CAPITULO XII: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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1 CAPITULO XII: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 1. INTRODUCCIÓN: MARCO LEGAL Y CONVENCIONAL. El presente capítulo tiene por objeto abordar el análisis del tratamiento la negociación colectiva andaluza otorga a una materia tan esencial como es la prevención de riesgos laborales., tomando como referencia el conjunto de convenios colectivos vigentes en Andalucía en y recepcionados en el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales hasta el 16 de mayo del presente año. De este modo, serán comentadas las referencias que los convenios andaluces contienen respecto a materias como la remisión a la normativa vigente, la regulación del sistema de evaluación, los planes de prevención, los planes de formación, los servicios de prevención, los reconocimientos sanitarios, los delegados de prevención, los comités de seguridad y salud, así como otros órganos creados al amparo del artículo 35 LPRL. El marco normativo de la prevención de riesgos laborales está constituido fundamentalmente por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, que se configura como una referencia legal mínima para el desarrollo posterior de la función específica de la negociación colectiva. La Ley viene a dar cumplimiento al artículo 40.2 de la Constitución (mandato a los poderes públicos para velar por la seguridad e higiene en el trabajo ), que ha de ser puesto en relación con otros preceptos constitucionales como el artículo 15 (derecho a la vida y a la integridad física y moral), o el art ( derecho a la protección de la salud), que asimismo tienen su reflejo en el artículo 4º.2.d) ET, que reconoce a los trabajadores el derecho a su integridad física y una adecuada política de seguridad e higiene. Pero, además, la Ley supone la adaptación de nuestro Derecho interno a la legislación comunitaria que, dentro de la llamada dimensión social del Mercado Único, ha mostrado una preocupación creciente por el estudio y tratamiento de la prevención de los riesgos derivados del trabajo. Por otra parte, la Ley responde a una doble necesidad en el orden interno: la de poner término a la falta de una visión unitaria 355

2 Pleno en la política de prevención de riesgos laborales, debido a la dispersión de la normativa vigente; y la de actualizar regulaciones ya desfasadas y regular situaciones nuevas no contempladas con anterioridad. Como señala su Exposición de Motivos, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se configura como una referencia legal mínima en un doble sentido: Por un lado, establece un marco legal a partir del cual las normas reglamentarias irán fijando y concretando los aspectos más técnicos de las medidas preventivas. De otra parte, la Ley es el soporte básico a partir del cual la negociación colectiva podrá desarrollar su función específica. El artículo 2º.2 precisa que sus disposiciones y las de sus normas reglamentarias de desarrollo tendrán en todo caso el carácter de Derecho necesario mínimo indisponible, pudiendo ser mejoradas y desarrolladas en los convenios colectivos. La Ley vincula la negociación colectiva a la consecución de sus fines de protección a la seguridad y la salud en el trabajo, encomendándoles una función normativa de complemento o mejora de la regulación legal. De modo expreso, la Ley contempla la posibilidad de que los convenios colectivos dispongan plenamente de algunos elementos de su regulación, como los instrumentos de participación de los trabajadores, con la posibilidad de establecer ámbitos de actuación distintos a los propios del centro de trabajo, o el mantenimiento de órganos específicos de representación en esta materia. En el Acuerdo Interconfederal para la Negociación Colectiva 2005 (en adelante ANC) se fijan algunos criterios sobre seguridad y salud en el trabajo. Se establece que la actividad preventiva a desarrollar en la empresa debe estar integrada a través de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales documentado. En el VI Acuerdo de Concertación Social de Andalucía se pone de manifiesto la voluntad de los firmantes de promover en los convenios colectivos cláusulas específicas que permitan reforzar la prevención de riesgos laborales, especialmente en los sectores de alto nivel de siniestralidad. 2. DATOS GENERALES. Con carácter general, la buena acogida que presentan las cláusulas que garantizan las condiciones de seguridad y salud laboral de los trabajadores se deja sentir mayoritariamente en los convenios colectivos andaluces, como se puede comprobar en la siguiente tabla: Tabla 1.- PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector , , ,98 Empresa , , ,36 TOTAL , , ,94 356

3 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La presencia de las cláusulas relativas a seguridad y salud en la negociación colectiva andaluza se aprecia en casi el 88,50% de los convenios vigentes durante el año 2005, apareciendo estas cláusulas en proporciones similares tanto en los convenios de sector como en los de empresa. Esta regulación alcanza a casi el 95% tanto de trabajadores como de empresas cubiertos por convenios de ámbito andaluz. Tabla 2.- PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 14 82, , ,14 Empresa 55 88, , ,96 TOTAL 69 87, , ,92 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) Al circunscribir el análisis a los convenios recepcionados originariamente a lo largo de la anualidad a la que se refiere el presente informe, se aprecia una menor presencia de estas cláusulas en el ámbito sectorial, razón por la cual la afectación se ve algo disminuida. Tabla 3.- PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Afectación por Ámbito Geográfico en Convenios Vigentes Ámbito geográ. Almería 48 84, , ,73 Cádiz , , ,22 Córdoba 60 96, , ,90 Granada 36 94, , ,93 Huelva 36 85, , ,65 Jaén 35 87, , ,64 Málaga 67 81, , ,29 Sevilla 84 92, , ,80 Interpr , , ,87 Total , , ,94 Desde el punto de vista geográfico, destaca la provincia de Córdoba como aquella en que sus convenios prestan mayor atención a esta materia, registrándose en Málaga el porcentaje de convenios más reducido. En cuanto a la afectación de estas cláusulas, por lo que se refiere a las empresas, se observan varias provincias que rozan el 100% de incidencia, siendo Almería la que registra la cifra inferior. En lo que se refiere a los trabajadores afectados por los convenios que contienen este tipo de regulación, se aprecia el porcentaje menor en Málaga, el más alto corresponde a los de Granada. 357

