MUNICIPALIDAD DE IBARRA
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- María del Rosario Soler Castillo
- hace 6 años
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1 RESOLUCIONES ADOPTADAS POR EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA EN SESIÓN ORDINARIA REALIZADA EL MIERCOLES 19 DE SEPTIEMBRE DEL Acta N El Ing. Jorge Martínez Vásquez, Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Ibarra, siendo las 09H30am, solicita se constate el Quórum para proceder a dar inicio a la Sesión de Concejo prevista para el MIERCOLES 19 DE SEPTIEMBRE del año ORDEN DEL DÍA 1. CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DE RESOLUCIONES. 2. CONOCIMIENTO Y APROBACION DEL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE ALARMAS COMUNITARIAS DEL CANTÓN IBARRA. 3. CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DE INFORMES DE COMISIONES 4. CONOCIMIENTO Y AUTORIZACIÓN A LA SOLICITUD DE LICENCIA PRESENTADA POR EL CONCEJAL DR. EDWIN TOAQUIZA PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DE RESOLUCIONES. RESOLUCIÓN 447-SG-2012 El I. Concejo Municipal aprueba las resoluciones adoptadas en el acta N. 30, del 19 de septiembre de SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DEL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE ALARMAS COMUNITARIAS DEL CANTÓN IBARRA. RESOLUCIÓN 448 -SG-2012 El I. Concejo Municipal tras conocer la propuesta de reglamento y posterior a las indicaciones realizadas desde la unidad de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad, y de conformidad establece el Art. 57 literal a) y d) del COOTAD, RESUELVE: APROBAR EL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE ALARMAS COMUNITARIAS DEL CANTÓN IBARRA. 1
2 TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA INFORME DE COMISIONES. INFORME N. 31 DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO RESOLUCIÓN 449 -SG Se pone en conocimiento la petición formulada por el Señor GERMAN MANUEL POLI MICHILENA MICHILENA, quien solicita la autorización de declaratoria de Propiedad Horizontal del Conjunto Habitacional AMSTERDAM VICTORIA ubicado en la calle José María Larrea y Jijón, barrio la Victoria, parroquia San Francisco, cantón Ibarra de la provincia de Imbabura. La Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando Nro. PS M del 21 de diciembre de 2011, manifiesta lo siguiente En relación a la petición de Declaratoria de Propiedad Horizontal del CONJUNTO HABITACIONAL AMSTERDAM VICTORIA, ubicado en la calle José María Larrea y Jijón, Barrio La Victoria, Parroquia San Francisco, cantón Ibarra, provincia de Imbabura. Correspondiéndome emitir mi criterio legal sobre el contenido del Reglamento Interno de Condóminos; y, al respecto manifiesto lo siguiente: a).- Del certificado de gravámenes que se acompaña, se desprende que dicho inmueble es de propiedad del SEÑOR GERMAN MANUEL POLI MICHILENA MICHILENA, Que el 29 de junio del 2009, bajo la partida Nro del Libro Registro de Propiedad del Cantón Ibarra, se ha inscrito una escritura de compraventa otorgada en esta ciudad de Ibarra, el 19 de junio del dos mil nueve, ante el Notario Público Segundo del Cantón Dr. Calos Proaño, mediante la cual se da en venta; al propietario antes mencionado, mismos que no consta que se encuentre: hipotecado, Embargado ni prohibido de enajenar. b).- El informe técnico DPM-PH, de fecha 01 de diciembre del 2011, emitido por la Directora de Planificación del I. Municipio de Ibarra, sugiere que la presente Declaratoria en Régimen de Propiedad Horizontal, sea acogida favorablemente y solicita el análisis jurídico del reglamento de Condóminos y demás documentos anexos al presente expediente. c).