipos para la compra de bienes muebles e inmuebles, etcétera. Debe incluir la cuenta de nómina donde le depositan su sueldo? Sí, debe declarar esta cuenta y todas aquéllas que tenga activas aunque el saldo sea cero pesos, ya que se reportan hasta que hayan sido canceladas. Se debe manifestar la cuenta relativa al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) o Administradora de Fondo para el Retiro (AFORE)? La cuenta del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) o Administradora de Fondo para el Retiro no debe reportarse, en virtud de que la misma no se incrementa con recursos del servidor público, sino con aportaciones patronales, salvo que realice aportaciones voluntarias, las cuales deberá manifestar y hacer la aclaración respectiva, en el rubro de Observaciones y Aclaraciones. Si es miembro de sociedades mercantiles, sociedades civiles o asociaciones civiles Qué información deberá indicarse en el rubro de OBSERVACIONES Y ACLARACIONES? Denominación o razón social, domicilio fiscal, objeto social, registro federal de contribuyentes, número de la escritura constitutiva y notaría pública en que se protocolizó. Tipo, número y valor de las acciones o partes sociales que integran el capital de la persona moral. Tipo, número y valor de las acciones o partes sociales que son propiedad del servidor público. 19

20 Nombramiento, posición o cargo que ocupa dentro de la persona moral (presidente del consejo de administración, comisario, secretario, accionista o socio, etcétera). Capital contable de la sociedad al cierre de su último ejercicio. Demás operaciones que el declarante celebre con la persona moral (arrendamientos, comodatos, prestación de servicios, etcétera), especificando tipo y monto. Préstamos otorgados a terceros (sin intereses). Otorgó un préstamo a un familiar o amigo sin pactar intereses? a) Los servidores públicos que hayan otorgado préstamos durante el 2011 y subsistan al 31 de diciembre del mismo año, deberán declararlos en el rubro de INVERSIONES, AHORROS, CUENTAS BANCARIAS Y OTRO TIPO DE VALORES DEL DECLARANTE, seleccionando el apartado referente a PRÉSTAMOS OTORGADOS A TERCEROS. Dicho préstamo lo manifestará en las siguientes declaraciones patrimoniales hasta que se lo liquiden. b) Los servidores públicos que hayan otorgado algún préstamo durante el 2011, liquidado en el mismo año, deberán hacer la anotación en el rubro de OBSERVACIONES Y ACLARACIONES. Otorgó un préstamo a un familiar o amigo con intereses? La cantidad que haya obtenido por concepto de intereses por el préstamo que otorgó, la deberá manifestar en el inciso relativo a OTROS INGRESOS ANUALES NETOS DEL DECLARANTE. Cómo se declara el dinero en efectivo que se tiene ahorrado en casa? Si usted tiene en su casa dinero en efectivo, lo debe manifestar en el rubro de INVERSIONES, AHORROS, CUENTAS BANCARIAS Y OTRO TIPO DE VALORES DEL DECLARANTE, ya que constituye un ahorro personal (elegir dicha opción). Canceló una cuenta bancaria reportada anteriormente? Si canceló alguna cuenta manifestada en sus declaraciones patrimoniales anteriores, en el campo que solicite el saldo al 31 de diciembre de 2011, manifestará $0 (cero), anotando en el rubro de OBSERVACIONES Y ACLARACIONES que fue CANCELADA y el destino de los recursos de la misma. De qué forma se declara el seguro de separación individualizado? Toda vez que constituye una cuenta de ahorro, el saldo al 31 de diciembre de 2011 con base en el estado de cuenta proporcionado por Metlife, México, S.A., se debe señalar en el rubro de INVERSIONES, AHORROS, CUENTAS BANCARIAS Y OTRO TIPO DE VALORES DEL DECLARANTE, mientras que los intereses que se generaron en el período deberán de anotarse en el renglón II.2., del apartado de INGRESOS NETOS DEL DECLARANTE. Tiene una cuenta bancaria en dólares o en euros? Tendrá que hacer la conversión a moneda nacional, especificando el tipo de cambio vigente al 31 de diciembre de 2011, en el rubro Observaciones y Aclaraciones. Asimismo deberá indicar el tipo de cambio a la fecha de la operación. NOTA: No olvide registrar en la columna D los BENEFICIOS, RENDIMIENTOS, INTERESES, ETCÉTERA DURANTE EL PERÍODO. Durante el ejercicio dio un anticipo para la adquisición de un bien mueble y/o inmueble? 20