4 Pleno Gráfico 1.- PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Distribución por Tipo Funcional y Ámbito Geográfico en Convenios Colectivos Vigentes Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Interpr. Totales Sector 77,78% 80,95% ,67% 92,86% 71,43% 87,50% 5 85,95% Empresa 87,18% 88,57% 95,92% 92,59% 83,33% 84,62% 83,82% 93,33% 90,48% 89,09% Total 84,21% 87,30% 96,77% 94,74% 85,71% 87,50% 81,71% 92,31% 86,96% 88,41% La amplia recepción de las cláusulas de salud laboral se pone de manifiesto al comprobar como en el ámbito interprovincial el 100% de los convenios de sector hacen alguna referencia a esta materia. En el ámbito sectorial, el porcentaje menor corresponde a los convenios de Málaga. Por lo que se refiere a la distribución geográfica de estas cláusulas en los convenios de empresa, lo más destacable es la mayor presencia detectada en los convenios de Jaén y la menor en los de Huelva. Gráfico 2.- PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Porcentaje de Afectación por Actividades Económicas en Convenios Colectivos Vigentes CONVENIOS 92,86% 8 91,67% 9 82,61% 96,43% 92,21% 95,59% 33,33% 91,67% 80,65% 79,25% 94,87% 85,71% 88,41% EMPRESAS 10 86,63% 99,99% 99,98% 82,87% 99,88% 92,68% 95,59% 50,07% 75,13% 99,06% 96,42% 88,04% 22,00% 94,24% TRABAJADORES 99,99% 89,70% 97,45% 99,99% 69,38% 99,96% 96,45% 99,51% 69,48% 94,46% 98,57% 96,17% 78,92% 71,86% 94,94% Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a las actividades económicas en que se encuadran, se observan los más elevados en Limpieza y Administración, correspondiendo el más reducido a los convenios de Madera. 358

5 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES El porcentaje de empresas afectadas más alto se registra en Agricultura, siendo la actividad de Madera la que ostenta el más bajo. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destaca los muy elevados de Agricultura, Construcción y Limpieza, los cuales contrastan con los notablemente más bajos de Hostelería y Madera. Gráfico 3.- PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Afectación por Actividades Económicas y por Tipo Funcional de Convenios Vigentes SECTOR 10 85,71% ,00% ,33% 85,00% 93,75% 85,71% 87,50% 68,75% 85,95% EMPRESA 8 75,00% ,67% 95,24% 92,11% 95,59% 96,43% 66,67% 76,92% 96,77% 87,90% 89,09% TOTAL 92,86% 8 91,67% 9 82,61% 96,43% 92,21% 95,59% 33,33% 91,67% 80,65% 79,25% 94,87% 85,71% 88,41% El examen de la presencia de estas cláusulas en el articulado de los convenios andaluces teniendo en cuenta tanto las actividades económicas como el tipo funcional de convenio, pone de manifiesto cifras dispares. Resulta generalizada la mayor frecuencia de esta regulación en los convenios de sector frente a los de empresa, siendo excepciones a esta tendencia los convenios encuadrados en las actividades económicas de Hostelería, Alimentación y Sanidad. La diferencia más acusada en este sentido a favor de los convenios de sector corresponde a los insertos en las actividades de Madera. Por otro lado, resulta obligado hacer referencia al 100% de convenios de sector con estas cláusulas en las actividades económicas de Agricultura, Sidero, Construcción, Limpieza y Saneamiento. Los convenios de empresa encuadrados en Sanidad son los que registran los porcentajes más elevados. La menor frecuencia en este ámbito corresponde a los convenios de Madera. En casi todas las actividades económicas la importancia de esta materia, que algunos convenios recogen expresamente en declaraciones genéricas, en las que la prevención y salud en el trabajo se califica como uno de los objetivos básicos en la actividad diaria de las empresas. En algunos casos los convenios reproducen en iguales o similares términos los principios con arreglo a los cuales conforme al artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales- deberán aplicarse las medidas que integran el deber general de prevención, tales como: evitar los riesgos, combatirlos en su origen o evaluar los que no 359

6 Pleno puedan evitarse; adaptar el trabajo a la persona; sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro; planificar la prevención; adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual y dar las debidas instrucciones a los trabajadores. De otro lado, el carácter de mínimo indisponible que tienen los preceptos contenidos en la Ley, con una minuciosa regulación de los aspectos esenciales de la materia, y el papel de desarrollo y mejora que atribuye a los convenios colectivos explica que, en algunas ocasiones, estas cláusulas de salud laboral se remitan expresamente a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Tabla 4.- REMISION NORMATIVA VIGENTE. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector 56 46, , ,43 Empresa , , ,72 TOTAL , , ,11 La presencia de las cláusulas relativas a seguridad y salud que contienen remisiones a la normativa vigente se aprecia en casi el 43% de los convenios vigentes durante el año 2005, apareciendo en proporciones algo más reducidas en los convenios de empresa frente a los de sector. No obstante, esta regulación alcanza a un mayor porcentaje tanto de empresas como de trabajadores en el ámbito sectorial frente a los correspondientes a los convenios de empresa. Tabla 5.- REMISION NORMATIVA VIGENTE. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 6 35, , ,21 Empresa 16 25, , ,17 TOTAL 22 27, , ,77 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) Al circunscribir el análisis a los convenios recepcionados originariamente a lo largo de la anualidad a la que se refiere el presente informe, se aprecia globalmente una menor presencia de estas cláusulas, circunstancia que se debe al descenso experimentado en los convenios de empresa. 360

