REGIMEN DE PERCEPCIONES
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- Eva Bustos Medina
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1 REGIMEN DE PERCEPCIONES
2 Mapa Conceptual Ley :Régimen de Percepciones del IGV Venta Bienes Importación de Bienes Op. Ventas Venta Combustibles RS N y modif. RS N y modif. RS N y modif.
3 Régimen de Percepciones RÉGIMEN DE PERCEPCIONES OPERACIONES DE VENTA: Consiste en un sistema por el cual el vendedor de ciertos bienes, al que se le ha designado como agente de percepción, cobra un importe adicional al precio de venta al comprador (valor de venta más IGV), el que es un anticipo del IGV de las futuras ventas que realice tal cliente o comprador. No es aplicable a las operaciones de venta de bienes inafectos y/o exonerados. 3
4 Definiciones Agente de Percepción: Vendedor de bienes afectos a la percepción, designado por Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas con la opinión técnica de la SUNAT (Arts. 9 y 13 Ley 29173). Se presume que los clientes que compren bienes a los agentes de percepción son contribuyentes del IGV independientemente del comprobante que se les emita. 4
5 Definiciones Cliente: Sujeto que adquiere bienes afectos a la percepción de un agente. Precio de Venta: Suma que incluye el valor de venta y los tributos que graven la operación. El monto de aquella varía en relación al régímen aplicable. 5
6 Normas Generales Oportunidad para efectuar la Percepción Regla General En el momento en que se realice el cobro total o parcial, con prescindencia de la fecha en que se realizó la operación, siempre que a la fecha de cobro el contribuyente mantenga la condición de Agente de Percepción. 6
7 Normas Generales Operaciones en moneda extranjera Se utilizará el tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la SBS publicado en la fecha en que corresponda efectuar la percepción. Si no existe, el último publicado.. 7
8 Percepciones en la venta de bienes Bienes sujetos al Régimen: Se aplica a la venta de bienes gravados con IGV (Apéndice 1 Ley 29173, es referencial). A través de DS (MEF, opinión técnica SUNAT) se puede incluir o excluir bienes, según capítulos Arancel de Aduanas. No se aplica a venta de bienes exonerados o inafectos del impuesto. 8
9 Percepciones en la venta de bienes Operaciones excluidas de la percepción Se EXCLUYEN las siguientes operaciones: 1. Cuando se cumpla en forma concurrente que: Se emita C.P. que otorgue crédito fiscal. El cliente sea Agente de Retención o figure en Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV (Condición Habido, Estado Activo). 2. Realizadas con consumidores finales. 3. El retiro de bienes considerado como venta. 9
10 Percepciones en la venta de bienes Operaciones excluidas de la percepción Se EXCLUYEN las siguientes operaciones: 4. Efectuada a través de la Bolsa de Productos. 5. En las operaciones en las que haya operado el SPOT. 6. Venta de gas licuado de petróleo, despachado a vehículos de circulación por vía terrestre a través de dispensadores autorizados por DGH del MEM. 10
11 Percepciones en la venta de bienes Importe de la percepción: Precio de Venta: Valor de venta + tributos que graven la operación. Incluye pagos parciales. 0.5 % Se emita C de P que permita ejercer el derecho a crédito fiscal; y El cliente figure en Listado de clientes que podrán estar sujetos al 0.5% de percepción del IGV. 1% 2% Materiales de construcción (num Apéndice, sismo ) En todos los demás casos. 11
12 Percepciones en la venta de bienes Comprobante de Percepción El Agente de Percepción entregará a su cliente un Comprobante de Percepción, el cual tendrá ciertos requisitos formales 12
13 Percepciones en la venta de bienes Comprobante de Percepción Comproba nte Percepción Cuando se cancele al contado el precio de venta y el importe de la percepción, no habrá necesidad de emitir el Comprobante de Percepción, debiendo añadir al C.P. emitido los siguientes datos: La frase Comprobante de Percepción Venta interna Nombre o razón social del cliente Tipo y núm. documento. Monto total cobrado, incluida la percepción Importe de la percepción. 13
