DERECHOS Y BENEFICIOS LABORALES DEL RÉGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA
|
|
- Amparo Parra Barbero
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 DERECHOS Y BENEFICIOS LABORALES DEL RÉGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA ABG. JOSÉ LUIS CARPIO QUINTANA Zona Trabajo Mollendo
2 REGISTRO EN PLANILLAS
3 PLANILLAS ELECTRÓNICAS D.S. Nº TR. Los empleadores deberán registrar a sus trabajadores en las planillas electrónicas, independientemente que se trate de un contrato por tiempo indeterminado, sujeto a modalidad, agrario o a tiempo parcial.
4 PLANILLAS ELECTRONICAS Los empleadores que cuenten con uno (01) o más prestadores de servicios deberán llevar las Planillas electrónicas donde registraran a sus trabajadores, este trámite se realiza de manera electrónica ante SUNAT
5 COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS
6 Trabajadores comprendidos Tienen derecho a la C.T.S. los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que cumplan los siguientes requisitos: Haber cumplido efectivamente el primer mes de servicios. Cumplir una jornada mínima de cuatro horas diarias.
7 Trabajadores excluidos Los trabajadores sujetos a regímenes especiales tales como: construcción civil, pescadores, artistas, trabajadores del hogar, MYPES y casos análogos. Los trabajadores que perciban el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios.
8 Días computables Son computables los días de trabajo efectivo, excepcionalmente: Inasistencias motivadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional hasta 60 días. Los días de descanso pre y post natal. La suspensión de la relación laboral con pago de remuneración por el empleador. Los días de huelga, siempre que no haya sido declarada improcedente.
9 Remuneración computable Son remuneración computable: la remuneración básica y todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador en dinero o en especie, como contraprestación a su labor, cualquiera sea la denominación que se le de, siempre que sea de su libre disposición.
10 Remuneración no computable Las gratificaciones extraordinarias u otros pagos que perciba el trabajador ocasionalmente. Cualquier forma de participación en las utilidades de la empresa. La canasta de Navidad o similares. Asignación por educación, cumpleaños, matrimonio, nacimiento de hijos, fallecimiento u otros. El valor del transporte que esté supeditado a la asistencia al centro del trabajo. El refrigerio que no constituya alimentación principal.
11 Depósitos Semestrales Desde el el depósito debía efectuarse en los primeros quince días naturales de los meses de mayo y noviembre de cada año, a razón de tantos dozavos de la remuneración computable percibida por el trabajador en los meses de abril y octubre respectivamente, como meses completos haya laborado en el semestre respectivo. La fracción de mes se deposita por treintavos. Efectuado el depósito queda cumplida y pagada la obligación, sin perjuicio de los reintegros que debe efectuarse en caso de depósitos diminutos.
12 Disponibilidad del 80% para vivienda A solicitud del trabajador podrá utilizar, en forma excepcional, hasta el 80% del total de C.T.S. y sus intereses, destinándolo a la adquisición, construcción, mejoramiento de vivienda o adquisición de terreno, sólo dentro de los programas Techo Propio, Mi Vivienda y cualquier otro promovido por el Min. de Vivienda.
13 Disponibilidad Temporal de CTS Ley Nº El objeto es devolver a la CTS su naturaleza de seguro de desempleo. Depósitos mayo 2010, podrá disponerse hasta el 40%. Depósitos noviembre 2010, podrá disponerse hasta el 30%.
14 Intangibilidad de la CTS Ley Nº A partir de mayo 2011 y hasta la extinción del vinculo laboral los trabajadores podrán disponer solo del 70% del excedente de 6 remuneraciones brutas. Los empleadores deberán comunicar a las instituciones financieras respecto del monto intangible de cada trabajador.
15 GRATIFICACIONES LEGALES
16 GRATIFICACIONES Corresponden dos gratificaciones al año: fiestas patrias y navidad, que se pagan en la primera quincena de julio y diciembre, respectivamente. Corresponde a todos los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada cualquiera sea su contratación.
17 REQUISITOS Estar efectivamente laborando en el mes que corresponde percibir el pago, durante la quincena de julio y diciembre, o estar en uso del descanso vacacional, de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo subsidios de la seguridad social. Haber laborado por lo menos un mes completo en el período.
18 MONTO La remuneración que perciba el trabajador vigente al 30 de junio o 30 de noviembre. Si no laboró el semestre completo, se pagará la gratificación en forma proporcional a los meses completos laborados.
19 GRATIFICACIÓN TRUNCA El trabajador que no tenga vínculo laboral vigente en la fecha de la oportunidad de pago, pero hubiera laborado como mínimo un mes en el semestre respectivo, percibirá la gratificación trunca en forma proporcional a los meses laborados.
20 REMUNERACIÓN COMPUTABLE Se considera remuneración a la remuneración básica y a todas las cantidades que regularmente percibe el trabajador en dinero o en especie, cualquiera sea la denominación que se le de, siempre que sea de libre disponibilidad.
21 VACACIONES
22 RECORD VACACIONAL El año de labor exigido se computa desde el ingreso del trabajador. Se considera días efectivamente laborados: La jornada diaria mínima de cuatro horas y los días de descanso. Las horas de sobretiempo en 04 o más en un día. Las inasistencias por enfermedad común, accidentes de trabajo o enfermedades de trabajo, siempre que no supere 60 días al año. El pre y post natal. El permiso sindical. Las inasistencias autorizadas por ley. El período vacacional correspondiente al año anterior. Los días de huelga que no haya sido declarada improcedente o ilegal.
23 OPORTUNIDAD DEL DESCANSO Este será cuando se haya cumplido el record vacacional. La remuneración es equivalente a la que viene percibiendo el trabajador habitualmente, de igual forma que la C.T.S. La remuneración vacacional será abonada al inicio del descanso vacacional
24 TRABAJADORES QUE NO GOZAN VACACIONES Los trabajadores en caso de no disfrutar de las vacaciones en el año siguiente a aquel en que adquiere el derecho, percibirá: Una remuneración por el trabajo realizado (sólo si no se abonó en el mes laborado). Una remuneración por el descanso vacacional no gozado. Una remuneración como indemnización.
