ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE MAYO DE Presentado por el representante Perelló Borrás

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE MAYO DE Presentado por el representante Perelló Borrás"

Transcripción

1 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE MAYO DE 0 Presentado por el representante Perelló Borrás Referido a la Comisión de lo Jurídico LEY Para adoptar la Ley para Establecer Parámetros Uniformes en Casos de Relocalización de la Persona Custodia a los fines de establecer los criterios normativos que deben regir cuando los jueces o juezas tengan bajo su consideración un asunto de relocalización de la persona custodia junto al menor de edad; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Nuestro Tribunal Supremo ha definido el concepto de patria potestad como el conjunto de derechos y deberes que corresponde a los padres sobre la persona y el patrimonio de cada uno de sus hijos no emancipados como medio de realizar la función natural que les incumbe de proteger y educar a la prole. Rodríguez v. E.L.A., D.P.R., (), Galarza v. Mercado, D.P.R. (). La patria potestad debe ejercerse responsablemente, como un buen padre de familia. Por ello, los padres tienen el deber de velar por el bienestar y los mejores intereses de sus hijos menores. Por su parte, la custodia es la convivencia o control físico que tiene un padre o madre sobre sus hijos o hijas. La misma está íntimamente relacionada a la patria potestad al punto que se considera un componente de esta última. Ex parte Torres, D.P.R. (). En este sentido, las relaciones materno filiales o paterno-filiales se refieren a aquel derecho que corresponde naturalmente al padre o a la madre para comunicarse y relacionarse con aquellos hijos que por resolución judicial han sido confiados a la custodia de otra persona. Sterzinger v. Ramírez, D.P.R., (). El derecho de la madre o padre no custodio de relacionarse con su hijo es

2 reconocido por el Código Civil. Art. 0, L.P.R.A. La jurisprudencia ha establecido que éste es un derecho de tal jerarquía que, aunque los tribunales pueden regularlo, no pueden prohibirlo totalmente a menos que existan circunstancias excepcionales. Sterzinger, supra. El derecho de un padre o madre a relacionarse con su hijo es más que un derecho, es una obligación a favor de los menores y es deber de los tribunales asegurarse que los padres no custodios puedan ejercerlo de la manera más amplia y razonable posible. Id. Existen ocasiones en que por una u otra razón, el padre o la madre custodia decide relocalizarse a una jurisdicción fuera del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Aunque las razones estén justificadas porque giran en torno a la búsqueda de una mejor calidad de vida, mejores oportunidades económicas, entre otras razones, no se debe perder de perspectiva que tanto el padre como la madre conservan la patria potestad aun cuando una de las partes sea quien ejerce la custodia del menor. En estos casos, el padre o la madre custodia que decide emprender hacia nuevos rumbos junto al menor, debe informarlo a la otra parte. De existir divergencias de criterio entre estos, lo usual es que soliciten el auxilio del tribunal. En circunstancias ideales, la persona que ostenta la custodia legal del menor de edad y la madre o padre no custodio, pueden llegar a acuerdos razonables sobre cómo llevar a cabo la custodia y las relaciones maternofiliales o paterno-filiales. No obstante, la realidad del día a día de nuestras salas judiciales que ventilan asuntos de familia, es que son testigos de las batallas legales que generan los desacuerdos en estos asuntos. Esta realidad es particular en aquellos casos en que la persona que ostenta la custodia legal de un menor de edad requiere relocalizarse y el padre o madre no custodio se opone a ello ya que se afectarían las relaciones materno filiales o paterno filiales. Puerto Rico no posee legislación que regule la relocalización. Los tribunales se enfrentan a situaciones en las que se solicita autorización para una relocalización y, aunque existe amplia jurisprudencia sobre el asunto, carecen de una ley que establezca los parámetros a seguir. Los tribunales siguen la normativa de buscar el mejor bienestar del menor. Colón Hernández, El padre custodio y su derecho a la relocalización, RDPUC (00). Otras jurisdicciones en los Estados Unidos están divididas en cuanto a qué considerar al permitir o no la relocalización. En algunos estados norteamericanos existen diferentes presunciones y estatutos, de igual forma existen estados restrictivos y otros un poco más liberales en sus decisiones. No obstante, la mayoría de los estados establecen el peso de prueba sobre la persona que ostenta la custodia y que desea relocalizarse de manera que demuestre que la relocalización beneficia al menor de edad, es decir, son más exigentes con esta persona al momento de permitirle trasladarse con el o la menor. Id.

3 Esta Asamblea Legislativa, en el ejercicio de su función constitucional, con la intención de lograr uniformidad en estos casos y su pronta solución, estima necesario establecer los criterios normativos que deben regir para permitir la relocalización de la persona custodia sin que se afecten los derechos de quien no ostenta la custodia del menor de edad. Con los parámetros que establece esta ley, los tribunales evaluarán que las razones ofrecidas para justificar una relocalización de la persona custodia sean válidas, reales y de buena fe. Las razones ofrecidas no deben ser un subterfugio para afectar dramáticamente la relación del hijo o hija con la persona no custodia. DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo. Título. Esta Ley se conocerá y podrá ser citada como Ley para Establecer Parámetros Uniformes en Casos de Relocalización de la Persona Custodia. Artículo. Definiciones. Para los propósitos de esta Ley, los siguientes términos tendrán el significado que se dispone a continuación, salvo que del propio texto de la misma se desprenda lo contrario: 0 (a) (b) Custodia significa la convivencia o control físico que tiene una persona natural o jurídica sobre un menor de edad. Mediación significa el proceso de intervención, no adjudicativo, en el cual un interventor o interventora neutral (mediador o mediadora) ayudan a las personas en conflicto a lograr un acuerdo que les resulte mutuamente aceptable y para el cual, las partes tienen la potestad de decidir si se someten o no al proceso.

