PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL
|
|
- Hugo Vidal Núñez
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y. ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID
2 Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a. (Procedente del Real Decreto Ley 11/2013, de 2 de agosto). PUBLICACIÓN: BOE del 1 de marzo de ENTRADA EN VIGOR: el día siguiente al de su publicación en el BOE. I.- Modificaciones en materia de protección del trabajo a tiempo parcial Objetivos: a) Dar cobertura adecuada a todas las personas que realizan una actividad laboral o profesional. b) Mantener los principios de contributividad, proporcionalidad y equidad que caracterizan el sistema español de Seguridad Social. c) Mantener la equidad respecto a la situación de los trabajadores a tiempo completo. Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 2
3 d) Evitar situaciones fraudulentas o irregulares, así como evitar la desincentivación de la cotización al Sistema Medidas Mantiene las medidas adoptadas por el Real Decreto Ley 11/2013, de 2 de agosto. Modificación de la disposición adicional séptima del texto refundido de la LGSS. a) Relativas al período de cotización. Se crea el coeficiente de parcialidad que consiste en el porcentaje de la jornada realizada a tiempo parcial respecto de la jornada realizada por un trabajador a tiempo completo comparable. Dicho coeficiente se aplicará sobre el período de alta con contrato a tiempo parcial. El resultado será el número de días que se considerarán efectivamente acreditados en cada período. A los mismos se les sumarán, caso de haberlos, los días cotizados a tiempo completo. El resultado será el total de días de cotización acreditados computables para el acceso a las prestaciones. Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 3
4 Se crea el coeficiente global de parcialidad que será el porcentaje que representa el número de días trabajados y acreditados como cotizados conforme al sistema expuesto en los párrafos anteriores, sobre el total de días en alto a lo largo de toda la vida laboral del trabajador. Si se trata del subsidio por IT, el cálculo del coeficiente global de parcialidad se hará solo sobre los últimos cinco años. Para el subsidio por maternidad y paternidad, se calculará sobre los últimos siete años o, en su caso, sobre toda la vida laboral. El período mínimo de cotización exigido a los trabajadores a tiempo parcial para cada una de las prestaciones económicas que lo tengan establecido será el resultado de aplicar al período regulado con carácter general el coeficiente global de parcialidad. b) Relativas a la base reguladora. A efectos de jubilación y de IP derivada de enfermedad común, el número de días cotizados se incrementará con la aplicación del coeficiente del 1,5, sin que el número de días resultante pueda ser superior al período de alta a tiempo parcial. El porcentaje a aplicar sobre la base reguladora se determinará conforme a la escala general del artículo de la LGSS y a la disposición transitoria 21, con la siguiente excepción: Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 4
5 Cuando el interesado acredite un período de cotización total inferior a quince años (considerando la suma de los días a tiempo completo con los días a tiempo parcial incrementados con el coeficiente del 1,5) el porcentaje a aplicar sobre la base reguladora será el equivalente al que resulte de aplicar a 50 el porcentaje que represente el período de cotización acreditado por el trabajador sobre quince años. II.- Empleo y protección por desempleo. Se establece el requisito de estar inscrito como demandante de empleo para tener derecho a la prestación y la obligación de mantener la inscripción durante todo el período de duración de la misma. Se establecen dos supuestos nuevos de suspensión de la percepción de la prestación por desempleo: a) En los casos de traslado al extranjero para búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período de doce meses previa comunicación a la entidad gestora y autorización de esta; b) En los casos de estancia en el extranjero de hasta noventa días (no necesariamente continuados) previa comunicación y autorización de la entidad gestora. Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 5
6 No se consideran estancia ni traslado de residencia la salida al extranjero por tiempo no superior a quince días naturales por una sola vez cada año. Cuando se produzca una causa de extinción o suspensión del derecho a la prestación o al subsidio por desempleo, el trabajador estará obligado a entregar en la oficina de empleo la documentación acreditativa. III.- Modificaciones en materia laboral. Se modifican los artículos 40, 41, 47, 51 y 82 relativos a las siguientes cuestiones: Artículo 40.2, movilidad geográfica; Artículo 41.4, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo; Artículo 47.1, suspensión del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor; Artículo 51.2 y 4, despido colectivo; Artículo 82.3, concepto y eficacia de los convenios colectivos. Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 6