- Considerando que el Reglamento de Propiedad Horizontal del CONJUNTO HABITACIONAL AMSTERDAM VICTORIA, está de acuerdo a la normativa de la Ley de Propiedad Horizontal y a Derecho, por lo que ES PROCEDENTE aplicar el Reglamento que regirá a sus condóminos, por lo tanto se sugiere la aprobación de la presente Declaratoria de Propiedad Horizontal. Se deja constancia que el inmueble materia del presente trámite deberá sujetarse a las disposiciones expresas en el Art. 91 del Reglamento de Prevención de Incendios, ya que se trata de 14 Bienes Exclusivos; por lo que debe observarse y aplicarse el Art. 16 de la Ley de Propiedad Horizontal, para el presente trámite. Conforme a la Ordenanza Relativa al Régimen de Propiedad Horizontal del Cantón Ibarra, en su Art. 3, Grupo F, en concordancia con el Art. 10; la Declaratoria de Propiedad Horizontal, es competencia del Concejo Municipal, la resolución y aprobación de las solicitudes relacionadas con los edificios de los Grupos C y D; y de los conjuntos habitacionales de los Grupos F y G de la presente ordenanza, previos los informes de la Dirección de Obras Públicas y de Asesoría Jurídica.. La Comisión acoge el informe de Procuraduría Síndica Municipal. RESOLUCION: El Ilustre Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en los artículos: 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelva que ES PROCEDENTE aprobar la declaratoria de propiedad horizontal y el Reglamento de Condóminos del conjunto Habitacional AMSTERDAM VICTORIA de propiedad del señor GERMAN MANUEL POLI MICHILENA MICHILENA ubicado en la calle José María Larrea y Jijón, barrio 2
3 la Victoria, parroquia San Francisco, cantón Ibarra RESOLUCIÓN 450 -SG Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora, MARÍA MERCEDES GONZÁLEZ MANOSALVAS, quién solicita al Gobierno Autónomo Descentralizado el levantamiento de prohibición de enajenar y autorización de venta del local comercial signado con el Nº AR-72, ubicado en el sector ampliación del Mercado Amazonas. La Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando Nro. PS M del 10 de septiembre de 2012, manifiesta lo siguiente En atención al trámite número E, del 4 de Septiembre del 2012, mediante el cual la señora María Mercedes González Manosalvas, solicita el levantamiento de la prohibición de enajenar del local AR-72 del sector Ampliación del Mercado Amazonas me permito manifestar lo siguiente: Conforme se podrá apreciar de la copia fotostática de la escritura que consta de este trámite, el Municipio de Ibarra otorgó en venta a favor de la señora María Mercedes González Manosalvas, mediante el régimen de propiedad horizontal el local comercial signado con el número AR-SETENTA Y DOS, del sector Ampliación del Mercado Amazonas haciéndose constar en dicha escritura una prohibición de enajenar conforme al Art. 291 de la Ley de Régimen Municipal actualmente derogada. Vista la fecha de protocolización de la escritura, el ocho de enero del dos mil cuatro, han transcurrido más de cinco años, cumpliéndose el requisito establecido en la cláusula quinta de dicho título, por lo que al no existir disposición legal que prohíba lo requerido, sugiero que la petición sea acogida favorablemente, es decir se levante la prohibición de enajenar del local AR-72 del sector Ampliación del Mercado Amazonas de propiedad de la señora María Mercedes González Manosalvas y proceda a la venta dicho local comercial. La Comisión acoge el informe de la Procuraduría Síndica Municipal. RESOLUCIÓN: El Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra, en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelva: AUTORIZAR el levantamiento de prohibición de enajenar y autorización de venta del local comercial signado con el Nº AR-72, ubicado en el sector ampliación del Mercado Amazonas del cantón Ibarra, provincia de Imbabura, a la señora MARÍA MERCEDES GONZALES MANOSALVAS. RESOLUCIÓN 451 -SG Se pone en conocimiento la petición formulada por la COMUNA JUNCAL CHALGUAYACO Y DEL COMITÉ PRO-MEJORAS DEL JUNCAL, quién solicita al Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra la renovación del contrato de comodato de una casa ubicada en su comunidad. La Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando Nro. PS M del 10 de septiembre de 