UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud



Documentos relacionados
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. División de Ciencias Sociales y Humanidades

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD CUAJIMALPA División de Ciencias Naturales e Ingeniería

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. Unidad Xochimilco División de Ciencias Biológicas y de la Salud

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD IZTAPALAPA. División de Ciencias Básicas e Ingeniería División de Ciencias Biológicas y de la Salud

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería

REGLAMENTO GENERAL DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO Y DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA

MAESTRÍA Y DOCTORADO EN CIENCIAS AMBIENTALES

REGLAMENTO DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO DE LA ESCUELA DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias y Artes para el Diseño

Presentación, antecedentes y objetivos

DATOS DE ADMISIÓN AL PROGRAMA DE DOCTORADO

DOCTORADO EN CIENCIAS EN DESARROLLO REGIONAL Y TECNOLÓGICO CONVOCATORIA 2015

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

DOCTORADO DE ESTUDIOS DE GÉNERO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO CAPITULO PRIMERO.- DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Buenos Aires, 02 de agosto de Carrera Nº /10

Índice. Reglamento General de Estudios de Posgrado de la Universidad Autónoma de Nayarit. Capítulo I. Disposiciones Generales.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD IZTAPALAPA

2.- Apruébase el siguiente Reglamento y Plan de Estudios: A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE DURANGO UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA DE DURANGO DOCTORADO INTERINSTITUCIONAL EN CIENCIAS PARA EL APRENDIZAJE

La Evaluación Experimental de la Calidad de los Programas de Postgrado de Universidades Autónomas se regirá por las siguientes normas:

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL PERSONAL CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DEL CIQA

CREA GRADO ACADEMICO DE MAGISTER EN ESTUDIOS COGNITIVOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA Y HUMANIDADES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 10 de noviembre de 2010

El Centro Universitario ESM TENERIFE, representado en Chile por Cedepu Consultores ofrece una modalidad flexible en materia de formación continua que

Buenos Aires, 02 de agosto de Carrera Nº /10

PLAN DE ESTUDIOS MAESTRÍA EN CIENCIAS ENERGÍA RENOVABLE

Universidad Autónoma Metropolitana. Unidad Iztapalapa. División de Ciencias Biológicas y de la Salud. Posgrado en Biotecnología

Se aprueban las políticas del posgrado en los términos siguientes: Políticas y Normas de Posgrado

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 27 de abril de Carrera Nº 3.

Reglamento de la Especialización en la Enseñanza del Español para Extranjeros Programa de Educación a Distancia

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA. Buenos Aires, 16 de julio de 2003

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración

CEPES CENTRO PANAMERICANO DE ESTUDIOS SUPERIORES

REGLAMENTO PROGRAMA DE DOCTORADO EN GENÓMICA INTEGRATIVA FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD MAYOR

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos

APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN FILOSOFIA CON MENCIONES. REGLAMENTO TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con:

PROGRAMA DE MAESTRIAS Y DOCTORADOS EN CIENCIAS MÉDICAS PRO.IN.BIO. Escuela de Graduados (Facultad de Medicina)

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 06 de diciembre de 2010

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD CUAJIMALPA División de Ciencias Naturales e Ingeniería

ESPECIALIZACIÓN LECTURA, ESCRITURA Y EDUCACIÓN. El Programa de Lectura, escritura y educación tiene como objetivos

UNIVERSIDAD AUTONOMA METROPOLITANA UNIDAD AZCAPOTZALCO. División de Ciencias Sociales y Humanidades

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADEMICO. RESOLUCIÓN No. 036 marzo 5 de 2015

REGLAMENTO DE CURSOS DE ACTUALIZACIÓN Y DIPLOMADOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

DOCTORADO EN ARQUITECTURA Y ESTUDIO URBANOS

REGLAMENTO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DE POSGRADO

REGLAMENTO PARA LA DIVISIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1 La formación del posgrado en Biotecnología conducirá a la obtención de títulos de Maestría y Doctorado en dicha área.

