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1 Área de Estudios y Programa PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS GRUPOS DE TRABAJO SECTORIALES DE ÁMBITO AUTONÓMICO UPyD Consejo Territorial de la Comunidad Valenciana Conceptos generales y niveles de grupos de trabajo: Los Grupos de Trabajo sectoriales de Unión Progreso y Democracia, son entidades contempladas en los Estatutos del partido cuya creación, estructuración y funcionamiento se atribuye por los propios Estatutos a cada uno de los distintos niveles de la estructura orgánica del partido tanto de Dirección como de Organización Territorial. Por ello, atendiendo a lo establecido en las propias normas estatutarias aludidas, podemos distinguir tres niveles de Grupos de Trabajo sectoriales: Grupos de Trabajo de ámbito nacional, cuya creación y coordinación es competencia del Consejo de Dirección nacional, según se previene en el art. 29, apdo. 2 i) de los mencionados Estatutos. Grupos de trabajo de ámbito territorial, cuya creación y dirección compete a cada Consejo Territorial, a tenor de lo establecido en el art. 39, apdo. 2 h) de los estatutos. Eventualmente, y aunque no están explícitamente contemplados en la norma interna de funcionamiento aludida, el art. 44, en sus apartados 2 b) y 2 g) permiten la eventual creación de grupos de trabajo de ámbito local al decir que será competencia del Consejo Local elaborar los correspondientes programas electorales de ámbito local y el seguimiento político y el control de la labor del gobierno local y demás instituciones de su ámbito. Protocolo Grupos Trabajo Página 1

2 Por todo ello, y dentro del ámbito de competencias que los Estatutos del partido le atribuyen a los Consejos Territoriales en su art. 39, 2 h), el presente documento tiene como finalidad la regulación, organización, estructura y funcionamiento de los Grupos de Trabajo sectoriales de UPyD de la Comunidad Valenciana, también identificados como grupos de Análisis Político. Funciones y objetivos: Las funciones y objetivos de los grupos de trabajo de análisis político de ámbito autonómico son: 1) Generar conocimiento, artículos, informes, estudios y propuestas en su ámbito de actividad por iniciativa propia o a demanda del Consejo Territorial. 2) Contribuir a mantener actualizado el programa político del partido en la materia. No se trata directamente de actualizar este programa, que debe ser objeto de aprobación en los órganos correspondientes en el momento oportuno, sino únicamente de elaborar las bases argumentales, propuestas y ponencias que puedan facilitar el posterior debate político y si procede su aprobación. 3) Generar y mantener el acervo documental del partido en las distintas materias. 4) Asesorar a los órganos políticos en su ámbito territorial, Consejo Territorial, Consejos Locales o Delegaciones que pudieran requerir información sobre algún tema concreto, a la hora de un posicionamiento público, nota de prensa o cualquier acto. 5) Canalizar la participación activa en el partido de afiliados y simpatizantes expertos en distintas materias que estén interesados en la actividad política directa o indirectamente y que ofrezcan su esfuerzo y trabajo en pro del desarrollo del ideario fundamental del partido, emanado del Manifiesto Fundacional así como de las diferentes ponencias que se desarrollen en los distintos Congresos Nacionales de UPyD. Protocolo Grupos Trabajo Página 2

3 6) Realizar un seguimiento de la actividad política, técnica y legislativa de las distintas Consejerías, organismos y empresas de la Generalitat Valenciana, de forma que a petición del Consejo Territorial se pueda estar en disposición de opinar con fundamento y base sobre temas de actualidad vinculados a la actividad de las mismas. 7) Colaborar con los grupos de trabajo sectoriales de carácter nacional y/o eventualmente de carácter local a demanda de éstos. Funcionamiento: El ámbito de competencia de estos grupos, sus limitaciones, conformación y operativa de funcionamiento será la siguiente: 1) Los distintos grupos de trabajo se constituirán por iniciativa del Consejo Territorial en base a la prioridad de las respectivas áreas. 2) El ámbito de actividad de los grupos de Análisis Político, dependientes del Consejo Territorial, será el de toda la Comunidad Valenciana debiendo centrarse en cada caso en el nivel competencial que la Generalitat Valenciana tiene en cada una de las materias en que se especializan los grupos. No obstante podrán, cuando las circunstancias y la materia lo requieran, participar en asuntos de competencia nacional bien porque así lo solicite el Consejo de Dirección Nacional, bien a requerimiento de los responsables de algún grupo de trabajo de ámbito nacional o bien porque así lo determine el propio Consejo Territorial. 3) Cada grupo de Análisis Político estará coordinado por un ponente nombrado por el Consejo Territorial que deberá ser preferentemente experto en la materia objeto del correspondiente grupo, quien a su vez tendrá la misión principal de formar su equipo de trabajo de entre los afiliados y simpatizantes que muestren su interés por participar en él o que el propio ponente seleccione por sus especiales capacidades profesionales, experiencia y conocimientos. Estos equipos, aunque deben nacer con vocación de permanencia, no obstante podrán evolucionar en su composición en razón de la temática concreta que sea Protocolo Grupos Trabajo Página 3