7 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Gráfico 4.- REMISION NORMATIVA VIGENTE. Distribución por Tipo Funcional y Ámbito Geográfico en Convenios Colectivos Vigentes Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Interpr. Totales Sector 72,22% 42,86% 69,23% 54,55% 25,00% 5 35,71% 18,75% 5 46,28% Empresa 30,77% 42,86% 51,02% 55,56% 46,67% 34,62% 27,94% 45,33% 52,38% 41,82% Total 43,86% 42,86% 54,84% 55,26% 40,48% 4 29,27% 40,66% 52,17% 42,78% Desde el punto de vista geográfico, destacan las provincias de Granada y Córdoba como aquellas en que sus convenios recogen en mayor proporción estas remisiones, registrándose en Málaga el porcentaje de convenios más reducido. En el ámbito sectorial, el porcentaje menor corresponde a los convenios de Sevilla. Por lo que se refiere a la distribución geográfica de estas cláusulas en los convenios de empresa, lo más destacable es la mayor presencia detectada en los convenios de Granada, correspondiendo la menor a los de Málaga. Tabla 6.- REMISION NORMATIVA VIGENTE. Afectación por Ámbito Geográfico en Convenios Vigentes Ámbito geográ. Almería 25 43, , ,08 Cádiz 54 42, , ,10 Córdoba 34 54, , ,68 Granada 21 55, , ,18 Huelva 17 40, , ,22 Jaén 16 40, , ,96 Málaga 24 29, , ,53 Sevilla 37 40, , ,83 Interpr , , ,79 Total , , ,11 En cuanto a la afectación de estas cláusulas, por lo que se refiere a las empresas, se observa que los convenios de Jaén se aproximan al 87% de incidencia, siendo el ámbito interprovincial la que registra la cifra inferior. Por lo que afecta a los trabajadores afectados por los convenios que contienen este tipo de regulación, se aprecian los porcentajes menores en Huelva y Cádiz, correspondiendo los más altos a Almería y Granada. 361

8 Pleno Gráfico 5.- REMISION NORMATIVA VIGENTE. Afectación por Actividades Económicas y por Tipo Funcional de Convenio Vigentes SECTOR 55,56% 57,14% 42,86% 8 12,50% 42,86% 10 33,33% 35,00% ,50% 56,25% 46,28% EMPRESA 4 12,50% 4 46,67% 47,62% 36,84% 41,18% 35,71% 4 33,33% 45,16% 5 41,82% TOTAL 5 33,33% 33,33% 6 34,78% 46,43% 37,66% 41,18% 33,33% 35,42% 45,16% 37,74% 43,59% 50,71% 42,78% El análisis de la frecuencia de estas cláusulas en el articulado de los convenios andaluces teniendo en cuenta tanto las actividades económicas como el tipo funcional de convenio, pone de manifiesto cifras dispares. En el ámbito sectorial, la mayor presencia relativa corresponde a los convenios correspondientes a las actividades de Saneamiento, la menor a los de Administración y Hostelería. En lo que concierne a los convenios de empresa, la más elevada presencia relativa corresponde a los convenios correspondientes a las actividades de Hostelería y Limpieza, la más reducida a los de Madera. Gráfico 6.- REMISION NORMATIVA VIGENTE. Porcentaje de Afectación por Actividades Económicas en Convenios Colectivos Vigentes CONVENIOS 5 33,33% 33,33% 6 34,78% 46,43% 37,66% 41,18% 33,33% 35,42% 45,16% 37,74% 43,59% 50,71% 42,78% EMPRESAS 89,38% 73,40% 20,59% 89,95% 2,57% 37,10% 41,46% 41,18% 50,07% 40,47% 85,36% 21,34% 72,30% 19,77% 66,09% TRABAJADORES 79,23% 76,33% 32,94% 90,31% 7,13% 48,17% 26,79% 24,77% 69,48% 29,89% 77,97% 39,10% 38,44% 56,90% 64,11% Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a las actividades económicas en que se encuadran, se observa el más elevado en Construcción, correspondiendo el más reducido a los convenios de Sidero y Cemento. 362

9 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Los porcentajes de empresas afectadas más altos se registran en Agricultura y Construcción, siendo la actividad de Hostelería la que ostenta el más bajo. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destaca el elevado de Construcción, que contrasta con el notablemente más bajo de Hostelería. 3. EVALUACIÓN DE RIESGOS Y ACCIÓN TÉCNICO-PREVENTIVA. PLANES DE PREVENCIÓN. Según la definición dada por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se entiende por prevención el conjunto de actividades o medidas, individuales o colectivas, adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. Uno de los aspectos innovadores de la Ley es el enfoque de la prevención como planificación que forma parte del proyecto empresarial desde el momento mismo de su diseño, con la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica a medida que se alteren las circunstancias, la ordenación de un conjunto coherente y globalizador de medidas de acción preventiva adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados y el control de la efectividad de dichas medidas. A partir de los resultados de la evaluación de los riesgos, el empresario planificará y desarrollará la actividad preventiva cuya necesidad, en su caso, ponga de manifiesto aquélla. En el ANC-2005 se señala que podrán abordarse en los convenios colectivos los procedimientos de información y consulta relativos a las evaluaciones de riesgos, incluyendo los riesgos para la reproducción y maternidad. Tabla 7.- Regulación del sistema de evaluación. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector 9 7, , ,97 Empresa 47 10, , ,45 TOTAL 56 9, , ,15 La presencia de las cláusulas relativas a sistemas de evaluación en la negociación colectiva andaluza se aprecia en casi el 10% de los convenios vigentes durante el año 2005, apareciendo estas cláusulas en proporción superior en los convenios de empresa frente a los de sector. Esta regulación alcanza también mayor porcentaje de afectación en el ámbito empresarial que en el de sector, sobre todo en lo que se refiere a los trabajadores concernidos. Tabla 8.- Regulación del sistema de evaluación. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 2 11, , ,29 Empresa 2 3,23 2 3, ,81 TOTAL 4 5, , ,40 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) 363

