de 19 de julio, de modificación de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares



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Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45852 Sección I. Disposiciones generales CONSEJO INSULAR DE MALLORCA DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 17355 Aprobación de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Consejo de Mallorca para su adaptación a lo establecido a la Ley 9/2012, de 19 de julio, de modificación de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares El Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión celebrada el día 11 de septiembre de 2013, adoptó el acuerdo que se transcribe a continuación: "El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, de acuerdo con aquello que se establece en el artículo 90,2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 16 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, aprobó, en sesión celebrada el día 28 de julio de 2000, la Relación de Puestos de Trabajo del Consejo Insular de Mallorca, la cual, desde su aprobación, ha sido objeto de modificación por distintos acuerdos del Pleno, el último de los cuales tuvo lugar día 25 de febrero de 2013. En la actualidad, hay que modificar la Relación de Puestos de Trabajo con el fin de adaptarla a lo establecido a la Ley 9/2012, de 19 de julio, de modificación de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que ha suprimido, con carácter general, la exigencia del conocimiento de la lengua catalana como requisito para acceder a la condición de empleado público de las administraciones públicas del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o para ocupar cualquier puesto de trabajo (apartado primero de la Disposición Adicional Duodécima que se añade a la Ley 3/2007), con las excepciones que, por lo que afecta al presente acuerdo, se indican a continuación: Para acceder y ocupar puestos de trabajo correspondientes a escalas, subescalas, especialidades o categorías profesionales con funciones de asesoramiento lingüístico en que la convocatoria y la Relación de Puestos de trabajo ha de exigir como requisito el nivel C2 de conocimientos de lengua catalana o equivalente. Para ocupar todos los puestos de trabajo correspondientes a cuerpos, escalas, subescalas o categorías profesionales para ingresar en los cuales se requiera un nivel de titulación académica correspondiente a los grupos o subgrupos A1,, B, y C2, que tengan como función principal la información y la atención al público, en que la Relación de Puestos de Trabajo ha de exigir como requisito el nivel de conocimientos de lengua catalana o equivalente. Para ocupar los puestos de trabajo correspondientes a cuerpos, escalas, subescalas o categorías profesionales para ingresar en los cuales no se exija ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo, que tengan como función principal la recepción al público o la atención telefónica, en que la Relación de Puestos de Trabajo ha de exigir como requisito el nivel de conocimientos de lengua catalana o equivalente. Al margen de estos supuestos, sólo se puede establecer el requisito de un nivel de conocimiento de la lengua catalana en los puestos de trabajo en los que, vistas las características especiales de sus funciones, se motive que es imprescindible su exigencia. El apartado 2 de la Disposición Final Cuarta de la mencionada Ley 9/2012 prevé que en el plazo de un año, las administraciones del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y los entes del sector público instrumental que de ella dependan tienen que adaptar sus Relaciones de Puestos de Trabajo a lo que establece esta ley. Por otra parte, con la finalidad de impulsar el conocimiento y dominio de la lengua catalana y como reconocimiento al esfuerzo e iniciativa del personal del Consejo de Mallorca en el desempeño de su puesto de trabajo, mediante Decreto de la Presidenta, de 26 de febrero de 2004, se estableció el abono de un complemento de productividad al personal que superara en un grado o más el nivel de

