REPÚBLICA DE PANAMÁ ÓRGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y LABORAL

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REPÚBLICA DE PANAMÁ ÓRGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y LABORAL"

Transcripción

1 ENTRADA Nº Magistrado Ponente:VÍCTOR L. BENAVIDES P. DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE PLENA JURISDICCIÓN, interpuesta por la licenciada Rosaura Reyes de González, en representación de ENSEÑANZA ESPECIALIZADA BILINGÜE, S.A., para que se declare nula, por ilegal, la Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012, emitida por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones. REPÚBLICA DE PANAMÁ ÓRGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y LABORAL Panamá, catorce (14) de agosto de dos mil catorce (2014). VISTOS: La licenciada Rosaura Reyes de González, actuando en representación de la sociedad denominada ENSEÑANZA ESPECIALIZADA BILINGÜE, S.A., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, para que se declare nula, por ilegal, la Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012, emitida por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), el acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones. Mediante la resolución de 7 de octubre de 2013 (f.28), se admite la demanda de plena jurisdicción incoada, y se ordena su traslado al Procurador de la Administración, así como al Ente demandado, para que rindiese el informe explicativo de conducta, contemplado en el artículo 33 de la Ley 33 de I. ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO El acto administrativo impugnado, lo constituye la Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012, emitida por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO); y su acto confirmatorio, que a su vez modificó la resolución anterior, identificado con el N

2 2 A-DPC de 18 de abril de 2013, emitida por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), en las cuales se decidieron lo siguiente: Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012 PRIMERO: SANCIONAR al agente económico COLEGIO SAINT GEORGE INTERNATIONAL SCHOOL, inscrito bajo el Resuelto N 654 de 7 de abril de 1987 del Ministerio de Educación, cuya razón social es ENSEÑANZA ESPECIALIZADA BILINGÜE, S.A., sociedad anónima inscrita a la Ficha 89970, Rollo 8665, Imagen 161, de la Sección Mercantil del Registro Público de Panamá, cuyo representante legal es RICARDO JOSÉ MUÑOZ TEJEIRA, con cédula N , con multa de OCHO MIL BALBOAS (B/.8,000.00), por haberse determinado su responsabilidad en la infracción a las normas de protección al consumidor.... Resolución N A-DPC de 18 de abril de 2013 PRIMERO: MODIFICAR la Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012, que SANCIONÓ al agente económico denominado COLEGIO SAINT GEORGE INTERNATIONAL SCHOOL, con multa de Ocho Mil Balboas (B/.8,000.00), por infringir las normas de protección al consumidor contenidas en la Ley N 45 de 31 de octubre de SEGUNDO: SANCIONAR al agente económico denominado SAINT GEORGE INTERNATIONAL SCHOOL OF PANAMA, con multa de Ocho Mil Balboas (B/.8,000.00), por infringir las normas de protección al consumidor contenidas en la Ley N 45 de 31 de octubre de Al ser notificada la parte actora de la resolución que reformó el acto originario, se agotó de esta forma, la vía administrativa, por lo que procedió con la presentación de la presente demanda en la esfera de lo contencioso administrativo. II. LA PRETENSIÓN Y SU FUNDAMENTO La sociedad denominada ENSEÑANZA ESPECIALIZADA BILINGÜE, S.A., representada judicialmente por la licenciada Rosaura Reyes de González, manifiesta que el objeto de la presente demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, lo constituye la solicitud de ilegalidad, y por tanto nula, de la Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012, emitida por el Director Nacional de Protección al Consumidor, encargado, por la cual se

3 3 sanciona a la parte actora, con una multa de ocho mil balboas con 00/100 (B/.8,000.00), en virtud de una denuncia sobre la base de que el Colegio está obligando a los padres de familia a comprar boletos de un evento social. En este mismo orden, solicitan la declaratoria de ilegalidad, y por tanto, de nulidad, de su acto confirmatorio, identificado por la Resolución N A-DPC de 18 de abril de 2013, emitida por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), la cual modificó la Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012, en el sentido de su nombre comercial, y procedió a confirmar la multa impuesta por el orden de los ocho mil balboas con 00/100 (B/.8,000.00). De igual manera, la apoderada judicial de la actora, pide que se deje sin efecto o se revoque la sanción o multa pecuniaria de ocho mil balboas con 00/100 (B/.8,000.00), impuesta al Colegio Internacional Saint George, por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), declarándola que no está obligada a pagarla. Dentro de las disposiciones legales que la actora estima conculcadas, se encuentra el artículo 116 de la Ley N 45 de 2007, en forma directa, ya que a juicio del recurrente, las quejas directas de particulares implican que hay una afectación directa que motiva la queja, sin embargo, en esta ocasión, no conocen bajo que circunstancia se dio el daño al consumidor. Otra de las normas que se consideran infringidas, lo es el artículo 36, numerales 1 y 15 de la Ley 45 de 2007, en concepto de indebida aplicación. Por una parte, el demandante arguye la existencia de evidencias que demuestran su no vulneración de estas prohibiciones; y por la otra parte, se alega la inexistencia del elemento de obligatoriedad que se requiere para incurrir en este tipo de faltas. Estima la parte recurrente, que el artículo 104 de la Ley N 45 de 2007, fue igualmente violado por indebida aplicación, esto es, que no se debió aplicar