25 UTILIDADES
26 TRABAJADORES CON DERECHO Trabajadores del Régimen Laboral de la Actividad Privada. Laborar en empresas que generen rentas de tercera categoría. Contar con contrato a tiempo indeterminado, sujeto a modalidad o a tiempo parcial.
27 PORCENTAJE DE DISTRIBUCION Empresas Pesqueras 10% Empresas de Telecomunicaciones 10% Empresas Industriales 10% Empresas Mineras 8% Empresas de Comercio al por mayor y al por menor y Restaurantes 8% Empresas que realizan otras actividades 5%
28 FORMA DE DISTRIBUCION 50% será distribuido en función a los días laborados por cada trabajador, entendiéndose como tal los días real y efectivamente trabajados. 50% se distribuirá en proporción a las remuneraciones de cada trabajador.
29 EMPRESAS EXCLUIDAS Se encuentran excluidas de la participación en las utilidades, de acuerdo a su modalidad, las Cooperativas, las empresas autogestionarias, las sociedades civiles y las empresas que no excedan de veinte (20) trabajadores.
30 LIMITE DE DISTRIBUCION La participación que pueda corresponderle a los trabajadores tendrá respecto de cada trabajador, como límite máximo, el equivalente a 18 (dieciocho) remuneraciones mensuales que se encuentren vigentes al cierre del ejercicio.
31 PLAZO PARA LA DISTRIBUCIÓN Sera distribuida dentro de los 30 días naturales siguientes al vencimiento del plazo señalado para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta. Vencido este plazo y previo requerimiento de pago por escrito, genera intereses.
32 ASIGNACION FAMILIAR
33 BENEFICIARIOS Y PORCENTAJE Tienen derecho a percibir asignación familiar los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, en un porcentaje equivalente al 10% del ingreso mínimo legal.
34 REQUISITO PARA SU PERCEPCIÓN Tener a su cargo uno o más hijos menores de 18 años. En el caso de que el hijo al cumplir la mayoría de edad se encuentre efectuando estudios superiores o universitarios, este beneficio se extenderá hasta que termine dichos estudios, hasta un máximo de 6 años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.
35 REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
36 CONTENIDO Admisión o ingreso de los trabajadores. Las jornadas y horarios de trabajo, tiempo de la alimentación principal. Normas de control de asistencia al trabajo. Normas de permanencia en el puesto conteniendo: permisos, licencias e inasistencias. Modalidad de los descansos semanales. Derechos y obligaciones del empleador. Derechos y obligaciones del trabajador. Normas tendientes al fomento y mantenimiento de la armonía entre trabajadores y empleadores. Medidas disciplinarias. Persona o dependencia encargada de atender los asuntos laborales y la tramitación de los mismos. Normas elementales que se deben observar dentro del desarrollo de la actividad laboral, con la finalidad de cautelar la higiene y seguridad en el trabajo, e indicaciones para evitar accidentes u otros riesgos profesionales, así como las instrucciones respectivas para prestar los primeros auxilios. Las demás disposiciones que se consideren convenientes de acuerdo a la actividad de la empresa.
37 OBLIGADOS Están obligados a contar con Reglamento Interno de Trabajo todo empleador que ocupe más de cien (100) trabajadores.
38 SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO
39 ENTIDADES EMPLEADORAS OBLIGADAS Las que realizan las actividades señaladas en el Anexo 5 del D.S SA. Están comprendidas en esta obligación: Cooperativas de trabajadores Empresas de servicios especiales Contratistas y subcontratistas Instituciones de intermediación o provisión de mano de obra.
40 ENTIDADES EMPLEADORAS OBLIGADAS Las entidades empleadoras que contraten obras, servicios o mano de obra provenientes de las entidades descritas anteriormente, están obligadas a verificar que todos los trabajadores destacados en su centro de trabajo estén debidamente asegurados conforme al D.S SA.
41 ENTIDADES EMPLEADORAS OBLIGADAS En caso contrario, contratarán el seguro por cuenta propia a fin de garantizar la cobertura a dichos trabajadores, so pena de responder solidariamente con tales empresas proveedoras, frente al trabajador afectado, a ESSALUD y a la ONP por las obligaciones previstas.
42 ASEGURADOS OBLIGATORIOS La totalidad de los trabajadores del centro de trabajo en el cual se desarrollan las actividades de riesgo previstas en el Anexo Nº 5 del D.S SA y ampliadas en las Normas Técnicas del SCTR según D.S. Nº SA, sean empleados u obreros, eventuales, temporales o permanentes.
43 COBERTURAS DEL SCTR PRESTACIONES DE SALUD (COBERTURA DE SALUD) EsSALUD EPS (Entidad Prestadora de Salud) PRESTACIONES ECONÓMICAS (COBERTURA DE INVALIDEZ Y SOBREVIVENCIA) ONP (Oficina de Normalización Previsional) Compañías de Seguros
44 ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO Según Anexo Nº 5 del D.S. N o SA (Reglamento de la Ley 26790) y ampliadas en el DS Nº SA (Normas Técnicas del SCTR): Extracción de madera Pesca Petróleo crudo y gas natural Extracción de otros minerales Industria del Tabaco Fabricación de textiles Cuero y sucedáneos Madera y corcho Sustancias químicas industriales Fabricación de otros productos químicos
45 ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO Refinerías de petróleo Productos derivados del petróleo y carbón Fabricación de productos de vidrio Fabricación de otros productos minerales Industria básica del hierro y acero Industria básica de metales no ferrosos Fabricación de productos metálicos Construcción de maquinarias Electricidad gas y vapor Construcción Transporte aéreo Servicios de saneamiento Serviciós médicos, odontológicos, sanidad, veterinaria.
