PREVENCION DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACION. Sesión de training interno 1/ de marzo de Felipe Fernández-Campa Hernández

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PREVENCION DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACION. Sesión de training interno 1/2011 4 de marzo de 2.011 Felipe Fernández-Campa Hernández"

Transcripción

1 PREVENCION DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACION DEL TERRORISMO Sesión de training interno 1/ de marzo de Felipe Fernández-Campa Hernández

2 I.- Ámbito normativo Normativa general Otras normas relacionadas Directiva 2005/60/CE de 26 de octubre de Ley 10/2010, de 28 de abril de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (Ley PBC) Real Decreto 925/1995, de 9 de junio, por la que se aprueba el Reglamento. Ley 12/2003, de 21 de mayo, de bloqueo de la financiación del terrorismo. Ley 19/2003, de 4 de julio sobre movimientos de capitales y transacciones al exterior. Orden EHA/1439/2006 de 13 de mayo sobre declaraciones de medios de pago. Código Penal (arts. 298 a 304)

3 II.- Objeto y definiciones. La LPBC tiene por objeto la protección de la integridad del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica mediante el establecimiento de obligaciones de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Imposición del deber de colaboración con la Administración en el descubrimiento de las tramas de blanqueo. Régimen sancionador en caso de no colaboración.

4 II.- Objeto y definiciones. ACTIVIDADES CONSIDERADAS BLANQUEO DE CAPITALES La conversión o la transferencia de bienes, a sabiendas de que proceden de una actividad delictiva o la participación en la misma, con el propósito de ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes o ayudar a los implicados a eludir las repercusiones jurídicas de los actos delictivos. La ocultación o encubrimiento de la naturaleza, origen, localización, disposición, movimiento o propiedad real de bienes y derechos, a sabiendas de que proceden de una actividad delictiva. La adquisición, posesión o utilización de bienes, a sabiendas de que proceden de una actividad delictiva. La participación en alguna de las actividades anteriores, la asociación para cometerlas, la tentativa y el hecho de ayudar, instigar o aconsejar.

5 II.- Objeto y definiciones. FINANCIACION DEL TERRORISMO El suministro, depósito, distribución o recogida de fondos o bienes, directa o indirectamente, con el objeto de utilizarlos o con el conocimiento de ello, de que serán utilizados total o parcialmente, para la comisión de delitos de terrorismo. COMISION DEL DELITO EN OTRO ESTADO Se considerará que hay blanqueo de capitales o financiación del terrorismo aun cuando la actividad delictiva o el suministro o recogida de fondos para delitos terroristas se haya desarrollado fuera de España.

6 II.- Objeto y definiciones. FASES DEL BLANQUEO DE CAPITALES FASE 1 FASE 2 FASE 3 COLOCACION ENCUBRIMIENTO SUJETOS OBLIGADOS INTEGRACION

7 II.- Objeto y definiciones. FASES DEL BLANQUEO DE CAPITALES Colocación: Introducir el dinero en efectivo procedente de las actividades delictivas. El objetivo es la simulación de licitud y es en esta etapa cuando se maneja mayor cantidad de dinero en efectivo. Encubrimiento: Consiste en realizar una serie de operaciones más o menos complejas que distancien el dinero de su origen, para complicar el seguimiento de las operaciones por parte de la Administración. Integración: Es el retorno del dinero blanqueado a la economía real, bien al mismo sector del que procedía u otro diferente, y con apariencia de legitimidad. BILLETES DE LOTERÍA FACTURAS FALSAS COMPRA DE INMUEBLES TRANSFERENCIAS PUENTE TESTAFERROS LOCUTORIOS

8 III.- Sujetos obligados. Sector financiero(bancos, seguros, gestoras de fondos y pensiones. ) Promotores inmobiliarios. Profesionales (auditores, contables externos, asesores fiscales, abogados, procuradores, notarios y registradores) Casinos y administraciones de lotería. Joyerías y profesionales de antigüedades y objetos de arte. Personas físicas que realicen movimientos de pago. Comerciantes profesionales de bienes. Fundaciones y asociaciones. (a) Cuando alguien actúe en calidad de empleado de una persona jurídica o preste servicios permanentes o esporádicos, las obligaciones recaen sobre la persona jurídica. (b) También estarán obligados por las operaciones que deleguen en agentes o intermediarios.

9 IV.- De la diligencia debida. Identificación. Formal De la titularidad real Obligación de identificar a todo aquel que pretenda establecer relaciones de negocio o intervenir en cualquier operación. Deber de abstención en caso de no identificación. Documentos fehacientes. Personas físicas por cuya cuenta se quiere establecer la relación de negocios. Personas físicas que en último término posean o controlen + 25% de una persona jca. (salvo que sea cotizada en UE y terceros equivalentes) Personas físicas que posean +25% de un instrumento que administre fondos ( TRUSTS )

10 IV.- De la diligencia debida. La relación de negocios. Propósito e índole Seguimiento continuo Obligación de obtener información. Fijación de medidas para verificar la información. Fijación de medidas. Escrutinio de las operaciones para verificar el perfil empresarial y de riesgo del cliente. Actualización de la documentación e información del cliente.

11 IV.- De la diligencia debida. Aplicación de las medidas. Por el sujeto obligado Se podrán determinar distintos grados en función del riesgo, tipo de cliente, (política expresa de admisión de clientes). Análisis de riesgo escrito. Clientes nuevos / existentes (D.T. 7ª =5años). Deber de abstención en caso de no poderse aplicar (no responsabilidad salvo enriquecimiento injusto). Aplicación obligatoria a TRUSTS. Medidas específicas de los casinos. Por terceros Posible externalización, salvo seguimiento continuo de la relación (no delegación de responsabilidad) Incluso a terceros UE o países terceros equivalentes. Acuerdo escrito con las obligaciones de cada parte.

12 IV.- De la diligencia debida. Medidas simplificadas. Respecto de clientes Respecto de productos Entes públicos UE y terceros equivalentes. Entidades financieras UE y terceros equivalentes. Cotizadas UE y terceros equivalentes. Seguros de vida de prima anual inferior a o prima única de / pago bancario. Planes de pensiones. Dinero electrónico. Posible desarrollo reglamentario (1.000 de umbral) (a) Exención de las medidas referentes a solicitud de documentos fehacientes, titularidad real, propósito y seguimiento del negocio. (b) Reunir documentación suficiente justificativa de la exención.