14 Percepciones en la venta de bienes Declaración y pago del Agente de Percepción El agente de percepción declarará el monto total de las percepciones practicadas en el período y efectuará el pago respectivo, utilizando el PDT- Agentes de Percepción, Form El agente de percepción no podrá compensar los créditos tributarios que tenga a su favor contra los pagos que tenga que efectuar por las percepciones realizadas. 14
15 Percepciones en la venta de bienes Declaración del cliente El cliente presentará el PDT- IGV Renta mensual, Formulario 621, donde consignará el impuesto que se le hubiera percibido, deduciendo del tributo a pagar. 15
16 Percepciones en la venta de bienes Cuentas y Registro de Control El AGENTE DE PERCEPCIÓN abrirá en su contabilidad una cuenta denominada IGVpercepciones por pagar. IGV -percepciones por pagar pago a Sunat de percepciones importe percibido a clientes Además deberá llevar un Registro del Régimen de Percepciones 16
17 Cuentas y Registros de Control Percepciones en la venta de bienes El CLIENTE abrirá en su contabilidad una subcuenta denominada IGV- Percepciones por Aplicar, dentro de la cuenta Impuesto General a las Ventas. IGV -percepciones por aplicar percepciones efectuadas aplicaciones contra el IGV a pagar Devoluciones
18 Procedimiento General Agente de percepción: Vende un bien gravado con IGV y cobra al cliente un importe adicional. Factura por la venta Valor venta : 84 IGV (19%) : Total : 100 Percep. 2%: A pagar : 102 Pago de la operación Total : 102 Cliente: cuando paga, se le percibe el IGV que debería pagar por la venta futura del bien adquirido. Comprobante de Percepción Importe percepción: 2 PDT 697 Declara y paga S/. 2 al vencimiento PDT 621 Deduce S/. 2 del IGV determinado a pagar en la declaración pago
19 Comprobante de percepción
20 Régimen de Percepciones en la venta Ámbito de aplicación: de combustibles La adquisición de combustibles líquidos derivados del petróleo, por el cual el agente de percepción recibirá de su cliente un monto adicional al valor de venta, por concepto del IGV que este último causará en sus operaciones futuras. El cliente que adquiera los combustibles está obligado a aceptar la percepción establecida. 20
21 Percepciones en la venta de combustibles Definiciones particulares: Agente de Percepción: Todo aquel sujeto que actúa en la comercialización de combustibles líquidos derivados del petróleo. Cliente: Todo aquel sujeto que adquiera de un agente de percepción cualquiera de los combustibles líquidos derivados del petróleo, excepto: Otro agente de percepción. Consumidor directo (con registro en DGH). Consumidor Final. 21
22 Percepciones en la venta de Definiciones particulares: combustibles COMBUSTIBLES LIQUIDOS DERIVADOS DELPETRÓLEO: Los señalados en el numeral 4.2 del art. 4º del Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros Productos derivados de los Hidrocarburos aprobado por D.S EM. Excepción: GLP = Gas Licuado de Petróleo. 22
23 Percepciones en la venta de combustibles Importe de la percepción: 1% sobre el Precio de Venta (= Valor de venta + tributos que graven la operación). Tratándose de pagos parciales el porcentaje de percepción se aplicará sobre el importe de cada págo 23
24 Percepciones en la venta de combustibles Comprobante de Percepción El Agente de Percepción entregará a su cliente un Comprobante de Percepción, el cual tiene ciertos requisitos legales. 24
25 Percepciones en la venta de combustibles Comprobante de Percepción Comprobante Percepción Cuando se cancele al contado el precio de venta y el importe de la percepción, no habrá necesidad de emitir el Comprobante de Percepción, debiendo añadir al C.P. emitido los siguientes datos: La frase Comprobante de Percepción Nombre o razón social del cliente Monto total cobrado, incluida la percepción Importe de la percepción. 25
26 Percepciones en la venta de combustibles Declaración y pago del agente de percepción El agente de percepción declarará el monto total de las percepciones practicadas en el período y efectuará el pago respectivo, utilizando el PDT- Agentes de percepción, formulario 633. El agente de percepción no podrá compensar los créditos tributarios que tenga a su favor, contra los pagos que tenga que efectuar por las percepciones realizadas. 26
27 Percepciones en la venta de combustibles Declaración del cliente El cliente presentará el PDT- IGV-Renta mensual, formulario 621, donde consignará el impuesto que se le hubiera percibido, deduciendo el tributo a pagar. 27
