REGLAMENTO DE BECAS DE POSTGRADO DE LA UAP TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL OBJETO YFINALIDAD

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE BECAS DE POSTGRADO DE LA UAP TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL OBJETO YFINALIDAD"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE BECAS DE POSTGRADO DE LA UAP TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL OBJETO YFINALIDAD ARTÍCULO 1.- (DEL OBJETO) El presente reglamento tiene por objeto, establecer los requisitos y procedimientos para la otorgación de becas a docentes, estudiantes de pregrado, trabajadores administrativos de la Universidad Amazónica de Pando (UAP) que cumplan con los requisitos, y las condiciones que el mismo establece sustentadas en la Ley 3058 regulado por D.S , Estatuto Orgánico de la UAP, Reglamentos del Sistema de Postgrado de la Universidad Boliviana, Reglamento de Postgrado aprobado por Resolución del HCU Nro. 036/ 2004 y la Resolución de CAU Nro. 28/2006. ARTÍCULO 2.- (FINALIDAD) Fortalecimiento institucional a través de Programas de Postgrado y otros cursos de capacitación para docentes, estudiantes de pregrado, trabajadores administrativos de la Universidad Amazónica de Pando (U.A.P.) CAPITULO II DEL AMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS ARTÍCULO 3.- (AMBITO DE APLICACIÓN) El presente reglamento se aplicara a todos los interesados que cumplan con los requisitos y residan de manera permanente en el departamento de Pando. ARTÍCULO 4.-(PRINCIPIOS) Son principios del Sistema de Becas: a) Apoyar, al docente estudiante de pregrado y trabajador administrativo que se encuentre en situación socioeconómica desfavorable. b) Estimular, al becario de postgrado a un buen rendimiento académico. c) Promover, la excelencia académica. d) Promover la imparcialidad, la ética en los procesos de selección de becados. TITULO II DE LAS DEFINICIONES CAPITULO UNICO ARTÍCULO 5.- Para los efectos de aplicación del presente reglamento, se entiende por: Aspirante. La persona que solicita una beca. Beca. Es el apoyo de carácter económico que se otorga a la persona que ha obtenido este beneficio, en cualquiera de las modalidades de beca establecidas en el presente reglamento, la que se formalizará con el Contrato de Asignación de Beca correspondiente. 1

2 Becario. Persona beneficiada con una beca de estudio en un determinado Programa de Postgrado. Cesación de beca. La persona beneficiada con cualquier tipo de beca que no cumpla con los requisitos académicos y socioeconómicos. C.E.U.B. Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana. Consejo de Postgrado. Unidad Técnica que norma, coordina y ejecuta cursos y programas: siendo la máxima instancia académica de los estudios de postgrado en la UAP. Contrato de solicitud de Beca. Instrumento jurídico legal en el cual se hacen constar los términos y condiciones de la beca que se otorga en cualquiera de las modalidades previstas en este reglamento. Convenio interinstitucional. La Dirección de Postgrado de la Universidad Amazónica de Pando, con personas naturales públicas o privadas, nacionales o extranjeras suscribe con organismos internacionales para establecer programas de formación de recursos humanos en cualquiera de las modalidades que establece el presente Reglamento. Convocatoria. Documento publicado en diversos medios de comunicación mediante el cual se da a conocer las características específicas de las becas que se otorgan, su calendario particular y los requisitos que deben cubrir los aspirantes interesados. Docente. Profesional que imparte clases teórico practicas a nivel de pregrado que está sujeto a evaluación docente. Para el presente reglamento se consideraran para becas a docentes con más de dos años de experiencia en catedra. Estudiante de Pregrado. Persona que realiza estudios académicos a nivel de licenciatura que cursan el noveno o decimo semestre (o último año en los casos que amerita). Estudios de Postgrado. Estudios posteriores a la licenciatura, para la obtención de un diplomado, especialidad, maestría, doctorado o post doctorado. Evaluación docente. Es el proceso de recolección de información que analiza e interpreta con juicios de valor sobre la calidad de rendimiento del docente y conduce al proceso de toma de decisiones dentro de un marco de calificaciones. Evaluadores. Miembros del Consejo de Postgrado encargados de evaluar las solicitudes de beca y con la atribución de emitir el resultado para poder asignar o no una beca. Fondo de Becas. Recursos destinados de los ingresos propios de Postgrado. Formulario de inscripción. Instrumento de habilitación para la presentación de información al Comité de Becas. IDH.Impuesto Directo a los Hidrocarburos 2

3 Institución Extranjera. La entidad, empresa u organismo de educación superior o de investigación científica o tecnológica ubicada fuera del país, receptora del becario. POA.Plan Operativo Anual. Programa. Corresponden a la modalidad de formación a nivel de Postgrado y están dirigidos a profundizar los niveles de conocimiento. Rendimiento académico. Es el nivel de aprovechamiento o logros obtenidos en las actividades académicas en un determinado tiempo para los estudiantes de pregrado. Sistema de Becas. Procedimiento establecido para constituir un marco normativo sobre la otorgación de becas. TGN. Tesoro General de la Nación. Trabajador Administrativo. Son aquellos trabajadores que cuentan con nombramiento respectivo y que se encuentran consignados en una planilla mensual de haberes. Se incluye a los funcionarios sujetos a contrato especial, eventual o por tiempo determinado. Para el presente reglamento se considera aquel trabajador administrativo con una antigüedad mayor a dos años para poder acceder a una beca. TITULO III DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS CAPITULO I DEL SISTEMA DE BECAS ARTÍCULO 6.- La Universidad Amazónica de Pando, asignara los recursos económicos cada año para el sistema de becas, definidos en su POA proveniente de las transferencias por IDH, TGN, recursos propios u otros que la universidad canalice para este fin. ARTÍCULO 7.- El número total de becas a otorgarse en cada convocatoria, estará sujeta a los recursos aprobados por el HCU disponibles anualmente para esa finalidad. ARTÍCULO 8.- Los recursos financieros que se destinen al Sistema de Becas, solo podrán ser utilizados en el cumplimiento de los objetivos del mismo. Si al finalizar el ejercicio económico correspondiente existiera remanente, deberá de ser depositado en la cuenta de Postgrado. CAPITULO II FONDO DE BECAS ARTÍCULO 9.- Créase el Fondo de Becas el mismo que será administrado directamente por las autoridades autorizadas en el marco del presente reglamento. ARTÍCULO 10.- El Fondo de Becas estará conformado al menos por el 30% del total de los ingresos propios por concepto de matrículas de postgrado del presupuesto anual. 3