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE CENTRO UNIVERSITARIO DE OCCIDENTE C O N S I D E R A N D O

Maestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos

DOCTORADO EN CIENCIAS EN INGENIERÍA

EL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS PENALES

ANEXO I CARRERA DE POSGRADO MAESTRÍA EN ESTUDIOS POLÍTICOS. Plan de estudios de la Carrera de Posgrado de Maestría en Estudios Políticos

DOCTORADO EN CIENCIAS EN ENERGÍA RENOVABLE

Especialización en Gestión de Recursos Humanos

En el presente reglamento consideramos que existen diferencias esenciales e importantes entre los estudios de licenciatura y los de postgrado.

LINEAMIENTOS PARTICULARES DEL POSGRADO EN INGENIERIA BIOMEDICA MAESTRIA Y DOCTORADO EN CIENCIAS (INGENIERIA BIOMEDICA)

Universidad Autónoma del Estado de México Secretaría de Investigación y Estudios Avanzados Dirección de Investigación

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA

REGLAMENTO DE DOCTORADO. PREAMBULO

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO

Reglamento de Financiamientos de Estudios para el Personal

4) La duración máxima de la estadía de un estudiante que realice actividades de intercambio en el exterior será de doce (12) meses.

Ordenanza de las Carreras de Posgrado

CONVOCATORIA RED ALMA MATER UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Buenos Aires, 06 de septiembre de Carrera Nº 3.886/09

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DOCTORADO EN HUMANIDADES

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Sistemas de Información

LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DESARROLLO DE TALENTOS UNIVERSITARIOS

Universidad Nacional de Ingeniería

C O N S I D E R A N D O

Universidad Nacional de Tres de Febrero Secretaría de Investigación y Desarrollo Secretaría Académica

LINEAMIENTOS PARA LAS;MAESTRIAS PRC)FESIONALIZANTES

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSTGRADO

Seminario de Especialización Profesional y Seminario de Elaboración de Trabajo de investigación

FACULTAD DE CIENCIAS

CATEGORÍA 1: ESTRUCTURA DEL PROGRAMA

CRITERIOS DE EQUIV ALENCIA DE LOS REQUISITOS ESnpULADOS POR EL ESTATUTO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNAM PARA OBTENER NOMBRAMIENTOS ACADÉMICOS

Universidad de las Illes Balears Guía docente

REGLAMENTO ACADÉMICO DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS INSTITUCIONALES CONSIDERACIONES GENERALES

Buenos Aires, 21 de marzo de Carrera Nº /10

Sociales, Escuela de Negocios, Masters y Posgrados, los informes de la visita de. del MINISTERIO DE EDUCACION 1168/97, la ORDENANZA N 004 CONEAU

REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

ACUERDO No. 03. (Noviembre 10 de 2009) Modificado Acuerdo No. 6 de 2010

MAESTRÍA EN DERECHOS HUMANOS

LINEAMIENTOS DE MOVILIDAD ACADÉMICA

DATOS GENERALES. Dirección General de la Unidad de Estudios de Posgrado

MAESTRÍA Y DOCTORADO EN CIENCIAS CON OPCIONES EN FÍSICA NO LINEAL Y CIENCIAS NUCLEARES

Transcripción:

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud Especialización en Biotecnología Diploma: Especialización en Biotecnología PLAN DE ESTUDIOS I. OBJETIVO GENERAL Participar en la formación de profesionales de alto nivel orientados al desarrollo, mejoramiento, operación y control de procesos biotecnológicos. II. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Preparar personal especializado capaz de participar en investigación básica y aplicada en biotecnología. 2. Crear programas de cooperación académica interdisciplinaria con la industria y otros sectores para la formación de recursos humanos en el campo de la biotecnología. 3. Fortalecer programas de investigación biotecnológica en la universidad y en otras instituciones. 4. Preparar especialistas orientados a la aplicación de conocimientos modernos de la biotecnología. III. ANTECEDENTES ACADÉMICOS NECESARIOS a. Título de Licenciatura en el área biotecnológica u otras afines a juicio de la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología.

