CAPÍTULO VII. La Inspección Educativa

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1 CAPÍTULO VII La Inspección Educativa

2 CAPÍTULO VII La Inspección Educativa 1. Introducción El objetivo básico de la política educativa es la mejora de la calidad de la enseñanza. La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros docentes, tiene en cuenta todos aquellos factores que contribuyen a dicho objetivo. Así, junto a importantes decisiones sobre evaluación del conjunto del sistema, su Título IV regula ampliamente la Inspección Educativa. Atribuida la competencia de supervisión y evaluación del sistema educativo a las administraciones educativas correspondientes, la citada Ley Orgánica 9/1995 ha creado el Cuerpo de Inspectores de Educación, con el carácter de cuerpo docente, y se han determinado ampliamente sus funciones, encaminadas fundamentalmente a contribuir a la consecución del objetivo de la mejora de la calidad de la enseñanza. En la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Inspección de Educación queda regulada mediante el Decreto 66/1993, de 11 de mayo, y la Orden de 7 de julio de 1995 que desarrolla el anterior Decreto. 2. Organización y funcionamiento de la Inspección de Educación La Inspección de Educación en la Comunidad Autónoma Andaluza está constituida por: La Inspección Central de Educación. Los Servicios Provinciales de Inspección. La Inspección Central está compuesta por los Inspectores/as Centrales de Educación, con la jefatura inmediata del Inspector General de Educación y cuyas funciones se recogen en el artículo 15 del Decreto 66/1993. Los Servicios Provinciales de Inspección lo componen todos los Inspectores/as del ámbito provincial, dependen funcionalmente de los Delegados Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, con la superior dependencia de la Viceconsejería. 133

3 Consejo Escolar de Andalucía Informe En cada provincia se designa un Jefe/a del Servicio de Inspección, que forma parte del Consejo de Dirección de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia. La provincia está organizada en Zonas Educativas y a cada Zona Educativa se le asigna un Equipo de Inspectores/as. La organización y el funcionamiento de los Servicios Provinciales de Inspección responde y se adecua al Decreto y la Orden, citados anteriormente. Los Servicios Provinciales de Inspección elaboran sus respectivos Planes Provinciales de Actuación tomando como referencia las directrices emanadas del Plan General, en relación con los aspectos organizativos y funcionales, y contemplando en su diseño las actuaciones que en dicho Plan se marcan. De ahí que en la presente Memoria Anual aparezcan los siguientes apartados, que se sintetizan en los cuadros diseñados al efecto y que son los que se citan a continuación: Zonas educativas y adscripción de Inspectores/as a las mismas. Centros escolares y Servicios educativos correspondientes a las Zonas de Inspección. Adscripción de inspectoras/es a las Áreas Curriculares y Estructurales: responsables de Área e inspectoras/es adscritos a los grupos de trabajo del Área. Visitas de Inspección: análisis sobre el tipo y modalidad de las visitas. Utilización de documentos homologados Los Equipos de Inspección de zona El Equipo de Inspección de Zona es la unidad operativa básica del Servicio Provincial de Inspección, coordinado por uno de sus miembros. Mantienen reuniones semanales donde se estudian, planifican y se hace el seguimiento y evaluación de las actuaciones previstas en el Plan Provincial de Actividades. En nuestro modelo de inspección se concibe la Zona de Inspección como un microsistema educativo en el que están presentes todos los niveles, etapas y modalidades de enseñanza, incluyendo otros servicios y equipos de apoyo. Para el desempeño de la función inspectora en Andalucía se ha contado, durante el curso 1.998/99, con un total de 231 inspectoras e inspectores, que se distribuyen en Equipos de Inspección de Zona. Como se puede observar en la tabla siguiente, el número de Zonas de Inspección se ha mantenido durante los últimos años en las provincias de Almería, Granada, Huelva, Jaén y Sevilla. Se han modificado el número de Zonas de Inspección en Córdoba y Málaga, en las que se aumenta a 5 y 6 respectivamente y Cádiz que reduce de 7 a