10 Pleno Al circunscribir el análisis a los convenios recepcionados originariamente en la anualidad a la que se refiere el presente informe, se aprecia una menor presencia de estas cláusulas en los convenios de empresa, circunstancia que influye en que la afectación de estas cláusulas experimente un retroceso. Gráfico 7.- Regulación del sistema de evaluación. Distribución por Tipo Funcional y Ámbito Geográfico en Convenios Colectivos Vigentes 5 45,00% 4 35,00% 3 25,00% 15,00% 1 5,00% Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Interpr. Totales Sector 16,67% 14,29% 7,14% 6,25% 5 7,44% Empresa 10,26% 10,48% 8,16% 7,41% 6,67% 3,85% 13,24% 17,33% 4,76% 10,68% Total 12,28% 11,11% 6,45% 5,26% 4,76% 5,00% 10,98% 15,38% 8,70% 9,98% La mayor presencia de las cláusulas relativas a los sistemas de evaluación alcanza sus mayores cotas en la provincia de Sevilla. En el ámbito sectorial, el porcentaje mayor se alcanza en los convenios interprovinciales. No se localiza ningún convenio sectorial con esta regulación en Córdoba, Granada, Huelva y Málaga. Por lo que se refiere a la distribución geográfica de estas cláusulas en los convenios de empresa, lo más destacable es la mayor presencia detectada en los convenios de Sevilla y la menor en los de Jaén e interprovinciales. Tabla 9.- Regulación del sistema de evaluación. Afectación por Ámbito Geográfico en Convenios Vigentes Ámbito geográ. Almería 7 12, , ,07 Cádiz 14 11, , ,81 Córdoba 4 6,45 4 0, ,25 Granada 2 5,26 2 0, ,14 Huelva 2 4,76 2 0, ,04 Jaén 2 5, , ,73 Málaga 9 10,98 9 0, ,44 Sevilla 14 15, , ,39 Interpr. 2 8, , ,61 Total 56 9, , ,15 364

11 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES En cuanto a la afectación de estas cláusulas, en cuanto a las empresas, se observa que en los convenios de Sevilla se aproximan al 21% de incidencia, siendo Córdoba, Granada, Huelva y Málaga las que registran las cifras inferiores. En cuanto a trabajadores afectados por los convenios que contienen este tipo de regulación, el porcentaje menor se aprecia en Huelva y el más alto en el ámbito interprovincial. Gráfico 8.- Regulación del sistema de evaluación. Afectación por Actividades Económicas y por Tipo Funcional de Convenio Vigentes 25,00% 15,00% 1 5,00% SECTOR 14,29% 12,50% 14,29% 5,00% 21,43% 12,50% 6,25% 7,44% EMPRESA 12,50% 6,67% 19,05% 9,21% 20,59% 3,57% 2,56% 12,90% 11,29% 10,68% TOTAL 6,67% 8,33% 8,70% 17,86% 9,09% 20,59% 4,17% 7,55% 12,82% 10,71% 9,98% El análisis de la frecuencia de cláusulas relativas a sistema de evaluación en los convenios andaluces teniendo en cuenta tanto las actividades económicas como el tipo funcional de convenio, supone que en el ámbito sectorial la mayor presencia relativa corresponde a los convenios correspondientes a las actividades de Transporte y Sidero. En lo que concierne a los convenios de empresa, la más elevada presencia relativa corresponde a los convenios correspondientes a las actividades de Administración y Limpieza. Gráfico 9.- Regulación del sistema de evaluación. Porcentaje de Afectación por Actividades Económicas en Convenios Colectivos Vigentes CONVENIOS 6,67% 8,33% 8,70% 17,86% 9,09% 20,59% 4,17% 7,55% 12,82% 10,71% 9,98% EMPRESAS 0,15% 4,36% 24,56% 29,92% 8,54% 20,59% 3,43% 13,50% 5,13% 0,55% 4,81% TRABAJADORES 1,00% 20,57% 11,61% 25,37% 10,43% 66,96% 29,16% 24,47% 12,06% 21,54% 7,15% Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a las actividades económicas en que se encuadran, se observa el más elevado en Administración. El porcentaje de empresas afectadas más alto se 365

12 Pleno registra en Limpieza. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destaca el muy elevado de Administración. Tabla 10.- PLAN DE PREVENCION. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector 11 9, , ,45 Empresa 50 11, , ,76 TOTAL 61 10, , ,82 La presencia de las cláusulas relativas a planes de prevención en la negociación colectiva andaluza se aprecia en casi el 11% de los convenios vigentes durante el año 2005, apareciendo estas cláusulas con mayor frecuencia en los convenios de empresa que en los de sector. Tabla 11.- PLAN DE PREVENCION. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 1 5, , ,23 Empresa 4 6,45 4 6, ,89 TOTAL 5 6, , ,42 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) Al circunscribir el análisis a los convenios recepcionados originariamente a lo largo de la anualidad a la que se refiere el presente informe, se aprecia una menor frecuencia de estas cláusulas. Gráfico 10.- PLAN DE PREVENCION. Distribución por Tipo Funcional y Ámbito Geográfico en Convenios Colectivos Vigentes 5 45,00% 4 35,00% 3 25,00% 15,00% 1 5,00% Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Interpr. Totales Sector 5,56% 14,29% 7,69% 16,67% 7,14% 7,14% 6,25% 5 9,09% Empresa 12,82% 11,43% 14,29% 7,41% 1 7,69% 14,71% 10,67% 4,76% 11,36% Total 10,53% 11,90% 12,90% 5,26% 11,90% 7,50% 13,41% 9,89% 8,70% 10,87% 366