4 4 ninguna sanción al agente económico multado, toda vez que ha quedado demostrado que éste no realizó ningún acto que amerite sanción alguna. Por todo lo anterior, la licenciada Reyes de González, apoderada judicial de la sociedad ENSEÑANZA ESPECIALIZADA BILINGÜE, S.A., solicita le sean reconocidas, cada una de las pretensiones compelidas en la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción instaurada. III. INFORME EXPLICATIVO DE CONDUCTA Por medio de escrito signado por el Administrador General de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), fechado el 9 de octubre de 2013 (fs.30 a 32), se remite a esta Magistratura, Informe Explicativo de Conducta, tal cual había sido previamente solicitado en la resolución de admisión de la demanda en análisis. En este Informe, el Ente requerido hace de conocimiento de esta Superioridad, las circunstancias fácticas y legales, que motivaron la expedición de las resoluciones demandadas ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, por infringir las disposiciones de la Ley N 45 de 31 de octubre de IV. CRITERIO DE LA PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Luego de un prolijo análisis del negocio que ocupa nuestra atención, contemplado en la Vista Fiscal N 461 de 5 de diciembre de 2013 (fs.33 a 39), el Procurador de la Administración rechaza los argumentos vertidos por la parte actora, solicitando en consecuencia, que la Sala declare la legalidad del acto administrativo impugnado, en virtud de que el proceso sancionador incoado a la sociedad ENSEÑANZA ESPECIALIZADA BILINGÜE, S.A., se efectuó en apego a la normativa contentiva en la Ley N 45 de Lo anterior es cónsono con el contenido de la Cláusula N 12 del Contrato de Servicios Escolares de Centro Educativo Saint George International School of Panama, al establecer como actividades extracurriculares, las de carácter cívico, cultural, académico, de formación de la personalidad y de cultura física; las

5 5 curriculares, desfiles y de prácticas culturales organizadas por el Colegio; sin indicarse de manera expresa que esos eventos tendrán un costo monetario, el cual deberán cubrir los padres de familia, sentencia el señor Procurador. V. DECISIÓN DE LA SALA TERCERA Luego de surtidas las etapas procesales, la Sala procede a resolverlo en el fondo, previo a las siguientes consideraciones. Este Tribunal Colegiado, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 206, numeral 2, de la Constitución Política, en concordancia con el texto del artículo 97, numerales 1 y 3 del Código Judicial y el artículo 42b de la Ley N 135 de 1943, conforme fue reformado por la Ley N 33 de 1946, es competente para conocer este tipo de acciones. Bajo estos preceptos, la Sala se pronunciará respecto a la demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción incoada, contra la Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012, emitida por el Director Nacional de Protección al Consumidor; y su acto confirmatorio, que a su vez modificó la resolución anterior, identificado con el N A-DPC de 18 de abril de 2013, emitida por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), en las cuales se decidieron lo siguiente: Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012 PRIMERO: SANCIONAR al agente económico COLEGIO SAINT GEORGE INTERNATIONAL SCHOOL, inscrito bajo el Resuelto N 654 de 7 de abril de 1987 del Ministerio de Educación, cuya razón social es ENSEÑANZA ESPECIALIZADA BILINGÜE, S.A., sociedad anónima inscrita a la Ficha 89970, Rollo 8665, Imagen 161, de la Sección Mercantil del Registro Público de Panamá, cuyo representante legal es RICARDO JOSÉ MUÑOZ TEJEIRA, con cédula N , con multa de OCHO MIL BALBOAS (B/.8,000.00), por haberse determinado su responsabilidad en la infracción a las normas de protección al consumidor.... Resolución N A-DPC de 18 de abril de 2013 PRIMERO: MODIFICAR la Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012, que SANCIONÓ al agente económico denominado COLEGIO SAINT GEORGE INTERNATIONAL SCHOOL, con multa de Ocho Mil Balboas (B/.8,000.00), por infringir

6 6 las normas de protección al consumidor contenidas en la Ley N 45 de 31 de octubre de SEGUNDO: SANCIONAR al agente económico denominado SAINT GEORGE INTERNATIONAL SCHOOL OF PANAMA, con multa de Ocho Mil Balboas (B/.8,000.00), por infringir las normas de protección al consumidor contenidas en la Ley N 45 de 31 de octubre de Esta Corporación de Justicia, luego de un estudio pormenorizado de los cargos de ilegalidad imputados, observa que los mismos no encuentran sostén jurídico, en base a las consideraciones que procedemos a externar a continuación. Aprecia la Sala que el acto administrativo impugnado tiene su origen en una denuncia presentada en forma anónima, ante el Departamento de Asistencia al Consumidor y Conciliación, de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), contra el agente económico denominado Colegio Saint George International School, cuyo propietario lo es la sociedad ENSEÑANZA ESPECIALIZADA BILINGÜE, S.A. En el formulario contentivo de la Denuncia N de 30 de agosto de 2012 (f.1 del expediente de antecedentes), el denunciante señaló lo siguiente:...están obligando a los padres de familia a comprar boletos de un evento social (sarao intercolegial 2012 programado para el 22 de septiembre).... Dentro de las pruebas que presentó el denunciante, estaba la volante y los boletos del Colegio. La solicitud del denunciante anónimo, es que se inicie una investigación respecto a la situación denunciada. Observa este Tribunal Colegiado que los argumentos de la parte actora, se centran en que la actividad motivo de la sanción, era la compra de instrumentos musicales para la banda, pretendiendo enaltecer los valores cívicos de los estudiantes, honrándose a la Patria en todos los eventos novembrinos y en todas las actividades cívicas y culturales donde tenga que hacer acto de presencia la banda del Colegio. Sostiene que esta situación, sí se

7 7 encuentra enmarcada dentro de las actividades extracurriculares que enaltecen a los estudiantes y por ende, incluidas en el Contrato. Sobre este último punto, esta aseveración debe ser desestimada, toda vez que la actora no logró probar dicho suceso, y fue el motivo que resultó de las investigaciones que se surtieron en la etapa administrativa, con la posterior sanción pecuniaria (Cfr. expediente de antecedentes). Por otra parte, contrario a lo expuesto por el demandante, el Director Nacional de Protección al Consumidor estaba plenamente facultado para aplicar la sanción impuesta a través del acto administrativo objeto de estudio. En efecto, la Ley N 45 de 31 de octubre de 2007, que dicta normas sobre protección al consumidor y defensa de la competencia, establece en sus dos primeros artículos sus objetivos y ámbito de aplicación: Artículo 1. Objeto. La presente Ley tiene por objeto proteger y asegurar el proceso de libre competencia económica y la libre concurrencia, erradicando las prácticas monopolísticas y otras restricciones en el funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios, para preservar el interés superior del consumidor. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Esta Ley se aplicará a todos los agentes económicos, sean personas naturales o jurídicas, empresas privadas o instituciones estatales o municipales, industriales, comerciantes o profesionales, entidades lucrativas o sin fines de lucro, o a quienes, por cualquier otro título, participen como sujetos activos en la actividad económica. Igualmente, se aplicará a todos los actos o prácticas que surtan sus efectos en la República de Panamá, indistintamente del lugar en donde se perfeccionen. Asimismo, en esta misma excerta legal queda establecido en el artículo 32, comprendido dentro del Título II, Protección al Consumidor, Capítulo I, Contratos, Garantías y Normas de Publicidad, que son beneficiarios de las normas de este Título todos los consumidores de bienes y servicios finales, y quedan obligados a su cumplimiento todos los proveedores. También se deja claro que los contratos o las transacciones para la compra de bienes muebles destinados al consumidor y la prestación de servicios profesionales o técnicos se sujetarán a las disposiciones establecidas en dicho título.

