PROGRAMA DE TRANSPORTE ESTUDIANTIL CURSO LECTIVO 2018

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1 PROGRAMA DE TRANSPORTE ESTUDIANTIL CURSO LECTIVO 2018 GUÍA DE TRÁMITES TRANSPORTE POR DISCAPACIDAD Discapacidad es un término general que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones de la participación son problemas para participar en situaciones vitales. Por consiguiente, la discapacidad es un fenómeno complejo que refleja una interacción entre las características del organismo humano y las características de la sociedad en la que vive Fuente: Organización Mundial de la Salud

2 Contenido I. INTRODUCCION... 2 II. PRESENTACION DE LA SOLICITUD... 3 Paso 1 Selección de Beneficiarios:... 3 Paso 2 Selección del Tipo de Trámite a realizar:... 6 Información general del SISTEMA DE TRANSPORTE ORDINARIO III. ASPECTOS IMPORTANTES A CONSIDERAR IV. CONTACTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE ESTUDIANTIL

3 I. INTRODUCCION El Programa de Transporte Estudiantil brinda beneficios económicos a favor de los estudiantes que requieran ayuda para trasladarse al Centro Educativo en el que cursan sus estudios, siendo que se les dificulta su traslado por su condición socioeconómica, distancia al centro educativo público y acceso de las comunidades a los medios de transporte público. El beneficio es brindado a solicitud del Centro Educativo como un mecanismo para garantizar el derecho fundamental a la educación, en el marco del PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, mediante instrumentos de equidad que permitan avanzar hacia una cobertura universal de acceso y permanencia a un sistema educativo público de calidad. El subsidio para estudiantes con necesidades educativas especiales consiste en una transferencia de dinero que realiza el Ministerio de Educación Pública a la Junta de Educación o Administrativa del centro educativo y que ésta posteriormente entrega la ayuda económica a los estudiantes beneficiarios para que cubran sus necesidades de transporte a la institución educativa. Dicha población estudiantil posee particularidades especiales que deben ser valoradas dadas sus condiciones físicas y cognoscitivas que requieren una formación y atención especial en la institucionalidad educativa pública. El programa actualmente se encuentra regido por el Decreto Nº MEP: Reglamento del Programa de Transporte Estudiantil en los centros educativos públicos, emitido y publicado en la Gaceta Nº 3 del 06 de enero del El mismo consiste en un programa social de tipo selectivo (no es universal), es decir, el programa se brinda únicamente a estudiantes que realicen la solicitud y que cumplan con los requisitos establecidos en dicho Reglamento. Con la presente guía se tiene por objetivo orientar a los centros educativos involucrados en el proceso de realizar solicitudes de subsidios de transporte estudiantil para estudiantes con necesidades educativas especiales, en el funcionamiento del programa y proporcionar información necesaria respecto a los formularios establecidos para la presentación de los distintos trámites, así como los pasos para el llenado de los mismos. Por ende, se recomienda leerla en forma completa antes de iniciar con el llenado de los Formularios, para presentar la solicitud. 2

4 II. PRESENTACION DE LA SOLICITUD Para la presentación de la solicitud el centro educativo deberá seguir los siguientes pasos: Paso 1 Selección de Beneficiarios: En primer lugar el centro educativo deberá verificar que el estudiante cumpla con los requisitos que lo califican como posible beneficiario del programa de transporte estudiantil, los cuales se encuentran establecidos en el Artículo 3 del Reglamento de Transporte Estudiantil para Centros Educativos Públicos y la normativa aplicable. Artículo 3º Únicamente podrán ser beneficiarios del Programa de Transporte Estudiantil, los estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos: a) Estar matriculado en el sistema educativo formal y público en sus diferentes modalidades y especialidades, o en Educación Diversificada. b) Presentar una condición socioeconómica de pobreza, vulnerabilidad o exclusión social. Para la determinación de lo anterior se deberá aplicar el instrumento para la valoración de la situación socioeconómica del estudiante, designado por el Departamento de Transporte Estudiantil y el cual se encuentra disponible en los centros educativos. c) Vivir a una distancia no menor de 3 Kilómetros del lugar de residencia al centro educativo en donde cursará sus estudios. En casos excepcionales el Departamento de Transporte Estudiantil podrá autorizar por razones de seguridad e integridad de los estudiantes el otorgamiento de los beneficios a aquellos que residan a una distancia menor de 3 Kilómetros, en este caso se deberá rendir un informe técnico el cual se deberá elaborar dentro del plazo de 2 meses después de la presentación de la gestión por parte del centro educativo. d) Asistir a la institución educativa más cercana a su lugar de residencia o al centro educativo que por las circunstancias de accesibilidad sea más idóneo de conformidad con el criterio técnico del Departamento de Transporte Estudiantil. En cuanto al apartado c) es necesario indicar que se tomaran en consideración aquellos casos que por las condiciones propias o padecimientos médicos atribuidos al estudiante, ameriten una distancia menor a la establecida. Por ende el Director del centro educativo deberá justificar y aportar lo necesario para comprobar la excepción a éste requerimiento (Ver paso 2). En el caso del inciso d) el director del centro educativo tiene la posibilidad de demostrar en la solicitud, que el estudiante a pesar de tener otros centros educativos más cercanos, requiere particularmente esté matriculado en su centro, por cuanto la oferta académica y la formación o atención especial que el mismo requiere la encuentra en su centro educativo. (Ver paso 2). Además, para ambos incisos el Departamento de Transporte Estudiantil podrá autorizar excepciones, para lo cual los centros educativos deberán adjuntar los documentos correspondientes detallados más adelante en el paso 2 de esta guía. Para la constatación de los requisitos supra citados, sin excepción, el Centro Educativo (Director y Comité de Apoyo), deberá generar la aplicación del Formulario de solicitud del beneficio de transporte estudiantil (Ficha Socioeconómica), la cual deberá ser entregada a los padres de familia de aquellos 3