2012, manifiesta lo siguiente En relación al trámite Nro E, del 09 de Julio del 2012 mediante el cual los presidentes de la Comuna Juncal Chalguayaco y del Comité pro-mejoras del Juncal solicitan la renovación del contrato de comodato de una casa una casa ubicada en su comunidad a favor de los solicitantes. Visto el informe técnico suscrito por el Ing. Guillermo Gavilanes A., Director de Obras Públicas mediante memorando Nro. 0P M en el cual se informa que se ha podido evidenciar que la obra física se encuentra completamente terminada y en funcionamiento como Centro de Desarrollo Comunitario Integral del Juncal de acuerdo a los fines para el cual fue entregado en comodato dicho inmueble. Con los antecedentes expuestos es criterio de esta Procuraduría Síndica se proceda a la renovación de dicho comodato por el lapso de tres años de 3
4 conformidad a lo dispuesto por el último inciso del art. 460 del COOTAD previa aprobación de la Comisión de Planificación. La Comisión acoge el informe de Procuraduría Sindica Municipal. RESOLUCIÓN: El Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra, en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelve: a) AUTORIZAR la renovación del comodato de la casa en la que funciona como Centro de Desarrollo Comunitario Integral del Juncal de acuerdo a los fines para el cual fue entregado. b) La renovación del comodato de la casa, ubicado en la Comuna Juncal Chalguayaco por el período de tres (3) años. RESOLUCIÓN 452 -SG Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora MARIA SUSANA CAICEDO CAICEDO, quién solicita al Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra la legalización de una área de terreno mediante compraventa, ubicado en la parroquia de Lita cantón Ibarra. La Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando Nro. PS M del 27 de abril de 2012, manifiesta lo siguiente En atención al trámite número 8726-E del 9 de diciembre del 2010, mediante el cual la señora María Susana Caicedo, solicita legalizar mediante compraventa una área de terreno ubicado en la parroquiade Lita, me permito manifestar lo siguiente: Del expediente adjunto, podrá verse que se cuenta con los informes señalados en los Arts. 436 y 437 del COOTAD; por lo que se sugiere proceder favorablemente con la AUTORIZACION DE VENTA, mediante compraventa del área de terreno, conforme áreas y linderos que constan del levantamiento planimétrico realizado por el Departamento de Planificación. El peticionario deberá proceder a realizar el pago del valor del terreno, previo a la legalización de la correspondiente escritura. La Comisión acoge el informe de Procuraduría Sindica Municipal. RESOLUCIÓN: El Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra, en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelva: AUTORIZAR legalización de una área de terreno mediante compraventa, ubicado en la parroquia de Lita cantón Ibarra, a favor del señora MARIA SUSANA CAICEDO CAICEDO, de conformidad al siguiente cuadro de áreas y linderos. Ubicación: Cantón Ibarra, Parroquia Lita Posible Beneficiario: Caicedo Caicedo María Susana Clave Catastral: Area: m2 Avalúo: USD. Linderos: Norte: 9.78m. con Via principal Sur: 20.50m. con Franja de Protección Quebrada Este: 20.18m. con propiedad de María Caicedo Caicedo Oeste: 13.40m. con entrada al Cementerio 4
5 RESOLUCIÓN 453 -SG Se pone en conocimiento la petición formulada por el JUZGADO SEXTO DE TRABAJO DE PICHINCHA, quién solicita al Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra, dentro del trámite que por acción de medidas cautelares a propuesto la Subsecretaria de Tierras y el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, la elaboración de una Resolución para los Registradores de la Propiedad del Cantón. La Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando Nro. PS M del 04 de septiembre de 2012, manifiesta lo siguiente En atención al trámite número E del 29 de agosto del 2012, mediante el cual el Juzgado Sexto