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2 Página: 2 de 126 ARTICULO ÚNICO.- Apruébese, manual de procedimientos Beca Presidente de la República proceso , cuyo texto se inserta a continuación: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

3 Página: 3 de 126 PALABRAS DEL SECRETARIO GENERAL La Junta Nacional de Auxilio y Becas (Junaeb) nació hace más de 50 años con la finalidad de entregar a los niños y niñas más vulnerables del país la alimentación necesaria para su desarrollo y para, de esa manera, contribuir a mejorar sus capacidades de aprendizaje. Hoy la Junaeb es mucho más que una entidad proveedora de alimentación y está convertida en el soporte estratégico imprescindible de toda la educación chilena. El Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet tiene un marcado sello social que busca la plena inclusión de toda la sociedad en materias educativas. Como Junaeb hacemos un importante aporte a ese objetivo, puesto que estamos convencidos que la educación es, justamente, el motor que permite una mayor igualdad entre los chilenos y que impulsa un mejoramiento de la calidad de vida. A través del Departamento de Becas, la Junaeb colabora de forma directa y tangible en el desarrollo escolar y, además, acompaña con una serie de beneficios a los estudiantes en sus distintas etapas y aspectos de vida. Siguiendo esta lógica es que Junaeb pone a disposición este manual de procedimiento, elaborado por el equipo de profesionales del Departamento de Becas, que apoya, facilita y orienta a nuestra red colaboradora en los aspectos más relevantes de los beneficios. Esperamos seguir siendo un aporte en el desarrollo de la educación chilena. CRISTOBAL ACEVEDO FERRER SECRETARIO GENERAL (TP) JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS

4 Página: 4 de 126 ÍNDICE PRESENTACIÓN... 4 MARCO REGULATORIO... 6 INSTANCIAS RESPONSABLES DEL PROCESO DE POSTULACIÓN Y RENOVACIÓN... 7 I. FOCALIZACIÓN DE LA BECA I.1 CRITERIO DE FOCALIZACIÓN TERRITORIAL I.2. FOCALIZACIÓN DE LA POBLACION OBJETIVO I.3 FOCALIZACION ORIENTADA A GRUPOS ESPECIFICOS II. DISPOSICIONES GENERALES II.1 REGISTRO PROFESIONAL II.2 CUMPLIMIENTO DE PLAZOS ESTABLECIDOS EN CALENDARIO ANUAL II.3 ADMINISTRACIÓN DEL SINAB II.4 ASIGNACIÓN II.5 COMPLEMENTARIEDAD DE BECAS II.6 INCOMPATIBILIDAD DE BECAS II.7 DE LOS ESTADOS DE LOS ESTUDIANTES EN EL SISTEMA NACIONAL DE BECAS (SINAB) II.8 OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS BECADOS III. CALENDARIO ANUAL III.1 RENOVACIÓN Y POSTULACIÓN ENSEÑANZA MEDIA Y SUPERIOR III.2 RENOVACIÓN SEGUNDO SEMESTRE EDUCACIÓN SUPERIOR IV. ETAPAS DEL CALENDARIO ANUAL IV.1. RECEPCIÓN Y DIGITACION O INGRESO AL SINAB DE POSTULACIONES Y RENOVACIONES IV.2. VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DOCUMENTALES, EN TERRENO Y/O DE FUENTES DE INFORMACIÓN SECUNDARIA, INGRESO Y/O COMPLETACIÓN FORMULARIOS, ENTREGA DE FORMULARIOS A DIRECCION REGIONAL IV.3 PLAN ANUAL DE SUPERVISIÓN DOCUMENTAL Y EN TERRENO A NIVEL DE DIRECCIONES REGIONALES DE JUNAEB IV.4. CIERRE DE PROCESO REGIONAL DE POSTULACION Y RENOVACION IV.5. REVISIÓN DE INCONSISTENCIAS IV.6. VERIFICACIÓN FINAL Y ASIGNACIÓN DE BECAS DIRECCIÓN NACIONAL IV.7. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS V.1. ENSEÑANZA MEDIA PROCESO DE POSTULACIÓN PROCESO DE RENOVACIÓN V.2. ENSEÑANZA SUPERIOR PROCESO DE RENOVACIÓN VI. MODELO DE FOCALIZACIÓN CARACTERIZACION VII. INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO ÚNICO DE POSTULACIÓN Y RENOVACIÓN SECCIÓN ANTECEDENTES GENERALES ANTECEDENTES DEL POSTULANTE O DEL RENOVANTE ANTECEDENTES ACADÉMICOS SECCIÓN DIMENSIÓN 1: ACADÉMICA DIMENSIÓN 2: ECONÓMICA DIMENSIÓN 3: OTROS FACTORES DE RIESGO DIMENSIÓN 4: EDUCACIÓN ANEXOS PRESENTACIÓN La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, Junaeb, actualmente es la institución responsable de la administración de gran parte de la oferta programática de becas de mantención que otorga el

5 Página: 5 de 126 Estado, es decir, aportes monetarios de libre disposición destinados a apoyar el financiamiento de los gastos que genera el estudio de niños/as y jóvenes del país. En consecuencia, se ha diseñado este manual de procedimientos, cuyo objetivo es precisar los mecanismos y procedimientos de aplicación para la postulación y renovación de la Beca Presidente de la República. La construcción del presente manual, recoge los insumos necesarios de las evaluaciones, supervisiones y controles efectuados al programa en materia de procedimientos, focalización y marco legal de estos. Se basa en un trabajo técnico conjunto y complementario con la red colaboradora, Direcciones Regionales de Junaeb y Departamento de Becas Dirección Nacional, en aras de diseñar y proponer orientaciones, mecanismos y criterios globales del proceso de implementación de la Beca Presidente de la República. El presente manual está destinado a los/as profesionales responsables de administrar y gestionar técnicamente los procesos de la Beca Presidente de la República. A continuación se presenta el marco regulatorio de la beca; las instancias responsables del proceso; calendario de trabajo periodo ; mecanismos y exigencias de los procesos intermedios de postulación y renovación, a nivel de enseñanza media y superior y las acciones específicas que estos procesos demandan.

6 Página: 6 de 126 MARCO REGULATORIO El programa especial de becas para alumnos de enseñanza media y superior se crea el año 1981 mediante el Decreto Supremo del Ministerio del Interior, Nº 1500, de fecha 12 de febrero de Es una beca de mérito académico cuyo objetivo principal es apoyar económicamente a estudiantes de escasos recursos económicos con rendimiento académico sobresaliente, para que realicen sus estudios de enseñanza media y superior. Cada becado tiene derecho a un subsidio mensual equivalente a: a) 0.62 Unidades Tributarias Mensuales para el caso de los alumnos de enseñanza media, b) 1.24 Unidades Tributarias Mensuales para el caso de los alumnos becados de enseñanza superior o equivalente. En la actualidad la beca se encuentra regulada mediante el Decreto N 105, de 2011, del Ministerio de Educación, el cual fue modificado por el Decreto N 158, del 2012, de la misma repartición, que incorpora la aclaración respecto a la modalidad de pago, la posibilidad de revisión o apelación a la mantención de la beca así como los requisitos para la renovación de aquellos estudiantes becados los años 2008, 2009 y 2010.

7 Página: 7 de 126 INSTANCIAS RESPONSABLES DEL PROCESO DE POSTULACIÓN Y RENOVACIÓN A objeto de facilitar el cumplimiento de la normativa y procedimientos se ha considerado conveniente identificar las instancias responsables del proceso en los niveles nacionales, regionales y comunales, estableciendo el marco de sus atribuciones y responsabilidades. Departamento de Becas de la Dirección Nacional Junaeb 1. Establecer la planificación de actividades que el proceso de postulación y renovación demande a nivel nacional y regional. 2. Coordinar, controlar y administrar la beca a nivel nacional, adoptando las medidas para efectos de cautelar el cumplimiento de los lineamientos generales contemplados en el presente manual. 3. Definir y actualizar el modelo de focalización aplicable a los estudiantes postulantes. 4. Definir y actualizar el modelo de caracterización aplicable a los estudiantes renovantes. 5. Caracterizar, cuando corresponda, a partir de datos estadísticos a los estudiantes ingresados en sistema nacional de becas en adelante Sinab, con el objeto de mejorar la adopción de decisiones para el buen funcionamiento de la beca. 6. Proponer la formulación del presupuesto de cada año. 7. Proponer al Secretario General la distribución de las coberturas de la beca a nivel nacional y regional. 8. La Unidad de Pagos establecerá mediante el manual de Pagos un calendario mensual anual de pago de la beca, el que determinará responsabilidades, procesos y plazos, el que debe ser entregado a las Direcciones regionales antes de pago del mes de marzo. 9. Durante el año académico entregar información a las Direcciones Regionales acerca de las inconsistencias e incumplimiento de requisitos detectados que inciden en la renovación y asignación de la beca, de forma que éstas procedan a clarificar los casos informados previamente por el Departamento de Becas. 10. Realizar seguimiento de los becados, suprimiendo la beca a aquellos que no cumplan requisitos, realizando el análisis y resolución de casos especiales, análisis y resolución de revisiones o apelaciones de educación superior. 11. Apoyar, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria un sistema de supervisión externo, liderado por las Direcciones Regionales de Junaeb que será aplicado durante el proceso de postulación y asignación de la beca. 12. Evaluar la gestión del programa a nivel nacional. 13. Pronunciarse sobre todos los asuntos que sean necesarios o convenientes para el buen funcionamiento y gestión del programa.

8 Página: 8 de Establecer los procedimientos para la concesión, prórroga, revisión, cambio de carrera, continuidad de carrera técnica a profesional, suspensión o término anticipado de la beca, siempre en correspondencia con la normativa vigente. 15. Verificar la incompatibilidad de la beca con otras becas públicas de mantención. 16. Certificar la calidad de becario de los estudiantes beneficiados cuando éstos lo soliciten. 17. Publicar en la página web de la institución, los resultados de la asignación a los estudiantes renovantes y postulantes. 18. Entregar el presente manual y las circulares que demande el proceso de postulación y renovación a las Direcciones Regionales. 19. Evaluar y resolver conforme a lo establecido en el presente manual la posible modificación de las fechas del calendario Directores Regionales de Junaeb 1. Responsable de velar por el buen funcionamiento, la transparencia y objetividad del proceso de postulación y renovación a nivel regional y particularmente de las actividades de control y revisión de antecedentes. 2. Realizar las gestiones necesarias para cumplir con los plazos establecidos en el calendario anual del Programa. 3. Responsable de aprobar el diseño y ejecución del plan anual de supervisión elaborado por profesional designado por el Jefe de Unidad de Becas o Encargados de Becas de la región. 4. Establecer coordinación con los integrantes del consejo regional de la beca, en todos los aspectos relacionados con la ejecución del programa. 5. Establecer la coordinación con la red colaboradora en cuanto a las actividades asociadas al proceso de renovación y postulación. 6. Aprobar mediante resolución exenta la aceptación o rechazo de los estados de excepción. 7. Elaborar la resolución exenta que constituye al consejo regional.

9 Página: 9 de 126 Unidades de Becas de las Direcciones Regionales de Junaeb Los Jefes de Unidades Becas y/o Encargados Regionales de Becas de Junaeb, son responsables de cumplir con las siguientes funciones: 1. Responsable de establecer las actividades de difusión y organización que el proceso de postulación y renovación demande a nivel regional, con el propósito de cumplir con los plazos establecidos en el calendario anual y manual de pago del Departamento de Becas. En el caso que la Dirección Regional no cumpla con los plazos establecidos, deberá informar inmediatamente al Departamento de Becas. 2. Capacitar a los profesionales que integran la red colaboradora con el propósito de acreditarlos como Encargados de la Beca en el respectivo municipio, establecimiento educacional o institución de educación superior, en adelante IES. La modalidad de transferencia técnica podrá ser llevada a cabo en base a las siguientes alternativas: jornadas de capacitación masiva - por tipo de red colaboradora por experiencia en becas de mantención por distribución territorial, capacitaciones en terreno y acompañamiento individual. 3. Registrar previo al inicio del proceso de postulación y renovación, a los profesionales encargados de la beca designados como contraparte oficial red colaboradora, ante la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, mediante el llenado del anexo Registro Profesional Red Colaboradora y posterior envío al Departamento de Becas. 4. Enviar al Departamento de Becas listado de los usuarios del sistema informático nacional de becas, en adelante, Sinab que dejan de ser designados como contraparte oficial red colaboradora ante la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas. 5. Convocar a los integrantes del consejo regional para efectos de su constitución. 6. Actuar como soporte técnico del consejo regional. 7. Coordinar la entrega por parte de la red colaboradora de los formularios de postulantes y renovantes ingresados en Sinab. En el evento que la Dirección Regional detecte una inconsistencia en el formulario solicitará a la red verificar el caso y adoptar las medidas pertinentes dentro del proceso de postulación y renovación. 8. Elaborar y ejecutar el programa anual de supervisión de los formularios de postulación y renovación. 9. Actuar como soporte técnico ante la empresa externa que se adjudique la supervisión documental, siempre y cuando así se determine y se dispongan de los recursos necesarios para su realización. 10. Digitar el formulario de postulación y renovación en el Sinab si así corresponde y verificar la existencia de la documentación declarada y adjuntada a los formularios. 11. Enviar al Departamento de Becas las solicitudes y propuestas de resolución de las situaciones que impliquen la supresión de la beca.

10 Página: 10 de Remitir al Departamento de Becas las solicitudes de apelación (revisión) presentadas por estudiantes de Educación Superior, junto con la propuesta técnica de resolución de las mismas. 13. Realizar las actividades necesarias para la implementación de las mejoras formuladas por el nivel nacional. 14. Establecer una coordinación eficiente con la red colaboradora para potenciar la gestión y el control interno del programa. 15. Mantener la totalidad de la documentación que respalda la adjudicación u otorgamiento de la beca, de acuerdo a lo señalado en el presente manual. 16. Difundir entre los estudiantes beneficiarios las fechas de pago. 17. Publicar o difundir los resultados de la asignación. 18. Resguardar de manera digital la información socioeconómica de aquellos postulantes que sean supervisados en terreno, siempre que exista disponibilidad presupuestaria. 19. Controlar el cumplimiento de los requisitos y la correcta aplicación del modelo de focalización para efectos de optar a la beca, por parte de la red colaboradora, debiendo realizar las correcciones necesarias en Sinab, para garantizar la correcta asignación de la beca. 20. Resolver las solicitudes de suspensión, revisión o apelación de educación media, cambios de carrera, cambios de IES, titulaciones, egresos de carrera y continuidades de carrera técnica a carrera profesional mediante resolución exenta regional. 21. Traspasar a la Dirección Nacional, mediante Sinab, la administración de los formularios de postulantes y renovantes revisados documentalmente y con una correcta aplicación de la normativa. 22. Gestionar y validar el proceso de renovación de educación superior segundo semestre del año académico, realizada por la red colaboradora, confirmando en Sinab las renovaciones efectuadas por las casas de estudio, previa revisión de la documentación anexa según cohorte de ingreso a la beca. 23. Evaluar y resolver directamente o con la ayuda de la red colaboradora, el ingreso de renovaciones y postulaciones rezagadas o llenado de formularios incompletos, en fechas que permitan el cabal cumplimiento de la etapa IV.2 denominada Verificación de Antecedentes Documentales.

11 Página: 11 de 126 Departamento de Gestión de Recursos Junaeb 1. Departamento de Gestión de Recursos es responsable de realizar los pagos de la beca a partir de la información que entrega el Jefe(a) del Departamento de Becas, de acuerdo a las acciones consensuadas, en el manual de pagos aprobado por resolución exenta y en la circular de pago respectiva. Departamento de Informática Junaeb Departamento de Informática tiene como función lo siguiente: 1. Es responsable de entregar el soporte necesario para que todos los procesos que se realizan vía web funcionen de manera óptima, además de la entrega oportuna de las bases de datos que permitan que los procesos de postulación, renovación y preparación para el pago estén disponibles en forma oportuna. 2. Liderar la administración y mantenimiento del Sinab. 3. Implementar los mecanismos de control y procedimientos de seguridad, para garantizar la correcta operatoria del programa y el resguardo de la información. 4. Incorporar las mejoras continuas que el proceso de postulación y renovación demande, desarrollando nuevas herramientas y aplicaciones en el Sinab. 5. Desarrollar los procesos de su competencia establecidos en el calendario anual. 6. Monitorear y garantizar la estabilidad del sistema (servidor). 7. Actuar como soporte técnico del Departamento de Becas y Unidades de Becas de las Direcciones Regionales. RED COLABORADORA DEL PROCESO DE POSTULACIÓN Y RENOVACIÓN Departamento Social Municipal o Departamento Administración Educación Municipal o Establecimiento Educacional. El Jefe del Departamento Social Comunal y/o el Encargado/a Comunal de Programas de Becas de Mantención y/o el Encargado de becas del establecimiento educacional debidamente acreditado, tienen como función: 1. Ejecutar las actividades de planificación, difusión y organización que el proceso de postulación y renovación demande a nivel comunal, conforme a las orientaciones entregadas por la Dirección Regional de Junaeb. 2. Aplicar mecanismos de coordinación e información a la población objetivo. 3. Efectuar la evaluación y caracterización socioeconómica de la postulación y renovación tramitada por el estudiante. 4. Digitar e imprimir directamente del Sinab dentro de los plazos establecidos en el calendario anual, los formularios de postulación y renovación, de forma tal de procesar los requerimientos de los estudiantes que presentaron sus antecedentes oportunamente. 5. Digitar e imprimir directamente del Sinab dentro de los plazos establecidos en el calendario anual, los formularios de renovación de los estudiantes de educación superior cuyas instituciones no cuentan con personal destinado para estas funciones. 6. Realizar la verificación de las postulaciones y renovaciones tramitadas de su comuna; asegurando que la información declarada por el estudiante es fidedigna a su situación socioeconómica y académica.

12 Página: 12 de Informar oportuna y formalmente a la Dirección Regional de Junaeb correspondiente, los cambios socioeconómicos y/o académicos que afecten a los estudiantes y sean relevantes en la mantención de la beca. 8. Difundir entre los estudiantes beneficiarios las fechas de pago, informadas previamente por la Dirección Regional. 9. Recepcionar, digitar y entregar físicamente a la Dirección Regional de Junaeb correspondiente, las solicitudes de suspensión, revisión o apelación de educación media y superior, cambios de carrera, cambios de IES, titulación, egreso, continuidades de carreras técnicas a profesionales y reactivaciones. 10. Entregar físicamente cada uno de los formularios de renovación y postulación tramitados, con toda la documentación adjunta requerida para el proceso vigente a la Dirección Regional de Junaeb correspondiente. Departamentos de Bienestar Estudiantil de las Instituciones de Educación Superior, El Jefe del Departamento de Bienestar Estudiantil y Encargado/a de la Beca, tienen como función: 1. Ejecutar las actividades de planificación, difusión y organización que el proceso de postulación y renovación demande conforme a las orientaciones entregadas por la Dirección Regional de Junaeb. 2. Aplicar mecanismos de coordinación e información para la población objetivo. 3. Efectuar la evaluación y caracterización socioeconómica de la renovación tramitada por el estudiante. 4. Digitar e imprimir directamente los formularios de renovación de Sinab, dentro de los plazos establecidos en el calendario anual, de manera tal de procesar los requerimientos de los estudiantes que presentaron sus antecedentes oportunamente. 5. Realizar la verificación de las renovaciones tramitadas; asegurando que la información declarada por el estudiante es fidedigna a su situación socioeconómica y académica. 6. Informar oportuna y formalmente a la Dirección Regional de Junaeb correspondiente, los cambios socioeconómicos y/o académicos que afecten a los estudiantes y sean relevantes en la mantención de la beca. 7. Difundir entre los estudiantes beneficiarios las fechas de pago, informadas previamente por la Dirección Regional. 8. Entregar físicamente cada uno de los formularios de renovación tramitados, con toda la documentación adjunta requerida para el proceso vigente, a la Dirección Regional de Junaeb correspondiente 9. Realizar el proceso de renovación segundo semestre dentro de los plazos establecidos, de aquellos estudiantes de educación superior que cumplen los requisitos establecidos en la normativa. En el evento que la institución de educación superior detecte que algún estudiante no ha renovado su beca, debe informar de inmediato a la Unidad de Becas de la Dirección Regional correspondiente al domicilio de estudios. 10. Recepcionar, digitar y entregar físicamente a la Dirección Regional de Junaeb correspondiente, las solicitudes de suspensión, revisión o apelación de educación superior, cambios de carrera, cambios de IES, titulación, egreso y continuidades de carreras técnicas a profesionales.

13 Página: 13 de 126 INSTANCIAS ESPECÍFICAS Consejo Regional Beca Presidente de la República El Decreto N 105, del 2011, del Ministerio de Educación establece la constitución en cada región del país de un Consejo Regional, el que estará integrado por: Director/a Regional de Junaeb. Secretario/a Regional Ministerial de Educación o su respectivo/a representante. Jefe del Departamento Social de la Intendencia Regional Encargado/a del Programa de Junaeb en la región. El Consejo Regional tendrá como principales funciones: Asesorar en la preselección de los postulantes a la Beca, en conformidad con lo establecido en el Decreto N 105, de 2011, del Ministerio de Educación y sus modificaciones. Remitir a la Dirección Regional respectiva los listados correspondientes con todos los antecedentes relativos a la preselección y solicitudes rechazadas. Criterios de Funcionamiento Se conformará durante el proceso de postulación de la beca, las veces que cada región estime pertinente para asegurar el normal cierre de la misma. Para su adecuado funcionamiento se establece un quorum mínimo del 51% de sus miembros, tratando de resguardar la presencia de al menos un integrante de cada una de las instituciones mencionadas. Revisará el listado de postulantes totales de la región de domicilio familiar ingresados en Sinab en las fechas estipuladas en calendario, ingresando estado de solicitud rechazada de aquellos que no cumplen requisitos o que carezcan de documentación de respaldo solicitada. Será presidido por el/la Directora/a Regional de Junaeb o quien éste/a designe y podrá invitar a participar de sus sesiones, de manera permanente o puntual, a otros representantes que considere pertinente. Deberá fijar acuerdos y criterios de trabajo, los que serán parte constituyente del acta que se levantará en cada sesión con los resultados de la misma, firmada y entregada a cada uno de los integrantes del consejo, aprobada mediante resolución exenta de la Dirección Regional de Junaeb correspondiente.

14 Página: 16 de 126 Además, el administrador regional, comunal y de IES podrá acceder a su base jurisdiccional, para chequear y listar los postulantes y renovantes ingresados al Sinab. A través de Sinab se obtendrán los puntajes correspondientes a la evaluación socioeconómica de cada uno de los estudiantes postulantes y renovantes, que servirá de base para la posterior asignación de los nuevos becados. La función de todo administrador del sistema debe efectuarse con la responsabilidad que el proceso de postulación y renovación amerita, considerando que se trata de información de carácter personal que permite optar a una beca estatal, por tanto cualquier tipo de intervención o adulteración de la información declarada y adjuntada en cada formulario, será sancionada con todo el rigor de la ley. En el evento que un administrador detecte errores u omisiones, debe informar de inmediato al respecto a la Dirección Regional o Nacional de Junaeb para la adopción de las medidas correspondientes. II.4 ASIGNACIÓN La asignación de la beca, tiene a la base los siguientes factores explicativos: Número total de estudiantes renovantes por región del proceso en curso. Número total de postulantes del proceso en curso. Cobertura nacional programada. Aplicación de modelo de focalización territorial y de la población objetivo. Asignación regional por estricto orden de prelación. La matriz de selección de los estudiantes beneficiarios del programa, se configura en base a un proceso secuencial, con plazos previamente determinados, asociados a los procedimientos y normativa vigente. Desde lo operativo, el Departamento de Becas enviará en los meses de marzo, abril y mayo a las Direcciones Regionales, nóminas de estudiantes que presentan inconsistencias en sus formularios y/o que no cumplen los requisitos. Cupos Especiales: el Departamento de Becas presentará una propuesta de cupos especiales para resolución del Secretario General de Junaeb, conforme señala el artículo 10º, del Decreto Nº 105, de 2011, del Ministerio de Educación que indica que la Junaeb asignará cupos especiales en la medida en que las leyes de presupuestos contemplen recursos para tales efectos. II.5 COMPLEMENTARIEDAD DE BECAS BECA A COMPLEMENTAR BECA JUNAEB PARA LA PRUEBA DE SELECCIÓN UNIVERSITARIA COMPATIBILIDAD Es compatible la beca para aquellos becados que durante el año 2016 se encuentren cursando cuarto año de enseñanza media en establecimientos municipalizados o particular subvencionado, siempre y cuando se inscriban a la beca Junaeb para la prueba de selección universitaria en adelante Psu en los plazos indicados para el proceso.