13 IV.- De la diligencia debida. Medidas reforzadas. Cuando existe un alto riesgo (exige previo análisis) o supuestos específicos (Banca privada / Servicios de envío de dinero / Cambio de moneda.) 1.-Relaciones de negocio no presenciales: Se podrán establecer relaciones de negocio por medios telefónicos, electrónicos y telemáticos si la identidad está acreditada mediante firma electrónica o el primer ingreso proceda de una cuenta UE o tercero equivalente. Obligación de obtener copia de la documentación en 1 mes. Preceptiva la identificación presencial en caso de discrepancia. Políticas y procedimientos para relaciones no presenciales.

14 IV.- De la diligencia debida. Medidas reforzadas. 2.- Personas con responsabilidad pública: Extensible a familiares más próximos y allegados reconocidos. Medidas adicionales (procedimientos específicos, autorización del directivo superior, medidas sobre el origen de los fondos, seguimiento reforzado y permanente) Posibilidad de crear ficheros específicos (incluso de quien no es cliente, obtención de información sin consentimiento). Creación de ficheros por terceros. Actualización. 3.-Productos y operaciones propicias al anonimato y nuevos desarrollos tecnológicos.

15 V.- De las obligaciones de información. 1.- Examen especial: Con independencia de su cuantía, en función de la naturaleza. Resultados del examen por escrito. Procedimiento de examen regulado por escrito. Revisión. Difusión a directivos, empleados y agentes. Aplicaciones informáticas apropiadas. 2.- Comunicación por indicio (SEPBLAC): Por iniciativa propia / tb la mera tentativa / sin dilación. Contenido: Identificación de las personas / la actividad / operaciones vinculadas / gestiones de investigación. Precedida de un proceso estructurado de examen especial. El SEPBLAC puede pedir que se complete. Comunicación directa de directivos y empleados en caso de no ser informado del curso de su denuncia.

16 V.- De las obligaciones de información. 3.-Abstención de ejecución: Cuando no sea posible o dificulte la investigación, posibilidad de ejecución e inmediata comunicación (exponer motivos) 4.- Comunicación sistemática (SEPBLAC). Pendiente de reglamento. 5.- Colaboración con el SEPBLAC: Deber de colaboración con requerimientos. Establecimiento de sistemas que permitan responder sobre relaciones de negocios a lo largo de 10 años.

17 V.- De las obligaciones de información. 6.-No sujeción (abogados): No sujeción a las obligaciones de abstención, comunicación por indicio y al deber de colaboración con requerimientos con respecto a la información que reciban de uno de sus clientes u obtengan sobre él al determinar la posición jurídica en favor de su cliente o desempeñar su misión de defender a dicho cliente en procesos judiciales o en relación con ellos, incluido el asesoramiento sobre la incoación o la forma de evitar un proceso, independientemente de si se han recibido u obtenido dicha información antes, durante o después de tales procesos. 7.- Exención de responsabilidad. Si la comunicación es de buena fe tanto si es por el sujeto obligado como por los directivos y empleados, no constituirá violación de las restricciones sobre divulgación de secretos impuesta por contrato o norma.

18 V.- De las obligaciones de información. 8.-Prohibición de revelación: Ni al cliente ni a terceros tanto el hecho de que se ha realizado una comunicación o que se está realizando el examen. Sí es posible compartir la información entre entidades financieras del mismo grupo, firmas multidisciplinares de servicios jurídicos y financieros o para casos concretos entre sujetos que pertenezcan a la misma categoría profesional y tengan obligaciones equivalentes respecto al secreto profesional. Disuadir a un cliente de una actividad ilegal por parte de auditores, asesores fiscales, abogados, procuradores, no es revelar. 9.- Conservación de documentos (10 años): Copia de los documentos exigibles por la aplicación de las medidas de diligencia debida. Original o copia fehaciente de los documentos de la operación. Soportes ópticos, magnéticos o electrónicos.

19 VI.- Del control interno. 1.-Medidas de control interno: Políticas y procedimientos escritos en materia de diligencia debida, información, conservación de documentos, control interno, evaluación y gestión de riesgos y comunicación. Política por escrito de admisión de clientes. (corresponderá al órgano centralizado de profesionales colegiados si existiera) Representante ante el SEPBLAC (cargo de administración o dirección): Comunicación al SEPBLAC ( reparos?) / Responsable de las obligaciones / Acceso ilimitado a la información. Órgano de control interno (reuniones periódicas): Separación funcional de los auditores internos. Manual (ha de ser aprobado): Voluntariamente se puede remitir al SEPBLAC.

20 VI.- Del control interno. 2.-Examen externo: Las medidas de control serán objeto de examen anual por experto externo. Informe escrito sobre las medidas, su valoración y propuesta de rectificaciones o mejoras. En los 2 años sucesivos, se podrá sustituir por un informe de seguimiento sobre las deficiencias detectadas. El informe se elevará al Consejo de Administración que deberá adoptar las medidas oportunas. Experto externo: Condiciones académicas y de experiencia adecuadas / Inscripción previa / Informe semestral / No pueden serlo quienes hayan prestado o presten otro tipo de servicios durante los 3 años anteriores. Exención para empresarios o profesionales individuales.

21 VI.- Del control interno. 3.-Empleados: Formación: Cursos específicos / Plan anual de formación. Protección de los empleados: Fijación de medidas adecuadas para mantener la confidencialidad del delator / Medidas para protegerlos de amenazas o acciones hostiles / Ante autoridades administrativas o judiciales el compareciente será el representante ante el SEPBLAC Idoneidad: Procedimientos escritos para asegurar estándares éticos de empleados, directivos y agentes. 4.- Sucursales y filiales en terceros países: Medidas equivalentes a sucursales con participación mayoritaria. Cuando el derecho del tercer país impida alguna de las medidas, habrá que establecer otras adicionales e informar al SEPBLAC.

22 VI.- Del control interno. 5.-Ley de Protección de datos: No se requiere consentimiento del titular para el cumplimiento de las obligaciones de información y comunicación. El titular tampoco tendrá el derecho de información sobre la base de datos creada al efecto. Tampoco son aplicables los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. 6.- Intercambio de información: En circunstancias excepcionales, el SEPBLAC podrá autorizar el intercambio de información. Posibilidad de intercambiar información cuando habiendo una comunicación o habiéndose abstenido de la ejecución de una operación, se prevea que pueda intentarse con otros sujetos obligados. Creación de ficheros centralizados de acceso para lo sujetos obligados, Jueces, Policía y administraciones. Acceso restringido al órgano de control interno.