46 REGISTRO PERMANENTE DE CONTROL DE ASISTENCIA Y SALIDA
47 ÁMBITO DE APLICACIÓN Todo empleador sujeto al régimen laboral de la actividad privada, esta obligado a tener el Registro Permanente de Control de Asistencia y Salida, en el que los trabajadores consignarán de manera personal su tiempo de labores. La obligación incluye a las personas bajo modalidades formativas y los destacados por empresas de intermediación laboral. No existe la obligación para trabajadores: De dirección; los que no se encuentran sujetos a fiscalización inmediata; y, los que prestan servicios intermitentes durante el día.
48 TRABAJADORES EXCEPTUADOS DE LA OBLIGACION De dirección: Aquél que ejerce la representación general del empleador frente a otros trabajadores o terceros, o que lo sustituye o comparte con aquél las funciones de administración y control o cuya actividad y grado de responsabilidad depende el resultado de la actividad empresarial. Que prestan servicios intermitentes de espera custodia y vigilancia. Aquellos que regularmente prestan servicios efectivos de manera alternada con lapsos de inactividad. No sujetos a fiscalización inmediata: Los que realizan sus labores o partes de ellas sin supervisión inmediata del empleador o que lo hacen parcial o totalmente fuera del centro de trabajo, acudiendo a él para dar cuenta de su trabajo y realizar las coordinaciones pertinentes.
49 FORMA O MEDIO DE LLEVAR EL REGISTRO El control de asistencia puede ser llevado en: Soporte físico o digital. Los empleadores deben adoptar medidas de seguridad que no permitan su adulteración, deterioro o pérdida. Obligación de conservar los registros de asistencia: Hasta por 5 años después de ser generados. En el lugar del centro de trabajo donde se establezca el control de asistencia, debe exhibirse a todos los trabajadores de manera permanente, el horario de trabajo vigente, la duración del tiempo de refrigerio y los tiempos de tolerancia, de ser el caso
50 CONTENIDO DEL REGISTRO Debe contener la siguiente información mínima : Nombre, denominación o razón social del empleador Número del RUC del empleador. Nombre y número del documento obligatorio de identidad (DNI) del Trabajador. Fecha, hora y minuto del ingreso y salida de la jornada de trabajo (y del tiempo de refrigerio). Las horas y minutos de permanencia fuera de la jornada de trabajo.
51 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY Nº D S TR
52 PRINCIPIO DE PREVENCIÓN El empleador garantiza en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores y de aquellos que no teniendo vinculo laboral prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores.
53 PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD El empleador asume las implicancias económicas, legales y de cualquier otra índole a consecuencia de una accidente o enfermedad que sufra el trabajador en el desempeño de sus funciones o a consecuencia de el.
54 PRINCIPIO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD Los trabajadores que sufran algún accidente de trabajo o enfermedad ocupacional tienen derecho a las prestaciones de salud necesarias y suficientes hasta su recuperación y rehabilitación
55 MEDIDAS DE PREVENCIÓN ELIMINAR PELIGROS Y RIESGOS TRATAMIENTO CONTROL O AISLAMIENTO MINIMIZAR EQUIPO DE PROTECCIÓN ADECUADOS
56 GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO La gestión de la seguridad y salud en el trabajo es responsabilidad del empleador, quien asume el liderazgo y compromiso de estas actividades, debiendo adoptar las medidas necesarias para que todo trabajador esté capacitado para asumir deberes y obligaciones relativos a la seguridad y salud, estableciendo programas de capacitación y entrenamiento.
57 COMITÉ DE SEGURIDAD La norma ha señalado la obligatoriedad que todo centro laboral que cuente con 20 o mas trabajadores deberán constituir un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo; Este estará constituido en forma paritaria. En los centros de trabajo con menos de 20 trabajadores, son los mismos trabajadores quienes nombraran al supervisor de seguridad y salud en el trabajo.
58 REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Las empresas con 20 o mas trabajadores están obligadas a elaborar su Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
59 ACTORES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ESTADO SST EMPLEADOR TRABAJADOR
60 SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Legislación Instructivos de aplicación Capacitación Trabajador Sano Trabajador Sano Programas de Calidad Protección Personal Programas de Vigilancia
61 ACCIDENTES E INCIDENTES Los empleadores deberán comunicar al Ministerio de Trabajo los accidentes mortales y los incidentes peligrosos, dentro de las 24 horas de producidos. Los demás accidentes de trabajo el empleador los comunicará al centro de salud en el que el trabajador es atendido y este los comunicará al Ministerio de Trabajo hasta el último día hábil del mes siguiente.
62 Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos Las entidades empleadoras deben contar con un registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos ocurridos en el centro de labores. Deben mantenerse dichos archivos por espacio de 10 años.
63 PARALIZACIÓN DE LABORES Si se comprueba que la inobservancia de la normativa de seguridad y salud en el trabajo implica un riesgo grave e inminente, el inspector podrá ordenar la paralización inmediata, pudiendo el empleador subsanarlo en forma inmediata.
64 INFRACCIONES INCUMPLIMIENTO DE NORMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEVES GRAVES MUY GRAVES
65 GRACIAS
Pago de gratificación por Navidad: régimen general
Pago de gratificación por Navidad: régimen general Voces: Remuneración Remuneración computable Gratificación legal Gratificación proporcional. I. GRATIFICACIÓN ORDINARIA 1. Trabajadores remunerados mensualmente
Más detallesPago de gratificación por Navidad
ECB LABORAL Pago de gratificación por Navidad I. GRATIFICACIÓN ORDINARIA 1. TRABAJADOR DE REMUNERA- CIÓN MENSUAL En el presente caso un trabajador con carga familiar cuenta con más de 6 meses de servicios
Más detallesCASOS PRÁCTICOS. Gratificación por Fiestas patrias Régimen general
CASOS PRÁCTICOS Gratificación por Fiestas patrias Régimen general voces: computable Gratificación legal Gratificación proporcional. En este informe especial desarrollamos casos prácticos de la gratificación
Más detalles8. GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD
8. GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD - Ley Nº 27735 (El Peruano: 28.05.02) - D.S. Nº 005-2002-TR (El Peruano: 04.07.02) 8.1 ALCANCES BÁSICOS DE LA LEY 8.1.1 TIENEN DERECHO A LA GRATIFICACIÓN
Más detallesCOMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS. Clotilde Atahuaman Sumarán
COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS CASO Nº 1 Juan tiene una jornada de 3 horas y media diaria, de lunes a viernes. Nos consulta si tiene derecho a la CTS. La empresa Multirex S.A.A. tiene trabajadores
Más detallesCOMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS 1. Qué es la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)? Es un beneficio social de previsión de las posibles contingencias que origine el cese en el trabajo y de promoción
Más detallesLAS GRATIFICACIONES DE NAVIDAD. Dr. Raul Eduardo Mucha García
LAS GRATIFICACIONES DE NAVIDAD Dr. Raul Eduardo Mucha García NORMAS LEGALES Ley de Gratificaciones Ley Nº 27735 (28.05.2002) Reglamento de la Ley de Gratificaciones D.S. N 005-2002-TR (04.07.2002) TRABAJADORES
Más detallesENTREGA DE LA LIQUIDACIÓN Y CONSTANCIA DE DEPOSITO DE LA CTS. 1. Qué es la Compensación por tiempo de servicios (CTS)?