15 Página: 17 de 126 BECA PRÁCTICA TÉCNICO PROFESIONAL PROGRAMA DE RESIDENCIAS ESTUDIANTILES Es compatible la beca para aquellos becados que se encuentren matriculados en establecimientos educacionales técnico profesional, efectuando la práctica en el año 2015 y/o 2016, siempre y cuando postulen a la beca práctica técnico profesional. Es compatible con el programa de residencia familiar estudiantil, beca hogares insulares, beca hogares Junaeb, beca residencia indígena y hogares indígenas. II.6 INCOMPATIBILIDAD DE BECAS De conformidad a lo estipulado en el artículo 9º del Decreto Nº 105, de 2011, del Ministerio de Educación, establece que la determinación de eventuales incompatibilidades de los beneficios de la Beca Presidente de la República con las establecidas en el artículo 33 de la ley Nº y en el artículo 56º de la ley Nº , se regirán por las normas especiales que rigen a estas últimas y con aquellas becas que su normativa y procedimientos establezcan incompatibilidad con la presente beca. Aquellos estudiantes que siendo postulantes o renovantes de beca presidente de la república, indistintamente podrá postular a la Beca Indígena, Beca de Apoyo a la Retención Escolar, Beca Integración Territorial ex Primera Dama, Beca Magallanes, Beca Patagonia Aysén, Beca Aysén, Beca Vocación de Profesor, Beca Polimetales de Arica y Beca de Apoyo al Norte Grande y Cerros de Valparaíso, no obstante, será en el proceso de asignación de la beca la instancia donde se determinará la beca de la cual será beneficiario, de conformidad a los procedimientos y normativa vigente para estos efectos. II.7 DE LOS ESTADOS DE LOS ESTUDIANTES EN EL SISTEMA NACIONAL DE BECAS (SINAB) Una vez que los profesionales de la red colaboradora completan el formulario y recepcionan la documentación de respaldo de renovantes y postulantes, deberán ingresar la información del formulario único de postulación o renovación en Sinab, de aquellos estudiantes que cumplen con todos los requisitos que exige la beca. En caso de que existan renovantes que posean un estado de excepción, la red colaboradora deberá ingresar y enviar los formularios a la respectiva Dirección Regional de Junaeb correspondiente al domicilio familiar declarado por el estudiante, para que sean analizados y resueltos según lo especificado en el presente manual. Cuando el formulario este ingresado completamente en el Sinab será posible imprimir un comprobante de renovación o postulación y una copia del formulario digital con toda la información ingresada. Además, contiene el puntaje obtenido según la pauta de evaluación socioeconómica de la beca y el estado en que se encuentra el estudiante en el sistema, todos los formularios al estar completos quedarán en estado ingresado.

16 Página: 18 de 126 Se entenderá por ESTADO DE LA BECA la situación del estudiante respecto a la asignación de la beca. Esta situación puede variar durante el año ya sea por la asignación, supresión, suspensión de la beca entre otras, conforme a lo establecido en el presente manual. A continuación se describen los estados de la beca considerados en Sinab: Ingresado Becado Matricula Renovación Segundo Semestre Confirmado por Dirección Regional Suspensión Anual Suspensión Primer Semestre Suspensión Segundo Semestre Titulado Egresado de Carrera Terminado Pendiente Eliminado/Supresión Solicitud Rechazada Estado inicial del estudiante que es ingresado su formulario completo en Sinab y cumple con los requisitos de la beca. Estado del estudiante que indica la adjudicación de la beca, bajo acto administrativo de resolución exenta de asignación. Estado del becado de educación superior que debe iniciar el proceso de renovación segundo semestre. Todos los estudiantes al concluir el primer semestre quedan en estado matricula, de manera tal que se debe confirmar su condición de alumno regular. Estado en que los profesionales de la red colaboradora ingresarán a los estudiantes de educación superior que realizan su renovación segundo semestre. Para continuar con la beca, verificando su condición de alumno regular por la respectiva Dirección Regional, de manera tal de continuar con el pago de la misma. Estado en que profesional de la Dirección Regional ingresa ratificando a los estudiantes que continúan con sus estudios durante el segundo semestre, según el cumplimiento de los requisitos para la mantención de la beca. Estado del estudiante que solicita la suspensión de la beca por un máximo de 10 meses, conforme a los criterios normados en el manual de procedimientos. Estado del estudiante que solicita la suspensión de la beca por el período del primer semestre académico, conforme a los criterios normados en el manual de procedimientos. Estado del estudiante que solicita la suspensión de la beca por el período del segundo semestre académico, conforme a los criterios normados en el manual de procedimientos. Estado del estudiante de educación superior que termina su carrera obteniendo el título técnico, profesional, bachiller y licenciado, por tanto deja de percibir la beca. Estado del estudiante de educación superior que egresa de su carrera. Aplica sólo para beca indígena. Se refiere a la congelación de la solicitud del estudiante renovante o postulante producto de acciones de supervisión y control documental y/o en terreno, detectando inconsistencia entre formulario físico y la información ingresada en Sinab, el estudiante deberá aclarar su situación para continuar recibiendo la beca. Estado exclusivo de estudiante renovante que pierde la beca por no cumplir con los requisitos exigidos o criterios normados en el manual de procedimientos. Estado exclusivo del estudiante postulante que en revisión documental o en terreno, antes de la asignación, es detectado que no cumple con los requisitos exigidos o criterios normados en el manual de procedimientos.

17 Página: 19 de 126 II.8 OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS BECADOS 1) Los(as) beneficiarios(as) de la beca presidente de la república deberán cumplir con las siguientes obligaciones: a) Mantener los requisitos que dieron origen a la beca. b) Informar oportunamente a la Junaeb Regional los cambios producidos en su situación económica, social y/o académica que dieron origen a la beca. c) Realizar la postulación o renovación de la beca exclusivamente en los plazos establecidos por Junaeb en el calendario anual, publicados en d) Presentar todos los antecedentes fidedignos a su situación socioeconómica y académica requerida para el respectivo proceso de renovación y postulación de la beca ante el Departamento Social del Municipio de residencia familiar o Servicio de Bienestar Estudiantil de la institución de educación superior donde se encuentre matriculado. e) Los estudiantes de educación superior deben acreditar en cada semestre la calidad de alumno regular. f) Informar oportunamente situación de pago indebido, a fin de completar el pago o descontarlo según corresponda en la cuota siguiente. g) Autorizar a Junaeb a descontar del pago o cuota siguiente aquellos abonos indebidos. h) Autorizar a Junaeb la verificación de la situación socioeconómica y académica presentada en el correspondiente proceso de postulación o renovación. i) En caso de retiro o suspensión de estudios, el becario deberá dar inmediata cuenta de ello por escrito a la unidad de becas de la Dirección Regional respectiva, para que se proceda a suspender el pago de la beca. El becario que omita este aviso y siga percibiendo la beca, perderá el derecho a optar nuevamente a él y deberá restituir de inmediato la suma de dinero percibido de manera indebida, reajustada conforme al IPC desde la fecha en que el becario omitió dar el aviso debiendo darlo y en la que efectivamente lo haya emitido, o el mecanismo de reajustabilidad que lo remplace, si así ocurriere. j) Autorizar a Junaeb a efectuar el tratamiento de mis datos personales con arreglo a las disposiciones de la ley Nº sobre protección a la vida privada con el objeto de efectuar ante la red colaboradora las gestiones pertinentes que tengan directa relación con los procesos de renovación. El incumplimiento de algunas de las responsabilidades establecidas en las letras a); b); c), d) y e); constituyen causales de supresión de la beca.

18 Página: 20 de 126 2) Los(as) beneficiarios(as) de la beca tendrán los siguientes derechos: a) Recibir una atención respetuosa, dentro de los plazos establecidos en el calendario anual. b) Solicitar información a la Dirección Regional de Junaeb respecto de su situación. c) Solicitar a Junaeb la certificación de la calidad de becado. d) Solicitar la posibilidad de revisión o apelación, cambio de carrera, cambio de IES, continuidad de carrera técnica a profesional, suspensión de la beca, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos. e) Exigir la confidencialidad y buen uso de sus antecedentes. f) Acceder al estado de su consulta, reclamo y/o sugerencia. Los estudiantes mujeres menores de 12 años y hombres menores de 14 años, deberán abrir una Cuenta Rut de Banco Estado a nombre de su tutor/a. Cualquier otro mecanismo financiero de pago deberá acordarse con la Dirección Regional respectiva, la que extenderá la consulta al Departamento de Becas.

19 Página: 21 de 126 III. CALENDARIO ANUAL III.1 RENOVACIÓN Y POSTULACIÓN ENSEÑANZA MEDIA Y SUPERIOR ETAPAS DEL ENSEÑANZA MEDIA ENSEÑANZA SUPERIOR RESPONSABLES PROCESO Recepción y digitación o ingreso a Sinab de renovaciones y postulaciones Desde el 01 de diciembre 2015 hasta el 29 de enero de 2016 Desde el 01 de diciembre 2015 hasta el 30 de marzo de 2016 Estudiantes Verificación de antecedentes documentales, en terreno y/o fuentes de información secundarias. Ingreso y/o completación formularios. Entrega de formularios en DR 1er plazo 2do plazo 3er plazo (sólo E. Superior) Desde el 01 de diciembre 2015 hasta el 01 de Marzo 2016 Desde el 02 de marzo hasta el 13 de marzo Desde el 24 de marzo hasta el 24 de abril 2016 Municipalidades e I.E.S Supervisión documental y en terreno Cierre proceso regional Verificación final y asignación de becas Departamento de Becas Nacional Publicación de Resultados 1er plazo 2do plazo 3er plazo (Sólo E. Superior) Desde el 01 de diciembre 2015 hasta el 06 marzo 2016 Desde el 07 de marzo hasta el 03 de abril 2016 Desde el 04 de abril hasta el 12 de mayo er plazo 2do plazo 3er plazo (Sólo E. Superior) 07 de marzo de abril de mayo er plazo 2do plazo 3er plazo (Sólo E. Superior). Entre el 08 y el 11 de marzo Entre el 05 y el 15 de abril Entre el 16 y el 23 de mayo 1er plazo 2do plazo 3er plazo 31 marzo 29 abril 31 de mayo Direcciones Regionales Junaeb Dirección Nacional Junaeb Dirección Nacional Junaeb El Departamento de Becas evaluará la posibilidad de modificar una o más fechas, sea por causa de modificaciones en las fechas del calendario anual del sistema educacional, fuerza mayor o por requerimiento fundado de las Direcciones Regionales de Junaeb. La modificación podrá abarcar a una o varias regiones afectadas por los motivos antes descritos, y se materializará mediante resolución exenta emitida por el Secretario General. Del mismo modo, se establecen fechas diferenciadas por producto estratégico respecto a las fases contempladas en la programación anual de la beca (recepción de postulaciones renovaciones, verificación de antecedentes, supervisión, cierre regional y asignación) el cual se diferencia por nivel de educación.

20 Página: 22 de 126 III.2 RENOVACIÓN SEGUNDO SEMESTRE EDUCACIÓN SUPERIOR ETAPA FECHA RESPONSABLES Renovación Segundo Semestre Se certifica calidad de alumno regular, nota y situación socioeconómica si corresponde e ingreso a Sinab. Desde el 01 de agosto hasta el 03 de octubre 1er plazo 2º plazo 3º Plazo Estudiantes e Instituciones de Educación Superior. Fechas límite envío de antecedentes a Departamento de Becas Dirección Regional Desde el 01 hasta el 12 de agosto Desde el 22 de agosto hasta el 09 de septiembre Desde el 20 de septiembre al 14 de octubre Instituciones de Educación Superior. Recepción de certificado de alumno regular y/o nóminas y documentación socioeconómica y/o académica según corresponda. Validación y confirmación de la Dirección Regional de la renovación segundo semestre Desde el 1 de agosto al 19 de agosto 2016 Desde el 22 de agosto al 16 de septiembre 2016 Desde el 20 de septiembre al 20 de octubre 2016 Direcciones Regionales Junaeb. El Departamento de Becas evaluará la posibilidad de modificar una o más fechas, sea por causa de modificaciones en las fechas del calendario anual del sistema educacional, fuerza mayor o por requerimiento fundado de las Direcciones Regionales de Junaeb. La modificación podrá abarcar a una o varias regiones afectadas por los motivos antes descritos, y se materializará mediante resolución exenta emitida por el Secretario General.

21 Página: 23 de 126 IV. ETAPAS DEL CALENDARIO ANUAL IV.1. RECEPCIÓN Y DIGITACION O INGRESO AL SINAB DE POSTULACIONES Y RENOVACIONES La municipalidad correspondiente al domicilio familiar del estudiante renovante y/o postulante es responsable de recepcionar y digitar en el Sinab los antecedentes de los estudiantes de enseñanza media y de aquellos estudiantes renovantes de educación superior cuyas Instituciones no cuentan con personal destinado para estas funciones. Posteriormente enviará esta documentación a la respectiva Dirección Regional de Junaeb. Las instituciones de educación superior son responsables de recepcionar y digitar en Sinab los antecedentes de renovación de los estudiantes matriculados en su casa de estudios. Posteriormente enviará esta documentación a la respectiva Dirección Regional de Junaeb. La digitación o ingreso de las postulaciones y renovaciones al Sinab será sólo de aquellos formularios que cumplan con los requisitos exigidos. Una vez digitados los formularios, deberán ser impresos directamente del Sinab y ser remitidos con la totalidad de la documentación de respaldo a la Dirección Regional de Junaeb correspondiente al domicilio familiar del estudiante. El no envío de la documentación a las Direcciones Regionales en los plazos establecidos, afectará el otorgamiento de la beca y por lo tanto el posible pago de la beca al estudiante. Los profesionales de la red colaboradora registrados deberán dejar un listado de respaldo de los estudiantes cuyos antecedentes completos fueron remitidos a las Direcciones Regionales. IV.2. VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DOCUMENTALES, EN TERRENO Y/O DE FUENTES DE INFORMACIÓN SECUNDARIA, INGRESO Y/O COMPLETACIÓN FORMULARIOS, ENTREGA DE FORMULARIOS A DIRECCION REGIONAL. 1. Verificación de antecedentes documentales. El profesional registrado evaluará sólo las solicitudes de renovación y postulación que presenten toda la documentación de respaldo que acredite la situación socioeconómica, académica, de salud y otros antecedentes específicos del postulante o renovante. 2. Verificación en terreno y/o de fuentes de informacion secundarias. Comprende la verificación de los antecedentes socioeconómicos informado por los estudiantes, para efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención de la beca. Esto implica la constatación de lo informado en los documentos presentados por el estudiante, ya sea mediante la revisión de antecedentes existentes en el formulario, cruce de base de datos, entrevistas con otros actores o servicios públicos territoriales y/o visita domiciliaria. Se establece, si existe la disponibilidad presupuestaria, de la verificación en terreno ex ante de una muestra de postulantes y renovantes de aquellas solicitudes que cumplan con los requisitos exigidos, entregando los resultados de la misma a la Dirección Regional Junaeb correspondiente al domicilio familiar del estudiante.

22 Página: 24 de 126 Para ello, el profesional de la red colaboradora registrado, utilizará como instrumento técnico el presente manual y el formulario oficial determinado por el Departamento de Beca, que se anexa al manual, o el formulario digital ingresado en el Sinab. Estos mecanismos de verificación serán aplicables para todos aquellos estudiantes que presenten documentación completa. 3. Ingreso y/o completacion de formularios. Los profesionales de la red colaboradora podrán ingresar formularios y/o completar formularios, tanto de estudiantes postulantes o renovantes cuyo proceso se iniciara efectivamente durante los plazos establecidos para ellos en los procesos antes señalados y que por causales como errores administrativos, climáticos, sociopolíticos u otros externos a la responsabilidad del estudiante hubiesen quedado sin ser digitados o ingresados de manera parcial en el sistema informático 4. Entrega de formulario en la Direccion regional respectiva. Los profesionales de la red colaboradora deberán entregar el o los formularios de estudiantes postulantes como renovantes con su documentación completa y debidamente digitados en el sistema informático Sinab en las dependencias de la Dirección Regional Junaeb que le corresponda. Deberán entregar nomina con el total de formularios entregados la que deberá ser recibida conforme por la Dirección Regional Junaeb, guardando copia de este documento. IV.3 PLAN ANUAL DE SUPERVISIÓN DOCUMENTAL Y EN TERRENO A NIVEL DE DIRECCIONES REGIONALES DE JUNAEB La elaboración y ejecución del plan anual de supervisión documental y en terreno busca dar cuenta de las funciones de carácter permanente y primordial de las Unidades de Becas Regionales en torno a desarrollar actividades y procedimientos de control y verificación de los antecedentes de los estudiantes que soliciten la beca. A continuación, se presentan los aspectos generales que deben considerar los planes de supervisión elaborados por las Direcciones Regionales. OBJETIVO Asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Decreto N 105, del 2011, del Ministerio de Educación que rige el programa y lo dispuesto en la normativa vigente para la correcta focalización de la beca. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Establecer y efectuar las actividades de supervisión y control sobre los formularios de renovación y postulación. Minimizar los errores en la aplicación de la normativa, en la documentación adjunta al formulario, así como, su correcta digitación en el Sinab. Verificar en terreno la información entregada en formulario de renovación/postulación. Corregir los errores detectados en los formularios para dar cuenta de una correcta focalización de la beca.

23 Página: 25 de 126 CRONOGRAMA DE TRABAJO - CARTA GANTT Se debe elaborar una carta gantt donde se establecen las etapas en que se desarrollará la supervisión documental y en terreno, para ello el plan debe incorporar las principales etapas y actividades a desarrollar en el proceso de supervisión. Se deben contemplar al menos las siguientes etapas: Recepción de formularios de Postulación/Renovación: en esta etapa se deben contemplar las actividades de apoyo, seguimiento y recepción de los formularios ingresados a Sinab por parte de la red colaboradora, además, debe considerar la coordinación en la entrega de formularios de postulantes a la empresa externa que realizará la revisión de estos. Supervisión ex ante: Aquí se debe contemplar las actividades que requieren los distintos niveles de supervisión y debe ser acorde con lo establecido en el calendario anual de la beca (no debe exceder la fecha de asignación según el nivel educacional), también requiere la coordinación en la entrega de formularios de postulantes a la empresa externa, así como, la devolución de los ya revisados y el almacenamiento de los formularios tanto de renovantes como de postulantes en la Dirección Regional. Supervisión ex post: La etapa contempla las actividades que requieren los distintos niveles de supervisión, además, requiere la coordinación con la empresa externa en cuanto a la devolución de los formularios revisados y el almacenamiento en la Dirección Regional de los formularios de renovación y postulación. Esta etapa no puede extender más allá del 30 de septiembre de 2016 Análisis de resultados y elaboración de informe final: una vez concluido el proceso de revisión, cada Dirección Regional deberá realizar un análisis de los principales resultados obtenidos para la elaboración del informe final, también, incluye la elaboración de este informe y su entrega formal al Departamento de Becas, este informe debe ser entregado durante el mes de octubre del año NIVELES DE SUPERVISIÓN Supervisión Documental: corresponde a la revisión o verificación de la presencia o ausencia de uno o más de los respaldos documentales establecidos como requisitos de renovación y los documentos de respaldo exigidos para postulantes referente a las variables e indicadores que el presente manual establece en el modelo de focalización. Contempla la revisión de cada uno de los formularios de los estudiantes pertenecientes al territorio de cada una de las Direcciones Regionales, así como, el registro de /los documentos faltantes. Digitación Formulario de postulación/renovación: corresponde a la revisión respecto a la correcta o incorrecta digitación en Sinab de la información entregada por el estudiante respecto a lo registrado en formulario de postulación /renovación y la documentación de respaldo que se encuentre en el mismo, por parte de la Dirección Regional en cuyo territorio se realizara el proceso de renovación anual por parte del municipio o institución de educación superior. Aplicación de la Normativa y/o Modelo de Focalización: corresponde a la revisión respecto al cumplimiento o incumplimiento de la normativa o modelo de focalización establecido en el presente manual, para el proceso de postulación y de renovación de cada uno de los formularios ingresados por las distintas unidades operativas a nivel país.

24 Página: 26 de 126 Supervisión en Terreno: corresponde a la revisión en el domicilio familiar del postulante o renovante respecto a la correcta o incorrecta aplicación de la normativa, diferencias entre los estipulado en formulario único de postulación y renovación y lo observado en la visita realizada a la familia del estudiante. MODALIDADES DE SUPERVISION Supervisión Externalizada: corresponde a lo establecido en las bases técnicas de la licitación pública para la contratación de servicio de supervisión documental, de digitación informática y de la correcta aplicación de la normativa. Se realizará la supervisión de conformidad a los porcentajes establecidos en las bases técnicas de la licitación pública, la coordinación con la empresa adjudicataria será de cargo de la Dirección Nacional, siempre y cuando así se determine y se dispongan de los recursos necesarios. Las Unidades de Becas Regionales deberán realizar todas las gestiones para: Obtención de los formularios aplicados por la red colaboradora y su entrega a empresa externa. Asegurar un stock permanente de formularios para revisión, según calendario informado. Realizar aceptación o rechazo de las detecciones realizadas por la empresa en los plazos y calendarios estipulados en las bases de licitación. Realizar todas las gestiones necesarias para la obtención de la documentación faltante de parte de la red colaboradora y en último caso, del estudiante beneficiario Realizar la corrección que corresponda respecto de la aplicación de la normativa o del modelo de focalización. Mantener una nómina de los expedientes entregados a la empresa. Recepcionar y comprobar conforme la devolución de parte de la empresa de los formularios con toda la documentación de respaldo. Supervisión de las Direcciones Regionales: Es responsabilidad de las Unidades de Becas de las Direcciones Regionales de Junaeb, coordinar la supervisión efectiva de un número representativo de renovantes y postulantes. Para ello, según la disposición presupuestaria de cada Dirección Regional, deberán elaborar y ejecutar un programa anual de supervisión 1 que contemple los cuatro niveles de supervisión antes descritos. Este programa debe contemplar en su etapa ex ante de la asignación a estudiantes renovantes y ex post de la asignación a estudiantes postulantes y renovantes. Serán objetivos esenciales del programa de supervisión regional lo siguiente: Evaluar la correcta aplicación de la normativa. Adoptar medidas correctivas para ajustar la continuidad o supresión de la beca. 1 La elaboración de este programa de supervisión deberá ser complementario a la supervisión externalizada realizada por la empresa, en el sentido que deberá estar focalizada en los estudiantes renovantes no revisados por la empresa en su etapa ex ante.