4 TITULO IV RECURSOS DE SELECCIÓN CAPITULO I DE LOS BENEFICIARIOS ARTÍCULO 11.- El presente Reglamento prevé la asignación de becas de acuerdo a las normas dispuestas y los criterios establecidos en el presente documento.tienen prioridad en la asignación de la beca dentro de la UAP los siguientes grupos: a) Docentes, estudiantes de pregrado y trabajadores administrativos que cumplan con los requisitos de la convocatoria (sujeto a la interpretación del Art. 5 del presente Reglamento). ARTÍCULO 12.- Podrán ingresar al sistema de becas en función de los siguientes criterios de selección: a) Por condición socioeconómica para el estudiante pre grado, docente y trabajadores administrativo, se identificará y dará prioridad a los aspirantes con menores recursos económicos y que, consecuentemente, tienen limitaciones para realizar estudios post graduales, considerando los aspectos que se encuentran en el formulario de inscripción, mismo que detallara los siguientes puntos: - Nivel socioeconómico del hogar del aspirante, calculado en función de los ingresos totales declarados y la cantidad de miembros del grupo familiar, según edad y sexo. - Situación familiar tenga o no hijos. - Edad del aspirante, conforme la misma se acerque o aleje de la media de edad, para cada programa. - Tasa de dependencia, definida como la relación entre el total de personas del grupo familiar que perciban algún ingreso, incluido el aspirante, y el total de personas que conforman el grupo familiar. - Lugar de procedencia del estudiante, y distancia medida en kilómetros que separa su domicilio de la sede de la UAP. - Situación jurídica del inmueble del grupo familiar. - Cobertura de salud del aspirante en caso de tenerla. - Padre o madre de familia que tenga a su cargo un miembro de la familia con discapacidad o enfermedad terminal. b) Por rendimiento académico y evaluación docente según la normativa vigente los requisitos serán los determinados en los Art. 24 al 27 del presente Reglamento de Becas. ARTICULO 13.- Para ingresar al Sistema de Becas por condición socioeconómica y rendimiento académico, el aspirante deberá presentar el formulario de solicitud correspondiente, así como todos los documentos requeridos por la Dirección de Postgrado, en las fechas establecidas y cuando el Consejo de Postgrado así lo disponga. 4

5 CAPITULO II FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN ARTÍCULO 14.- El aspirante deberá proporcionar la información en el entendido de que ésta es estrictamente confidencial. No se tramitarán solicitudes que no sean presentadas en el formulario de inscripción correspondiente, incompleto, ilegible, fuera de fechas establecidas o sin las firmas respectivas. ARTÍCULO 15.- Toda información y documentación que el aspirante aporte en su formulario de inscripción, pasará a ser propiedad de la UAP y estará sujeto a la verificación si fuera necesario; de igual forma esta información será estrictamente confidencial. ARTICULO 16.- La información proporcionada por el aspirante en el formulario de inscripción y los requisitos presentados tendrán el carácter de declaración jurada, cualquier alteración de la verdad comprobada anulara la solicitud y será considerada falta grave, con las consecuencias previstas por el Consejo de Postgrado. ARTÍCULO 17.- La solicitud de la beca deberá efectuarse dentro del período que se determine para tal fin, mediante el formulario de inscripción puesto a disposición por la autoridad competente junto a los requisitos exigidos para la otorgación de una beca en el Capítulo III. CAPITULO III DE LOS REQUISITOS PARA LA OTORGACIÓN DE UNA BECA ARTÍCULO 18.- En todos los casos, son requisitos y condiciones obligatorias para el aspirante a una beca local de Postgrado: A) Para docentes: a) Carta de solicitud al Director de Postgrado indicando motivo y tipo de beca que solicita. b) Formulario de inscripción c) Fotocopia de CI d) Fotocopia legalizada de Titulo en Provisión Nacional o Título Académico. e) Presentación del Currículum Vitae. f) Evaluación docente de la pasada gestión y el record académico universitario. g) Contrato firmado de solicitud de beca con la Dirección de Postgrado. h) Solicitud de la beca dentro del plazo fijado en la respectiva convocatoria. i) Cumplir con los requisitos específicos, establecidos en la convocatoria. B) Para estudiantes de pregrado: a) Carta de solicitud al Director de Postgrado indicando motivo y tipo de beca que solicita. b) Fotocopia de CI c) Fotocopia de Matricula. d) Formulario de inscripción. 5

6 e) Presentación del Currículum Vitae. f) Certificado de notas legalizado del último año o noveno y décimo semestre de la carrera que le corresponda o su recod académico legalizado. g) Ser estudiante regular de la UAP. h) Firmar contrato de solicitud de beca con la Dirección de Postgrado. i) Solicitud de la beca dentro del plazo fijado en la respectiva convocatoria. j) Cumplir con los requisitos específicos, establecidos en la convocatoria. C) Para trabajadores administrativos: a) Carta de solicitud al Director de Postgrado indicando motivo y tipo de beca que solicita. b) Formulario de inscripción. c) Fotocopia legalizada de título en provisión nacional o título académico. d) Fotocopia de CI. e) Presentación del Currículum Vitae. f) Carta de auspicio de su jefe inmediato superior, Director, Vice Rector o Rector. g) Presentación de su recod académico universitario. h) Documento que certifique ser empleado regular. i) Contrato firmado de solicitud de beca con la Dirección de Postgrado j) Última papeleta de pago de honorarios k) Solicitud de la beca dentro del plazo fijado en la respectiva convocatoria. l) Cumplir con los requisitos específicos, establecidos en la convocatoria. TITULOV SOBRE LAS BECAS CAPITULO I BECAS LOCALES, NACIONALES E INTERNACIONALES ARTÍCULO 19.- Se entenderá por beca en el presente reglamento: a) Beca Local: Beneficio que se otorga al estudiante de pregrado, docente y trabajador administrativo para cursar programas en el Postgrado de la UAP. b) Beca Nacional: Beneficio que otorga la UAP y otra institución en mutuo acuerdo para hacer intercambios de capacitación. c) Beca Internacional: Beneficio que otorga una institución internacional. ARTÍCULO 20.- Las becas, constituyen un beneficio de carácter personal e intransferible del becario y resulta incompatible con otros beneficios de carácter similar. ARTÍCULO 21.- La beca tendrá la misma duración que el tiempo del desarrollo del programa tanto para docentes, estudiantes de pregrado y trabajadores administrativos. ARTÍCULO 22.- La cobertura de becas a doctorado solo cubrirá el 25% de la colegiatura a docentes y trabajadores administrativos. 6

7 ARTÍCULO 23.- Se podrán suscribir Convenios con instituciones públicas, privadas, No gubernamentales y otros a nivel nacional e internacional, siempre y cuando estén dirigidos a apoyar, fortalecer y desarrollar la formación e investigación postgraduada. CAPITULO II DE BECAS LOCALES ARTÍCULO 24.- Para efectos del presente reglamento, existen becas locales para docentes, estudiantes de pregrado y trabajadores administrativos con diferentes categorías: a) Beca tipo A: Concede el 100% de la colegiatura. b) Beca tipo B: Concede el 50% de la colegiatura. c) Beca tipo C: Concede el 25% de la colegiatura. ARTÍCULO 25.- Se otorgara beca local del 25% de la colegiatura del programa en los siguientes casos académicos: a) Estudiantes de pregrado que hayan obtenido un puntaje de 65 a 75 en su rendimiento académico. b) Docentes que hayan obtenido un puntaje de 70 a 80 en la evaluación docente. c) Trabajador Administrativo que presente su certificado de calificaciones de los dos últimos años universitarios con un promedio mínimo de 70 a 80 puntos. ARTÍCULO 26.- Se otorgara beca local del 50% de la colegiatura del programa en los siguientes casos académicos: a) Estudiantes de pregrado que hayan obtenido un puntaje de 76 a 85 en su rendimiento académico. b) Docentes que hayan obtenido un puntaje de 81 a 90 en la evaluación docente. d) Trabajador Administrativo que presente su certificado de calificaciones de los dos últimos años universitarios con un promedio mínimo de 81 a 90 puntos en su rendimiento académico o en la sustentación de su tesis. ARTÍCULO 27.- Se otorgara beca local del 100% de la colegiatura del programa en el siguiente caso académico: a) Estudiante de pregrado que haya obtenido la mejor nota de su carrera, misma que esta certificada por una carta de la Dirección. b) Docente que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación docentes en su correspondiente área. ARTÍCULO 28.- La cantidad total de becas locales a otorgarse en cada convocatoria, como su forma de pago, quedará sujeta a los recursos económicos disponibles anualmente para esa finalidad, aprobados por el Honorable Consejo Universitario (H.C.U.). 7