7 En todos estos casos, se establece una única comisión negociadora para el período de consultas. Dicha comisión representativa de los trabajadores debe quedar constituida antes del inicio del período de consultas, sin que su falta de constitución impida la apertura ni el transcurso de dicho período. Asimismo, su constitución una vez iniciado el mismo no implica la ampliación del mismo. Su número está limitado a trece miembros. Además, en el caso del artículo 51 ET las modificaciones también afectan a la regulación de la caducidad del procedimiento por falta de comunicación de la decisión empresarial, a la notificación de los despidos individuales y a la información que debe facilitar la empresa. IV.- Modificación de la Ley Concursal. Se modifica el artículo 64.2 y 6 de la Ley Concursal. En el artículo 64.2 desaparece la prioridad de los representantes de los trabajadores, caso de haberlos, para llevar la representación de los trabajadores en el procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo y extinciones o suspensiones colectivas, otorgándose la misma a los sujetos indicados en el nuevo artículo 41.4 del ET. Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 7
8 El artículo 64.6 establece las mayorías de los representantes de los trabajadores teniendo en cuenta las modificaciones efectuadas en relación con la comisión negociadora. V.- Modificación de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Se modifica el artículo 124.3, 6, 11 y 13 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, que establece el proceso de impugnación de los despidos colectivos. La interposición de la demanda por el empresario suspende los plazos de caducidad de la acción individual de despido. La sentencia declarará nula la decisión extintiva únicamente cuando el empresario no haya realizado el período de consultas o entregado la documentación prevista en el artículo 51.2 del ET o no haya respetado el procedimiento establecido en el artículo 51.7 del mismo texto legal u obtenido la autorización del juez del concurso cuando esté legalmente prevista, así como cuando la medida empresarial se haya efectuado en vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas. Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 8
9 El proceso de reclamación individual se modifica, para limitarlo, en aspectos sustanciales, dependiendo de que el despido colectivo se haya impugnado por el procedimiento regulado en los apartados anteriores o no se haya impugnado: En el caso de no haber impugnación el cómputo del plazo de caducidad de la acción individual dará comienzo una vez transcurrido el plazo de ejercicio de la acción por los representantes de los trabajadores y se intentan cerrar las causas de nulidad (se establecen como numerus clausus); En caso de haber impugnación el plazo de caducidad de la acción individual empezará a correr desde la firmeza de la sentencia dictada en el procedimiento de despido colectivo o, en su caso, desde la conciliación judicial; dicha sentencia o acuerdo tendrán eficacia de cosa juzgada sobre los procesos individuales que quedarán limitados a aquellas cuestiones individuales que no hayan sido objeto de la demanda de proceso de despido colectivo; se establece la nulidad de las extinciones que no respeten las prioridades de permanencia establecidas de manera legal, convencional o pactada en el período de consultas. Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 9
10 Se modifica también el artículo ET para incluir en la modalidad de ejecución regulada en dicho artículo la ejecución del despido colectivo en el que la decisión empresarial colectiva haya sido declarada nula. VI.- Disposiciones transitorias. Disposición transitoria primera.- Régimen transitorio de las prestaciones de la Seguridad Social respecto de trabajadores a tiempo parcial denegadas y en trámite. Se establece la aplicación retroactiva del artículo 5.1 del Real Decreto Ley a aquellas prestaciones que hubiesen sido denegadas con anterioridad a su entrada en vigor por no acreditar el período mínimo de cotización exigido. Ello sin perjuicio del período máximo de retroactividad de tres meses desde la nueva solicitud con el límite de la entrada en vigor del RD. Será de aplicación a las prestaciones cuya solicitud se encuentre en trámite en la fecha de entrada en vigor del RDLey. Disposición transitoria segunda.- Régimen aplicable a procedimientos y expedientes en tramitación. Los procedimientos de movilidad geográfica, modificación sustancial de condiciones de trabajo, inaplicación de las condiciones de trabajo Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 10
11 previstas en el convenio colectivo aplicable así como los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y de reducción de jornada en tramitación a la entrad en vigor del RDLey se regirán por la normativa vigente en el momento de su inicio. La modificación de la Ley Concursal será aplicable a los procedimientos concursales en curso para la tramitación del expediente y adopción de las medidas que se soliciten desde entonces. Los ERES resueltos por la autoridad laboral, ya sean extintivos, suspensivos o de reducción de jornada, se regirán por la normativa en vigor cuando se dictó la resolución del expediente. Disposición transitoria tercera.- Régimen aplicable a los despidos colectivos por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción o derivadas de fuerza mayor. Las modificaciones relativas a despidos colectivos serán de aplicación respecto de los procesos que se inicien a partir de la entrada en vigor del RDLey. VII.- Disposición final cuarta. Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 11