25 Página: 27 de 126 Si se detectasen errores u omisiones en la evaluación técnica de los requisitos y antecedentes socioeconómicos, que signifiquen disminución ostensible del puntaje obtenido por el postulante quedando bajo el puntaje de corte regional o el incumplimiento de los requisitos por parte del estudiante renovante, es responsabilidad de las respectivas Direcciones Regionales de Junaeb proceder a informar y enviar todos los antecedentes a la Dirección Nacional quien procederán a la supresión de la beca mediante resolución exenta. Cada Dirección Regional deberá informar al Departamento de Becas de Junaeb, del programa de supervisión regional a ejecutar y coordinar con este su ejecución, además deberá enviar un informe final con los resultados y hallazgos de la supervisión durante el mes octubre del año En el caso que la licitación de la supervisión externalizada no se realice, cada Dirección Regional deberá realizar supervisión en los 4 niveles planteados a una muestra representativa de formularios de postulación ex ante de la asignación de la beca. Para ello establecerán muestras aleatorias representativas en cuya conformación se contemplen los resultados de la supervisión realizada el año 2015, la detecciones realizadas por las propias Direcciones Regionales y elementos diagnósticos entregados por estudios regionales. El cálculo de esta muestra es en base al total de postulaciones cuyo domicilio familiar se encuentre en la jurisdicción territorial asignada a cada Dirección Regional, ingresadas en Sinab, muestra que será determinada por cada Dirección Regional. Para estimar el cálculo del tamaño de la muestra se sugiere utilizar el siguiente link: DE LOS RESULTADOS Cada Dirección Regional deberá entregar un informe de resultados del plan de supervisión desarrollado, el que debe ser entregado durante el mes de octubre de 2016, con análisis de los casos supervisados ex ante como ex post, para esto se deben desarrollar los contenidos mínimos que se presentan en documento adjunto en anexo del presente manual. IV.4. CIERRE DE PROCESO REGIONAL DE POSTULACION Y RENOVACION Será responsabilidad de las Unidades de Becas de las Direcciones Regionales de Junaeb procurar que la red colaboradora ingrese en fecha oportuna los formularios de postulación y renovación en el Sinab, de acuerdo al plazo establecido para el cierre del proceso regional de postulación y renovación según el calendario anual contenido en el presente manual. En el caso que la Dirección Regional no cumpla con los plazos establecidos, deberá informar inmediatamente al Departamento de Becas, para que proceda a evaluar la posibilidad de modificar las fechas del calendario. Deberá también revisar las postulaciones para determinar si existen estudiantes que no cumplen requisitos, los cuales deberán quedar en Sinab en el estado solicitud rechazada y no serán incluidos en proceso de asignación de nuevas becas El cumplimiento del cierre regional incide en la oportunidad del pago de la beca, así como en el cumplimiento de indicadores de gestión institucional.

26 Página: 28 de 126 IV.5. REVISIÓN DE INCONSISTENCIAS. Será responsabilidad del Departamento de Becas de la Dirección Nacional solicitar la verificación de los antecedentes ingresados al Sinab, una vez cerrado el proceso de ingreso de datos de los formularios de postulación y renovación. El Departamento de Becas enviará en los meses de marzo, abril y mayo a las Direcciones Regionales nóminas de estudiantes que presentan inconsistencias en sus formularios y/o que no cumplen los requisitos. Si se detectasen errores u omisiones en la evaluación técnica de los antecedentes socioeconómicos que signifiquen disminución ostensible del puntaje obtenido por el postulante quedando bajo el puntaje de corte regional o incumplimiento de uno o más de los requisitos de renovación, es facultad de la Dirección Nacional de Junaeb proceder a la supresión definitiva de la beca. IV.6. VERIFICACIÓN FINAL Y ASIGNACIÓN DE BECAS DIRECCIÓN NACIONAL. El Departamento de Becas efectuará la verificación final de los antecedentes ingresados al Sinab una vez efectuado el cierre regional. De acuerdo a los nuevos cupos asignados a cada región, se asignará la Beca Presidente de la República a los renovantes que cumplan con los requisitos exigidos y a los postulantes que reúnan los más altos puntajes obtenidos como resultado de la aplicación de la pauta de evaluación socioeconómica, según región de domicilio familiar declarado por el estudiante, mediante resolución exenta. IV.7. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. Una vez asignada la beca los resultados serán informados a través de la página web de Junaeb IV.8. GESTIÓN DE PAGO DE LA BECA. Cumplidas las etapas del calendario anual previamente descritas, el Departamento de Becas en coordinación con el Departamento de Informática y el Departamento de Gestión de Recursos, realizarán la gestión de pago de la beca. La beca es otorgada anualmente, el cobro se debe realizar dentro del año lectivo en que ha sido otorgada, toda vez que la disponibilidad de los recursos se encuentra establecida en la ley de presupuesto, que es anual. Cabe señalar que cuando la beca es pagada bajo la modalidad de una cuenta bancaria (cuenta rut u otra) a nombre del estudiante o tutor legal, se entiende cobrada cuando los fondos han sido transferidos exitosamente. Sin embargo, cuando la beca es pagada bajo la modalidad de pago masivo, en la cual no existe una transferencia directa de los recursos al estudiante o tutor legal, el plazo máximo de caducidad de cobro es de 3 años. Pasado este plazo, el estudiante ya no tiene derecho a exigir el pago de la beca otorgada.

27 Página: 29 de 126 V.1. ENSEÑANZA MEDIA PROCESO DE POSTULACIÓN REQUISITOS - Promedio mínimo de notas 6.0 para alumnos egresados/as de enseñanza básica y para estudiantes que cursen entre 1º a 4º año de enseñanza media. - Acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente que justifique la necesidad de la beca (Ingreso Per Cápita no debe superar los $ ). - No podrán postular a aquellos estudiantes que no presenten calificaciones académicas. NOTA: En caso de no existir el establecimiento Educacional en Sinab, la red colaboradora deberá remitir la resolución o decreto que lo reconoce por Mineduc a la Dirección Regional correspondiente al domicilio familiar del estudiante, quien solicitará a la Dirección Nacional su ingreso a Sinab. DOCUMENTACIÓN EXIGIDA - Fotocopia de cédula de identidad del estudiante. - Certificado de notas del año anterior o del último año académico cursado - Comprobante o colilla de pago de matrícula y/o certificado de alumno regular - Documentación que acredite información referente a dimensión económica: ingresos del grupo familiar - categoría ocupacional del jefe de hogar situación laboral del jefe de hogar patrimonio en caso que corresponda. - Documentación que acredite información referente a dimensión factores de riesgo: enfermedades catastróficas en caso que corresponda stress familiar en caso que corresponda déficit de apoyo en caso que corresponda. - Documentación que acredite información referente a dimensión educación: lugar de estudios del becado duplicidad de funciones en caso que corresponda hermanos o hijos estudiando en caso que corresponda. En el evento que el estudiante no presente la documentación exigida, la Junaeb tendrá la facultad de corregir la información consignada en Sinab y definir si procede la mantención o término en la entrega de la beca. Para una mayor precisión de los documentos que debe presentar el postulante ver modelo de focalización- caracterización, en esta sección se precisa la documentación exigida en cada una de las variables. NOTA: Podrán postular los/as estudiantes que ingresan a las escuelas matrices (ejemplo: grumetes) y de aquellos que se encuentren cursando estudios de enseñanza media en la misma Institución. PROCEDIMIENTO Lugar de postulación: Los/as estudiantes de enseñanza media y los/as egresados/as de enseñanza básica, postularán a la beca a través del departamento social de la municipalidad y/o corporación municipal de educación correspondiente a su domicilio familiar. Podrán postular estudiante de las fuerzas armadas de orden y seguridad o en centros de detención o cárceles que poseen establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, cuando éste cuente con el profesional asistente social que verifique y valide los antecedentes socioeconómicos del estudiante. De no ser así, deberá postular en el Departamento Social de la municipalidad y/o Corporación municipal de educación correspondiente a su domicilio familiar.

28 Página: 30 de 126 PROCESO DE RENOVACIÓN REQUISITOS - Ser promovido de curso con un promedio mínimo de nota Acreditar documentalmente una situación socioeconómica deficiente que justifique la necesidad de la beca (Ingreso Per Cápita no debe superar los $ ). - No poseer otra beca incompatible con Beca Presidente de la República DOCUMENTACIÓN EXIGIDA Certificado de notas del año anterior o del último año académico cursado. Comprobante o colilla de pago de matrícula y/o certificado de alumno regular. Documentación que acredite los ingresos económicos del grupo familiar. Certificado de práctica cuando corresponda que señale duración y mes de inicio de la misma. PROCEDIMIENTO Lugar de Renovación: los/as estudiantes de enseñanza media renovarán la beca a través del departamento social de la municipalidad y/o corporación municipal de educación correspondiente a su domicilio familiar, dentro de los plazos establecidos en el calendario anual. Podrán renovar estudiante de las fuerzas armadas de orden y seguridad o en centros de detención o cárceles que poseen establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, cuando éste cuente con el profesional asistente social que verifique y valide los antecedentes socioeconómicos del estudiante. De no ser así, deberá postular en el Departamento Social de la municipalidad y/o Corporación municipal de educación correspondiente a su domicilio familiar. Cambio de Comuna del domicilio familiar: si el/a becado/a cambió de comuna de residencia, el trámite de renovación deberá ser efectuado en la nueva municipalidad. Estudiantes Egresados de enseñanza media: renovarán la beca en el Departamento Social de la municipalidad y/o Corporación municipal de educación correspondiente a su domicilio familiar, una vez matriculados en la enseñanza superior, adjuntarán al formulario de renovación el certificado de alumno regular. Los estudiantes que hayan finalizado el proceso de evaluación socioeconómica instruido por Mineduc para el Programa de Becas y Crédito, podrán realizar su renovación en la casa de estudios en la cual realizó esta acreditación. Estudiantes de Liceos Técnico- Profesionales que realizan prácticas: deberán renovar dentro de los plazos de enseñanza media establecidos en el calendario anual, debiendo presentar el certificado de práctica emitido por el establecimiento educacional respectivo, que consigne la cantidad de meses de duración de la práctica (inicio y término) y la identificación del centro de práctica. Junaeb pagará la beca por el período exacto de práctica consignado en el Certificado, independiente de que ésta se inicie en los meses de enero o febrero. Ejemplo: Si un alumno inicia su práctica en enero hasta marzo, se pagará la beca marzo, abril y mayo. Finalizada la práctica, el Departamento de Becas suspenderá bajo el concepto de segundo semestre la beca, permitiendo su renovación para el año inmediatamente siguiente.

29 Página: 31 de 126 ESTADOS DE EXCEPCION EDUCACION MEDIA PROCEDIMIENTO GENERAL RESPONSABLE QUE HACER QUE ADJUNTAR Estudiante Asistente Social de la Municipalidad de domicilio familiar. Dirección Regional Dirección Nacional 1. Completar y firmar formulario de estado de excepción que solicita, donde especifique las razones que fundamentan el requerimiento ante el/la asistente social de la municipalidad de domicilio familiar. 1. Ingresar en Sinab de manera completa el formulario de renovación del estudiante y el estado de excepción respectivo (apelación, suspensión o práctica). 2. Enviar a la Dirección Regional correspondiente formulario de renovación del estudiante indicando el estado de excepción que solicita. 1. Evaluar la solicitud entregada por la red colaboradora. 2. Resolver la solicitud en virtud de los criterios pre-establecidos y efectuar un acta regional con la nómina, criterio y definición del estado de excepción, la cual debe ser aprobada mediante resolución exenta firmada por el Director Regional. 3. Ingresar en el Sinab la aceptación o rechazo de la solicitud. En el caso de suspensiones, el jefe y/o profesional de la Unidad de Becas Regional debe consignar el estado de beca que corresponda. 4. Respaldar la resolución que acepta la solicitud. 5. Remitir a la Dirección Nacional la resolución que rechaza la solicitud y los formularios completos correspondientes. 1. Resolver de acuerdo a criterios preestablecidos en el presente manual aplicables a todas las regiones la solicitud de apelación. 2. Ingresar en Sinab el estado de beca que corresponda, para el caso de las apelaciones. Idéntica documentación a la exigida para el proceso de renovación. Formulario de estado de excepción que solicita, disponible en el presente manual y en sección becas. Documentos específicos según el criterio argumentado. Idéntica documentación a la exigida para el proceso de renovación y todos los antecedentes de respaldo que avalen la solicitud del estudiante. Resolución que acepta solicitud de estado de excepción. Resolución que rechaza solicitud de estado de excepción. Formulario completo del estudiante solicitante, sólo postulantes rechazados. Resolución que acepta/rechaza solicitud de estado de excepción, aprobando renovación o supresión según corresponda.

30 Página: 32 de 126 SUSPENSIÓN DE LA BECA. En el evento que un becado no continúe sus estudios regulares antes del inicio del año escolar, puede solicitar la suspensión de la beca, siempre y cuando cumpla con los requisitos de renovación correspondientes y la solicitud se efectúe conforme al procedimiento establecido ante el asistente social registrado. Junaeb una vez analizados los antecedentes y resuelto de manera favorable a dicha solicitud, procederá a resguardar el cupo para el proceso de renovación inmediatamente siguiente y suspender el pago de la beca por el período de suspensión aprobado. Solo en situaciones extraordinarias debidamente acreditadas el estudiante podrá suspender estudios de manera anual habiendo recibido pagos, los que deberán ser restituidos al momento de realizar la solicitud o en el caso que no sea posible se descontarán al momento de renovar el mismo.

31 Página: 33 de 126 CRITERIOS PARA EL TRATAMIENTO DE SOLICITUDES DE SUSPENSIÓN. FACTOR CRITERIO DOCUMENTOS ESPECÍFICOS 1. Personal de Salud 2. Personal Educación 3. Personal Trabajo 4. Personal Medioambiental 5. Familiar de Salud 6. Familiar de Trabajo Calificación: 1.1 Enfermedad de salud mental 1.2 Accidentes - enfermedades 1.3 Embarazo 1.4 Maternidad 1.5 Cuidados de hijo menor de un año Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y firma del facultativo. Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y firma del facultativo. Certificado médico emitido por el doctor, con firma y timbre del facultativo. Certificado de nacimiento de hijo que indique nombre de los padres y fecha de nacimiento. Certificado de nacimiento de hijo que indique nombre de los padres y fecha de nacimiento. 2.1 Preparación para la Psu. Certificado que acredite rendición de Psu. 2.2 Dificultad para encontrar lugar de Certificado que acredite dificultad para encontrar centro de práctica práctica, emitido por establecimiento educacional. 2.3 Cierre establecimiento educacional Documento que respalde el cierre definitivo del establecimiento educacional, emitido por Mineduc. 2.4 Pasantía, voluntariado, actividad Certificado de aceptación del programa en el extranjero y/o religiosa o práctica en el extranjero. certificado emitido por establecimiento que valide el programa y su respectiva duración. 3.1 Trabajo infantil Informe social emitido por una asistente social respaldado por una institución. 4.1 Violencia en el establecimiento Informe emitido por profesional o autoridad competente del educacional. establecimiento educacional. 4.2 Delincuencia actividades ilícitas que Informe emitido por profesional o autoridad competente del atentan en el desarrollo educacional. establecimiento educacional. 4.3 Cumplimiento servicio militar Documento que respalde cumplimiento servicio militar emitido por obligatorio. cantón de reclutamiento. 4.4 Catástrofes ambientales. Encuesta Familiar Única de Emergencia (Ficha EFU) o el/los instrumento/s de catástrofe definido por autoridad competente. 5.1 Violencia intrafamiliar Certificado emitido por un profesional asistente social o psicólogo que avale dicha situación 5.2 Alcoholismo drogadicción Jefe de Certificado emitido por un profesional asistente social o psicólogo Hogar que avale dicha situación 5.3 Enfermedad salud mental de Jefe de Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y firma del Hogar facultativo 5.4 Accidentes enfermedades Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y firma del catastróficas del Jefe de hogar facultativo 5.5 Fallecimiento del Jefe de Hogar Certificado de defunción 6.1 Cesantía Jefe de Hogar 6.2 Problemas económicos en núcleo familiar 1. Solicitud de suspensión dentro del período máximo permitido. 2. Solicitud de suspensión adicional. Informe social emitido por una asistente social respaldado por una institución. Informe social emitido por una asistente social respaldado por una institución. Resolución: Suspensión aceptada

32 Página: 34 de 126 CRITERIOS 3.1 Alumnos (as) que soliciten suspensión y presentan per cápita sobre el monto exigido. 3.2 Alumnos (as) que han utilizado el periodo de duración máximo autorizado. 3.3 Cuando es una segunda suspensión y las causas que la originan son las mismas que dieron origen a autorizar la anterior, exceptuando la causa derivada de problemas graves de salud del alumno. 3.4 Cuando es una primera o segunda suspensión y la causa que se esgrime no se encuentra establecida en los criterios anteriores. Calificación: 3.Solicitud de suspensión sin cumplir con exigencias mínimas establecidas Resolución: Suspensión rechazada supresión de la beca Duración de la Suspensión Los/as estudiantes que deben efectuar prácticas técnico-profesionales y que al cumplimiento de los plazos establecidos para el proceso de renovación en el calendario anual no hubieren encontrado centro de práctica, podrán solicitar la suspensión de la beca por un mínimo de un semestre académico y un máximo de un año académico. El período mínimo para suspender es de un semestre académico y el máximo de un año académico, de acuerdo a plazos establecidos en el calendario anual. Excepcionalmente, el beneficiario podrá solicitar suspensión por un máximo de dos años, siempre y cuando la solicitud se base en un criterio distinto a la esgrimida en el período inmediatamente anterior. Ejemplo: Un joven se acoge a suspensión por cumplimiento de servicio militar y al año siguiente presenta una enfermedad que le impide continuar sus estudios REVISIÓN O APELACIÓN A LA BECA El Decreto Nº 105, de 2011, del Ministerio de Educación establece en su artículo 3 letra a) lo siguiente: corresponderá a la Junaeb la Administración y la responsabilidad técnica del programa Becas Presidente de la República. De tal forma le corresponde establecer los procedimientos para la concesión, renovación, prórroga, revisión, cambio de carrera, continuidad de estudios, suspensión o término anticipado de la beca. Por su parte el artículo 10 dispone que Junaeb asignará cupos especiales en la medida que las leyes de presupuesto contemplen recursos. En dichas circunstancias las Unidades de Becas de las Direcciones Regionales de Junaeb, procederán a evaluar la posibilidad de mantener la beca a aquellos alumno/as que por causas debidamente calificadas, obtengan rendimiento bajo los niveles establecidos por el programa. Se establece estrictamente la posibilidad sólo de una solicitud de revisión por parte de estudiantes de enseñanza media por no cumplimiento de la exigencia académica. Procedimiento La solicitud del estudiante debe especificar las razones de la revisión (apelación) a la beca adjuntando el formulario de revisión /apelación ver en Anexos.

33 Página: 35 de 126 Los estudiantes que egresan de cuarto o quinto medio, serán considerados como apelantes en este nivel educacional, aun cuando su formulario será ingresado en el nivel de educación superior. Estas solicitudes deberán ser cursadas y resueltas desde el 1 de diciembre 2015 hasta el 04 de abril 2016 con toda la documentación de respaldo exigida en el proceso de renovación. En el evento que no se cumpla con los plazos estipulados los cupos serán reservados siempre y cuando la Dirección Regional lo informe y solicite al Departamento de Becas, en caso contrario éstos serán liberados para el proceso de asignación de nuevas becas. SOLICITUDES DE REVISIÓN-APELACIÓN CAUSALES 1.1 Cuando es una primera revisión, y la calificación académica obtenida es entre nota 5.5 y 5.9 provocada por problemas graves de salud del alumno, manteniendo el ingreso per cápita. Para ello, debe presentar Certificado médico que acredite el problema grave de salud. 1.2 Cuando es una primera revisión, y la calificación académica que obtiene es entre nota 5.5 y 5.9, provocada a consecuencia de la muerte de uno de sus progenitores, manteniendo el ingreso per cápita. Se debe presentar certificado de defunción que acredite la causal. 1.3 Cuando es una primera revisión, y la calificación académica que obtiene es entre nota 5.5 y 5.9 a consecuencia de bajo per cápita que afecte gravemente la mantención del grupo familiar del estudiante (se debe acreditar con informe social). 1.4 Cuando es una primera revisión, y la calificación académica que obtiene es entre nota 5.5 y 5.9 a consecuencia de condición familiar de stress; separación de los padres, cesantía prolongada de los padres o enfermedad grave de un miembro de la familia, etc. Se debe presentar documentación pertinente que acredite la causal (finiquito, copia subsidio de cesantía, certificado médico, etc.). 1.5 Cuando es una primera revisión, y la calificación académica que obtiene es entre nota 5.5 y 5,9 manteniendo el per cápita exigido, y la baja en la calificación la origina razones familiares que han condicionado que el alumno trabaje y estudie en educación media. Se debe acreditar mediante contrato de trabajo del estudiante o liquidación de sueldo 1.6 Cuando es una primera revisión y el puntaje obtenido en la Psu es menor a los 475 puntos, se debe adjuntar documentación que acredite condición de alumno regular emitido por la IES. Calificación: 1. Revisión/Apelación Aceptada Resolución: Renovación CAUSALES 2.1 Cuando la apelación es por segunda vez. 2.2 Cuando el promedio de notas es igual o inferior a nota Cuando el ingreso per cápita supera el monto exigido por el programa. 2.4 Cuando no se apega a ninguna de las causales de apelación existente. 2.5 Cuando no presenta documentación requerida para realizar suspensión. Calificación: 1. Revisión/Apelación Rechazada Resolución: Supresión de la beca *No se podrán ingresar al Sinab segundas revisiones/apelaciones.

34 Página: 36 de 126 TÉRMINO ANTICIPADO O SUPRESIÓN DE LA BECA Durante el transcurso del año los/as asistentes sociales encargado de la beca de la red colaboradora, deberán informar inmediatamente al Departamento de Becas de la Dirección Regional de Junaeb de las situaciones que se enuncian a continuación, y que dan origen a la supresión de la beca. La Dirección Regional deberá informar y remitir los antecedentes a la Dirección Nacional quien resolverá e ingresará en Sinab la causal que origine el término anticipado o supresión de la beca. Causales de Término Anticipado o Supresión 1. Deserción escolar; 2. Retiro del sistema educacional; 3. Ingreso per cápita superior a $ Revisión /Apelación rechazada; 5. Fallecimiento del beneficiario/a; 6. Beneficios incompatibles con otros de similar naturaleza y/o asignaciones de libre disposición, entregados por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas. 7. No mantener los requisitos que dieron origen a la beca. 8. No informar oportunamente a la Junaeb Regional los cambios producidos en su situación económica, social y/o académica que dieron origen a la beca. 9. No realizar la postulación o renovación de la beca exclusivamente en los plazos establecidos por Junaeb en el calendario anual, publicados en No Informar oportunamente situación de pago indebido, a fin de completar el pago o descontarlo según corresponda en la cuota siguiente. Los/as becados/as cuya beca hubiese sido suprimido por las causales 1, 2, 3 y 4 podrán volver a postular siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos en la normativa que regula la beca. En caso de omisión o alteración de los antecedentes consignados en el proceso de postulación o renovación, el Departamento de Becas procederá a suprimir la beca. Esta supresión es de carácter irrevocable.