5 estudiantes que deseen solicitar el beneficio, con tiempo suficiente para que estos lo completen y entreguen al centro educativo para su debido análisis. Se sugiere establecer una fecha límite y comunicarla a los padres de familia, con el fin de que estos entreguen los formularios de ficha socioeconómica completos, junto a los documentos de respaldo que se indican en el punto 11 de la misma. Se recomienda que sean entregadas con anticipación a las fechas establecidas para la recepción de las solicitudes que se presentarán ante el Departamento de Transporte Estudiantil puntual y oportunamente. La Ficha Socioeconómica debe indicar la fecha en que se elabora, así como completar toda la información que se solicita en su última página. Se recuerda que el Formulario de Ficha Socioeconómica se encuentra en formato PDF en la página electrónica Una vez que el padre de familia o estudiante mayor de edad llene el formulario de solicitud del beneficio o ficha socioeconómica, deberá entregarlo al centro educativo, para que el comité de transporte estudiantil o becas realice la respectiva revisión del mismo y el cálculo del ingreso per cápita. Información que le permitirá al centro educativo identificar junto con los demás requisitos si el estudiante califica o no para poder optar por el beneficio. El director(a) deberá revisar, firmar y sellar las fichas socioeconómicas e indicar en el punto 10 de la misma, si el estudiante cumple con la condición socioeconómica (POBREZA EXTREMA-POBREZA- VULNERBABILIDAD) que lo faculta como postulante al beneficio. NOTA: Es importante aclarar que aquellos estudiantes que sean catalogados en condición NO POBRE, no podrán ser beneficiarios del programa, por lo tanto no deberán ser incluidos en ningún formulario. El monto de ingreso per cápita del estudiante debe calcularlo el Centro Educativo con la información de la Ficha Socioeconómica según se indica en el apartado 8 de dicho Formulario (ingreso total dividido entre el número de personas que residen junto con el estudiante). Este dato permitirá posicionar al estudiante en una condición de pobreza extrema, pobreza, vulnerabilidad o no pobre. Deben tomar en consideración si la zona donde se encuentra ubicado el centro educativo es rural o urbana, debido a que el máximo permitido varía según la zona. 4

6 CUADRO DE MEDICIÓN DE LA LINEA DE POBREZA INGRESO PER CÁPITA Fuente: FONABE, 2017 NOTA: La información del cuadro anterior corresponde al período 2017, el cuadro de medición de la línea de pobreza para el 2018 se estará publicando aproximadamente en el mes de febrero o marzo, por lo tanto se recomienda estar pendientes de cualquier actualización. Sin embargo de momento deben tomar en cuenta los parámetros referenciales del cuadro supra indicado. Expediente Administrativo del beneficiario que debe resguardar el centro educativo: El centro educativo deberá elaborar y custodiar un expediente físico de cada beneficiario que solicite el beneficio de transporte estudiantil el cual debe contener: Ficha Socioeconómica-Formulario de Solicitud del Beneficio de Transporte Estudiantil. Fotocopias legibles de cédula de identidad, ambos lados de solicitante si es mayor de edad. Si es menor de edad copia de la tarjeta de menor y copia de la cédula de identidad del padre, madre o persona encargada. Constancia de salario o Declaración Jurada por Cuenta Propia que consigne el ingreso BRUTO y NETO de cada uno de los miembros del grupo familiar que sean asalariados o perciban ingresos. Constancia de ingresos por concepto de pensiones del Estado tales como orfandad, viudez, invalidez, vejez, jubilación entre otros. En caso de no vivir con alguno de los padres y estar legalmente reconocido presentar constancia de recibir pensión alimentaria judicial. En caso de contar con una pensión voluntaria adjuntar carta indicando el monto recibido mensualmente. En caso de desempleo reciente de un miembro del grupo familiar presentar constancia de liquidación. 5