12 Modificación del RD 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada. Artículos 3.1; 4.5; 6.1 y 2; 17.2; 19.1 y 2; 26; 27 y 28. Modifica el artículo 3.1 introduciendo dos nuevos apartados, el f) y el g) dirigidos a establecer la obligación de añadir a la comunicación del inicio del período de consultas la copia de la comunicación que se haya dirigido a los trabajadores o a sus representantes para iniciar al procedimiento de despido colectivo y la identificación de los representantes de los trabajadores que integrarán la comisión negociadora o la falta de constitución de esta en los plazos legales. Iguales prevenciones se establecen en el artículo 17.2 sobre la comunicación de apertura del período de consultas. En el artículo 4.5 se exime a las multinacionales de la obligación de presentar cuentas consolidadas auditadas de la sociedad dominante cuando la que inicie el procedimiento forme parte de un grupo de empresas cuya sociedad dominante tenga su domicilio en España. El artículo 26, relativo a los sujetos legitimados para intervenir como interlocutores ante la dirección de la empresa en el procedimiento de consultas, se reduce a un único apartado para establecer que serán legitimados solamente los indicados en el artículo 41.4 del ET. Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 12
13 Se modifica el artículo 27 para establecer que la consulta se llevará a cabo en una única comisión negociadora, aunque en el caso de existir varios centros de trabajo quedará circunscrita a los centros afectados por el procedimiento. Se establece la obligación de que dicha comisión establezca en el acta de constitución su carácter colegiado para la formación de su voluntad y vinculante en cuanto a sus decisiones. El artículo 28 se adapta a las modificaciones realizadas en el 26 sobre la comisión negociadora. Asimismo, para la fijación de las mayorías se considerará el porcentaje de representación que tenga cada uno de sus integrantes. En Madrid, a 14 de abril de OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. C/ Serrano 11, entreplanta Tlf: Ext observatoriojusticia@icam.es Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Página 13
IRPF- rentas exentas: indemnizaciones despido (Ley 35/2006):
MEDIDAS FISCALES INCLUIDAS EN LA LEY 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES DE REFORMA LABORAL LEY 3/2012 BOE 07-07-2012 LA LEY 3/2012 ENTRA EN VIGOR: 08-07-2012 IRPF- rentas exentas: indemnizaciones despido (Ley
Más detallesDE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS, POR DESPIDO COLECTIVO Y OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN.
Arts. 120 a 124 de la Ley de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social CAPÍTULO IV. DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS, POR DESPIDO COLECTIVO Y OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN. SECCIÓN I. EXTINCIÓN
Más detallesPLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREAS PROCESALES
PLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREAS PROCESALES 2015 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN...3 2. PENAL...3 3. SOCIAL...4 4. CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO... 6 5.
Más detallesINFORME REALIZADO POR LA ASESORIA FISCAL SOBRE EL REAL DECRETO LEY 4/2013
INFORME REALIZADO POR LA ASESORIA FISCAL SOBRE EL REAL DECRETO LEY 4/2013 Les informamos de las principales novedades incluidas en el Real Decreto-Lev 4/2013, que entró en vigor el 24-02-2013 en relación
Más detallesPROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO
PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO (Artículos 1 a 15 del R.D. 1483/2012, según redacción dada por el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y
Más detallesPLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO 2012
PLAZOS PROCESALES DURANTE EL MES DE AGOSTO 2012 OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREAS PROCESALES ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID El artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
Más detallesNovedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social
LS-07-14 Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social La publicación del Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar
Más detallesMEDIDAS URGENTES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
MEDIDAS URGENTES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL Real decreto ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO
PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO Madrid, 19 de Marzo de 2013 SUMARIO: 1. COMPATIBILIDAD EN LA PERCEPCION DE LA PENSION DE JUBILACION Y EL TRABAJO POR CUENTA
Más detallesREBES&FERRER ADVOCATS
Apreciados clientes, El pasado 28 de febrero de 2015 se publicó en el B.O.E. el Real decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero de mecanismos de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas
Más detallesLEY 36/2011, DE 10 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA JURISDICCIÓN SOCIAL
LEY 36/2011, DE 10 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA JURISDICCIÓN OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. PROPUESTA
Más detallesIntegración del Régimen Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social. Ley 28/2011 de 22 de septiembre 20 de diciembre de 2011.