35 Página: 37 de 126 V.2. ENSEÑANZA SUPERIOR PROCESO DE RENOVACIÓN REQUISITOS 1. Acreditar semestralmente calidad de alumno regular. 2. Acreditar y mantener semestralmente un Ingreso per cápita que no supere los $ No sobrepasar la duración máxima como beneficiario/a, considerando la duración normal de la carrera (no se considerarán los períodos de suspensión autorizados por el Departamento de Becas). 4. Alumnos que egresan de educación media deben acreditar un rendimiento académico igual o superior a 6.0 y la obtención de 475 o más puntos en la Prueba de Selección Universitaria, en adelante Psu. No se exigirá el requisito de puntaje mínimo en la Psu para los becados que se matriculen en institutos profesionales y centros de formación técnica reconocidos por el Estado. 5. Los nuevos becados de educación media del año 2011 que se encuentran en educación superior, deben acreditar en el proceso de renovación del primer y segundo semestre acreditación de calidad de alumno regular, rendimiento académico igual o superior a 5.0, y mantener la situación socioeconómica que dio origen a la beca. 6. Los nuevos becados de educación media del año 2015 que se incorporen por primera vez a la educación superior el año 2016, deben acreditar en el proceso de renovación segundo semestre acreditación de calidad de alumno regular, rendimiento académico igual o superior a 5.0, y mantener la situación socioeconómica que dio origen a la beca. NOTA: conforme a la normativa vigente se exige que los estudiantes renovantes cursen estudios en instituciones de educación superior reconocidas por el Estado. En caso de no existir la IES en Sinab se debe requerir resolución o decreto que la reconoce por Mineduc antes de solicitar su ingreso a sistema informático. DOCUMENTACIÓN EXIGIDA Certificado de alumno regular. Documentación que acredite puntaje de Psu para el caso de los nuevos becados del año 2011 en adelante que no se matriculen en institutos profesionales y centros de formación técnica reconocidos por el Estado. Documentación que acredite los ingresos económicos del grupo familiar semestralmente. Documentación que acredite promedio de notas, nota 6.0 para los egresados de enseñanza media y nota 5.0 en el segundo semestre para los nuevos becados del 2011 en adelante. Documentación anexa solicitada por el profesional asistente social considerada de importancia para la caracterización del estudiante. PROCEDIMIENTO Renovación Egresados de enseñanza media: renovarán la beca en el Departamento Social de la municipalidad correspondiente a su domicilio familiar, una vez matriculados en la enseñanza superior, adjuntarán al formulario de renovación el certificado de alumno regular. Los estudiantes que hayan finalizado al proceso de evaluación socioeconómica instruido por Mineduc para el Programa de Becas y Crédito, podrán realizar su renovación en la casa de estudios en la cual realizó esta acreditación. Estos alumnos para todos los efectos se evaluarán en el proceso de enseñanza superior, salvo para el caso de revisiones/apelaciones por nota y obtención de puntaje menor a 475 puntos en Psu de aquellos estudiantes matriculados, los cuales serán evaluadas conforme los criterios establecido para educación Media.

36 Página: 38 de 126 Lugar de Renovación: renovarán la beca en el Departamento de Bienestar Estudiantil de la institución de educación superior o ante la unidad que corresponda de la Institución de Fuerzas Armadas de Orden y Seguridad dentro de los plazos establecidos en el calendario anual; cuando éste cuente con el profesional asistente social que verifique y valide los antecedentes socioeconómicos del estudiante. De no ser así, deberá renovar en el Departamento Social de la municipalidad correspondiente a su domicilio familiar. Renovación en región distinta al domicilio familiar: para el caso de aquellos/as becados/as que estudian en una región distinta a la del domicilio familiar, éstos/as deberán renovar en el Departamento de Bienestar Estudiantil de su institución. RENOVACIÓN II SEMESTRE MARCO NORMATIVO REQUISITOS DOCUMENTACION Se establecen tres grupos de renovantes educación superior, conforme el Decreto que originó la asignación de la beca. Al respecto lo siguiente Decretos Cohortes de ingreso Decreto Nº 832 de Ministerio del Interior, Decreto Nº 265 y Nº 413, ambos del Ministerio de Educación Decreto Nº 158, de 2012 del Ministerio de Educación que modifica Decreto Nº 105. Cohorte de año de ingreso hasta el 2007 Cohorte de ingreso año 2008, 2009 y 2010 Requisitos renovación segundo semestre Acreditar en cada semestre calidad de alumno regular. Acreditar en cada semestre la calidad de alumno regular y la mantención de la situación socioeconómica que dio origen a la beca. Documentación exigida renovación segundo semestre 1. Certificado de alumno regular (CAR) o nómina de renovantes de educación superior, de cada casa de estudios, debidamente timbrado y firmado por autoridad competente de la IES, certificando la calidad de alumno regular de sus estudiantes en el segundo semestre del año Certificado de alumno regular (CAR) o nómina de renovantes de educación superior, debidamente firmado por autoridad competente de la IES, acreditando la calidad de alumno regular de sus estudiantes en el segundo semestre del año Para acreditar la situación socioeconómica se puede solicitar alguna de las siguientes alternativas: a) Nómina de estudiantes debidamente timbrado y firmado por autoridad competente de la IES, que consigne y certifique los ingresos socioeconómicos del grupo familiar. Para el caso de institutos profesionales y centros de formación técnica que no cuenten con asistente social, se solicitará el respaldo de liquidación de sueldo correspondiente al mes de julio 2016 y/o boletas de honorarios correlativas del mismo mes y/o declaración de gastos mes de julio

37 Página: 39 de 126 Decreto Nº 105, de 2011 del Ministerio de Educación Cohorte de ingreso año 2011 en adelante Acreditar en cada semestre la continuidad de alumno regular, rendimiento académico igual o superior a 5.0 y mantener la situación socioeconómica que dio origen a la beca firmada y timbrada por profesional asistente social. b) Informe social debidamente firmado y timbrado por asistente social, que consigne y certifique los ingresos socioeconómicos del grupo familiar. c) Formulario de renovación de Sinab impreso, con respaldo de liquidación de sueldo correspondiente al mes de julio 2016 y/o boletas de honorario correlativas del mismo mes y/o declaración de gastos mes de julio 2016 firmada y timbrada por profesional asistente social 1. Certificado de alumno regular (CAR) o nómina de renovantes de educación superior, debidamente timbrado y firmado por autoridad competente de la IES, certificando la calidad de alumno regular de sus estudiantes en el segundo semestre del año Para acreditar la situación socioeconómica se puede solicitar alguna de las siguientes alternativas: a) Nómina de estudiantes debidamente timbrado y firmado por autoridad competente de la IES, que consigne y certifique los ingresos socioeconómicos del grupo familiar. Para el caso de institutos profesionales y centros de formación técnica que no cuenten con asistente social, se solicitará el respaldo de liquidación de sueldo correspondiente al mes de julio 2016 y/o boleta de honorario correlativa del mismo mes y/o declaración de gastos mes de julio 2016 firmada y timbrada por profesional asistente social. b) Informe social debidamente firmado y timbrado por asistente social, que consigne y certifique los ingresos socioeconómicos del grupo familiar. c) Formulario de renovación de Sinab impreso, con respaldo de liquidación de sueldo correspondiente al mes de julio 2016 y/o boleta de honorario correlativas del mismo mes y/o declaración de gastos mes de julio 2016 firmada y timbrada por profesional asistente social. 3. Certificado de notas o nómina de renovantes, debidamente timbrado y firmado por autoridad competente, certificando el rendimiento académico del primer semestre del año en curso igual o superior a nota 5.0.

38 Página: 40 de 126 PROCEDIMIENTO El proceso de renovación de las becas de educación superior es semestral (agosto-diciembre). Una vez iniciado el mes de agosto, el Departamento de Becas suspenderá automáticamente el pago de la beca a los estudiantes de dicho nivel educacional. Para reanudar los depósitos se exigirá acreditar los requisitos establecidos según cohorte de año de ingreso a la beca acorde a los plazos establecidos en el calendario de renovación segundo semestre. A contar del 29 de julio de 2016 la Unidad de Control de Gestión del Departamento de Becas en coordinación con la Unidad de Informática, dejará en estado de matrícula a todos los estudiantes que se encuentren en calidad de becados en educación superior. El Departamento de Becas de la Dirección Nacional enviará el durante el mes de julio de 2016 a las Direcciones Regionales un archivo excel con las nóminas de estudiantes renovantes de las cohortes de año de ingreso a la beca, para facilitar la exigencia de requisitos y documentación acorde al decreto que originó la beca. A contar del 29 de julio hasta el 20 de Octubre del 2016 serán las Direcciones Regionales Junaeb quienes analizarán y resolverán los estados especiales cambio de carrera, suspensión segundo semestre, continuidad de carrera técnica a carrera profesional y cambio de IES. DURACIÓN MÁXIMA DE LA BECA Los estudiantes podrán renovar su beca después de terminados los estudios regulares, por el tiempo que sea necesario para la obtención del título correspondiente, por los siguientes períodos: Carreras de hasta 5 semestres de duración: máximo de un 1 semestre. Carreras de hasta 9 semestres de duración: máximo un año (2 semestres). Carreras de 10 y más semestres de duración: máximo de dos años (4 semestres) La duración de la carrera será validada según información entregada por la IES en oferta académica del año correspondiente, no se considerarán dentro del cálculo de duración máxima los periodos de suspensión autorizados por Junaeb. Para confirmar duración normal de la carrera consultar la página web: Respecto los estudiantes que se encuentren realizando su práctica, tesis, y/o memoria deberán presentar documento emitido por autoridad competente de la IES que acredite dicha calidad y consigne la duración de la misma. Así mismo, aquellos becados que se encuentren cursando licenciatura en ciencias jurídicas y sociales, conducente al título de abogado y que se encuentren en preparación de examen de grado, deberán presentar el documento emitido por la casa de estudio que avale dicha situación. Las prácticas profesionales o prácticas laborales se considerarán dentro de la duración de la carrera, siempre que sean parte de la malla curricular. Para todo lo anterior, deberán acreditar semestralmente los requisitos establecidos por la normativa. Duración Máxima en Programas de Formación Inicial: En los programas de formación inicial como planes comunes, colleges, bachilleratos u otros de iguales características se contabilizarán los semestres de duración del programa de formación

39 Página: 41 de 126 inicial más los de la carrera de término escogida por el estudiante, por lo que, en estos casos, se entenderá como período reglamentario la duración de la carrera final y como periodo de uso de la beca para la contabilización de duración máxima, los semestre cursados en el programa de formación inicial más los semestres cursados en la carrera final. Ejemplo: 1. Bachiller en Ciencias Sociales (4 semestres, año 2014) que continúa a licenciatura en trabajo social (8 semestres, 2016), se considerarán como periodo reglamentario 8 semestres desde el año de ingreso al programa de formación inicial más hasta 2 semestres por el tiempo que sea necesario para la obtención del título. Cálculo de Duración Máxima: Año de ingreso + año 2014 Duración de la carrera final 4 años (8 semestres) + Extensión de la beca por práctica o tesis 1 año (2 semestres) = Duración máxima de la beca año 2019 Conclusión 1: El estudiante puede hacer uso del beneficio hasta el segundo semestre del El 1 semestre del año 2019, el estudiante estaría en incumplimiento de requisito por exceder la duración máxima de la beca. 2. Ingeniería Civil plan Común (2 semestres, 2013) que continúa a ingeniería civil industrial (10 semestres), se considerarán como periodo reglamentario 10 semestres desde el año de ingreso al programa de formación inicial más hasta 4 semestres por el tiempo que sea necesario para la obtención del título. Cálculo de Duración Máxima: Año de ingreso + año 2013 Duración de la carrera final 5 años (10 semestres) + Extensión de la beca por práctica o tesis 2 año (4 semestres) = Duración máxima de la beca año 2020 Conclusión 2: El estudiante puede hacer uso de la beca hasta el segundo semestre del El primer semestre del año 2020, el estudiante estaría en incumplimiento de requisito por exceder la duración máxima de la beca. En Sinab se debe mantener el año de ingreso al programa de formación inicial, y se debe consignar el nombre, IES y duración de la carrera final.

40 Página: 42 de 126 Estudiante ESTADOS DE EXCEPCIÓN EDUCACIÓN SUPERIOR PROCEDIMIENTO GENERAL RESPONSABLE QUE HACER QUE ADJUNTAR 1. Completar y firmar formulario de estado de excepción que solicita, donde especifique las razones que fundamentan el requerimiento ante el/la asistente social de la institución de educación superior. Asistente Social de Instituciones de Educación Superior y/o Municipio Dirección Regional Dirección Nacional 2. En caso de que la IES no cuente con Departamento de Bienestar, la solicitud deberá ser realizadas en el Departamento Social correspondiente al municipio de residencia familiar del estudiante. 1. Ingresar en Sinab de manera completa el formulario de renovación del estudiante y el estado de excepción respectivo 2. Ingresar en Sinab la información académica correspondiente al año 2016 (especialmente en caso de cambios de carreras, cambio de IES y continuidad de estudios de carrera técnica a carreras profesionales). 3. Enviar a la Dirección Regional correspondiente formulario de renovación del estudiante indicando el estado de excepción que solicita. 1. Evaluar la solicitud entregada por la red colaboradora Remitir a la Dirección Nacional los casos de estudiantes apelantes por nota y/o IPC, para su resolución. 2. Resolver la solicitud en virtud de los criterios pre-establecidos y efectuar un acta regional con la nómina, criterio y definición del estado de excepción, la cual debe ser aprobada mediante resolución exenta firmada por el Director Regional. 3. Ingresar en el Sinab la aceptación o rechazo de la solicitud, consignando el estado de beca que corresponda. 4. Respaldar la resolución que acepta la solicitud. 5. Remitir a la Dirección Nacional la resolución que rechaza la solicitud y los formularios completos correspondientes. 1. Resolver de acuerdo a criterios preestablecidos en el presente manual aplicables a todas las regiones la solicitud de apelación. 2. Ingresar en Sinab la aceptación o rechazo de la solicitud indicando el criterio que lo fundamente. Idéntica documentación a la exigida para el proceso de renovación Formulario de estado de excepción que solicita, disponible en el presente manual y en sección becas. Documentos específicos según el criterio argumentado. Idéntica documentación a la exigida para el proceso de renovación y todos los antecedentes de respaldo que avalen la solicitud del estudiante Resolución que acepta solicitud de estado de excepción. Resolución que rechaza solicitud de estado de excepción. Formulario completo del estudiante solicitante. Resolución que acepta/rechaza solicitud de estado de excepción.

41 Página: 43 de 126 SUSPENSIÓN En el evento que un becado no continúe sus estudios regulares durante el año lectivo, puede solicitar la suspensión de la beca, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos correspondientes y la solicitud se efectúe ante el asistente social registrado de la IES. En caso de que la IES no cuente con Departamento de Bienestar, la solicitud deberá ser realizada en el Departamento Social correspondiente al municipio de residencia familiar del estudiante. Para el tratamiento de estas solicitudes se debe considerar lo siguiente: El período mínimo para suspender es de un semestre académico y el máximo de un año académico, de acuerdo a plazos establecidos en el calendario anual. Excepcionalmente, el beneficiario podrá solicitar suspensión por un máximo de dos años, siempre y cuando la solicitud se base a un criterio distinto a la esgrimida en el período inmediatamente anterior. Ejemplo: Un joven se acoge a suspensión por cumplimiento de servicio militar y al año siguiente presenta una enfermedad que le impide continuar sus estudios. Se permitirá la suspensión durante el año académico, suspendiéndose así también, los pagos de la beca por el periodo que reste de la entrega del mismo. Se ingresará en Sinab el estado de suspensión del semestre que corresponda (suspensión primer semestre, suspensión segundo semestre o suspensión anual) descontándose al momento de la reactivación los meses pagados durante el periodo de suspensión. Una vez que la Unidad de Becas Regional haya resuelto la solicitud de suspensión de la beca, debe emitir directamente desde Sinab el certificado de suspensión. Junaeb una vez analizados los antecedentes y resuelto de manera favorable a dicha solicitud, procederá a resguardar el cupo para el proceso de renovación inmediatamente siguiente y suspender el pago de la beca por el periodo de suspensión aprobado. El mal rendimiento académico no constituye una causa posible de argüir para solicitar la suspensión de la beca para luego proceder a renovar. Los estudiantes que no cumplan con requisitos de nota y cuya solicitud apelación por nota sea aceptada podrán ser suspendidos.

42 Página: 44 de 126 CRITERIOS PARA EL TRATAMIENTO DE SOLICITUDES DE SUSPENSIÓN FACTOR CRITERIO DOCUMENTOS ESPECÍFICOS 1. Personal de Salud 2. Personal Educación 3. Personal Medio ambiental. 4. Familiar de Salud 1.1 Enfermedad de salud mental 1.2 Accidentes - enfermedades 1.3 Embarazo Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y firma del facultativo. 1.4 Maternidad Certificado de nacimiento de hijo que indique nombre de 1.5 Cuidados de hijo menor de un año los padres y fecha de nacimiento. 2.1 Preparación para la Psu. Certificado que acredite Rendición de Psu. 2.2 Dificultad para encontrar lugar de práctica 2.3 Cierre carrera o institución educación superior 2.4 Cambio de Carrera 2.5 Perfeccionamiento profesional - Pasantía o práctica en el extranjero. 2.6 Dificultad para realizar continuidad de carrera técnica o programa de formación inicial a carrera profesional Certificado que acredite dificultad para encontrar centro de práctica, emitido por establecimiento educacional. Documento que respalde el cierre definitivo del establecimiento educacional, emitido por Mineduc. Anexo solicitud de suspensión carrera debidamente firmado y completado. Certificado de aceptación del programa en el extranjero y/o certificado emitido por la facultad que señale el programa y su respectiva duración. Anexo solicitud de suspensión carrera debidamente firmado y completado. 2.7 Sin carga académica en el periodo Anexo solicitud de suspensión debidamente firmado y académico correspondiente completado 3.1 Cumplimiento servicio militar Documento que respalde cumplimiento servicio militar obligatorio. emitido por cantón de reclutamiento. Encuesta Familiar Única de Emergencia (Ficha EFU) o 3.2 Catástrofes ambientales. el/los instrumento/s de catástrofe definido por autoridad competente 4.1 Violencia intrafamiliar Certificado emitido por un profesional asistente social o psicólogo que avale dicha situación 4.2 Alcoholismo drogadicción Jefe de Certificado emitido por un profesional asistente social o hogar psicólogo que avale dicha situación 4.3 Enfermedad salud mental de Jefe de Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y hogar firma del facultativo 4.4 Accidentes enfermedades Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y catastróficas del Jefe de hogar firma del facultativo 4.5 Fallecimiento del jefe de hogar Certificado de defunción 5.1 Cesantía jefe de hogar Informe social emitido por una asistente social respaldado por una institución. 5. Familiar de Trabajo Calificación: 5.2 Endeudamiento universitario Certificado emitido por institución de educación superior 5.3 Cesantía de estudiante que vive y se mantiene solo 5.4 Problemas económicos en núcleo familiar 1. Solicitud de suspensión dentro del período máximo permitido. 2. Solicitud de suspensión adicional. Informe social emitido por una asistente social respaldado por una institución. Informe social emitido por una asistente social respaldado por una institución. Resolución: Suspensión aceptada

43 Página: 45 de 126 CRITERIOS 3.1 Alumnos (as) que soliciten suspensión y presentan per cápita sobre el monto exigido. 3.2 Alumnos (as) que han utilizado el periodo de duración máximo autorizado. 3.3 Cuando es una segunda suspensión y las causas que la originan son las mismas que dieron origen a autorizar la anterior, exceptuando la causa derivada de problemas graves de salud del alumno. 3.4 Cuando es una primera o segunda suspensión y la causa que se esgrime no se encuentra establecida en los criterios anteriores. 3.5 Cuando el estudiante no presenta la documentación exigida para realizar la suspensión. Calificación: 3.Solicitud de suspensión sin cumplir con exigencias mínimas establecidas REVISIÓN O APELACIÓN Resolución: Suspensión rechazada supresión de la beca De acuerdo al Decreto Nº 105, de 2011, al Decreto Nº 158 de 2012 que modifica a Decreto Nº 105, ambos del Ministerio de Educación respecto de la renovación de educación superior, se establece lo siguiente: A. Decreto Nº 105: Artículo 7º señala que el beneficiario acredite en cada semestre su continuidad de alumno regular, rendimiento académico igual o superior a 5.0 y mantener la situación socioeconómica que dio origen a la beca. B. Decreto Nº 158: Artículo primero, número 3, artículo transitorio indica que respecto de los estudiantes que requieran renovar sus becas, pertenecientes a las cohortes del año 2008, 2009 y 2010, dejase establecido en su letra b) que tratándose de los estudiantes de educación superior, deben acreditar en cada semestre, su calidad de alumno regular y mantener la situación socioeconómica que dio origen a la beca. Requisitos Se establecen tres grupos de renovantes de educación superior, conforme al Decreto que originó la asignación de la beca. Al respecto lo siguiente: Decretos Cohortes de ingreso BPR Educación Superior Requisitos renovación segundo semestre Decreto Nº 832, 265, 413 y 417 Cohorte de ingreso hasta el año 2007 Acreditar en cada semestre la calidad de alumno regular Decreto Nº 158 del Ministerio de Educación que modifica Decreto Nº 105. Decreto Nº 105 del Ministerio de Educación Cohorte de ingreso año 2008, 2009 y 2010 Cohorte de ingreso año 2011 en adelante Acreditar en cada semestre la calidad de alumno regular y mantener la situación socioeconómica que dio origen a la beca. Acreditar en cada semestre la continuidad de alumno regular, rendimiento académico igual o superior a 5.0 y mantener la situación socioeconómica que dio origen a la beca.

44 Página: 46 de 126 CRITERIOS PARA EL TRATAMIENTO DE APELACIONES CRITERIOS DE REVISIÓN O APELACION Conforme a lo citado en los puntos anteriores, asimismo que corresponderá a Junaeb la administración y la responsabilidad técnica del programa Beca Presidente de la República, donde deberá establecer los procedimientos para la concesión, renovación, prorroga, revisión - apelación, cambio de carrera, continuidad de estudios, suspensión o término anticipado de la beca; y lo estipulado en el artículo 10 en el sentido que Junaeb asignará cupos especiales en la medida que las leyes de presupuesto contemplen recursos. En dichas circunstancias el Departamento de Becas, procederá a evaluar la posibilidad de mantener la beca a aquellos alumno/as que por causas debidamente calificadas, obtengan rendimiento bajo los niveles establecidos por el programa y/o ingresos per cápita superior a $ Se establece la posibilidad de presentar la revisión/apelación hasta dos veces (semestre) durante la duración de la beca, excepcionalmente podrá acogerse hasta una tercera solicitud de revisión/apelación, siempre y cuando el estudiante argumente un criterio distinto a los argüidos en los períodos anteriores. A continuación presentamos los siguientes criterios: a) Dimensión Académica aplica para cohorte año de ingreso 2011 en adelante: Revisión por incumplimiento de rendimiento académico menor a 5.0 Criterio que origina la solicitud 1.1 Calificación académica obtenida entre nota 4.5 a 4.9, provocada por problemas graves de salud del estudiante. Para ello, debe presentar certificado médico que acredite el problema grave de salud. Dimensión Académica 1.2 Calificación académica obtenida entre nota 4.5 y 4.9, provocada a consecuencia de la muerte de uno de sus progenitores. Se debe presentar certificado de defunción que valide el criterio. 1.3 Calificación académica que obtiene es entre nota 4.5 y 4.9, a consecuencia de que por razones familiares han condicionado que el estudiante trabaje y estudie. Se debe acreditar mediante contrato de trabajo del estudiante o liquidación de sueldo. 1.4 Calificación académica es inferior a nota 5.0 a consecuencia de situaciones de stress familiar (separación de los padres, cesantía prolongada de los padres o enfermedad grave de un miembro de la familia, otras situaciones sociales definidas por profesional del área social competente debidamente firmado y con timbre de institución de respaldo). Se debe presentar documentación pertinente que valide el criterio. 1.5 Calificación académica es inferior a nota 5.0 a consecuencia de situaciones de stress de adaptación generadas por el cambio de nivel educacional 1.6 Calificación académica es inferior a nota 5.0, a consecuencia de situaciones de stress académico. Se debe presentar documentación pertinente que valide el criterio.