13 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La más amplia recepción de las cláusulas relativas a planes de prevención se observa en la provincia de Málaga, registrándose en la misma la mayor incidencia en convenios sectoriales. Tabla 12.- PLAN DE PREVENCION. Afectación por Ámbito Geográfico en Convenios Vigentes Ámbito geográ. Almería 6 10, , ,80 Cádiz 15 11, , ,12 Córdoba 8 12, , ,24 Granada 2 5,26 2 0, ,15 Huelva 5 11, , ,72 Jaén 3 7, , ,54 Málaga 11 13, , ,35 Sevilla 9 9, , ,76 Interpr. 2 8, , ,42 Total 61 10, , ,82 En cuanto a la afectación de estas cláusulas, por lo que se refiere a las empresas, se observa que los convenios de Sevilla son los que se alcanzan la mayor incidencia, siendo los de Granada los que registran las cifras inferiores. En lo que se refiere a los trabajadores afectados por los convenios que contienen este tipo de regulación, los porcentajes menores se observan en Granada y Málaga, mientras el más alto corresponde a los de Huelva. Gráfico 11.- PLAN DE PREVENCION. Afectación por Actividades Económicas y por Tipo Funcional de Convenio Vigentes 3 25,00% 15,00% 1 5,00% SECTOR 22,22% 28,57% 14,29% 1 12,50% 7,14% 6,25% 9,09% EMPRESA 9,52% 9,21% 23,53% 3,57% 6,67% 2,56% 3,23% 14,52% 11,36% TOTAL 21,43% 25,00% 1 10,71% 9,09% 23,53% 6,25% 9,68% 3,77% 2,56% 13,57% 10,87% Del análisis de la frecuencia de cláusulas relativas a planes de prevención en los convenios andaluces considerando tanto las actividades económicas como el tipo funcional de convenio, lleva a la conclusión de que son los encuadrados en las actividades de Administración y Sidero aquellos en los que aparecen más a menudo. En el extremo opuesto se sitúan los convenios pertenecientes a la Industria de la Madera y Cemento. 367

14 Pleno PLAN DE FORMACIÓN A fin de dar cumplimiento al deber de protección, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales contempla otras obligaciones de los empresarios que se traducen en otros tantos derechos de los trabajadores. Así, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La información y la formación de los trabajadores dirigidas a un mejor conocimiento, tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la forma de prevenirlos y evitarlos, de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que realizan, constituyen los elementos básicos en la prevención de riesgos laborales. En este sentido, resulta preciso recordar las recomendaciones del ANC respecto a la formación en materia de prevención de riesgos laborales, a la que considera como una de las herramientas más adecuadas para fomentar la cultura preventiva y los cambios actitudinales. Así, recomienda el citado Acuerdo incluir en los convenios colectivos de ámbito sectorial o inferior, el contenido de la formación específica según los riesgos de cada puesto de trabajo o función, agrupando así los criterios formativos, y el número de horas de formación o, en su caso, de adiestramiento, de manera homogénea, por riesgos y puestos de trabajo de cada sector; y con independencia de la formación acorde con los factores de riesgo de cada puesto de trabajo concreto en cada empresa individualmente considerada. Tabla 13.- Plan de Formación. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector 23 19, , ,45 Empresa 85 19, , ,01 TOTAL , , ,94 La presencia en la negociación colectiva andaluza de las cláusulas relativas a planes de formación en materia de prevención de riesgos laborales, se aprecia en el 19% de los convenios vigentes durante el año 2005, apareciendo estas cláusulas en proporciones similares tanto en los convenios de sector como en los de empresa. Esta regulación alcanza al 37% de trabajadores y el 27% de empresas cubiertas por convenios de ámbito andaluz. Tabla 14.- Plan de Formación. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 2 11, , ,00 Empresa 7 11, , ,64 TOTAL 9 11, , ,40 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) 368

15 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Al circunscribir el análisis a los convenios recepcionados originariamente a lo largo de la anualidad a la que se refiere el presente informe, se aprecia una menor frecuencia de estas cláusulas. Tabla 15.- Plan de Formación. Afectación por Ámbito Geográfico en Convenios Vigentes Ámbito geográ. Almería 13 22, , ,29 Cádiz 19 15, , ,33 Córdoba 16 25, , ,83 Granada 6 15, , ,00 Huelva 8 19,05 8 0, ,23 Jaén 10 25, , ,42 Málaga 13 15, , ,88 Sevilla 20 21, , ,27 Interpr. 3 13,04 3 0, ,72 Total , , ,94 Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a su distribución geográfica, se observan los más elevados en Córdoba y Jaén, correspondiendo el más reducido a los convenios de Cádiz. El porcentaje de empresas afectadas más alto se registra en Córdoba, siendo los del ámbito interprovincial los que ostentan el más bajo. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destaca el muy elevado de Sevilla, que contrasta con el notablemente más bajo de Huelva. Gráfico 12.- Plan de Formación. Porcentaje de Afectación por Actividades Económicas en Convenios Colectivos Vigentes CONVENIOS 28,57% 41,67% 1 13,04% 17,86% 19,48% 30,88% 14,58% 12,90% 5,66% 33,33% 17,14% 19,25% EMPRESAS 46,88% 0,44% 62,46% 35,18% 4,02% 0,59% 24,39% 30,88% 24,72% 5,53% 7,80% 8,74% 1,07% 26,65% TRABAJADORES 44,61% 2,46% 56,71% 53,88% 12,19% 1,79% 13,96% 70,15% 41,21% 10,22% 15,47% 22,72% 12,92% 36,94% Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a las actividades económicas en que se encuadran, se observa el más elevado en Sidero, correspondiendo el más reducido a los convenios de Madera. El 369