8 8 Debe la Sala advertir, que en el apartado de la expresión de las disposiciones que se estiman violadas y el concepto de la violación, la parte actora presenta una fundamentación lasa, en donde sucintamente señala que las normas que estima vulneradas lo fueron de manera directa por indebida aplicación, toda vez que no se tomó en cuenta la existencia de un contrato mercantil entre las partes. Razonamos que las normas presuntamente vulneradas, fueron aplicadas adecuadamente al momento de emitir el acto administrativo contenido en la Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012, emitida por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), así como en su acto confirmatorio; es decir, que no se aprecia tal vulneración a las normas invocadas por el demandante. En consecuencia, la Sala Tercera de la Corte Suprema, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA QUE NO ES ILEGAL, la Resolución DNP N INV de 16 de noviembre de 2012, emitida por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), así como tampoco lo es el acto confirmatorio; y en consecuencia, NIEGA las demás declaraciones solicitadas por la parte demandante. NOTIFÍQUESE, VÍCTOR L. BENAVIDES P. MAGISTRADO LUIS RAMÓN FÁBREGA S. MAGISTRADO ALEJANDRO MONCADA LUNA MAGISTRADO KATIA ROSAS SECRETARIA

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número 577 MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Panamá, 16 de Agosto de 2007 Proceso contencioso administrativo de plena jurisdicción. Concepto. La licenciada

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación

Más detalles

ALEJANDRO MONCADA LUNA VICTOR L. BENAVIDES P. -- EFRÉN C. TELLO C. KATIA ROSAS (Secretaria)

ALEJANDRO MONCADA LUNA VICTOR L. BENAVIDES P. -- EFRÉN C. TELLO C. KATIA ROSAS (Secretaria) 1173 caso, ya que el objeto de control de legalidad no es la desacreditación sino el acto de destitución. Toda vez que los cargos de violación alegados por la parte actora no acreditan la ilegalidad de

Más detalles

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número 757 MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Proceso Contencioso Administrativo de Nulidad. Concepto Panamá, _22 _ de septiembre de _2008_ La firma Infante

Más detalles

ORGANO JUDICIAL. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Panamá, doce (12) de mayo de dos mil seis (2006).

ORGANO JUDICIAL. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Panamá, doce (12) de mayo de dos mil seis (2006). 1 ORGANO JUDICIAL. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- SALA TERCERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Panamá, doce (12) de mayo de dos mil seis (2006). V I S T O S: El licenciado Mario Ruiz, actuando en nombre

Más detalles

El licenciado Alejandro Román Sánchez, actuando en. representación de la IGLESIA EVANGÉLICA METODISTA DE PANAMÁ,

El licenciado Alejandro Román Sánchez, actuando en. representación de la IGLESIA EVANGÉLICA METODISTA DE PANAMÁ, Ent'lada NO.615-08 Magistrado Ponente: Winston Spadafora F. Demanda Contencioso Administrativa de Plena Jurisdicción interpuesta por el licenciado Alejandro Román Sánchez, actuando en representación de

Más detalles

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número 575 MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Panamá, 14 de julio _ de _2008_ Proceso Contencioso Administrativo de Nulidad Concepto El licenciado José Alberto

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 05 ÓRGANO COMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE DEMANDAS DONDE SE ALEGUE TERCERIZACIÓN

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 05 ÓRGANO COMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE DEMANDAS DONDE SE ALEGUE TERCERIZACIÓN AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 05 ÓRGANO COMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE DEMANDAS DONDE SE ALEGUE TERCERIZACIÓN En fecha 10 de diciembre de 2015, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia,

Más detalles

Unidad III: Los derechos fundamentales. Tema II: El juicio de amparo

Unidad III: Los derechos fundamentales. Tema II: El juicio de amparo Unidad III: Los derechos fundamentales Tema II: El juicio de amparo EL JUICIO DE AMPARO El juicio de amparo es un medio procesal constitucional del ordenamiento jurídico mexicano, que tiene por objeto

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 25 PARA EL EJERCICIO DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD SE DEBE CUMPLIR PREVIAMENTE CON LA OBLIGACIÓN DEL REENGANCHE En fecha veinte (02) de agosto de, el Tribunal

Más detalles

República de Panamá Tribunal Administrativo Tributario

República de Panamá Tribunal Administrativo Tributario República de Panamá Tribunal Administrativo Tributario Resolución No. TAT-SAN-004 de 8 de enero de 2013 VISTOS: La abogada --------------, en calidad de apoderada especial sustituta del contribuyente -------

Más detalles

VII. ALEGACIONES DE LOS DEMANDADOS COMO CONTESTACIÓN A LA DEMANDA PR. DR. JUAN JOSE BONILLA SANCHEZ

VII. ALEGACIONES DE LOS DEMANDADOS COMO CONTESTACIÓN A LA DEMANDA PR. DR. JUAN JOSE BONILLA SANCHEZ VII. ALEGACIONES DE LOS DEMANDADOS COMO CONTESTACIÓN A LA DEMANDA PR. DR. JUAN JOSE BONILLA SANCHEZ 1) Escrito de alegaciones de la Administración El (representante de la Administración de que se trate),

Más detalles

La Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la apelada por similares argumentos.

La Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la apelada por similares argumentos. EXP. N.º 02892-2009-PHD/TC LIMA FANNY RAMÍREZ QUIROZ SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 22 días del mes de enero de 2010, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los

Más detalles

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número 185 _ MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Panamá, _18 de febrero de 2010 Proceso Ejecutivo por Cobro Coactivo Incidente de Inexistencia de la obligación

Más detalles

Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional

Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional Concurso Público de Méritos convocado por Resolución Administrativa 126-2015-P/TC Nombre: Nota: Fecha:

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia:

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia: Vista N 172 2 de mayo de 2002 Proceso Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción. Cuestionario a peritos y Objeciones a Escrito de Pruebas El Licdo. Carlos Carrillo Gomila, en nombre y representación

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia ACCIDENTES DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ENTRE CONTRATANTE Y CONTRATISTA 1. La solidaridad entre contratista y beneficiaria por accidentes sufridos por los trabajadores

Más detalles

Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Primero: Que en este juicio sumario rol N

Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Primero: Que en este juicio sumario rol N Santiago, seis de agosto de dos mil catorce. Vistos y considerando: Primero: Que en este juicio sumario rol N 10.640-2014 caratulado Aguas Magallanes S.A. con Superintendencia de Servicios Sanitarios,

Más detalles

Panamá, 30 de julio _ de _2010_. Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de

Panamá, 30 de julio _ de _2010_. Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número 811 MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Panamá, 30 de julio _ de _2010_ Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración

Más detalles

ACCIÓN DE TUTELA/Hecho superado/la CNSC resolvió reclamación en su web por medio de aplicativo.

ACCIÓN DE TUTELA/Hecho superado/la CNSC resolvió reclamación en su web por medio de aplicativo. ACCIÓN DE TUTELA/Hecho superado/la CNSC resolvió reclamación en su web por medio de aplicativo. En ese orden de ideas, si bien es cierto se demostró que para la época en que se instauró la presente acción,

Más detalles

CONTENIDO. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Fallo Nº S/N (De miércoles 22 de abril de 2015)

CONTENIDO. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Fallo Nº S/N (De miércoles 22 de abril de 2015) 1 Año CXI Panamá, R. de Panamá viernes 10 de julio de 2015 Nº 27821 CONTENIDO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Fallo Nº S/N (De miércoles 22 de abril de 2015) POR EL CUAL SE DECLARA QUE NO ES ILEGAL, LA ADDENDA

Más detalles

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Acudo ante Usted de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Acudo ante Usted de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número _737 MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Panamá, 21 de julio de _ 2009 Proceso Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción Contestación de la demanda

Más detalles

BOLETIN FISCAL, LABORAL Y ADMINISTRATIVO

BOLETIN FISCAL, LABORAL Y ADMINISTRATIVO ADA, Consultores y Capacitadores Empresariales, S.C. LAS UNIVERSIDADES PRIVADAS DEL PAÍS NO ESTÁN OBLIGADAS A ENTERAR CUOTAS OBRERO PATRONALES POR EL PERSONAL ACADÉMICO. José Francisco Romero Valdés Lic.

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia INCES. NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia INCES. NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO INCES. NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO Cuando el INCES insta a los aportantes parafiscales a actualizar sus datos de registro, y lo hace mediante publicación en prensa nacional, el incumplimiento de dicha

Más detalles

SENTENCIA A.A. Nº HUANUCO

SENTENCIA A.A. Nº HUANUCO Lima, veinticinco de mayo del dos mil diez.- Corte Suprema de Justicia de la República VISTOS; por sus fundamentos, y CONSIDERANDO además: Primero: Que, es materia de apelación la sentencia de fojas doscientos

Más detalles

CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES DE COLOMBIA CUT Personería Jurídica No de abril 13 de 1987

CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES DE COLOMBIA CUT Personería Jurídica No de abril 13 de 1987 Bogotá, 5 de diciembre de 2016 Señoras(es): JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ SECCIÓN PRIMERA HONORABLE JUEZ DOCTORA AURA PATRICIA LARA OJEDA E. S. D. Asunto: Escrito de

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL ARCHIVO EXP. RA 12/2008. TRANSPORTE URBANO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA.

RESOLUCIÓN DEL ARCHIVO EXP. RA 12/2008. TRANSPORTE URBANO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA. RESOLUCIÓN DEL ARCHIVO EXP. RA 12/2008. TRANSPORTE URBANO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA. Pleno Sres.: D. José Antonio Varela González, Presidente D. Alfonso Vez Pazos, Vocal En Santiago de Compostela, 4 de

Más detalles

República de Panamá Tribunal Administrativo Tributario

República de Panamá Tribunal Administrativo Tributario República de Panamá Tribunal Administrativo Tributario Resolución N TAT-RF-072 de 30 de septiembre de 2014 VISTOS: Mediante Resolución TAT-ADM-030 de 17 de marzo de 2014, visible a foja 5 del expediente

Más detalles

Recursos administrativos interpuestos contra decisiones de

Recursos administrativos interpuestos contra decisiones de ASUNTOS JURÍDICOS Recursos administrativos interpuestos contra decisiones de la Contraloría General de la República Durante el año 2012 ingresaron 67 recursos administrativos interpuestos contra actos

Más detalles

Por: Enrique José Arboleda Perdomo Magistrado Consejo de Estado

Por: Enrique José Arboleda Perdomo Magistrado Consejo de Estado Demanda, contestación y procedimiento general CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Por: Enrique José Arboleda Perdomo Magistrado Consejo de Estado Temas: 1. Aspectos

Más detalles

GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS ANEXO N 1 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Gerencia General de Administración y Servicios Gerencia de Planificación MANUALES E INSTRUCTIVOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA PARA LA ORGANIZACIÓN DE UNIDADES

Más detalles

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS. DECRETO EJECUTIVO No.146. (De 17 de septiembre de 2009)