45 Página: 47 de 126 b) Dimensión Económica aplica para cohorte año de ingreso 2008 en adelante. Revisión por incumplimiento de ingreso per cápita superior a $ Causa que origina la solicitud 1.Cuando es una primera revisión, por IPC que excede el monto máximo exigido, no superior a un 10% de incremento, debidamente justificados y documentados. Dimensión Económica IPC Ed. Superior Tope 10% Monto máximo $ $ $ Cuando el sujeto beneficiario presenta déficit en red de apoyo familiar, lo que implica que viva sólo y trabaje, lo que provoca superar el monto máximo permitido en nivel educación superior. No superando el Ingreso Mínimo Mensual (en adelante IMM) para mayores de 18 años y hasta 65 años, según Dirección del Trabajo ($ año 2015). 3. Cuando es una primera revisión por IPC que excede el monto máximo exigido, existiendo un problema grave de salud del estudiante o de un integrante del grupo familiar, lo que provoca gastos adicionales. Debe presentar certificado médico que acredite la enfermedad. Resolución Renovación de la beca

46 Página: 48 de 126 CAMBIOS DE CARRERA En el evento que un becado por razones fundadas durante o terminado su primer año de estudios superiores decida cambiarse de carrera, podrá renovar la beca siempre y cuando cumpla con los requisitos correspondientes y la solicitud se efectúe dentro de los plazos establecidos en el calendario anual, ante el asistente social registrado de la red colaboradora, se debe mantener el año de ingreso a educación superior registrado anteriormente. En casos excepcionales, debidamente acreditados, el estudiante de carrera profesional (mínimo 8 semestres) podrá cambiarse de carrera hasta el sexto semestre de la misma, destacando que se mantendrá el año de ingreso y duración de la carrera inicial. Se excluye de esta excepción los cambios de carrera profesional a carrera técnica. Para el caso de renovantes de institución de educación superior que sufra la cancelación de su personalidad jurídica, podrán realizar cambio a todo tipo de carrera, siguiendo el procedimiento que se señala a continuación. No se exigirá rendimiento académico, salvo la cohorte 2011 en adelante. En caso de nota inferior a 5.0 podrán solicitar la revisión/apelación de la beca, excepto si es por reorientación vocacional la que no se solicitará, la medición académica será en base al año académico inmediatamente anterior. No se considerará como cambio de carrera aquellos programas de formación inicial, tales como bachilleratos, colleges u otros de iguales características las que serán consideradas como estado de excepción continuidad de carrera técnica o programas iniciales a carrera profesional. Las prácticas profesionales o prácticas laborales se considerarán dentro de la duración de la carrera, siempre que sean parte de la malla curricular. Así también, no se considerará como cambio de carrera la obtención de la licenciatura en la carrera en la que ingresa inicialmente.

47 Página: 49 de 126 CRITERIOS PARA EL TRATAMIENTO DE CAMBIOS DE CARRERA FACTOR CRITERIOS DOCUMENTOS ESPECÍFICOS 1.Personal de Salud 2. Personal Educación 3. Personal Medioambiental 4. Familiar de Salud 5. Familiar de Trabajo Calificación: 1.1 Enfermedad de salud mental 1.2 Accidentes - enfermedades 1.3 Embarazo 1.4 Maternidad 1.5 Cuidados de hijo menor de un año 2.1 Cierre carrera o Institución Educación Superior 2.2 Reorientación vocacional 3.1 Cumplimiento servicio militar obligatorio. 3.2 Catástrofes ambientales. 4.1 Violencia intrafamiliar 4.2 Alcoholismo drogadicción jefe de hogar 4.3 Enfermedad salud mental de jefe de hogar 4.4 Accidentes enfermedades catastróficas del jefe de hogar 4.5 Fallecimiento del jefe de hogar Certificado de defunción 5.1 Cesantía jefe de hogar Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y firma del facultativo. Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y firma del facultativo. Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y firma del facultativo. Certificado de nacimiento de hijo que indique nombre de los padres y fecha de nacimiento. Certificado de nacimiento de hijo que indique nombre de los padres y fecha de nacimiento. Documento que respalde el cierre definitivo del Establecimiento Educacional, emitido por Mineduc. Anexo solicitud de cambio de carrera debidamente firmado y completado. Documento que respalde cumplimiento servicio militar emitido por cantón de reclutamiento. Encuesta Familiar Única de Emergencia (Ficha EFU) o el/los instrumento/s de catástrofe definido por autoridad competente Certificado emitido por un profesional asistente social o psicólogo que avale dicha situación Certificado emitido por un profesional asistente social o psicólogo que avale dicha situación Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y firma del facultativo Certificado médico emitido por el doctor, con timbre y firma del facultativo Informe social emitido por una asistente social respaldado por una institución. 5.2 Endeudamiento universitario Certificado emitido por institución de educación superior 5.3 Cesantía de estudiante que vive y se mantiene solo 5.4 Problemas económicos en núcleo familiar 1. Solicitud de cambio de carrera durante primer año de estudios o hasta sexto semestre. Informe social emitido por una asistente social respaldado por una institución. Informe social emitido por una asistente social respaldado por una institución. Resolución: Cambio de carrera aceptado renovación de la beca

48 Página: 50 de 126 CRITERIOS 2.1 Alumnos (as) que soliciten cambio de carrera y presentan per cápita sobre el monto exigido. 2.2 Alumnos (as) que soliciten cambio de carrera a carrera final que no implique ninguna convalidación de ramos. 2.3 Solicitud de cambio de carrera incumpliendo cualquiera de los requisitos establecidos para renovar. 2.4 Cuando es un segundo cambio de carrera o la causa que se esgrime no se encuentra establecida en los criterios anteriores. 2.5 Cuando estudiante no presenta la documentación exigida para realizar continuidad de estudios. Calificación: 2. Solicitud de Cambio de Carrera sin cumplir con exigencias establecidas. Resolución: Cambio de Carrera rechazado supresión de la beca CAMBIO DE INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR En el evento que un becado deba cambiarse de IES por cualquier causal cursando la misma carrera, podrá renovar la beca siempre y cuando cumpla con los requisitos de renovación y cumpla con los pasos establecidos en el procedimiento general para los estados de excepción, solicitud que debe efectuarse dentro de los plazos establecidos en el calendario anual, ante el asistente social registrado de la red colaboradora. No se exigirá rendimiento académico, salvo a la cohorte 2011 en adelante. En caso de nota inferior a 5.0 podrán solicitar la revisión/apelación de la beca, excepto si es por reorientación vocacional la que no se solicitará, la medición académica será en base al año académico inmediatamente anterior. Se debe mantener el año de ingreso a educación superior registrado anteriormente.

49 Página: 51 de 126 CONTINUIDAD DE LA BECA DE CARRERA TÉCNICA O PROGRAMAS INICIALES A CARRERA PROFESIONAL Corresponde aplicar este estado de excepción cuando el becado haya terminado sus estudios técnicos o en programas de formación inicial tales como planes comunes, colleges, bachilleratos u otros de iguales características, y prosigan al semestre o año siguiente con una carrera del nivel profesional (duración mínima de ocho semestres). Podrá solicitar la continuidad de la beca por el número de semestres correspondiente a la diferencia entre la duración de la carrera final y el número de semestres ya cursados, siempre y cuando cumpla con los requisitos correspondientes y la solicitud se efectúe dentro de los plazos establecidos en el calendario anual, ante el asistente social registrado de la red colaboradora. Ejemplos: 1.Técnico en Computación (4 semestres) que continúa con Ingeniería en Informática (8 semestres) podrá solicitar extensión de la beca por hasta 2 años. 2.Bachiller en Ciencias Sociales (4 semestres) que continúa con Sociología (10 semestres), podrá solicitar extensión de la beca por hasta 3 años. 3.Ingeniería civil plan común (2 semestres) que continúa con ingeniería civil industrial (12 semestres), podrá solicitar extensión de la beca por hasta 5 años. 4. Asistente social (8 semestre) que continua con trabajo social (2 semestres), podrá solicitar extensión de la beca por hasta 1 año. En Sinab se debe mantener el año de ingreso a la carrera técnica o programa de formación inicial, y se debe consignar el nombre, IES y duración de la carrera final. En los siguientes casos se deberá adjuntar a la documentación presentada por el estudiante, documento emitido por la IES y firmado por autoridad competente donde se señale explícitamente la continuidad de estudios sin titulación u obtención de grado académico, sólo para estos casos el certificado de título será reemplazado por documento antes señalado: Carrera técnica que mantenga dentro de su régimen de estudio la condición de continuidad de estudio a carrera profesional, sin otorgar título de carrera técnica. Programa de formación inicial que contemple la continuidad de estudios o la elección de carrera final dentro de su malla de estudios, sin otorgar título o grado académico. En el caso de estudiantes que no puedan proseguir de manera inmediata la carrera de continuidad podrán suspender la beca por un máximo de un año (2 semestres consecutivos). Deberán realizar procedimiento establecido para la suspensión de la beca. En estos casos se permitirá la suspensión durante el año académico por continuidad de estudios, congelándose así también, los pagos de la beca por el periodo que reste de la entrega del mismo, se ingresará en Sinab el estado de suspensión del o los semestre/s que corresponda (suspensión primer semestre, suspensión segundo semestre o suspensión anual) y se deberá consignar en Sinab la suspensión bajo el criterio continuidad de estudios ( criterio 2.6. Dificultad para realizar continuidad de carrera técnica o programa de formación inicial a carrera profesional ), dejando constancia en la resolución exenta de suspensión que el motivo de la suspensión es la continuidad de estudios. Si el estudiante se cambia a otra institución de educación superior debe acreditar la titulación como una continuidad normal.

50 Página: 52 de 126 CRITERIOS PARA EL TRATAMIENTO DE CONTINUIDAD DE CARRERA TECNICA A PROFESIONAL CRITERIOS DOCUMENTOS 1. Continuidad con titulación de carrera Técnica. 2. Continuidad con titulación de bachiller o Licenciado (para programas de collage) 3. Continuidad sin titulación. Calificación: 1. Solicitud de Continuidad de la beca para Carreras Técnicas Certificado o documentación de respaldo de la autoridad competente de la IES que acredite la titulación. Documento emitido por IES y firmado por la autoridad competente donde se indique la continuidad de estudios a carrera profesional sin otorgar título de carrera técnica Resolución: Continuidad de carrera aceptada - renovación de la beca. CRITERIOS 2. Solicitud de Continuidad de la beca sin cumplir con exigencias establecidas 2.1 Alumnos (as) que soliciten Continuidad y presentan per cápita sobre el monto exigido. 2.2 Alumnos (as) que soliciten Continuidad a carreras que no correspondan a la carrera profesional final. Calificación: 2. Solicitud de Continuidad de la beca sin cumplir con exigencias mínimas establecidas Resolución: Continuidad rechazada supresión de la beca

51 Página: 53 de 126 TÉRMINO ANTICIPADO O SUPRESIÓN DE LA BECA Durante el transcurso del año los/as asistentes sociales encargados de la beca en las distintas instancias, deberán informar inmediatamente al Departamento de Becas de la Dirección Regional de Junaeb de las situaciones que se enuncian a continuación, y que dan origen al término anticipado de la beca o supresión, antecedentes que serán remitidos vía oficio a la Dirección Nacional Junaeb a quienes corresponde ingresar el cambio de estado en Sinab con el criterio que fundamente la supresión de la beca. 1. Egreso del sistema educacional (titulación). 2. Retiro definitivo de los estudios. 3. Eliminación académica del estudiante por parte de la IES en la cual se encuentra matriculado ya sea por inasistencia a clases o reprobación de toda la carga académica del semestre o año lectivo 4. Ingreso per cápita superior al máximo exigido por el Departamento de Becas de la Dirección Nacional para el Proceso ($ ). Salvo que se efectúe solicitud de apelaciónrevisión y ésta sea aceptada. 5. Extinción del período máximo de goce de la beca permitido, en relación a la duración normal de la carrera. 6. Fallecimiento del beneficiario/a. 7. Obtención de otro beneficio incompatible con la beca. 8. Segunda solicitud de suspensión rechazada. 9. Cambio de carrera rechazada. 10. Incumplimiento de promedio de notas mínimo exigido en educación superior, salvo que se efectúe solicitud de apelación-revisión y ésta sea aceptada. 11. Revisión/apelación rechazada. 12. No mantener los requisitos que dieron origen a la beca. 13. No informar oportunamente a la Junaeb Regional los cambios producidos en su situación económica, social y/o académica que dieron origen a la beca. 14. No realizar la renovación anual o de segundo semestre de la beca exclusivamente en los plazos establecidos por Junaeb en el calendario anual, publicado en No informar oportunamente situación de pago indebido, a fin de completar el pago o descontarlo según corresponda en la cuota siguiente En caso de omisión o alteración de los antecedentes consignados en el proceso de renovación de la Beca Presidente de la República, el Departamento de Becas procederá a poner término anticipado o supresión de la beca de carácter irrevocable.

52 Página: 54 de 126 VI. MODELO DE FOCALIZACIÓN CARACTERIZACION La focalización es el conjunto de procesos a través del cual se concentran o dirigen los recursos del Estado hacia un foco de la población. De esta forma, el objetivo de la focalización es aumentar la efectividad del gasto social, asignando recursos a las personas que presentan mayor condición de vulnerabilidad. Para la identificación de los potenciales beneficiarios se ha diseñado un modelo de focalización para los estudiantes postulantes, el cual permite estratificar al núcleo familiar del estudiante a través de la aplicación de un instrumento de medición denominado pauta de evaluación socioeconómica. La función primordial de éste instrumento es detectar las particularidades del estudiante postulante como las del grupo familiar, proporcionando un puntaje el cual permitirá ordenarlos en base a mayor - menor, esta acción permitirá canalizar la entrega de la beca focalizando en aquellos estudiantes postulantes que presenten un mayor nivel de vulnerabilidad al momento de la medición. El modelo de focalización se utiliza al momento de la asignación de la beca por lo que este se aplicará de manera exclusiva a los estudiantes postulantes. En tanto la caracterización comprende desde los aspectos metodológicos del diseño hasta el análisis de la información, es fuente de información sobre los atributos y particularidades tanto del estudiante renovante como de su núcleo familiar. El instrumento que permite caracterizar a los estudiantes renovantes se denomina pauta de evaluación socioeconómica, permite obtener información amplia y diversa, del mismo modo cumple con la función de ser un aporte para la planificación, coordinación, diseño, formulación y evaluación de la Beca como parte constitutiva del gasto social del Estado. El modelo de caracterización corresponderá ser utilizado o aplicado de manera exclusiva a los estudiantes renovantes. El desafío del equipo técnico a cargo de los programas de becas tuvo tres componentes claves al momento de diseñar los procedimientos y formulario único de postulación y renovación: La necesidad técnica de que todos los programas de becas de mantención que administra Junaeb, cuenten con una herramienta única y objetiva que permita la adecuada pesquisa de información y consignación de datos en Sinab. La necesidad de que el modelo de focalización, homogenice la medición individual y destaque las particulares de cada programa, asegurando una correcta medición de cada alumno/a postulante, y que se exprese en un lenguaje técnico conocido y validado en el área del trabajo social, programas y políticas sociales. La necesidad de que esta validación del sistema de focalización esté construido sobre experiencias reconocidas por los profesionales que se desempeñan en comunidad de asistentes o trabajadores sociales ligados al trabajo de promoción y ejecución de becas a nivel local, de agentes externos, de expertos y de instituciones públicas locales, regionales y nacionales. La necesidad de que el modelo de caracterización, proporcione o provea la captura de información necesaria para describir al estudiante renovante, en virtud de los requisitos y criterios establecidos por la normativa que regula la beca.

53 Página: 55 de 126 ANTECEDENTES TÉCNICOS La operacionalización del formulario de focalización está construida sobre la siguiente base metodológica: Identificación de la Dimensión: Corresponde al área de estudio sobre la que se determina o desprende un conjunto de variables. El conjunto de dimensiones evaluadas arrojan un estado o situación global reflejada en un puntaje total. Determinación de las variables asociadas a cada dimensión: Definidas como la propiedad o característica observable en un objeto de estudio, que puede adoptar o adquirir diversos valores, siendo susceptible de medición. Identificación de los indicadores de cada variable: Conjunto de informaciones expresadas en cualidades, calidades o atributos medibles, objetivos y comprobables. PONDERACIÓN DE DIMENSIONES DEL MODELO DE FOCALIZACIÓN PROCESO POSTULACION DIMENSIÓN EM ES 1. ACADÉMICA 2. ECONÓMICA 3. OTROS FACTORES DE RIESGO 35% 30% 25% 4. EDUCACIÓN 10% TOTAL PORCENTAJE 100% NO APLICA CORRESPONDE CARACTERIZACION Esta tabla establece las ponderaciones adjudicadas a cada uno de las dimensiones, operacionalizadas en la pauta de evaluación socio-económica, a través de la cual se evaluará a postulantes de enseñanza media.

54 Página: 56 de 126 VII. INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO ÚNICO DE POSTULACIÓN Y RENOVACIÓN Instrucciones específicas para el llenado del Formulario Importante: Antes de llenar el formulario lea cuidadosamente estas instrucciones. Utilice letra de imprenta y lápiz pasta. El formulario debe ser llenado por el/la profesional asistente social registrado para evaluar, y en presencia del alumno y del jefe de familia cuando este sea menor de 18 años de edad, quienes serán responsables de garantizar la veracidad de los antecedentes entregados. No se procederá a la tramitación de la postulación o renovación sin que se acompañen los documentos exigidos. Se permite y promueve que el formulario único de postulación/renovación sea llenado directamente en Sinab por el/la profesional asistente social registrado para evaluar, quien completará el formulario en presencia del alumno y del jefe de familia cuando este sea menor de 18 años de edad, quienes deberán entregar en forma íntegra la totalidad de la documentación exigida en los requisitos de la beca para renovantes y postulantes y la documentación necesaria para ratificar la información entregada en el modelo de focalización para postulantes. Una vez completo el formulario se debe imprimir el formulario (este será el respaldo físico de la información consignada en Sinab) y se procederá a firmar por parte del profesional que realizó la evaluación y del estudiante o jefe de familia que solicitó la beca. Al formulario impreso se debe adjuntar la totalidad de la documentación presentada por el solicitante, este expediente debe ser enviado a la respectiva Dirección Regional de Junaeb. NOTA: Es obligatorio contar con documento firmado por el estudiante mayor de 18 años, para estudiantes menores de esta edad pueden firmar el padre y/o madre y/o el representante legal y/o jefe de hogar. - El documento firmado puede ser: Comprobante del formulario o formulario de postulación / renovación papel con firma; comprobante del formulario o formulario de postulación / renovación digitado e impreso con firma. El Formulario de postulación y renovación tiene las siguientes secciones: Sección 1: Individualización y antecedentes académicos del/la postulante o renovante. Sección 2: Pauta de evaluación socioeconómica con puntajes asociados. I.- APLICACIÓN DE FORMULARIO IMPRESO SECCIÓN 1 En esta se incluyen los antecedentes generales y personales del/la postulante y/o renovante y se deja constancia del cumplimiento por parte del alumno/a postulante o renovante de las exigencias que establece el proceso de postulación y renovación ANTECEDENTES GENERALES Beca a la que postula o renueva: marcar con una x si es postulante o renovante. Luego marcar el tipo de beca al que postula o renueva: Beca Presidente de la República, Beca Indígena, Beca de Integración Territorial (Ex Primera Dama), etc. Estado de Excepción del Renovante: utilizar sólo en el caso de renovantes que se encuentren en una situación o estado particular que amerite una resolución especial: apelación, suspensión, continuidad de la beca de carrera técnica a profesional, supresión o término anticipado, titulación, cambio de carrera, práctica y cambio de IES. Marcar con x frente a la alternativa que corresponda.

55 Página: 57 de ANTECEDENTES DEL POSTULANTE O DEL RENOVANTE Se deben anotar los datos personales del postulante: apellido paterno, apellido materno, primer nombre, segundo nombre, y Rut; consignar fecha de nacimiento, el código del estado civil, y el correo electrónico (obligatorio). En sexo, registrar las siguientes codificaciones 1 Hombre 2 Mujer En el domicilio familiar anotar la calle y el Nº, en el caso que corresponda el número de departamento, población, región y comuna del domicilio familiar y teléfono. En el caso de los alumnos que residen fuera del domicilio familiar registrar el domicilio durante el período de estudios. 3. ANTECEDENTES ACADÉMICOS Nombre del establecimiento educacional: se debe anotar de acuerdo al nivel de enseñanza, la comuna, teléfono, fax, nivel a cursar. Luego, marcar con x el tipo de Enseñanza y Establecimiento (dato precargado). Nivel y curso: se debe marcar con X para educación media el nivel y curso; y para el caso de educación superior se deberá anotar el nivel a cursar en semestres. Nombre y duración de la carrera y año de ingreso a la educación superior: interesa particularmente se registre para el caso de estudiantes que cambian de educación media a educación superior el nombre de la carrera, su tiempo de duración, señalando el número de semestres: (Ejemplo 4, 8 o 10 semestres), según corresponda y año de ingreso a la educación superior, el que corresponderá al año posterior al término de su educación media, aun cuando haya suspendido la beca y no haya ingresado a este nivel educacional. Para el caso de los renovantes esta información se encontrará precargada en el Sinab. Documentos Recibidos: marcar con x los documentos de carácter obligatorio que han sido recepcionados, por el/la profesional acreditado para tramitar la postulación o la renovación. Declaración del postulante o renovante: es responsabilidad del/la profesional acreditado que evalúa, el asegurarse que el/la postulante o renovante conozca la normativa del programa, como asimismo responsabilizar al alumno/a acerca de la importancia de entregar información verídica. Además debe autorizar a Junaeb a verificar los antecedentes socioeconómicos y académicos aportados en el proceso. Lo anterior deberá ser avalado por el/la alumno/a (y el jefe de hogar y/o padre y/o madre y/o el representante legal en los casos que el postulante o renovante sea menor de 18 años). Comprobante del alumno/a: es responsabilidad del/la profesional que evalúa, entregar al postulante o renovante la certificación que comprueba haber realizado el trámite de postulación o renovación, y el haber entregado los documentos exigidos. SECCIÓN 2 Pauta de Evaluación Socio-Económica: La siguiente pauta de evaluación socio-económica presenta las dimensiones, variables e indicadores que permiten evaluar a postulantes y renovantes de educación media y educación superior. La aplicación de este instrumento es de exclusiva responsabilidad de los profesionales asistentes sociales acreditados para administrar el proceso en red colaboradora.

56 Página: 58 de 126 PAUTA DE EVALUACIÓN SOCIO-ECONÓMICA: DIMENSIÓN 1: ACADÉMICA ENSEÑANZA MEDIA (Postulantes) DIMENSION VARIABLE INDICADOR PUNTAJE 1 A C A D É M I C A Calificación Académica Nota Subtotal Ponderado Dimensión Documentación Fotocopia de Carnet de Identidad Media Superior Certificado de notas del año anterior o del último año académico cursado Comprobante de matrícula y/o certificado de alumno regular CALIFICACIÓN ACADÉMICA Se deberá registrar el promedio obtenido en el período académico 2015 de los/as postulantes y renovantes de enseñanza media y egresados de enseñanza básica con su respectivo puntaje. No se asignará puntaje a los renovantes egresados de enseñanza media ni a los estudiantes que renuevan en educación superior, sin embargo se debe registrar en el formulario papel y electrónico la calificación académica. Para educación superior cohorte 2011 en adelante es requisito calificación igual o superior 5.0.