7 Constancia de beca de los miembros del grupo familiar que sean estudiantes y cuenten con alguna beca, emitida por la institución educativa. Debe indicar tipo de beca y en caso de recibir ayuda económica debe indicar el monto mensual. En caso de las deducciones salariales fuera de ley, aportar constancias que comprueben y expliquen las mismas (embargo salarial, pensiones alimenticias, otros). En caso de que el solicitante o la fuente de ingresos presente alguna discapacidad o enfermedad crónica severa, aportar certificado médico que así lo indique. Documentos que den información relevante acerca de situaciones particulares vividas actualmente por el grupo familiar como: medidas de protección por violencia intrafamiliar, resguardo de un menor de edad, trámites de pensión alimentaria, actas de defunción entre otros. Las fichas socioeconómicas deben ser actualizadas año con año, incluyendo a los estudiantes que ya cuentan con el beneficio y se van a prorrogar, indicando si el beneficio fue aprobado o no, la fecha y firma del Director(a). Ya que el beneficio es anual y las condiciones que originaron la aprobación del beneficio pueden variar de un año a otro (por ejemplo cambio de residencia o mejor ingreso salarial, traslado, deserción o conclusión de estudios). Los expedientes de los estudiantes que lleguen a ser beneficiarios deberán permanecer en resguardo del centro educativo y deberán presentarse ante al Departamento de Transporte Estudiantil, únicamente cuando así este lo considere pertinente y lo solicite por escrito. Además, de lo indicado se debe aplicar el procedimiento establecido en el Artículo 4 del Reglamento del Programa de Transporte Estudiantil en los Centros Educativos Públicos. Paso 2 Selección del Tipo de Trámite a realizar: A partir del Curso Lectivo 2018, el Depto. de Transporte Estudiantil pone a disposición de los centros educativos un SISTEMA para ingresar los beneficiarios y demás información relacionada del Programa de Transporte Estudiantil tanto de rutas adjudicadas, rutas de subsidio regulares, así como rutas de subsidio de discapacidad. Por lo que los Directores deben ingresar la información que el SISTEMA solicita. De ahí que el procedimiento para prorrogar y solicitar nuevos beneficiarios cambia sustancialmente. 6

8 1. Prórrogas o Regular Discapacidad (Únicamente para centros educativos con números de subsidio o ruta autorizados): Este tipo de trámite consiste en solicitar al Departamento de Transporte Estudiantil mantener la cantidad de cupos previamente autorizados, para lo cual se debe ingresar al Sistema de TRANSPORTE REGISTRO ORDINARIO, en la Dirección electrónica: El Depto. de Transporte Estudiantil remitirá a los centros educativos que ya son beneficiarios de un subsidio de transporte por discapacidad o de transporte regular un correo electrónico a la cuenta del Correo MEP Oficial, con el usuario y la contraseña para ingresar los datos. Como son rutas o subsidios de DISCAPACIDAD, las posibilidades de registro en el tipo de beneficiario son dos: REGULAR DISCAPACIDAD POSTULANTE DISCAPACIDAD Para PRORROGAR los beneficiarios de transporte por discapacidad en los subsidios que previamente fueron autorizados y comunicados por el Depto. de Transporte Estudiantil, se van a ingresar los datos de los estudiantes que ya cuentan con el subsidio, y en el tipo de beneficiario elegiremos REGULAR DISCAPACIDAD. Esto hasta completar los cupos que ya tiene autorizados el subsidio o ruta. CERTIFICACIÓN DE INFORMACIÓN INCLUIDA EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE ORDINARIO TRANSPORTE POR DISCAPACIDAD" Este documento tiene como objetivo que el Director del centro educativo, certifique la información incluida en el SISTEMA DE TRANSPORTE ORDINARIO. Y deberá llenarse y remitirse al Depto. de Transporte Estudiantil una vez finalizado el proceso de inclusión de datos. La misma puede ser remitida en físico a las oficinas del Depto. de Transporte Estudiantil, o escaneada al correo electrónico: dtediscapacidad@mep.go.cr. Las mismas serán recibidas únicamente en el periodo de recepción de trámites. Cualquier certificación remitida fuera del plazo de recepción, NO SE DARÁ POR RECIBIDA, aunque haya sido remitida mediante correo electrónico. Se recuerda que todos los centros educativos que ya dispongan de uno o varios subsidios debidamente numerados y autorizados por el Departamento de Transporte Estudiantil, podrán realizar el proceso de SUSTITUCIONES. De esta forma cuando alguno de los estudiantes beneficiarios autorizados del Programa (por ejemplo en el periodo lectivo 2017) hubiese desertado, 7

