JORNADAS FORMATIVAS SERVICIOS SOCIALES DE BASE
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- Jesús Figueroa Quintana
- hace 8 años
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1 JORNADAS FORMATIVAS SERVICIOS SOCIALES DE BASE Almendralejo, 19 de Abril de Gobierno de Extremadura Consejería de Salud y Política Social Dirección General de Política Social y Familia
2 PONENCIA Los procedimientos de la adopción en Extremadura: Adopción Autonómica e Internacional
3 o Internacional Normativa Convención de los Derechos del niño de las Naciones Unidas (1989) Convenio de la Haya sobre Protección de Menores y Cooperación en materia de adopción ( España se adhirió en 1995) o Nacional Código Civil (Primer texto normativo regulador de la adopción en España) Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica al menor, de modificación parcial del Código civil y de la Ley de enjuiciamiento civil Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional o Autonómica Ley 4/1994, de 10 de noviembre, de Protección y Atención a Menores en Extremadura Decreto 5/2003, de 14 de enero, se establece el procedimiento de valoración de las solicitudes de adopción y acogimiento familiar y de selección de adoptantes y acogedores Decreto 142/1996, de 1 de Octubre, sobre régimen jurídico, funcionamiento y habilitación de Entidades Colaboradoras en materia de Adopción Internacional.
4 REQUISITOS PARA SOLICITAR LA ADOPCIÓN EN EXTREMADURA Ser mayor de 25 años. En el caso de matrimonios y parejas de hecho, que han de estar inscritas como tal en el Registro de Parejas de Hecho de la Consejería de Política Social y Familia, basta con que uno de los dos miembros cumpla este requisito. Tener, al menos, 14 años más que el adoptado. Residir en la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el caso de Adopción Internacional, será preciso cumplir con aquellas indicaciones, requisitos o restricciones que se establezcan por el país elegido por la familia y que podrían hacer referencia a estado civil, edad máxima o mínima, número de hijos, antigüedad del matrimonio o periodo de convivencia, entre otros.
5 Principales pasos de una adopción nacional: Información general. Presentación de la solicitud y documentos. Asignación de nº de expediente y registro en la Sección de solicitantes de Adopción Nacional. Curso de formación. Valoración Psicosocial. Propuesta de Idoneidad/No Idoneidad de la Comisión Técnica de Valoración de la Dirección General de Política Social y Familia del Gobierno de Extremadura. Resolución de Idoneidad/No Idoneidad del Director General de Política Social y Familia del Gobierno de Extremadura. Inscripción en el Registro en la Sección de solicitantes de Adopción Nacional declarados idóneos. Selección de familia para un menor. En caso de aceptación, inicio de acoplamiento. Formalización del Acogimiento Familiar Preadoptivo. Seguimiento de la integración del menor. Presentación ante el Juzgado de la propuesta de Adopción. Auto de Adopción. Inscripción en el Registro Civil.
6 Principales pasos de una adopción internacional: Solicitud de información a la Dirección General de Política Social y Familia. Asistencia a Sesión Informativa. Presentación de Solicitud de Valoración Psicosocial. Notificación de apertura de expediente. Seminarios de formación. Valoración Psicosocial. Estudio por parte de la Comisión Técnica de Valoración. Inscripción en el Registro en la Sección de solicitantes de Adopción Internacional declarados idóneos. Preparación de la documentación de expediente y remisión al país. Propuesta de asignación del País de origen. Conformidad con la asignación por parte de la Comunidad Autónoma. Aceptación de la asignación por parte de los solicitantes. Viaje al país. Encuentro con el niño. Resolución de la Adopción por parte de la autoridad competente. Inscripción o visado en el Consulado Español. Inscripción en el Registro Civil. Seguimientos postadoptivos del menor.