de Trabajo de Pichincha, dispone que los Municipios del Ecuador elaboren una resolución para los Registradores de la Propiedad, me permito manifestar lo siguiente: Visto el Auto emitido por el Juzgado Sexto de Trabajo de Pichincha con fecha 17 de agosto del 2012, dentro del JUICIO DE MEDIDAS CAUTELARES Nro propuesto por la Subsecretaria de Tierras y el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, mediante el cual se dispone a los Gobiernos Autónomos Seccionales, los Municipios del Ecuador por medio de sus Concejos, procedan a elaborar una Resolución para los Registradores de la Propiedad del cantón al cual pertenecen, disponiendo que: 1.- La inscripción de las escrituras de adjudicación otorgadas por la Subsecretaria de Tierras de este Distrito, libre de costos por servicios de inscripción de los inmuebles circunscritos en el cantón Ibarra, a partir de la Resolución dictada mediante Auto el 17 de agosto del La elaboración de un catastro de las providencias de adjudicación otorgadas por la Subsecretaria de Tierras de este Distrito. Con estos antecedentes, en consideración a la resolución del Juzgado de Trabajo de Pichincha dentro del Juicio de Medidas Cautelares Nro propuesto por la Subsecretaría de Tierras y el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; sugiero que, con fundamento en el Art. 57 del Cootad, el Concejo Municipal expida la Resolución a fin de que se de cumplimiento a las disposiciones emitidas en dicha resolución y que constan en los numerales uno y dos precedentes. RESOLUCIÓN: El I. Concejo Municipal por pedido del concejal Ing. Wilmer Taboada y en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelve: Que esta petición pase a conocimiento de la comisión nuevamente toda vez hay argumentos jurídicos que pueden ampliar la recomendación generada al I. Concejo Municipal INFORME N. 22 DE LA COMISIÓN DE SALUD, MERCADOS Y COMERCIALIZACIÓN. RESOLUCIÓN 454 -SG Se pone en conocimiento la solicitud presentada por el Señor JUAN FRANCISCO LEÓN quien solicita el CAMBIO DE ACTIVIDAD COMERCIAL del puesto 192 C del Mercado Amazonas. Mediante MEMORANDO GAM M la Administración de Mercados manifiesta lo siguiente: Por medio de la presente me permito poner en su conocimiento la solicitud presentada por el Sr. Juan Francisco León, arrendatario del puesto Nro. 192 C ubicado en el interior del Mercado Amazonas sector calzado, quien solicita el cambio de actividad comercial. Actualmente el puesto se encuentra dedicado a la venta de música en general y solicita el poder instalar en el mismo puesto un negocio dedicado a la venta de bazar. 5
6 De la misma manera me permito poner en su conocimiento que el puesto antes mencionado cuenta con toda la documentación exigida por ley en orden y al día. Motivo por el cual me permito sugerir que la solicitud presentada por el Sr. Juan Francisco León sea acogida por ser procedente, respetando siempre el criterio final de su autoridad. La Comisión de Salud Mercados y Comercialización, acoge el informe del Administrador de Mercados. Resolución: El Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, resuelva: AUTORIZAR CAMBIO DE ACTIVIDAD COMERCIAL del puesto 192 C del Mercado Amazonas a favor del Señor JUAN FRANCISCO LEÓN de venta de música a venta de bazar. RESOLUCIÓN 455 -SG Se pone en conocimiento la solicitud formulada por la Señora MARÍA YOLANDA GUAMÁN quien solicita el CAMBIO DE ACTIVIDAD COMERCIAL del puesto 059 del sector Eugenio Espejo, ubicado en el interior del Mercado Amazonas. Mediante MEMORANDO GAM M la Administración de Mercados manifiesta lo siguiente: Por medio de la presente me permito poner en su conocimiento la solicitud presentada por la Sra. María Yolanda Guamán Piaun con C.C copropietaria del Local Nro. 059 del sector Eugenio Espejo, ubicado en el interior del Mercado Amazonas calle Eugenio Espejo, quien solicita el cambio de actividad comercial en su Local de trabajo. Anteriormente el puesto antes indiciado se encontraba