9 trasladado a otro centro educativo, egresado, fallecido, y demás, el cupo liberado podrá ser utilizado por el centro educativo, para otorgarle automáticamente el beneficio a otro estudiante de nuevo ingreso, que cumpla con los requisitos estipulados. Por ende el nuevo estudiante empezará a disfrutar del beneficio a partir del día en el cual el cupo fue liberado. Las sustituciones podrán darse desde inicio del Curso Lectivo o bien durante el transcurso del mismo, siempre y cuando se liberen cupos de los autorizados, proceso que deberá indicar el centro educativo al Departamento de Transporte Estudiantil, una única vez al año en los primeros meses mediante la carga de la información en el SISTEMA DE TRANSPORTE REGISTRO ORDINARIO. Cualquier sustitución que se presente en un periodo posterior a la carga de datos deberá manejarse como un proceso interno (es decir que no será necesario esperar aprobación por parte del Dpto. de Transporte Estudiantil) del Centro Educativo (siempre cumpliendo con lo estipulado por la normativa) y del cual tendrá responsabilidad el Director o Directora del mismo. Una vez completada la información en el SISTEMA de los estudiantes indicados como REGULAR DISCAPACIDAD, de detectarse una cantidad menor de estudiantes a la previamente autorizada (es decir que el centro educativo no contaba con estudiantes de nuevo ingreso para poder realizar sustituciones), se tomará por entendido que es necesario realizar una DISMINUCIÓN en la cantidad de beneficiarios, y por ende una disminución en el presupuesto autorizado. De generarse disminución en la cantidad de estudiantes autorizados (debido a traslados, deserción, egresados, y demás) posterior al periodo de carga de datos, y de no existir estudiantes de nuevo ingreso con los cuales realizar sustituciones, el Centro Educativo deberá manejarlo como un proceso interno e indicar la exclusión de dichos estudiantes a la Junta Administrativa o de Educación, para el cese de los depósitos, la misma deberá mantener el saldo como un remanente y generar en coordinación con el Tesorero - Contador el respectivo reintegro al Fondo General de Gobierno. Así mismo, el centro educativo realizará la respectiva notificación de dichas disminuciones al Dpto. de Transporte Estudiantil hasta el periodo lectivo siguiente en la próxima entrega anual de prórroga. La presentación de las prórrogas deberá realizarse una vez cada principio de año (según las fechas y forma estipuladas para esos efectos), con la finalidad de que el Departamento de Transporte Estudiantil disponga de información actualizada para el inicio del Curso Lectivo y para la constatación de que los cupos otorgados disponen de beneficiarios que justifiquen la continuidad de los depósitos. 8

10 2. Nuevos Ingresos en números de ruta o subsidios existentes En el caso de los Centros Educativos con transporte para estudiantes con necesidades educativas especiales autorizados, este trámite se realiza cuando una vez completos todos los cupos previamente autorizados (inclusive habiendo realizado sustituciones), todavía persiste la necesidad de beneficiar una cantidad mayor de estudiantes (es decir el centro educativo solicitará se le asigne más presupuesto), para lo cual deberá realizar el respectivo proceso de selección de beneficiarios previamente detallado. Una vez que el centro educativo determine quienes son los beneficiarios de nuevo ingreso, deberá ingresar al SISTEMA DE TRANSPORTE ORDINARIO, para ingresar los datos de los estudiantes. En el tipo de beneficiario se deberá seleccionar POSTULANTE DISCAPACIDAD. Para este trámite también deberán remitirse mediante correo electrónico o de manera física en las Oficinas del Depto de Transporte Estudiantil, los siguientes documentos: Dictamen Médico de cada uno de los estudiantes. En caso de que la necesidad educativa sea cognitiva o intelectual y que el estudiante no disponga de un dictamen médico, el director del centro educativo deberá confeccionar un oficio explicando ampliamente el tipo de necesidad educativa que requiere el estudiante y que el centro educativo le brinda. En el caso de que se necesite se realice algún tipo de excepción a los incisos c) y d) de los requisitos del Articulo 3 supra citados, se deberá adjuntar: Cuando el estudiante presente una discapacidad que le impida recorrer distancias menores a los 3 kilómetros, el Director del Centro Educativo deberá remitir junto con el trámite un oficio que indique ampliamente la imposibilidad de cumplir con el requisito estipulado (inciso c supra citado) y deberá describir el tipo de condición médica (debe tener dictamen médico sin excepción) que justifica la solicitud. En el caso de que un estudiante asista a un centro educativo que no es el más cercano a su lugar de residencia (inciso d supra citado), el director del centro educativo o bien el equipo itinerante de la Dirección Regional de Educación correspondiente podrá emitir un documento que justifique el traslado del estudiante a ese centro educativo y deberá indicarse ampliamente cuales son los servicios especiales y diferenciados que dicho centro educativo le brinda. En cuanto a ambos incisos se dispone también de las excepciones presentes en las Circulares DVM-A y DVM-A , las cuales establecen la presentación 9

11 de una serie de documentos que prueben y justifiquen la necesidad que origina la excepción a solicitar. En el caso de que el estudiante se encuentre matriculado en un centro educativo y se traslade a una segunda institución educativa para recibir algún tipo de terapia, de ser el primer centro educativo en el cual el estudiante se encuentre debidamente matriculado es este el que debe realizar el debido proceso de verificación de requisitos y la respectiva solicitud, sin embargo, al verificarlos deberá tener presente las características con respecto a ambos centros educativos, es decir que de no cumplir requisitos para recibir el beneficio por este centro educativo pero si por el otro, el Director que realiza la solicitud deberá emitir un oficio justificando el incumplimiento de requisitos para con su centro educativo, especificando que el cumplimiento de requisitos se da para el centro educativo donde recibe la terapia. Sin embargo, el centro educativo que realizó la gestión deberá coordinar con la institución que imparte la terapia para verificar que el estudiante realmente está asistiendo y por ende utilizando el beneficio para el fin, información que deberá certificar el centro educativo que brinda la terapia a la institución con la matricula formal. NOTA: Para solicitar NUEVOS INGRESOS, si ya se cuentan con subsidios previamente autorizados se debe haber completado la información en el SISTEMA DE TRANSPORTE ORDINARIO, de lo contrario no se dará trámite a la solicitud de nuevos ingresos hasta que se complete la información en el SISTEMA. De lo contrario el trámite quedará rechazado. 3. Nuevos Ingresos sin número de ruta existente o centros educativos que solicitan por primera vez ingresar al Programa Este trámite lo realizarán los centros educativos que NO cuenten con un subsidio ya autorizado de TRANSPORTE POR DISCAPACIDAD o que el monto diario a solicitar no coincida con alguno de los montos que ya están autorizados en algún número de subsidio o ruta. También deberán llenarlo los centros educativos que deseen ingresar al Programa por primera vez para subsidios de discapacidad. Para estos efectos deberá llenarse el FORMULARIO DE NUEVOS INGRESOS DISCAPACIDAD PARA CENTROS SIN RUTA EXISTENTE (FORMULARIO #1) En caso de contar con estudiantes que necesiten montos distintos, los postulantes deberán agruparse por monto (sin importar el lugar de procedencia) y realizar un formulario distinto dependiendo de cada monto. 10