8 ARTÍCULO 29.- La beca local al interior de la UAP solo cubrirá colegiatura. ARTICULO 30.- La beca local excluye: a) El pago de la matrícula. b) El pago de timbres y derechos de ley. c) El pago por derecho de sustentación del Trabajo Final de Postgrado. d) Otros derechos especificados en cada programa. e) Seguros de salud. f) Material de estudio. g) Estipendio. h) Gastos que representen la elaboración del trabajo final de postgrado. CAPITULO III BECAS NACIONALES E INTERNACIONALES ARTÍCULO 31.- Serán beneficiarios de becas nacionales solo los docentes y trabajadores administrativos. ARTÍCULO 32.- La beca nacional solo cubrirá: a) Transporte aéreo al interior del país (ida y vuelta). b) El docente o trabajador administrativo, percibirá su sueldo durante el tiempo que el desarrollo del programa. ARTÍCULO 33.- La beca nacional excluye cualquier otro gasto fuera de lo determinado en este capítulo. ARTÍCULO 34.- Se respetaran los convenios interinstitucionales firmados por las máximas autoridades de la UAP donde los beneficios estarán establecidos por mutuo acuerdo para becas nacionales de capacitación. ARTÍCULO 35.- Serán beneficiarios de becas internacionales solo los docentes y trabajadores administrativos. ARTÍCULO 36.- La beca internacional solo cubrirá: a) Transporte aéreo al interior del país (ida y vuelta) b) El docente o trabajador administrativo, percibirá su sueldo durante el tiempo que el desarrollo del programa. ARTÍCULO 37.- La beca internacional excluye cualquier otro gasto fuera de lo determinado en este reglamento. ARTÍCULO 38.- Los docentes y trabajadores administrativos para optar a una beca internacional deberán cumplir con los requisitos establecidos entre la UAP, el organismo, país, embajada u otro organismo internacional detallados en el convenio interinstitucional. ARTÍCULO 39.- La convocatoria a becas locales será pública y abierta. En el caso de las becas nacionales, la Dirección de Postgrado informara al interior de las áreas, asimismo 8

9 en el caso de las becas internacionales dependerá de los docentes que se postulen y deseen este beneficio con el apoyo de la UAP. ARTÍCULO 40.- Son derechos del becario: CAPITULO IV DE LOS DERECHOS DEL BECARIO a) Acceso libre a fuentes de información, disponible en la Universidad, biblioteca, bases de datos, publicaciones electrónicas, etc. b) Licencia por maternidad de acuerdo a las leyes vigentes manteniendo el estipendio de la beca, con prorroga asegurada por igual periodo al de la licencia y estará exenta de evaluación docente. c) Licencia por motivo de una grave enfermedad. d) Licencia por motivo de fallecimiento de un familiar de primer grado. e) Renunciar al usufructuó de la beca, previa presentación de nota formal fundamentada a la Dirección de Postgrado. f) Los aspirantes no beneficiados a alguna beca, podrán solicitar dentro del plazo de 2 semanas un informe de las razones por las cuales no fueron seleccionados. g) Conocer sus notas finales en un plazo de 15 días terminado el programa (En caso de que el becario no tenga una beca del 100%, deberá estar al día en sus pagos por pago por matricula y colegiatura. h) Informar a la Dirección de Postgrado cualquier irregularidad en lo que a su servicio se refiere, en el momento en que suceda. i) El docente, estudiante de pregrado, trabajador administrativo beneficiado con la beca UAP, podrá postular a otra beca previa presentación del título de conclusión del programa y haya pasado un tiempo igual a la duración de la beca ofertada. j) En caso de beca nacional o internacional, el docente o trabajador administrativo, percibirá su sueldo durante el tiempo que el desarrollo del programa. k) La UAP deberá mantener su condición laboral de docente y trabajador administrativo mientras estos gocen de una beca en la Dirección de Postgrado. CAPITULO V DE LAS OBLIGACIONES DEL BECARIO ARTÍCULO 41.- Son obligaciones del becario: a) Informar sobre cualquier variación favorable o desfavorable a la Dirección de Postgrado, como en el caso de si es beneficiario de otra beca académica a nivel internacional. b) Cancelar los montos estipulados si corresponde al caso de que el Becario no tenga una beca del 100%. c) El becario perderá su tipo de beca si no paga el saldo de la colegiatura (en el caso de los que tengan cobertura del 25% y 50%) en ese mismo mes. El incumplimiento a este inciso no tiene derecho a reclamo. d) Los becarios deberán informar a la Dirección de Postgrado, cualquier variación en su situación personal, familiar, patrimonial, laboral, económica y académica, incluyendo los eventuales cambios de domicilio en un plazo no mayor de TREINTA (30) días de ocurrido el hecho. 9

10 e) Al asumir la beca, el becario deberá comprometerse por escrito a cumplir tareas de docentes o de transferencia de conocimientos en los niveles de pregrado o postgrado, según el caso. f) El becario no podrá dar de baja materias, módulos ni inscribir menor carga ni llevar sobrecarga académica, excepto previa autorización de las partes para el caso de las becas internacionales. g) De presentarse alguna dificultad, que impida al estudiante continuar sus estudios en el programa en que ha sido beneficiado con una Beca de estudios, ésta no podrá ser congelada para realizar estudios en gestiones posteriores, ni transferida a favor de otras personas, por lo tanto no son transferibles, acumulativas, ni objeto de devolución en moneda por el costo de la beca al beneficiario, son de uso exclusivo y perecible en el programa postulado. h) Cursar los módulos de los programas de forma presencial, con una asistencia del 100%. En el caso de programas virtuales, deberán los aspirantes presentar descargos de su asistencia y de sus notas. i) Los nombres de los aspirantes serán publicados en la vitrina de la Dirección de Postgrado, siendo exclusiva responsabilidad de los mismos averiguar sobre su inclusión o no en la misma ARTÍCULO 42.- Por tratarse de un contrato de adhesión el aspirante deberá cumplir con todas y cada una de las cláusulas del presente Reglamento. La permanencia de las condiciones que hubieren justificado el otorgamiento de la beca, será condición indispensable para el mantenimiento del beneficio. CAPITULO VI CAUSALES DE CESACION DE LA BECA ARTÍCULO 43.- El beneficio de la beca para docentes, estudiantes de pregrado y trabajadores administrativos cesa en los siguientes casos: a) Por el simple vencimiento del plazo del beneficio otorgado. b) Por muerte o inhabilitación del becario. c) Por renuncia del beneficiario. d) Por actividades reñidas contra la moral. e) Por actividad antiética. f) Por desaparición o modificación de algunas de las causas que justificaron su otorgamiento. g) Por conclusión del programa para la que se postularon inicialmente. h) Por abandono de los estudios. i) Por pérdida de la condición de alumno becado. j) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en el presente Reglamento. k) Por falsear u omitir información en los procesos de selección, o una vez otorgado el beneficio. l) Por cualquier otra causa que en acta de la Comisión de Becas justifique la cesación del beneficio, debiendo el acta fundamentar y entregar al afectado. m) Por indisciplina. n) Por haber reprobado o no haber alcanzado el promedio de 80 puntos en el módulo. 10