4 (c) Menor de edad significa una persona natural menor de veintiún () años. (d) (e) Persona custodia significa la persona natural o jurídica, que puede ser un padre, madre o tutor, respecto al cual recae la obligación de proveer cuidado directo del menor de edad, en virtud de una resolución o sentencia emitida por un tribunal competente. Persona no custodia significa aquella persona que no ostente la custodia legal del menor de edad, pero que por disposición de ley o por orden judicial tiene derecho a relacionarse con éste. 0 (f) Relaciones filiales significa aquel derecho que corresponde naturalmente al padre o a la madre para comunicarse y relacionarse con aquellos hijos que por resolución judicial han sido confiados a la custodia de otra persona. 0 (g) (h) (i) Relocalización significa el cambio de residencia principal de un menor de edad por un periodo mayor de noventa (0) días. Residencia principal significa el lugar designado, por decreto judicial o consentido por las partes, donde residirá el menor de edad permanentemente. Tribunal con competencia significa aquel tribunal que al momento de la notificación de relocalización ya haya ejercido la jurisdicción en el caso de custodia del menor de edad. En caso de que ningún tribunal haya ejercido su jurisdicción relacionada con la custodia del menor de edad al momento

5 0 0 de la notificación de relocalización, se determinará la competencia según se establece en las Reglas de Procedimiento Civil vigentes. CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO CUANDO EXISTE UN CASO ANTE LA CONSIDERACIÓN DE LOS TRIBUNALES Artículo.-Intención de relocalización; presentación; término; notificación. Cuando exista un tribunal competente que haya ejercido la jurisdicción sobre la custodia del menor, la persona custodia presentará una moción informando su intención de relocalización lo más pronto posible luego que la determinación de relocalizarse sea cierta, pero con no menos de sesenta (0) días antes de la relocalización. El mismo día de presentación en el tribunal, la persona custodia notificará a la persona no custodia, o su representante legal, si alguno, copia de la intención de relocalización, por correo certificado y, de ser posible, por correo electrónico. Artículo. Intención de relocalización; contenido. La intención de relocalización debe contener, como mínimo: a. la dirección física de la residencia principal del menor de edad; b. la dirección física de la nueva residencia; c. fecha de la relocalización; d. motivo de la relocalización; e. cualquier otra información que permita evaluar la relocalización del menor como información referente a las oportunidades de desarrollo económico, emocional, educacional y cultural que conlleve el cambio tanto

6 0 0 para la persona custodia como para el menor; además, los arreglos escolares para el menor de edad y las personas con quien residirá, entre otros factores. Artículo. Contestación. Una vez la persona no custodia sea notificada de la intención de relocalización, ésta presentará su contestación en un periodo no mayor de -diez (0) días laborables. Artículo. Vista. Una vez pasado el término de diez (0) días desde la notificación a la persona custodia o ya presentada la contestación, lo que ocurra primero, el tribunal concederá un turno prioritario en su calendario para celebrar una vista, lo que no debe ser mayor a diez (0) días desde la contestación. CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO CUANDO NO EXISTA UN CASO ANTE LA CONSIDERACIÓN DE LOS TRIBUNALES Artículo. Intención de relocalización; alternativas. Cuando al momento de la notificación de intención de relocalización no exista un tribunal competente que haya ejercido la jurisdicción sobre la custodia del menor, la persona custodia que desee relocalizarse junto con el menor de edad podrá optar por notificar a la persona no custodia previo a presentar una petición ante el tribunal. Artículo.-Intención de relocalización; notificación a persona no custodia cuando se opta por notificar primero a ésta. De determinar notificar a la persona no custodia, la persona custodia notificará por escrito, mediante entrega personal con evidencia de entrega o correo certificado con

7 0 0 acuse de recibo, a la persona no custodia su intención de relocalizarse lo más pronto posible luego de que la determinación de relocalizarse sea cierta, pero con no menos de sesenta (0) días antes de la relocalización. Una vez notificada la intención a la persona no custodia, y las partes llegar a acuerdos sobre los términos de relaciones materno o paterno filiales con el menor de edad, la persona no custodia dará su consentimiento bajo juramento autorizando la relocalización y los demás términos acordados. Artículo. Intención de relocalización; presentación de caso nuevo; expedición de emplazamiento. Cuando la persona custodia determina presentar el caso ante el tribunal, o cuando no se obtenga la autorización de la persona no custodia luego de su notificación, la persona custodia presentará su petición como un caso nuevo en el tribunal que tenga competencia, según disponen las Reglas de Procedimiento Civil vigentes. El tribunal expedirá el emplazamiento inmediatamente. Artículo 0. Intención de relocalización; diligenciamiento de emplazamiento; evidencia de emplazamiento. La persona custodia diligenciará el emplazamiento, con copia de la petición, personalmente a la persona no custodia, dentro de un plazo no mayor de tres () días. Esto, sin socavar la capacidad de los jueces de alterar los términos para emplazar que le concede las Reglas de Procedimiento Civil vigentes. La persona custodia presentará inmediatamente en el tribunal evidencia del diligenciamiento.

8 0 Artículo. Contestación. Una vez la persona no custodia sea emplazada, ésta presentará su contestación en un periodo no mayor de -diez (0) días laborables. Artículo. Vista. Una vez pasado el término de diez (0) días para contestar o presentada la contestación, lo que ocurra primero, el tribunal concederá un turno prioritario en su calendario para celebrar la vista, lo que no debe ser mayor a diez (0) días desde la contestación. CAPÍTULO IV CRITERIOS NORMATIVOS PARA DETERMINAR LA CONTROVERSIA SOBRE LA RELOCALIZACIÓN Y OTRAS PRERROGATIVAS DEL TRIBUNAL Artículo. Presunción y peso de la prueba. Se establece una presunción rebatible a favor de la relocalización del menor y de que ésta responde al mejor interés del menor. La madre o padre no custodio que se oponga a la relocalización del menor tiene que rebatir, mediante preponderancia de la prueba, esa presunción. Artículo. Criterio y factores a ser evaluados. El criterio rector para evaluar la relocalización de un menor es el mejor bienestar de éste. El tribunal permitirá una relocalización si se determina que no es un 0 subterfugio para impedir las relaciones de la persona no custodia con el menor y existen mejores oportunidades tanto para el menor como para la persona custodia. A tenor con esto, un tribunal podrá tomar en consideración los siguientes factores:

9 0 0 a. motivo de la relocalización; b. preferencia del menor en aquellos casos donde tenga derecho a ser oído; c. relación del menor con la madre o padre no custodio; d. oportunidades de desarrollo emocional, físico, educacional y cultural; e. el historial de las relaciones con el menor; f. impacto que tendrá el traslado en el desarrollo del menor; g. potencial de cambio en la vida de la persona custodia y el menor; h. disposición de la persona custodia de permitir a la persona custodia ejercer su derecho a visita, relacionarse con el menor; i. posibilidad económica de la madre o padre no custodio de relacionarse con el menor; j. grado de responsabilidad de la madre o padre no custodio en sus obligaciones para con el menor. Esta lista no es taxativa y el juzgador o juzgadora podrá en equidad, tomar otras consideraciones. Artículo.-Mediación. En los casos en que se solicite la relocalización de un menor, el tribunal podrá, motu proprio o a petición de parte, referir el caso a mediación como método alterno a la solución de conflictos, dictando resolución a esos efectos en cualquier momento antes de la vista adjudicativa. El proceso de la mediación se regirá, en todo lo que no sea incompatible con la presente Ley, por las disposiciones de la Ley Núm. de de septiembre de, según enmendada, así como por el Reglamento de Métodos

10 0 Alternos para la Solución de Conflictos del Tribunal General de Justicia de Puerto Rico y cualesquiera otros reglamentos aprobados de acuerdo a la mencionada ley. Artículo.-Informe Social Pericial. En todo caso en que se solicite la autorización de una relocalización de la persona custodia con el menor de edad, el tribunal podrá requerir un informe social ya sea del Departamento de la Familia, o del algún recurso privado sufragado por las partes. El tribunal podrá citar a las partes a una vista de seguimiento para corroborar que se ha sometido al menor de edad a la evaluación correspondiente. El 0 0 Departamento de la Familia o el recurso privado, según aplique, emitirá un informe sobre su evaluación, en el cual podrá recomendar cualquier tipo de ayuda psicológica que el menor de edad necesitare. Artículo. Remedios interlocutorios. Esta ley en nada impide que el tribunal, en el sano juicio de su discreción, emita cualquier remedio interlocutorio en ley sobre la custodia del menor y aquellos otros aspectos para los cuales ya haya ejercido su jurisdicción. Artículo. Determinación del tribunal. De determinar el tribunal a favor de la relocalización de la persona custodia con el menor, dicha determinación dispondrá sobre cómo se llevarán las relaciones materno o paterno filiales con el menor. El tribunal podrá optar por incluir las relaciones virtuales, según se dispone en la Ley -0, conocida como Ley de Relaciones Virtuales. CAPÍTULO V- DISPOSICIONES ESPECIALES

11 Artículo. Separabilidad. Si cualquier cláusula, párrafo, subpárrafo, artículo, disposición, sección o parte de esta Ley fuera anulada o declarada inconstitucional, la sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará, ni invalidará el resto de esta Ley. El efecto de dicha sentencia quedará limitado a la cláusula, párrafo, subpárrafo, artículo, disposición, sección o parte de la misma que así hubiere sido anulada o declarada inconstitucional. Artículo 0. Vigencia. Esta ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE NOVIEMBRE DE 2014

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE NOVIEMBRE DE 2014 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa 4ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 7 DE NOVIEMBRE DE 04 Presentado por el representante Santa Rodríguez Referido a

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE ABRIL DE Presentado por la representante Méndez Silva

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE ABRIL DE Presentado por la representante Méndez Silva ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa 7ma. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 855 DE ABRIL DE 06 Presentado por la representante Méndez Silva Referido a la Comisión

Más detalles

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico (COSSEC) Núm.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico (COSSEC) Núm. Estado Libre Asociado de Puerto Rico Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico (COSSEC) DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento : 6708 Fecha Radicación : 16 de octubre

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE JUNIO DE Presentado por el representante Hernández López

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE JUNIO DE Presentado por el representante Hernández López ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa ra. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 06 DE JUNIO DE 0 Presentado por el representante Hernández López Referido a la Comisión

Más detalles

CAPÍTULO VEINTE ADMINISTRACIÓN DEL ACUERDO. supervisará la implementación de este Acuerdo; revisará el funcionamiento general de este Acuerdo;

CAPÍTULO VEINTE ADMINISTRACIÓN DEL ACUERDO. supervisará la implementación de este Acuerdo; revisará el funcionamiento general de este Acuerdo; CAPÍTULO VEINTE ADMINISTRACIÓN DEL ACUERDO Artículo 2001: La Comisión Conjunta 1. Las Partes establecen la Comisión Conjunta, integrada por representantes del nivel Ministerial de cada Parte, o por las

Más detalles

Programa de Orientación y Planificación Pre-Retiro para Servidores Públicos, Ley del Ley Núm de agosto de 2014

Programa de Orientación y Planificación Pre-Retiro para Servidores Públicos, Ley del Ley Núm de agosto de 2014 Programa de Orientación y Planificación Pre-Retiro para Servidores Públicos, Ley del Ley Núm. 126-2014 3 de agosto de 2014 (P. de la C. 1155) (Conferencia) Para establecer el Programa de Orientación y

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL ALQUILER Y USO DE ESPACIO

REGLAMENTO PARA EL ALQUILER Y USO DE ESPACIO REGLAMENTO PARA EL ALQUILER Y USO DE ESPACIO ARTÍCULO I: BASE LEGAL Este Reglamento se promulga en virtud de la Ley número 141 del 9 de agosto de 1995 que establece en el Artículo 2 como poderes del Conservatorio