12 El monto máximo diario para el 2018 es de De requerirse un monto inferior el Director deberá indicarlo en el apartado de costo de transporte. Para el establecimiento del monto a indicar en el respectivo formulario, el Director o Directora del centro educativo tendrá la potestad, de ser necesario, solicitar al padre de familia cualquier documento que certifique dicha información o bien solicitarle firmar una declaración jurada que indique como viajará el estudiante y cuánto es el costo del servicio por día (ida y regreso). LLENADO DEL FORMULARIO DE NUEVOS INGRESOS Este formulario debe ser llenado cuando se necesite solicitar una nueva ruta o subsidio o bien cuando se desee solicitar la aprobación por primera vez. Consta de cuatro partes: 1. Información del Centro Educativo: En este espacio deberán indicarse datos generales del centro educativo. Así como datos de contacto funcionales que permitan al Departamento de Transporte Estudiantil contar con la información necesaria para realizar la respectiva notificación sobre la resolución de la solicitud. Fecha de elaboración: FORMULARIO #1: SOLICITUD DE NUEVOS INGRESOS DISCAPACIDAD UNICAMENTE PARA CENTROS EDUCATIVOS SIN SUBSIDIO O RUTA EXISTENTE Intrucciones: Este formulario debe utilizarse únicamente para incluir estudiantes sin ruta o subsidio autorizado o centros educativos nuevos por ingresar al Programa (VER GU ÍA). 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL CENTRO EDUCATIVO A. Nombre del Centro Educativo: G. Circuito: B. Código Presupuestario: H. Teléfono CE: C. Dirección Regional de Educación: I. Fax CE: D. Nombre Director (a): F. Correo Electrónico oficial Centro Educativo: E. Correo Electrónico oficial Director: 2. Información General de la Solicitud: Deberá indicarse la cantidad total de estudiantes a solicitar, de contar la solicitud con varias páginas se deberá totalizar cuantos postulantes se incluyeron en listados. Es importante anotar el costo diario del servicio a utilizar, monto total ida y vuelta, el cual deberá ser justificado tal y como se solicitó en el paso 2. Además, se deberá marcar con una X el tipo de zona en el cual se encuentra ubicado al centro educativo. 11

13 3. Datos de los Solicitantes: En este apartado se deberá indicar toda la información correspondiente a los datos del estudiante que solicitan el beneficio, a continuación se presenta un ejemplo: Con respecto a las casillas establecidas se detallan a continuación: Cédula de Identidad o Pasaporte del estudiante: La misma deberá tener 9 dígitos como mínimo y el formulario se encuentra pre determinado para realizar la separación de la misma con guiones, ejemplo , en caso de cédula de residente o pasaporte se debe anotar todas las letras y números que tengan asignadas. Cuando el estudiante sea extranjero y se encuentre indocumentado en el número de cédula deberá indicar INDOCUMENTADO (de cumplir requisitos podrá igualmente ser tomado en cuenta, sin embargo el centro educativo deberá instar a los estudiantes a que tengan su condición migratoria al día). Se recomienda revisar cada cédula, ya que al contar la celda con un formato pre terminado de la siguiente forma , de contar la cédula con menos dígitos, el formulario automáticamente podría variar la cifra indicada e incluirla en forma distinta a lo que se desea plasmar. Primer Apellido: Se debe anotar el primer apellido del estudiante y los nombres deberán posicionarse en ORDEN ALFABÉTICO, de contar con varias páginas, se deberán ordenar alfabéticamente por la cantidad total de beneficiarios (y no por página). De no ordenarse por orden alfabético, podría ser motivo de rechazo del trámite. Segundo Apellido: En este espacio se deberá indicar el segundo apellido del estudiante. Nombre del Estudiante Beneficiario: Anotar el nombre completo del estudiante declarado como beneficiario por el centro educativo. Distancia en kilómetros de su lugar de residencia al centro educativo: en esta casilla el centro educativo deberá certificar a cuanta distancia vive el estudiante con respecto al centro educativo, la misma se encuentra pre determinada para que al anotarse un número sea entero o con decimales (máximo dos decimales), el signo de KM aparezca automáticamente. Es decir que la casilla esta predeterminada para que se escriba únicamente en kilómetros y no en metros o cualquier otro tipo de medida. Tipo de Discapacidad: En esta casilla se deberá anotar el tipo de necesidad educativa especial. De las cuales se autorizan a ser tramitadas: Motora o física: limitaciones permanentes del sistema neuromuscular (posturales, de desplazamiento, coordinación de movimientos, expresión oral. Intelectual o cognitiva: limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual como en la conducta adaptativa (anomalía en proceso de aprendizaje). 12