11 o) Por tener módulos o trámites pendientes para la conclusión de programa de postgrado. ARTÍCULO 44.- Cuando la pérdida de la condición de becario se produjera antes del vencimiento del plazo por el cual fue otorgada la beca, la misma deberá efectuarse mediante resolución del Consejo de Postgrado, previa notificación al becario con al menos CINCO (5) días de antelación. ARTÍCULO 45.- La pérdida de la condición de becario implica la pérdida inmediata del beneficio (beca), quedando su titular obligado a la restitución de las sumas que se hubiere percibido desde que se produjo la causa que hubiere motivado el hecho, y sin perjuicio de las sanciones administrativas, académicas, civiles y penales que pudieran corresponderle. CAPITULO VII DE LAS SANCIONES ARTÍCULO 46.- El beneficiario podrá ser sancionado con la suspensión de la beca, cuando se haya incurrido en irregularidades en el otorgamiento de la beca y/o por las causales siguientes: a) Incumplimiento al rendimiento académico requerido en el presente reglamento. b) Omitir o suministrar información o documentación falsa sobre su condición socioeconómica o académica. c) Perder su condición de estudiante de postgrado. d) Incurrir en falta grave o muy grave según el Comité de Becas apoyado en el presente reglamento. e) Infringir las disposiciones del presente reglamento. f) El beneficiario de una beca de postgrado que abandone sus estudios sin la debida justificación deberá reintegrar la totalidad del monto exonerado y perderá la beca inmediatamente. Tendrá un lapso de 15 días para entregar esta notificación, posterior a este plazo ya no cursará la justificación. g) El becario cometa alguna falta de disciplina o de ética. h) Adeudar algún monto a la Dirección de Postgrado. i) Por cese sus funciones administrativas dentro de la UAP. j) Si un estudiante abandonara la beca a medio programa, no podrá solicitar otra beca local en tres años. TITULO VI DE LA AUTORIDAD COMPETENTE CAPITULO I DEL CONSEJO DE POSTGRADO ARTÍCULO 47.- De acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Postgrado en su Art. 9 señala. El Consejo de Postgrado de la UAP, es la unidad técnica que norma, coordina y realiza la ejecución de los cursos, programas, siendo la máxima instancia académica de los estudios de Postgrado en la UAP. ARTÍCULO 48.- De acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Postgrado en su Art. 10 el Consejo de Postgrado esta conformado por: 11

12 a) Vice-rector, como Presidente. b) Director de postgrado, como Secretario General. c) Director de investigación ciencia y tecnología. d) Coordinador de cada curso o programa de postgrado en vigencia. e) Un representante docente de postgrado invitado con derecho a voz. f) Un representante estudiantil de postgrado invitado con derecho a voz. ARTÍCULO 49.- La Dirección de Postgrado como unidad académica, será aquella que recepcione las solicitudes de becas para posteriormente derivarla para su revisión, evaluación, ponderación, aprobación y otorgación por el Consejo de Postgrado. ARTÍCULO 50.- Posterior aprobación del Consejo de Postgrado se remitirá para su homologación al Honorable Consejo Universitario según Art. 8 del Reglamento de Postgrado. CAPITULO II ATRIBUCIONES DEL CONSEJO DE POSTGRADO (CASO DE BECAS) DE LAS TAREAS DEL CONSEJO DE POSTGRADO ARTÍCULO 51.- De acuerdo a lo estipulado por el artículo 11 del Reglamento de Postgrado además de las señaladas también deberá realizar las siguientes: a) Programar reuniones para la evaluación a las postulaciones de las becas locales, nacionales e internacionales. b) Determinar el número de plazas de becas que otorga la UAP a los docentes, trabajadores administrativos, estudiantes de pregrado por programas. c) Resolver dificultades que planteen los becarios. d) Deliberar con la presencia de más del 51% de sus miembros presentes y la presencia del Presidente de Comité de Becas. e) Definirá sanciones para los miembros del Consejo de Postgrado que se encontraron ausentes sin justificativo por escrito en las sesiones programadas. f) Resolver situaciones especiales que se presenten en relación con el cumplimiento del presente reglamento. g) Suspender la beca previo análisis del estudio socioeconómico y académico realizado. h) Revisar y tramitar ante el HCU, las proyecciones de egresos e ingresos del fondo para el sistema de becas. i) Solicitar informes que estime pertinentes, para corroborar el cumplimiento de los objetivos de los programas. j) Solicitar documentación a los beneficiarios (becados). k) Elaborará una nómina de alumnos seleccionados, conforme a un orden de méritos por programa. l) Emitir periódicamente, con la oportunidad debida, la convocatoria, en la que se difundirán los tipos de becas que ofrece la Universidad, sus características, montos, etc. m) Decidir la otorgación de becas conforme a los criterios establecidos en el presente Reglamento. n) Respetar la vigencia de las becas por el periodo académico que establecerá el desarrollo del programa correspondiente. 12

13 o) Decidir sobre las problemáticas que atañen a los procesos de designación, evaluación, seguimiento a las becas. ARTÍCULO 52.- Cuando en el marco de una convocatoria el número de solicitudes estuvieren aprobadas por el Consejo de Postgrado y supere el número de plazas, se otorgara de acuerdo a un orden de méritos. ARTÍCULO 53.- Las becas serán otorgadas mediante Resolución del Consejo de Postgrado. ARTÍCULO 54.- Los casos no previstos en el presente reglamento, serán tratados por el Consejo de Postgrado. TITULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ARTÍCULO 55.- El Consejo de Postgrado, es el organismo de aplicación e interpretación del presente Reglamento de Becas de Postgrado para docentes, estudiantes de pre grado y administrativos, estando facultada a realizar las modificaciones que estime conveniente, previa aprobación de las instancias correspondiente de la U.A.P. ARTÍCULO 56.- El Rector de la UAP, podrá firmar convenios de financiamiento, colaboración y asistencia técnica entre la UAP y otros organismos nacionales e internacionales para el otorgamiento de becas. ARTÍCULO 57.- El Consejo de Postgrado a través de la Dirección de Postgrado y la Coordinación de Becas, planificará y dirigirá las acciones de supervisión que permitan un adecuado seguimiento de la implementación de las becas. ARTÍCULO 58.- El presente reglamento estará sujeto a las disposiciones de instancias superiores y la normativa del sistema nacional de universidades. ARTÍCULO 59.- El reglamento de becas solo beneficia becas a aspirantes nacionales no extranjeros. ARTÍCULO 60.- Las áreas desconcentradas de la UAP tendrán mayor flexibilidad en los plazos de presentación de su documentación. Mismos que no deberán exceder de tres meses después del plazo determinado. ARTÍCULO 61.- En materia de Becas de Postgrado quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente reglamento. 13

Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi. Apoyo a la formación de Recursos Humanos

Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi. Apoyo a la formación de Recursos Humanos Corporación Vitivinícola Argentina Asociación Ad Hoc de IDi Apoyo a la formación de Recursos Humanos Reglamento de Becas de Investigación Científica y Tecnológica Artículo 1. DENOMINACION Se denominan

Más detalles

EL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO

EL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO EL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO CAPÍTULO I Disposiciones generales ARTICULO 1. El presente Reglamento establece las bases, procedimientos y requisitos para el otorgamiento

Más detalles

Becas para Estudiantes Extranjeros en Colombia. Para los interesados, podrán encontrar los requisitos de aplicación a continuación.