4 La Inspección Educativa CA PÍT UL O V II Número de Inspectores e Inspectoras por Zonas de Inspección Provincia Número de Zonas de Inspección Inspectores/as Curso 97/98 Curso 98/99 Curso 99/00 Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Andalucía Relación de Centros, Profesorado y Alumnado por Inspector o Inspector a Nº INSPEC RED CENTROS UNIDADES ALUMNADO PROFESORADO PÚBLICA CONCER ANDALUCÍA 243 PRIVADA TOTAL RATIO Al número de centros públicos hay que añadir los siguientes servicios (Equipos de Orientación Educativa y Centros de Profesorado) CEP s EOE s TOTAL Total Andalucía El Equipo de Coordinación El Equipo de Coordinación es el nivel básico de coordinación, seguimiento y evaluación del Plan de Actuación de la Inspección de Educación en los Servicios Provinciales. Su organización, composición y funciones se desarrollan en el Art. 10 de la Orden de 7 de julio de El Jefe/a del Servicio preside las reuniones y forman parte del mismo, el Inspector/a adjunto a la jefatura y los coordinadores de los Equipos de Zona. A las reuniones del 135

5 Consejo Escolar de Andalucía Informe Equipo podrán incorporarse los responsables de las Áreas Específicas de Trabajo, cuando el Jefe del Servicio lo considere oportuno, para informar sobre el procedimiento y tratamiento de las tareas propias de esas áreas. Entre las funciones que se le encomiendan al Equipo de Coordinación figuran: Colaborar con el Jefe/a del Servicio en la elaboración del Plan Provincial de Actividades y la Memoria Final. Programar, al menos quincenalmente, las actividades previstas en el Plan Provincial para su incorporación al trabajo de los Equipos de Zona.. Sistematizar y transmitir la información recibida de los responsables de las Áreas, para su contextualización y ejecución por los Equipos de Inspección de Zona. Contrastar los criterios de actuación de los Equipos de Zona para mejorar la coordinación y homologación de tareas. Hacer el seguimiento del cumplimiento del Plan Provincial de Actuación. 3. Actuaciones de la Inspección de Educación El compromiso con los principios que fundamentan el desarrollo de la Leyes Orgánicas de Ordenación General del Sistema Educativo y de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes ha sido el objetivo de las actuaciones que ha realizado la Inspección de Educación, en el bienio En el ámbito de la planificación, en los dos cursos, ha culminado la implantación generalizada de la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria y se ha avanzado la anticipación de enseñanzas correspondientes a la Secundaria post-obligatoria. Asimismo, se ha consolidado el valor de la evaluación como factor de calidad en la medida que optimiza y fundamenta la toma de decisiones por parte de la Administración y focaliza los aspectos susceptibles de mejora en la educación que realmente se imparte en los centros escolares. Por lo tanto, como desarrollo de la evaluación externa, se ha continuado por tercer y cuarto años consecutivos, la aplicación del Plan de Evaluación de centros de Educación Infantil/Primaria y de Educación Secundaria y el seguimiento de los centros evaluados en cursos anteriores. Y, por lo que respecta al desarrollo de la evaluación interna, se ha afianzado el análisis de las conclusiones de las memorias finales de los centros escolares como medio para conocer y tener en cuenta la valoración que las comunidades educativas realizan sobre la organización, el funcionamiento y el rendimiento de los mismos. 136