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45853 conocimiento de la lengua catalana exigido en la RPT, la aplicación del cual ha dado lugar a la concesión personalizada del mencionado complemento al personal que reunía los requisitos para su percepción. En la actualidad, en línea de lo establecido en la exposición de motivos de la Ley 9/2012, de 19 de julio, de modificación de la Ley 3/2007, se puede considerar que la consecución correcta de los derechos lingüísticos que se reconocen a los ciudadanos en el ámbito territorial de las Islas Baleares queda garantizado por el propio sistema educativo de las Islas Baleares y por el hecho de qué la inmensa mayoría del personal al servicio de la Administración se encuentra en posesión de certificados de conocimiento de la lengua catalana, motivo por el que, conseguida la finalidad por la cual se dictó el mencionado Decreto, procede dejarlo sin efectos, si bien, en los casos en qué su aplicación ha dado lugar a la concesión del complemento de productividad, se considera procedente la creación de un complemento personal transitorio en la cuantía que actualmente se percibe por el mencionado concepto. Finalmente, se ha tratado como punto del orden del día la Modificación de la RPT del Consejo de Mallorca para su adaptación a lo establecido a la Ley 9/2012, de 19 de julio, de modificación de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en las sesiones de la Mesa general de negociación conjunta de personal funcionario y de personal laboral del Consejo de Mallorca, celebradas los días 9 y 21 de mayo, 20 de junio, 29 y 31 de julio, del año 2013. A pesar de haberse incorporado a la modificación de la RPT algunas propuestas formuladas por los sindicatos, el mencionado proceso de negociación ha finalizado sin acuerdo con la parte social, motivo por el cual corresponde a los órganos de gobierno de la Administración establecer las condiciones de trabajo conforme prevé el artículo 38.7 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Dado que, de acuerdo con aquello que se establece en el artículo 8.1.p) de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares, corresponde al Pleno del Consejo la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo y la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los empleados públicos. La Consejera Ejecutiva de Hacienda y Función Pública, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto de 15 de julio de 2011, de organización del Consejo de Mallorca, eleva al Pleno de la Corporación, para su aprobación, el siguiente acuerdo: Primero. - Suprimir en todos los puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Consejo de Mallorca la exigencia del requisito mínimo de conocimiento de la lengua catalana. No obstante lo anterior, en los supuestos que se indican a continuación el conocimiento de la lengua catalana del nivel que se indica es requisito: 1. Para acceder a las escalas, subescalas, clases o categorías con funciones de asesoramiento lingüístico y para ocupar los puestos de trabajo correspondientes. En estos supuestos se exige como requisito el nivel C2 de conocimientos de lengua catalana o equivalente, tal como consta en el anexo I del presente acuerdo. 2. Para ocupar los puestos de trabajo correspondientes a escalas, subescalas, clases o categorías para ingresar en los cuales se requiere un nivel de titulación académica correspondiente a los grupos o subgrupos A1,, B, y C2, que tienen como función principal la información y la atención al público. En estos supuestos, se exige como requisito el nivel de conocimientos de lengua catalana o equivalente, tal como consta en el anexo II del presente acuerdo. 3. Para ocupar los puestos de trabajo correspondientes a escalas, subescalas, clases o categorías para ingresar en los cuales no se exija ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo, que tienen como función principal la recepción al público o la atención telefónica. En éstos supuestos, se exige como requisito el nivel de conocimientos de lengua catalana o equivalente, tal como consta en el anexo III del presente acuerdo. 4. Para ocupar los puestos de trabajo en que, vistas las características especiales de sus funciones, se motive que es imprescindible exigir el conocimiento de un determinado nivel de catalán. En el Consejo de Mallorca, se considera que es imprescindible exigir el conocimiento del nivel de catalán para los puestos de trabajo a los cuales se adscribe personal de la subescala técnica de administración general y del nivel de catalán para los que se adscribe personal de las subescalas de administración general y auxiliar de administración general, tal como consta al