Becas para Estudiantes Extranjeros en Colombia. Para los interesados, podrán encontrar los requisitos de aplicación a continuación. Becas para Estudiantes Extranjeros en Colombia La Embajada de Colombia en Turquía tiene el agrado de invitar a la comunidad académica y a los estudiantes de Turquía a postularse en las becas académicas

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica

Más detalles

INSTITUTO PROFESIONAL LOS LAGOS Y CENTRO DE FORMACION TECNICA LOS LAGOS REGLAMENTO INTERNO BENEFICIOS

INSTITUTO PROFESIONAL LOS LAGOS Y CENTRO DE FORMACION TECNICA LOS LAGOS REGLAMENTO INTERNO BENEFICIOS INSTITUTO PROFESIONAL LOS LAGOS Y CENTRO DE FORMACION TECNICA LOS LAGOS REGLAMENTO INTERNO DE BENEFICIOS 2012 1 El presente Reglamento, consta de 6 Títulos y 31 Artículos que norman las diferentes clases

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS REGLAMENTO GENERAL DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO GENERAL DE BECAS CONTENIDO CAPÍTULOS PÁGINA I OBJETIVOS Y DISPOSICIONES GENERALES. 3 II BECAS SEP... 5 III BECAS UNAM... 6 IV BECAS PROMOCIONALES 6 V BECAS

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

REGLAMENTO PARA COLABORACIÓN CON ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PARA COLABORACIÓN CON ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA COLABORACIÓN CON ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente reglamento regula el Programa de Ayuda Estudiantil

Más detalles

Columbus University REGLAMENTO DE BECAS Elaborado en julio/2002

Columbus University REGLAMENTO DE BECAS Elaborado en julio/2002 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1: Columbus University, consciente de su responsabilidad de coadyuvar al desarrollo del país, desde el ámbito académico, se esfuerza en brindar a través de becas

Más detalles

Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral

Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral Reglamento de Becas de Estudio de la Universidad Nacional del Litoral ARTÍCULO 1: OBJETO. La Universidad Nacional del Litoral, otorgará becas para estudiantes de escasos recursos de manera de: - Posibilitar

Más detalles

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO El presente documento se basa en la Guía de Normas y Procedimientos de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA Y CREDITO PÚBLICO DE LA UNIVERSIDAD AMAZONICA DE PANDO CAPITULO I TERMINOLOGÍA UTILIZADA

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA Y CREDITO PÚBLICO DE LA UNIVERSIDAD AMAZONICA DE PANDO CAPITULO I TERMINOLOGÍA UTILIZADA REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA Y CREDITO PÚBLICO DE LA UNIVERSIDAD AMAZONICA DE PANDO EL PRESENTE REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERÍA, FUE APROBADO POR EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO

Más detalles

REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD

REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD REGLAMENTO PARA OTORGAR BECAS DE ESTUDIO AL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD Capitulo I Disposiciones Generales Artículo1.- La Universidad Tecnológica de la Costa, por el presente ordenamiento establecerá y

Más detalles

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO

Más detalles

Los ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.

Los ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO. CONVOCATORIA BECAS 2.008 HONDURAS Acuerdo de la Fundació Marfà por el cual se convocan 4 becas para realizar estudios de formación superior universitaria en la UNIVERSIDAD AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO

Más detalles

REGLAMENTO DE BENEFICIOS EDUCATIVOS PARA SOCIOS DE LA COOPERATIVA DE TELECOMUNICACIONES, SANTA CRUZ LTDA. COTAS LTDA..

REGLAMENTO DE BENEFICIOS EDUCATIVOS PARA SOCIOS DE LA COOPERATIVA DE TELECOMUNICACIONES, SANTA CRUZ LTDA. COTAS LTDA.. REGLAMENTO DE BENEFICIOS EDUCATIVOS PARA SOCIOS DE LA COOPERATIVA DE TELECOMUNICACIONES, SANTA CRUZ LTDA. COTAS LTDA.. Artículo 1º.- Condiciones Generales Cotas Ltda. ha definido realizar un programa de

Más detalles

Versión 2 del 04.04.14

Versión 2 del 04.04.14 Versión 2 del 04.04.14 REGLAMENTO BECAS PARA EDUCACIÓN SUPERIOR PARA HIJOS, CONYUGUES Y TRABAJADORES DE EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS QUE PRESTAN SERVICIOS A CODELCO I. Disposiciones Generales

Más detalles

El Régimen de Becas vigente en la Universidad Blas Pascal; y. Que resulta necesario proceder a un reordenamiento de dicha normativa;

El Régimen de Becas vigente en la Universidad Blas Pascal; y. Que resulta necesario proceder a un reordenamiento de dicha normativa; 1 VISTO: El Régimen de Becas vigente en la Universidad Blas Pascal; y CONSIDERANDO: Que resulta necesario proceder a un reordenamiento de dicha normativa; Que resulta conveniente introducir nuevas formas

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL ISTMO TÍTULO: POLÍTICA DE BECAS Y DE CONVENIOS CÓDIGO: UDIPO04-P.04 REVISIÓN: 00 FECHA: 26/04/2012

UNIVERSIDAD DEL ISTMO TÍTULO: POLÍTICA DE BECAS Y DE CONVENIOS CÓDIGO: UDIPO04-P.04 REVISIÓN: 00 FECHA: 26/04/2012 UNIVERSIDAD DEL ISTMO TÍTULO: POLÍTICA DE BECAS Y DE CONVENIOS CÓDIGO: UDIPO04-P.04 REVISIÓN: 00 FECHA: 26/04/2012 Objetivo: Alcance: Procedimiento Tener documentado las opciones de Convenios y Becas que

Más detalles

REGLAMENTO DE BECA EXCELENCIA ACADÉMICA PEDRO LUIS GONZÁLEZ DECRETO DE RECTORÍA ACADÉMICO 57/2014

REGLAMENTO DE BECA EXCELENCIA ACADÉMICA PEDRO LUIS GONZÁLEZ DECRETO DE RECTORÍA ACADÉMICO 57/2014 REGLAMENTO DE BECA EXCELENCIA ACADÉMICA PEDRO LUIS GONZÁLEZ DECRETO DE RECTORÍA ACADÉMICO 57/2014 Ref.: Establece normativa para Becas de Excelencia Académica y Becas para egresados de establecimientos

Más detalles

Dirección de Recursos Humanos Sección Capacitación

Dirección de Recursos Humanos Sección Capacitación REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO Dirección de Recursos Humanos Sección Capacitación 2013 Definiciones Beca: subvención económica que financia estudios del personal administrativo.