Integración del Régimen Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social. Ley 28/2011 de 22 de septiembre 20 de diciembre de 2011. La Ley 28/2011 de 22 de septiembre (BOE del 23) procede
Más detallesACTUALIDAD INFORMATIVA
MODIFICACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE PROTECCIÓN POR DESEMPLEO, DEL REAL DECRETO LEY 20/2012 DE 13 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD
Más detallesNUEVO REGLAMENTO DE EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL
OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL NUEVO REGLAMENTO DE EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas
Más detallesNOTA MONOGRÁFICA I ÁREA LABORAL
NOTA MONOGRÁFICA I ÁREA LABORAL Marzo de 2013 MODIFICACIONES LEGISLATIVAS INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO-LEY 5/2013, DE 15 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS
Más detallesModificación de la gestión de la IT derivada de enfermedad común o accidente no laboral
Modificación de la gestión de la IT derivada de enfermedad común o accidente no laboral OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se
Más detallesBUFETE ESCURA 1905. La Reforma Laboral: modificaciones destacables
BUFETE ESCURA 1905 Circular nº 30/10 - Julio 2010 www.escura.com Pagina 1/5 La Reforma Laboral: modificaciones destacables La publicación en el BOE del Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas
Más detallesNOTA INFORMATIVA NOVEDADES PARA AUTÓNOMOS
NOTA INFORMATIVA NOVEDADES PARA AUTÓNOMOS Órgano de Gobierno: Circular general asociados FEHR Fecha: 14.09.2015 La semana pasada el BOE dio a luz a la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica
Más detallesSector Estatal Comunicaciones
Sector Estatal Comunicaciones Adherida a Informe SITUACION NORMATIVA DE LA JUBILACION ANTICIPADA FORZOSA Y VOLUNTARIA TRAS RD-LEY 5/2013 DE MEDIDAS PARA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE TRABAJADORES DE
Más detallesCONCLUSIONES FORO LABORAL
CONCLUSIONES FORO LABORAL OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL ACOSO EN EL TRABAJO Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social ILUSTRE COLEGIO DE
Más detallesINFORESTUDIO ASESORIA JURIDICO LABORAL, S.L.
CIRCULAR: REAL DECRETO LEY 3/2012 MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL MEDIDAS PARA FAVORECER LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES: Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje
Más detallesMedidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva.
Medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva. 1 Os comunicamos hoy la publicación en el B.O.E del Real Decreto-Ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación
Más detallesMODIFICACIONES 2013 EN MATERIA DE JUBILACIÓN ENVEJECIMIENTO ACTIVO
LS-15-13 MODIFICACIONES 2013 EN MATERIA DE JUBILACIÓN ENVEJECIMIENTO ACTIVO Se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral
Más detallesCAPÍTULO IV.- MEDIDAS PARA FAVORECER LA EFICIENCIA DEL MERCADO DE TRABAJO Y REDUCIR LA DUALIDAD LABORAL.
Resaltamos a continuación los aspectos más importantes de los Capítulos IV (Medidas para favorecer la eficiencia del mercado de trabajo y reducir la dualidad laboral) y del Capítulo V (Modificaciones de
Más detallesU N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA
U N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA 20.01.2010 Ref: LAB10006 Dept: Juridic-Laboral UPM C I R C U L A R L A B O R A L MEDIDAS PARA EL MANTENIMIENTO Y FOMENTO DEL EMPLEO Mediante la Ley 27/2009, de 30 de diciembre,
Más detallesCUESTIONES GENERALES
CUESTIONES GENERALES OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LEY 1/2013, DE 14 DE MAYO, DE MEDIDAS PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS, REESTRUCTURACIÓN DE
Más detallesCircular fiscal agosto 2012 Reforma Laboral 2012. Rentas exentas en el IRPF. Indemnizaciones por despido o cese del trabajador
Reforma Laboral 2012. Rentas exentas en el IRPF. Indemnizaciones por despido o cese del trabajador La reforma laboral ha introducido una importante modificación tanto en la cuantía de las indemnizaciones
Más detallesMINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm. 140 [pág. 25368](castellano)
RCL 2007\951 Legislación (Disposición Vigente a 2/10/2008) Real Decreto 615/2007, de 11 mayo MINISTERIO TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES BOE 12 mayo 2007, núm. 114, [pág. 20602]; rect. BOE 12 junio 2007, núm.
Más detallesB) Disposiciones y Actos
B) Disposiciones y Actos Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid 1910 Acuerdo de 11 de octubre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se adapta la regulación sobre la prestación
Más detallesEngloban tanto los convenios que afectan a toda la plantilla de una empresa como a parte de la misma.
RELACIONES LABORALES La fuente de información es la Estadística de Convenios Colectivos, que elabora la Subdirección General de Estadística del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para los datos referidos
Más detallesZUGASTI ABOGADOS www.zugasti-abogados.com
APROBADA LA NUEVA TARIFA PLANA EN LA COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA FOMENTAR LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES INDEFINIDOS Con efectos desde el pasado 25 de febrero de 2014, las empresas y autónomos
Más detallesNORMATIVA > PRESTACIONES. PROCEDIMIENTO.