6 La Inspección Educativa CA PÍT UL O V II Asimismo, la evaluación de la función directiva y de la práctica docente, reguladas en la LOPEGCE y demás normativa que la desarrolla, se ha consolidado mediante la valoración del profesorado en prácticas y la acreditación para el ejercicio de la función directiva. La complejidad de las tareas que implica la puesta en marcha del nuevo Sistema Educativo, desde el desarrollo de medidas de calidad, de compensación de desigualdades, de atención a la diversidad y de optimización de los recursos existentes y su correspondiente evaluación, ha requerido un Plan General que se ha contextualizado y concretado en los distintos Planes Provinciales de Actividades, mediante la correspondiente descentralización de la programación de las tareas que conlleva El Plan General de Actuación El instrumento de planificación y coordinación del trabajo de la Inspección Educativa es el Plan General de Actuación, en el que se marcan los objetivos y las actividades prioritarias para cada curso. Dicho Plan es elaborado por la Inspección General y aprobado por la Viceconsejería. En la Resolución de 24 de julio de 1998, (BOJA de 29 de agosto de 1998) se aprueba el Plan General de Actuación de la Inspección de Educación en Andalucía para los cursos 1998/99 y 1999/00. En dicha resolución se señalan como objetivos prioritarios de la Consejería y, por tanto, determinantes de los aspectos básicos de la actuación de la Inspección, los siguientes: la implantación generalizada de la Educación Secundaria Obligatoria y la transformación de las actuales estructuras de la Formación Profesional Específica. El Plan de Actuación, que en años anteriores había sido anual, pasa a ser bianual atendiendo a una mejor adecuación de las actuaciones con los objetivos previstos en el mismo. Se consideran cuatro objetivos básicos para el bienio: Colaborar con la Consejería de Educación y Ciencia en la planificación de niveles y enseñanzas establecidos en el Sistema Educativo regulado por la LOGSE y supervisar su proceso de implantación. Proponer la optimización de los recursos humanos y materiales existentes y de aquellos que se estimen necesarios para realizar una oferta educativa de calidad. Desarrollar el Plan de Evaluación de los Centros, de la práctica docente y de la función directiva regulada en la LOPEGCE y llevar a cabo el seguimiento de las propuestas de mejora acordadas en los Centros evaluados. 137

7 Consejo Escolar de Andalucía Informe Planificar el desarrollo de las actuaciones contenidas en el presente Plan General de Actuación, de conformidad con el modelo de organización y funcionamiento de la Inspección de Andalucía. Poniendo como meta la consecución de estos objetivos, la Inspección Educativa ha realizado en el bienio de referencia distintas actuaciones que se resumen a continuación Actuaciones Prioritarias Supervisión del grado de adecuación de los centros públicos que van a ser evaluados a las normas de organización y funcionamiento previstas en los Reglamentos Orgánicos. Asesoramiento y seguimiento del grado de implantación y desarrollo del modelo organizativo y funcional establecido para Educación de las Personas Adultas en el Decreto 156/1997 y normativa que lo desarrolla. Seguimiento de los Centros evaluados durante el curso 1996/97. Control del absentismo de Profesorado y P.A.S. Asesoramiento a los equipos directivos de los centros sobre la evaluación del alumnado de Educación Infantil/Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato Actuaciones habituales a destacar por su especial significación Aplicación del Plan de Evaluación a una muestra del 25% de centros de Educación Primaria y de Enseñanza Secundaria. Supervisión de la coherencia curricular de las programaciones de los departamentos y su aplicación en el aula, de los centros que imparten el Bachillerato LOGSE que van a ser evaluados. Supervisión de la Memoria Informativa y verificación de los datos en visita a los centros a evaluar. Análisis y seguimiento de las actividades extraescolares y complementarias que figuran en el Plan Anual de los Centros que van a ser evaluados y su efectiva realización. Emisión de informes de acuerdo con las Instrucciones que se dicten a tal efecto. Análisis del tratamiento de las Áreas Transversales en el Proyecto Curricular y en las programaciones de los equipos docentes de los centros a evaluar. Supervisión de las adaptaciones curriculares individualizadas y de las diversificaciones curriculares en los centros de Educación Primaria y de Enseñanza Secundaria que van a ser evaluados. Análisis de las conclusiones más relevantes de las Memorias Finales de los Centros y elaboración de un informe general sobre las mismas. Acreditación para el ejercicio de la función directiva. 138