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIANTILES

REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIANTILES REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIANTILES El Municipio podrá gestionar ayudas económicas para aquellos alumnos que postulen a estudios regulares, en los niveles, Técnico Profesional, Superior, incluidos aquellos

Más detalles

REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO

REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAISO FACULTAD DE FILOSOFIA Y EDUCACION ESCUELA DE PSICOLOGIA REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES ART. 1: Para los efectos de aplicación

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

Convocatoria de Becas del Gobierno de México. Plataforma de movilidad estudiantil y académica de la Alianza del Pacífico QUINTA EDICIÓN

Convocatoria de Becas del Gobierno de México. Plataforma de movilidad estudiantil y académica de la Alianza del Pacífico QUINTA EDICIÓN Convocatoria de Becas del Gobierno de México Plataforma de movilidad estudiantil y académica de la Alianza del Pacífico QUINTA EDICIÓN En un marco de reciprocidad, se otorgan becas a nacionales de Colombia,

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA (Aprobado en sesión de Junta de Gobierno de 3 de julio de 2001. Modificado en sesión de Consejo

Más detalles

51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES

51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO 51 FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1o. Definición. Son estudios de postgrado los que se realicen después de haber

Más detalles

B A S E S D E L A C O N V O C A T O R I A

B A S E S D E L A C O N V O C A T O R I A RESOLUCIÓN RECTORAL DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2010 POR LA QUE SE CONVOCA UNA BECA DE FORMACIÓN (INFORMATICA) EN EL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA. La Universidad de Sevilla, como Administración

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNACH.

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNACH. REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República, en el artículo 350, establece que El sistema de Educación

Más detalles

UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVANA SAN PABLO REGLAMENTO DEL FONDO DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA BOLIVIANA SAN PABLO.

UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVANA SAN PABLO REGLAMENTO DEL FONDO DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA BOLIVIANA SAN PABLO. UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVANA SAN PABLO REGLAMENTO DEL FONDO DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA BOLIVIANA SAN PABLO Fondo de Becas Art. Primero.- Los recursos del Fondo de Becas están

Más detalles

ANEXO I. Reglamento de Becas de Investigación

ANEXO I. Reglamento de Becas de Investigación ANEXO I Reglamento de Becas de Investigación Título I Disposiciones generales Capítulo I ARTÍCULO 1º.- Objeto El presente reglamento tiene por objeto la regulación del sistema de becas de investigación

Más detalles

Reglamento CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II - CATEGORÍAS DE BECAS

Reglamento CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II - CATEGORÍAS DE BECAS Reglamento CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. La Universidad Autónoma de Asunción (UAA), institución sin fines de lucro, comprometida con la sociedad paraguaya en la formación de recursos humanos

Más detalles

En el presente reglamento consideramos que existen diferencias esenciales e importantes entre los estudios de licenciatura y los de postgrado.

En el presente reglamento consideramos que existen diferencias esenciales e importantes entre los estudios de licenciatura y los de postgrado. REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En el presente reglamento consideramos que existen diferencias esenciales e importantes entre los estudios de licenciatura y los de postgrado.

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (PAID 09 12)

PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (PAID 09 12) PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (PAID 09 12) Convocatoria de Becas de Excelencia 2012 por la Universitat Politècnica de València para recién Titulados de la UPV,

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA MAGISTER EN FISICA Y ASTRONOMÍA

REGLAMENTO PROGRAMA MAGISTER EN FISICA Y ASTRONOMÍA REGLAMENTO PROGRAMA MAGISTER EN FISICA Y ASTRONOMÍA Artículo 1. El reglamento del programa Magíster en Física y Astronomía se rige por las disposiciones vigentes del Reglamento General de Programas de

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM. TITULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM. TITULO I De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la

Más detalles

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO GENERAL PARA LAS CONVOCATORIAS PÚBLICAS DE BECAS QUE SE IMPLEMENTEN A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL SECTOR EDUCACIÓN (PROFOR) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 1)

Más detalles

BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE PREGRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2015/16

BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE PREGRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2015/16 BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE PREGRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2015/16 El Programa Becas Iberoamérica. Estudiantes de Pregrado. Santander Universidades (en

Más detalles

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL 2012

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL 2012 PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL 2012 BASES DE LA CONVOCATORIA La Fundación SEPI (en adelante, la FUNDACIÓN), de conformidad con los términos del convenio de colaboración de fecha 19

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS MODALIDADES PARA OPTAR EL TÍTULO DE LICENCIADO EN NEGOCIOS INTERNACIONALES Monterrico, Febrero

Más detalles

REGLAMENTO PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE BECAS

REGLAMENTO PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE BECAS REGLAMENTO PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO DE BECAS Origen del Fondo El fue creado a partir del interés de CRISTIÁN SAMPER y ADRIANA CASAS en el medio ambiente. Con ocasión de su matrimonio, ellos solicitaron

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos

Más detalles

NORTH AMERICAN COLLEGE Towars a future with faith (Hacia un futuro con Fé) REGLAMENTO DE BECAS

NORTH AMERICAN COLLEGE Towars a future with faith (Hacia un futuro con Fé) REGLAMENTO DE BECAS NORTH AMERICAN COLLEGE REGLAMENTO DE BECAS ARTÍCULO 1 En conformidad a lo dispuesto en el Decreto con fuerza de ley Nº2 de Educación de 20.08.98 y lo agregado en el Artículo 2, N 6 de la ley 19.532, se

Más detalles

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES

Más detalles

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE

Más detalles

atribuciones de la Junta Académica: REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO

atribuciones de la Junta Académica: REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO CAPITULO I DE LOS FINES: Art. 1. La Junta Académica para la realización de los trabajos de grado, tendrá las siguientes finalidades: a) Sugerir

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE LA RED PERUANA DE UNIVERSIDADES

REGLAMENTO DE BECAS DE LA RED PERUANA DE UNIVERSIDADES REGLAMENTO DE BECAS DE LA RED PERUANA DE UNIVERSIDADES Artículo 1.- Definición La Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) se compromete a impulsar la formación y actualización de los docentes de

Más detalles

BASES. 1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses.

BASES. 1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses. CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE UNA BECA DE FORMACIÓN EN CONTROL INTERNO DE LA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE LAS ENTIDADES LOCALES, CON DESTINO AL DEPARTAMENTO DE INTERVENCIÓN. BASES 1ª.- El número

Más detalles

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores BASES PARA PROCESO DE SELECCIÓN CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS CAPÍTULO I Disposiciones Generales 1.1 Objeto 1.2 Modalidad de contratación 1.3 Órgano responsable 1.4 Requisitos del postulante CAPITULO

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA PROYECTO DE REGLAMENTO PARA INTERCAMBIO ACADÉMICO DE DOCENTES Y ESTUDIANTES DE LA UPSE RCS-SE-02-04-2014

UNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA PROYECTO DE REGLAMENTO PARA INTERCAMBIO ACADÉMICO DE DOCENTES Y ESTUDIANTES DE LA UPSE RCS-SE-02-04-2014 PROYECTO DE REGLAMENTO PARA INTERCAMBIO ACADÉMICO DE DOCENTES Y ESTUDIANTES DE LA UPSE RCS-SE-02-04-2014 EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República en el Art.