14 Congénita: se manifiesta desde el nacimiento (por un trastorno ocurrido durante el desarrollo embrionario, durante el parto, o como consecuencia de un defecto hereditario). Visual: limitación de la función visual debido a causas congénitas o adquiridas. Ya sea ceguera o pérdida parcial de la visión que dificulta orientación y desplazamiento. Auditiva: disminución de la función auditiva que tiene implicaciones en el desarrollo comunicativo, social y el aprendizaje de la lengua escrita. Pérdida total o muy severa. Trastornos Generalizados del Desarrollo: Aparecen generalmente en la primera infancia. (ej: autismo infantil, autismo atípico, síndrome de Rett y el síndrome de Asperger). Monto del Ingreso per cápita: En la última casilla es necesario se anote el MONTO de ingreso per cápita de cada uno de los estudiantes, calculado por el centro educativo obtenido de la Ficha Socioeconómica (Formulario de Solicitud del Beneficio de Transporte) y solo incluir los estudiantes que se encuentran dentro de los parámetros de calificación (pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad). En el caso de que algún estudiante provenga de un núcleo familiar en donde no existan ingresos por motivos de desempleo del encargado legal, se deberá indicar en la casilla 0 (en formato numérico). NOTA: Este formulario está establecido para contar con un máximo de 20 nombres por página, de disponer de una mayor cantidad de cupos, deberán llenar tantas páginas como cantidad de estudiantes beneficiarios se disponga, cada página deberá ser debidamente firmada y sellada por el Director del Centro Educativo y Comité de Transporte Estudiantil. 4. Firma del Responsable: En este espacio el Director o Directora del centro educativo deberá completar la información con su nombre completo, número de cédula, certificar mediante su firma y el sello de la institución que la información adjunta cumple con lo establecido en la respectiva normativa. 13

15 De no contar la institución con un director debidamente nombrado, se permite que el formulario sea firmado únicamente por el Supervisor o Supervisora de Circuito, para lo cual el centro educativo deberá re-editar la leyenda de la siguiente forma en mi condición de Supervisor(a) de circuito al cual pertenece el centro educativo Firma y Sello del Supervisor(a) de Circuito Además, los miembros que integran el comité, de transporte estudiantil de la institución que se encarga de la selección de los beneficiarios, llenado de los listados y demás actividades concernientes con el llenado de la respectiva solicitud, deberán indicar sus datos y firmar. Información general del SISTEMA DE TRANSPORTE ORDINARIO Únicamente podrán ingresar al sistema los centros educativos que ya son beneficiarios de Transporte Estudiantil en rutas regulares o rutas de subsidio para transporte por discapacidad. Para dichos efectos se les estará remitiendo a los correos oficiales de cada centro educativo el usuario y la contraseña. La Dirección Electrónica para ingresar al mismo es la siguiente: Algunas consideraciones al llenar las rutas o subsidios de transporte por discapacidad. Los subsidios de discapacidad se les asigna un número de ruta para efectos de identificarlas en el sistema y de manera de llevar un control de las mismas. Por lo que no es requerido indicar un recorrido. Ese apartado se deja en blanco. Tampoco debe indicarse kilometraje de la ruta, pues las rutas de discapacidad tienen como tipo de transporte el TRANSPORTE PUBLICO. Por lo que debe indicarse 0 (cero). No deben indicarse los datos de Transportistas o unidades, cuando el número de ruta o subsidio corresponda a DISCAPACIDAD y el tipo de transporte sea transporte público. Si las rutas de discapacidad fueron creadas en el 2016 y si se les había autorizado un recorrido, el centro educativo había indicado datos de transportista y unidades, en ese caso SI DEBE ingresar la información de recorrido, kilometraje, transportista, unidades a utilizar. 14