23 VII.-Delosmediosdepago. Declaración previa Medios de pago Salida o entrada en España por importe superior a Movimientos por España superiores a Obligado: Persona física que actúe por cuenta propia o de tercero. Excepción: Empresas de transporte profesional de fondos o medios de pago. Modelo aprobado (siempre junto con los medios de pago y debidamente diligenciado) Papel moneda y metálica (nacional o extranjera). Cheques bancarios al portador. Cualquier otro medio físico, incluso electrónico. Para salidas o entradas en España, tb. efectos negociables al portador (cheques de viaje), a la orden de un beneficiario ficticio e instrumentos incompletos.

24

25 VII.- De los medios de pago. La declaración previa(modelo S-1) No es aplicable a cheques nominativos ni tarjetas nominativas de crédito o débito. Se puede obtener en Único para salidas nacionales o fuera de España / Una por cada movimiento. Se presentará sin previo requerimiento para su diligenciado y a requerimiento. Las entidades de crédito podrán diligenciar las declaraciones si, al menos parcialmente, el dinero en efectivo es con cargo a cuentas de la citada entidad. La mera declaración (no diligenciada) no acreditará el movimiento de efectivo. Exclusivamente en caso de movimientos por España por importe superior a , seguidos de su salida a otro territorio o precedida de su entrada desde otro territorio, se podrá presentar una única declaración. Posible intervención de medios de pago si hay omisión de la declaración o falta de veracidad especialmente relevante (mínimo de supervivencia de ) / Es especialmente relevante la falta de veracidad sobre los datos del portador o propietario, origen, destino y la variación en el importe de más de un 10% o ) / Acta de intervención. Información a viajeros Comunicación mensual de operaciones.

26 VII.- De los medios de pago. La declaración previa(modelo S-1) Salida o entrada en España Servicio de Aduana permanente Sin servicio de Aduana permanente S-1 en Aduana S-1 previo en Administración Aduana Verificación Diligenciada y devolución al interesado Comunicación en 1 mes al SEPBLAC

27 VII.- De los medios de pago. La declaración previa(modelo S-1) Entrada en España desde UE Movimientos en España Sin Servicio de Aduana permanente S-1 previo en Administración Aduana S-1 web AEAT (telemática) Validación en pantalla Verificación Impresión y firma Comunicación en 1 mes al SEPBLAC Diligenciado y devolución

28 VIII.- Otras disposiciones. 1.- Comerciantes de bienes: Quien comercie profesionalmente con bienes que realice pagos o cobros en efectivo por valor superior a (en una o varias operaciones relacionadas), asumirán las obligaciones de identificación formal, examen especial, comunicación por indicio, abstención de ejecución, colaboración con el SEPBLAC, prohibición de revelación y conservación de documentos. 2.-Fundaciones y asociaciones: Obligación de llevar un registro de las donaciones recibidas y los fondos aportados (10 años) 3.- Envío de dinero: Con relación a las operaciones de envío de dinero reguladas en la Ley de Servicios de Pago, las transferencias deberán cursarse a través de cuentas abiertas en entidades de crédito del país de destino y/o países intermedios. 4.- Fichero de titularidades financieras: Obligación por parte de las entidades de crédito de informar la apertura o cancelación de cuentas corrientes, ahorro, valores y depósitos a plazo. Tendrán acceso al fichero, los Jueces de Instrucción, Mº Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la AEAT.

29 IX.- Régimen sancionador. Infracciones muy graves. Infracciones muy graves Sanciones Incumplimiento del deber de comunicación cuando el directivo o empleado haya denunciado. Obligación de colaboración con SEPBLAC. Prohibición de revelación. Resistencia a la actuación inspectora tras requerimiento. Obligación de adopción de medidas correctoras ordenadas. Reiteración (5 años) Multa mínima / máxima 5% PN o doble de la operación + Amonestación pública o Revocación de autorización administrativa.

30 IX.- Régimen sancionador. Infracciones graves. Infracciones graves Sanciones Incumplimiento de obligaciones de identificación formal/titularidad real/propósito del negocio. Obligación de medidas de seguimiento/ de diligencia a clientes existentes/ reforzadas/examen especial/comunicación por indicio/abstención de ejecución/comunicación sistemática. Obligación de colaboración con órganos de apoyo SEPBLAC. Obligación de conservación de documentos/procedimientos escritos/examen externo/formación Multa mínima / máxima 1% PN ó 1,5 de la operación + Amonestación pública o Amonestación privada.

31 IX.- Régimen sancionador. Infracciones leves. Infracciones leves Sanciones Las que no se califiquen como graves o muy graves. Multa hasta / o Amonestación privada.

32 IX.- Régimen sancionador. Responsabilidad de administradores. Además de la responsabilidad del sujeto obligado, podrán ser responsables los administradores y directivos cuando la conducta sea dolosa o negligente. Exigible incluso tras el cese. En caso de disolución, los socios responden hasta su cuota de liquidación. Sanciones: Multa desde a / Suspensión del cargo de 1 a 10 años para la misma empresa o cualquier otra.

33 IX.- Régimen sancionador. Cuestiones de procedimiento. Prescripción: 5 años para las graves y muy graves / 2 años para las leves / Sanciones (3/2/1 año). Non bis in ídem : Identidad de sujeto, hecho y fundamento jurídico. Remisión del tanto de culpa al Ministerio fiscal (suspensión)

34 X.- El delito de blanqueo de capitales. Tipos Delito de receptación (tipo básico): Con ánimo de lucro y conocimiento de la comisión de un delito, en el que no haya intervenido, ayude a aprovecharse de los efectos, reciba, adquiera o los oculte. Delito de receptación para el tráfico Delito de receptación de faltas: Con ánimo de lucro y conocimiento de la comisión de una falta, habitualmente se aprovechara o auxiliara a los culpables para que se beneficien de los efectos. Delito de blanqueo de capitales: El que adquiera, convierta o transmita bienes, conocedor de su origen delictivo, cometido por él o tercero, oculte o encubra su origen, o ayude al infractor a evitar las consecuencias jurídicas. Penas 6 meses a 2 años. 1 a 2 años. 6 meses a 1 año. 6 meses a 6 años y multa de hasta el triple del valor de los bienes. Inhabilitación especial para cargo o empleo público, profesión, de 3 a 10 años para sujetos determinados.

El auditor ante la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales

El auditor ante la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales El auditor ante la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales 20º Forum del Auditor Profesional Col-legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya 1 de julio de 2010 Índice I.- Introducción Legislación

Más detalles

UN SERVICIO INTEGRAL PARA CUMPLIR CON TODAS LAS OBLIGACIONES LEGALES VIGENTES EN RELACION A LA PREVENCION DE BLANQUEO DE CAPITALES.

