Principios del Derecho Laboral
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- Juan Manuel Maestre Peña
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1 Principios del Derecho Laboral
2 Principios del Derecho Laboral Toda disciplina jurídica, para existir, como disciplina autónoma requiere de principios que la sustenten. Eso sucedió con el derecho laboral cuando se desmembró del derecho civil en el siglo XIX. De allí que los Principios del Derecho Laboral cobren vital importancia.
3 Principios del Derecho Laboral Funciones Los principios cumplen una triple función : a) Informadora: inspiran al legislador, y en general, a quienes deben elaborar las normas, sirviendo de fundamento y justificación;
4 Principios del Derecho Laboral b) Integradora: permiten resolver los casos o problemas jurídicos cuando, considerando las reglas existentes, su solución es difícil; c) interpretadora: permiten interpretar las reglas existentes, cuando éstas pueden tener más de un significado.
5 PRINCIPIO PROTECTOR. PLA Rodríguez coloca como el principal al principio protector, cuyo fundamento responde al propósito de nivelar desigualdades. «La idea central en que el derecho social se inspira, nivelando las desigualdades del Empleador respecto al Trabajador»
6 a) Regla in dubio pro operario : En caso de duda sobre el sentido o significado de una norma, el intérprete debe elegir la interpretación más favorable al trabajador. (Se trata de discernir el significado de una norma).
7 b) Regla de la norma más favorable : Existiendo dos o más normas aplicables a una determinada situación, debe optarse por aquella que sea más favorable al trabajador. Se considera que de cada norma debe tomarse aquello que es más favorable al trabajador.
8 c) Regla de la condición más beneficiosa : la aprobación de una nueva norma laboral establece un nivel mínimo de protección, que favorece a quienes no lo gozaban anteriormente, pero no empeora la condición de quienes gozaban, en el plano individual, de una situación más beneficiosa que ese nivel mínimo introducido por la nueva norma.
9 PRINCIPIO DE IMPRESCRIPTIBILIDAD La ley en materia laboral no tiene caducidad no precluye en el tiempo. Reconoce que los derechos laborales y beneficios sociales no se prescriben por la falta de su ejercicio.
10 PRINCIPIO DE SUBORDINACIÓN Y LEALTAD El trabajador deberá acatar las decisiones y ordenes laborales de sus superiores y resguardar todo trabajo de manera confidencial y responsable.
11 PRINCIPIO DE RETRIBUCIÓN Y ASISTENCIA El empleador debe pagar una retribución justa al trabajador por el servicio prestado y brindar las condiciones necesarias para un desempeño satisfactorio.
12 PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS Los derechos laborales que resultan de las distintas fuentes no pueden ser renunciados por el trabajador, entendiendo por renuncia el acto voluntario por el cual una persona se desprende de un derecho.
13 la Indisponibilidad e Imperatividad de los derechos (que no dependen de la voluntad de las partes), el carácter de orden público de las normas laborales (existen intereses generales de la sociedad superiores a los intereses concretos de las partes.
14 PRINCIPIO DE INVERSIÓN DE LA CARGA La ley indica que le corresponde al empleador presentar pruebas de descargo para probar sus afirmaciones, ya que la ley protege al mas débil.
15 PRINCIPPIO DE LA REALIDAD En caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica, y lo que resulta de documentos o acuerdos, debe darse preferencia a lo primero, a los efectos de la aplicación de las normas jurídicas laborales.
16 La demostración de la REALIDAD es lo que debe prevalecer la VERDAD de la Relación Laboral entre el Trabajador y el Empleador.
17 PRINCIPIO DE CONTINUIDAD Reconoce a favor de los trabajadores los beneficios sociales que los empleadores intentan evitar al despedir y recontratar a sus empleados en forma continua.
18 PRINCIPIO DE ESTABILIDAD O INAMOVILIDAD Reconoce que los trabajadores no pueden ser despedidos, sin haber incurrido en una de las causales del Art. 16 de la LGT y el Art. 9 El Derecho del Trabajo tiende a darle estabilidad a la relación laboral, prefiriendo su continuación frente a su terminación.
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20 CARACTERISTICAS DE LA RELACIÓN LABORAL VOLUNTARIEDAD: Es decir voluntario por que el trabajo forzoso (contra voluntad), está excluido. AJENIDAD: Se refiere al trabajo por cuenta ajena
21 PERSONAL (IN TUITO PERSONAE): El servicio es realizado por la propia persona. REMUNERABILIDAD: Todo trabajo debe ser pagado con un salario.
22 DEPENDENCIA: Crea un vínculo entre el empleador y el trabajador-situación de disponibilidad. SUBORDINACIÓN: Debe cumplir y acatar las normas internas del trabajo.
23 QUIENES NO ESTÁN AMPARADOS El personal que dependa del Gobierno Central, cuya remuneración provenga del TGN : Los funcionarios Públicos, Independientes, Policías, Militares
24 OBLIGATORIEDAD DEL SEGURO SOCIAL Toda vinculación jurídico-laboral exige que el trabajador sea afiliado al Seguro Social Obligatorio.
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