16 Guía de uso del SISTEMA DE TRANSPORTE ORDINARIO Cuando se ingresa por primera vez, se solicitarán los datos de la persona que será responsable por la información suministrada a través de esta plataforma. Estos datos quedarán guardados en caso de que se necesite tener algún contacto con la persona encargada. Una vez hecho esto, se mostrará la página principal, donde se podrá visualizar el nombre del centro educativo y una lista desplegable con las rutas activas para dicho centro, indicando para cada una la modalidad correspondiente, ya sea Subsidio o Adjudicación. Al seleccionar una ruta de la lista, si la modalidad es Subsidio, se debe completar la información general de la ruta y dar clic en el botón formulario. para así poder continuar con el resto del Estudiantes Beneficiarios En el siguiente apartado, se debe completar la lista de estudiantes que viajan en la ruta seleccionada. Para esto debe dar clic en el botón Se abrirá una ventana para incluir los datos del estudiante beneficiario. Un estudiante puede tener una identificación nacional, ser extranjero o bien, ser indocumentado. En el caso de ser nacional, se debe digitar la identificación en el formato que se indica, pues el sistema validará que dicha identificación exista en el Padrón Nacional. En caso de que sí exista, se cargarán automáticamente los datos básicos del estudiante y el resto de campos se deberán completar manualmente. En el caso de estudiantes extranjeros o indocumentados, todos los campos deben ser digitados. Por último, debe dar clic en el botón. Estos pasos deben repetirse para cada estudiante beneficiario de la ruta. Si desea cerrar la ventana sin guardar la información del estudiante, puede dar clic en el botón. Si se equivocó al ingresar la información de algún estudiante, puede modificar los datos dando clic en la imagen. O bien, si del todo desea eliminar el estudiante, puede hacerlo dando clic en la imagen. Recorrido Para todas las rutas (a excepción de aquellas que correspondan a Transporte Público), se debe completar la información del recorrido, para lo cual debe ingresar uno a uno los poblados que han sido autorizados para recoger estudiantes. Para esto, debe dar clic en el botón y se abrirá una ventana, donde para cada poblado debe seleccionar la Provincia, Cantón y Distrito respectivos, finalmente debe dar clic en el botón. Debe repetir esto para cada poblado que esté en el recorrido de la ruta. Si desea cerrar la ventana sin guardar la información del recorrido, puede dar clic en el botón. 15

17 Si se equivocó al ingresar la información de algún poblado del recorrido, puede modificar los datos dando clic en la imagen. O bien, si del todo desea eliminar el poblado, puede hacerlo dando clic en la imagen. Transportistas En el caso de las rutas de modalidad Subsidio (a excepción de aquellas que correspondan a Transporte Público), se debe completar la información del o los transportistas que atienden la ruta seleccionada, esto se hace dando clic en el botón, donde se abrirá una ventana con los datos que debe completar. El transportista puede ser una persona física o jurídica, en el caso de personas físicas, debe digitar la identificación en el formato que se indica, pues el sistema validará que dicha identificación exista en el Padrón Nacional. En caso de que sí exista, se cargarán los datos del transportista. Por otro lado, para personas jurídicas, estos datos deben ser digitados. Por último, debe dar clic en el botón. Si desea cerrar la ventana sin guardar la información del transportista, puede dar clic en el botón. Si se equivocó al ingresar la información de algún transportista, puede modificar los datos dando clic en la imagen. O bien, si del todo desea eliminar el transportista, puede hacerlo dando clic en la imagen. Vehículos Adicionalmente, para cada transportista se debe completar la información de los vehículos que utiliza para dar el servicio en la ruta seleccionada. Para esto debe dar clic en el link que está al lado de cada transportista. Este link lo redirigirá a otra página donde se debe incluir la información del o los vehículos. Al hacer clic en el botón se abrirá una ventana para completar la información solicitada de cada unidad. Al finalizar de digitar los datos, debe dar clic en el botón. Esto mismo debe hacerse para cada vehículo en caso de que el transportista utilice más de uno. Si desea cerrar la ventana sin guardar la información del vehículo, puede dar clic en el botón. Si se equivocó al ingresar la información de algún vehículo, puede modificar los datos dando clic en la imagen. O bien, si del todo desea eliminar el vehículo, puede hacerlo dando clic en la imagen. En caso de que desee volver a la página principal donde aparece la información de la ruta, debe hacerlo utilizando el link o bien, la opción del menú. Finalizar Registro Esta opción se utiliza para dar por finalizado el registro de la información por parte del centro educativo, por lo cual se deberá utilizar cuando exista certeza de que la información de todas las rutas ya fue incluida, ya que una vez se finalice el registro, no se podrán hacer modificaciones. 16

18 Reportes Dentro de la plataforma se han habilitado una serie de reportes que le permiten al usuario llevar un seguimiento de la información que se ha incluido o de la que aún está pendiente de incluir. Dichos reportes son los siguientes: 1. Reporte por Usuario: Muestra la información de todas las rutas activas del centro educativo. Con el detalle de estudiantes, recorridos, y transportistas. En este reporte se puede observar para cuales rutas aún existe información pendiente de registrar. 2. Reporte de Estudiantes: Muestra un listado de todos los estudiantes que han sido registrados a través de la plataforma, para las rutas activas del centro educativo. 3. Reporte de Transportistas: Muestra un listado de todos los transportistas que han sido registrados a través de la plataforma, para las rutas activas del centro educativo. Reporte de Recorridos: Muestra un listado de todos los recorridos que han sido registrados a través de la plataforma, para las rutas activas del centro educativo. Periodo de Recepción de Prorrogas y Nuevos Ingresos: Según Oficio DPE-DTE , los trámites se comenzarán a recibir a partir del. Este será considerado el único período de recepción de trámites. Si algo se remite fuera de ese período en este Departamento por cualquier medio no será posible recibir y procesar el trámite. Los tipos de trámites a recibir para transporte por discapacidad son tres: 1. Prórrogas (Regular Discapacidad): se realiza a través del SISTEMA DE TRANSPORTE ORDINARIO y se debe llenar la Certificación de información incluida en el sistema de transporte ordinario transporte por discapacidad. Esta certificación deberá ser remitida de manera física o digital al Depto. de Transporte Estudiantil. 2. Nuevos ingresos en rutas o subsidios existentes (Postulante Discapacidad): se realiza a través del SISTEMA DE TRANSPORTE ORDINARIO, se debe llenar la Certificación de información incluida en el sistema de transporte ordinario transporte por discapacidad, y adjuntar dictámenes médicos. La certificación y los dictámenes médicos deberán ser remitidos de manera física o digital al Depto. de Transporte Estudiantil. Para los trámites 1 y 2, ya no se recibirán listas de estudiantes en físico, pues la información estará contenida en el SISTEMA, y de ahí se tomará la información. SOLAMENTE debe remitirse en físico o en digital al correo electrónico dtediscapacidad@mep.go.cr, la denominada Certificación de información incluida en el Sistema de transporte ordinario transporte por discapacidad y los dictámenes médicos de los nuevos ingresos. 17