57 Página: 59 de 126 DIMENSIÓN 2: ECONÓMICA DIMENSIÓN VARIABLE ENSEÑANZA MEDIA ENSEÑANZA SUPERIOR INDICADOR PUNTAJE INDICADOR PUNTAJE Monto Monto Monto Monto Mínimo Máximo Mínimo Máximo $ $ $ $ DIMENSIÓN ECONOMICA Ingreso Per Cápita familiar mensual Categoría Ocupacional del Jefe de Hogar Situación Laboral $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ Empresario 0 Empresario Pequeño productor agrícola o Microempresario Profesionales del sector público o privado Empleado del sector público o privado Jubilado, Pensionado, Montepiado Asalariado Agrícola o Trabajador Dependiente Pequeño productor agrícola o Microempresario Profesionales del sector público o privado Empleado del sector público o privado Jubilado, Pensionado, Montepiado Asalariado Agrícola o Trabajador Dependiente Trabajador por cuenta propia 50 Trabajador por cuenta propia Trabajador No Calificado 60 Trabajador No Calificado PASIS/Pensionado Mínimo INP/ AFP 60 PASIS/Pensionado Mínimo INP/ AFP Activo Permanente 15 Activo Permanente Pasivo, Pensionado 30 Pasivo, Pensionado Activo Ocasional o temporal 45 Activo Ocasional o temporal Inactivo o Desempleado 70 Inactivo o Desempleado Tiene bien raíz, vehículo particular y capital de trabajo. 0 Tiene bien raíz, vehículo particular y capital de trabajo. NO APLICA Patrimonio Tiene bien raíz y vehículo 5 Tiene bien raíz y vehículo Tiene bien raíz y capital de trabajo Tiene vehículo y capital de trabajo 5 5 Tiene bien raíz y capital de trabajo Tiene vehículo y capital de trabajo Tiene bien raíz 10 Tiene bien raíz Tiene vehículo particular 20 Tiene vehículo particular Tiene capital de trabajo 30 Tiene capital de trabajo No tiene ningún patrimonio 40 No tiene ningún patrimonio Subtotal Ponderado Dimensión Económica 300 NO APLICA

58 Página: 60 de 126 DIMENSIÓN ECONÓMICA Se deben anotar los datos personales y de ingresos de todos los integrantes del grupo familiar, incluyendo al postulante o renovante: Rut, apellido paterno, apellido materno, nombre, fecha de nacimiento; día, mes y año. En estado civil; registrar las siguientes codificaciones: 1. Soltero. 2. Casado. 3. Conviviente. 4. Conviviente civil. 4. Separado. 5. Viudo. 6. Divorciado. Determinación de grupo familiar Postulante o renovante La familia está constituida por una persona o un grupo de personas, con o sin vínculos de parentesco, que conviven juntos de un modo permanente. Cada uno de sus integrantes es reconocido por el jefe de familia. Será consignado como jefe de hogar o de familia aquel integrante del grupo familiar que genere o aporte el mayor ingreso al hogar cuando el alumno mantenga residencia con él. Los grupos unifamiliares o plurifamiliares, no pueden conformar familias si no cuentan con recursos propios. Ejemplo: el postulante o becado que reside con los padres, convive, tiene hijos y él (o ella) y su pareja sólo estudia. Parentesco para con el alumno: Registrar codificación: 0. Alumno (a) 8. Conviviente 1. Padre 9. Abuelo (a) 2. Padrastro 10. Tío (a) 3. Madre 11. Primo (a) 4. Madrastra 12. Sobrino (a) 5. Hermano(a) Hermanastro 13. Suegro (a) 6. Hijo(a) 14. Cuñado (a) 7. Cónyuge 15. Conviviente civil 16. Sin parentesco (especificar) Se validan los integrantes del grupo familiar de aquellos estudiantes que cursan educación superior, y que han sido evaluados en base al proceso de acreditación socioeconómica instruido por el Mineduc para el programa de becas y fondo solidario de crédito universitario, proceso que permite comprobar el grupo familiar declarado en el formulario unico de acreditacion socioeconomica (en adelante Fuas), a través de las instituciones de educación superior. En caso contrario se deberá validar en base a lo establecido en el presente manual.

59 Página: 61 de 126 En el caso de aquellos postulantes o renovantes en centros de detención o cárceles: - Si indica pertenecer a un núcleo familiar tiene que declarar ingresos - Si el estudiante se encuentra solo y no genera o disponga de ingresos se procede en base a lo instruido en el manual de procedimientos, para aquellos estudiantes provenientes de institución de protección. - Si el estudiante se encuentra solo pero genera o dispone de ingresos, se debe consignar dicho monto y aplicar puntaje según lo instruido en manual de procedimientos, no obstante, en el resto de las dimensiones el tratamiento es igual a un estudiante proveniente de institución de protección. Para el caso de grupo familiar con número de Integrantes igual a dos integrantes, donde uno de los ingresos es 0 (cero), el sistema informático procederá a realizar el cálculo del ingreso per cápita, dividiendo el ingreso por tres integrantes. En el caso de aquellos postulantes que viven solos y que desarrollan alguna actividad remunerada, el sistema procederá a realizar el cálculo del ingreso per cápita, dividiendo el ingreso por dos integrantes. INGRESOS En el proceso de postulación renovación, se evalúan dos grandes conceptos, el número de integrantes del grupo familiar y los ingresos declarados por cada uno de éstos. En base a estos conceptos, se asigna el tramo de ingreso per cápita familiar (IPC) el cual asignará el puntaje correspondiente de la pauta de evaluación socioeconómica (Pes). La fórmula para obtener el IPC es la siguiente: Se deben registrar los ingresos de todos los integrantes de la familia, se considerarán como ingresos todas las sumas de dinero que a cualquier título perciba cada integrante del grupo familiar, sea de manera periódica o esporádica. Específicamente las Categorías de Ingresos son: TRABAJADOR DEPENDIENTE TRABAJADOR INDEPENDIENTE OTROS Remuneraciones Pensiones Honorarios Liquidaciones de sueldo Aportes de parientes - terceros Arriendo/os Liquidaciones de sueldo F.F.A.A y de Orden Ingresos por actividades independientes Pensiones alimenticias Finiquitos Declaración de Gastos Los integrantes del grupo familiar que generen ingresos deberán acreditarlos, de acuerdo a los siguientes cuadros según corresponda. Si los integrantes del grupo familiar presentan más de una categoría de ingresos deberá presentar los documentos de las que corresponda.

60 Página: 62 de 126 Categoría Dependiente Media Superior Liquidaciones meses de Septiembre, Liquidaciones meses de Septiembre, Octubre y Octubre y Noviembre 2015 Noviembre 2015 Certificado de cotizaciones Mecanismos de control opcional para verificar situación tributaria vigente: Categoría Independiente Media Superior Boletas honorarios correlativas de los meses de Boletas honorarios correlativas de los Septiembre, Octubre y Noviembre. meses de Septiembre, Octubre y Noviembre. Certificado de cotización administradora de fondo de Certificado de cotización Afp de los meses pensiones en adelante Afp de los meses que declara que declara pagar. pagar. Certificado de ISAPRE o FONASA de los Certificado de ISAPRE o Fonasa de los meses que meses que declara pagar. declara pagar Certificado de contador Certificado de cotizaciones Certificado de contador Copia formulario N 29 Copia formulario N 29 Mecanismos de control opcional para verificar situación tributaria vigente: Categoría otros Tipo Modo acreditación Pensiones Liquidación de pago pensión Aportes de Parientes Terceros Anexo Certificado Aporte de Parientes Terceros. Arriendo/os Copia contrato o recibo arriendo mes cancelado que indique el monto mensual del arriendo Pensión/es Alimenticia/s Copia de resolución judicial o el respectivo acuerdo extrajudicial o Copia de la libreta del banco donde el padre/madre deposita, liquidación de sueldo con descuento por este concepto Finiquitos Finiquito; Certificado de recibo de pago de subsidio de cesantía en caso que corresponda Declaración de Gastos Anexo Certificado Declaración de Gastos. Mecanismo de control para verificar situación tributaria vigente: Mecanismo de control para Bienes Raíces Mecanismo de Control Cotizaciones:

61 Página: 63 de 126 Para el caso de aquellos grupos familiares que vivan exclusivamente de subsidios del estado, se deberá registrar en Sinab, el total líquido a pagar correspondiente al mes anterior a la postulacion o renovacion de todos los integrantes considerando como jefe de hogar a aquel integrante que registre mayor ingresos. Para aquel/aquella integrante del grupo familiar del postulante o renovante que no tienen como acreditar ingresos se solicitará una declaración de gastos mensuales, la cual deberá ser completada obligatoriamente por el/la profesional asistente social en conjunto con el/la jefe/a de hogar en visita domiciliaria. Ejemplo: jardinero, costurera, peluquera, gasfíter, etc., que no otorga boleta de servicios. La renta o declaración de gastos mensuales debe corresponder al mes anterior a la postulación o renovación. En la declaración de gastos se debe excluir los ingresos percibidos y acreditados por otro(s) integrante(s) del grupo familiar, los que serán evaluados en la categoría que le(s) corresponda. Variable Patrimonio Indicador Modo acreditación Bien Raíz Vehículo Particular Anexo Patrimonio Capital de Trabajo Mecanismos de control para verificar situación tributaria vigente: Mecanismo de control para Avalúo Fiscal:

62 Página: 64 de 126 Para cálculo de IPC tanto para los postulantes como renovantes los ingresos a contemplar como a no contemplar son los siguientes: Haberes Todo ingreso percibido por el trabajo desarrollado u otros aportes permanentes que constituyen parte de sus ingresos La asignación por desempeño u otra definición de esta no se contempla dentro de la categoría de no permanente por lo que debe ser considerada para el cálculo de ingreso Los ingresos procedentes de aportes de parientes -terceros (parientes u otras personas no integrantes del grupo familiar), deberán ser consignados en los ingresos del jefe de familia. Cooperativas de consumo, préstamos de consumo, casas comerciales, adelantos, horas extras Descuentos Becas de mantención de Junaeb y otras becas educacionales de cualquier integrante del grupo familiar. Subsidios monetarios del estado como: subsidio único familiar, subsidio de cesantía, bono de escolaridad, bono por logro escolar, bono por hijo nacido vivo o adoptado, bono de Invierno, bono marzo, ingreso ético familiar, bono bodas de oro, asignación familiar, pensiones asistenciales (Ancianidad y/o Invalidez), pensiones reparatorias (como PRAIS, Valech) Aguinaldos, viáticos, bono término de conflicto u otro bono no permanente, entendido como no permanente un bono durante hasta dos meses. Se descuentan solo cuando se presentan por uno o dos meses, cuando se entregan en tres meses se deben incluir como parte del ingreso Imposiciones previsionales, de salud, seguro de cesantía, impuesto único, retenciones judiciales por pensión de alimentos y/o pago de pensión alimenticia acreditable, debe presentar: copia de la libreta del banco estado o certificado de banco estado o colillas de depósitos a libreta del banco estado donde el padre o madre deposita los meses de septiembre, octubre y noviembre 2015 por este concepto. Descuentos legales Fuerzas de Orden: Hospital de Carabineros, Hospital imponente, fondo retiro, fondo desahucio, revaluación pensión, impuesto único. Descuentos legales FFAA: Revaluación pensión, fondo retiro, cotización de salud, desahucio militar, impuesto único, mutualidad seguro colectivo, aporte fiscal curativo y preventivo.

63 Página: 65 de 126 Para el caso de aquellos estudiantes que presenten un ingreso per cápita inferior al límite mínimo de la tabla de IPC de la pauta de evaluación socioeconómica (educación media: $ y educación superior: $75.875) se deberá consignar el máximo de puntaje establecido en la Pes. Para el caso de grupo familiar con número de integrantes igual a dos integrantes, donde uno de los ingresos es 0 (cero), se procederá a realizar el cálculo del per cápita, dividiendo el ingreso por tres integrantes.en el caso de aquellos postulantes o renovantes que viven solos y que desarrollan alguna actividad remunerada, el sistema procederá a realizar el cálculo del ingreso per cápita, dividiendo el ingreso por dos integrantes Del mismo modo, aquellos estudiantes pertenecientes a instituciones de protección se deberá consignar en Sinab el monto mínimo de $ Sólo en el caso de renovantes de educación superior se debe considerar que aquellos/as integrantes del grupo familiar mayores de 18 años que no se encuentren estudiando e indiquen que no poseen ingresos ni se encuentran efectuando actividad remunerada alguna deberan presentar certificado de afiliación a Afp o certificado de cotizaciones obligatorias de últimos 12 meses, excluyendo a pensionados y dueñas de casa. Para el caso de los estudiantes que cursan Educación Superior se validan los documentos que respaldan los ingresos declarados por los estudiantes en el proceso de acreditación socioeconómica instruido por el Mineduc para el programa de becas y fondo solidario de crédito universitario, proceso que permite comprobar la condición socioeconómica de los estudiantes declarado en el FUAS, a través de las instituciones de educación superior, de esta forma se deberá tener copia de la documentación presentada por el estudiante en el proceso antes mencionado. Recordamos que el cálculo de ingreso per cápita será en base a lo establecido por cada una de las categorías identificadas (TRABAJADOR INDEPENDIENTE - TRABAJADOR DEPENDIENTE OTROS) de ingreso definidas por Junaeb. En caso de no contar con las copias de los documentos el estudiante deberá presentar los respaldos de los ingresos según lo establecido en el presente manual.

64 Página: 66 de 126 Cálculo de ingresos integrante grupo familiar CATEGORIA TRABAJADOR DEPENDIENTE Liquidaciones de sueldo Se considerarán las liquidaciones de los meses de septiembre, octubre y noviembre del 2015, efectuando los descuentos legales (imposiciones previsionales, de salud, seguro de cesantía, impuesto único, retenciones judiciales por pensión de alimentos y/o pago de pensión alimenticia acreditable) y/o subsidios monetarios del Estado (subsidio único familiar, subsidio de cesantía, bono de escolaridad, bono por logro escolar, bono por hijo nacido vivo o adoptado, bono de Invierno, bono marzo, ingreso ético familiar, bono bodas de oro, asignación familiar, pensiones asistenciales (Ancianidad y/o Invalidez), pensiones reparatorias (PRAIS, VALECH) y/o descuentos de haberes (Aguinaldos, viáticos, y bono término de conflicto. u otro bono no permanente, entendido como no permanente un bono de hasta dos meses. Se descuentan solo cuando se presentan por uno o dos meses, cuando se entregan en tres meses se deben incluir como parte del ingreso. La asignación por desempeño no se contempla dentro de la categoría no permanente por lo que debe ser considerada para el cálculo de ingreso). El cálculo del ingreso mensual se obtiene: Formula calculo Documentos Link de validación y/o verificación de la información y/o antecedentes (opcional) Total Haberes Descuentos = Ingreso mes Liquidaciones de sueldo Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar: Situación tributaria vigente: Situación previsional vigente:

65 Página: 67 de 126 Ejemplo: Sólo se deben restar los descuentos Haberes, éstos son: Aguinaldos: Fiestas Patrias, - Navidad, Bonos de hasta dos meses Viáticos Sólo se deben restar los descuentos legales, éstos son: Afp (13%) FONASA o ISAPRE (7%) Impuesto único Seguro cesantía Retenciones judiciales

66 Página: 68 de 126 Cálculo de ingresos integrante grupo familiar CATEGORIA TRABAJADOR DEPENDIENTE Liquidaciones de sueldo FFAA y de Orden Se considerarán las liquidaciones de los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre del 2015, efectuando los descuentos legales (hospital de Carabineros, Hospital imponente, Fondo Retiro, Fondo Desahucio, Revaluación pensión e impuesto único); retenciones judiciales por pensión de alimentos y/o pago de pensión alimenticia acreditable y aguinaldos El cálculo del ingreso mensual se obtiene: Formula calculo 3 Documentos Link de validación y/o verificación de la información y/o antecedentes (Opcional) total haberes descuentos = ingreso mes Liquidaciones de sueldo. Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar: Situación tributaria vigente: Situación previsional vigente: Ejemplo: Sólo se deben restar los descuentos Haberes, éstos son: Aguinaldos: Fiestas Patrias - Navidad Sólo se deben restar los descuentos legales, éstos son: Hospital de Carabineros Hospital imponente Fondo Retiro Fondo Desahucio Revaluación pensión Impuesto único

67 Página: 69 de 126 Cálculo de ingresos integrante grupo familiar CATEGORIA TRABAJADOR INDEPENDIENTE Honorarios Se considerarán todas las boletas de honorarios correlativas emitidas durante los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre del El cálculo del ingreso mensual se obtiene: total honorarios 10% retención cotización Afp cotización salud - descuentos= ingreso boleta Formula calculo suma de total de ingresos boleta = ingreso mes Documentos Link de validación y/o verificación de la información y/o antecedentes (Opcional) Ejemplo: Boletas correlativas emitidas dentro de los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre del Certificado de cotización Afp de los meses que declara pagar. Certificado de Fonasa o Isapre de los meses que declara pagar. Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar: Situación tributaria vigente: Situación previsional vigente:

68 Página: 70 de 126 CATEGORIA TRABAJADOR INDEPENDIENTE Ingresos por actividades independientes Formula calculo Se considerarán los ingresos de los Fórmula 1: meses de septiembre, octubre y C! "#$ $& "#$ ' $"( noviembre 2015 declarados por el )(#& contador. Cálculo de ingresos integrante grupo familiar El cálculo del ingreso mensual se obtiene: Total declarado por contador mensual - descuentos = ingreso mes. En caso de contar con contador, se considerará como ingreso mensual aquel indicado en el certificado que demuestre las ganancias o retiros que deja la actividad económica al grupo familiar. En caso de no contar con contador y existir ventas se debe proceder a solicitar el formulario N 29 de los meses antes indicados y realizar el cálculo según la fórmula 2. En caso de no existir ventas pero con pago de PPM (fijo o variable) debe solicitar el formulario N 29 de los meses antes indicados y realizar el cálculo según la fórmula 3 que corresponda Fórmula 2º : * "ó$ 538 0,19 8# 9# ) :8# # ); < 0,3 )(#& 3 Fórmula 3º Tasa Fija : = >á< ) :@A#&ú )(#&; A 8# 9# ) :8# # ); < 0,3 )(#& 3 Fórmula 3º Tasa Variable : > CC>:)(#&; F# )= G&>(#& D## CC> %:)(#&; * F# )= G& D#& )#& Documentos Link opcional de validación y/o verificación de la información y/o antecedentes (Opcional) :D#& )#&; < 0,3 )(#& 3 1. En el caso de contar con contador se solicitarán los siguientes documentos: Certificado del contador que demuestre las ganancias o retiros que deja la actividad económica al grupo familiar; y Copia de las Declaración Mensual y pago simultáneo de impuestos Formulario N 29 de los meses de septiembre, octubre y noviembre del año En caso de no contar con contador se solicitarán los siguientes documentos: Copia de las Declaración Mensual y pago simultáneo de impuestos Formulario N 29 de los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre del año Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar: Situación tributaria vigente: ; Situación previsional vigente:

69 Página: 71 de 126 Ejemplo NOMBRE Y APELLIDO, RUT. XX.XXX.XXX-X NOMBRE Y APELLIDO, RUT. XX.XXX.XXX-X $ XXX.XXX.- (número escrito con letras pesos). Ejemplos para el Cálculo: Tomar la línea 20 de cada mes, código 538 de los formularios 29 de septiembre a noviembre, luego sumar los meses correspondientes, y dividir el total por El resultado serán las ventas netas del trimestre, que se debe dividir por 3 para obtener el promedio de ventas mensuales. Finalmente se debe multiplicar el resultado por 0,3. Para todas las situaciones de trabajadores independientes con inicio de actividad, se considera a lo menos una rentabilidad del 30% sobre las ventas. Por este motivo la fórmula anterior se multiplica por 0.3 Para los casos en que el formulario 29 no presenta ventas en el trimestre (código 538, es decir 538=0), se debe trabajar con la renta presunta en función de los Pago Provisional Mensual (PPM). Existen dos posibles situaciones para estos casos: 1) PPM con tasa fija, que se dará en el caso de transportistas acogidos a Renta Presunta, Art 84, e) y f) con una tasa fija de 0.3%, para este caso se tomará el máximo valor mensual como venta correspondiente al código 66 de la línea 55. Aquí se encuentran los transportistas escolares, taxistas, entre otros. 2) PPM con tasa variable, que resultan del tipo de empresa acogida al artículo 84 letras a) y h), en esta situación se debe tomar la tasa mensual que se encontrará en alguno de los siguientes códigos 115, 542 y 702. Luego de tener la tasa, tomamos el monto de los códigos 62 o 123 o 703, según corresponda, y sacamos el promedio mensual de las ventas del trimestre. En esta situación se encuentran los pequeños negocios, Quioscos, Pymes, entre otros.

70 Página: 72 de 126 El resultado de los cálculos de los casos tipo 1 o 2 debe ser dividido por 3 para obtener el promedio mensual de ventas. Finalmente se debe multiplicar el promedio de ventas mensuales por 0.3, lo que nos entregará el ingreso a digitar. Para todas las situaciones de PPM, se considera a lo menos una rentabilidad del 30% sobre las ventas estimadas. Ejemplo fórmula 2: Con ventas cero en un mes o con ventas todos los meses. Mes PPM (Cód 538) % de IVA Venta Neta Mensual Septiembre ,19% Octubre 0 0,19% 0 Noviembre ,19% Resultado: IJJ.JJJ J,LM N < 0, Ejemplo fórmula 3, cálculo para PPM con tasa Fija todos los meses: Mes PPM (Cód 066) %PPM Avalúo Máximo Septiembre ,30% Octubre ,30% Noviembre ,30% Resultado: = >á< ) : ; A :LJ.JJJ.JJJ; N < 0, Ejemplo fórmula 3, cálculo para PPM con tasa fija todos los meses: Mes PPM (Cód 066) %PPM Avalúo Máximo Septiembre ,30% Octubre ,30% Noviembre ,30% Resultado: = >á< ) : ; A : ; < 0,

71 Página: 73 de 126 Ejemplo 1 de cálculo para caso 2 de PPM con tasa variable todos los meses: Mes PPM (Cód 066) %PPM Avalúo Máximo Septiembre ,00% Octubre ,00% Noviembre ,00% Total Trimestral Fórmula para obtener Base imponible: > CC> :)(#&; F# )= G& >(#& D## CC> % :)(#&; 4 L * F# )= G& 4 N Resultado: Base imponible: Mes de Septiembre: IJ.JJJ LN.JJ % Mes de Septiembre: cj.jjj Fórmula Ld.JJ % Mes de Septiembre: NJ.JJJ d.jj %

72 Página: 74 de 126 Cálculo de ingresos integrante grupo familiar CATEGORIA OTROS Pensiones Se considerará la liquidación de pensión anterior al mes de postulación o renovación del estudiante, efectuando los descuentos de salud, aguinaldos y bono por hijo y aporte previsional solidario. El cálculo del ingreso mensual se obtiene: total haberes descuento de salud y/o aguinaldo = ingreso mes Formula calculo Ingreso = Ingreso mensual descuentos Documentos Link de validación y/o verificación de la información y/o antecedentes (opcional) Liquidación de pago pensión Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar: Situación tributaria vigente: Situación previsional vigente: Ejemplos: Sólo se deben restar los descuentos Haberes, éstos son: Aguinaldos: Fiestas Patrias - Navidad Sólo se deben restar descuentos de salud: FONASA o ISAPRE (7%)

73 Página: 75 de Cotización por retiro 2. Cotización por salud 3. Cotización fondo revalorización 4. Cotización fondo desahucio Sólo se deben restar - Aguinaldos Fiestas Patrias - Navidad

74 Página: 76 de 126 CATEGORIA OTROS Aportes de Parientes Terceros Calculo ingreso per Se considerarán el ingreso declarado en cápita certificado aportes de parientes - terceros anterior al mes de postulación o renovación del estudiante. Certificado que no se aplicará para aquellos estudiantes que presenten Declaración de Gastos Documentos Anexo Certificado Aporte de Parientes Terceros Formula > f"&##$ Calculo ingreso per cápita CATEGORIA OTROS Arriendo Se considerará el ingreso percibido por arriendo de una propiedad o vehículo de alguno de los siguientes meses: septiembre, octubre y noviembre del año Formula calculo ghi jklm Documentos Link de validación y/o verificación de la información y/o antecedentes (opcional) Copia contrato o recibo arriendo mes cancelado que indique el monto mensual del arriendo. Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar situación tributaria vigente: Formato