21 Es importante señalar que no lo deberá citar en el apartado relativo a muebles o inmuebles, sino en el rubro de INVERSIONES, AHORROS, CUENTAS BANCARIAS Y OTRO TIPO DE VALORES DEL DECLARANTE, seleccionando como tipo de inversión la opción ANTICIPOS POR LA COMPRA DE BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES. En la columna que solicita el SALDO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011, colocará el monto que dio como anticipo o enganche durante el período y así consecutivamente hasta que realice formalmente la operación, en este caso, tendrá que referirla en el rubro de muebles y/o inmuebles. Cómo manifestar la adquisición de centenarios? En el rubro de INVERSIONES, AHORROS, CUENTAS BANCARIAS Y OTRO TIPO DE VALORES DEL DECLARANTE, si algún tipo de inversión se realizó en moneda extranjera o metales (centenarios, onzas troy, etcétera), en su caso, se hará la conversión a moneda nacional, especificando en el rubro Observaciones y Aclaraciones el tipo de cambio vigente al 31 de diciembre de 2011, el tipo de cambio a la fecha de la operación, así como indicar la cantidad de metales o divisas de que se trate. 21

22 VIII. Gravámenes o adeudos que afecten el patrimonio del declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos al 31 de diciembre de 2011 (declarados anteriormente) Qué se manifiesta en el apartado de GRAVÁMENES O ADEUDOS QUE AFECTEN EL PATRIMONIO DEL DECLARANTE, CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO Y DEPENDIENTES ECONÓMICOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 (Declarados Anteriormente)? En esta sección se registrarán los gravámenes y adeudos que manifestó en declaraciones patrimoniales anteriores, en cada caso se seleccionará: TITULAR DE TIPO DE OPERACIÓN: DECLARANTE CÓNYUGE GRAVAMEN CRÉDITOS HIPOTECARIOS PRÉSTAMOS PERSONALES CONCUBINA O CONCUBINARIO DEPENDIENTES DECLARANTE Y CÓNYUGE DECLARANTE Y DEPENDIENTES COMPRAS A CRÉDITO (EXCEPTO TARJETAS DE CRÉDITO Y/O DEPARTAMENTALES) OTROS (ESPECIFIQUE EN OBSERVACIONES) NÚMERO DE CUENTA SALDO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 PAGOS DURANTE EL PERIODO CÓNYUGE Y DEPENDIENTES DECLARANTE Y CONCUBINA O CONCUBINARIO Cómo se determina el saldo al 31 de diciembre de 2011? Será el monto existente al 31 de diciembre de 2011 que aparece en su estado de cuenta que para tal efecto expida la institución financiera. 22

23 Liquidó durante 2011 un adeudo reportado en declaraciones patrimoniales anteriores? Aun cuando ya terminó de pagarlo, deberá declararlo en el rubro GRAVÁMENES O ADEUDOS QUE AFECTEN EL PATRIMONIO, en la columna Saldo por pagar al 31 de diciembre de 2011 pondrá $0 (cero), mientras que en la siguiente manifestará los Pagos realizados durante el período. En qué renglón se manifiesta el pago de intereses de un adeudo? En el mismo renglón donde se reportan los pagos durante el período, ya que dicho monto incluirá el monto a capital e intereses. Tiene un adeudo con HSBC y el pago del mismo se hace mediante descuento vía nómina, se reporta el número de la cuenta de cheques como el de gravamen? No, porque al adeudo le asignan su propio número. Qué se debe entender como compras a crédito? Cualquier adquisición que se realice a plazos o pagos diferidos, que no se efectúe con recursos propios ni con tarjetas de crédito y/o departamentales. Algún familiar, amigo o conocido le prestó dinero sin pactar intereses? a) Si lo manifestó en la declaración patrimonial inmediata anterior, deberá declararlo en el rubro de GRAVÁMENES O ADEUDOS QUE AFECTEN EL PATRIMONIO DEL DECLARANTE (declarados anteriormente), refiriendo los pagos y el saldo por pagar al 31 de diciembre de b) Si lo contrajo durante el año 2011, lo tendrá que reflejar en el apartado de GRAVÁMENES O ADEUDOS CONTRAÍDOS DURANTE EL 2011 POR EL DECLARANTE. Las tarjetas de crédito y/o departamentales se reportan en este apartado? No, porque las tarjetas de crédito y/o departamentales se utilizan, por lo general, para vestido, alimentación, diversión, pago de colegiaturas, gastos médicos, dentales, etcétera, y los pagos efectuados a las mismas, se encuentran incluidos en gastos de manutención. IMPORTANTE: En el rubro Observaciones y Aclaraciones deberá precisar el concepto para el que se adquirió el gravamen. 23