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45854 anexo IV del presente acuerdo. Todo ello, para dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 3/2007, introducida por el punto 10 del artículo único de la Ley 9/2012, que exige poner los medios necesarios para garantizar la atención a la ciudadanía en la lengua cooficial de las Islas Baleares que solicite, y también en lo que se dispone en la normativa propia del Consejo de Mallorca, de acuerdo con la cual en las relaciones con los administrados, las notificaciones y las comunicaciones se harán, por defecto, en catalán, sin perjuicio del derecho de los ciudadanos a recibirlas en castellano si lo piden (artículos 13 y 18 del Reglamento de Regulación del Uso de la Lengua Catalana dentro del ámbito de competencia del Consejo de Mallorca). En este sentido, hay que tener en cuenta que las funciones a realizar por el personal de cada una de las subescalas de la escala de administración general son, entre otras, la tramitación de expedientes, la redacción de documentos administrativos, emisión de informes, asesoramiento en materia de su especialización, registro de expedientes y de documentación, colaboración en la conformación y seguimiento de los trámites administrativos de los expedientes. Segundo. - Dejar sin efecto el Decreto de la Presidenta del Consejo de Mallorca, de fecha 26 de febrero de 2004, mediante el cual se estableció el abono de un complemento de productividad al personal que superara en un grado o más el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido en la RPT. Al personal que se le haya reconocido el derecho a percibir alguna cantidad en aplicación del mencionado Decreto, la continuará percibiendo en concepto de complemento personal transitorio. Tercero. - La fecha de efectos del presente acuerdo será a partir del día 1 del mes siguiente a su publicación en el BOIB. Cuarto. - Ordenar la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares." Palma, 17 de septiembre de 2013 Por delegación, el Secretario (Decreto de día 4 de septiembre de 2012, BOIB núm 147, de 9 de octubre) Jeroni Mas i Rigo

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45855 ANEXO I Puesto de trabajo NP TP CD CE FP Adm. Grupo PD RN Jor. Observaciones 00088 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 050 C C3 A1 S N 1 C2 00089 00929 00930 00931 asesoramiento Palma 1 S 24 036 C A1 N N 1 C2 Palma 2 N 23 034 C A1 N N 1 C2 Palma 1 S 24 036 C A1 N N 1 C2 Palma 2 N 23 034 C A1 N N 1 C2

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45856 ANEXO II Puesto de trabajo NP TP CD CE FP Adm. Grupo PD RN Jor. Observaciones 00059 Auxiliar archivo biblioteca Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Auxiliar archivo biblioteca 00057 Auxiliar archivo biblioteca Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Auxiliar archivo biblioteca Vigilante-Informador -a 01017 Auxiliar archivo biblioteca Palma 3 N 16 027 C C2 N N 18 Auxiliar archivo biblioteca 00061 Palma 3 N 20 033 C N N 10 Carnet conducir B 00047 Auxiliar archivo biblioteca Palma 1 N 16 027 C C2 N N 10 Auxiliar archivo biblioteca 00049 00178 archivo-biblioteca archivo-biblioteca 00183 Coordinador -a de actividades 00018 00093 01090 01102 sociocultural signos Vigilante-Informador -a Palma 2 N 20 033 C N N 10 Manacor 1 N 16 027 C C2 N N 17 Carnet conducir B Inca 1 N 16 027 C C2 N N 17 Carnet conducir B Palma 4 N 16 026 C C2 N N 21 Palma 1 N 16 026 C C2 N N 21 Palma 1 N 16 026 C C2 N N 21 Palma 1 N 19 032 C B N N 7 Carnet conducir B signos (B) 00307 Coordinador -a de oficina Palma 1 S 21 034 C / N N 2 00309 Palma 5 N 18 028 C /C2 N N 2 00310 Coordinador -a de oficina Palma 1 S 21 034 C / N N 2 00311 Palma 1 N 18 033 C /C2 N N 16

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45857 00312 Palma 3 N 18 033 C /C2 N N 16 01046 Ordenanza-conductor -a Palma 1 N 14 024 LLD C2/E N N 1 Conductor -a Carnet conducir B Ordenanza - Portero -a 01070 Palma 4 N 16 025 C C2 N N 1 00369 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 00315 Palma 1 N 18 028 C B/ N N 1 Carnet conducir B Puesto de trabajo ocupado por personal laboral y 00316 Manacor 1 N 18 028 C B/ N N 1 Carnet conducir B Puesto de trabajo ocupado por personal laboral afectado 00317 Palma 3 N 17 027 C /C2 N N 1 Carnet conducir B 01107 Manacor 1 N 17 027 C /C2 N N 1 Carnet conducir B 00924 Inca 1 N 17 027 C /C2 N N 1 Carnet conducir B 00320 00322 00915 01043 00130 Guarda vigilante la Dragonera 00131 Guarda vigilante la Dragonera 00957 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 5 N 16 025 C C2 N N 1 Manacor 1 N 16 025 C C2 N N 1 Inca 1 N 16 025 C C2 N N 1 Andratx 1 N 17 027 C C2 N N 2 Guarda vigilante de la Dragonera (PER) Andratx 1 N 17 027 C C2 N N 2 Guarda vigilante de la Dragonera (PER).../Departamento de Medio Ambiente/Dirección Insular de Medio Ambiente/Servicio de Medio Ambiente y Naturaleza/6.-Unidad de Educación Ambiental ambiental Palma 1 S 24 034 C A1/ N N 1 Licenciatura en historia del arte Licenciatura en ciencias ambientales Diplomatura en magisterio Licenciatura en historia 01133 Medio Ambiente Palma 1 N 20 031 C N N 1 historia