ENTREGA DE LA LIQUIDACIÓN Y CONSTANCIA DE DEPOSITO DE LA CTS I.- PAGO DE LA CTS 1. Qué es la Compensación por tiempo de servicios (CTS)? La CTS tiene como propósito fundamental prever el riesgo que origina
Más detallesCERTIFICACIÓN PARA CAJEROS
CERTIFICACIÓN PARA CAJEROS TÉCNICAS DE VENTA Tema: COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS Docente: ROGER TAHUA Alumnos: JORGE, CANALES OCSA KHIMBERLY, DIAZ MOLINA ALEJANDRA, DIAZ MOLINA AREQUIPA-PERÚ COMPENSACIÓN
Más detallesGRATIFICACIONES. Ley Nº y Decreto Supremo Nº TR Ley Nº y Ley Nº 29714
GRATIFICACIONES Ley Nº 27735 y Decreto Supremo Nº 005-2002-TR Ley Nº 29351 y Ley Nº 29714 las gratificaciones son aquellas sumas de dinero que el empleador otorga al trabajador en forma adicional a la
Más detallesSEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO
SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO Qué es el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo? Es el seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales creado por la Ley Nº 26790 (Modernización
Más detallesDESCANSOS REMUNERADOS
DESCANSOS REMUNERADOS Base Legal: Decreto Legislativo N 713 de 7.11.1991 Decreto Supremo N 012-92 92-TR de 2.12.1992 Ley N 26331 de 17.07.1994 Derechos que comprende: Descanso Semanal Obligatorio Descanso
Más detallesNOVEDADES WEB. Pago de gratificación por Navidad: I. Gratificación Ordinaria. f. Total a pagar S/.3684,20
NOVEDADES WEB Pago de por Navidad: RÉGIMEN GENERAL Voces: Gratificación Proporcional Aguinaldo Gratificaciones. I. Gratificación Ordinaria 1. Trabajadores remunerados mensualmente 1.1. Trabajadores que
Más detallesCómo calcular el depósito de CTS del primer período anual 2015? ( al ) c. Información adicional (1) e. Importe a depositar
Práctica Laboral Cómo calcular el depósito de CTS del primer período anual 2015? (01.11.2014 al 0.04.2015) CASO N 1 DEPÓSITO POR SEMESTRE COMPLETO -TRABAJADOR CON REMUNERACIÓN FIJA- Procederemos a realizar
Más detallesCOMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS)
COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) BASE LEGAL Texto Único Ordenado del D. Leg. N 650 Reglamento de la Ley de Compensación n por Tiempo de Servicios. D.S. N 004-97 97-TR Ley N 28051, Ley de Prestaciones
Más detallesANTECEDENTES VACACIÓNES
VACACIÓNES ANTECEDENTES Ley Nº 7505. 15 días de vacaciones. 1932 Ley Nº 8563. 30 días de vacaciones Empleados. 1937 Ley Nº 13693. 30 días de vacaciones Obreros. 1961 VACACIÓNES Decreto Legislativo N 713
Más detallesJORNADA DE TRABAJO, HORARIOS Y TRABAJO EN SOBRETIEMPO
JORNADA DE TRABAJO, HORARIOS Y TRABAJO EN SOBRETIEMPO PROTECCION DEL DERECHO NORMA INTERNACIONAL Convenio N 1 de la OIT sobre Horas de Trabajo, ratificado mediante Resolución Legislativa N 10195 de 23.03.1945
Más detallesCASO 1. TRABAJADORES CON
CASOS PRÁCTICOS Distribución de la participación en las utilidades CASO 1. TRABAJADORES CON JORNADA COMÚN En el presente caso práctico se utilizará como ejemplo la empresa "Tio Bigote S.A.", con domicilio
Más detallesOperatividad Laboral. Sección Laboral. Cómo declarar en la Planilla Electrónica los pagos realizados a ex-trabajadores (por ejemplo, utilidades)?