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS. DECRETO EJECUTIVO No.146. (De 17 de septiembre de 2009) 1 MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DECRETO EJECUTIVO No.146 (De 17 de septiembre de 2009) "Por medio del cual se regula el precio del gas licuado de petróleo en envase de 25 libras en la República de

Más detalles

PODER EJECUTIVO. Ministerio del Poder Popular para las Finanzas Superintendencia de Seguros

PODER EJECUTIVO. Ministerio del Poder Popular para las Finanzas Superintendencia de Seguros Avances de la República Bolivariana de Venezuela en la implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción Período diciembre 2006 junio 2007 PODER LEGISLATIVO La Asamblea Nacional aprobó

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

PROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES PROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Pr.. Dr. Juan José Bonilla SánchezS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DEL ART. 53.2 CE 1.- El procedimiento contencioso-administrativo

Más detalles

Recurso nº Suministro-Gerencia Serv.Sanitarios-Área Salud Lanzarote Resolución nº

Recurso nº Suministro-Gerencia Serv.Sanitarios-Área Salud Lanzarote Resolución nº Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias. Recurso nº 49-2015-Suministro-Gerencia Serv.Sanitarios-Área Salud Lanzarote Resolución nº 2-2016 Recurso contra anuncio

Más detalles

SEÑOR PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, SUPLENTE:

SEÑOR PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, SUPLENTE: DENUNCIA Denuncia contra EVA MARISOL RAMOS RODRÍGUEZ y JOSÉ ANTONIO DE LEÓN GONZALEZ, por la posible comisión de los delitos CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA en perjuicio del Estado. SEÑOR PROCURADOR GENERAL

Más detalles

B. 59. XLI. Binotti, Julio César c/ E.N. - Honorable Senado de la Nación (mensaje 1412/02) s/ amparo ley

B. 59. XLI. Binotti, Julio César c/ E.N. - Honorable Senado de la Nación (mensaje 1412/02) s/ amparo ley Buenos Aires, 15 de mayo de 2007 Vistos los autos: " amparo ley 16.986". Considerando: 1 ) Que Julio César Binotti promovió acción de amparo contra el Estado Nacional (Honorable Senado de la Nación), en

Más detalles

Corte Superior de Justicia de Lima Año de la Consolidación del Mar de Grau Comisión Permanente de Selección de Personal

Corte Superior de Justicia de Lima Año de la Consolidación del Mar de Grau Comisión Permanente de Selección de Personal PRECISION DE TEMAS DEL BALOTARIO SEGÚN CARGOS Se precisa a los señores postulantes los temas que deberán tener en cuenta para la Evaluación Técnica según el cargo postulado. TEMAS DEL BALOTARIO APLICABLE

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número _444_ MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Panamá, _31_ de mayo de

Más detalles

Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero

Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero Sentencia T.S.J. Murcia 61/2013, de 1 de febrero RECURSO n.º 636/2010 SENTENCIA n.º 61/2013 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA: SECCION PRIMERA Compuesta

Más detalles

RECURSO No RECURSO No JUEZ PONENTE: DR. JUAN MONTERO CHÁVEZ

RECURSO No RECURSO No JUEZ PONENTE: DR. JUAN MONTERO CHÁVEZ RECURSO No. 627-2012 JUEZ PONENTE: DR. JUAN MONTERO CHÁVEZ CORTE NACIONAL DE JUSTICIA - SALA ESPECIALIZADA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO.- Quito, a 29 de noviembre de 2013. Las 10h30.----------------------------------------------

Más detalles

PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013

PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013 PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013 PARTE PRIMERA: EL DERECHO PROCESAL LECCIÓN 1.- EL DERECHO PROCESAL 1. Concepto y características del derecho procesal. 2. La eficacia de las

Más detalles

DECRETO 1382 DE (julio 12) Diario Oficial No , del 14 de julio de 2000 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

DECRETO 1382 DE (julio 12) Diario Oficial No , del 14 de julio de 2000 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO DECRETO 1382 DE 2000 (julio 12) Diario Oficial No. 44.082, del 14 de julio de 2000 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO Por el cual establecen reglas para el reparto de la acción de tutela. Resumen de

Más detalles

COLEGIO TERRIT. DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE EXTREMADURA

COLEGIO TERRIT. DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE EXTREMADURA 15601 COLEGIO TERRIT. DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE EXTREMADURA ACUERDO de 9 de mayo de 2014 sobre modificación y creación de ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública. (2014AC0004)

Más detalles

FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL

FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL Régimen jurídico Anulación parcial del Decreto que regula el régimen de los funcionarios con habilitación de carácter estatal aprobado por la Generalitat

Más detalles

Buenos Aires, 13 de septiembre de 2011

Buenos Aires, 13 de septiembre de 2011 A. 1773. XL. RECURSO DE HECHO Albornoz, Dante Sergio Delfín s /robo cuatro hechos en concurso real causa n 8877. Buenos Aires, 13 de septiembre de 2011 Vistos los autos: Recurso de hecho deducido por el

Más detalles

CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV

CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Buenos Aires, de diciembre de 2014. Y VISTOS: SA c/ DNCI ; y Para resolver estos autos caratulados: FALABELLA CONSIDERANDO: 1º. Que mediante la Disposición 107/2014, del 15 de abril de 2014, el Director

Más detalles

INDICE Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R.

INDICE Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R. INDICE I Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R. Brewer Carías Introducción 11 I. El Derecho de Amparo y la Acción de Amparo 14 1.

