Comprobación de Ingresos 1. Los acreditados que perciban ingresos por una pensión laboral, en que régimen laboral deberán considerarse? Se considerarán como asalariados y en lugar de presentar la carta constancia de la empresa, podrán presentar su credencial de pensionado, lo cual deberá ser cotejado con el estudio socioeconómico. 2. Existe algún caso en que los comprobantes de ingreso puedan estar fuera del periodo de vigencia de seis meses a la fecha de escrituración? Los recibos de nómina deberán tener una fecha de expedición no mayor a 12 meses con respecto a la fecha de escrituración, para lo cual, si alguno de éstos llegara a cumplir 6 meses de antigüedad con respecto a la citada fecha, se deberá presentar en adición a lo solicitado, el último recibo de nómina (el cual deberá corresponder al mes inmediato anterior a la fecha de escrituración). Si el acreditado comprueba ingresos con los estados de cuenta de seis meses anteriores a la fecha de escrituración de la vivienda, los 2 estados de cuenta más antiguos podrán estar fuera del periodo de seis meses de vigencia mencionado en las reglas de originación. 3. Cuando exista un aumento en el salario del acreditado en el último recibo, y así lo demuestre la carta de constancia de empleo, se considerará el monto de dicho recibo como ingreso promedio mensual? Si. 4. Qué ingresos adicionales al salario se considerarán como parte del ingreso mensual? Las percepciones extraordinarias a considerar tanto en la carta como en los recibos de nómina son las que aparezcan de manera regular, como son los vales de despensa/gasolina/alimentos, ayudas, premios y/o fondos. Con respecto a los bonos (ingresos extraordinarios al salario) serán considerados aquellos que se otorguen regularmente con periodicidad no mayor a tres meses, los cuales se deberán manifestar en la carta, especificando periodicidad y monto. La gratificación anual, prima vacacional y fondo de ahorro que sean pagaderos anualmente, no serán considerados como parte de la percepción mensual.
Comprobación de Ingresos 5. Cuando el acreditado compruebe ingresos por medio de facturas de gastos o egresos realizados, estos gastos deben estar relacionados con la actividad del acreditado? Si, los gastos deberán estar relacionados con la actividad empresarial o con el servicio personal independiente que realice el acreditado. 6. Cuando el acreditado haya cambiado de empleo en los últimos meses, y la comprobación de ingresos lo realice por el mismo periodo, Cuál será el ingreso a considerar para el análisis de crédito?, Qué documentos deberá presentar? El acreditado deberá presentar los recibos de nómina correspondientes a tres meses y la carta constancia del último empleo, la cual debe especificar la fecha de ingreso al empleo y la percepción mensual. El periodo de desempleo máximo podrá ser de 2 meses y el ingreso que se tomará en cuenta será el del último empleo. Este criterio aplica de igual manera a rentas. 7. Para los acreditados que estén bajo el esquema de nómina cómo deberán considerarse las propinas y comisiones provenientes de la misma actividad? Para el caso de acreditados que perciban un ingreso adicional a su salario sobre la misma actividad y no se encuentre reflejado en el recibo de nómina (ejemplo propinas), éste se podrá considerar, siempre y cuando el empleador o patrón, describa en la carta el monto del ingreso adicional mensual o en su defecto, cuando el estudio socioeconómico refleje esta situación. El estudio socioeconómico es obligatorio para este tipo de ingresos. 8. Cuáles son los puntos que se deben considerar y verificar en un recibo de nómina? Es responsabilidad del Intermediario Financiero verificar la veracidad de la documentación que respalda la actividad laboral del acreditado. Para lo anterior, el intermediario deberá por ejemplo consultar las bases de datos del INFONAVIT o FOVISSSTE, identificar las retenciones de impuestos y/o contactar al empleador.