Operatividad Laboral Cómo declarar en la Planilla Electrónica los pagos realizados a ex-trabajadores (por ejemplo, utilidades)? 1. INTRODUCCIÓN Cuando finaliza un vínculo laboral, los pagos que se generan
Más detallesClotilde Atahuaman Sumarán
ESSALUD ASEGURADOS REGULARES ACREDITACIÓN CONYUGE ALTA BAJA ACREDITACIÓN CONCUBINA ESCRITURA PÚBLICA DE UNIÓN DE HECHO RESOLUCIÓN JUDICIAL RECONOCIMIENTODE UNIÓN DE HECHO ACREDITACIÓN HIJO MENOR DE EDAD
Más detallesALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Reglamento del Decreto Legislativo Nº 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada DECRETO SUPREMO Nº 012-92-TR (Publicado: 03.12.1992) EL
Más detallesDECRETO LEGISLATIVO 713
Calle Las Garzas 250, San Isidro Telefax (511) 222-3815 93501119 93501120 93501122-93501123 central@galvezconsultores.com www.galvezconsultores.com DECRETO LEGISLATIVO 713 Consolida Legislación sobre Descansos
Más detallesI. PAGO DE GRATIFICACIÓN DE NAVIDAD. En este caso consideramos a un trabajador que cuenta con más de 6 meses de
CASOS PRÁCTICOS PAGO DE GRATIFICACIONES Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, tienen derecho a percibir dos gratificaciones en el año, una por Fiestas Patrias y otra por
Más detallesDOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA UNA BUENA GESTIÓN SSMA DE UNA EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA UNA BUENA GESTIÓN SSMA DE UNA EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN Una empresa de construcción y montaje debe contar básicamente con lo siguiente: 1. Política de Seguridad, Salud Ocupacional
Más detallesASPECTOS LEGALES DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Abril, 2013
ASPECTOS LEGALES DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Abril, 2013 Riesgos Salud EsSalud y/o EPS Gestión de seguridad y Salud en el Trabajo Sistema de Protección en una Organización Riesgos Patrimoniales
Más detallesDECRETO SUPREMO N TR
Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada DECRETO SUPREMO N 012-92-TR CONCORDANCIA: R.
Más detallesDIRECCIÓN REGIONAL TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO MOQUEGUA JORNADA DE TRABAJO
JORNADA DE TRABAJO Cuál es el marco normativo actual de la Jornada de Trabajo en el Perú? Las normas que reconocen y regulan la Jornada de Trabajo en el Perú son las siguientes: Artículo 24 de la Constitución
Más detallesCASOS PRÁCTICOS. Trabajadores con jornada común. 30 Febrero 2016 Nº 74
CáLCulo de la PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES Voces: Régimen laboral privado Beneficios sociales - en las utilidades - computable - Tiempo computable - Jornada de trabajo. es con jornada
Más detalles2. Se encuentra sujeta a la aportación al Sistema Nacional de Pensiones (SNP)?
INFORME N. 080-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas con relación a la diferencia entre la prestación económica de ESSALUD y la remuneración mensual del trabajador contratado
Más detallesPLANILLA DE TRABAJADORES CONSTRUCCION CIVIL Y OTROS REGIMENES LABORALES
PLANILLA DE TRABAJADORES CONSTRUCCION CIVIL Y OTROS REGIMENES LABORALES Para la Industria de la Construcción Civil o Negociación Colectiva en Construcción Civil 2012-2013 entre representantes de la Cámara
Más detallesInforme Especial. Pago de subsidios del ESSALUD (Segunda Parte) I. Registro y declaración de subsidios en la planilla electrónica
CONTENIDO Pago de subsidios del ESSALUD (Segunda Parte) I. Registro y declaración de subsidios en la planilla electrónica G1 II. Tutorial del PDT 601 sobre registro y declaración G3 III. Aplicación práctica
Más detallesRÉGIMEN LABORAL ESPECIAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA I. BREVES REFERENCIAS SOBRE SUNAFIL El nuevo Sistema de Inspección del Trabajo Dicta las política públicas y planes nacionales en materia de empleo
Más detallesLEY Nº DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
LEY Nº 27986 DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Ámbito de aplicación La presente Ley regula las relaciones laborales de los trabajadores del hogar. Artículo
Más detallesReglamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas complementarias en minería (Decreto Supremo Nº EM): Artículos 163º y 183º
Consolidan la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada DECRETO LEGISLATIVO Nº 713 (Publicado: 08.11.1991) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesPARTICIPACIÓN EN LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES
1 Empresas obligadas a distribuir utilidades Los trabajadores de las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría participan en las utilidades de la empresa, mediante
Más detallesINFORME ESPECIAL PLANILLA ELECTRONICA
INFORME ESPECIAL PLANILLA ELECTRONICA Por: Juan Carlos Benavente Teixeira Jorge García Huaroto I. ANTECEDENTES: EL RTPS.- Con fecha 24 de diciembre de 2005 fue publicado en el Diario Oficial El Peruano,
Más detallesDepósitos de CTS del semestre noviembre 2012 - abril 2013
Depósitos de CTS del semestre noviembre 2012 - abril 2013 El TUO de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, D.S. Nº 001-97-TR (01.03.97), y su Reglamento, D.S. Nº 004-97-TR (15.04.97), disponen
Más detallesCOMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS -CTS
COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS -CTS BASE LEGAL Decreto Supremo Nº 001-97-TR TUOdelaCTS Decreto Supremo Nº 004-97-TR ReglamentodeTUOdelaCTS Ley Nº 29352 (01.05.09) Decreto Supremo Nº 016-2010-TR (25.12.10)
Más detallesRemuneraciones. 5 de abril de 2012
Remuneraciones 5 de abril de 2012 Remuneración: Contraprestación en dinero o en especie que percibe el trabajador a raíz de la relación de trabajo con el empleador Código del Trabajo Art. 41: Se entiende
Más detalles3.4.- DESCANSOS REMUNERADOS I. INTRODUCCIÓN
3.4.- DESCANSOS REMUNERADOS I. INTRODUCCIÓN Los descansos remunerados son los periodos de tiempo en el cual existe una suspensión imperfecta de labores, esto es que el trabajador no presta el servicio
Más detallesSITUACION LABORAL Y SINDICAL EN EL SECTOR AGRO EXPORTADOR. Lima, 2 de noviembre 2015
SITUACION LABORAL Y SINDICAL EN EL SECTOR AGRO EXPORTADOR Lima, 2 de noviembre 2015 EXPORTACIONES DEL PERU: 200-2014 EXPORTACIONES FOB, POR GRUPO DE PRODUCTOS (Valores FOB en millones de US$) 2000 2001
Más detalless Explicación legal s Casos Prácticos s Dinámica contable
Sumario GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS s Explicación legal s Casos Prácticos s Dinámica contable CÁLCULO DE LA GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS Gratificación por Fiestas Patrias s EPLICACIÓN LEGAL
Más detalles1. Es obligatorio el registro de las horas ordinarias de los trabajadores en la PLAME?