NORMATIVA > PRESTACIONES. PROCEDIMIENTO. El Fondo de Garantía Salarial, organismo autónomo del Ministerio de Trabajo e Inmigración abonará las siguientes prestaciones salariales e indemnizatorias conforme
Más detallesREAL DECRETO LEY 4/2013, DE 22 DE FEBRERO, DE MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO (BOE 23-02-13)
REAL DECRETO LEY 4/2013, DE 22 DE FEBRERO, DE MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO (BOE 23-02-13) Tomás Sala Franco Director de Formación de Abdón Pedrajas
Más detallesCirculares S & C Abogados www.abogadossyc.com
Fecha: 28-10-2015 Materia: Legislación Publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto
Más detallesLEGAL FLASH I ÁREA LABORAL
LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL Marzo de 2014 REAL DECRETO-LEY 3/2014, DE 28 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA (BOE 1 DE MARZO DE 2014) ÍNDICE INTRODUCCIÓN
Más detallesMINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA
SECRETARIA, DE ESTADO DE ECONOMIA Y En relación con su consulta sobre adaptación de las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones
Más detallesLEY 27/2011, DE 1 DE AGOSTO, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.- DISPOSICIÓN FINAL 12ª. 2.a).
LEY 27/2011, DE 1 DE AGOSTO, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.- DISPOSICIÓN FINAL 12ª. 2.a).- Instrucciones Tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley
Más detallesI. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL EMPLEO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Fomento del empleo: la Tarifa reducida
I. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL EMPLEO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL Fomento del empleo: la Tarifa reducida CARACTERÍSTICAS Mínimo exento de 500 euros mensuales en la cotización a la Seguridad Social para favorecer
Más detallesCircular. Reglamento de las empresas de trabajo temporal. Núm. 26/2015. Barcelona, jueves, 9 de julio de 2015
Núm. 26/2015 Reglamento de las empresas de trabajo temporal. Barcelona, jueves, 9 de julio de 2015 Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, núm. 147, de fecha 20 de junio de 2015, el Real Decreto
Más detallesCIRCULAR REFORMA LABORAL JULIO 2012
www.escura.com Pagina 1/5 CIRCULAR REFORMA LABORAL JULIO 2012 Con motivo de la publicación, el pasado 7 de julio de 2012 de la LEY 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (que entró
Más detallesFICHAS DE LEGISLACIÓN
FICHAS DE LEGISLACIÓN OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL LEY 17/2014, DE 30 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE REFINANCIACIÓN Y ÍNDICE I.
Más detallesReal Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social 1
Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social 1 El sábado 28 de febrero de 2015, se ha publicado en el BOE
Más detallesLA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS.
LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS. 14/04/2014 LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACLARA LA COTIZACIÓN DE DETERMINADOS CONCEPTOS
Más detallesCONCLUSIONES ACUMULACIÓN DE LA ACCIÓN DE DIVORCIO, SEPARACIÓN O NULIDAD DEL MATRIONIO Y DE LA ACCIÓN DE DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN
CONCLUSIONES OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL ACUMULACIÓN DE LA ACCIÓN DE DIVORCIO, SEPARACIÓN O NULIDAD DEL MATRIONIO Y DE LA ACCIÓN DE DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN ÍNDICE
Más detallesTarifa Plana de 100 euros a la contratación de trabajadores
Tarifa Plana de 100 euros a la contratación de trabajadores En ésta circular conocerá los detalles sobre la Tarifa Plana de 100 euros a la contratación de trabajadores indefinidos, una de las medidas estrella
Más detallesPORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS
PORCENTAJE ADICIONAL POR RETRASO DE LA EDAD JUBILACIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS AUTORES: GRUPO DE INVESTIGACIÓN EN PENSIONES Y PROTECCIÓN SOCIAL: E. DEVESA, M. DEVESA, I. DOMÍNGUEZ,
Más detallesILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MADRID
ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MADRID NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO COLEGIAL DE SOCIEDADES PROFESIONALES APROBADAS POR ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO DE 4 DE MARZO DE 2008 * Modificadas por Acuerdo
Más detallesQué medidas principales se han aprobado? REAL DECRETO-LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA
QUEROL & QUEROL ASSESSORS, S.L MORELLA FORCALL VILLAFRANCA - CANTAVIEJA C/ VIRGEN DEL ROSARIO Nº 15 12300 MORELLA (CASTELLÓN) TELF. 964.160.958 FAX 964.173.290 REAL DECRETO-LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO,
Más detallesBUFETE ESCURA 1905 PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS
BUFETE ESCURA 1905 Circular nº 38/10 - Octubre 2010 www.escura.com Pagina 1/6 PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS Con fecha 6 de agosto de 2010 se publicó en el BOE la Ley 32/2010,
Más detallesUNIÓ PATRONAL METAL LÚRGICA
UNIÓ PATRONAL METAL LÚRGICA 31.07.2012 Ref: LAB12015 Dept: Juridic-Laboral UPM CIRCULAR LABORAL LEY 3/2012 REFORMA DEL MERCADO LABORAL Mediante la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la
Más detallesBASE DE COTIZACIÓN PARA EL EJERCICIO 2013
BASE DE COTIZACIÓN PARA EL EJERCICIO 2013 1 Determinación de la base de cotización: No experimenta cambios respecto al ejercicio 2012 Tope máximo y mínimo de cotización: El tope máximo de la base de cotización
Más detallesNOVEDADES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL 2014.