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE ENERO DE Presentada por el representante Santiago Guzmán

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE ENERO DE Presentada por el representante Santiago Guzmán ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa 7ma. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 778 9 DE ENERO DE 06 Presentada por el representante Santiago Guzmán Referido a

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO Sección A- Comisión Administradora del Tratado, Coordinadores del Tratado y Administración de los Procedimientos de Solución de Controversias Artículo 17.1 Comisión

Más detalles

Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización

Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias

Más detalles

REGLAMENTO PARA ARBITRAJES DE BAJA CUANTÍA O ARBITRAJE ACELERADO DE LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

REGLAMENTO PARA ARBITRAJES DE BAJA CUANTÍA O ARBITRAJE ACELERADO DE LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO REGLAMENTO PARA ARBITRAJES DE BAJA CUANTÍA O ARBITRAJE ACELERADO DE LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECCIÓN I. DISPOSICIONES GENERALES SECCIÓN II. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL CONTROL, MANEJO Y PRESERVACION DE DOCUMENTOS EN LA BOVEDA DE DOCUMENTOS DEL NEGOCIADO DE INVESTIGACIONES.

REGLAMENTO PARA EL CONTROL, MANEJO Y PRESERVACION DE DOCUMENTOS EN LA BOVEDA DE DOCUMENTOS DEL NEGOCIADO DE INVESTIGACIONES. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Departamento de Estado NEGOCIADO DE INVESTIGACIONES ESPECI S 6445 A la fecha de : 2 de mayo de 2002 Aprobado : Ferdinand Mercado Secretarlo

Más detalles

Aprueban normas reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 998 que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente

Aprueban normas reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 998 que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente Aprueban normas reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 998 que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 014-2008-ED Que,

Más detalles

Capítulo 1. Definiciones. Artículo 1

Capítulo 1. Definiciones. Artículo 1 Comprobación de la terminación de la vida a petición propia y del auxilio al suicidio y modificación del Código Penal y de la Ley reguladora de los funerales (Ley de Comprobación de la terminación de la

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Junio de 2015. ÍNDICE Introducción..2 1.-Trámite de desahogo de solicitudes de información

Más detalles

Procedimientos en Educación Especial

Procedimientos en Educación Especial Procedimientos en Educación Especial Academia de verano para Padres y Madres de Educación Especial Licenciado Heriberto Quiñones 27 de junio de 2014 PROCEDIMIENTO DE QUERELLAS Es el mecanismo formal para

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2453 11 DE MAYO DE 2015. Presentado por el representante Santa Rodríguez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2453 11 DE MAYO DE 2015. Presentado por el representante Santa Rodríguez ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 17ma. Asamblea Legislativa 5ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 2453 11 DE MAYO DE 2015 Presentado por el representante Santa Rodríguez Referido

Más detalles

DERECHO DE RETIRO DE LA OPA. Tablemac 2015

DERECHO DE RETIRO DE LA OPA. Tablemac 2015 DERECHO DE RETIRO DE LA OPA Tablemac 2015 Cancelación de la inscripción en el RNVE y en la BVC Cuando se decida cancelar la inscripción de una acción en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE)

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA SUBSIDIARIA DEL BANCO GUBERNAMENTAL DE FOMENTO PARA PUERTO RICO

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA SUBSIDIARIA DEL BANCO GUBERNAMENTAL DE FOMENTO PARA PUERTO RICO ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA SUBSIDIARIA DEL BANCO GUBERNAMENTAL DE FOMENTO PARA PUERTO RICO REGLAMENTO PARA LA DISPOSICIÓN DE PROPIEDADES INMUEBLES

Más detalles

Consideraciones en torno a la adopción internacional

Consideraciones en torno a la adopción internacional Consideraciones en torno a la adopción internacional Red Mexicana de Cooperación Judicial para la Protección de la Niñez Ponente: Mónica Ríos Tarín México, D.F., a 20 de abril de 2012. División de la exposición:

Más detalles

Estatuto de autonomía de Cataluña (BOE núm. 172, )

Estatuto de autonomía de Cataluña (BOE núm. 172, ) Estatuto de autonomía de Cataluña (BOE núm. 172, 20.07.2006) TÍTULO PRELIMINAR Artículo 4. Derechos y principios rectores 1. Los poderes públicos de Cataluña deben promover el pleno ejercicio de las libertades

Más detalles

(mayo 10) Diario Oficial No de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

(mayo 10) Diario Oficial No de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES CIRCULAR 61 DE 2007 (mayo 10) Diario Oficial No. 46.632 de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Para Directores, Secretarios, Jefes de Oficina, Subdirectores, Subsecretarios,

Más detalles

PROCESO DE COMPRAS 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL DOCUMENTO

PROCESO DE COMPRAS 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL DOCUMENTO 0 VERSIÓN: 02 PÁGINA: 1 de 5 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL DOCUMENTO OBJETIVO DEL PROCESO OBJETIVOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN RECURSOS MÉTODOS DE MEJORA Mantener un grupo de con los cuales IMAGEN WORLD SAS tenga

Más detalles

R E S U L T A N D O:

R E S U L T A N D O: RECURSO DE REVISIÓN: 85/2015-P-1 SUJETO OBLIGADO: INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE TLAXCO. RECURRENTE: *************************** COMISIONADA PONENTE: LICENCIADA MARÌA AIDA GONZÀLEZ SARMIENTO Tlaxcala,

Más detalles

Sobre el particular, procede esta Entidad a efectuar el análisis de su consulta en el mismo orden planteado, conforme a las siguientes precisiones:

Sobre el particular, procede esta Entidad a efectuar el análisis de su consulta en el mismo orden planteado, conforme a las siguientes precisiones: Bogotá D.C., 16 de julio de 2004 OFCTC/ 230/2004 Señor Ciudad Apreciado señor: Ref: Libros contables y estados financieros en Propiedad Horizontal. Dando alcance al art. 23 de la Resolución No 001 de 2001,

Más detalles

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por: ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO

Más detalles

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 620

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 620 NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 620 USO DEL TRABAJO DE UN EXPERTO (Entra en vigor para auditorias de estados financieros por periodos que comiencen en o después del 15 de junio de 2005) CONTENIDO Párrafos

Más detalles

Capítulo VIII: Prácticas Desleales de Comercio Internacional

Capítulo VIII: Prácticas Desleales de Comercio Internacional Artículo 8-01: Definiciones. Capítulo VIII: Prácticas Desleales de Comercio Internacional Para efectos de este capítulo, se entenderá por: investigación: un procedimiento de investigación sobre prácticas

Más detalles

UNIDAD DIDACTICA 1. LA ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA. LECCION 4. ESPAÑA.

UNIDAD DIDACTICA 1. LA ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA. LECCION 4. ESPAÑA. UNIDAD DIDACTICA 1. LA ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA. LECCION 4. ESPAÑA. La ley 11/2001, de 5 de julio, por la que se crea la Agencia Española de seguridad Alimentaria, instituye dicho organismo

Más detalles

Vivienda bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, Ley para Propiciar y Flexibilizar el Desarrollo de Ley Núm de enero de 2012

Vivienda bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, Ley para Propiciar y Flexibilizar el Desarrollo de Ley Núm de enero de 2012 Vivienda bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, Ley para Propiciar y Flexibilizar el Desarrollo de Ley Núm. 17-2012 13 de enero de 2012 (P. de la C. 2529) (Conferencia) Para establecer la Ley para Propiciar

Más detalles

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado REGLAMENTO REBIUN Aprobado por el Pleno de REBIUN mediante votación postal el día 4 de marzo de 2015 Aprobado por la Asamblea General de la CRUE celebrada en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid el

Más detalles

Funciones del Asistente de Defensoría Laboral

Funciones del Asistente de Defensoría Laboral Funciones del Asistente de Defensoría Laboral El Manual de Funciones Jurisdiccional del MDP prevé las funciones que debe cumplir el Asistente de la Defensa Pública en los fueros Civil, Niñez y Adolescencia,

Más detalles

Universidad Interamericana de Puerto Rico Administración Central

Universidad Interamericana de Puerto Rico Administración Central Universidad Interamericana de Puerto Rico Administración Central 6 de agosto de 1992 CARTA CIRCULAR G-142-92 Vicepresidentes, Rectores y Decanos de la Facultad de Derecho y Escuela de Optometría NORMAS

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE NOVIEMBRE DE Presentado por el representante Cruz Burgos

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE NOVIEMBRE DE Presentado por el representante Cruz Burgos ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE NOVIEMBRE DE 0 Presentado por el representante Cruz Burgos Referido a la Comisión

Más detalles

EXAMEN ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

EXAMEN ORGANIZACIÓN TERRITORIAL EXAMEN ORGANIZACIÓN TERRITORIAL 1.- Qué artículo de la Constitución recoge el principio de autonomía? a) El artículo 3. b) El artículo 2. c) El artículo 5. d) El articulo 1. 2.- A quién se reconoce autonomía

Más detalles

MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 26/2015, DE 28 DE JULIO, DE MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA.

MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 26/2015, DE 28 DE JULIO, DE MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 26/2015, DE 28 DE JULIO, DE MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA. MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 1/1996, DE 15 DE ENERO DE PROTECCIÓN

Más detalles

ENMIENDAS AL REGLAMENTO NÚMERO 8054 PARA LA CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS PERSONALES Y VIAJES CULTURALES

ENMIENDAS AL REGLAMENTO NÚMERO 8054 PARA LA CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS PERSONALES Y VIAJES CULTURALES ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura ENMIENDAS AL REGLAMENTO NÚMERO 8054 PARA LA CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS PERSONALES

Más detalles

Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco

Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco Resultados Evaluación de la Publicación de Información Fundamental Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco METODOLOGÍA Qué se evalúa? Publicación de la

Más detalles

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación

Más detalles

Por: Enrique José Arboleda Perdomo Magistrado Consejo de Estado

Por: Enrique José Arboleda Perdomo Magistrado Consejo de Estado Demanda, contestación y procedimiento general CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Por: Enrique José Arboleda Perdomo Magistrado Consejo de Estado Temas: 1. Aspectos

Más detalles

Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 39/2016 Modificación. Resolución N 24/2001. Bs. As., 01/06/2016 VISTO el Expediente N S01:0052928/2016

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 25 Sábado 29 de enero de 2011 Sec. I. Pág. 9569 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 1644 Real Decreto 101/2011, de 28 de enero, por el que se establecen las normas básicas que

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE LA OPERACIÓN DEL HOTEL GIGANTE DE MASCOTAS DE CAROLINA.

REGLAMENTO SOBRE LA OPERACIÓN DEL HOTEL GIGANTE DE MASCOTAS DE CAROLINA. ORDENANZA 11 4 SERIE 2008-2009-06 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO GOBIERNO MUNICIPAL AUTÓNOMO DE CAROLINA REGLAMENTO SOBRE LA OPERACIÓN DEL HOTEL GIGANTE DE MASCOTAS DE CAROLINA. ORDENANZA 11 5 SERIE

Más detalles

Lineamientos en relación con las tesis de posgrado (Maestrías Académicas y Doctorados)

Lineamientos en relación con las tesis de posgrado (Maestrías Académicas y Doctorados) Lineamientos en relación con las tesis de posgrado (Maestrías Académicas y Doctorados) La tesis deberá presentarse en el idioma oficial del país. En casos excepcionales y debidamente justificados, el Decanato