destinado a la venta de bisutería y se encontraba a nombre del Sr. Víctor Milton Portilla. Actualmente su nueva copropietaria solicita autorización para poder transformarlo en peluquería. Motivo por el cual y antes de que la H. Comisión de Abastos y Mercados elabore el respectivo informe para poner en conocimiento del I. Concejo Municipal, me permito sugerir que los Sres. Concejales realicen una inspección del puesto antes mencionado. De la misma manera me permito poner en su conocimiento que la solicitante cuenta con toda la documentación exigida. La Comisión de Salud Mercados y Comercialización, acoge el informe de la Administración de Mercados y realizar la respectiva inspección. Resolución: El Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, resuelve: AUTORIZAR CAMBIO DE ACTIVIDAD COMERCIAL del puesto059 del sector Eugenio Espejo, ubicado en el interior del Mercado Amazonas a favor de la Señora MARÍA YOLANDA GUAMÁN de venta de bisutería a peluquería. RESOLUCIÓN 456 -SG
7 3. Se pone en conocimiento la solicitud presentada por la Señora MARÍA ARMAS MONTESDEOCA quien solicita se acepte la renuncia al puesto 11 del Mercado la Playa Mediante MEMORANDO SM M la Administración de Mercados manifiesta lo siguiente: Por medio de la presente me permito poner en su conocimiento la solicitud presentada por la Sra. María Armas Montesdeoca adjudicataria del puesto Nro. 011 del interior del Mercado La Playa, quien presenta la renuncia al puesto antes indicado. A la fecha en el sistema de recaudación del IMI la solicitante consta con una deuda total de $ 31,43 que corresponden a pago patente año 2012, pagos de utilización de puesto febrero 2012 $ 8,93 + marzo 2012 $ 8,50 (valores que deberían ser dados de baja del sistema). Solicitud que la realiza por encontrarse delicada de salud, motivo por el cual recomiendo sea aceptada la renuncia presentada por la Sra. María Armas Montesdeoca por ser procedente, lógicamente respetando siempre el criterio final de su autoridad. La Comisión de Salud Mercados y Comercialización, acoge el informe del Administrador de Mercados. Resolución: El Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, resuelve: ACEPTAR la RENUNCIA al puesto 11 del Mercado la Playa mismo que fue adjudicado a la Señora MARÍA ARMAS MONTESDEOCA Se proceda a dar de baja en el sistema los valores que corresponden al pago de patente año 2012, pagos de utilización de puesto febrero marzo 2012 RESOLUCIÓN 457 -SG Se pone en concomimiento la solicitud formulada por la Señora MARÍA CARMEN AMAGUAÑA y el Señor ALBERTO MARÍA PILCO AMAGUAÑA quienes solicitan la legalización de los puestos 353 y 363 respectivamente ubicados en el sector interno del Mercado la Playa. Mediante MEMORANDO PS M la procuraduría Síndica manifiesta lo siguiente: En relación a la solicitud presentada al señor Alcalde por la señora María Carmen Amaguaña Cotacachi y el señor Alberto María Pilco Amaguaya, pidiendo se les legalice la venta mediante escritura pública de los Locales Nros. 353 y 363, respectivamente, ubicados en el sector interno del Mercado la Playa de esta ciudad, locales destinados para la venta de papas; siendo parte de los documentos presentados: el certificado de expensas conferido por Presidente del Mercado La Playa; se adjunta el informe de la Dirección de Avalúos y Catastros, reporte del Coordinador de Mercados, se cuenta además con el pago total de activos de los dos locales conforme consta de los certificado Nº y respectivamente, conferidos por la tesorería Municipal. En mérito a la documentación presentada y en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 436 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, esta Procuraduría considera que la petición es procedente. 7