75 Página: 77 de 126 CATEGORIA OTROS Pensión Alimenticia Calculo ingreso per Se considerará el ingreso percibido cápita por pago de pensión alimenticia establecido por un tribunal de familia o por acuerdo de las partes anterior al mes de postulación o renovación del estudiante. Documentos Formula calculo nh jklm Copia de resolución judicial o el respectivo acuerdo extrajudicial o copia de la libreta del banco donde el padre/madre deposita. Si el padre o madre demandado está moroso, adjuntar la declaración judicial o liquidación de pensión que certifica dicha situación. También se puede solicitar a Banco Estado un certificado por este concepto. Si no se cuentan con documentos legales para respaldar el pago de una pensión de alimentos, se debe adjuntar certificado de aporte de parientes - terceros y certificado de residencia validado mediante alguno de los siguientes documentos: certificado otorgado por la Dirección Desarrollo Comunitario del municipio correspondiente, declaración jurada otorgada ante notario, certificado otorgado por junta de vecinos autorizada formalmente por medio de un acto administrativo para emitir certificados de residencia o mediante otro certificado con el mérito suficiente emitido por la autoridad correspondiente (obligatorio) del padre o madre que paga la pensión de alimentos. El postulante cuyo padre o madre se niega a entregar el certificado antes señalado deberá agregar declaración jurada simple donde indique este rechazo. En caso de que el grupo familiar se acredite únicamente con los ingresos de una pensión alimenticia y no cuenta con los documentos declarados anteriormente, se solicitaran los documentos para respaldar los ingresos percibidos por el padre/madre que paga la pensión, según las categorías de ingreso descritas. Link de validación y/o verificación de la información y/o antecedentes (opcional) En caso de que el padre o madre se encuentre en el extranjero y envié dinero al grupo familiar, presentar comprobante de recibo de dinero entregado por la agencia o entidad financiera correspondiente. Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar situación tributaria vigente:

76 Página: 78 de 126 Ejemplos:

77 Página: 79 de 126 Cálculo de ingresos integrante grupo familiar Documentos Link de validación y/o verificación de la información y/o antecedentes (opcional) OTROS Finiquitos Fórmula cálculo El monto líquido del finiquito de trabajo T#&! ouito deberá ser dividido por 12 meses para Ingreso= 12 determinar un ingreso promedio mínimo a declarar, siempre que la o; fecha de término del contrato se haya Total finiquito Ingreso= +Subsidio Cesantía producido dentro del año en que 12 postula o renueva el estudiante. o; Si recibe además subsidio de cesantía p(g $ "# # se sumara al total del cálculo anterior. Si solo percibe subsidio se o; contemplará este como el ingreso Total finiquito mensual. Ingreso= + ingreso del mes 12 Deberá acompañar el certificado de cotizaciones previsionales de dicho período y la colilla de pago de subsidio de cesantía, si lo hubiere. Cuando el subsidio de cesantía se paga en una sola cuota se debe dividir por 12. Finiquito o copia simple de mismo; o Certificado de pago de subsidio de cesantía en caso que corresponda. Certificado de Cotizaciones obligatorias de últimos 12 meses. Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar situación tributaria vigente:

78 Página: 80 de 126 Ejemplo: Cálculo de ingresos integrante grupo familiar Documentos Link de validación y/o verificación de la información y/o antecedentes (Opcional) OTROS Declaración de Gastos Formula calculo Para aquellas personas que no tienen como acreditar ingresos se solicitará una declaración de gastos mensuales, la cual deberá ser completada obligatoriamente por el/la profesional asistente social en conjunto con el/la jefe/a de hogar. Ejemplo: jardinero, costurera, peluquera, gasfíter, etc., que no otorga boleta de servicios. La renta o declaración de gastos q# > mensuales debe corresponder al mes anterior a la postulación. En educación superior, aquellas IES que realicen proceso de renovación y postulación de las ayudas estudiantiles entregadas por el Mineduc podrán utilizar la declaración de gastos emitida para ese fin, con la firma y timbre del profesional encargado Anexo Declaración de Gastos. Certificado de Cotizaciones obligatorias de últimos 12 meses sólo para estudiantes de educación superior. Mecanismo de control que puede utilizar la red colaboradora y Direcciones Regionales para verificar situación tributaria vigente: Mecanismo de control para Bienes Raíces Mecanismo de Control Cotizaciones:

79 Página: 81 de 126 Notas: Cuando no existe ningún ingreso familiar demostrable se procede igual que en años anteriores. En Sinab se llena el ingreso del que se declara como jefe de hogar. Cuando existe un ingreso demostrable (liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios entre otros) y un ingreso no demostrable (declaración de gastos) esta última se llena con el ingreso no demostrable de la persona que declara. En Sinab se llena el ingreso de ambos. Cuando existe un ingreso demostrable (liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios entre otros) y dos o más ingresos no demostrables (declaración de gastos), esta última se llena con el ingreso no demostrable de la persona que declara sumado al del o los otros ingresos no demostrables, especificando en observación los montos de los otros ingresos. En Sinab se consigna el total del ingreso del integrante que declara. No se aceptarán declaraciones simples ni declaraciones juradas ante notario. Ejemplos para el cálculo de ingreso per cápita: Sobre cálculo de ingreso en familias con integrantes en categoría independiente y dependientes: Ejemplo 1 cuando existen ingresos por concepto de: -Madre del estudiante dueña de casa No aplica determinar ingresos -Padre del estudiante presenta dos boletas de honorarios Se debe determinar el ingreso de los dos meses por concepto de honorarios y determinar el ingreso del mes no declarado en base a la aplicación de declaración de gastos mensuales del grupo familiar, en función de Ingreso I tuvl honorarios I tuvd honorarios I tuvn xuyz{ {y}ó~ xu {v v 3 Ejemplo 2 cuando existen ingresos por concepto de: -Padre del estudiante presenta tres liquidaciones de sueldo. Se debe determinar el ingreso en función de Ingreso I tuvl I tuvd I tuvn 3 -Madre del estudiante presenta dos boletas de honorarios. Se debe determinar el ingreso de los dos meses por concepto de honorarios y determinar el ingreso del mes no declarado en base a la aplicación de declaración de gastos mensuales individual de la madre, en función de Sobre Declaraciones de Gastos: Ingreso I tuvl honorarios I tuvd honorarios I tuvn xuyz{ {y}ó~ xu {v v 3 Padre trabajador dependiente, madre costurera y hermano con labores agrícolas sin contrato. -El padre presenta las 3 últimas liquidaciones -la madre presenta declaración de gastos que estará a nombre de ella porque gana más que el hijo $ en la declaración se le suma los $ del hijo -la declaración queda por un total de $ y en observaciones se detalla que $ corresponden al integrante del grupo familiar XXX hermano de la postulante que desarrolla actividades agrícolas sin contrato.

80 Página: 82 de 126 CATEGORÍA OCUPACIONAL DEL JEFE DE HOGAR 1. Empresario: Corresponde consignar en esta actividad al empresario con un capital instalado superior a 2400 UF anuales ($ anual aprox. al 31 de octubre del año 2015) y con más de 10 trabajadores. (Fuente: SERCOTEC) 2. Pequeño Productor Agrícola o Pequeño emprendedor Indígena y/o Microempresario Urbano. Pequeño Productor Agrícola: corresponde a las personas que viven de la venta de los productos de su propio terreno o de los terrenos convenidos en medianía. Generalmente esta persona no trabaja para otros. Microempresario Urbano y/o Pequeño emprendedor indígena corresponde a las personas que desarrollan actividades en el sector de la producción, comercio y/o servicios, que cuentan con un máximo de 10 trabajadores y un máximo de 2400 UF de ventas anuales ($ anual aprox. al 31 de octubre del año 2015) (Fuente: SERCOTEC). 3. Profesionales del sector público o privado: corresponde consignar aquellos profesionales de cualquier área, independiente de su situación contractual. 4. Empleado Público o Privado: corresponde consignar en esta actividad al trabajador con o sin contrato de trabajo, que labora en una institución de carácter público o privado. Se considera en esta categoría aquellas actividades en donde prima el esfuerzo intelectual por sobre el físico. Corresponde incorporar en esta categoría a los administrativos, técnicos profesionales, secretarias, cajeras, etc. Excluir a conductores, auxiliares de aseo y auxiliares administrativos. 5. Jubilado, Pensionado o Montepiado: Jubilado: la persona que se declara jubilada, recibe una suma mensual de dinero otorgada por Instituciones Previsionales (Afp; IPS; caja de previsión de empleados particulares, etc.), que por razones de edad, antigüedad, incapacidad física o expiración obligada de sus funciones, dejan de prestar servicios laborales y cuyo monto mensual sea superior a la pensión mínima establecida en el Art. 26 de la ley : a) Para afiliados hombres y mujeres menores de 70 años: $ b) Para afiliados hombres y mujeres mayores de 70 años y menores de 75 años: $ C) Para afiliados hombres y mujeres mayores de 75 años: $ Pensionado: persona que recibe una suma de dinero periódica de parte de otras personas que no integran el grupo familiar con el cual reside él o ella o de parte de instituciones previsionales, cuyo monto sea superior al 40% del ingreso mínimo mensual ($ de acuerdo a I.M.M. año 2015). Ejemplo: pensión alimenticia. Montepiado: se consideran a las personas viudas o huérfanos que reciben regularmente una suma de dinero por el fallecimiento del cónyuge o el padre (pensión de orfandad y/o sobrevivencia), cuyo monto mensual sea superior a la pensión mínima establecida en el Art. 26 de la ley

81 Página: 83 de 126 a) Para afiliados hombres y mujeres menores de 70 años: $ b) Para afiliados hombres y mujeres mayores de 70 años y menores de 75 años: $ c) Para afiliados hombres y mujeres mayores de 75 años: $ Asalariado Agrícola o Trabajador Dependiente Urbano : Asalariado Agrícola: personas que trabajan permanentemente en un predio o empresa agrícola, con contrato de trabajo y adscritos a un sistema previsional, o sin contrato de trabajo cuyo monto de ingreso sea superior al 40% del ingreso mínimo mensual en adelante IMM ($ de acuerdo a IMM año 2015). En esta situación se ubican personas con niveles muy diversos de calificación. Ejemplo: peones y/u operadores agrícolas, obreros agrícolas en explotación de jardinería intensiva o invernaderos, operación de equipos e instalaciones vitivinícolas, trabajadores en horticultura y chacarería. Trabajador Dependiente Urbano: se considera al trabajador con contrato de trabajo y adscrito a un sistema previsional. Se incluye en esta categoría aquellas actividades en donde prima el esfuerzo físico por sobre el intelectual. Corresponde consignar en ésta a los obreros de la construcción, hilanderos, asesoras del hogar, trabajadores adscritos a Programas Pro Empleo, conductores con contrato de trabajo, auxiliares de aseo y auxiliares administrativos, etc. 7. Trabajador por Cuenta Propia: Trabajador independiente, no vinculado de manera estable o duradera a una actividad productiva, y que desempeña trabajos en forma independiente. Son trabajadores que operan con niveles muy bajos de capital o cuentan con herramientas de trabajo de baja complejidad. Corresponde incorporar en esta categoría a: gasfíter, electricistas, comerciantes ambulantes, vendedores feria libre, pintores de brocha gorda, pescador artesanal, costureras, jardineros, vendedores independientes, personas dedicadas al cuidado de niños, o que realizan clases particulares, asesoras del hogar sin contrato de trabajo, conductores de locomoción colectiva sin contrato de trabajo, etc. Además, se debe considerar a todas aquellas personas propietarias que trabajan su propio negocio, cuya actividad se caracteriza por usar niveles relativamente bajos de capital (bajo 1000 UF) y no ocupar personal remunerado, pudiendo ser ayudado por sus familiares a los que no cancela remuneración. 8. Trabajador No Calificado: Corresponde incorporar en esta categoría a trabajadores temporeros agrícolas, recolectores y aquella persona que recibe una suma de dinero periódica (mesada) de parte de otras personas que no integran el grupo familiar con el cual reside él o ella y cuyo monto sea igual o menor al 40% del ingreso mínimo mensual ($ de acuerdo a I.M.M. año 2015). 9. PASIS, Pensionado Mínimo IPS y Afp: Corresponde consignar aquellos Pensionados Asistenciales de Ancianidad y/o Invalidez D.L. 869, y además incluir a Pensionados Mínimos del Instituto de Previsión Social en adelante (IPS), tales como: Pensión de Vejez, Invalidez, Años de servicio, Viudez con y sin hijos, Madres viudas y padres inválidos, Pensión de Orfandad y otros sobrevivientes, Madres de los hijos de filiación no matrimonial sin hijos y Madres de los hijos de filiación no matrimonial con hijos. Se debe incorporar a Pensionados Mínimos de la Afp: Vejez, Viudez e Invalidez. Para ambos sistemas previsionales los montos máximos de pensión mínima están establecidos según el Art. 26 de la Ley : a) Para pensionados hombres y mujeres menores de 70 años: $

82 Página: 84 de 126 b) Para pensionados hombres y mujeres mayores de 70 años y menores de 75 años: $ c) Para pensionados hombres y mujeres mayores de 75 años: $ Se debe considerar además en esta categoría a las Pensiones Alimenticias cuyo monto mensual sea equivalente o menor al 40% del ingreso mínimo mensual ($ de acuerdo a I.M.M. año 2015). Los documentos que respalden la categoría ocupacional del jefe de hogar serán en base a los medios de verificación presentados para evaluar los ingresos del grupo familiar. NOTA: Aquellas pensiones cuyo monto sea superior a los señalados deberán ser incorporadas en la categoría ocupacional de Jubilado, Pensionado o Montepiado. Ejemplo: Jefe de hogar genera ingresos por pensión de alimentos y liquidación de sueldo. Deberá ser evaluada en base a la categoría ocupacional dependiente y situación laboral activo permanente. Independiente si el monto por pensión de alimentos es mayor a la liquidación de sueldos. SITUACION LABORAL DEL JEFE DE HOGAR 1. Activo Permanente: corresponde consignar aquellas personas que desarrollan actividades laborales, cualquiera sea su categoría ocupacional, que genere ingresos de carácter permanente, dentro del período de 10 meses anteriores al proceso de postulación o renovación; no importando el monto de los ingresos, e independiente de su situación contractual. 2. Pasivo, Pensionado: corresponde incorporar aquellas personas que no desarrollan actividades laborales por razones de edad, antigüedad, incapacidad física y/o perciben pensión de alimentos exclusivamente, y que perciben ingresos en forma regular de instituciones previsionales públicas o privadas. 3. Activo Ocasional o Temporal: corresponde consignar en esta categoría aquellas personas que desarrollan actividades laborales, cualquiera sea su categoría ocupacional, que genere ingresos de carácter intermitente, con a lo menos un mes de inactividad y sin generar ingresos, dentro del período de 10 meses anteriores al proceso de postulación o renovación, independiente del monto de los ingresos y de su situación contractual. Aquella persona que durante este período suscribiese un contrato de trabajo, deberá ser consignado como activo permanente. 4. Inactivo o Desempleado: en esta categoría se considera a las personas que no desempeñan ninguna actividad remunerada, a los cesantes (personas que no desempeñan ninguna actividad laboral que genere ingresos y que han perdido su empleo en los meses anteriores al proceso de postulación o renovación), a las personas que buscan trabajo por primera vez y a los/las que solo perciben pensión de alimentos (exceptuando los que no desarrollan actividades laborales por razones de edad, antigüedad, incapacidad física quienes son considerados pasivo, pensionados). Los documentos que respalden la situación laboral del jefe de hogar serán en base a los medios de verificación presentados para evaluar los ingresos del grupo familiar.

83 Página: 85 de 126 Ejemplo: Jefe de hogar genera ingresos por pensión de alimentos y liquidación de sueldo. Deberá ser evaluada en base a la categoría ocupacional dependiente y situación laboral activo permanente. Independiente si el monto por pensión de alimentos es mayor a la liquidación de sueldos. PATRIMONIO Consignar con x la situación patrimonial según corresponda y asignar puntaje de acuerdo a pauta de evaluación socioeconómica. No se debe realizar cálculo. 1. Bien Raíz: Se considerará los bienes inmuebles tales como: propiedades y/o sitios que generen ingresos (arriendo) o que se cedan a terceros. Se excluye el sitio o propiedad donde habita el grupo familiar del postulante o renovante. 2. Vehículo Particular: Se considerará como tal aquel vehículo en o sin uso, en buenas o malas condiciones, que constituya un bien suntuario. Es decir, se excluye de esta categoría el vehículo que es utilizado para generar ingresos como capital de trabajo. 3. Capital de Trabajo: Se consignará como capital de trabajo: local, maquinarias, herramientas, vehículo utilizado para la generación de ingresos (taxi, reparto a domicilio, etc.), talleres y otros activos. Esta variable no requiere de documentación de respaldo, sin embargo, se debe completar anexo donde se declara la situación patrimonial de la familia del estudiante. Documentación: Anexo patrimonio para cualquiera de los indicadores.

84 Página: 86 de 126 DIMENSIÓN 3: OTROS FACTORES DE RIESGO. ENSEÑANZA MEDIA ENSEÑANZA SUPERIOR DIMENSIÓN VARIABLE INDICADOR PUNTAJE INDICADOR PUNTAJE Enfermedades Catastróficas Sin enfermedad catastrófica 0 Sin enfermedad catastrófica Afecta a un adulto integrante del grupo familiar Afecta a un menor integrante del grupo familiar Afecta a un adulto integrante del grupo familiar Afecta a un menor integrante del grupo familiar Afecta al postulante 60 Afecta al postulante Afecta al Jefe de Hogar 75 Afecta al Jefe de Hogar Sin situación de stress familiar 0 Sin situación de stress familiar Con hacinamiento 12,5 Con hacinamiento OTROS FACTORES DE RIESGO Situaciones de stress familiar Discapacidad Enfermedad Crónica que afecte al postulante o becado u otro integrante del grupo familiar 20 Enfermedad Crónica que afecte al postulante o becado u otro integrante del grupo familiar Alcoholismo o drogadicción 27,5 Alcoholismo o drogadicción Violencia intrafamiliar 35 Violencia Intrafamiliar Trastorno de Salud Mental que afecte al postulante o becado u otro integrante del grupo familiar 42,5 Embarazo adolescente postulante 50 Trastorno de Salud Mental que afecte al postulante o becado u otro integrante del grupo familiar Embarazo adolescente postulante Sin discapacidad 0 Sin discapacidad Afecta a un menor integrante del grupo familiar Afecta a un adulto integrante del grupo familiar Afecta a un menor integrante del grupo familiar Afecta a un adulto integrante del grupo familiar NO APLICA Afecta al jefe de hogar 60 Afecta al jefe de hogar Afecta al postulante 75 Afecta al postulante Familia Nuclear biparental 10 Familia Nuclear biparental Déficit en red de apoyo familiar Apoyo sólo de la madre o sólo del padre (familia monoparental) Sin los padres, a cargo de abuelos o parientes Sin los padres, estudiante sólo, o a cargo de cuidadores, no parientes Apoyo sólo de la madre o sólo del padre (familia monoparental) Sin los padres, a cargo de abuelos o parientes Sin los padres, estudiante sólo, o a cargo de cuidadores, no parientes Institución de Protección 50 Institución de Protección Subtotal Ponderado Dimensión Otros factores de Riesgo 250

85 Página: 87 de 126 DIMENSIÓN OTROS FACTORES DE RIESGO. Documentación a presentar Variable: Enfermedad Catastrófica Certificado médico o anexo informe médico para acreditar enfermedad crónica o catastrófica Variable: Situaciones de Estrés Familiar Indicador: Con hacinamiento El hacinamiento en la vivienda del grupo familiar no está sujeto a exigencia de documentos por parte del estudiante, sólo en base a lo declarado y lo consignado por el profesional registrado de la Red Colaboradora. No obstante, será en la supervisión en terreno en donde se contrastará la información ingresada en el sistema informático. Indicador: Enfermedad Crónica que afecte al postulante o becado u otro integrante del grupo familiar Certificado médico o anexo informe médico para acreditar enfermedad crónica o catastrófica o carnet de control del paciente crónico. Indicador: Alcoholismo o drogadicción Certificado emitido por un profesional médico, asistente social o psicólogo; Anexo certificado para acreditar factores de riesgo Indicador: Violencia intrafamiliar Certificado emitido por asistente social o psicólogo; o certificado que acredite denuncia ante Carabineros de Chile; o documento que acredite medida cautelar por tribunal; o copia de la sentencia emitida por tribunal u otra certificación emitida por una institución que avale dicha situación o anexo certificado para acreditar factores de riesgo Indicador: Trastorno de Salud Mental que afecte al postulante o becado u otro integrante del grupo familiar Certificado emitido por un profesional médico o psicólogo. Indicador: Embarazo adolescente postulante. Certificado emitido por médico que avale dicha situación con timbre y firma del facultativo o carnet de control prenatal. Variable: Discapacidad Indicador: Afecta a un menor integrante del grupo familiar Certificado emitido por el Compin o la credencial de discapacidad emitida por Senadis o colilla de pago pensión de invalidez (pensión básica solidaria, aporte previsional solidario de invalidez, pensiones de invalidez para afiliados a Afp) o certificado de discapacidad emitido por registro civil. Indicador: Afecta a un adulto integrante del grupo familiar Certificado emitido por el Compin o la credencial de discapacidad emitida por Senadis o colilla de pago pensión de invalidez (pensión básica solidaria, aporte previsional solidario de invalidez, pensiones de invalidez para afiliados a Afp) o certificado de discapacidad emitido por registro civil. Indicador: Afecta al jefe de hogar Certificado emitido por el Compin o la credencial de Discapacidad emitida por Senadis o Colilla de pago Pensión de Invalidez (pensión básica solidaria, aporte previsional solidario de invalidez, pensiones de invalidez para afiliados a Afp) o certificado de discapacidad emitido por registro civil. Indicador: Afecta al postulante Certificado emitido por el Compin o la credencial de discapacidad emitida por Senadis o colilla de pago pensión de invalidez (pensión básica solidaria, aporte previsional solidario de invalidez, pensiones de invalidez para afiliados a Afp) o certificado de discapacidad emitido por registro civil. Variable: Déficit en Red de Apoyo Familiar Indicador: Familia Nuclear biparental El indicador familia nuclear biparental no está sujeto a exigencia de documentos por parte del estudiante, sólo en base a lo declarado y lo consignado por el profesional registrado de la red colaboradora.

86 Página: 88 de 126 Indicador: Apoyo sólo de la madre o del padre Certificado de residencia del padre ausente o certificado de aporte de tercero - pariente o declaración jurada simple o certificado que acredite el término de la convivencia, con declaración de cese de convivencia, o demanda judicial, trámite de divorcio o denuncia en carabineros por abandono del hogar o anexo certificado para acreditar déficit red de apoyo familiar. Indicador: Sin los padres, a cargo de abuelos o parientes Certificado de cuidado personal o tuición, emitido por el juzgado de familia; o certificado de nacimiento; o acreditar pensión alimenticia de los padres y certificados de residencia correspondientes; o informe social emitido por un profesional asistente social que avale dicha situación, o anexo certificado para acreditar déficit red de apoyo familiar. Indicador: Sin los padres, estudiante solo o a cargo de cuidadores, no parientes Anexo certificado para acreditar déficit red de apoyo familiar. Indicador: Institución de Protección Certificado informe emitido por la institución de protección. ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS Se definen por el Ministerio de Salud y responden a las necesidades de atención médica de personas que presentan enfermedades y lesiones que generan un significativo y desigual deterioro social y económico en ellas y sus familiares; por muerte prematura y/o discapacidad severa, para las cuales existe evidencia de la efectividad y costo efectividad de un tipo de tratamiento cuyo costo genera, a su vez, desprotección financiera, con el consiguiente impacto negativo en la calidad de vida y la salud del grupo familiar. Documentación: Se deberá acreditar mediante certificado médico emitido directamente por el facultativo o mediante el Anexo Informe Médico para Acreditar Enfermedad Crónica o Catastrófica, que indique que está integrado en algún tipo de tratamiento. Ambos certificados con una vigencia de 6 meses anteriores a la postulación. Se debe solicitar sólo un documento De identificarse más de un diagnóstico o más de un integrante del grupo familiar afectado por una enfermedad, registrar sólo una alternativa de la variable, seleccionando aquella que complejiza mayormente la dinámica familiar. SITUACIONES DE STRESS FAMILIAR 1. Con Hacinamiento Se entenderá como tal, aquella situación en la cual al dividir el número de personas que componen la familia por el número de dormitorios, el resultado es igual o superior a tres. Considérese como dormitorio todo espacio de una vivienda, que reúna condiciones mínimas de habitabilidad y de privacidad (con paredes de madera o tabique). No se considerará dormitorio cuando la habitación cumple dos o más funciones. Ejemplo living/dormitorio. Documentación: El hacinamiento en la vivienda del grupo familiar no está sujeto a exigencia de documentos por parte del estudiante, sólo en base a lo declarado y lo consignado por el profesional registrado de la red colaboradora. No obstante, será en la supervisión en terreno en donde se contrastará la información ingresada en el sistema informático.