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CONGRESO NACIONAL: En el marco de regulación mediante leyes secundarias de las normas constitucionales para que surtan sus efectos de protección a la sociedad organizada, en tal razón

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Compensaciones El Comité de Compensaciones de la Junta Directiva (en adelante

Más detalles

Transparencia y acceso a la información de los partidos políticos

Transparencia y acceso a la información de los partidos políticos Transparencia y acceso a la información de los partidos políticos Experiencia del Instituto Federal Electoral como autoridad reguladora noviembre / 2012 1. Status actual La reforma política de 2007-2008

Más detalles

RESOLUCIÓN (Expte. A 244/98, Morosos Sector Textil)

RESOLUCIÓN (Expte. A 244/98, Morosos Sector Textil) RESOLUCIÓN (Expte. A 244/98, Morosos Sector Textil) Pleno Excmos. Sres.: Petitbò Juan, Presidente Berenguer Fuster, Vicepresidente Bermejo Zofío, Vocal Alonso Soto, Vocal Hernández Delgado, Vocal Rubí

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 51 Sábado 28 de febrero de 2009 Sec. I. Pág. 20522 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE 3424 Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen

Más detalles

En Sevilla, a de R E U N I D O S

En Sevilla, a de R E U N I D O S CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA UNIVERSIDAD MÁLAGA PARA LA APLICACIÓN A DICHA INSTITUCIÓN DEL DECRETO 317/2003, DE 18 DE

Más detalles

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones

Más detalles

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DE INSTALACIONES DE RÉGIMEN ESPECIAL 7 de julio de 2011

Más detalles

Su influencia en el Derecho procesal del Trabajo y de la Seguridad Social Ley 1564 y Decreto 1736 de 2012

Su influencia en el Derecho procesal del Trabajo y de la Seguridad Social Ley 1564 y Decreto 1736 de 2012 Su influencia en el Derecho procesal del Trabajo y de la Seguridad Social Ley 1564 y Decreto 1736 de 2012 Código General del Proceso Adelantos: 1. Incluye tecnologías 2. Se adecua a la Jurisprudencia 3.

Más detalles

LA EDAD DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES EN AMÉRICA LATINA

LA EDAD DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES EN AMÉRICA LATINA Tabla de comparación Edad de responsabilidad penal en América Latina Legislaciones Post Convención Internacional sobre Derechos del Niño Instituto Interamericano del Niño Organización de Estados Americanos

Más detalles

Artículo 4 Derechos y principios rectores

Artículo 4 Derechos y principios rectores LEY ORGÁNICA 6/2006, DE 19 DE JULIO, DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CATALUÑA. TÍTULO PRELIMINAR Artículo 4 Derechos y principios rectores 2. Los poderes públicos de Cataluña deben promover las

Más detalles

pesos mcte. ($ ) incluido el IVA y todos los costos directos e indirectos que se generen.

pesos mcte. ($ ) incluido el IVA y todos los costos directos e indirectos que se generen. EVALUACIÓN DENTRO DE LA CONVOCATORIA DE ENERO DE 2011 QUE TIENE POR OBJETO, El objeto del presente contrato lo constituye la prestación de servicio de TRANSPORTE ESCOLAR en el sector dos. PRESUPUESTO OFICIAL

Más detalles

Informes Técnicos Sustentatorios

Informes Técnicos Sustentatorios Informes Técnicos Sustentatorios (ITS) de proyectos eléctricos SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES 2 1. Qué norma regula los Informes Técnicos Sustentatorios (ITS)

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

Norma Internacional de Control de Calidad (ISQC1 por sus siglas en ingles)

Norma Internacional de Control de Calidad (ISQC1 por sus siglas en ingles) Norma Internacional de Control de Calidad (ISQC1 por sus siglas en ingles) Control de Calidad para Firmas que Desempeñan Auditorías y Revisiones de Estados Financieros y otros Trabajos para Atestiguar

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 29726 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Universidades 7762 Resolución de 2 de septiembre de 2016, conjunta de la Dirección General de Calidad Educativa y Formación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 4 Sábado 4 de enero de 2014 Sec. III. Pág. 586 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR 130 Instrucción IS-35, de 4 de diciembre de 2013, del Consejo de Seguridad Nuclear, en relación

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0035/2010

Gabinete Jurídico. Informe 0035/2010 Informe 0035/2010 La consulta plantea diversas dudas respecto a la adecuación a la normativa de protección de datos de la publicación en la página web de un club deportivo de las clasificaciones de los

Más detalles

3. PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LAS INVERSIONES

3. PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LAS INVERSIONES INDICE: 1. Introducción 2. Concepto de Inversiones Financieras Temporales 3. Principios y criterios de selección de las Inversiones 4. Gestión de las Inversiones Financieras Temporales 5. Seguimiento de

Más detalles

Modificaciones de las Resoluciones Técnicas Nº 8 y 16. Impracticabilidad Presentación de información comparativa.

Modificaciones de las Resoluciones Técnicas Nº 8 y 16. Impracticabilidad Presentación de información comparativa. RESOLUCIÓN TÉCNICA N 28 Modificaciones de las Resoluciones Técnicas Nº 8 y 16. Impracticabilidad Presentación de información comparativa. PRIMERA PARTE Visto: El Proyecto N 20 de Resolución Técnica Modificaciones

Más detalles

Ref. PG-CO-7.4 Anexo 2. Instructivo de Criterios para selección de Proveedores

Ref. PG-CO-7.4 Anexo 2. Instructivo de Criterios para selección de Proveedores 1.- Propósito: Establecer los criterios requeridos para llevar a cabo la evaluación y selección de proveedores y obtener así el listado de proveedores aceptables 2.- Alcance: Aplica en la fase de selección

Más detalles

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores NORMAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS POR PARTE DE SOCIEDADES O ENTIDADES A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY N 29720 CAPITULO I Disposición General Artículo 1.- Entidades