Más detalles

CONSIDERANDO. Alta Especialidad de Chiapas, derivados de la Licitación Pública Nacional Mixta número

CONSIDERANDO. Alta Especialidad de Chiapas, derivados de la Licitación Pública Nacional Mixta número CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A DIECISIETE DE ENERO DE DOS MIL ONCE. VISTO EL ESCRITO RECIBIDO EN ESTE ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA SECRETARÍA DE SALUD, POR EL CUAL EL C. REPRESENTANTE LEGAL DE

Más detalles

FORMULACIÓN DE DENUNCIAS ANTE EL TRIBUNAL DE DEFENSA DE. hechos que puedan constituir una infracción administrativa en materia de defensa de la

FORMULACIÓN DE DENUNCIAS ANTE EL TRIBUNAL DE DEFENSA DE. hechos que puedan constituir una infracción administrativa en materia de defensa de la FORMULACIÓN DE DENUNCIAS ANTE EL TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID REQUISITOS La denuncia, que se puede formular por cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que

Más detalles

REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: 55 Referencia: Año: 2012 Fecha(dd-mm-aaaa): 21-09-2012 Titulo: QUE MODIFICA Y ADICIONA ARTICULOS

Más detalles

Propuestas para dinamizar la indemnización de perjuicios por pcr. Emilio José Archila Peñalosa

Propuestas para dinamizar la indemnización de perjuicios por pcr. Emilio José Archila Peñalosa Propuestas para dinamizar la indemnización de perjuicios por pcr Emilio José Archila Peñalosa earchila@archilaabogados.com 1 Fusión de intereses públicos y privados El derecho a la libre competencia es

Más detalles

Hechos. Junta Consultiva de Contractació Administrativa

Hechos. Junta Consultiva de Contractació Administrativa Junta Consultiva de Contractació Administrativa Exp. Junta Consultiva: RES 8/2010 Inadmisión del recurso especial en materia de contratación Exp. de origen: contrato de elaboración y gestión de contenidos

Más detalles

CONTENIDO. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Fallo Nº S/N (De miércoles 25 de marzo de 2015)

CONTENIDO. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Fallo Nº S/N (De miércoles 25 de marzo de 2015) 1 Año CXI Panamá, R. de Panamá jueves 09 de julio de 2015 Nº 27820 CONTENIDO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Fallo Nº S/N (De miércoles 25 de marzo de 2015) POR EL CUAL SE DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL EL

Más detalles

OBJETIVO ESPECÍFICO. Conocer los antecedentes, las bases jurídicoadministrativas

OBJETIVO ESPECÍFICO. Conocer los antecedentes, las bases jurídicoadministrativas INDUCCIÓN A PROFECO OBJETIVO ESPECÍFICO Conocer los antecedentes, las bases jurídicoadministrativas y la estructura de la Procuraduría Federal del Consumidor, así como las obligaciones de los servidores

Más detalles

TUTELA/ Derecho de petición/ La respuesta de la Entidad se suministró con fecha posterior al fallo de primera instancia /Confirma decisión del a quo.

TUTELA/ Derecho de petición/ La respuesta de la Entidad se suministró con fecha posterior al fallo de primera instancia /Confirma decisión del a quo. TUTELA/ Derecho de petición/ La respuesta de la Entidad se suministró con fecha posterior al fallo de primera instancia /Confirma decisión del a quo. De lo antedicho, considera la Sala que la Juez que

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 18

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 18 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 18 EL DERECHO A LA JUBILACIÓN PROCEDE CUANDO CONCURREN LOS REQUISITOS DE EDAD Y AÑOS DE SERVICIO, A PESAR DE QUE EL FUNCIONARIO PÚBLICO NO ESTÉ ACTIVO EN ESE MOMENTO En fecha veintiuno

Más detalles

TEMA 2 RECURSOS DE LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

TEMA 2 RECURSOS DE LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TEMA 2 RECURSOS DE LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 2.1.- REVOCACIÓN: Dentro de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se encuentra regulado el Recurso de Revisión, mismo que es interpuesto,

Más detalles

Denuncia por posible DEFRAUDACIÓN FISCAL en perjuicio del Estado y en contra de la Sociedad Anónima denominada INTERBAHIA INVESTMENT, S.A.

Denuncia por posible DEFRAUDACIÓN FISCAL en perjuicio del Estado y en contra de la Sociedad Anónima denominada INTERBAHIA INVESTMENT, S.A. Denuncia por posible DEFRAUDACIÓN FISCAL en perjuicio del Estado y en contra de la Sociedad Anónima denominada INTERBAHIA INVESTMENT, S.A. SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS: Yo, FERNANDO NÚÑEZ FÁBREGA,

Más detalles

ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Resolución Nº: JD-5378 Panamá 27 de Junio de 2005.

ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Resolución Nº: JD-5378 Panamá 27 de Junio de 2005. ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Resolución Nº: JD-5378 Panamá 27 de Junio de 2005. Por la cual se resuelve el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A.

Más detalles

TEMARIO TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA TURNO LIBRE

TEMARIO TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA TURNO LIBRE TURNO LIBRE Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Las atribuciones de la Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. La elaboración de las leyes.

Más detalles

SENTENCIA Nº /2014. En la Villa de Madrid, a diecisiete de enero de dos mil catorce.

SENTENCIA Nº /2014. En la Villa de Madrid, a diecisiete de enero de dos mil catorce. Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera C/ General Castaños, 1-28004 33009730 NIG: 28.079.00.3-2013/0010212 Procedimiento Ordinario /2013 G.C. Demandante:

Más detalles

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ..:..... I., 1*.... "/.. RE PUBLICA DE PANAMA ORGA NO JUDTCIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA-SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Panamá, nueve (9) de mayo de dos mil siete (2007) VISTOS: La firma forense

Más detalles

LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS DEL PROCEDIMIENTO

LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS DEL PROCEDIMIENTO LOS MEDIOS IMPUGNATIVOS DEL PROCEDIMIENTO Definición Los medios impugnativos dentro del procedimiento se expresan mediante los recursos, lo que pueden considerarse como un remedio contra la actuación de

Más detalles

Sobre el particular, procede esta Entidad a efectuar el análisis de su consulta en el mismo orden planteado, conforme a las siguientes precisiones:

Sobre el particular, procede esta Entidad a efectuar el análisis de su consulta en el mismo orden planteado, conforme a las siguientes precisiones: Bogotá D.C., 16 de julio de 2004 OFCTC/ 230/2004 Señor Ciudad Apreciado señor: Ref: Libros contables y estados financieros en Propiedad Horizontal. Dando alcance al art. 23 de la Resolución No 001 de 2001,

Más detalles

Bloque VI ACTOS IMPUGNABLES DEL IMSS RECURSOS DE INCONFORMIDAD JUICIOS EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD

Bloque VI ACTOS IMPUGNABLES DEL IMSS RECURSOS DE INCONFORMIDAD JUICIOS EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD Bloque VI ACTOS IMPUGNABLES DEL IMSS RECURSOS DE INCONFORMIDAD JUICIOS EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD Bloque 6 XVII: Actos impugnables del IMSS XVIII: Recursos de inconformidad

Más detalles

Prólogo...I Abreviaturas...IV UNIDAD UNO AMPARO INDIRECTO

Prólogo...I Abreviaturas...IV UNIDAD UNO AMPARO INDIRECTO ÍNDICE Prólogo...I Abreviaturas...IV UNIDAD UNO AMPARO INDIRECTO I. Estructura de la demanda de amparo indirecto1 A) Demanda genérica de amparo...1 a) Requisitos legales de la demanda...1 b) Estructura

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 5,2, OCA De TRIB L CONSTITUCIONAL 111111111111111 11 11111111 SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 21 días del mes de agosto de 2014, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada

Más detalles

RESOLUCIÓN 04/2010 COLEGIACIÓN OBLIGATORIA EN LA LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES A LAS PROFESIONES REGULADAS Y TITULADAS

RESOLUCIÓN 04/2010 COLEGIACIÓN OBLIGATORIA EN LA LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES A LAS PROFESIONES REGULADAS Y TITULADAS RESOLUCIÓN 04/2010 COLEGIACIÓN OBLIGATORIA EN LA LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES A LAS PROFESIONES REGULADAS Y TITULADAS Asamblea General en Sevilla, a 27 de Noviembre de 2010 1/5 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Más detalles

MANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO.

MANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO. MANIFESTACION. QUE SE DECLARE NO HA LUGAR A LA ADMISION A LOS TRES MOTIVOS DE UN RECURSO DE CASACION INTERPUESTO. Honorable Corte Suprema de Justicia:, mayor de edad, soltera, Abogada, inscrita en el Colegio

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA SALA DE DECISIÓN LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA SALA DE DECISIÓN LABORAL REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE PEREIRA SALA DE DECISIÓN LABORAL Providencia: Auto de segunda instancia, 14 de noviembre de 2014 Radicación No: 66001-31-05-005-2013-00009-01

Más detalles

Nº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES

Nº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES Nº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES HOSPITAL MIGUEL SERVET D. con D.N.I. nº domiciliado en calle o plaza nº teléfono: Como de la firma comercial (propietario,apoderado,etc)

Más detalles

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de

Honorable Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de. lo Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de REPÚBLICA DE PANAMÁ Vista Número 986 MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURÍA DE LA ADMINISTRACIÓN Panamá, 12 de diciembre de _2008_ Proceso Contencioso Administrativo de Nulidad Concepto La licenciada Alma Lorena

Más detalles

ACTO ADMINISTRATIVO / PERDIDA DE LA FUERZA EJECUTORIA / DECRETO REGLAMENTARIO / SENTENCIA DE INEXEQUIBILIDAD - Efectos

ACTO ADMINISTRATIVO / PERDIDA DE LA FUERZA EJECUTORIA / DECRETO REGLAMENTARIO / SENTENCIA DE INEXEQUIBILIDAD - Efectos Año Tipo de Doc. Tema Subtema 1 Subtema 2 Subtema 3 1997 Sentencia CE Licencia ambiental Plan de manejo ambiental Exigencia PLAN DE MANEJO AMBIENTAL - Requisitos / LICENCIA AMBIENTAL / SUPRESION DE TRAMITES

Más detalles

COMENTARIOS NORMATIVOS

COMENTARIOS NORMATIVOS COMENTARIOS NORMATIVOS [218] Artículo recibido: 28 de febrero de 2011 Artículo aprobado: 21 de marzo de 2011 EL TIPO PENAL EN EL TIEMPO Clemente Espinoza Carballo * El delito, de manera general, puede

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO Voto Nº MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2004 Voto Nº 522-04 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las doce horas treinta minutos del veintisiete de octubre

Más detalles

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Consejero ponente: CARMEN TERESA ORTIZ DE RODRÍGUEZ Bogotá D.C., once (11) de junio de dos mil quince (2015) Radicación número: 25000232400020120010101

Más detalles

LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL ADMINISTRATIVO LA EJECUCIÓN Y REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

Más detalles

no informó por escrito las condiciones económicas del servicio

no informó por escrito las condiciones económicas del servicio PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE LA LIBERTAD PROCEDIMIENTO : DE OFICIO DENUNCIADA : CENTRO DE SERVICIOS EDUCATIVOS INMACULADA VIRGEN DE LA PUERTA S.A.C. MATERIAS : INFORMACIÓN

Más detalles

Protocolo para denuncias de Delitos Ambientales

Protocolo para denuncias de Delitos Ambientales Protocolo para denuncias de Delitos Ambientales Programa Control y Vigilancia Reserva Biológica Bosque Nuboso Monteverde 26/10/2012 PROTOCOLO PARA DENUNCIAS DE DELITOS AMBIENTALES QUÉ ES UNA DENUNCIA?

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-052-08 QUE DECIDE SOBRE EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO POR LA EMPRESA FHM CELULARES GRATIS, CONTRA LA RESOLUCIÓN No.