8 La Comisión de Salud Mercados y Comercialización, acoge el informe del Administrador de Mercados. Resolución: El Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, resuelve: AUTORIZAR la LEGALIZACIÓN de venta con escritura de los puestos 353 y 363 respectivamente ubicados en el sector interno del Mercado la Playa a favor de la Señora MARÍA CARMEN AMAGUAÑA y del Señor ALBERTO MARÍA PILCO AMAGUAÑA respectivamente de conformidad a las siguientes áreas y linderos. Sra. MARIA CARMEN AMAGUAÑA COTACACHI o Clave Catastral: o Apellidos y Nombres: ILUSTRE MUNICIPIO DE IBARRA o Dirección: Av. EUGENIO ESPEJO o Descripción: Puesto Nro.353 o Alícuota: 0.12 Valor Propiedad: $2, AREA Y LINDEROS AREA 4.91 m² LINDEROS NORTE: 2.40m con Corredor 5 SUR: 2.40m con Puesto 354 ESTE: 2.05m con Pasaje 1 OESTE: 2.05m con Parqueadero Sr. ALBERTO MARIA PILCO AMAGUAÑA Clave Catastral: Apellidos y Nombres: ILUSTRE MUNICIPIO DE IBARRA Dirección: Av. EUGENIO ESPEJO Descripción: Puesto Nro.363 Alícuota: 0.12 Valor Propiedad: $2, AREA Y LINDEROS AREA 4.91 m² LINDEROS 8
9 NORTE: 2.40m con Puesto 362 SUR: 2.40m con Puesto 364 ESTE: 2.05m con Pasaje 1 OESTE: 2.05m con Parqueadero INFORME N. 13 DE LA COMISIÓN DE TURISMO, FIESTAS Y CULTURA. RESOLUCIÓN 458 -SG La Comisión de Turismo, Fiestas y Cultura, de conformidad a lo que establecen los capítulos II y XIV de la Ordenanza de Condecoraciones, convocó a los y las interesadas en acceder a la Condecoración ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IBARRA para que presenten sus candidaturas; sin embargo, concluido el plazo establecido, no se receptaron carpetas ni postulaciones; sin embargo al interior de la comisión los señores concejales(as) deliberan nombrando candidatos para las condecoraciones respectivas, recomendando el nombre del actual VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA, en vista de la labor desplegada en beneficio de las personas con discapacidad. RESOLUCIÓN: El Ilustre Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en los artículos: 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, RESUELVE: hacer expresa la recomendación de otorgar la máxima condecoración ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IBARRA a Lenin Voltaire Moreno Garcés, actual Vicepresidente del Ecuador por prestar invalorables servicios al cantón Ibarra mediante la ejecución de obras de beneficio social y colectivo. Por ser justo y legal según lo establece la ordenanza municipal de Condecoraciones de la municipalidad de Ibarra. RESOLUCIÓN 459 -SG La Comisión de Turismo, Fiestas y Cultura, de conformidad a lo que establecen los capítulos III y XIV de la Ordenanza de Condecoraciones, convocó a los y las interesadas en acceder a la Condecoración MIGUEL DE IBARRA para que presenten sus candidaturas; sin embargo, concluido el plazo establecido, no se receptaron carpetas ni postulaciones; sin embargo al interior de la comisión los señores concejales(as) deliberan nombrando candidatos para las condecoraciones respectivas, rescatándose el trabajo realizado por el Gral. (SP) Sólon Espinoza. RESOLUCIÓN: RECOMIENDA al Ilustre Concejo Municipal que en uso de las facultades establecidas en los artículos: 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, RESUELVA: hacer expresa la recomendación de otorgar la condecoración MIGUEL DE IBARRA al General Solón Espinoza, Ex Ministro de Defensa, y actual Presidente de 9
10 SOLCA por prestar invalorables servicios al cantón Ibarra mediante la ejecución de obras de beneficio social, colectivo y por ser un ejemplo de fortaleza y constancia. Por ser justo y legal según lo establece la ordenanza municipal de Condecoraciones de la municipalidad de Ibarra. CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA CONOCIMIENTO Y AUTORIZACIÓN A LA SOLICITUD DE LICENCIA PRESENTADA POR EL CONCEJAL DR. EDWIN TOAQUIZA RESOLUCIÓN 460-SG-2012 El I. Concejo Municipal al conocer la solicitud formulada por el edil municipal, y de conformidad a lo que establece el Art. 57 literal s) del COOTAD, RESUELVE: Autorizar la licencia requerida por el concejal Dr. Edwin Toaquiza. LA SESIÓN SE CLAUSURA A LAS 10H00 10
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