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45858 historia del arte 01134 Palma 1 N 20 031 C N N 1 01135 -a ambiental Palma 1 N 18 028 C N N 1 01138 Guarda refugio Soller/Escorc a 14 N 16.28 L C2 S N 20 Guarda refugio Carnet conducir B La diferencia de CE de 24 a 26 retribuye la turnicidad y de 26 a 28 la nocturnidad. Una vez establecidos los 00140 Gestor -a de emergencias Palma 8 N 17 038 C C2 S N 3 Operador -a de comunicaciones

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45859 ANEXO III Puesto de trabajo NP TP CD CE FP Adm. Grupo PD RN Jor. Observaciones 00071 Ordenanza portero -a Palma 1 N 14 022 C E N N 10 Vigilante portero -a Carnet conducir B Ordenanza - portero -a Ordenanza.../Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes /Teatro Principal 00117 Portero -a de escenario Palma 1 N 14 027 C E N N 5 Portero -a de escenario Puesto de trabajo ocupado por personal contratado 00118 Acomodador -a / limpiador - a Palma 1 N 14 027 C E N N 5 Acomodador -a/limpiador -a 00179 Vigilante portero -a Inca 1 N 14 025 C E N N 17 Ordenanza 01039 Vigilante portero -a supervisor -a Ordenanza - portero -a Vigilante portero -a Palma 1 S 14 027 C E N N 1 Portero -a Carnet conducir B 00099 Vigilante portero -a Palma 2 N 14 020 C E N N 1 Ordenanza Carnet conducir B Ordenanza - portero -a Vigilante portero -a 00396 Recepcionista - Telefonista Palma 4 N 14 024 C E N N 13 Recepcionista - Telefonista 00399 Ordenanza portero -a Palma 3 N 14 024 C E N N 13 Ordenanza Carnet de conducir B y A1 Ordenanza - portero -a Vigilante portero -a 00402 Vigilante portero -a Palma 2 N 14 024 C E N N 13 Ordenanza Ordenanza - portero -a Vigilante portero -a 00844 Portero -a 1a Palma 1 S 14 027 C E N N 1 Ordenanza Carnet de conducir B y A1 Ordenanza - portero -a Vigilante portero -a 00196 Ordenanza portero -a Palma 4 N 14 020 C E N N 1 Ordenanza Carnet de conducir B y A1 Conserge Ordenanza Telefonista Ordenanza - portero -a Vigilante portero -a EBEP. A extinguir cuando quede vacante. Puesto de trabajo ocupado por personal contratado EBEP. A extinguir cuando quede vacante. vacaciones, etc. 01122 Ayudante de servicios Palma 1 N 14 020 C E N N 1 Ordenanza Ordenanza - portero -a Vigilante portero -a Mozo -a de oficios Puesto de trabajo reservado a personas con 16 de abril 00198 Telefonista Palma 1 N 14 020 C E N N 1 Recepcionista - Telefonista Telefonista

