DERECHO CONSTITUCIONAL
1. QUÉ ES EL DERECHO CONSTITUCIONAL? Es aquella rama del derecho que estudia los aspectos generales y más s sobresalientes de la organización n y actividad del Estado; es decir: a. Estructura política, b. Forma de gobierno, c. Administración n de justicia, d. Actividad del Estado, e. Libertades y derechos de sus ciudadanos f. Organización n territorial entre otros, EN CONCLUSIÓN: N: determina, cómo c se establece, se transmite o se ejerce la autoridad dentro del Estado.
2. CUÁL L ES LA DIFERENCIA ENTRE PODER CONSTITUYENTE Y PODER CONSTITUIDO? A. Poder constituyente: Al hacer referencia al concepto de poder constituyente nos limitamos a señalar como aquel que representa la esencia del poder de un Estado, limitándonos a la figura de la soberanía. a. El poder constituyente tiene estrecha relación n con el concepto de soberanía, a, por lo que en ciertos casos, puede decirse que el poder constituyente está en manos del pueblo, que es soberano y, en otros, en la nación n representada por el rey o los representantes del pueblo De la misma manera, el poder constituyente se puede expresar de manera directa (Constituyente primario), que es el pueblo cuando crea una nueva constitución n a través s de mecanismos no previstos en la constitución n anterior; o de manera derivada poder constituyente derivado (El Congreso por ejemplo, cuando reforma a la constitución). n). Las manifestaciones del poder constituyente pueden igualmente observarse a través s de procedimientos como el referendo o el plebiscito. Los límites l al poder constituyente no son tan claros, cuando se trata del constituyente primario, por cuanto se establece un nuevo orden, por ello, generalmente se habla de poder fundacional; no ocurre lo mismo cuando se trata del constituyente derivado, que tiene límites l procesales (de forma) y sustanciales (de fondo, como por ejemplo, el cambio de modelo de Estado)
B. Poder constituido: Al referirnos al concepto de poder constituido señalamos como aquellos poderes que tienen como fundamento al poder constituyente. En este caso, nos referimos a las tres ramas del poder público: p ejecutivo, legislativo y judicial. Frente a estos puntos haremos referencia más m s adelante.
3. QUÉ ES EL ESTADO? El Estado, según n la definición n propuesta por Weber,, para que se configure un Estado cuando Se logra el monopolio legítimo de la fuerza en un territorio determinado y sobre un grupo determinado de personas. Elementos del Estado: Del concepto anteriormente expuesto, podemos decir entonces, que los elementos del Estado son tres a saber:
- Material.. Que se traduce en el monopolio de la fuerza física f y a través s de la misma puede hacer cumplir sus decisiones, que se reflejan a través s de leyes (fuerza jurídica). - Psicológico gico.. Consiste en la creencia por parte de los gobernados, de que quien ejerce el poder es legítimo y debe obedecerse. Dicho en otras palabras, es el consenso y aceptación del dominio ejercido en una sociedad por parte de quienes detentan el poder. - Histórico Geográfico. El monopolio de la fuerza se ejerce en un determinado territorio, sin territorio, no hay Estado, no porque sea un elemento constitutivo del Estado, sino porque es una condición n indispensable para que se ejerza eficazmente dicho monopolio. El elemento histórico esta dado por la presencia en la población n de vínculos v tales como raza, lengua, religión, tradiciones, que traspasan los límites l temporales y espaciales. Por tanto, para la existencia del Estado, se hace necesario la confluencia de estos dos elementos. En este punto nos encontramos frente al concepto de NACIÓN
4. QUÉ ES LA DEMOCRACIA? Etimológicamente, el concepto se deriva de dos raíces griegas demos (pueblo) cratos (reino, gobierno). Se trata entonces del gobierno del pueblo. Clases: Se pueden distinguir las siguientes clases o tipos de democracia
Directa. Consiste en el gobierno del pueblo sobre sus asuntos, sin que haya un intermediario en la toma de sus decisiones. El pueblo ejerce los poderes ejecutivo, legislativo, judicial, de control etc. Se observó en la antigua Grecia y actualmente se observa en pequeñas comunidades. Participativa. Es un avance con relación n a la democracia representativa, se busca que el pueblo ejerza cierta presión n sobre sus gobernantes y tome decisiones en relación n con la administración n pública p y política de su comunidad. Representativa.. En este tipo de democracia, el poder político es ejercido no por el pueblo, sino por los representantes que él l elija. La Constitución n Política de Colombia de 1886 estaba organizada a través s de la democracia representativa. La actual Constitución n Política tica de Colombia de 1991 se fundamenta en la democracia participativa.