UN SERVICIO INTEGRAL PARA CUMPLIR CON TODAS LAS OBLIGACIONES LEGALES VIGENTES EN RELACION A LA PREVENCION DE BLANQUEO DE CAPITALES. UN SERVICIO INTEGRAL PARA CUMPLIR CON TODAS LAS OBLIGACIONES LEGALES VIGENTES EN RELACION A LA PREVENCION DE BLANQUEO DE CAPITALES. TRANSMITE UNA IMAGEN DE TRANSPARENCIA Y PROFESIONALIDAD Y EVITA SANCIONES

Más detalles

Obligaciones Protección de Datos en Materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Obligaciones Protección de Datos en Materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Obligaciones Protección de Datos en Materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Legislación: Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales

Más detalles

Servicios de Adaptación a la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales (LPBC) Servicios de Prevención de Blanqueo de Capitales

Servicios de Adaptación a la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales (LPBC) Servicios de Prevención de Blanqueo de Capitales Certificado ISO 27001 Seguridad de la Información Servicios de Adaptación a la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales (LPBC) 1 sumario 1. La Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales (LPBC) 2. Servicios

Más detalles

OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO Disposición adicional decimoctava. Obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero 1. Los obligados tributarios

Más detalles

Administradores de fincas y prevención del blanqueo de capitales

Administradores de fincas y prevención del blanqueo de capitales Administradores de fincas y prevención del blanqueo de capitales Autor: Luis Guirado Pueyo, cofundador y Gerente de Multiges Consultoría y Alumno de Cuando se habla de la profesión de administración o

Más detalles

Experto En Prevención De Blanqueo De Capitales Y Financiación Del Terrorismo

Experto En Prevención De Blanqueo De Capitales Y Financiación Del Terrorismo OBJETIVOS Conocer con detalle la nueva normativa legal del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, establecida por la Ley 10/2010, de 28 de abril, la cual establece las medidas de obligado

Más detalles

Aspectos prácticos para despachos profesionales

Aspectos prácticos para despachos profesionales Seminario: La Prevención del Blanqueo de Capitales Aspectos prácticos para despachos profesionales L.A. Rojí Asesores Tributarios 11 de febrero de 2011 PONENTE Licenciado en Derecho y Administración de

Más detalles

PREVENCIÓN N DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

PREVENCIÓN N DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO PREVENCIÓN N DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN INMOBILIARIA 7 JUNIO 2012 I. CONSIDERACIONES GENERALES 1. NORMATIVA BÁSICA 2. VALORACIÓN DE LA LEY 10/2010

Más detalles

Nuevo Reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

Nuevo Reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo Nuevo Reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo El pasado día 6 de Mayo, se publicó en el BOE, el Real Decreto 304/2014, por el que se aprueba el Reglamento

Más detalles

Obligación de informar a Hacienda sobre los BIENES situados en el EXTRANJERO

Obligación de informar a Hacienda sobre los BIENES situados en el EXTRANJERO Nº 38 Febrero 2015 www.ceconsulting.es Obligación de informar a Hacienda sobre los BIENES situados en el EXTRANJERO I.- Quiénes están obligados a presentar la declaración? II.- Qué bienes se deben declarar?

Más detalles

Prevención del blanqueo de capitales

Prevención del blanqueo de capitales Prevención del blanqueo de capitales David Yagüe 20 de noviembre de 2013 Normativa Recomienda Establece directivas Legisla -SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales

Más detalles

RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. Febrero, 2014

RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. Febrero, 2014 RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Febrero, 2014 ÍNDICE 1. ANTECEDENTES 2. NORMATIVA 3. ORGANIZACIÓN INTERNA 3.1. Comité de PBC&FT

Más detalles

S1B005 Prevención del blanqueo de capitales en el sector financiero

S1B005 Prevención del blanqueo de capitales en el sector financiero Objetivos Perseguidos Las normas que las entidades financieras en general deben cumplir, incluyen entre otros aspectos básicos, la obligatoriedad de llevar a cabo distintas acciones formativas que indiquen

Más detalles

LA NORMATIVA DE BLANQUEO DE CAPITALES EN INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA.

LA NORMATIVA DE BLANQUEO DE CAPITALES EN INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA. LA NORMATIVA DE BLANQUEO DE CAPITALES EN INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA. LA INTRODUCCIÓN En materia de Prevención del Blanqueo de Capitales se pretende luchar contra la utilización del sistema financiero

Más detalles

ASPECTOS LEGALES BÁSICOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES Y DE PROTECCIÓN DE DATOS PARA LOS TITULADOS MERCANTILES

ASPECTOS LEGALES BÁSICOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES Y DE PROTECCIÓN DE DATOS PARA LOS TITULADOS MERCANTILES ASPECTOS LEGALES BÁSICOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES Y DE PROTECCIÓN DE DATOS PARA LOS TITULADOS MERCANTILES 1 NORMATIVA REGULADORA DE LA LEY PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES LEY

Más detalles

FICHAS DE LEGISLACIÓN

FICHAS DE LEGISLACIÓN FICHAS DE LEGISLACIÓN OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo

Más detalles

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Informe 364/2006 La consulta plantea, si le resulta de aplicación al tratamiento

Más detalles

MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Tal y como se anunciábamos en nuestra circular del mes de noviembre, el pasado 30 de octubre de 2012 se publicó la Ley

Más detalles

Experto en Prevención del Blanqueo de Capitales

Experto en Prevención del Blanqueo de Capitales Experto en Prevención del Blanqueo de Capitales Titulación certificada por EUROINNOVA BUSINESS SCHOOL Experto en Prevención del Blanqueo de Capitales Experto en Prevención del Blanqueo de Capitales Duración:

Más detalles

Distinguir en qué consiste el blanqueo de capitales, qué actividades infringen la

Distinguir en qué consiste el blanqueo de capitales, qué actividades infringen la OBJETIVOS PREVENCIÓN BLANQUEO DE CAPITALES Distinguir en qué consiste el blanqueo de capitales, qué actividades infringen la norma y cómo evitarlo. Conocer la normativa que rige actualmente la prevención

Más detalles

DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Plazo de presentación hasta el 31 de marzo

DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Plazo de presentación hasta el 31 de marzo 2014 DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Plazo de presentación hasta el 31 de marzo El 31 de marzo acaba el plazo para

Más detalles

SHAREFILE. Contrato de socio comercial

SHAREFILE. Contrato de socio comercial SHAREFILE Contrato de socio comercial Este Contrato de socio comercial ("Contrato de SC") se hace vigente de acuerdo con los términos de la sección 5 del Contrato de servicio del usuario final ("EUSA")

Más detalles

Capitales y Financiación del Terrorismo

Capitales y Financiación del Terrorismo PrevencióndelBlanqueode CapitalesyFinanciacióndel Terrorismo ImplicacionesparalosFirmasdeAuditoríayServiciosProfesionales Despachos de Asesoria SeminarioPráctico 1 PrevencióndelBlanqueodeCapitales yfinanciacióndelterrorismo

Más detalles

Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico. Ley 34/2002, de 11 de julio

Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico. Ley 34/2002, de 11 de julio Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico Ley 34/2002, de 11 de julio Índice Introducción a la LSSI Qué servicios se pueden prestar a raíz de la aprobación de la LSSI?