Más detalles

COMISION POR INTERMEDIACION EN LA VENTA DE AUTO USADO EN LA CIUDAD DE SINCELEJO JUSTIFICACIÓN

COMISION POR INTERMEDIACION EN LA VENTA DE AUTO USADO EN LA CIUDAD DE SINCELEJO JUSTIFICACIÓN COMISION POR INTERMEDIACION EN LA VENTA DE AUTO USADO EN LA CIUDAD DE SINCELEJO JUSTIFICACIÓN El resultado del presente estudio permitirá certificar prácticas regularizadas de los comerciantes dedicados

Más detalles

ENMIENDA Nº1. Donde dice: A) CARPETA FORMAL Estará compuesta por la siguiente documentación:

ENMIENDA Nº1. Donde dice: A) CARPETA FORMAL Estará compuesta por la siguiente documentación: ENMIENDA Nº1 1. En la sección B Condiciones Especiales de la Licitación (CEL), punto CGL 5.2, página 25, se elimina el ítem K a presentar en la Carpeta Formal. Donde dice: A) CARPETA FORMAL Estará compuesta

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA EXPEDICIÓN DE TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. CAPITULO I

ORDENANZA REGULADORA DE LA EXPEDICIÓN DE TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. CAPITULO I ORDENANZA REGULADORA DE LA EXPEDICIÓN DE TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. CAPITULO I Articulo 1.- Esta Ordenanza tiene por objeto estructurar y fijar los criterios y el procedimiento

Más detalles

PROYECTO DE MODERNIZACION EVALUACION ADMINISTRATIVOS (PERIODO DE PRUEBA Y CARRERA)

PROYECTO DE MODERNIZACION EVALUACION ADMINISTRATIVOS (PERIODO DE PRUEBA Y CARRERA) PROYECTO DE MODERNIZACION EVALUACION ADMINISTRATIVOS (PERIODO DE PRUEBA Y CARRERA) Normatividad Legal Vigente Ley 909 de Septiembre 23 de 2004 Acuerdo 017 de Enero 22 de 2008 Acuerdo 018 de Enero 22 de

Más detalles

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 600. USO DEL TRABAJO DE OTRO AUDITOR (Esta declaración está en vigor) CONTENIDO. Párrafos Introducción...

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 600. USO DEL TRABAJO DE OTRO AUDITOR (Esta declaración está en vigor) CONTENIDO. Párrafos Introducción... NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 600 USO DEL TRABAJO DE OTRO AUDITOR (Esta declaración está en vigor) CONTENIDO Párrafos Introducción... 1-5 Aceptación corno auditor principal... 6 Los procedimientos del

Más detalles

AAPIPNA Asociación Aragonesa para la Investigación Psíquica del Niño y el Adolescente

AAPIPNA Asociación Aragonesa para la Investigación Psíquica del Niño y el Adolescente PARA ATENCIÓN DE NIÑOS CON PADRES DIVORCIADOS COMISIÓN DEONTOLÓGICA DEL COPPA CONSENTIMIENTO INFORMADO Y DERECHO A LA INFORMACIÓN CONSENTIMIENTO INFORMADO Y DERECHO A LA INFORMACIÓN La Comisión Deontológica

Más detalles

DECRETO SUPREMO N MINCETUR

DECRETO SUPREMO N MINCETUR DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y

Más detalles

Ministerio de Economía y Producción

Ministerio de Economía y Producción RESOLUCION GENERAL Nº 475 FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN S/ MECANICA PROCESO REESTRUCTURACIÓN DEUDA PÚBLICA DISPUESTO POR DECRETO Nº 1735/04 BUENOS AIRES, 29 de diciembre de 2004. DE VALORES, y VISTO el expediente

Más detalles

Política de selección, nombramiento, y sucesión de la Junta Directiva. BBVA Colombia

Política de selección, nombramiento, y sucesión de la Junta Directiva. BBVA Colombia Política de selección, nombramiento, y sucesión de la Junta Directiva BBVA Colombia CONTENIDO pág. 1 Introducción 3 2 Requisitos 3 3 Procedimiento 4 4 Sucesión de la Junta Directiva 5 2 1. Introducción

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE RECURSOS HISTÓRICOS ENCONTRADOS EN ÁREAS DEL PROYECTO DE AMPLIACIÓN

PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE RECURSOS HISTÓRICOS ENCONTRADOS EN ÁREAS DEL PROYECTO DE AMPLIACIÓN PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO DE RECURSOS HISTÓRICOS ENCONTRADOS EN ÁREAS DEL PROYECTO DE AMPLIACIÓN 1.0 INTRODUCCIÓN Uno de los principales impactos considerados o identificados en el proyecto de ampliación

Más detalles

PAGO DE LOS GASTOS DEL REGISTRO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLES MARCO JURIDICO

PAGO DE LOS GASTOS DEL REGISTRO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLES MARCO JURIDICO PAGO DE LOS GASTOS DEL REGISTRO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLES MARCO JURIDICO En materia de inmuebles, el código civil establece que la compraventa de bienes raíces no se reputa perfecta

Más detalles

19 de febrero de 2015

19 de febrero de 2015 19 de febrero de 2015 ACTUALIDAD NORMATIVA 1. Guía del modelo 347, declaración anual de operaciones con terceras personas.... 1 2. Castilla-La Mancha: Ley de Protección Social y Jurídica de la Infancia

Más detalles

CURSO GENERAL SOBRE MEDIACIÓN CIVIL Y FAMILIAR

CURSO GENERAL SOBRE MEDIACIÓN CIVIL Y FAMILIAR CURSO SEMIPRESENCIAL CURSO GENERAL SOBRE MEDIACIÓN CIVIL Y FAMILIAR Convocatoria: 08/07/2014-14/09/2014 Página 1 de 9 PRESENTACIÓN El curso ante el que nos encontramos pretende ahondar en aquellos conocimientos