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 245/2011 Resolución nº 278/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 16 de noviembre de 2011. VISTA la cuestión de nulidad interpuesta por Don L.M.V.G., en representación

Más detalles

MATEHUALA, SAN LUIS POTOSI, A 14 CATORCE DE ABRIL DEL 2015 DOS MIL QUINCE.-

MATEHUALA, SAN LUIS POTOSI, A 14 CATORCE DE ABRIL DEL 2015 DOS MIL QUINCE.- 1 MATEHUALA, SAN LUIS POTOSI, A 14 CATORCE DE ABRIL DEL 2015 DOS MIL QUINCE.- VISTO para resolver oficiosamente el sobreseimiento de la causa número 02/2013, que se instruye en contra de ELIMINADO, por

Más detalles

Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas - Corte Suprema de Justicia BOLETÍN INFORMATIVO

Dirección de Comunicaciones y Relaciones Públicas - Corte Suprema de Justicia BOLETÍN INFORMATIVO El Dr. José Oscar Armando Pineda Navas, Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Órgano Judicial y el Dr. Marcel Orestes Posada, Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental suscriben Convenio

Más detalles

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ANTE EL OSIPTEL Concepto Abandono y desistimiento Definición Formas de conclusión anticipada del procedimiento, que podrán ser declaradas

Más detalles

Magistrada Ponente: EULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO Exp. Núm

Magistrada Ponente: EULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO Exp. Núm Magistrada Ponente: EULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO Exp. Núm. 2016-0141 Por escrito presentado ante esta Sala el 18 de febrero de 2016 los Diputados a la Asamblea Nacional ALFONSO MARQUINA, CARLOS MICHELANGELLI,

Más detalles

México, Distrito Federal, a seis de octubre de dos mil quince.

México, Distrito Federal, a seis de octubre de dos mil quince. ACUERDO REENCAUZAMIENTO DE RECURSO DE REVISION DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR EXPEDIENTE: SUP-REP-558/2015 RECURRENTE: REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL PARTIDO AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ESTATAL

Más detalles

Capacitar a los jueces respecto a la nueva ley no para enfrentar los retos del nuevo régimen jurídico y de los procesos legales.

Capacitar a los jueces respecto a la nueva ley no para enfrentar los retos del nuevo régimen jurídico y de los procesos legales. Taller sobre el Régimen Jurídico y del Procedimiento de la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08 y sus Modificaciones. Misión Capacitar

Más detalles

Id. Cendoj: Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 3 Tipo de Resolución: Auto

Id. Cendoj: Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 3 Tipo de Resolución: Auto Id. Cendoj: 28079130032011200030 Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 3 Tipo de Resolución: Auto Fecha de resolución: 08/04/2011 Nº Recurso: 207/2011 Ponente: EDUARDO

Más detalles

DERECHO TRIBUTARIO PENAL

DERECHO TRIBUTARIO PENAL DERECHO TRIBUTARIO PENAL DERECHO TRIBUTARIO PENAL Definición Características Principios rectores Regulación legal DEFINICIÓN Conjunto de normas y principios sustanciales y procesales de carácter general,

Más detalles

REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD. DECRETO EJECUTIVO No. 89. (De 22 de marzo de 2007)

REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD. DECRETO EJECUTIVO No. 89. (De 22 de marzo de 2007) 1 REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD DECRETO EJECUTIVO No. 89 (De 22 de marzo de 2007) "Que aprueba el reglamento para el Cobro Coactivo del Ministerio de Salud" EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en uso

Más detalles

RESOLUCIÓN NO (JUICIO NO )

RESOLUCIÓN NO (JUICIO NO ) RESOLUCIÓN NO. 974-2016 (JUICIO NO. 1481-2015) JUICIO SEGUIDO POR JOSÉ NUUÚA PULLA EN CONTRA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA Y PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO, REMITIDO A LA CORTE NACIONAL DE msticia PARA DIRIMIR

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CONTRACTUALES Recurso 94/2015 Resolución 212/2015 RESOLUCIÓN DEL Sevilla, 27 de mayo de 2015 VISTO el recurso especial en materia de contratación interpuesto por el HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE SEVILLA

Más detalles

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO TERMINO DE PRESCRIPCION - Cuando está corriendo y se crea una nueva ley, el prescribiente puede elegir cuál de las dos normas se debe aplicar / PRESCRIBIENTE - Tiene la facultad de escoger cual de las

Más detalles

URBIZAGÁSTEGUI & ASOCIADOS Auditores & Consultores

URBIZAGÁSTEGUI & ASOCIADOS Auditores & Consultores DICTAMEN DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES A los señores Miembros del Consejo Directivo de la ASOCIACIÓN PERUANA DE AUTORES Y COMPOSITORES APDAYC Hemos auditado los estados financieros adjuntos de la Asociación

Más detalles

RECURSOS ADMINISTRATIVOS. Normas que importan con relación al tema: artículo 317 de la Constitución,

RECURSOS ADMINISTRATIVOS. Normas que importan con relación al tema: artículo 317 de la Constitución, RECURSOS ADMINISTRATIVOS Normas que importan con relación al tema: artículo 317 de la Constitución, artículo 4 de la Ley n 15.869.- De acuerdo a dicha normativa en la esfera aministrativa hay tres clases

Más detalles

RESULTANDO, que se ha dado publicidad a la licitación en el B.O.P.V. 37 de fecha 23 de febrero de 2009.

RESULTANDO, que se ha dado publicidad a la licitación en el B.O.P.V. 37 de fecha 23 de febrero de 2009. OGASUN ETA HERRI ADMINISTRAZIO SAILA DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN DE FECHA 4 DE AGOSTO DE 2009 DE LA DIRECTORA DE SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN

Más detalles

Apellidos y nombre o razón social. Municipio Código Postal Provincia. Lugar de formalización

Apellidos y nombre o razón social. Municipio Código Postal Provincia. Lugar de formalización Acta de conformidad con compromiso de pago Inspección tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia B03 Concepto Tributario Período Apellidos y nombre o razón social NIF Obligado Tributario Domicilio

Más detalles

Su influencia en el Derecho procesal del Trabajo y de la Seguridad Social Ley 1564 y Decreto 1736 de 2012

Su influencia en el Derecho procesal del Trabajo y de la Seguridad Social Ley 1564 y Decreto 1736 de 2012 Su influencia en el Derecho procesal del Trabajo y de la Seguridad Social Ley 1564 y Decreto 1736 de 2012 Código General del Proceso Adelantos: 1. Incluye tecnologías 2. Se adecua a la Jurisprudencia 3.

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 726-12

MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012. Voto Nº 726-12 MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR AÑO 2012 Voto Nº 726-12 Comisión Nacional del Consumidor a las dieciocho horas cinco minutos del veintitrés de agosto del dos

Más detalles