NOVEDADES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL 2014. Para este año, las principales novedades laborales y de Seguridad Social, son las siguientes: - Salario Mínimo Interprofesional: Se fija en 21,51 euros/día,
Más detallesSOCIEDADES LABORALES. Regula el Registro Administrativo de Sociedades Laborales.
MINISTERIO PRESIDENCIA. BOE 14 octubre 1998, núm. 246/1998 [pág. 33988] SOCIEDADES LABORALES. Regula el Registro Administrativo de Sociedades Laborales. El artículo 2 de la Ley 4/1997, de 24 de marzo (RCL
Más detallesPrincipales novedades
REAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO SOBRE MEDIDAS URGENTES DEL MERCADO DE TRABAJO Principales novedades La presente nota tiene como objeto señalar las principales novedades que introduce la Ley 3/2012,
Más detallesNUEVA REGULACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS PERSONAS QUE TRABAJAN EN EL SERVICIO DOMÉSTICO
Definición. Cuándo hay relación laboral de servicio del hogar?: Se considera relación laboral especial del servicio del hogar familiar la que conciertan el titular del mismo, como empleador, y el empleado
Más detallesCOOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO (S. COOP.) SOC. LIMITADAS LABORALES (S.L.L.) ASOCIACIONES
DEFINICIÓN Constituye un tipo de sociedad, con regulación propia, en la que el protagonismo corresponde a sus socios trabajadores, por delante de la participación que posean en el capital de la misma.
Más detallesPROGRAMA DE AYUDAS A TRABAJADORES QUE SE CONSTITUYAN POR CUENTA PROPIA O CONTRATEN A TRABAJADORES DESEMPLEADOS PARA EL AÑO 2015
PROGRAMA DE AYUDAS A TRABAJADORES QUE SE CONSTITUYAN POR CUENTA PROPIA O CONTRATEN A TRABAJADORES DESEMPLEADOS PARA EL AÑO 2015 NORMATIVA ACUERDO de 2 de octubre de 2014, del Consejo de Gobierno, por el
Más detallesLA LEY DE IGUALDAD. A continuación procedemos a exponer las novedades más importantes:
LA LEY DE IGUALDAD Recientemente ha entrado en vigor la LEY ORGANICA 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, conocida popularmente como la Ley de Igualdad, que introduce
Más detalles1. OBJETO Y RÉGIMEN DE CONCESIÓN DE LAS AYUDAS 2. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
12-2013 Noviembre, 2013 REAL DECRETO 908/2013, DE 22 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS ESPECIALES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS A TRABAJADORES AFECTADOS POR PROCESOS DE REESTRUCTURACIÓN
Más detallesque sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.
Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca
Más detallesSOCIEDADES LABORALES Y PARTICIPADAS. Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas
OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL SOCIEDADES LABORALES Y LABORAL PARTICIPADAS Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS
Más detalles1.1.- EXENCIÓN DE LAS PRESTACIONES POR DESEMPLEO EN LA MODALIDAD DE PAGO ÚNICO
info Publicación de actualidad normativa Nº 23 Septiembre 2013 MEDIDAS DE CARÁCTER TRIBUTARIO Y LABORAL DE APOYO A LA EMPRENDEDURÍA, DE ESTÍMULO AL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO. (Real
Más detallesRESUMEN MEDIDAS EMPLEO AUTONOMO LEY 31/2015, DE 9 DE SEPTIEMBRE
RESUMEN MEDIDAS EMPLEO AUTONOMO LEY 31/2015, DE 9 DE SEPTIEMBRE Norma objeto de resumen y entrada en vigor. Con fecha 10 de septiembre de 2015 el Boletín Oficial del Estado publicaba la Ley 31/2015, de
Más detallesTipos de procesos de incapacidad temporal en función de su duración estimada
NUEVOS MODELOS DE PARTES DE ALTA/BAJA DE INCAPACIDAD TEMPORAL A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2015 A partir del próximo 1 de diciembre de 2015 será cuando todos los médicos de los Servicios Públicos de
Más detallesLAS PRINCIPALES CONSECUENCIAS DE LA REFORMA FISCAL EN EL ÁMBITO LABORAL
LAS PRINCIPALES CONSECUENCIAS DE LA REFORMA FISCAL EN EL ÁMBITO LABORAL JAVIER RAGUÉ SANTOS DE LAMADRID 8 DE MAYO DE 2015 ASPECTOS FISCALES DE LA EXTINCIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO IRPF Exención de
Más detallesESTATUTO DE LOS TRABAJADORES
ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Las modificaciones más importantes son las introducidas en los artículos que se detallan a continuación, resaltando sólo lo más llamativo de la mencionada reforma, remitiéndose
Más detallesORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CREDITOS TRIBUTARIOS Y DEMAS DE DERECHO PUBLICO
ORDENANZA GENERAL SOBRE APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL COBRO DE CREDITOS TRIBUTARIOS Y DEMAS DE DERECHO PUBLICO Artículo 1- El Ayuntamiento de Vila-real, de acuerdo con lo establecido en el artículo
Más detallesIMPACTO ECONOMICO EMPRESARIAL ÚLTIMAS MEDIDAS APROBADAS POR EL GOBIERNO RESPECTO A LA COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL.