1. Es obligatorio el registro de las horas ordinarias de los trabajadores en la PLAME? Efectivamente, a partir de la declaración correspondiente al mes de febrero del 2016 (periodo tributario enero 2016),
Más detallesArtículo 2. Modificación de los artículos 3 y 6 del Decreto Legislativo Artículo 3. Definción del Contrato Administrativo de Servicios
Ley 29849 Ley 29849 Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales (Publicado el viernes 06 de abril del 2012) Publicado : 06/04/2012
Más detallesÍNDICE GENERAL. Capítulo 1
ÍNDICE GENERAL Presentación... 5 Capítulo 1 CONCEPTOS PRELIMINARES: EL PERSONAL Y SU CONTRATACIÓN I. El trabajador y el vínculo laboral... 9 1. Vínculo laboral... 9 1.1. Acreditación del vínculo laboral
Más detallesII PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN LABORAL
II PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN LABORAL OBJETIVO APLICACIÓN PRÁCTICA - 60 HORAS LECTIVAS Capacitar al personal respecto a la normatividad laboral aplicable al sector privado, examinando las reglas vigentes
Más detallesPago de gratificación por navidad: Régimen general
ECB LABORAL Pago de gratificación por navidad: Régimen general En vista a que nos encontramos cercanos a la fecha de pago de la gratificación por Navidad, a continuación desarrollaremos los siguientes
Más detallesSUNAFIL: PARTICIPACIÓN EN LAS UTILIDADES - CASUÍSTICA Alberto Munayco Conde Inspector de Trabajo INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANA
SUNAFIL: PARTICIPACIÓN EN LAS UTILIDADES - CASUÍSTICA Alberto Munayco Conde Inspector de Trabajo INTENDENCIA DE LIMA METROPOLITANA PARTICIPACIÓN EN LAS UTILIDADES BASE LEGAL 1. D.LEG.677 (09.10.1991),
Más detallesPs. Juan Cossio Brazzan
Centro Nacional DERECHOS DEL TRABAJADOR DE SALUD EN EL MARCO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Ley N 29783. Ps. Juan Cossio Brazzan CENSOPAS Centro Nacional. La protección de los riesgos profesionales
Más detallesEl empleado interno dispone de dos horas de descanso para las comidas principales, no computable como tiempo de trabajo.
CONTRATACIÓN ESCRITA La contratación será escrita siempre que el contrato tenga una duración superior a 4 semanas. Si no hay contrato escrito, la contratación se entenderá efectuada por tiempo indefinido
Más detallesAprueban Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo DECRETO SUPREMO Nº TR
Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo DECRETO SUPREMO Nº 007-2002-TR CONCORDANCIAS: D.S. N 008-2002-TR (REGLAMENTO) D.S. Nº 004-2006-TR (Disposiciones
Más detallesCOTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL
COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL 1 Qué es la cotización? Es una actividad en virtud de la cual los sujetos obligados aportan recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social. cuota. Sus elementos
Más detallesCálculo de la CTS, semestre mayo - octubre 2012
ECB LABORAL Cálculo de la CTS, semestre mayo - octubre 2012 Régimen general 1. Trabajadores remunerados mensualmente a. Trabajadores que perciben remuneración fija y permanente a.1. Trabajador que ha laborado
Más detallesCONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO. Dirección Regional del Trabajo de Los Ríos
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Dirección Regional del Trabajo de Los Ríos I. DEL CONTRATO DE TRABAJO Tipos De Trabajadores Contrato de Trabajo Independientes: Ejercen una actividad sin depender de empleador
Más detallesEspecial Gratificaciones. Casos Prácticos
Especial Gratificaciones Casos Prácticos Régimen general Voces: legal proporcional. I. GRATIFICACIÓN ORDINARIA 1. Trabajadores remunerados mensualmente 1.1. Trabajadores que perciben remuneración fija
Más detallesMODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY N 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N TR DECRETO SUPREMO
MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY N 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N 005-2012-TR DECRETO SUPREMO Nº 006-2014-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Más detalles4. Las personas que prestan servicios de cuarta categoría por un día, También se deben declarar en el PDT Planilla Electrónica - PLAME?
PREGUNTAS FRECUENTES DE PDT PLANILLA ELECTRÓNICA PLAME P.S. CUARTA CATEGORÍA 1. A quienes se considera PS 4ta Categoría? Se considera a quienes obtienen ingresos por el ejercicio individual de cualquier
Más detallesALCANCES BÁSICOS DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y SU REGLAMENTO
ALCANCES BÁSICOS DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y SU REGLAMENTO Ley N 29783-Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo del 20 de agosto de 2011. D.S. 005-2012-TR, del miércoles 25 de abril con
Más detallesSUNAT TRABAJADORES CON CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS EN LA PLANILLA ELECTRÓNICA
TRABAJADORES CON CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS EN LA PLANILLA ELECTRÓNICA Enero de 2013 Régimen Tributario de los trabajadores CAS El régimen comprende: 1. La afiliación obligatoria al EsSalud a
Más detallesCURSO. PRÁCTICO DETERMINACION Y CALCULO DE REMUNERACIONES. 16 hrs. cronológicas. Código Sence y 19 de agosto de 2017.
Organismo Técnico de Capacitación Servicios de Capacitación Creacción Ltda. Punta Arenas. Región de Magallanes y Antártica Chilena. CURSO PRÁCTICO DETERMINACION Y CALCULO DE REMUNERACIONES. 16 hrs. cronológicas.