b. Certificado de estudios de Licenciatura con promedio mínimo de B o su equivalente de 8.0. La Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología podrá autorizar el ingreso de alumnos con un promedio inferior, previa evaluación de sus antecedentes académicos, del anteproyecto de investigación y de su desempeño en el examen oral de conocimientos. c. Curriculum vitae con documentos probatorios. d. Carta de exposición de motivos. e. Acreditar la lectura y comprensión del idioma inglés. Adicionalmente, los aspirantes extranjeros cuya lengua materna no sea el español, deberán demostrar dominio del idioma español. f. Presentar, por escrito, a la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología un anteproyecto de investigación en una de las líneas de investigación del Departamento de Biotecnología. g. Aprobar un examen oral de conocimientos en aspectos básicos del anteproyecto de investigación. h. Los demás que determine la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología. IV. ESTRUCTURA DEL PLAN DE ESTUDIOS a) Objetivo: Preparar especialistas capacitados en biotecnología, para la resolución de problemas actuales en investigación aplicada y desarrollo tecnológico. b) Créditos: 96 c) Unidades de enseñanza-aprendizaje: HORAS HORAS CLAVE NOMBRE OBL/OPT TEORÍA PRÁCTICA CRÉDITOS TRIMESTRE SERIACIÓN 233613 Seminario de Revisión Bibliográfica OBL. 3 6 I 233511 Trabajo Experimental I OBL. 3 24 30 I 233512 Trabajo Experimental II OBL. 3 24 30 II 233511 y 233613 233513 Trabajo Experimental III OBL. 3 24 30 III 233512 TOTAL DE CRÉDITOS 96-2 -

d) Idónea Comunicación de Resultados La Idónea Comunicación de Resultados consistirá de un documento escrito en donde se presenten y discutan los principales resultados obtenidos durante el proyecto de investigación realizado en las UEA Trabajo Experimental I, II y III. V. NÚMERO MÍNIMO, NORMAL Y MÁXIMO DE CRÉDITOS QUE DEBERÁN CURSARSE POR TRIMESTRE Trimestre Mínimo y Normal Máximo I 36 36 II 30 30 III 30 30 VI. NÚMERO DE OPORTUNIDADES PARA ACREDITAR LAS UEA EN EL Número de oportunidades para acreditar una misma UEA: 2 (dos) VII. DURACIÓN DEL POSGRADO : tiempo normal 3 trimestres; tiempo máximo 6 trimestres. VIII. DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS Créditos Seminario (1) 6 Trabajo Experimental (3) 90 TOTAL DE CRÉDITOS 96-3 -

IX. REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL DIPLOMA DE ESPECIALIZACIÓN Para obtener el diploma de Especialización en Biotecnología, el alumno deberá acreditar los 96 créditos correspondientes a las UEA de este nivel, aportar una constancia de presentación de su trabajo de investigación en un foro científico (local, nacional o internacional), y presentar y aprobar la Idónea Comunicación de Resultados. En los casos en que la investigación esté amparada por un convenio de confidencialidad, la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología podrá autorizar la titulación sin necesidad de la presentación pública de información que comprometa la privacidad del convenio. En estos casos se solicitará una carta de la empresa en la que se valoren las aportaciones del proyecto. X. MODALIDADES DE OPERACIÓN Estructura de la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología. a. La Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología estará integrada por 6 miembros y el Coordinador del Posgrado, quien la presidirá. Se procurará que en ella estén representadas las distintas líneas de investigación del Posgrado en Biotecnología. b. El Director de la División integrará la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología, previa consulta con el personal académico de la DCBS. c. Es recomendable que quien sea designado como Coordinador del Posgrado haya sido miembro de la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología por al menos un año. Asimismo, es recomendable que ocupe este cargo por un periodo de 4 años, con la finalidad de aplicar homogéneamente los criterios de operación del Posgrado, así como favorecer la participación de diferentes miembros de la planta académica en la coordinación del mismo. d. Es recomendable que anualmente se renueve un miembro de la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología. Requisitos para ser miembro de la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología. a. Ser profesor titular de carrera, nivel C, de la División de Ciencias Biológicas y de la Salud de la UAM-l y tener el grado de Doctor. b. Estar activo en investigación y tener al menos tres trabajos de investigación publicados en los tres últimos años, en revistas indizadas con comité editorial. c. Haber sido asesor o director de tesis de alumnos de Posgrado graduados. Funciones de la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología. a. Realizar el proceso de admisión al Posgrado en Biotecnología. b. Llevar a cabo el seguimiento de los alumnos adscritos al Plan de Estudios para evaluar su desempeño, así como los avances de su proyecto de investigación. - 4 -