7 PRINCIPALES DIFERENCIAS DEL PROCESO ADOPCIÓN AUTONÓMICA ADOPCIÓN INTERNACIONAL RESOLUCIÓN DE IDONEIDAD TRAMITACIÓN COMUNIDAD AUTÓNOMA SELECCIÓN DE FAMILIA INICIO DEL ACOPLAMIENTO ACOGIMIENTO FAM.PREADOPTIVO SEG. INTEGRACIÓN DEL MENOR PRES.JUZGADO PROP. DE ADOPCIÓN AUTO DE ADOPCIÓN INSCRIPCIÓN EN REGISTRO CIVIL APOYO POSTADOPTIVO EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE IDONEIDAD Y COMPROMISO DE SEGUIMIENTO TRAMITACIÓN PROTOCOLO PÚBLICO Ó ECAI PROPUESTA DE ASIGNACIÓN DEL PAÍS CONFORMIDAD ASIGNACIÓN Y ACEPTACIÓN VIAJE AL PAÍS ENCUENTRO CON EL NIÑO RESOL.ADOP.AUTORIDAD COMPETENTE INSCRIPCIÓN EN EL CONSULADO ESPAÑOL INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL SEGUIMIENTO POSTADOPTIVO
8 DIFERENCIAS ENTRE AMBOS TIPOS DE ADOPCIÓN ADOPCIÓN AUTONÓMICA Acogimiento pre adoptivo Antecedentes conocidos Seguimiento pre adoptivo Gratuidad del proceso Facilidad de búsqueda de los orígenes Posibilidad elevada de localización Familia Biológica Necesidades del menor ADOPCIÓN INTERNACIONAL Adopción plena Escasa o nula información sobre antecedentes Seguimiento post adoptivo Coste económico de la tramitación: viaje al país, estancia. Mayor dificultad en la búsqueda de los orígenes Escasas posibilidades de localización Se le añaden el cambio de país, cultura, idioma, costumbres, etc.
9 ENTIDADES COLABORADORAS DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL QUÉ SON? Son asociaciones sin ánimo de lucro acreditadas por el Gobierno de Extremadura y por el Estado de origen del o la menor, para intervenir con funciones de mediación en el proceso de adopción internacional.
10 ENTIDADES COLABORADORAS DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL FUNCIONES Asesoramiento individualizado legal, social y psicológico Tramitación del expediente en España (legalización, autenticación y, en su caso, traducción) así como la tramitación de la documentación en el Estado. Preparación y formación sobre los aspectos concretos de la adopción en el Estado de origen elegido. Acompañamiento de las personas solicitantes en el Estado, a través de representante de la ECAI en el Estado. Seguimiento y apoyo a la adaptación del niño o la niña y la familia adoptiva
11 ENTIDADES COLABORADORAS DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL CUÁNDO SE TRAMITA CON ECAI? Cuando sea un requisito exigido por el Estado de origen del menor o la menor. Cuando la familia así lo decida siempre y cuando haya una ECAi acreditada en la Comunidad.
12 FINALIDAD DE LA ADOPCIÓN La adopción n es una decisión n familiar que debe ser meditada y todos los miembros deben estar de acuerdo. Es un proceso largo y que se realiza a través de una selección n estricta y compleja. Esta situación n no es fácil f pero puede ser igual de reconfortante que la de los padres biológicos.
13 LA ADOPCIÓN N ES UNA FIGURA JURÍDICA CON PROFUNDAS IMPLICACIONES PSICOLÓGICAS Y SOCIALES QUE OFRECE A UN NIÑO O QUE HA PERDIDO A SU FAMILIA DE ORIGEN LA PLENA Y DEFINITIVA INTEGRACIÓN N EN UNA FAMILIA ADOPTIVA, EN CONDICIONES DE SEGURIDAD.
14 IMPLICACIONES DE LA ADOPCIÓN PARA LOS ADOPTADOS Nueva familia, nuevas realidades, nuevas relaciones. En el caso de Adopción Internacional a todo lo anterior se une cambio de país, idioma (en algunos casos), clima, etc. Adaptación inicial y posterior. Expectativas, manifestación de problemas, nuevos vínculos, adaptación escolar, Identidad.