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45860 ANEXO IV Puesto de trabajo NP TP CD CE FP Adm. Grupo PD RN Jor. Observaciones 00029 Secretario -a de consejero -a Palma 1 S 18 031 LLD C3 /C2 S N 1 00031 Secretario -a de altos cargos Palma 1 S 18 031 LLD C3 /C2 S N 1 00820 Secretario -a de director -a insular Palma 1 S 17 028 LLD C2 S N 1 00094 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 050 C C3 A1 S N 1 TAG 00083 00095 y Patrimonio 00595 Administrativo -a de Adm. 00074 Administrativo -a de Adm. 00384 00032 00034 00039 01077 01014 Palma 1 S 24 038 C A1 N N 1 TAG Palma 1 S 17 028 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 1 S 17 028 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 4 N 16 025 C C2 N N 1 Puesto de trabajo transferido por el Decreto 80/2010, de 00104 Secretario -a de Palma 1 S 17 028 C /C2 N N 1 generales 00085 Administrativo -a de Adm. Palma 1 N 18 028 C N N 1 00097 00982 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45861 00203 Palma 1 S 25 037 C A1 S N 1 TAG 00202 Secretario -a de director -a insular Palma 1 S 17 028 LLD C2 S N 1 00216 Palma 1 S 17 028 C C2 N N 1 00173 Gestor -a de programas deportivos Palma 1 S 22 041 LLD C3 / S N 1 Puesto de trabajo ocupado por personal laboral EBEP. Puesto de trabajo a extinguir cuando quede vacante 00082 Administrativo -a de Adm. Palma 1 N 18 028 C N N 1 00205 Administrativo -a de Adm. 00217 00219 00218 00220 00221 00206 00210 Administrativo -a de Adm. 01091 Administrativo -a de Adm. 00211 00224 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 027 C C2 N N 2 Sa Pobla- Felanitx- Soller- Manacor- Capdepera 1 N 16 027 C C2 N N 2 1 N 16 027 C C2 N N 2 1 N 16 027 C C2 N N 2 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 3 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 3 N 16 027 C C2 N N 2 00033 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 060 C C3 A1 S N 10 TAG equivalente Licenciatura en bellas artes Licenciatura en historia del arte Licenciatura en historia 00036 Palma 1 S 20 033 C N N 1

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45862 00377 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 050 C C3 A1 S N 1 TAG 01076 Palma 1 S 25 040 C C3 A1 N N 1 TAG 01023 00825 Palma 2 N 23 034 C A1 N N 1 TAG Palma 3 N 16 025 C C2 N N 1 00379 Palma 1 S 26 044 C A1 N N 1 TAG 00972 Palma 1 N 16 027 C C2 N N 1 Oficial Carnet conducir B 00204 Secretario -a de Deportes Palma 1 S 17 028 C /C2 N N 1 00223 Administrador -a Palma 1 S 19 032 C /C2 N N 1 Operador -a de comunicaciones Carnet conducir B 01013 00175 -a Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG Palma 1 N 17 025 C C2 N N 1 00181 Coordinador -a de centro Manacor 1 S 18 030 C /C2 S N 17 00004 00005 Sociocultural.../Departamento de Presidencia/Servicios de Presidencia Presidencia Presidencia 00027 Secretario -a del Gabinete de Comunicaciones 00028 Secretario -a del Gabinete de Comunicaciones Coordinador -a de servicios Palma 1 S 22 038 LLD C3 S N 1 Palma 1 S 18 030 LLD C3 S N 1 Palma 1 S 18 028 C /C2 N N 1 Palma 1 S 18 028 C /C2 N N 1 00327 Secretario -a de consejero -a Palma 1 S 18 031 LLD C3 /C2 S N 1 01024 Secretario -a de altos cargos Palma 1 S 18 031 LLD C3 C2 S N 1 01098 Secretario -a de altos cargos Palma 1 S 18 031 LLD C3 /C2 S N 1 01047 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 048 LLD C3 A1 S N 1 TAG