Más detallesLAS PLANILLAS ELECTRÓNICAS. Juan Carlos Cortés Carcelén Lima, abril 2008
LAS PLANILLAS ELECTRÓNICAS Juan Carlos Cortés Carcelén Lima, abril 2008 Tendencias de la regulación laboral Tendencias identificables: Normas destinadas a promover el cumplimiento y mayor fiscalización
Más detallesSEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO
SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO Qué es el SCTR? Seguro que otorga cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a los trabajadores de las empresas que realizan actividades
Más detallesLIBRO DE PLANILLAS DE PAGO DE REMUNERACIONES
Material de Lectura N. 03 LIBRO DE PLANILLAS DE PAGO DE REMUNERACIONES BASE LEGAL: DECRETO SUPREMO Nº 001-98-TR Artículo 1.- Los empleadores cuyos trabajadores se encuentren sujetos al régimen laboral
Más detallesCASOS PRÁCTICOS DEPÓSITOS DE CTS DEL SEMESTRE NOVIEMBRE 2014 - ABRIL 2015. I. Trabajadores que perciben remuneración fija y permanente
CASOS PRÁCTICOS DEPÓSITOS DE CTS DEL SEMESTRE VIEMBRE 2014 - ABRIL 2015 Voces: Compensación por tiempo de servicios Concepto remunerativo Depósito de la compensación por tiempo de servicios Depositario
Más detallesCTS, Vacaciones y Gratificaciones Índice
CTS, Vacaciones y Gratificaciones Índice Introducción... 4 Compensación Por Tiempo De Servicios (CTS)... 5 1. Introducción... 5 2. Trabajadores con derecho a este beneficio... 5 3. Días computables y excepciones...
Más detallesDecenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la consolidación del Mar de Grau" JUAN CARlOS CORTÉS CARCElÉN Presidente Ejecutivo
Gerencia de [>.olítica9.de.gestión
Más detallesRegistro Electrónico de Planillas de Pago. 1.- Vigencia de la norma y ámbito de aplicación
Informe Legal ESTUDIO GALVEZ CONSULTORES ASOCIADOS www.galvezconsultores.com Registro Electrónico de Planillas de Pago El día sábado 15 de Julio 2006 ha sido publicado en el Diario Oficial el Peruano el
Más detallesLEY GENERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Reinventando el sistema de seguros.
LEY GENERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Reinventando el sistema de seguros. Evidencia En los últimos años hay más inspecciones por parte del Ministerio de Trabajo ÓRDENES DE INSPECCIÓN LIMA METROPOLITANA
Más detallesLey Peruana Ed. Internacional Rev.00
Gestión de Seguridad y Salud Laboral Ley Peruana 29783 Ed. Internacional Rev.00 Producto creado para garantizar el cumplimiento legal aplicable a todas las empresas del Perú Intedya es una compañía global
Más detallesLEGISLACIÓN E INSERCIÓN LABORAL DOCENTE: Mg. DIEGO PANCA A. E L C O N T R A T O
LEGISLACIÓN E INSERCIÓN LABORAL DOCENTE: Mg. DIEGO PANCA A. E L C O N T R A T O Es el acuerdo de dos o más volúmenes destinados a crear regular modificar o extinguir relaciones jurídicas de carácter patrimonial.
Más detallesESPECIFICACIONES TECNICAS
ESPECIFICACIONES TECNICAS Artículo Nº 1. OBJETIVO Contratar el Servicio de Certificación y Fiscalización del Cumplimiento de la Normativa Laboral y Previsional de las Empresas Contratistas y Subcontratistas
Más detallesLey de Seguridad y Salud en el Trabajo Ley N
CENTRO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DEL TRABAJO DR. LUIS YUPANQUI GODO Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Ley N. 29783 CENTRO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DEL TRABAJO ANTECEDENTES MARCO NORMATIVO NACIONAL
Más detallesCONFERENCIA. OPORTUNIDADES DE NEGOCIO E INVERSIÓN EN EL PERÚ Expone: Santiago Montt Vicuña Mayo 2014
CONFERENCIA OPORTUNIDADES DE NEGOCIO E INVERSIÓN EN EL PERÚ Expone: Santiago Montt Vicuña Mayo 2014 1. SISTEMA SOCIETARIO EN PERU CONSTITUCION DE EMPRESA FORMAS SOCIETARIAS Existe varias formas societarias
Más detallesDERECHOS DEL TRABAJADOR DE SALUD EN EL MARCO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
DERECHOS DEL TRABAJADOR DE SALUD EN EL MARCO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo Noviembre 2013 1. Base Legal CONTENIDO
Más detallesSILABO DERECHO LABORAL I (INDIVIDUAL)
SILABO DERECHO LABORAL I (INDIVIDUAL) I. DATOS GENERALES 1.1. Escuela Académico Profesional : Derecho 1.2. Área Académica : Derecho 1.3 Ciclo : VIII 1.4. Semestre : 2013-II 1.5. Prerrequisito : Ninguno
Más detalles2.5.2.- REGISTRO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE TRABAJO
2.5.- LAS OBLIGACIONES FORMALES 2.5.1.- DEFINICION Las obligaciones formales de la empresa son aquellas normas dadas por el Estado con el objeto de cautelar los derechos de los trabajadores establecidos
Más detallesFLASH LEGAL #00484
www.legalecuador.com FLASH LEGAL #00484 NORMATIVA PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROMOCIÓN DEL TRABAJO JUVENIL, REGULACIÓN EXCEPCIONAL DE LA JORNADA DE TRABAJO, CESANTÍA Y SEGURO DE DESEMPLEO
Más detallesLEX Gestión, ABC Laboral LEX 1. Las gratificaciones. contenido. Ingresos del trabajador con efectos en las gratificaciones
LEX Gestión, análisis y desarrollo del contenido jurídico y empresarial El derecho a percibir las gratificaciones, de acuerdo al contenido de la Ley N 27735, comprende a los trabajadores sujetos al régimen
Más detallesCOMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS BASE LEGAL Decreto Supremo N 001-97-TR Decreto Supremo N 004-97-TR Decreto de Urgencia N 001-2014 Decreto Supremo N 008-2014-TR COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
Más detallesREMUNERACIONES Y SU PROTECCIÓN SEGUNDA PARTE
Universidad Católica del Norte Escuela de Negocios Mineros Diplomado en Relaciones Laborales REMUNERACIONES Y SU PROTECCIÓN SEGUNDA PARTE Antofagasta, Septiembre 2014 Profesor: Alejandra Moran Ledezma
Más detallesBeneficios contenidos en nuestro contrato colectivo:
Beneficios emanados del contrato colectivo El contrato colectivo es el celebrado por uno o más empleadores con una o más Organizaciones Sindicales, con el objeto de establecer condiciones comunes de trabajo
Más detalles6. COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS - CTS
6. COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS - CTS - TUO del D. Leg. Nº 650 - D.S. Nº 001-97-TR (El Peruano: 01.03.97) - D.S. Nº 004-97-TR (El Peruano: 15.04.97) 6.1 ALCANCES BÁSICOS DE LA LEY 6.1.1 QUÉ ES
Más detallesAPRUEBAN REGLAMENTO DEL TUO DE LA LEY DE JORNADA DE TRABAJO, HORARIO Y TRABAJO EN SOBRETIEMPO DECRETO SUPREMO Nº TR (04/07/02)
APRUEBAN REGLAMENTO DEL TUO DE LA LEY DE JORNADA DE TRABAJO, HORARIO Y TRABAJO EN SOBRETIEMPO DECRETO SUPREMO Nº 008-2002-TR (04/07/02) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo
Más detallesCompensación por tiempo de servicios CTS. Marco Antonio Garmendia Gallegos. Oficial de Atención al Usuario.