Más detalles

El Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (Ley 10/2010): Aspectos relevantes para los Sujetos Obligados

El Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (Ley 10/2010): Aspectos relevantes para los Sujetos Obligados El Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (Ley 10/2010): Aspectos relevantes para los Sujetos Obligados Madrid, 23 de marzo de 2011 1. Finalidad de La Ley 10/2010 de PBC Finalidad: La protección

Más detalles

DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO CIRCULAR FISCAL 7 de marzo de 2014 DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO 1.- PRIMERA DECLARACION DEL MODELO 720: Si no tuvo la obligación de presentar

Más detalles

CATALOGO EJEMPLIFICATIVO DE OPERACIONES DE RIESGO DE BLANQUEO DE CAPITALES PARA ENTIDADES ASEGURADORAS

CATALOGO EJEMPLIFICATIVO DE OPERACIONES DE RIESGO DE BLANQUEO DE CAPITALES PARA ENTIDADES ASEGURADORAS CATALOGO EJEMPLIFICATIVO DE OPERACIONES DE RIESGO DE BLANQUEO DE CAPITALES PARA ENTIDADES ASEGURADORAS La presente lista tiene como objetivo orientar a las entidades aseguradoras sobre algunos de los tipos

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación y fines. El presente Reglamento

Más detalles

A continuación se presenta la lista de actividades vulnerables:

A continuación se presenta la lista de actividades vulnerables: El 17 de octubre de este año se publicó la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, denominada también de Lavado de Dinero. La nueva Ley entrará

Más detalles

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR FICHA RESUMEN...2 EXPOSICION DE MOTIVOS...3 Artículo 1...3

Más detalles

CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD

CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD BUCARAMANGA - COLOMBIA 2013 INTRODUCCIÓN El presente Documento, ha sido redactado en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto

Más detalles

CÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA PARA LA PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO BOLSA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, S. A.

CÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA PARA LA PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO BOLSA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, S. A. CÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA PARA LA PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO BOLSA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, S. A. Septiembre/2013 Introducción El Código de Ética y Conducta

Más detalles

[ Experto en Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo +]

[ Experto en Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo +] [ Experto en Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo ] Características del Programa Este Programa permitirá que el alumno pueda adquirir los conocimientos suficientes para conocer

Más detalles

Y por consiguiente los firmantes acuerdan las siguientes cláusulas: CLÁUSULAS

Y por consiguiente los firmantes acuerdan las siguientes cláusulas: CLÁUSULAS CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN Y LA ENTIDAD PROMOTORA CAMPO NOMBRE ENTIDAD PROMOTORA, A LOS EFECTOS DE LA CONVOCATORIA 2010 DE INFRAESTRUCTURAS CIENTIFICO- TECNOLÓGICAS,

Más detalles

BLANQUEO DE CAPITALES EN LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS DE VIDA A TRAVÉS DE CORREDORES DE SEGUROS

BLANQUEO DE CAPITALES EN LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS DE VIDA A TRAVÉS DE CORREDORES DE SEGUROS BLANQUEO DE CAPITALES EN LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS DE VIDA A TRAVÉS DE CORREDORES DE SEGUROS I. INTRODUCCIÓN Uno de los aspectos que más puede dañar la imagen corporativa y la reputación en el mercado

Más detalles

AVISO DE PRIVACIDAD. Datos la empresa recaba.

AVISO DE PRIVACIDAD. Datos la empresa recaba. AVISO DE PRIVACIDAD Con fundamento en los artículos 15 y 16 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, hacemos de su conocimiento que la empresa CAFÉ DE TACUBA CENTRO,

Más detalles

DECLARACIONES DE INFORMACIÓN AL BANCO DE ESPAÑA. NUEVO MODELO DE DECLARACIÓN ENCUESTAS DE TRANSACCIONES EXTERIORES (ETE)

DECLARACIONES DE INFORMACIÓN AL BANCO DE ESPAÑA. NUEVO MODELO DE DECLARACIÓN ENCUESTAS DE TRANSACCIONES EXTERIORES (ETE) CIRCULAR 1/14 Enero 2014 La Circular 4/2012 del Banco de España (BOE del 4 de mayo del 2012), cuya entrada en vigor tuvo lugar el día 1 de enero de 2013, ha introducido modificaciones muy significativas

Más detalles

SECTOR DE ENTIDADES ASEGURADORAS Y CORREDORES DE SEGUROS

SECTOR DE ENTIDADES ASEGURADORAS Y CORREDORES DE SEGUROS COMISIÓN DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES E INFRACCIONES MONETARIAS CATÁLOGOS EJEMPLIFICATIVOS DE OPERACIONES DE RIESGO DE BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SECTOR DE ENTIDADES

Más detalles

EVENTOS DE RIESGO SEÑALES DE ALERTA Y CONTROLES. Noviembre 7 de 2007

EVENTOS DE RIESGO SEÑALES DE ALERTA Y CONTROLES. Noviembre 7 de 2007 EVENTOS DE RIESGO SEÑALES DE ALERTA Y CONTROLES Noviembre 7 de 2007 Proceso de Gestión de Riesgos Proceso de Gestión de Riesgos Eventos de Riesgo Señales de Alerta Controles Clasificación de los Eventos

Más detalles

NUEVA OBLIGACION DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO.