24 IX. Gravámenes o adeudos contraídos durante el 2011 por el declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos Qué tipo de adeudos se reportan en el rubro de GRAVÁMENES O ADEUDOS CONTRAÍDOS DURANTE EL 2011 POR EL DECLARANTE, CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO Y DEPENDIENTES ECONÓMICOS? En este apartado se precisarán los datos de los nuevos gravámenes adquiridos durante el Recuerde que en las declaraciones patrimoniales posteriores, los manifestará en el rubro relativo a aquellos gravámenes declarados anteriormente. De cada uno de sus nuevos adeudos debe señalar lo siguiente: TITULAR DE OPERACIÓN: TIPO DE GRAVAMEN DECLARANTE CÓNYUGE CONCUBINA O CONCUBINARIO DEPENDIENTES DECLARANTE Y CÓNYUGE DECLARANTE Y DEPENDIENTES CRÉDITOS HIPOTECARIOS PRÉSTAMOS PERSONALES EMBARGOS COMPRAS A CRÉDITO (EXCEPTO TARJETAS DE CRÉDITO Y/O DEPARTAMENTALES) OTROS (ESPECIFIQUE EN OBSERVACIONES) NÚMERO DE CUENTA O NÚMERO DE CONTRATO Y INSTITUCIÓN O ACREEDOR FECHA DE OPERACIÓN MONTO INICIAL DEL GRAVAMEN PAGOS DURANTE EL PERIODO CÓNYUGE Y DEPENDIENTES DECLARANTE Y CONCUBINA O CONCUBINARIO 24

25 Liquidó durante 2011 un adeudo contraído ese mismo año? Aun cuando ya terminó de pagarlo, deberá declararlo, señalando el monto inicial del mismo y el total de pagos realizados para liquidarlo. Qué diferencia existe entre los apartados GRAVÁMENES O ADEUDOS QUE AFECTEN EL PATRIMONIO DEL DECLARANTE y el de GRAVÁMENES O ADEUDOS CONTRAÍDOS DURANTE EL 2011 POR EL DECLARANTE? La diferencia entre estos rubros consiste en que en el primero se reportan todos aquellos adeudos que han sido manifestados en declaraciones patrimoniales anteriores, en cambio en el segundo, serán únicamente los que se contrajeron en 2011 y que posteriormente se reportarán en el primer recuadro hasta que se liquiden. IMPORTANTE: En el rubro Observaciones y Aclaraciones deberá precisar el concepto para el que se adquirió el gravamen. 25

26 X. Ingresos netos Qué debe declararse en el rubro INGRESOS NETOS DEL DECLARANTE, CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO Y DEPENDIENTES ECONÓMICOS DURANTE EL 2011? En este apartado tendrán que reflejarse, cada una de las percepciones obtenidas por el declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos durante 2011, por concepto de sueldos, honorarios, actividad industrial, servicios profesionales, gravámenes, ventas y/o donaciones. - Es importante resaltar que las operaciones manifestadas en los rubros de ventas de inmuebles o muebles y gravámenes nuevos, se deberán reflejar en este recuadro. Qué se entiende por ingresos netos? Se entiende por ingresos netos la suma de las cantidades recibidas, una vez descontados los impuestos. Cómo se determinan los ingresos netos? Para calcular sus ingresos netos por sueldos, con base en la constancia de percepciones y retenciones, efectúe la siguiente operación: INGRESOS PAGADOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR SERVICIOS... MENOS IMPUESTO RETENIDO = INGRESOS NETOS 26