15 IMPLICACIONES PARA LOS Toma de decisiones. ADOPTANTES Enfrentarse a la infertilidad. Qué tipo de adopción elegir, nacional o internacional? Aceptación del proceso de formación/valoración Respuestas a propuestas que no coinciden con las expectativas. Emociones en el primer encuentro. Primeros ajustes en la convivencia. Reorganización de la vida cotidiana. Es una responsabilidad para toda la vida.
16 MENORES SUSCEPTIBLES DE ADOPCIÓN Sólo pueden ser considerados para su adopción n aquellos niños y niñas que previamente han sido declarados en situación n de desamparo.
17 MENORES SUSCEPTIBLES DE ADOPCIÓN CAUSAS DE DESPROTECCION CARACTERISTICAS de los menores ESTRATEGIA S EDUCATIVAS Abandono Voluntario del Menor Malos tratos fisicos y psiquicos Trastorno mental grave Drogadiccion o alcoholismo habitual Abusos Sexuales Induccion a la mendicidad,delincuancia o prostitucion Otras situaciones de despoteccion incumplimiento de la patria potestad Edad Nª de niños ( hermanos) Etnia / Raza Discapacidad Enfermedades Antededentes familiares ( Motivos de retirada ) Paciencia Escucha Aceptacion Confianza Comunicacion Trabajo conjunto Enfoque positivo Empatía
18 CARACTERÍSTICAS ESPECIALES Niños susceptibles de ser adoptados: CARACTERISTICAS ESPECIALES Niños mayores de 6 años Discapacidad Enfermedades Crónicas Grupos de hermanos
19 PARTICULARIDADES DE LA ADOPCION AUTONOMICA
20 CONTENIDOS ACOGIMIENTO FAMILIAR PREADOPTIVO LOCALIZACION CARASTERÍSTICAS STICAS DE LA ADOPCION NACIONAL SEGUIMIENTOS
21 ACOGIMIENTO FAMILIAR PREADOPTIVO
22 ACOGIMIENTO FAMILIAR PREADOPTIVO Periodo previo a la propia adopción que tiene como objetivo comprobar que las relaciones entre el adoptado y la nueva familia sean beneficiosas y adecuadas para el menor. Se inicia con la asignación del menor y la convivencia Finaliza con el auto de adopción DURACION del Periodo de Acogimiento Preadoptivo: La ley marca que pueden durar entre dos meses y un año, aunque en la práctica a veces la sentencia de adopción tarda algo más en llegar por falta de agilidad en los juzgados. Hasta ahora, la familia biológica podía en cualquier momento reclamar la suspensión del acogimiento preadoptivo si cambiaba la situación por la que se les había retirado la patria potestad, lo que paralizaba el proceso de adopción hasta que el juez se pronunciaba al respecto. Aprovechando la ley de adopción internacional (( Ley 54/2007,de 28 Diciembre, Adopción Internacional. Disposición Final Primera. Modificaciones del Código Civil. ) se modificaron algunos artículos del código civil sobre la patria potestad. Ahora existe un límite temporal 2 años - a la posibilidad de reinserción en la familia para evitar que los niños crezcan sin un hogar estable a la espera de una recuperación que no llega.