5. CUÁLES SON LAS FORMAS DE ESTADO? UNITARIO Es aquel que posee un solo centro de impulsión política y administrativa, es decir, aquel en el cual la soberanía se ejerce directamente sobre todo el conglomerado social asentado sobre un mismo territorio desde un punto central La totalidad de las atribuciones y funciones del poder político emanan de un titular único, que es la persona jurídica llamada Estado Se está frente a un Estado simple o unitario, cuando un país se rige por un único sistema de órganos de gobierno, por lo general con sede en una ciudad (la capital) y sus poderes actúan sobre todo el territorio del Estado. Estamos entonces frente a un Estado simple o unitario, cuando un país se rige por un único sistema de órganos de gobierno, por lo general con sede en una ciudad (la capital) y sus poderes actúan sobre todo el territorio del Estado. Hoy se busca mitigar al Estado Unitario a través de la figura de la descentralización administrativa. Este es el caso de Colombia, si analizamos el artículo 1 de la Constitución Política de Colombia. COMPUESTO Se conocen como tal a aquellos Estados en los cuales la soberanía no se ejerce de manera uniforme y constante sobre el territorio nacional, sino que su ejercicio está fraccionado en entes diversos, colocados en una situación jurídica y política similar y que gozan de una autonomía casi absoluta para el manejo de sus propios asuntos y para el ejercicio de ciertas funciones. Hoy se puede hablar de dos formas de Estado compuesto: 1. Confederación de Estados: Surge por el acuerdo entre diferentes Estados que convienen en su unión, pero conservando cada uno su propia autonomía y soberanía interna, quedando unidos por lo dispuesto en las actas de confederación y las decisiones de poder confederado los afectan, en la medida en que hayan sido estipuladas en el pacto. Es un tipo de Estado histórico, ya que actualmente no existe este tipo de estados. 2. Estado Federal: Es una asociación de Estados en el cual los miembros están sometidos en ciertos aspectos a un poder central único, pero conservan su propia autonomía para el ejercicio de determinadas funciones internas de carácter administrativo o político, sus principales características son
6. QUÉ ES EL SISTEMA DE GOBIERNO? Hace relación n a la organización n y estructura interna de los órganos del Estado, en cuanto a sus titulares, ámbito de competencia, funcionamiento y relaciones mutuas. Actualmente pueden observarse tres tipos o sistemas de gobierno que son:
Sistemas de gobierno 1. Sistema parlamentario 2. Sistema presidencial
7. CUÁL L ES LA DIFERENCIA ENTRE EL ESTADO DE DERECHO Y EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO? Estado de Derecho: es aquel el cual está organizado y estructurado a partir del principio de legalidad, es decir, todo el funcionamiento del Estado se fundamenta en el imperio de la ley. Estado Social de Derecho: es aquel al cual se le da primacía a a valores como la dignidad humana, la justicia distributiva y el respeto r de los derechos humanos. Colombia está organizada en un Estado Social de Derecho.
LAS RAMAS DEL PODER PÚBLICOP Alcaldes LA RAMA EJECUTIVA Presidente de la República Vicepresidente Ministerios Establecimientos Públicos Empresas industriales del Estado Gobernadores Concejales Diputados Departamentos administrativos Superintendecias Las sociedades de economía mixta LA RAMA LEGISLATIVA Conformado por el Congreso de la República Senado Cámara de Representantes Elegidos popularmente cada 4 años Expiden leyes Reforman la Constitución LA RAMA JUDICIAL Jurisdicción ordinaria Jurisdicción constitucional Jurisdicción contenciosa administrativa Consejo superior de la judicatura Fiscalía Son independientes de las otras ramas.