27 a) Ingresos por sueldos del declarante b) Ingresos del cónyuge, concubina o concubinario y/o dependientes económicos Los ingresos anuales netos de su cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos son los que resulten de la deducción de los impuestos respectivos. Además, debe especificar el origen de los mismos en el apartado de Observaciones y Aclaraciones. Dónde se manifiestan los ingresos distintos al cargo público? En el numeral II del rubro de Ingresos netos del declarante, cónyuge, concubina o concubinario y dependientes económicos durante el 2011 y, de acuerdo a la naturaleza de los mismos, en el renglón correspondiente (incisos del II.1 al II.4). Con el fin de evitar solicitudes de aclaraciones posteriores, es muy importante que especifique clara y completamente el origen de sus otros ingresos, los del cónyuge, concubina o concubinario y/o dependientes económicos. 27

28 Se tiene que reportar el seguro de separación individualizado? Sí, se manifestará de la siguiente manera: La reserva final que tenga en su cuenta al 31 de diciembre de 2011 (con base en el estado de cuenta proporcionado por METLIFE) debe manifestarla en el rubro de INVERSIONES, AHORROS, CUENTAS BANCARIAS Y OTRO TIPO DE VALORES DEL DECLARANTE, dicho monto ya incluye los intereses generados en la misma. Por otra parte, únicamente los intereses generados en el ejercicio 2011, los deberá señalar en el numeral II.2 del rubro de INGRESOS NETOS DEL DECLARANTE, además de otros intereses de sus cuentas bancarias, por las siguientes razones: a) En la constancia de percepciones y retenciones que expide la Dirección General de Recursos Humanos, se incluyen las aportaciones que el Consejo de la Judicatura Federal y/o el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y usted hicieron al seguro de separación individualizado, lo cual se refleja al momento en que determina sus ingresos netos anuales. b) En la constancia de percepciones y retenciones NO se incluyen los intereses que se generaron en dicha cuenta de ahorro durante el año, por lo que se deben incluir como otros ingresos. Si el cónyuge, concubina o concubinario también labora en el Poder Judicial de la Federación Se tienen que reportar las modificaciones que haya sufrido su patrimonio en la misma declaración patrimonial? Sí, cada una de las declaraciones patrimoniales deberá incluir los ingresos y su respectiva aplicación del declarante, de su cónyuge, concubina o concubinario. 28

29 XI. Aplicación de recursos Qué debe declararse en el rubro APLICACIÓN DE RECURSOS DEL DECLARANTE, CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO Y DEPENDIENTES ECONÓMICOS DURANTE EL 2011? Tendrán que reflejarse en este apartado, el destino de las percepciones obtenidas por el declarante, cónyuge, concubina o concubinario y/o dependientes económicos durante 2011, ya sea por adquisición de bienes muebles o inmuebles, inversiones, ahorros, pago de gravámenes donaciones en efectivo y gastos de manutención. Es importante resaltar que las operaciones manifestadas en los rubros de adquisiciones de inmuebles y/o muebles, inversiones y pagos de gravámenes, se deberán reflejar en este rubro. Qué conceptos deben incluirse en el renglón de gastos de manutención? Toda cantidad que erogó por concepto de alimentación, vestido, rentas, colegiaturas, vacaciones, mantenimiento de vehículos, entretenimiento, etcétera. Esto se facilita si hacemos un cálculo mensual de estos gastos y lo multiplicamos por 12. Dónde se reportan las donaciones realizadas en efectivo? En el caso específico de donaciones, sólo deberán reportarse las cantidades que hayan sido aportadas en efectivo, tomando en cuenta únicamente las que afecten los recursos obtenidos durante el 2011, por ejemplo: donaciones a instituciones de beneficencia, fundaciones, donatarias autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del SAT (Servicio de Administración Tributaria), instituciones de asistencia privada, donaciones en efectivo hechas a algún familiar, etcétera. 29

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