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO PARA DOCENTES DE LA UNL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES OBJETIVOS Artículo 1º.- Se denominan Becas de Posgrado para Docentes de la UNL a los estipendios que a título de

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISIÓN

REGLAMENTO DE ADMISIÓN TITULO I REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL REGIMEN ACADÉMICO DE LA MATRICULA Capítulo I Del proceso de admisión de estudiantes. Artículo 1.- El ingreso en los Cursos de Graduación de la UNIDA puede ser realizado

Más detalles

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA ECONÓMICAS, A. C. LINEAMIENTOS PARA INTERCAMBIOS INTERNACIONALES DE LICENCIATURA Í N D I C E I.

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA ECONÓMICAS, A. C. LINEAMIENTOS PARA INTERCAMBIOS INTERNACIONALES DE LICENCIATURA Í N D I C E I. Í N D I C E I. GENERALIDADES 2 II. DEL COMITÉ DE INTERCAMBIOS INTERNACIONALES DE LICENCIATURA 2 III. ALUMNOS CIDE EN INTERCAMBIO SEMESTRAL 3 A) DE LA CONVOCATORIA 3 B) DEL PROCESO DE SELECCIÓN 4 C) DE

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS De acuerdo con nuestra misión y visión de principios humanistas se constituye el siguiente reglamento de becas de la Universidad Libre de Costa Rica. CAPÍTULO I. DISPOSICIONES

Más detalles

UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE ADMISIÓN

UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE ADMISIÓN UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE ADMISIÓN 2015 UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO REGLAMENTO DE ADMISIÓN TITULO I GENERALIDADES ARTÍCULO 1. Este reglamento tiene por finalidad normar el

Más detalles

ARTÍCULO 5º.- Podrán aspirar a ser beneficiarios del PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM:

ARTÍCULO 5º.- Podrán aspirar a ser beneficiarios del PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM: 1 REGLAMENTO GENERAL DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º.- Las becas para estudiantes universitarios que prevé el PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS CAFAM, se asignarán

Más detalles

POLÍTICAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS DE INTERCAMBIO

POLÍTICAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS DE INTERCAMBIO POLÍTICAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS DE INTERCAMBIO 1. Alcance Este documento aplica a todos los estudiantes de la UDEM de licenciatura y postgrado que participen en cualquier modalidad de los

Más detalles

Reglamento de Becas y Financiamientos. para Estudios de Postgrado del Tecnológico de Monterrey. Esta edición de Reglamento Becas y Financiamientos

Reglamento de Becas y Financiamientos. para Estudios de Postgrado del Tecnológico de Monterrey. Esta edición de Reglamento Becas y Financiamientos Esta edición de Reglamento Becas y Financiamientos para Estudios de Postgrado del Tecnológico de Monterrey estuvo a cargo de la Dirección de Asuntos Estudiantiles del Sistema. Reglamento de Becas y Financiamientos

Más detalles

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En

Más detalles

Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.

Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Aprobada por la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado en sesión de

Más detalles

Universidad del Salvador

Universidad del Salvador Anexo I Resolución Decanal Nº 105/10 Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Finanzas Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo 1: Consideraciones

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL A LOS PROFESIONALES DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL A LOS PROFESIONALES DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL A LOS PROFESIONALES DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ CAPÍTULO I De la definición y objetivos de la Carrera Profesional Artículo

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Y ARANCELES DIFERENCIADOS

REGLAMENTO DE BECAS Y ARANCELES DIFERENCIADOS REGLAMENTO DE BECAS Y ARANCELES DIFERENCIADOS CONCEPTO Y BENEFICIARIOS DE ARANCEL DIFERENCIADO Y BECAS. Artículo 1º Se entenderá por Arancel Diferenciado, el descuento parcial otorgado por la Universidad

Más detalles

10. PRÁCTICAS EXTERNAS

10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10.1. DEFINICIÓN Las prácticas externas se configuran como actividades formativas integradas en el plan de estudios de las correspondientes enseñanzas artísticas superiores y podrán

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO PRIMERA PROMOCIÓN 2016 CONTINUIDAD

CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO PRIMERA PROMOCIÓN 2016 CONTINUIDAD CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO PRIMERA PROMOCIÓN 2016 CONTINUIDAD El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECyT) con fundamento

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LAS BECAS DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID BASE I. OBJETO Y MODALIDADES.

BASES REGULADORAS DE LAS BECAS DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID BASE I. OBJETO Y MODALIDADES. BASES REGULADORAS DE LAS BECAS DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (Aprobado en Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2005, BOCYL, nº 242, de 19 de diciembre,

Más detalles

I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES

I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES NORMAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA LOS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MATRÍCULA DE LOS PROGRAMAS DE PREGRADO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - Sede Cali- I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES

Más detalles

Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe

Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe Página 1 de 9 Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe Elaboración Aprobación: Fecha de Director General de Administración Consejo Universitario Emisión Dr, Juan Miyahira

Más detalles

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales

Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto

Más detalles

REGLAMENTO DE POSTULACIÓN Y ASIGNACIÓN DEL CRÉDITO UNIVERSITARIO DEL FONDO SOLIDARIO

REGLAMENTO DE POSTULACIÓN Y ASIGNACIÓN DEL CRÉDITO UNIVERSITARIO DEL FONDO SOLIDARIO REGLAMENTO DE POSTULACIÓN Y ASIGNACIÓN DEL CRÉDITO UNIVERSITARIO DEL FONDO SOLIDARIO TITULO I DEFINICIÓN Y OBJETIVO Artículo N 1 El Reglamento sobre Crédito Universitario del Fondo Solidario es el conjunto

Más detalles

CONSIDERANDO: REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.

CONSIDERANDO: REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO

Más detalles

Ayuntamiento de Caspe

Ayuntamiento de Caspe BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES CULTURALES Y SOCIALES 1. Objeto y finalidad.-el Excmo. convoca estas subvenciones con el objeto de colaborar económicamente con las asociaciones

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Artículo 1. Definición 1) El Trabajo Fin de Grado (TFG) es un trabajo personal y autónomo del estudiante cuya elaboración

Más detalles

REGLAMENTO ESCOLAR DEL PLAN RÍGIDO

REGLAMENTO ESCOLAR DEL PLAN RÍGIDO REGLAMENTO ESCOLAR DEL PLAN RÍGIDO 1 de 17 ÍNDICE PÁG. CAPÍTULO I... 3 CAPÍTULO - Admisión... 3 CAPÍTULO I- Reinscripción... 7 CAPÍTULO IV.- Planes de Estudio... 8 CAPÍTULO V.- Cursos de Regularización...