NUEVA OBLIGACION DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO. Circular nº 6/2012 1 NUEVA OBLIGACION DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO. MG/Circulares/Circular 6 Circular nº 6/2012 2 NUEVA OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0299/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0299/2009 Informe 0299/2009 La consulta plantea, si la Mutua para las que trabaja la consultante tiene la consideración de responsable o encargadas del tratamiento conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre

Más detalles

para prevenir el blanqueo de capitales

para prevenir el blanqueo de capitales GESTIÓN Obligaciones de las promotoras para prevenir el blanqueo de capitales Autor: CLEMENTE NARANJO, Lorenzo. Socio - Departamento Inmobiliario Garrigues, Abogados y Asesores Tributarios. (lorenzo.clemente@garrigues.com)

Más detalles

Preguntas y Respuestas Frecuentes sobre Impuesto sobre el Canon de Ocupación de Habitación

Preguntas y Respuestas Frecuentes sobre Impuesto sobre el Canon de Ocupación de Habitación Preguntas y Respuestas Frecuentes sobre Impuesto sobre el Canon de Ocupación de Habitación 1. Qué es el Impuesto sobre el Canon de Ocupación de Habitación? La Ley 272 de 9 de septiembre de 2003 (la Ley

Más detalles

TALLER DE PROTECCIÓN DE DATOS: Aplicación práctica de la LOPD para PYMES. Palencia, 14 de febrero de 2008

TALLER DE PROTECCIÓN DE DATOS: Aplicación práctica de la LOPD para PYMES. Palencia, 14 de febrero de 2008 TALLER DE PROTECCIÓN DE DATOS: Aplicación práctica de la LOPD para PYMES. Palencia, 14 de febrero de 2008 LOPD OPORTUNIDAD PARA LA ORGANIZACIÓN Actuaciones Internas: 2 Medidas de Seguridad Procedimientos

Más detalles

Diputación de Albacete. Paseo Libertad, 5. 02001. Albacete. Tel. 967595300. Fax. 967520316. Guía

Diputación de Albacete. Paseo Libertad, 5. 02001. Albacete. Tel. 967595300. Fax. 967520316. Guía Diputación de Albacete. Paseo Libertad, 5. 02001. Albacete. Tel. 967595300. Fax. 967520316 Guía 12 Obligaciones del responsable de seguridad exigibles por la LOPD Cesión de datos Es cesión o comunicación

Más detalles

IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. Que documentación hay que presentar junto con la solicitud?

IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. Que documentación hay que presentar junto con la solicitud? IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO Presentación solicitud de cobro Cuando?. Una vez realizada la inversión/gasto o finalizado el periodo de vigencia del proyecto, en el plazo de justificación

Más detalles

Marimón Abogados OBLIGACIÓN DE REALIZAR DECLARACIONES INFORMATIVAS SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

Marimón Abogados OBLIGACIÓN DE REALIZAR DECLARACIONES INFORMATIVAS SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO OBLIGACIÓN DE REALIZAR DECLARACIONES INFORMATIVAS SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO En cumplimiento con la normativa comunitaria e internacional en materia de asistencia mutua dentro del marco de

Más detalles

DECLARACIÓN DE TRANSACCIONES ECONÓMICAS Y SALDOS DE ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS CON EL EXTERIOR

DECLARACIÓN DE TRANSACCIONES ECONÓMICAS Y SALDOS DE ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS CON EL EXTERIOR CIRCULAR 01/2014 DECLARACIÓN DE TRANSACCIONES ECONÓMICAS Y SALDOS DE ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS CON EL EXTERIOR Resumen de las novedades introducidas por la Circular del Banco de España. 4-2012, de

Más detalles

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A. Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

SOLICITUD DE ADMISIÓN

SOLICITUD DE ADMISIÓN SOLICITUD DE ADMISIÓN DATOS DEL ALUMNO APELLIDOS FECHA DE NACIMIENTO DNI NOMBRE Nº AFILIACIÓN S.S. TFNO. PARTICULAR TFNO. MÓVIL E-MAIL DOMICILIO Nº C.P. POBLACIÓN PERFIL ACADÉMICO TÍTULO OBTENIDO (sólo

Más detalles

L.O.P.D. Ley Orgánica de Protección de Datos

L.O.P.D. Ley Orgánica de Protección de Datos L.O.P.D. Ley Orgánica de Protección de Datos Texto de la ley El artículo 18.4 de la Constitución Española establece que la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad

Más detalles

AGENCIA TRIBUTARIA. Documento de PREGUNTAS FRECUENTES sobre el MODELO 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero

AGENCIA TRIBUTARIA. Documento de PREGUNTAS FRECUENTES sobre el MODELO 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero AGENCIA TRIBUTARIA Documento de PREGUNTAS FRECUENTES sobre el MODELO 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Hemos recopilado en este documento word la información

Más detalles

PREVENCIÓN BLANQUEO DE CAPITALES CAJA RURAL DE CASTILLA- LA MANCHA 4.-BILLETES DE CIRCULACIÓN LEGAL

PREVENCIÓN BLANQUEO DE CAPITALES CAJA RURAL DE CASTILLA- LA MANCHA 4.-BILLETES DE CIRCULACIÓN LEGAL PREVENCIÓN BLANQUEO DE CAPITALES CAJA RURAL DE CASTILLA- LA MANCHA 1.- PRESENTACIÓN 2. NORMATIVA LEGAL 3.- ORGANIZACIÓN INTERNA 4.-BILLETES DE CIRCULACIÓN LEGAL 5.- INFORME ANUAL 2010 1.- PRESENTACIÓN:

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA Ley N 42 (De 2 de octubre de 2000) Que Establece Medidas para la Prevención del Delito de Blanqueo de Capitales

ASAMBLEA LEGISLATIVA Ley N 42 (De 2 de octubre de 2000) Que Establece Medidas para la Prevención del Delito de Blanqueo de Capitales G.O. 24,152-A - Ley N 42 de 2 de octubre de 2000 QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA PREVENCION DEL DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES ASAMBLEA LEGISLATIVA Ley N 42 (De 2 de octubre de 2000) Que Establece Medidas

Más detalles

Ley de Protección de Datos para Empleados Públicos

Ley de Protección de Datos para Empleados Públicos Ley de Protección de Datos para Empleados Públicos Adquirir los conocimientos jurídicos, técnicos y organizativos expresados en la Ley Orgánica de Protección de Datos. Dirigido a: Profesionales del Sector

Más detalles

5.1 REGISTRO DE FICHEROS... 5. 5.1.1 Análisis de los datos tratados... 5 5.1.2 Inscripción de los ficheros... 5

5.1 REGISTRO DE FICHEROS... 5. 5.1.1 Análisis de los datos tratados... 5 5.1.2 Inscripción de los ficheros... 5 1 INTRODUCCION... 3 2 PROTECCIÓN DE DATOS... 4 3 NORMATIVA BÁSICA REGULADORA... 4 4 AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS... 4 5 OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS.... 5 5.1 REGISTRO DE FICHEROS... 5 5.1.1

Más detalles

COMO SELECCIONAR LA OPCIÓN MAS APROPIADA AL ESTABLECER UNA SOCIEDAD MEXICANA PARA HACER NEGOCIOS EN MEXICO

COMO SELECCIONAR LA OPCIÓN MAS APROPIADA AL ESTABLECER UNA SOCIEDAD MEXICANA PARA HACER NEGOCIOS EN MEXICO COMO SELECCIONAR LA OPCIÓN MAS APROPIADA AL ESTABLECER UNA SOCIEDAD MEXICANA PARA HACER NEGOCIOS EN MEXICO Resumen preparado por Debido a la complejidad de las leyes que regulan las transacciones internacionales

Más detalles

AVISO DE PRIVACIDAD DE MEXICO LEGAL, S. C.