Más detalles

Informe de Actividades INVEMAR Informe del. Revisor Fiscal

Informe de Actividades INVEMAR Informe del. Revisor Fiscal Informe de Actividades INVEMAR 2004 225 Informe del Revisor Fiscal 226 Informe de Actividades INVEMAR 2004 Informe de Actividades INVEMAR 2004 227 DICTAMEN DEL REVISOR FISCAL A los señores asambleístas

Más detalles

C111 Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958

C111 Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 C111 Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 Convenio relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación (Nota: Fecha de entrada en vigor: 15:06:1960) Lugar: Ginebra Fecha

Más detalles

Personalidad jurídica

Personalidad jurídica Personalidad jurídica En la actualidad y a diferencia de lo que sucedió en otras épocas-, y como exigencia elemental de la dignidad humana, se reconoce que cualquier persona física tiene personalidad jurídica

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE JUNIO DE Presentado por el representante Méndez Núñez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE JUNIO DE Presentado por el representante Méndez Núñez ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 0 DE JUNIO DE 0 Presentado por el representante Méndez Núñez Referido a la Comisión

Más detalles

VIICUMBRE DEL CLARCIEV 13 de octubre de 2010

VIICUMBRE DEL CLARCIEV 13 de octubre de 2010 VIICUMBRE DEL CLARCIEV 13 de octubre de 2010 EL DERECHO A LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DISCAPACIDAD Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales,

Más detalles

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE DEL REINO DE ESPAÑA Y LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE DEL REINO DE ESPAÑA Y LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE DEL REINO DE ESPAÑA Y LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DEL MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2620 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015. Presentado por la representante Méndez Silva

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2620 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015. Presentado por la representante Méndez Silva ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa 6ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 60 0 DE SEPTIEMBRE DE 05 Presentado por la representante Méndez Silva Referido

Más detalles

Sesión No. 11. Nombre: Segunda Instancia. Contextualización DERECHO PROCESAL 1

Sesión No. 11. Nombre: Segunda Instancia. Contextualización DERECHO PROCESAL 1 Derecho Procesal DERECHO PROCESAL 1 Sesión No. 11 Nombre: Segunda Instancia Contextualización La segunda instancia en el proceso penal que está adscrita a la posibilidad de impugnar la sentencia dictada

Más detalles

INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED

INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED INSTRUCCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES POR LA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE REASIGNACIÓN PARA NOMBRES DE DOMINIO DE EXCEPCIONAL INTERÉS GENERAL INTRODUCCIÓN La disposición

Más detalles

Reglamento del Consejo Municipal de Turismo

Reglamento del Consejo Municipal de Turismo Reglamento del Consejo Municipal de Turismo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución, en su art. 9.2º. obliga a los poderes públicos a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política,

Más detalles

Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional

Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional Concurso Público de Méritos convocado por Resolución Administrativa 126-2015-P/TC Nombre: Nota: Fecha:

Más detalles

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP Anexos Anexo I Anexo II Anexo III Contratación de bienes y servicios Deber de lealtad Procedimiento de operación con

Más detalles

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación. COMUNICACIÓN SSN 2714 11/02/2011 Circular SSN 167 RESOLUCION Nº 35614 SINTESIS: Modifica Resolución 35401 A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENT ANTES R. DE LA C. 1287 INFORME. 16 de junio de 2015

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENT ANTES R. DE LA C. 1287 INFORME. 16 de junio de 2015 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 17ma. Asamblea Legislativa Sta. Sesion Ordinaria CAMARA DE REPRESENT ANTES R. DE LA C. 1287 INFORME 16 de junio de 2015 A LA CAMARA DE REPRESENT ANTES DE PUERTO RICO:

Más detalles

EMPRESA UNIPERSONAL. La empresa unipersonal es una persona jurídica

EMPRESA UNIPERSONAL. La empresa unipersonal es una persona jurídica GRUPO REGULACION Y CONTROL DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS PROCEDIMIENTO PARA REGISTRO DE LABORATORIOS DE CONTROL DE CALIDAD DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS. 1. OBJETO ALCANCE Este procedimiento aplica a toda

Más detalles

Diplomado en Administración Bancaria

Diplomado en Administración Bancaria Diplomado en Administración Bancaria 1) Presentación 2) Requisitos 3) Objetivos 4) Tabla de Calificaciones 5) Duración 6) Certificación 7) Metodología de Estudios 8) Plan de Estudios 1) Presentación Su

Más detalles

Modelo de Curriculum Vitae

Modelo de Curriculum Vitae Modelo de Curriculum Vitae En el caso de persona jurídica, este modelo será válido para los trabajadores que vayan a desempeñar las actuaciones publicadas. INFORMACIÓN PERSONAL Nombre [ Apellidos, Nombre

Más detalles

Esta norma define los términos para prestar de manera satisfactoria los diferentes

Esta norma define los términos para prestar de manera satisfactoria los diferentes 201-02-11 1. OBJETO Esta norma define los términos para prestar de manera satisfactoria los diferentes servicios y beneficios preferenciales que ofrece la cámara de comercio al grupo de afiliados en los

Más detalles

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. R. C. de la C. 660 16 DE OCTUBRE DE 2014. Presentada por el representante Ortiz Lugo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. R. C. de la C. 660 16 DE OCTUBRE DE 2014. Presentada por el representante Ortiz Lugo ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES R. C. de la C. 0 DE OCTUBRE DE 0 Presentada por el representante Ortiz Lugo Referida a la Comisión

Más detalles

NORMATIVA SOBRE NOMBRAMIENTO DE PROFESORES EMÉRITOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

NORMATIVA SOBRE NOMBRAMIENTO DE PROFESORES EMÉRITOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS NORMATIVA SOBRE NOMBRAMIENTO DE PROFESORES EMÉRITOS (Aprobada en la sesión de Consejo de Gobierno de 26 de junio de 2014) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La legislación vigente en materia de Función Pública fija

Más detalles