16 Pleno porcentaje de empresas afectadas más alto se registra en Sidero, siendo los convenios encuadrados en las actividades de Madera los que ostentan los más bajos. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destaca el muy elevado de los convenios de Administración. 5. SERVICIOS DE PREVENCION La LPRL considera como instrumento fundamental de la acción preventiva en la empresa la obligación de estructurar dicha acción a través de los denominados Servicios de Prevención, a los cuales define como conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas, a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados. Para el cumplimiento de este deber de prevención, la Ley ofrece diversas posibilidades, desarrolladas en el Reglamento de los Servicios de Prevención: El empresario podrá desarrollar personalmente la actividad de prevención, puede designar a uno o varios trabajadores, crear un servicio de prevención en sentido estricto o concertar el servicio con una entidad especializada ajena a la empresa. Tabla 16.- SERVICIO DE PREVENCION. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector 9 7, , ,79 Empresa 45 10, , ,96 TOTAL 54 9, , ,69 El total de convenios que contienen alguna cláusula en relación con la constitución de servicios de prevención de riesgos laborales se aproxima al 10% de los vigentes en Andalucía. La recepción de este tipo de cláusulas se produce en mayor medida en el ámbito sectorial. Tabla 17.- SERVICIO DE PREVENCION. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 0 0,00 0 0,00 0 0,00 Empresa 5 8,06 5 8, ,55 TOTAL 5 6,33 5 0, ,74 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) Al circunscribir el análisis a los convenios recepcionados originariamente a lo largo de la anualidad a la que se refiere el presente informe, se observa una menor presencia de estas cláusulas, y, en consecuencia, una menor afectación de esta regulación. 370

17 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Tabla 18.- SERVICIO DE PREVENCION. Afectación por Ámbito Geográfico en Convenios Vigentes Ámbito geográ. Almería 5 8, , ,20 Cádiz 12 9, , ,98 Córdoba 5 8,06 5 0, ,86 Granada 1 2, , ,77 Huelva 2 4,76 2 0, ,05 Jaén 5 12, , ,14 Málaga 10 12, , ,92 Sevilla 10 10, , ,32 Interpr. 4 17, , ,09 Total 54 9, , ,69 Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a su distribución geográfica, se observa el más elevado en el ámbito interprovincial y en la provincia de Jaén, correspondiendo el más reducido a los convenios de Granada. El porcentaje de empresas afectadas más alto se registra en Granada. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destaca el muy elevado de los convenios interprovinciales. Gráfico 13.- SERVICIO DE PREVENCION. Porcentaje de Afectación por Actividades Económicas en Convenios Colectivos Vigentes CONVENIOS 7,14% 6,67% 8,33% 1 8,70% 3,57% 14,29% 20,59% 2,08% 9,68% 9,43% 2,56% 8,57% 9,63% EMPRESAS 1,37% 0,15% 4,36% 0,02% 4,02% 0,12% 13,41% 20,59% 3,40% 5,08% 0,30% 0,04% 0,48% 2,86% TRABAJADORES 7,65% 0,80% 20,57% 0,39% 12,18% 0,81% 3,72% 68,52% 28,99% 9,73% 6,73% 0,94% 21,16% 10,69% Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a las actividades económicas en que se encuadran, se observa el más elevado en Administración, correspondiendo el más reducido a los convenios de Madera. El porcentaje de empresas afectadas más alto se registra en los de Administración. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destaca el muy elevado de Administración. 371

18 Pleno VIGILANCIA DE LA SALUD. En el ANC-2005 se recomienda que en los convenios colectivos se avance en la paulatina sustitución de los reconocimientos médicos generales o inespecíficos por exámenes de salud específicos dirigidos a un cumplimiento adecuado de la normativa. Tabla 19.- RECONOCIMIENTO SANITARIO. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector 83 68, , ,25 Empresa , , ,87 TOTAL , , ,33 Del análisis de la negociación colectiva andaluza se extrae que, del total de convenios colectivos vigentes, el 65% de los mismos contiene alguna referencia a la vigilancia de la salud, alcanzando mayor incidencia en los convenios de sector frente a los de empresa. Tabla 20.- RECONOCIMIENTO SANITARIO. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 12 70, , ,05 Empresa 43 69, , ,90 TOTAL 55 69, , ,83 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) Al circunscribir el análisis a los convenios recepcionados originariamente a lo largo de la anualidad a la que se refiere el presente informe, se aprecia una mayor presencia de estas cláusulas en el ámbito sectorial, observándose no obstante un retroceso en la afectación de las mismas. Tabla 21.- RECONOCIMIENTO SANITARIO. Afectación por Ámbito Geográfico en Convenios Vigentes Ámbito geográ. Almería 44 77, , ,94 Cádiz 82 65, , ,59 Córdoba 43 69, , ,14 Granada 21 55, , ,59 Huelva 29 69, , ,85 Jaén 26 65, , ,23 Málaga 52 63, , ,35 Sevilla 51 56, , ,41 Interpr , , ,10 Total , , ,33 372

19 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a la distribución geográfica, se observa el más elevado en Almería, correspondiendo el más reducido a los convenios de Granada. El porcentaje de empresas afectadas más alto se registra en Córdoba, siendo los interprovinciales los que ostentan el más bajo. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destaca el muy elevado de Almería, que contrasta con el notablemente más bajo de Jaén. Gráfico 14.- RECONOCIMIENTO SANITARIO. Porcentaje de Afectación por Actividades Económicas en Convenios Colectivos Vigentes CONVENIOS ,67% 9 78,57% 73,33% ,43% 52,94% 69,62% EMPRESAS ,67% 9 78,57% 99,56% 0,20% 98,69% 3 81,11% 46,11% TRABAJADORES 41,51% ,37% 83,48% 80,56% 92,74% 0,96% 94,63% 23,29% 52,87% 34,83% Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a las actividades económicas en que se encuadran, se observan los más elevados en Hostelería y Construcción, el cual contrasta con la ausencia en los convenios de Agricultura, Sidero y Madera. Tabla 22.- Tratamientos grupos especiales de trabajadores. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector 15 12, , ,37 Empresa 43 9, , ,57 TOTAL 58 10, , ,99 Por lo que se refiere a la inclusión de cláusulas especiales para grupos de riesgo, encontramos que en torno al 10% de convenios vigentes en Andalucía prevé una vigilancia especial dirigida a aquellos trabajadores y grupos de trabajadores, que por sus características personales, por sus condiciones de mayor exposición a riesgos o por otras circunstancias tengan mayor vulnerabilidad al mismo. Tabla 23.- Tratamientos grupos especiales de trabajadores. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 1 5, , ,23 Empresa 4 6,45 4 6, ,77 TOTAL 5 6, , ,20 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) 373