Relación pago-ingreso y endeudamiento 1. Cuál es el monto de los ingresos que utiliza SHF para cálculo de relación pagoingreso y endeudamiento? SHF siempre utilizará el ingreso mensual promedio del acreditado obtenido de los comprobantes de ingreso que se encuentren en el expediente al momento de la revisión física del mismo. Las únicas excepciones son cuando el acreditado ha cambiado de empleo (para lo cual el ingreso que se considera es el correspondiente al recibo o recibos del nuevo empleo) o existe un incremento de ingreso en el periodo de comprobación (validado con la carta del empleador). 2. Cómo deberá calcularse la capacidad de pago-ingreso y endeudamiento en los casos que exista co-acreditado? La relación pago-ingreso siempre será calculada en conjunto, con la única excepción de los créditos con apoyo INFONAVIT y que hayan seleccionado que la aportación patronal vaya directo a la mensualidad. En este último caso, dicha relación se calculará por separado para el acreditado y el co-acreditado, proporcionalmente a los ingresos comprobables de cada uno. La relación de endeudamiento deberá calcularse por separado y proporcionalmente a los ingresos comprobables del acreditado y el co-acreditado. La única excepción es cuando el acreditado y el co-acreditado sean cónyuges o concubinos. En dicho caso el cálculo de la relación de endeudamiento se realizará en conjunto. 3. Es posible que el acreditado solicite un segundo crédito con recursos SHF? El acreditado puede solicitar un segundo crédito con recursos SHF. Sin embargo, si el acreditado solicitó y se le otorgó un crédito con la Garantía por Incumplimiento (otorgados a partir de julio de 2004), el segundo crédito no podrá ser garantizado.
Buró de Crédito 1. Qué criterio se aplicará cuando en una cuenta de Tarjeta de crédito en el Buró de Crédito, el pago mínimo mensual sea igual al saldo total? Cuando las tarjetas de crédito revolventes muestren un pago mínimo igual al monto total de la deuda, se considerará como pago mínimo mensual el 10% de la deuda. 2. Cuando exista uno o más MOPs con clave igual o superior a 5 en la consulta del Buró de Crédito de los últimos 2 años, y en el reporte no se muestren los montos vencidos, en esas fechas, deberá solicitarse al cliente documentación adicional? Se deberá solicitar la carta de explicación del acreditado, así como el recibo de pago por cada uno de los MOPs con clave igual o mayor a 5. En caso de que uno de los MOPs mencionados sea mayor a 3,000 UDIS el crédito deberá ser rechazado. 3. Para el caso de mexicanos que residan en los Estados Unidos de América, SHF solicita que se revise el Buró de Crédito emitido por las agencias correspondientes del mencionado país. Esta consulta de buró es en adición a la consulta realizada en México? Cuál es el puntaje mínimo que se deberá solicitar para la consulta realizada en los Estados Unidos de América? Sólo para el caso de mexicanos que residan en los Estados Unidos de América, SHF solicita que se lleve a cabo la consulta de buró del acreditado en México, así como en los Estados Unidos, ya que las dos consultas permiten verificar el monto de adeudo real del solicitante de crédito. SHF no ha establecido un score mínimo para el historial crediticio de los Estados Unidos, por lo que lo deja a criterio del intermediario financiero, el cual aplicará las mejores prácticas de crédito. 4. Cuál es el criterio para determinar el endeudamiento cuando el solicitante de crédito no tiene historial crediticio en el Buró de Crédito? Cuando el acreditado no tiene historial de crédito en el Buró crediticio, se considerarán los créditos reportados en la Solicitud de Crédito, así como aquellos reportados en el Estudio Socioeconómico. Cuando el acreditado cuente con historial crediticio en la consulta al Buró, se considerarán los montos reportados en dicha consulta y los montos correspondientes
a créditos adicionales mencionados en la solicitud de crédito, estudio socioeconómico y/o recibos de nomina, para determinar el monto de endeudamiento. Llenado del Anexo 4C1 1. Cómo se debe presentar la información en el anexo de información relativa a la pre-aprobación de solicitudes de crédito y/o garantía por incumplimiento (Anexo 4C1), cuando existen más de dos fuentes de comprobación de ingresos? Para la presentación de la información del Anexo 4C1, cuando se tienen más de dos fuentes de ingresos, será de la siguiente manera: En la columna 30 se seleccionará la opción que represente la fuente de mayor aportación y su proporción con respecto al total de fuentes se presenta en la columna 32. En la columna 33 se seleccionará la opción para la segunda fuente de mayor aportación y en la columna 34 se indicará el porcentaje de participación de las fuentes restantes con respecto al total. Ejemplo: Fuente Monto Porcentaje 1 1000 56% 2 500 28% 3 200 11% 4 100 5% Columna 32 = 56.00 Columna 34 = 44.00
Generales 1. La restricción de edad que aplica para créditos que se otorgan con apego al artículo 43 bis del INFONAVIT es igual para créditos en co-financiamiento? No, ya que el crédito otorgado por el intermediario financiero no recibe la totalidad de los beneficios del 43 bis y por consiguiente, no tiene la restricción de la edad del acreditado, por lo que se deberá apegar a lo establecido en el numeral 2.1.2 del Manual de requerimientos mínimos de originación para créditos susceptibles de ser garantizados.