4 objeto del análisis y posicionamiento en cada momento, para lo que el ponente deberá gozar de la libertad de decisión necesaria siempre con la finalidad de garantizar el máximo dinamismo de equipo así como la mayor eficacia en el resultado de los estudios realizados por el grupo. 4) Cualquier afiliado o simpatizante podrá solicitar su adscripción a un grupo de Análisis Político o a dos como máximo si dispone del tiempo de dedicación suficiente para lo que bastará que lo solicite al correo corporativo de Estudios y Programa ct.comunidadvalenciana.programa@upyd.es acompañado de un escueto currículo sobre su experiencia y conocimientos en la materia objeto de estudio del grupo correspondiente, así como un detalle de los medios informáticos básicos de que disponga el candidato para poder participar en el desarrollo de los estudios y análisis que se propongan. Desde el Consejo Territorial se analizará el perfil del solicitante y lo pondrá a disposición del ponente del grupo o grupos solicitados. 5) La elaboración de documentos y estudios propios de su competencia se llevará a cabo, en un principio a través de los sistemas informáticos de que en cada caso se disponga, mediante reuniones virtuales, para lo que el Consejo Territorial proveerá medios a través de las RRSS o mediante herramientas informáticas ad hoc. Circunstancialmente se podrán llevar a efecto reuniones presenciales de trabajo, bien a iniciativa del ponente del grupo, bien a iniciativa del propio Consejo Territorial y cuyo objetivo primordial será llega a acuerdos mayoritarios sobre el contenido del documento y sus conclusiones. 6) Si bien no se limita de antemano en número de integrantes de cada grupo es recomendable que su composición no sea inferior a 3 integrantes, quedando su composición definitiva bajo la responsabilidad del ponente, quien podrá configurar su composición en razón de la complejidad de las tareas, diversidad de materias a tratar, y teniendo en cuenta la cantidad, calidad y complementariedad de los participantes interesados. Protocolo Grupos Trabajo Página 4

5 7) El Consejo Territorial, al conservar la facultad de nombramiento de los ponentes ostenta igualmente la de su remoción que podrá adoptar cuando, atendiendo a las circunstancias de cada caso, así lo estime oportuno. 8) Los miembros de los grupos de trabajo, en sus aportaciones y colaboraciones, no representarán a nadie más que a ellos mismos a título personal y lo harán en calidad de expertos y conocedores de las distintas materias. La posibilidad de que los miembros formen parte de otros órganos del partido no otorgará ningún valor de calidad a su opinión en lo que a su participación en el equipo respecta. 9) La documentación, estudios e informes generados por estos grupos nunca se constituirán directamente como la posición u opinión del partido al respecto, sino que han de ser los distintos órganos políticos en función de su ámbito competencial y territorial los que los validen, aprueben y los hagan suyos habida cuenta de que estos grupos tienen un carácter puramente interno y consultivo, no pudiendo en ningún caso hacer público ningún posicionamiento en nombre del partido. 10)Para el cumplimiento de estos fines al ponente le corresponderá, entre otras funciones, la de a) actuar como interlocutor único del grupo con el Consejo Territorial, a través del responsable de Estudios y Programa; b) coordinar, dinamizar y facilitar la participación de todos sus miembros; c) moderar los debates internos así como procurar el consenso entre las distintas posiciones. Será de su exclusiva competencia la redacción final de los documentos que sean el resultado de las deliberaciones y en su caso elevar al Consejo Territorial las diferentes posiciones sobre el asunto en cuestión siempre que éstas gocen del suficiente fundamento argumental. 11)Los grupos de Análisis Político carecen de presupuesto específico. Excepcionalmente cuando para la realización de algún informe o estudio se considere necesaria la realización de un gasto específico el ponente presentará al Consejo Territorial un informe conteniendo la finalidad, justificación e importe del mismo, quien decidirá sobre su aprobación o Protocolo Grupos Trabajo Página 5

6 denegación sin que en ningún caso se requiera fundamentación expresa de su decisión. Valencia, a 10 de Enero de Consejo Territorial Comunidad Valenciana Unión Progreso y Democracia Protocolo Grupos Trabajo Página 6

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