23 Normativa regula AFP Ley 4/1994, de 10 de noviembre, de Protección y Atención a Menores Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
24 Ley 4/1994, de 10 de noviembre, de Protección y Atención a Menores TÍTULO II. DEL RÉGIMEN DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN. CAPÍTULO II. DEL ACOGIMIENTO FAMILIAR. Artículo 23. La medida de acogimiento familiar será adoptada cuando las circunstancias personales del menor aconsejarán la salida del hogar familiar por un tiempo de duración indeterminado. Artículo 24. El acogimiento familiar se constituirá en la forma establecida en el Código Civil y podrá ser de dos tipos: Simple o sin fines preadoptivos. Y Preadoptivo. Artículo 25. El acogimiento familiar simple estará orientado a la reintegración del menor en su propia familia. Su duración no podrá ser superior a un año y, durante su vigencia y en la medida de lo posible, se fomentarán las relaciones con su unidad familiar a fin de facilitar su retorno a la misma. El acogimiento familiar simple podrá ser remunerado, entendiendo por tal el derecho de la familia acogedora a ser recompensada por los gastos sanitarios, educativos y de manutención del menor. Artículo 26. El acogimiento familiar preadoptivo tiene por finalidad el conocimiento y adaptación mutua entre el menor y la futura familia de adopción, propiciando un período de nueva relación entre adoptantes y
25 Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. DISPOSICIÓN FINAL SÉPTIMA. Se introduce en el Código Civil un nuevo artículo con el número 173 bis, con la siguiente redacción: Artículo 173 bis. El acogimiento familiar, podrá adoptar las siguientes modalidades atendiendo a su finalidad: 1. Acogimiento familiar simple, que tendrá carácter transitorio, bien porque de la situación del menor se prevea la reinserción de éste en su propia familia bien en tanto se adopte una medida de protección que revista un carácter más estable. 2. Acogimiento familiar permanente, cuando la edad u otras circunstancias del menor y su familia así lo aconsejen y así lo informen los servicios de atención al menor. En tal supuesto, la entidad pública podrá solicitar del Juez que atribuya a los acogedores aquellas facultades de la tutela que faciliten el desempeño de sus responsabilidades, atendiendo en todo caso al interés superior del menor. 3. Acogimiento familiar preadoptivo, que se formalizará por la entidad pública cuando ésta eleve la propuesta de adopción del menor, informada por los servicios de atención al menor, ante la autoridad judicial, siempre que los acogedores reúnan los requisitos necesarios para adoptar, hayan sido seleccionados y hayan prestado ante la entidad pública su consentimiento a la adopción, y se encuentre el menor en situación jurídica adecuada para su adopción La entidad pública podrá formalizar, asimismo, un acogimiento familiar preadoptivo cuando considere, con anterioridad a la presentación de la propuesta de adopción, que fuera necesario establecer un período de adaptación del menor a la familia. Este período será lo más breve posible y, en todo caso, no podrá exceder del plazo de un año.
26 LOCALIZACION
27 LOCALIZACION de la Familia Biológica Hablamos de la LOCALIZACION cuando la familia biológica encuentra al menor adoptado antes de que el Juez dicte auto y por tanto durante el periodo de acogimiento preadoptivo. Ideas : Cada vez con mayor frecuencia se dan en Extremadura casos de localización por parte de la familia biológica. Desde la Administración se dan una pautas para evitar la localización El desarrollo de las Nuevas Tecnologías ( Internet, Redes Sociales,..)y los programas de televisión, favorecen la localización.
28 SEGUIMIENTOS ADOPCION
29
30 La espera en la adopción El tiempo de la espera en adopción es un potente estresor que puede afectar el bienestar y la configuración de la futura familia y al que no se ha prestado suficiente atención en la investigación o la práctica de la adopción. Las familias suelen experimentar algo que podríamos denominar montaña rusa de emociones con estados de ánimo que van desde la euforia a la calma, pasando por la rabia, impotencia, frustración y decepción por todo lo que implica una demora imposible de precisar y que, en la mayoría de los casos, suele durar varios años.
31 PROCESO DE VALORACIÓN INFORME SERVICIO SOCIAL DE BASE En el Artículo 17 del Decreto 5/2003 de 14 de Enero en el que se recogen los documentos para la evaluación n de idoneidad se expone que la para la valoración n de idoneidad de adopción n se tendrán n en cuenta distintos documentos que serán n incorporados al expediente y trasladados a la Comisión n Técnica T de Valoración. Entre ellos se encuentra el Informe social del Servicio Social de Base sobre visita domiciliaria.