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45863 00194 Palma 2 S 17 028 C C2 N N 1 01049 Administrativo -a de Adm. Palma 1 N 18 028 C N N 1 00176 00287 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 01026 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 050 LLD C3 A1 S N 1 TAG 01031 Palma 1 S 24 038 C C3 A1/ N N 1 TAG derecho 01032 01053 01033 01054 01100 00091 Administrativo -a de Adm. 01025 Administrativo -a de Adm. 01030 01101 00016 00017 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG Diplomatura en CC empresariales Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 031 C N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG Palma 1 S 22 036 LLD N N 1 Palma 1 S 18 028 C /C2 S N 1 01051 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00023 Palma 1 S 18 030 C /C2 N N 1 00024 Palma 3 N 16 025 C C2 N N 1

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45864 00008 Jefe -a de Servicio de Protocolo Palma 1 S 26 050 LLD C3 A1/ S S 1 TAG derecho Diplomatura en CC empresariales o equivalente 00010 Palma 1 S 18 030 LLD C3 /C2 S N 1 00011 01052 01029 Palma 1 S 18 028 LLD C3 C2 S N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00981 Secretario -a de consejero -a Palma 1 S 18 031 LLD C3 /C2 S N 1 00350 Secretario -a de altos cargos Palma 1 S 18 031 LLD C3 /C2 S N 1 00828 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 058 C C3 A1 N N 1 TAG 00358 00859 00359 00688 Administrativo -a de Adm. 00827 01079 Administrativo -a de Adm. Palma 3 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Puesto de trabajo transferio por Decreto 94/2010, de 30 00334 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 059 C C3 A1 N N 1 TAG 00338 Secretario -a de director -a insular 00613 Encargado -a de archivo Palma 1 S 17 028 LLD C2 N N 1 Palma 1 N 17 027 C C2 N N 1 00604 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Puesto de trabajo ocupado por personal contratado laboral 00337 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45865 00603 Interno Palma 1 S 26 037 C A1/ N N 1 TAG Graduado -a social Diplomatura en relaciones laborales- Graduado -a social Licenciatura en empresariales 00602 Palma 1 S 26 043 C C3 A1 N N 1 TAG 00331 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 01105 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00332 00330 Administrativo -a de Adm. Palma 1 S 19 032 C N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 00333 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 01044 Palma 1 S 18 031 C /C2 N N 1 01045 00601 00328 00345 00336 Administrativo -a de Adm. Palma 1 S 18 029 C /C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 00355 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 29 061 C C3 A1 S N 1 TAG 00977 Palma 1 S 26 044 C C3 A1 S N 1 TAG 00356 00325 urbanista 00357 Coordinador -a de soporte administrativo Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG Palma 1 S 18 035 C N N 1.../Departamento de Urbanismo y Territorio/Servicios de Autorizaciones Territoriales 00361 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 29 061 C C3 A1 S N 1 TAG 00367 Palma 1 S 26 044 C C3 A1 S N 1 TAG 01069 urbanista Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45866 00368 Secretario -a de habitabilidad 00364 Administrativo -a de Adm. Palma 1 S 18 032 C N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 00366 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 00386 Palma 2 N 23 034 C C4 A1 N N 1 TAG 01072 00326 del territorio Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG Palma 1 S 18 031 C /C2 S N 1 00319 Palma 1 S 22 038 C C3 S N 1 00344 Palma 1 S 17 028 C /C2 N N 1 00681 00682 00620 00621 00635 Coordinador -a soporte administrativo 00636 00683 Jefe -a de Servicio de Expropiaciones 00684 Adjunto -a Jefe -a de Servicio de expropiaciones Palma 1 S 17 028 C C2 N N 1 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 S 18 029 C C3 /C2 N N 1 Palma 1 S 17 028 C C2 N N 1 Palma 1 S 17 028 C C2 N N 1 Palma 3 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 S 28 059 C C3 A1 N N 1 Ingeniero -a de caminos canales y puertos TAG Palma 1 S 27 050 C C3 A1 N N 1 Ingeniero -a de caminos canales y puertos TAG 00923 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00687 Secretario -a de Expropiaciones Palma 1 S 17 028 C /C2 N N 1 00690 00388 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45867 00979 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 048 LLD C3 A1 S N 1 TAG 01120 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00277 Secretario -a de consejero -a Palma 1 S 18 031 LLD C3 C2 S N 1 00821 Secretario -a de altos cargos Palma 1 S 18 031 LLD C3 /C2 S N 1 00264 Palma 1 S 17 028 C C2 N N 1 01075 Administrativo -a de Adm. Palma 1 N 18 028 C N N 1 00260 01121 00944 Administrativo -a de Adm. 01034 00286 01056 01036 Administrativo -a de Adm. 00291 00236 00242 01061 01064 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 3 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 00263 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 26 045 C C3 A1/ S N 1 TAG derecho 00185 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00288 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00285 Administrativo -a de Adm. Palma 1 N 18 028 C N N 1