20 Pleno Al circunscribir el análisis a los convenios recepcionados originariamente a lo largo de la anualidad a la que se refiere el presente informe, se aprecia una menor presencia de estas cláusulas tanto en el ámbito sectorial como en el de los convenios de empresa. Tabla 24.- Tratamientos grupos especiales de trabajadores. Afectación por Ámbito Geográfico en Convenios Vigentes Ámbito geográ. Almería 5 8, , ,80 Cádiz 11 8, , ,04 Córdoba 8 12, , ,38 Granada 4 10, , ,09 Huelva 2 4, , ,92 Jaén 2 5, , ,09 Málaga 16 19, , ,35 Sevilla 7 7,69 7 0, ,46 Interpr. 3 13,04 3 0, ,32 Total 58 10, , ,99 Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a su distribución geográfica, se observa el más elevado en Málaga, correspondiendo el más reducido a los convenios de Huelva. El porcentaje de empresas afectadas más alto se registra en Córdoba, siendo los de la provincia de Sevilla los que ostentan el más bajo. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destacan los muy elevados de Córdoba y Huelva, que contrasta con el notablemente más bajo de Sevilla. Gráfico 15.- Tratamientos grupos especiales de trabajadores. Porcentaje de Afectación por Actividades Económicas en Convenios Colectivos Vigentes 4 35,00% 3 25,00% 15,00% 1 5,00% CONVENIOS 21,43% 6,67% 8,33% 17,39% 7,14% 1,30% 25,00% 6,25% 9,68% 11,32% 17,95% 7,14% 10,34% EMPRESAS 27,55% 0,15% 8,72% 23,66% 32,98% 1,22% 25,00% 8,24% 11,85% 26,89% 0,28% 0,23% 19,53% TRABAJADORES 30,62% 0,80% 8,23% 29,21% 36,38% 5,96% 18,67% 34,83% 15,41% 30,79% 17,89% 3,94% 21,99% Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a las actividades económicas en que se encuadran, se observa el más elevado en Administración. En contraposición, esta regulación está ausente tanto en los convenios de Construcción como en los de Madera. El porcentaje de empresas 374

21 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES afectadas más alto se registra en Limpieza. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destacan los correspondientes a Limpieza y Alimentación. 7. REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: DELEGADOS DE PREVENCION. COMITÉS DE SEGURIDAD Y SALUD. OTROS ÓRGANOS. La canalización del derecho de participación de los trabajadores que la LPRL reconoce en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo se produce, en las empresas o centros de trabajo que cuenten con seis o más trabajadores, a través de sus representantes y de la representación especializada que regula la propia Ley. Estos órganos especializados son los Delegados de Prevención y los Comités de Seguridad y Salud, de los que encontramos abundantes referencias en los convenios colectivos vigentes. Tabla 25.- Representantes de los Trabajadores. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector 61 50, , ,28 Empresa , , ,44 TOTAL , , ,23 La presencia de las cláusulas relativas a los representantes de los trabajadores en materia de seguridad y salud se localiza en el 50% de los convenios vigentes durante el año 2005, apareciendo estas cláusulas en proporciones similares tanto en los convenios de sector como en los de empresa. Esta regulación alcanza en torno al 78% tanto de trabajadores como de empresas cubiertos por convenios de ámbito andaluz. Tabla 26.- Representantes de los Trabajadores. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 6 35, , ,03 Empresa 28 45, , ,99 TOTAL 34 43, , ,16 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) Al circunscribir el análisis a los convenios recepcionados originariamente a lo largo de la anualidad a la que se refiere el presente informe, se aprecia una menor frecuencia de estas cláusulas, sobre todo en los convenios de sector, circunstancia que conlleva una menor afectación de las mismas. 375

22 Pleno Gráfico 16.- Representantes de los Trabajadores. Distribución por Tipo Funcional y Ámbito Geográfico en Convenios Colectivos Vigentes Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Interpr. Totales Sector 5 71,43% 76,92% 45,45% 16,67% 64,29% 35,71% 31,25% 5 50,41% Empresa 53,85% 49,52% 42,86% 40,74% ,47% 57,33% 61,90% 50,23% Total 52,63% 53,17% 5 42,11% 33,33% 55,00% 48,78% 52,75% 60,87% 50,27% La recepción de las cláusulas relativas al papel de los representantes de los trabajadores en materia de salud laboral alcanza sus cotas más elevadas en la provincia de Jaén y el ámbito interprovincial. Gráfico 17.- Representantes de los Trabajadores. Porcentaje de Afectación por Actividades Económicas en Convenios Colectivos Vigentes CONVENIOS 64,29% 33,33% 58,33% 7 43,48% 5 58,44% 77,94% 33,33% 39,58% 38,71% 37,74% 51,28% 42,86% 50,27% EMPRESAS 96,57% 51,89% 95,60% 94,50% 40,52% 40,64% 54,88% 77,94% 50,07% 53,55% 85,64% 34,58% 9,98% 6,03% 79,08% TRABAJADORES 86,96% 63,08% 93,48% 91,34% 42,81% 51,48% 74,48% 96,92% 69,48% 65,94% 72,42% 48,86% 50,25% 45,84% 78,23% Base de datos: 561 convenios vigentes (121 sector, 440 emp resa) Al examinar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a las actividades económicas en que se encuadran, se observa el más elevado en Administración, correspondiendo el más reducido a los convenios de Madera. Los porcentajes más altos tanto de empresas como de trabajadores afectados se registran en los convenios de Construcción y Sidero. De acuerdo con el artículo 35 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los delegados de prevención son los representantes de los trabajadores con funciones 376