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO

REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas de admisión y matrícula para las carreras de Pregrado que imparte

Más detalles

Principado de Asturias

Principado de Asturias BOPA Nº 244 - Sábado, 20 de octubre de 2001 OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA Principado de Asturias RESOLUCION de 3 de octubre de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por

Más detalles

de nacionalidad, identificado(a) con N, con domicilio en nacido(a) el y de estado civil, con teléfono(s) de contacto,

de nacionalidad, identificado(a) con N, con domicilio en nacido(a) el y de estado civil, con teléfono(s) de contacto, Página 1-6 YO,, de nacionalidad, identificado(a) con N, con domicilio en, nacido(a) el y de estado civil, con teléfono(s) de contacto, patrocinado por (de ser el caso), identificado(a) con N, en lo referente

Más detalles

CONVENIO DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS en el extranjero

CONVENIO DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS en el extranjero CONVENIO DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS en el extranjero El presente convenio regula la relación entre: La Universidad de Reims Champagne-Ardenne, Representada por su Rector, Richard VISTELLE, Y segundada por

Más detalles

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado

Más detalles

UNJu. VISTO el Expediente R-Nº 1478/06 por el cual Rectorado, solicita modificación del Reglamento de Becas de la Universidad Nacional de Jujuy, y

UNJu. VISTO el Expediente R-Nº 1478/06 por el cual Rectorado, solicita modificación del Reglamento de Becas de la Universidad Nacional de Jujuy, y Res. 317-06 SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de diciembre de 2006 VISTO el Expediente R-Nº 1478/06 por el cual Rectorado, solicita modificación del Reglamento de Becas de la Universidad Nacional de Jujuy, y CONSIDERANDO:

Más detalles

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA NORMATIVA ACADÉMICA BÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LOS MÁSTERES OFICIALES Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007 Modificadas por Consejo de Gobierno de 27 de febrero

Más detalles

REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO

REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO REGLAMENTO DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGO JUNIO 2014 TABLA DE CONTENIDO CAPÍTULO NO. 1 DISPOSICIONES GENERALES... 3 CAPÍTULO NO. 2 DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO... 4 CAPÍTULO NO. 3 DE LOS REQUISITOS

Más detalles

Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos:

Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos: ORDEN DE 14 DE MARZO DE 1988 PARA LA APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 104/1988, DE 29 DE ENERO, SOBRE HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES CONDICIONES GENERALES EQUIVIDA Compañía de Seguros y Reaseguros S. A. En adelante denominada la Compañía y el Contratante celebran este contrato por un (1) año,

Más detalles

REGLAMENTO DE MATRICULA DE LAS CARRERAS DE PRE-GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACA. DECRETO EXENTO Nº 155 DE 27 DE FEBRERO DE 1995.

REGLAMENTO DE MATRICULA DE LAS CARRERAS DE PRE-GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACA. DECRETO EXENTO Nº 155 DE 27 DE FEBRERO DE 1995. REGLAMENTO DE MATRICULA DE LAS CARRERAS DE PRE-GRADO DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACA. DECRETO EXENTO Nº 155 DE 27 DE FEBRERO DE 1995. TITULO I : DE LA MATRICULA ARTICULO 1º Para adquirir la calidad de alumno

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE BECAS DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE BECAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.-La Universidad Tecnológica de Altamira, por el presente ordenamiento establecerá y regulará la forma para otorgar apoyos económicos denominados becas.

Más detalles

La Paz, 31 de Marzo de 1999

La Paz, 31 de Marzo de 1999 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA IS/No. 046/99 La Paz, 31 de Marzo de 1999 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, la Ley de Propiedad y Crédito Popular de 15 de junio de 1998, en su Artículo 35 crea la Superintendencia

Más detalles

REGLAMENTO DE DIPLOMADO DE POSTGRADO

REGLAMENTO DE DIPLOMADO DE POSTGRADO REGLAMENTO DE DIPLOMADO DE POSTGRADO DE LA Aprobado según Resol. Nro.160-2015-UPT-CU Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3 Definición Los Diplomados de Postgrado son programas

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS DE EXCELENCIA DEL GOBIERNO DE MÉXICO PARA EXTRANJEROS 2016

CONVOCATORIA DE BECAS DE EXCELENCIA DEL GOBIERNO DE MÉXICO PARA EXTRANJEROS 2016 CONVOCATORIA DE BECAS DE EXCELENCIA DEL GOBIERNO DE MÉXICO PARA EXTRANJEROS 2016 TEMA : Diversas Especialidades LUGAR : México IDIOMA : Español DURACIÓN : De acuerdo al programa. A partir de 2016. CÓDIGO

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS COOPEUCH HIJOS DE SOCIOS

REGLAMENTO DE BECAS COOPEUCH HIJOS DE SOCIOS REGLAMENTO BECAS COOPEUCH LTDA. -------------------------- REGLAMENTO DE BECAS COOPEUCH HIJOS DE SOCIOS I. DE LA CONVOCATORIA ARTÍCULO 1 La Cooperativa del Personal de la Universidad de Chile (Coopeuch

Más detalles

ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL B.O.E. DE 8 DE JUNIO DE 2011) A los organismos de origen de los beneficiarios

Más detalles

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE ESTUDIOS AVANZADOS A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES

Más detalles

ANEXO. Grado en Traducción e Interpretación de la Universidad de Salamanca

ANEXO. Grado en Traducción e Interpretación de la Universidad de Salamanca 1 ANEXO Convenio específico de colaboración académica y cultural entre la Universidad de Salamanca (España) y la Universidad de Estudios Extranjeros de Kobe (Japón) Grado en Traducción e Interpretación

Más detalles

UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO:

UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO: UNIVERSIDAD SALVADOREÑA ALBERTO MASFERRER USAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE MAESTRÍA CONSIDERANDO: 1) Que el Art. 17 del Reglamento General de la Ley de Educación Superior establece la facultad para

Más detalles

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI IBERIA FP 2009

PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI IBERIA FP 2009 PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI IBERIA FP 2009 BASES DE LA CONVOCATORIA La Fundación SEPI (en adelante, la FUNDACIÓN), de conformidad con los términos del Convenio de Colaboración de fecha 17 de mayo de 2007 suscrito

Más detalles

BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO COMO AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL PARA CUBRIR NECESIDADES COYUNTURALES.

BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO COMO AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL PARA CUBRIR NECESIDADES COYUNTURALES. Primero. Objeto. Constituye el objeto de las presentes bases la regulación del procedimiento de selección para la constitución de una bolsa de trabajo referida a Agente de Empleo y Desarrollo Local, en

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO COLEGIO CRISTIANO CONOSUR

REGLAMENTO DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO COLEGIO CRISTIANO CONOSUR REGLAMENTO DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO COLEGIO CRISTIANO CONOSUR El Colegio Cristiano Conosur, consciente de las necesidades económicas que afectan a la comunidad escolar y de acuerdo con las

Más detalles

UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional

UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional 28/08/2008 03/12/2014 Cada cinco años 1 de 8 ÍNDICE Alcance 2 CAPÍTULO I. De las disposiciones generales 2 CAPÍTULO II. De los requisitos de admisión 2 CAPÍTULO III. De las equivalencias y revalidaciones

Más detalles