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45868 00186 00066 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 00098 Administrador -a de servicios Palma 1 S 18 031 C /C2 N N 1 Carnet conducir B 01040 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 00395 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 00269 Jefe -a de Servicio de Palma 1 S 28 050 C C3 A1 S N 1 TAG 00271 Jefe -a de Servicio de Palma 1 S 28 050 C C3 A1 S N 1 TAG Subvenciones Licenciatura en ciencias del trabajo 00272 Palma 2 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00801 Palma 4 N 23 034 C A1 N N 1 TAG Licenciatura en ciencias del trabajo 00284 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00279 Recaudador -a Palma 1 S 27 047 C C3 A1 S N 1 TAG 00280 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 050 C C3 A1 S N 1 TAG 00230 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 063 C C3 A1 S N 1 TAG 00949 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00239 Palma 1 S 25 045 C C3 A1/ S N 1 TAG Graduado -a social Diplomatura en relaciones laborales- Graduado -a social 00241 Palma 1 S 17 034 C /C2 S N 1 01060 Palma 1 N 18 030 C N N 1

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45869 01063 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 00283 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 29 060 C C3 A1 S N 1 TAG 00863 Secretario -a de consejero -a Palma 1 S 18 031 LLD C3 C2 S N 1 01125 Secretario -a de altos cargos Palma 1 S 18 031 LLD C3 /C2 S N 1 00121 Palma 1 S 26 042 C A1 N N 1 TAG 00985 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00290 laboral 01128 Administrativo -a de Adm. 00294 00292 00826 00829 01129 Administrativo -a de Adm. 00306 01130 Administrativo -a de Adm. 00124 01084 01085 00819 Palma 1 N 18 030 C N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 1 N 17 025 C C2 N N 1 Auxiliar archivo biblioteca Palma 5 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Carnet conducir B Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 2 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Auxiliar facultativo -a Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Puesto de trabajo transferido por Decreto 106/2010 de 24 la categoria de auxiliar facultativo cuando quede vacante Puesto de trabajo transferido por Decreto 106/2010 de 24 00120 Coordinador -a de Fincas Palma 1 S 18 030 C /C2 N N 7 00295 Palma 1 S 28 048 C C3 A1 S N 1 TAG 00123 Secretario -a administrativo - a Palma 1 S 18 030 C /C2 N N 1

Fascículo 230 - Sec. I. - Pág. 45870 00249 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 28 048 C C3 A1 S N 1 TAG 00248 Secretario -a de consejero -a Palma 1 S 18 031 LLD C3 C2 S N 1 00255 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 01027 Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG 00250 Secretario -a servicios administrativos 00247 Secretario -a servicios administrativos Palma 1 S 18 030 C N N 1 Palma 1 S 18 030 C N N 1 01147 Administrativo -a de Adm. 00092 Administrativo -a de Adm. 00246 00251 00976 Palma 1 N 18 028 C N N 1 Palma 1 N 18 031 C N N 1 Palma 1 S 17 026 C C2 S N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 01055 Jefe -a de Servicio Palma 1 S 26 045 LLD C3 A1/ S N 1 TAG derecho 00234 00862 00139 Diplomatura en CC empresariales Palma 1 N 23 034 C A1 N N 1 TAG Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 00138 Palma 1 N 16 025 C C2 N N 1 Carnets de conducir B y BTP