23 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Son designados por y entre los representantes del personal con arreglo a una escala. La representación de los trabajadores es una de las materias en que la Ley remite expresamente a la norma convencional, disponiendo su artículo 35.4 que en los convenios colectivos podrán establecerse otros sistemas de designación de los delegados de prevención, siempre que se garantice que la facultad de designación corresponde a los representantes del personal o a los propios trabajadores. Asimismo, en la negociación colectiva puede acordarse que las competencias reconocidas en la ley a los Delegados de Prevención sean ejercidas por órganos especializados creados en el propio convenio. En este sentido, conviene tener presente que en el ANC-2005 se dice que en la negociación colectiva de cualquier ámbito, preferentemente en la sectorial, se puede concretar el número de horas de formación de los delegados de prevención en función de la peligrosidad de la actividad. También se alude en el ANC a que podrá negociarse la inclusión de los criterios y las formas en que los delegados de prevención han de colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva, a través de la aplicación, promoción y fomento de la cooperación de los trabajadores en la ejecución de las normas y medidas de prevención y protección de riesgos laborales adoptadas en las empresas. Tabla 27.- Delegados de prevención. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector 34 28, , ,45 Empresa , , ,15 TOTAL , , ,99 A los delegados de prevención se refieren un 30% de los convenios vigentes, afectando al 21% de empresas y al 34% de trabajadores incluidos en la negociación colectiva de ámbito andaluz. Tabla 28.- Delegados de prevención. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 4 23, , ,97 Empresa 17 27, , ,82 TOTAL 21 26, , ,05 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) Al considerar únicamente los convenios recepcionados originariamente a lo largo de la anualidad a la que se refiere el presente informe, se aprecia una cierta menor presencia de estas cláusulas en el ámbito sectorial. 377

24 Pleno Gráfico 18.- Delegados de prevención. Distribución por Tipo Funcional y Ámbito Geográfico en Convenios Colectivos Vigentes Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla Interpr. Totales Sector 22,22% 38,10% 61,54% 27,27% 42,86% 21,43% 12,50% 28,10% Empresa 43,59% 29,52% 24,49% 18,52% 30,77% 29,41% 36,00% 47,62% 30,91% Total 36,84% 30,95% 32,26% 21,05% 14,29% 35,00% 28,05% 31,87% 43,48% 30,30% El examen de la presencia de estas cláusulas en el articulado de los convenios andaluces teniendo en cuenta tanto el ámbito geográfico como el tipo funcional de convenio, pone de manifiesto cifras dispares. En general es en el ámbito interprovincial donde se localiza la mayor frecuencia de estas previsiones, siendo los convenios de Huelva los que ponen de manifiesto las cifras más reducidas. Por otro lado, resulta obligado hacer referencia al elevado porcentaje de convenios de sector de Córdoba que contiene estas cláusulas. Los convenios de empresa encuadrados en Almería también registran un porcentaje elevado. La menor frecuencia en este ámbito corresponde a los convenios de Granada. Gráfico 19.- Delegados de prevención. Porcentaje de Afectación por Actividades Económicas en Convenios Colectivos Vigentes CONVENIOS 28,57% 13,33% 16,67% 4 21,74% 21,43% 32,47% 51,47% 33,33% 27,08% 19,35% 24,53% 38,46% 27,86% 30,30% EMPRESAS 25,40% 12,50% 50,59% 49,29% 4,02% 30,04% 30,49% 51,47% 50,07% 43,98% 13,99% 34,31% 9,78% 3,03% 20,91% TRABAJADORES 39,05% 9,01% 31,88% 28,20% 12,23% 25,62% 24,87% 87,21% 69,48% 51,46% 23,63% 43,46% 33,01% 16,81% 33,99% 378

25 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Al analizar los porcentajes de presencia de estas cláusulas en los convenios andaluces atendiendo a las actividades económicas en que se encuadran, se observa el más elevado en los convenios encuadrados en la Administración, correspondiendo el más reducido a los convenios de Cemento. Los porcentajes de empresas afectadas más altos se registran en Administración y Sidero, siendo la actividad de Sanidad la que ostenta el más bajo. En cuanto al porcentaje de trabajadores afectados, destaca asimismo el de Administración, que contrasta con los notablemente más bajos de Cemento y Hostelería. Las materias que con mayor frecuencia se tratan en la negociación son las reglas de elección y el crédito horario de los delegados de prevención. En esta línea, el ANC recomienda que esta materia sea tratada en convenios colectivos de ámbitos más amplios como el sectorial, aludiendo a que es recomendable que el crédito horario de los delegados de prevención se incluya en convenios colectivos del ámbito sectorial y territorial más amplio posible. Tabla 29.- Crédito de horas adicional. Datos Generales. Convenios Vigentes Sector 9 7, , ,52 Empresa 40 9, , ,96 TOTAL 49 8, , ,22 La ampliación del crédito horario de los delegados de prevención se contempla en casi el 9% del total de convenios vigentes, teniendo menor presencia relativa en los convenios de sector frente a los de empresa. Tabla 30.- Crédito de horas adicional. Datos Generales. Convenios Originarios Sector 0 0,00 0 0,00 0 0,00 Empresa 4 6,45 4 6, ,62 TOTAL 4 5,06 4 0, ,53 Base de datos: 79 convenios originarios (17 sector, 62 empresa) Al circunscribir el análisis a los convenios recepcionados originariamente en la anualidad a la que se refiere el presente informe, se aprecia una menor presencia de estas cláusulas tanto en los convenios de empresa como de sector, circunstancia que influye en que la afectación de estas cláusulas experimente un retroceso. 379

VICISITUDES DEL CONTRATO DE TRABAJO

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