IMPACTO ECONOMICO EMPRESARIAL ÚLTIMAS MEDIDAS APROBADAS POR EL GOBIERNO RESPECTO A LA COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL. Los costes empresariales por cotizaciones a la Seguridad Social en 2014 sufren un
Más detallesAPUNTES DE URGENCIA SOBRE LA REFORMA LABORAL DE 2010 (BOE 17-6-2010). ASPECTOS MÁS RELEVANTES
APUNTES DE URGENCIA SOBRE LA REFORMA LABORAL DE 2010 (BOE 17-6-2010). ASPECTOS MÁS RELEVANTES ANTONIO ÁVILA GUTIÉRREZ / RAFAEL RUIZ CALATRAVA I.- CONTRATOS TEMPORALES 1.- Por obra: Se establece una duración
Más detallesResumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012
Resumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012 Real Decreto Ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar
Más detalles5. Suspensión de contratos en el marco de un ERE
3 5. Suspensión de contratos en el marco de un ERE 5.1. Causas y procedimiento Las causas por las que puede procederse a esta suspensión de contratos son las mismas que justifican la adopción de medidas
Más detallesConsulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de. Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN
1/6 Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de LA LEY 2339/2014 Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN La entidad consultante, extinguió su
Más detallesLA ATENCIÓN EN LA MUTUA
LA ATENCIÓN EN LA MUTUA si el médico de la mutua te da el alta y no estás conforme? Lo primero es rellenar la hoja de reclamaciones de la mutua (si dispones de sindicato, abogado o conoces a algún médico
Más detallesREFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN
REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN La aprobación definitiva de la Reforma Laboral, mediante la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ha introducido alguna
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA
Núm. 241 Sábado 6 de octubre de 2012 Sec. I. Pág. 71363 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE JUSTICIA 12482 Real Decreto 1333/2012, de 21 de septiembre, por el que se regula el seguro de responsabilidad
Más detallesProtección por cese de actividad de los trabajadores autónomos
Protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos Entrada en vigor El 2 de noviembre de 2011, con efectos desde el 1 de noviembre de 2011 Para los trabajadores por cuenta propia agrarios entrará
Más detallesA cargo de Profª. Dra. Susana Moreno Cáliz
A cargo de Profª. Dra. Susana Moreno Cáliz Encuadramiento en el Real Decreto 3/2012 Contrato de emprendedores: Naturaleza. Finalidad. Contrato para jóvenes? Régimen jurídico. Elementos novedosos y diferenciadores.
Más detallesLEY 13/1996, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL ARTÍCULO 12: IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
Ley 13/1996, de 30 de julio, de medidas fiscales y otras. Artículo 12: Impuesto sobre las Primas de Seguros - 1 - LEY 13/1996, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL
Más detallesTÍTULO II. Estatuto de los concejales. Capítulo I Derechos y deberes
Artículo 5. Organización. El órgano de dirección del Pleno es su presidente, que en el desarrollo de sus funciones contará con la asistencia de la Secretaría General del Pleno y la Junta de Portavoces.
Más detallesTÍTULO I MATRICULACIÓN EN LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA. La Universidad de Córdoba permite dos tipos de matrícula en los estudios de Grado o Máster:
Normas de permanencia y tipos de matrícula para los estudios de Grado y Máster de la Universidad de Córdoba Aprobado en Consejo de Gobierno de 04/03/2011 y Consejo Social de 14/04/2011 La Ley Orgánica
Más detalles1.-ASPECTOS A DESTACAR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2013
1.-ASPECTOS A DESTACAR DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2013 1.1 OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO Se fija una tasa de reposición de efectivos como límite del 10% en las Administraciones públicas
Más detalles1. ORDEN ESS/106/2014, DE 31 DE ENERO, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS NORMAS LEGALES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2014
3-2014 Enero, 2014 ORDEN DE COTIZACIÓN PARA 2014 Y NORMAS ESPECIALES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PREVIAS A LA JUBILACIÓN ORDINARIA A TRABAJADORES AFECTADOS POR PROCESOS DE REESTRUCTURACIÓN En el presente
Más detallesFICHAS DE LEGISLACIÓN
OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA NORMATIVA FICHAS DE LEGISLACIÓN ÍNDICE I. FICHA NORMATIVA...3 II. ASPECTOS MÁS RELEVANTES...4 a.- Contenido:...4 Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
Más detallesGUIA LABORAL Y FISCAL 2012: TRABAJAR COMO INGENIERO
PRIMERA PARTE CAPÍTULO IV TRABAJAR CUMPLIDOS LOS 65 AÑOS Cumplir 65 años implica alcanzar la edad de jubilación. Llegado este momento, el ingeniero analizará la posibilidad de continuar realizando su actividad
Más detallesCIRCULAR LABORAL 2-2015
CIRCULAR LABORAL 2/2015 MECANISMO DE SEGUNDA OPORTUNIDAD, REDUCCIÓN DE CARGA FINANCIERA Y OTRAS MEDIDAS DE ORDEN SOCIAL BOE 28/02/2015 PDF de la disposición Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo
Más detallesDERECHO LABORAL (60 SESIONES) Coordinador: Sr.Enrique García Echegoyen. Abogado.