8 La Inspección Educativa CA PÍTU LO V II Coordinación, asesoramiento y seguimiento de la formación en centros de trabajo de los Ciclos Formativos de Formación Profesional. Supervisión del cumplimiento de la normativa sobre Comedores Escolares. Independientemente de estas actuaciones, para el desarrollo de los Planes citados, la Inspección de Educación de Andalucía ha podido realizar las actuaciones que vienen siendo habituales en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, que figuran en el Decreto 66/1993, de 11 de mayo, y las definidas como tales en los anteriores Planes Generales de Actuación aprobados por la Viceconsejería. Número de visitas realizadas a los centros y servicios Provincia Centros y servicios AL CA CO GR HU JA MA SE TOTAL Otras Actuaciones Relación de tareas Número de Inspectores e Inspectoras adscritos en las mismas AL CA CO GR H J MA SE TOTAL Acreditación Ausencias Becas Áreas Específicas de Trabajo de la Inspección de Educación 4.1. Las Áreas Estructurales Las Áreas Estructurales son elementos canalizadores de la actuación especializada que le asigna a la Inspección de Educación la Ley General de Ordenación del Sistema Educativo. 139

9 Consejo Escolar de Andalucía Informe La Orden de 7 de julio de 1995 desarrolla las funciones. Los contenidos están determinados por las actuaciones que la Consejería de Educación y Ciencia demanda de la Inspección de Educación en relación con los programas educativos, la evaluación del Sistema Educativo, la organización académica, administrativa y de personal de los centros escolares. El procedimiento de actuación y las funciones de los responsables de las Áreas se recogen en los artículos 17 y 18 de la citada Orden con el fin de unificar criterios y rentabilizar el trabajo de los Inspectores e Inspectoras implicados en las mismas. En la tabla que se adjunta se presentan las Áreas Estructurales constituidas actualmente, junto con el número de Inspectores/as que las integran. Relación de Áreas Áreas Estructurales. Curso 1998/99 Número de Inspectores e Inspectoras adscritos en las mismas Al Cá Co Gr Hu Ja Ma Se TOTAL Atención a la diversidad Educación en Valores Educación Permanente Escolarización, Plantillas de Funcionamiento y Plantilla Orgánica Evaluación del Sistema Educativo O rganización A c a d é m i c a, Didáctica y Memoria Informativa Formación Profesional Enseñanzas de Régimen Especial Las Áreas Curriculares Las Áreas Curriculares se organizan con el objetivo de posibilitar la elaboración de instrumentos, proponer criterios de actuación e intervención concreta de las Áreas en los Centros que lo necesiten y para el desarrollo curricular del Sistema Educativo. Sus funciones y su organización se recogen en el artículo 20 de la Orden de 7 de julio de 1995 y responden a la actuación especializada de la Inspección de Educación. 140

10 La Inspección Educativa CA PÍTUL O V II Están integradas por Inspectores/as especialistas en las distintas áreas del currículo y por Inspectores/as especialistas en Pedagogía o Psicología. Esta composición obedece a la necesidad de utilizar las fuentes epistemológicas, psicológicas y pedagógicas en el adecuado tratamiento del currículo. Las Áreas Curriculares son de aplicación a todas las etapas y niveles educativos y están referidas a los ámbitos de conocimiento que se recogen en el cuadro siguiente: Provincia Áreas Curriculares. Curso 1998/99 Número de Inspectores/as adscritos Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla ANDALUCÍA Las Áreas Curriculares con mayor representatividad, por el número de Inspectores/as adscritos a ellas, son: Lengua y Literatura (67), Ciencias Sociales (65) y Ciencias de la Naturaleza (35). Con menor representatividad figuran las Áreas de: Educación Artística (18), Tecnología (17) Matemáticas (14) y Educación Física (12). 5. El acceso a la Función Inspectora En el Decreto 47/1998,de 3 de marzo, el Consejo de Gobierno autoriza al Consejero de Educación y Ciencia a convocar pruebas selectivas para la provisión de plazas del Cuerpo de Inspectores de Educación y es en la Orden de 17 de junio de 1998, en la que se realiza convocatoria pública de concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en las plazas vacantes del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se convocan un total de 50 plazas (48 de acceso libre y 2 de reserva para discapacitados). 141

11 Consejo Escolar de Andalucía Informe

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