19 3. Nuevos ingresos sin ruta existente o centros educativos que soliciten por primera vez al beneficio: Deben llenar el Formulario de Nuevos Ingresos y adjuntar dictámenes médicos. Ambos documentos pueden presentarse de manera física o en digital al correo electrónico dtediscapacidad@mep.go.cr en las fechas estipuladas de recepción. Para este trámite no se debe ingresar al Sistema. III. ASPECTOS IMPORTANTES A CONSIDERAR 1. Todos los formularios y circulares del programa podrán encontrarse en la página web 2. Con respecto a TRASLADOS de centro educativo, es importante indicar: Cuando un estudiante que disponía del beneficio asignado, realiza un traslado de centro educativo, el beneficio no se traslada, esto debido a que las condiciones que dieron origen al otorgamiento del mismo cambian, como por ejemplo la distancia de traslado, la cercanía del centro educativo, el monto a requerir para la realización del respectivo traslado y demás. Es por esto que el estudiante tendrá que solicitar ante el nuevo centro educativo que se le verifiquen los respectivos requisitos, para comprobar si todavía califica como postulante al beneficio. El centro educativo al cual se trasladó podrá otorgarle el beneficio únicamente si ya se dispone de transporte estudiantil y se cuenta con cupos libres para realizar sustituciones o bien deberá realizar el trámite de nuevo ingreso (con toda la información respectiva que se indica en el paso 2) y esperar a que el Dpto. de Transporte Estudiantil indique si se autoriza o no nuevamente su inserción al Programa. 3. Todo estudiante de Nuevo Ingreso ya sea porque lo solicita por primera vez o por motivo de Traslado (con excepción de las sustituciones), empezará a percibir el beneficio a partir del mes que indique el Departamento de Transporte Estudiantil una vez realizado el debido proceso de análisis y generada la respectiva notificación oficial de aprobación al centro educativo, es decir no se generan pagos retroactivos. 4. La notificación sobre la resolución del trámite será notificada únicamente al centro educativo o a la Dirección Regional de Educación y no a los padres de familia, por lo tanto, es responsabilidad del centro educativo y no de los encargados legales, realizar las respectivas consultas con respecto a realización de los trámites de necesidades educativas especiales. 18

20 5. Una vez que el centro educativo verifique requisitos a cada estudiante, aquellos que NO CALIFIQUEN, no se les podrá tramitar el beneficio ante el Departamento de Transporte Estudiantil y por ende se aconseja a la institución notificarle por escrito al encargado legal, indicando cual es el motivo por el cual no cumple requisitos y el por qué no puede llevarse a cabo el trámite de la solicitud del beneficio. 6. La Junta de Educación o Administrativa no podrá seguir depositando el beneficio a un estudiante una vez que haya dejado de ser parte de la matrícula del centro educativo. 7. Es responsabilidad del centro educativo remitir a la Junta de Educación o Administrativa listados actualizados, cada vez que se genere una variación en los beneficiarios, para que esta a su vez pueda realizar los depósitos en forma oportuna y al beneficiario correcto. 8. Cuando se genere un saldo debido a una disminución en la cantidad de estudiantes (siendo una disminución que no ha sido llevada a cabo por el Departamento de Transporte Estudiantil, en los depósitos totales), de ser necesario la Junta de Educación o Administrativa deberá realizar la respectiva devolución del mismo al Fondo General de Gobierno. 9. Se deberá tomar en cuenta que el subsidio consiste en una ayuda económica y no siempre corresponde al costo total del servicio. 10. Cuando un padre de familia tenga consultas relacionadas al beneficio de transporte estudiantil, las mismas deberán ser canalizadas al centro educativo donde se encuentra matriculado el estudiante. El Centro Educativo será el encargado de responder y brindar toda la información necesaria al Padre de Familia. En caso de que el Centro Educativo no cuente con la información para responder la consulta, deberá gestionar la misma ante el Depto. de Transporte Estudiantil, mediante correo electrónico (dtediscapacidad@mep.go.cr) u Oficio escrito presentado ante el Depto. IV. CONTACTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE ESTUDIANTIL Teléfono: (506) Ubicación: Calle 1, Avenidas 5 y 7. Edificio Numar, 9º Piso. San José Página Web Oficial: Correo Oficial para consultas: dtediscapacidad@mep.go.cr Jefatura: Lic. William Salazar Sánchez Analista encargada: Licda. Melissa Jiménez Retana 19

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