28 Percepciones en la venta de combustibles Cuentas y Registro de Control El AGENTE DE PERCEPCIÓN abrirá en su contabilidad una cuenta denominadad IGVpercepciones por pagar. IGV -percepciones por pagar pago a Sunat de percepciones importe percibido a clientes Además deberá llevar un Registro del Régimen de Percepciones 28
29 Percepciones en la venta de combustibles Cuentas y Registro de Control El CLIENTE abrirá en su contabilidad una subcuenta denominadada IGV-Percepciones por Aplicar, dentro de la cuenta Impuesto General a las Ventas. IGV -percepciones por aplicar percepciones efectuadas aplicaciones contra el IGV a pagar Devoluciones 29
30 Régimen de Percepción - Importación de Ámbito de aplicación: Bienes Se aplica a la importación definitiva de bienes gravados con IGV. Si la importación estuviese exonerada o inafecta del IGV, no estará sujeta a percepción. Se considera importador a todo aquel sujeto que realice operaciones de importación definitiva de bienes gravados con IGV. 30
31 Percepción a la importación de bienes Operaciones excluidas: Se EXCLUYEN las siguientes importaciones: Derivadas de importación temporal o admisión temporal. Muestras y obsequios sin valor comercial <$1,000 Mediante Reglamento de Equipaje o menaje de casa. Efectuada por Agente de retención del IGV. Efectuada por Sector Público Nacional (excepto empresas). 31
32 Percepción a la importación de bienes Operaciones excluidas: Se EXCLUYEN las siguientes importaciones: Ciertas partidas arancelarias (productos agrarios, ganaderos, industriales, entre otros). Mercancías consideradas envíos de socorro. Al amparo de Ley de Amazonia Ley N Efectuada por Org. Internac. acreditados ante SUNAT mediante Constancia del MRE. 32
33 Percepción a la importación de bienes Monto de la percepción. 10% 5% 3.5 % No habido. Notificación de baja. Suspensión temporal de actividades No consignar RUC en la DUA. Quien realice por primera vez un operación y/o régimen aduanero. No afecto IGV. Cuando se importen bienes usados. Los demás casos. 33
34 Percepción a la importación de bienes Oportunidad de la percepción. La SUNAT efectuará la percepción del IGV con anterioridad a la entrega de mercancías, con prescindencia de la fecha de nacimiento de la obligación tributaria en la importación. Tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha de numeración de la DUA o DSI. 34
35 Percepción a la importación de bienes Comprobante de Percepción Comprobante Percepción La SUNAT emitirá una Liquidación de Cobranza Constancia de Percepción por el monto de la percepción que corresponda, expresada en moneda nacional 35
36 Percepción a la importación de bienes Declaración y pago del agente de percepción La SUNAT se encuentra exceptuada de presentar la declaración por las percepciones que hubiera efectuado, sin perjuicio de cumplir con el pago de los montos percibidos, a través del Sistema Pago Fácil. 36
37 Percepción a la importación de bienes Declaración del cliente El cliente presentará el PDT-IGV-Renta mensual, formulario 621, donde consignará el impuesto que se le hubiera percibido, deduciendo el tributo a pagar. 37
38 Percepción a la importación de bienes Cuentas y Registro de Control El CLIENTE abrirá en su contabilidad una subcuenta denominada IGV-Percepciones por Aplicar, dentro de la cuenta Impuesto General a las Ventas. IGV -percepciones por aplicar percepciones efectuadas aplicaciones contra el IGV a pagar Devoluciones 38
39 Percepción del IGV Aplicación de las Percepciones El cliente o importador deducirá del Impuesto a pagar las percepciones que le hubieren efectuado hasta el último día del período al que corresponde la declaración. Si no existieran operaciones gravadas o si éstas resultaran insuficientes para absorver las percepciones que le hubieran practicado, el exceso se arrastrará a los períodos siguientes hasta agotarlo, pudiendo ser materia de COMPENSACIÓN con otra deuda tributaria. 39
40 Percepción del IGV Devolución de las percepciones El cliente o importador podrá solicitar la devolución de las percepciones no aplicadas que consten en la declaración del IGV, siempre que hubiera mantenido un monto no aplicado en un plazo no menor de 3 períodos consecutivos. 40
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