87 Página: 89 de Enfermedad crónica del postulante o becado u otro integrante del grupo familiar Se considerará como enfermedades crónicas generadoras de stress familiar a las patologías permanentes que no pueden curarse o eliminarse totalmente con un tratamiento. Esta calificación se establecerá considerando los siguientes criterios: a) Deterioro de la economía familiar por menor capacidad de trabajo de la persona afectada o de un familiar que tiene que cuidarlo/a o por el costo del tratamiento permanente para evitar complicaciones y agravamiento y mejorar la calidad de vida del enfermo/a y que no es cubierto totalmente por el seguro público o privado. b) Condiciones especiales de actividad o alimentación de la persona enferma que significan un trabajo o sobrecarga adicional para toda la familia. Se deberá consignar en esta variable sólo al postulante o becado u otro integrante del grupo familiar que presente enfermedad crónica, registrando sólo una alternativa Documentación: Se deberá acreditar mediante certificado médico emitido directamente por el facultativo o Anexo Informe Médico Para Acreditar Enfermedad Crónica o Catastrófica, que indique que está integrado en algún tipo de tratamiento de carácter permanente o Carnet de control del paciente crónico. Se debe solicitar sólo un documento 3. Alcoholismo o Drogadicción: esta situación deberá ser ratificada mediante certificado emitido por un profesional médico; asistente social o psicólogo que avale dicha situación. En caso de que no se desarrolle una intervención, se solicitará al profesional asistente social que evalúa los antecedentes socio-económicos que emita certificado con la detección de tal trastorno por consumo de sustancias. Documentación: Certificado emitido por un profesional médico, asistente social o psicólogo que avale dicha situación con timbre y firma del facultativo o mediante Anexo Certificado para acreditar factores de riesgo. Se debe solicitar sólo un documento 4. Violencia Intrafamiliar: corresponderá calificar como violencia intrafamiliar a toda situación, relación o episodio de abuso que contemple maltrato físico, psicológico o emocional hacia cualquier miembro integrante del grupo familiar (maltrato infantil, violencia conyugal y maltrato a ancianos). Esta situación deberá ser ratificada mediante certificado emitido por un profesional psicólogo que avale dicha situación. En caso de que no se desarrolle una intervención, se solicitará al profesional que evalúa los antecedentes socio-económicos que emita certificado con la detección de tal disfunción familiar.

88 Página: 90 de 126 Documentación: Certificado emitido por un profesional asistente social o psicólogo que avale dicha situación o Certificado que acredite denuncia ante carabineros de chile o Documento que acredite medida cautelar por tribunal o Copia de la sentencia emitida por tribunal u otra certificación emitida por una institución que avale dicha situación o Mediante Anexo Certificado para acreditar factores de riesgo Se debe solicitar sólo un documento 5. Trastorno de Salud Mental del postulante o becado u otro integrante del grupo familiar Esta calificación se establecerá considerando los siguientes criterios: a) Deterioro de la economía familiar por menor capacidad de trabajo de la persona afectada o de un familiar que tiene que cuidarlo/a o por el costo del tratamiento permanente para evitar complicaciones y agravamiento y mejorar la calidad de vida del enfermo/a y que no es cubierto totalmente por el seguro público o privado. b) Condiciones especiales de actividad o alimentación de la persona enferma que significan un trabajo o sobrecarga adicional para toda la familia. Se deberá consignar en esta variable sólo al postulante o becado u otro integrante del grupo familiar que presente trastorno de salud mental, registrando sólo una alternativa. Documentación: Certificado emitido por un profesional médico o psicólogo que avale dicha situación con timbre y firma del facultativo. Se debe solicitar sólo un documento 6. Embarazo Adolescente de postulante Se considerará como embarazo adolescente aquella situación que afecta a mujeres entre los 10 y 19 años de edad. Se consignará puntaje sólo por la estudiante postulante. Se excluye otro miembro de la familia que se encuentre en dicha situación. Documentación: Certificado emitido por un profesional médico que avale dicha situación con timbre y firma del facultativo o carnet de control prenatal. Se debe solicitar sólo un documento

89 Página: 91 de 126 Discapacidad Según el Art. 3, inciso 1, de la Ley Nº , sobre integración social de personas con discapacidad, se señala que Para los efectos de esta ley se considera persona con discapacidad a todas aquellas que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales, congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que lo hubiere originado, vea obstaculizada, en a lo menos un tercio, su capacidad educativa, laboral o de integración social. 1. Discapacidad que afecte un menor integrante del grupo familiar Se entenderá por menor con discapacidad, a todo integrante del grupo familiar cuya edad sea menor a 18 años y se apegue a la definición establecida en el artículo 3 inciso 1 de la ley N De identificarse más de un diagnóstico o más de un integrante del grupo familiar afectado por una discapacidad, registrar sólo una alternativa de la variable. Documentación: Certificado emitido por la Compin o Credencial de discapacidad emitida por Senadis o Colilla de pago pensión de invalidez (pensión básica solidaria, aporte previsional solidario de invalidez; pensiones de invalidez para afiliados a Afp) o Certificado de discapacidad emitido por registro civil. Se debe solicitar sólo un documento 2. Discapacidad que afecte a un adulto integrante del grupo familiar. Se entedera por adulto con discapacidad, a todo integrante del grupo familiar cuya edad sea mayor o igual a 18 años y se apegue a la definición establecida en el artículo 3 inciso 1 de la Ley N De identificarse más de un diagnóstico o más de un integrante del grupo familiar afectado por una discapacidad, registrar sólo una alternativa de la variable. Documentación: Certificado emitido por la Compin o Credencial de discapacidad emitida por Senadis o Colilla de pago pensión de invalidez (pensión básica solidaria, aporte previsional solidario de invalidez; pensiones de invalidez para afiliados a Afp) o Certificado de discapacidad emitido por registro civil. Se debe solicitar sólo un documento 3. Discapacidad que afecte al jefe de hogar del grupo familiar. Conforme a lo establecido en el presente manual, se entenderá como Jefe de Hogar con discapacidad, aquel integrante del grupo familiar que genere o aporte el mayor ingreso al hogar cuando el postulante mantenga residencia con él y se apegue a la definición establecida en el artículo 3 inciso 1 de la Ley N

90 Página: 92 de 126 De identificarse más de un diagnóstico o más de un integrante del grupo familiar afectado por una discapacidad, registrar sólo una alternativa de la variable. Documentación: Certificado emitido por la Compin o Credencial de discapacidad emitida por Senadis o Colilla de pago pensión de invalidez (pensión básica solidaria, aporte previsional solidario de invalidez; pensiones de invalidez para afiliados a Afp) o Certificado de discapacidad emitido por registro civil. Se debe solicitar sólo un documento 4. Discapacidad que afecte al postulante Se entenderá por postulante con discapacidad, a todo aquel estudiante que realice proceso de postulación a la beca, sin importar la edad que presente al momento de la misma y se apegue a la definición establecida en el artículo 3 inciso 1 de la Ley N Documentación: Certificado emitido por la Compin o Credencial de discapacidad emitida por Senadis o Colilla de pago pensión de invalidez (pensión básica solidaria, aporte previsional solidario de Invalidez; pensiones de invalidez para afiliados a Afp) o. Certificado de discapacidad emitido por registro civil. Se debe solicitar sólo un documento NOTA: De identificarse más de un indicador en la variable Stress Familiar, se deberá consignar aquel que complejiza mayormente la dinámica familiar. DÉFICIT EN LA RED DE APOYO FAMILIAR: Marcar con x la alternativa que corresponda 1. Familia nuclear biparental: Grupo familiar constituido por matrimonio o unión de hecho con/sin hijos o hijastros de cualquier estado civil Documentación: El indicador familia nuclear biparental no está sujeto a exigencia de documentos por parte del estudiante, sólo en base a lo declarado y lo consignado por el profesional registrado de la red colaboradora. 2. Apoyo sólo de la madre o del padre (Familia Monoparental): Grupo familiar cuyo jefe de hogar es soltero, viudo o separado, que no mantiene convivencia, independiente de si existen otros aportes al ingreso familiar.

91 Página: 93 de 126 Documentación: Certificado de residencia del padre ausente o Certificado de aporte de tercero - pariente o Declaración jurada simple o Certificado que acredite el término de la convivencia, con declaración de cese de convivencia o Demanda judicial, trámite de divorcio o denuncia en carabineros por abandono del hogar o En caso de que no exista medio de acreditación se solicitará al profesional que evalúa los antecedentes socio-económicos que emita Anexo certificado para acreditar déficit red de apoyo familiar o Anexo certificado para acreditar déficit red de apoyo familiar. Se debe solicitar sólo un documento 3. Sin los padres, a cargo de abuelos o parientes Documentación: Certificado de cuidado personal o tuición, emitido por el juzgado de familia; o. Certificado de nacimiento; o Acreditar pensión alimenticia de los padres y certificados de residencia correspondientes; o Informe social emitido por un profesional asistente social que avale dicha situación o Anexo certificado para acreditar déficit red de apoyo familiar. Se debe solicitar sólo un documento. 4. Sin los padres, estudiante solo o a cargo de cuidadores, no parientes Documentación: Anexo certificado para acreditar déficit red de apoyo familiar. 5. Institución de Protección: A aquellos estudiantes postulantes que se encuentren en instituciones de protección con o sin medida de protección (excepto aquellos que residen en hogares estudiantiles o internados), se les asignará el puntaje máximo en las siguientes dimensiones: económica y dimensión educación, específicamente, en variable escolaridad de los padres. Se deberá asignar el puntaje que corresponda en la dimensión excelencia académica, educación (excluyendo escolaridad de los padres) y otros factores de riesgo, según la situación que presente el estudiante. Documentación: Certificado informe emitido por la institución de protección.

92 Página: 94 de 126 DIMENSIÓN 4: EDUCACIÓN DIMENSIÓN VARIABLE ENSEÑANZA MEDIA ENSEÑANZA SUPERIOR INDICADOR PUNTAJE INDICADOR PUNTAJE Madre Padre Enseñanza superior Completa 0 0 Enseñanza superior Incompleta Enseñanza media Completa 5 5 NO SE PONDERA LA Enseñanza media ESCOLARIDAD DE LOS Incompleta PADRES Enseñanza Básica Completa Enseñanza Básica Incompleta Sin Escolaridad En o fuera de la comuna sin En o fuera de la comuna 0 dificultad de acceso sin dificultad de acceso En comuna con dificultad de En comuna con dificultad acceso (más de 1 hr. de 10 de acceso (más de 1 hr. traslado) de traslado) DIMENSION EDUCACIÓN Escolaridad de los padres Lugar de estudios del becado Duplicidad funciones del estudiante Hermanos o Hijos Estudiantes Fuera de la comuna (más de 1 hr. de traslado) 15 Fuera de la comuna (más de 1 hr. de traslado) Fuera de la provincia 20 Fuera de la provincia Fuera de la región 25 Fuera de la región Alumno sólo estudia 0 Alumno sólo estudia Alumno estudia y trabaja 15 Alumno estudia y trabaja Alumno estudia y es padre 20 Alumno estudia y es padre Alumno estudia y es madre 25 Alumno estudia y es madre Alumno es jefe de hogar 25 Alumno es jefe de hogar No tiene hermanos o hijos No tiene hermanos o 0 estudiando hijos estudiando En enseñanza pre básica 10 En enseñanza pre básica En enseñanza básica 10 En enseñanza Básica En enseñanza media 10 En enseñanza media En enseñanza superior en En enseñanza superior 15 el lugar de residencia en el lugar de residencia En enseñanza superior En enseñanza superior 20 fuera del lugar de fuera del lugar de residencia residencia Subtotal Ponderado Dimensión Educación 100 NO APLICA NO APLICA

93 Página: 95 de 126 DIMENSIÓN EDUCACIÓN Variable: Lugar de Estudios del becado Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matrícula de establecimiento educacional de educación media; certificado de alumno regular para el caso de institución de educación superior el cual deberá ser comparado con la información registrada en domicilio familiar del estudiante. Variable: Duplicidad de Funciones del Estudiante Indicador: Alumno sólo estudia Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matrícula de establecimiento de educación media; certificado de alumno regular para el caso de institución de educación superior Indicador: Alumno estudia y trabaja Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matrícula de establecimiento de educación media; certificado de alumno regular para el caso de institución de educación superior y acreditación de ingresos (ver documentos exigidos en dimensión económica). Indicador: Alumno es padre o madre Certificado de nacimiento de hijo que indique nombre de los padres y fecha de nacimiento Indicador: Alumno es Jefe de Hogar Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matrícula de establecimiento de educación media; certificado de alumno regular para el caso de institución de educación superior y acreditación de ingresos (ver documentos exigidos en dimensión económica).certificado de alumno regular. Acreditación de ingresos (ver documentos exigidos en dimensión económica). Variable: Hermanos o Hijos Estudiantes Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matricula de establecimiento de educación pre basica, basica o media; Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matricula para el caso de institución de educación superior. ESCOLARIDAD DE LOS PADRES: (marcar con x y asignar puntaje) La variable escolaridad de los padres sólo se aplicará para estudiantes postulantes y renovantes de enseñanza media. Se excluye aplicar puntaje en el nivel de enseñanza superior (egresados de enseñanza media y postulantes o renovantes de educación superior). Se deberá consignar la escolaridad de cada padre asignando el puntaje establecido en la pauta de evaluación socioeconómica. No se debe realizar cálculo de promedio, sólo sumar los puntajes asignados. Para aquellos/as postulantes o renovantes que cuenten sólo con uno de los padres, se deberá consignar la educación del padre o madre presente, que vive con el estudiante, asignando el doble del puntaje según corresponda la escolaridad de la madre o padre presente. En el caso de estudiantes que viven con uno de sus padres y el/la conviviente de éste/a o padrastro o madrastra, se deberá consignar la escolaridad de ambos, asignando el puntaje correspondiente. Esta situación se aplicará cuando exista una convivencia familiar estable (mínimo de tres años) En el caso de estudiantes que viven solos o están a cargo de abuelos, parientes, cuidadores o de instituciones de protección se asignará el máximo de puntaje de la variable (sin escolaridad: 30 puntos)

94 Página: 96 de 126 LUGAR DE ESTUDIOS DEL BECADO: (Marcar con x y asignar puntaje según corresponda) 1. En comuna sin dificultad de acceso 2. En comuna con dificultad de acceso: se considerará como tal aquel estudiante que se traslada de su domicilio al lugar de estudio con un tiempo mínimo de 1 hora. 3. Fuera de la comuna: se considerará como tal aquel estudiante que se traslada desde su domicilio familiar ubicado en una comuna determinada, a su lugar de estudio ubicado en otra comuna, con un tiempo mínimo de 1 hora. 4. Fuera de la provincia 5. Fuera de la región Documentación: Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matrícula de establecimiento educacional de educación media; certificado de alumno regular para el caso de institución de educación superior el cual deberá ser comparado con la información registrada en domicilio familiar del estudiante. DUPLICIDAD DE FUNCIONES DEL ESTUDIANTE: (Marcar con x sólo una alternativa, aquella que otorgue mayor puntaje) 1. Alumno sólo estudia Documentación: Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matrícula de establecimiento de educación media; certificado de alumno regular para el caso de institución de educación superior. 2. Alumno estudia y trabaja: se deberá consignar aquellos estudiantes que estudian y trabajan de manera permanente o temporal; ya sea part-time, media jornada o jornada completa. Documentación: Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matrícula de establecimiento de educación media; certificado de alumno regular para el caso de institución de educación superior y acreditación de ingresos (ver documentos exigidos en dimensión económica). 3. Alumno es padre: puntaje excluyente de alumno es madre. Documentación: Certificado de nacimiento de hijo que indique nombre de los padres y fecha de nacimiento. 4. Alumna es madre: puntaje excluyente de alumno es padre. Documentación: Certificado de nacimiento de hijo que indique nombre de los padres y fecha de nacimiento 5. Alumno es Jefe de Hogar: en el caso de categorizar al postulante o renovante como jefe de hogar deberá acreditar la responsabilidad de manutención del grupo familiar.

95 Página: 97 de 126 Documentación: Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matrícula de establecimiento de educación media; certificado de alumno regular para el caso de institución de educación superior y acreditación de ingresos (ver documentos exigidos en dimensión económica). HERMANOS O HIJOS ESTUDIANTES: se deberá consignar en esta variable sólo a un hermano o un hijo del postulante o renovante, que se encuentre estudiando en alguno de los niveles educacionales establecidos, asignando aquella alternativa que otorgue mayor puntaje. Documentación: Certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matricula de establecimiento de educación pre basica, basica o media; certificado de alumno regular o matricula o colilla de pago de matricula para el caso de institución de educación superior.

96 Página: 98 de 126 ANEXOS PAUTA DE EVALUACION SOCIOECONOMICA EDUCACIÓN MEDIA DIMENSION ACADÉMICA EXCELENCIA ACADEMICA CALIFICACIÓN ACADEMICA PUNTAJE

97 Página: 99 de 126 DIMENSION ECONOMICA TRAMOS INGRESO PER CAPITA EDUC. MEDIA TRAMOS INGRESO PER CAPITA EDUC. SUPERIOR Monto Mínimo Monto Máximo Puntaje Monto Mínimo Monto Máximo Puntaje $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ SITUACIÓN LABORAL CATEGORÍA OCUPACIONAL INDICADOR PUNTAJE INDICADOR PUNTAJE Activo permanente 15 Empresario 0 Pasivo, pensionado 30 Pequeño productor agrícola o pequeño emprendedor Indígena o Microempresario 10 Activo ocasional o temporal 45 Profesionales del sector público o privado 10 Inactivo o desempleado 70 Empleado del sector público o privado 20 Jubilado, Pensionado, Montepiado 30 Asalariado Agrícola o Trabajador Dependiente 40 Trabajador por cuenta propia 50 Trabajador No Calificado 60 PASIS/ Pensionado Mínimo INP/AFP 60 No Aplica PATRIMONIO INDICADOR PUNTAJE Tiene Bien Raíz, Vehículo Particular, Capital de Trabajo 0 Tiene Bien Raíz y Vehículo Particular 5 Tiene Bien Raíz y Capital de Trabajo 5 Tiene Vehículo Particular y Capital de Trabajo 5 Tiene Bien Raíz 10 Tiene Vehículo Particular 20 Tiene Capital de Trabajo 30 No Tienen ningún Patrimonio 40 DIMENSION OTROS FACTORES DE RIESGO ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS STRESS FAMILIAR INDICADOR PUNTAJE INDICADOR PTJE Sin enfermedad catastrófica 0 Sin situación de stress familiar 0 Afecta adulto de la familia 30 Con hacinamiento 12,5 Afecta a menor de la familia 45 Enfermedad Crónica que afecte al postulante o becado u 20 otro integrante del grupo familiar Afecta al postulante o becado 60 Alcoholismo o drogadicción 27,5 Afecta al Jefe de Hogar 75 Violencia intrafamiliar 35 Trastorno de Salud Mental que afecte al postulante o 42,5 becado u otro integrante del grupo familiar Embarazo adolescente postulante 50 DISCAPACIDAD DÉFICIT EN RED DE APOYO FAMILIAR INDICADOR PUNTAJE INDICADOR PUNTAJE Sin discapacidad 0 Familia Nuclear biparental 10 Afecta a un menor integrante del grupo familiar 30 Familia Monoparental 20

98 Página: 100 de 126 Afecta a un adulto integrante 45 A cargo de abuelos o parientes 30 del grupo familiar Afecta al jefe de hogar 60 Solo o a cargo de cuidadores 40 Afecta al postulante 75 Institución de protección 50 DIMENSION EDUCACION ESCOLARIDAD DE LOS PADRES LUGAR DE ESTUDIOS DEL BECADO INDICADOR PUNTAJE INDICADOR PUNTAJE Madre Padre En o fuera de la comuna sin dificultad de acceso 0 E. Superior Completa 0 0 En comuna con dificultad de acceso (más 10 de 1 hora de traslado E. Superior Incompleta Fuera de la comuna (más de 1 hora de 15 traslado) E. Media Completa 5 5 Fuera de la provincia 20 E. Media Incompleta Fuera de la región 25 E. Básica Completa E. Básica Incompleta Sin Escolaridad DUPLICIDAD DE FUNCIONES HERMANOS O HIJOS ESTUDIANTES INDICADOR PUNTAJE INDICADOR PUNTAJE Alumno sólo estudia 0 No tiene hermanos o hijos estudiando 0 Alumno estudia y trabaja 15 En Educ. Pre Básica 10 Alumno estudia y es padre 20 En Educ. Básica 10 Alumno estudia y es madre 25 En Educ. Media 10 Alumno es jefe de hogar 25 En Educ. Superior en lugar de residencia 15 En Educ. Superior fuera del lugar de residencia 20 CODIFICACION SEXO ESTADO CIVIL Hombre 1 Soltero 1 Mujer 2 Casado 2 Conviviente 3 PARENTESCO CON EL ALUMNO Conviviente Civil 4 Alumno / a 0 Separado 5 Padre 1 Divorciado 6 Padrastro 2 Viudo 7 Madre 3 Madrastra 4 Hermano /a Hermanastro / a 5 Hijo /a 6 Cónyuge 7 Conviviente 8 Conviviente Civil 9 Abuelo /a 10 Tío / a 11 Primo / a 12 Sobrino / a 13 Suegro / a 14 Cuñado / a 15 Sin parentesco especificar 16

99 FORMULARIO ÚNICO DE POSTULACIÓN Y RENOVACIÓN AÑO INFORME SOCIAL BECAS DE MANTENCIÓN Y BENEFICIO RESIDENCIA INDIGENA SECCION 1 ANTECEDENTES GENERALES I SEMESTRE II SEMESTRE POSTULANTE RENOVANTE BECA A LA QUE POSTULA O RENUEVA BECA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA BENEFICIO RESIDENCIA INDIGENA BECA MAGALLANES BECA INDÍGENA BECA LEY Nº (Rettig) BECA AYSÉN BECA DE INTEGRACION TERRITORIAL BECA DECRETO Nº 1086 (Renovante) BECA PAT. AYSÉN BECA CHAITÉN (Renovante) BECA DUPLO (Renovante) ESTADO EXCEPCION DEL RENOVANTE CONTINUIDAD DE CARRERAS TÉCNICAS O PROGRAMAS INICIALES A CARRERA PROFESIONAL APELACIÓN PRACTICA Desde Hasta CAMBIO DE IES Día Mes Año Día Mes Año CAMBIO DE CARRERA TITULACIÓN SUSPENSION Desde Hasta Día Mes Año Día Mes Año ANTECEDENTES DEL POSTULANTE O RENOVANTE APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO PRIMER NOMBRE SEGUNDO NOMBRE RUT: FECHA DE NACIMIENTO SEXO HOMBRE MUJER ESTADO CIVIL POSEE CUENTA RUT SI NO Si el estudiante no posee cuenta RUT es necesario señalar que debe habilitar una cuenta Rut. Si el estudiante no posee correo personal deberá crear un mail de contacto personal. DOMICILIO FAMILIAR CALLE Nº DPTO. POBLACION COMUNA REGION FONO/CELULAR DOMICILIO DURANTE EL PERIODO DE ESTUDIOS CALLE Nº DPTO. POBLACION COMUNA REGION FONO/CELULAR PUEBLO ORIGINARIO AL QUE PERTENECE (campo obligatorio postulación y renovación BI y BRI) Mapuche Rapa Nui Diaguita Aymara Atacameño Sin etnia Yagan Colla Kawhaskar Quechua POSEE ASCENDENCIA INDÍGENA. Medio de verificación (marcar con una x): CERTIFICADO CONADI Nº: APELLIDO INDIGENA DIRECTO EN TRAMITE POSTULA Al BENEFICIO RESIDENCIA INDIGENA SI NO

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