32 PROCESO DE VALORACIÓN INFORME SOCIAL DE VALORACIÓN Ofrecimiento Historia y composición n familiar Relaciones familiares actuales Trayectoria educativa Situación n laboral-econ económica Historia de salud Ajuste y relación n de pareja Fertilidad
33 PROCESO DE VALORACIÓN Apoyo familiar y social Tiempo libre Vivienda y el entorno Motivación n y expectativas para la adopción Principios educativos Aceptación n de los antecedentes familiares y personales del adoptado Revelación n y búsqueda b de orígenes
34 PROCESO DE VALORACIÓN INFORME PSICOLOGICO VALORACIÓN - Ofrecimiento - Relaciones Familiares y Trayectoria Vital - Vinculación n Afectiva - Establecimiento y mantenimiento de vínculos v afectivos - Adaptación n y Funcionamiento en la relación n de pareja - Capacidades Educativas - Historia Educativa Familiar - Actitudes y Valores Educativos
35 PROCESO DE VALORACIÓN - Pérdidas y Afrontamiento de Dificultades * Historia emocional * Tolerancia a la frustración n y estrategias de afrontamiento * Capacidad para hacer frente a pérdidas p significativas * Vivencia de la infertilidad - Actitudes para la Adopción * Comprensión n de las necesidades infantiles * Actitudes ante la revelación n de la condición n de adoptado y ante la búsqueda b de orígenes * Actitudes hacia la Formación n y el Apoyo TécnicoT
36 PROCESO DE VALORACIÓN - Proyecto Adoptivo * Motivaciones y Expectativas * Flexibilidad del proyecto adoptivo y simultaneidad con otros proyectos de paternidad * Previsión n de Problemas y Fuentes de Apoyo - Pruebas Estandarizadas * 16PF-5 * CUIDA
37 LA IMPORTANCIA DE LA VALORACIÓN Podemos encontrarnos a solicitantes que disponen de estabilidad laboral, económica, vivienda adecuada, salud física y psicológica, ajuste de pareja pero que al mismo tiempo se acercan a la adopción con motivaciones inadecuadas, expectativas erróneas y otras circunstancias que podrían hacer que lo que está pensado como una medida de protección se convierta en un fracaso más para el menor en dificultad. Por ello y teniendo como objetivo principal el interés superior del menor, se hace obligatorio el estudio exhaustivo de todos y cada uno de los solicitantes de adopción por parte de equipos técnicos especializados.
38 SERVICIO DE POSTADOPCIÓN DESTINATARIOS: PERSONAS ADOPTADAS Y FAMILIAS ADOPTIVAS RESIDENTES EN LA COMUNIDAD AUTONOMA. PROFESIONALES OBJETIVOS: ASESORAMIENTO, ORIENTACION, FORMACION, MEDIACION CON ORIGENES, APOYO AL MENOR.
39 SERVICIO DE POSTADOPCIÓN DÓNDE SE ENCUENTRA? C.A.M ANTONIO MACHADO AVD. REINA SOFÍA S/N MÉRIDA TELÉFONO: WEB:
40 DÓNDE DIRIGIRME PARA MAYOR INFORMACIÓN Dirección General de Política Social y Familia Avd. Reina Sofía s/n Mérida Teléfono: / Web:
41 EQUIPO DE VALORACIÓN DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL DE BADAJOZ Trabajadora Social: Ana Cecilia Romero Vaz Teléfono contacto: Extensión n adopciones.badajoz@cruzroja.es EQUIPO DE VALORACIÓN DE ADOPCIÓN AUTONÓMICA DE BADAJOZ Trabajadora Social: Lourdes A. Fernández ndez Gallardo Teléfono contacto: lourdesantonia.fernandez@juntaextremadura.es
42
CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL D.G. de la Familia, Menor y Adopciones
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