DERECHO LABORAL (60 SESIONES) Coordinador: Sr.Enrique García Echegoyen. Abogado. A.-LA RELACIÓN LABORAL CASO PRÁCTICO: Distinción entre relación laboral y no laboral Contenido: Estudio de la relación laboral,
Más detallesEL REGISTRO COLEGIAL DE SOCIEDADES PROFESIONALES
EL REGISTRO COLEGIAL DE SOCIEDADES PROFESIONALES 1. OBJETO Y AMBITO DE APLICACION: a) Será obligatoria la inscripción en el Registro de sociedades profesionales del Colegio de Abogados de Murcia de todas
Más detallesCONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente, o pensionistas
Más detallesCon carácter general es una reducción y en el caso de jóvenes inscritos en el SNGJ es una bonificación.
INFORME SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 1/2105, DE 27 DE FEBRERO En el BOE del sábado 28 de Febrero se ha publicado el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de Febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción
Más detallesGuía Jubilación 2015. Secretaría de Política Social
Guía Jubilación 2015 Secretaría de Política Social PUEDO JUBILARME EN EL 2015? CÓMO SE CALCULARÁ LA CUANTÍA DE MI PENSIÓN EN ESTE AÑO 2015? EXISTE UNA PENSIÓN MÍNIMA DE JUBILACIÓN? A QUIÉN TENGO QUE COMUNICAR
Más detallesLo indicado en los dos párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás supuestos de jubilación voluntaria legalmente previstos.
ÁREA DE (Disposición Vigente a 18/11/2008, en todo lo que no se oponga al Estatuto Básico del Empleado Público ni a la Ley Orgánica de Universidades.) Ley 27/1994, de 29 septiembre BOE 30 septiembre 1994,
Más detallesII. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL
II. COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Régimen General y Regímenes Especiales de la S. Social 18.- En mi empresa vamos a contratar a un trabajador de 16 años. Existe alguna peculiaridad respecto a la cotización
Más detallesNOVEDADES LEGISLATIVAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA LEY 14/2013 13 diciembre 2013 NORMATIVA ANTERIOR EN RELACIÓN A EMPRENDEDORES Ley 3/2012, de 6 de julio (BOE 8-VII-12) de medidas urgentes para
Más detallesLey de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015
Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 Se acaba de publicar el día 30 de diciembre de 2014, la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015
Más detallesLey 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida.
Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida. (BOE núm. 242, de 7 de octubre de 2009) Última actualización: 17 de noviembre
Más detallesÚLTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS EN EL ORDEN LABORAL DE 2014
LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL Enero de 2015 ÚLTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS EN EL ORDEN LABORAL DE 2014 ÍNDICE INTRODUCCION 2 LEY 34/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS EN MATERIA DE LIQUIDACIÓN E INGRESO
Más detallesModificaciones Ley 3/2012 y RDL 20/2012 sobre la obligación de cotización y tributación de las indemnizaciones por despido
Modificaciones Ley 3/2012 y RDL 20/2012 sobre la obligación de cotización y tributación de las indemnizaciones por despido Jordi Muria López Graduado Social Profesor Asociado Universidad Rovira i Virgili
Más detallesCUESTIONES PROCESALES EN LA JURISDICCIÓN SOCIAL
CUESTIONES PROCESALES EN LA JURISDICCIÓN SOCIAL OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL LABORAL Despido Seguridad Social Preguntas frecuentes sobre otras materias ÍNDICE 1.- CUESTIONES
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detalles18989 ORDEN PRE/3606/2004, de 4 de noviembre,
BOE núm. 268 Sábado 6 noviembre 2004 36809 18989 ORDEN PRE/3606/2004, de 4 de noviembre, por la que se aprueban las instrucciones para la confección de las nóminas de contribuciones al Plan de pensiones
Más detalles