c. Aprobar los proyectos de investigación propuestos por los alumnos, en común acuerdo con el director de la Idónea Comunicación de Resultados, y en su caso sugerir modificaciones que a su juicio contribuyan al desarrollo del proyecto. d. Designar al Comité Tutoral de cada alumno. e. Designar al lector que evaluará la Idónea Comunicación de Resultados para obtener el diploma de Especialización. f. Autorizar la presentación de la Idónea Comunicación de Resultados para obtener el diploma de Especialización. g. Proponer las adecuaciones pertinentes al plan de estudios. h. Realizar actividades de fomento y difusión del plan de estudios. i. Analizar y resolver, en su caso, las situaciones no previstas en este plan, que no sean de la competencia de otro órgano o instancia de apoyo de la Universidad. Estructura del Comité Tutoral. a. El Comité Tutoral estará formado por un único director, aunque la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología podrá designar a un asesor adicional, según lo requiera el proyecto de investigación. El Comité Tutoral deberá ser aprobado por la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología, previo al desarrollo de la UEA Trabajo Experimental I. b. Al menos un miembro del Comité Tutoral deberá ser profesor titular de carrera de la División de Ciencias Biológicas y de la Salud de la UAM-l y pertenecer a la planta académica del Posgrado. Requisitos para ser miembro del Comité Tutoral. a. Ser profesor investigador con estudios mínimos de Especialización o equivalente. En el caso de miembros del Comité Tutoral de otras instituciones deberán tener una categoría equivalente, a juicio de la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología. b. Poseer obra original y de publicación reciente en temas afines al proyecto de investigación. c. En caso de haber participado previamente en Comités Tutorales de este nivel, satisfacer los criterios de titulación de alumnos establecidos por la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología. Funciones del Comité Tutoral. a. El Comité Tutoral ejercerá las funciones de orientación, asesoría y docencia, para apoyar la formación integral del alumno y el desarrollo del proyecto de investigación. b. El director deberá dirigir y apoyar el proyecto de investigación que realice el alumno. c. Analizar, discutir y evaluar los avances del proyecto de investigación. d. Supervisar, discutir y revisar la preparación de la Idónea Comunicación de Resultados. e. Recomendar un lector de la Idónea Comunicación de Resultados a la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología, para la obtención del diploma de Especialización. - 5 -

Admisión. La admisión al programa de la Especialización en Biotecnología será decidida por la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología de acuerdo a lo establecido en los antecedentes académicos necesarios señalados en el numeral III. Idónea Comunicación de Resultados. a. El candidato presentará una Idónea Comunicación de Resultados, basada en el proyecto de investigación. Ésta debe incluir objetivos, metodología utilizada, resultados obtenidos, discusión de resultados, conclusiones y perspectivas. b. La Idónea Comunicación de Resultados deberá ser aprobada por el director del trabajo, el asesor (en el caso de que lo haya) y un lector, avalado por la Comisión Académica del Posgrado en Biotecnología. Jurado para la Idónea Comunicación de Resultados: El jurado estará compuesto por el director, el lector y, en su caso, el asesor, que deberán evaluar la Idónea Comunicación de Resultados, considerando que cubre los niveles de originalidad, calidad científica y presentación necesarios para obtener el diploma de Especialización. Planta Académica. Los profesores que participan en el programa del Posgrado en Biotecnología se clasifican en profesores del núcleo básico y en profesores del grupo complementario. El núcleo básico se refiere a los profesores que tienen un laboratorio de investigación biotecnológica en la UAM-Iztapalapa y que han dirigido al menos un alumno en la Especialización en Biotecnología en los últimos 3 años. Estos laboratorios se localizan principalmente en el Departamento de Biotecnología. Así, los alumnos de este núcleo de profesores forman una masa crítica que participa en seminarios, compartiendo equipo e intercambiando técnicas e información. Estos alumnos forman la totalidad de los alumnos del programa. El grupo complementario de profesores se refiere a los que codirigen o asesoran, junto con profesores del núcleo básico. Los alumnos pueden trabajar en sus laboratorios pero mantienen un estrecho contacto con su grupo de investigación a través de seminarios y actividades grupales. - 6 -