AVISO DE PRIVACIDAD DE MEXICO LEGAL, S. C. AVISO DE PRIVACIDAD DE MEXICO LEGAL, S. C. De conformidad en lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y su Reglamento, se emite el presente Aviso de

Más detalles

PUBLICACIÓN INFORMATIVA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FINANCIEROS DE EMPRESA N 62. MAYO

PUBLICACIÓN INFORMATIVA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FINANCIEROS DE EMPRESA N 62. MAYO PUBLICACIÓN INFORMATIVA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FINANCIEROS DE EMPRESA N 62. MAYO 2012 Nueva comisión ASSET: Control de Gestión ı 6 ı Precios de transferencia: obligaciones de información ı 18 ı Impacto

Más detalles

NUEVAS ORIENTACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES PARA LOS PROFESIONALES. 1. Importancia de las recomendaciones del SEPBLAC.

NUEVAS ORIENTACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES PARA LOS PROFESIONALES. 1. Importancia de las recomendaciones del SEPBLAC. NUEVAS ORIENTACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES PARA LOS PROFESIONALES Jaime Aneiros Pereira. Profesor de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Vigo. Abogado tributarista.

Más detalles

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal OBJETO La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos

Más detalles

JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-120-2011

JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-120-2011 JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN Inserta en el Punto Cuarto del Acta 39-2011, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 5 de octubre de 2011. PUNTO CUARTO: Superintendencia de Bancos eleva

Más detalles

CÓDIGO DE CONDUCTA DE DATOS PERSONALES

CÓDIGO DE CONDUCTA DE DATOS PERSONALES CÓDIGO DE CONDUCTA DE DATOS PERSONALES Este Código de Conducta, incluyendo las Reglas del Uso Adecuado y Justo de Datos, explica como Equifax maneja los datos personales incluidos en sus bases de datos

Más detalles

Modelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos. Protocolo de aceptación y entrega de regalos

Modelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos. Protocolo de aceptación y entrega de regalos Modelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos Protocolo de aceptación y entrega de regalos 1. Introducción El objetivo de este protocolo es definir el procedimiento que debe seguirse para: a)

Más detalles

INSTRUCTIVO NORMAS DE MANEJO DEL SOFTWARE

INSTRUCTIVO NORMAS DE MANEJO DEL SOFTWARE SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD INSTRUCTIVO NORMAS DE MANEJO DEL SOFTWARE Código: I-INF-04 Versión 2 22 de Abril de 2014 Bogotá, D.C., 03 de Noviembre de 2009 Código: I-INF-04 Versión: 2 Página 2 de 6

Más detalles

Curso Práctico en Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo

Curso Práctico en Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo Curso Práctico en Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo TITULACIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA EXPEDIDA POR EL INSTITUTO EUROPEO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES Curso Práctico

Más detalles

Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen. Planes de Pensiones.

Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen. Planes de Pensiones. Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen Planes de Pensiones. -Novedades introducidas por la recién aprobada Ley de Economía Sostenible- Desde FECOR se ha realizado el presente

Más detalles

A.M.A., AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA, MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA (A.M.A.)

A.M.A., AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA, MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA (A.M.A.) Informe formulado por el Consejo de Administración de A.M.A., AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA, MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA (A.M.A.) en relación con la cesión de cartera del negocio de A.M.A. en Portugal

Más detalles

REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. FORMACIÓN PROGRAMADA POR LAS EMPRESAS 1. Financiación 2. Empresas

Más detalles

Ley de Información No Divulgada

Ley de Información No Divulgada Ley de Información No Divulgada No. 7975 LEY DE INFORMACIÓN NO DIVULGADA ARTÍCULO 1.- Objetivos. Son objetivos de la presente ley: a) Proteger la información no divulgada relacionada con los secretos comerciales

Más detalles

POLÍTICAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO

POLÍTICAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO 1. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO El Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos tiene por objeto principal establecer

Más detalles

INFORME: PROTECCION DE DATOS OBLIGACIONES Y SANCIONES

INFORME: PROTECCION DE DATOS OBLIGACIONES Y SANCIONES Noviembre 2002 INFORME: PROTECCION DE DATOS OBLIGACIONES Y SANCIONES OBLIGACIONES LEGALES DE LA NORMATIVA DE PROTECCION DE DATOS: Inscripción de los ficheros: Toda empresa que para el logro de su actividad

Más detalles

CÓMO AFECTA LA LOPD A LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS NOVEDADES INTRODUCIDAS CON EL RLOPD INFRACCIONES Y SANCIONES

CÓMO AFECTA LA LOPD A LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS NOVEDADES INTRODUCIDAS CON EL RLOPD INFRACCIONES Y SANCIONES LOPD en el ámbito de los Gestores Administrativos Problemáticas específicas CÓMO AFECTA LA LOPD A LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS NOVEDADES INTRODUCIDAS CON EL RLOPD INFRACCIONES Y SANCIONES MARCO NORMATIVO

Más detalles

Cómo pueden las empresas españolas protegerse y evitar la posible exigencia de RESPONSABILIDAD PENAL?

Cómo pueden las empresas españolas protegerse y evitar la posible exigencia de RESPONSABILIDAD PENAL? Nº 22 Julio 2015 wwwconsultingabogadoses Cómo pueden las empresas españolas protegerse y evitar la posible exigencia de RESPONSABILIDAD PENAL? I REGULACIÓN PERSONAS JURÍDICAS PENALMENTE RESPONSABLES II

Más detalles

Política de la base datos WHOIS para nombres de dominio.eu

Política de la base datos WHOIS para nombres de dominio.eu Política de la base datos WHOIS para nombres de dominio.eu 1/7 DEFINICIONES En este documento se usan los mismos términos definidos en los Términos y Condiciones y/o las normas para la solución de controversias

Más detalles

TARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA. Datos de identificación del Accionista

TARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA. Datos de identificación del Accionista TARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA Datos de identificación del Accionista Nombre y apellidos o Razón Social Domicilio Personas físicas: Documento Nacional de Identidad (España), pasaporte o cualquier

Más detalles

Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios

Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios Preguntas Frecuentes sobre Intermediarios P.1 Qué es un intermediario en el área de banca privada? P.2 Qué referencias podemos encontrar sobre los intermediarios en los Principios Wolfsberg? P.3 Qué es

Más detalles

MINISTERIO DE AUTONOMÍAS REGLAMENTO INTERNO PARA EL MANEJO Y ADMINISTRACION DE CUENTAS CORRIENTES FISCALES

MINISTERIO DE AUTONOMÍAS REGLAMENTO INTERNO PARA EL MANEJO Y ADMINISTRACION DE CUENTAS CORRIENTES FISCALES REGLAMENTO INTERNO PARA EL MANEJO Y ADMINISTRACION DE CUENTAS CORRIENTES FISCALES Índice CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1. Objeto.-.. 1 Artículo 2. Definiciones.-. 1 Artículo 3. Base Normativa.-.