Compensación por tiempo de servicios CTS. Marco Antonio Garmendia Gallegos. Oficial de Atención al Usuario. 1. Definición. La cuenta CTS es el depósito que por Ley, le corresponde a todo trabajador, como
Más detallesASPECTOS LABORALES MAS IMPORTANTES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY N Roberto Servat Pereira de Sousa DIC 2011
ASPECTOS LABORALES MAS IMPORTANTES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Roberto Servat Pereira de Sousa DIC 2011 Responsabilidades del empleador: 1). Responsable de la capacitación (4 mínimas
Más detallesCENTRO LATINOAMERICANO Y CARIBEÑO DE DEMOGRAFÍA (CELADE) CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (C.I.I.U.
CENTRO LATINOAMERICANO Y CARIBEÑO DE DEMOGRAFÍA (CELADE) CLASIFICACIÓN INDUSTRIAL INTERNACIONAL DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (C.I.I.U.) ECUADOR 1982 RAMA DE ACTIVIDAD LISTA DE GRANDES DIVISIONES Y AGRUPACIONES
Más detallesSECRETARIADO ADMINISTRATIVO
Clase 15 (Módulo Liq. Sueldos) PRESTACIONES POR DESEMPLEO El seguro de desempleo fue creado por la ley nacional de empleo, para los trabajadores que han perdido su fuente de trabajo, obtengan un subsidio.
Más detallesINDICE CARTAS DESCRIPTIVAS S3
1 INDICE CARTAS DESCRIPTIVAS S3 CARRERA DE CONTABILIDAD COMPUTARIZADA CICLO II LEGISLACIÓN LABORAL 2009 2 I. DATOS GENERALES: LEGISLACIÓN LABORAL CURSO : Legislación Laboral CODIGO : Q3Q CICLO : II Ciclo
Más detallesDepto. Relaciones Laborales
Depto. Relaciones Laborales Regularización del Trabajo BLANQUEO Período 12 meses - Primeros 6 Meses: Costo CERO (Condonación del 100% de la Deuda) - Los Restantes 6 Meses: Costo 30 % (Condonación del 70%
Más detallesCONSULTA LABORAL DE LAS UTILIDADES
CONSULTA LABORAL DE LAS UTILIDADES Derecho a las utilidades.- El Art. 97 del Código del Trabajo, establece que el empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus trabajadores el quince por ciento (15%)
Más detallesGastos Laborales. Dr. Mario Pasco Cosmópolis
Gastos Laborales Dr. Mario Pasco Cosmópolis PRIMER TEMA RÉGIMEN de 4 y 5 : CONNOTACIONES EN EL CAMPO LABORAL 2 CÓMO DISTINGUIR? DEPENDIENTE INDEPENDIENTE 3 ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO DE TRABAJO
Más detallesInstituto de Educación Superior Tecnológico Público: Villa María
3ra. Clase JORNADA LABORAL Es el tiempo de duración de la prestación de la actividad del trabajador como contraprestación de la remuneración que recibe de su empleador. En el Perú la jornada diaria normal
Más detallesLey de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo. DECRETO LEGISLATIVO Nº 854 (El Peruano: )
Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo DECRETO LEGISLATIVO Nº 854 (El Peruano: 01 10 96) NOTA. De conformidad con el Decreto Supremo N 007 2002 TR, El Peruano: 04 07 2002, se aprueba
Más detallesSITRACORLINSA. Ley N D.S Nº TR/D.S Nº TR
PREGUNTAS FRECUENTES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Ley N 29783 D.S Nº 005-2012-TR/D.S Nº 019-2006-TR 1.- Cuál es la finalidad de implementar un sistema de gestión de Seguridad y Salud
Más detallesASUNTO: COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ASUNTO: COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Marco Normativo Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por
Más detallesLEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio)
LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE (dada por el RDL 16/2013, de 20 de diciembre) Artículo 109. Base de cotización.
Más detallesPOLÍTICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS POLITICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS. Régimen general - LCT
POLÍTICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS Emisión: Octubre 2012 Área Responsable: Recursos Humanos POLITICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS Régimen general - LCT Artículo 150: Licencia ordinaria. - El trabajador
Más detallesDECRETO SUPREMO Nº TR
Reglamento para la aplicación del derecho de los trabajadores de la actividad privada a participar en las utilidades que generen las empresas donde prestan servicios DECRETO SUPREMO Nº 009-98-TR (Publicado:
Más detallesCONTRATACIÓN ESCRITA. Un trabajador que presta servicios por horas en varios hogares debe tener tantos contratos como casas en las que trabaja.
CONTRATACIÓN ESCRITA La contratación será escrita siempre que el contrato tenga una duración superior a 4 semanas. Si no hay contrato escrito, la contratación se entenderá efectuada por tiempo indefinido
Más detalles