Más detalles

Cumplimiento de la Ley de Protección de Datos en la PYME

Cumplimiento de la Ley de Protección de Datos en la PYME Cumplimiento de la Ley de Protección de Datos en la PYME Jornada TIC Javier Prenafeta Rodríguez Abogado 1. Introducción: derechos echos y obligaciones 2. Niveles y Medidas de Seguridad 3. Funciones y Obligaciones

Más detalles

Comercio Electrónico: Marco Jurídico Actual. Fundación Ibit/ UIB Cristina Aspachs Pagès. caspachs@ibit.org

Comercio Electrónico: Marco Jurídico Actual. Fundación Ibit/ UIB Cristina Aspachs Pagès. caspachs@ibit.org Comercio Electrónico: Marco Jurídico Actual Fundación Ibit/ UIB Cristina Aspachs Pagès. caspachs@ibit.org Índice Introducción: Normativa aplicable Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Aplicación

Más detalles

Introducción a la LSSICE

Introducción a la LSSICE Introducción a la LSSICE Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico Aspectos Sociales, Legales, Éticos y Profesionales de la Informática (ASLEPI) Escuela Universitaria

Más detalles

MOGA - Gestión LOPD consultoría- auditoria - formación 986 171 939 671 334 648 c/ Caleria nº 5, Ofic.. 4º D 36210 Vigo (Pontevedra) www.mogagestion.

MOGA - Gestión LOPD consultoría- auditoria - formación 986 171 939 671 334 648 c/ Caleria nº 5, Ofic.. 4º D 36210 Vigo (Pontevedra) www.mogagestion. ARTICULO REDACCIÓN PRIMITIVA NUEVA REDACCIÓN 43.2 Cuando se trate de ficheros de los que sean responsables las Administraciones públicas se estará, en cuanto al procedimiento y a las sanciones, a lo dispuesto

Más detalles

ANEXO Nº 6 AL PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LA CESIÓN DE DATOS

ANEXO Nº 6 AL PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LA CESIÓN DE DATOS ANEXO Nº 6 AL PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LA CESIÓN DE DATOS MEJORA DEL ATRAQUE ADOSADO A LA 3ª ALINEACIÓN DEL DIQUE DE PONIENTE CÓDIGO P4CT1A3003E001 CONDICIONES

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE CANTO DE MADRID

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE CANTO DE MADRID REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE CANTO DE MADRID Aprobado por el Consejo Escolar el 17 de octubre de 2014 Índice TÍTULO I. DEFINICIÓN, MISIÓN Y OBJETIVOS... 2 TÍTULO II. ESTRUCTURA

Más detalles

INSTRUCTIVO ESPECIFICO PARA ENTIDADES DE INTERMEDIACION FINANCIERA INDICE

INSTRUCTIVO ESPECIFICO PARA ENTIDADES DE INTERMEDIACION FINANCIERA INDICE INSTRUCTIVO ESPECIFICO PARA ENTIDADES DE INTERMEDIACION FINANCIERA INDICE OBJETO Artículo 1.- (Emitir normas específicas) ALCANCE Artículo 2.- (Entidades de intermediación financiera) OBLIGACION DE IDENTIFICAR

Más detalles

Política de Incentivos

Política de Incentivos Versión 1.2 Última revisión 28/10/2015 Índice: 1. Legislación Aplicable. 2 2. Entidades Afectadas...... 2 3. Objeto de la presente Política 3 4. Principios Generales aplicables a la presente Política...

Más detalles

Qué es el Lavado de Dinero?

Qué es el Lavado de Dinero? Qué es el Lavado de Dinero? El lavado de dinero es una operación que consiste en hacer que el dinero obtenido a través de actividades ilícitas (narcotráfico, corrupción, contrabando, falsificación de billetes,

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas. Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca

Más detalles

Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo

Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo Información adaptada Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril,

Más detalles

En el Artículo 1 de este proyecto de RD se recogen las modificaciones del RD 1245/1995.

En el Artículo 1 de este proyecto de RD se recogen las modificaciones del RD 1245/1995. Guidelines on the assessment of the suitability of members of the management body and key function holders de la EBA y el proyecto de Real Decreto, por el que se modifican los requisitos de honorabilidad,

Más detalles

Cuáles son los mecanismos de supervisión de un fondo de pensiones?

Cuáles son los mecanismos de supervisión de un fondo de pensiones? 9 Cuáles son los mecanismos de supervisión de un fondo de pensiones? 9.1. Por qué es importante el control? 9.2. Qué es la comisión de control del plan? 9.3. Qué es la comisión del control del fondo? 9.4.

Más detalles

Principales implicaciones del Reglamento de desarrollo de la Ley de Prevención del blanqueo de capitales.

Principales implicaciones del Reglamento de desarrollo de la Ley de Prevención del blanqueo de capitales. Principales implicaciones del Reglamento de desarrollo de la Ley de Prevención del blanqueo de capitales. I) CONSIDERACIONES GENERALES. 1. Ámbito de aplicación. El BOE de 6 de mayo de 2014 publica el Real

Más detalles

5933/4/15 REV 4 ADD 1 jds/jds/psm 1 DPG

5933/4/15 REV 4 ADD 1 jds/jds/psm 1 DPG Consejo de la Unión Europea Bruselas, 28 de abril de 2015 (OR. en) Expediente interinstitucional: 2013/0025 (COD) 5933/4/15 REV 4 ADD 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL CONSEJO Asunto: EF 26 ECOFIN 70 DROIPEN

Más detalles

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 La consulta se refiere al mantenimiento, conservación y cancelación del número de

Más detalles

Política sobre relación con clientes

Política sobre relación con clientes 1. PROPÓSITO Y ALCANCE. La presente política se dispone con el fin de asegurar un trato equitativo y un acceso transparente a la información sobre la entidad, tanto para vinculados como para no vinculados

Más detalles