FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES CONSEJO DE FACULTAD. INSTITUTO DE QUÍMICA RESOLUCION No. 5669 ACTA 16 del 09 de julio de 2008



Documentos relacionados
SITUACIÓN A CONSIDERAR: Permanencia Estudiantil. Temas relacionados con la situación a considerar

REQUISITOS DE ADMISIÓN PREGRADO Y POSGRADO

1. Qué debo hacer para inscribirme en un programa académico de la Universidad bien sea modalidad Presencial o Distancia?

Reglamentación sobre Homologación y Validación de Materias. Universidad de los Andes

PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS

UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO

REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES

Por el cual se institucionaliza la movilidad de estudiantes entre las sedes de la Universidad Nacional de Colombia

Aprobado por RESOLUCIÓN 13/14/22-00 ACTA 885/23/07/2013 del Consejo Directivo de la FP-UNA ANEXO 05

Proceso para el Trabajo de Grado

UNIVERSIDAD CATOLICA DE ORIENTE

GUÍA PARA ASPIRANTES A LOS PROGRAMAS DE MAESTRÍA SEGUNDO SEMESTRE DE 2012

NORMAS DE TRASLADOS Y DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE

REQUISITOS PARA ASPIRATES REINGRESO CON TRASLADO Y TRASLADO PARA EL PERÍODO ACADÉMICO FEBRERO - JUNIO DE 2012

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS TITULO I : DE LA CONVALIDACION DE ASIGNATURAS CAP. I : DISPOSICIONES GENERALES

Exposición de Motivos

Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito Reglamento de Movilidad Estudiantil

ACUERDO No de diciembre de Por el cual compila y actualiza el Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado.

PERIODO ACADÉMICO Periodo de inscripción: 15 de Abril al 31 de Mayo de 2014 Publicación de admitidos: 13 de junio de 2014

Reglamento del Programa de Intercambio Estudiantil: Outgoing Mobility / Incoming Mobility

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION

INTERCAMBIO POR CONVENIO

Trabajo final para optar al título en posgrado

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

CONVOCATORIA DE INTERCAMBIOS INTERNACIONALES PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO Y POSGRADO

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

1. Definir las responsabilidades de cada departamento en el proceso de admisión de los estudiantes de nuevo ingreso.

Guía de aspirantes para posgrado

Reglamento de la Universidad Católica del Uruguay para los estudiantes comprendidos en el Programa de Intercambio Estudiantil

= 39X2= 78/10= 7.8

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES PROGRAMA DE RELACIONES INTERNACIONALES MANUAL DE OPCIÓN DE TRABAJO DE GRADO

ACUERDO No. 03. (Noviembre 10 de 2009) Modificado Acuerdo No. 6 de 2010

DIARIO OFICIAL 35921, Martes 12 de enero de DECRETO NÚMERO 3658 DE 1981 ( diciembre 24)

CRÉDITO EDUCATIVO CONDONABLE PARA ESTUDIANTES DOCTORALES

CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS DE BECAS PARA FORMACIÓN DOCTORAL EN LA UNIVERSIDAD DEL VALLE

FAQ sobre Acceso y Admisión a Grados y sobre Cambios de grado o de idioma.

REGLAMENTO DE ADMISIÓN

UNIVERSIDAD SANTO TOMAS SEDE MEDELLIN INSCRIPCIONES ABIERTAS 2014 GUIA PARA ASPIRANTE DE PREGRADO

SEMESTRE ACADÉMICO EN EL EXTERIOR

1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Capítulo I Disposiciones Generales

RECTORÍA EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA. En uso de sus facultades legales y estatutarias CONSIDERANDO QUE:

1. ACCESO A LA UNIVERSIDAD

Protocolo de Movilidad Estudiantil Proyecto MECESUP USC 0805

FONDO DE INCENTIVOS A LA EXCELENCIA (FIE)

REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS

Nombre del documento: Normativo para la Convalidación de estudios

MOV FOTO 6x4. Oficina de Relaciones Interinstitucionales. Formato de postulación a programa de Movilidad Saliente (larga duración)

Fecha/Hora: 24/06/ :05:56. Firmante: Q B - SECRETARIO GENERAL - UNIVERSIDAD DE MURCIA. Código seguro de verificación: QVJDMUFBQUxJUQ==

REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS

Reglamento del Programa de Becas Parciales

I. INSCRIPCIÓN Para realizar el procedimiento de inscripción se deben seguir los siguientes pasos: 1. ADQUIRIR LA CLAVE DE ACCESO

2. DILIGENCIAR FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN EN LINEA.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA. RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005

TÉRMINOS DE REFERENCIA

NORMAS SOBRE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS. Modificado en Reunión Ordinaria del Consejo Universitario Nº 03 a los 22 días del mes de Marzo del año 2011.

GACETA UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR. Resolución'No. 90/92/602 de fecha

R E G L A M E N T O D E B E C A S Y E S C A L A S

Título I Disposiciones generales. Capítulo 1 De las definiciones

FONDO DE REPARACIÓN PARA EL ACCESO, PERMANENCIA Y GRADUACIÓN EN EDUCACIÓN SUPERIOR PARA LA POBLACIÓN VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA

MIGUEL ÁNGEL ABALLE VILLERO, SECRETARIO

NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION

Lineamiento para la Convalidación de Estudios versión 1.0 Planes de estudio

Título I. Ámbito de aplicación y autoridades

PROCESO ADMISONES PROCEDIMIENTO ADMISIONES PROGRAMAS ACADÉMICOS DE POSGRADO ESPECIALIZACIONES MEDICO - QUIRÚRGICAS

Adaptaciones / Convalidaciones

Guía del Programa de Movilidad de Estudiantes SUI IURIS RESPONSABILIDADES DE LAS UNIVERSIDADES

Preguntas frecuentes Reglamento de Estudiantes

DIRECTRICES PARA LA CONSTRUCCION DE CURSOS DESARROLLADOS POR LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN VIRTUAL

RESOLUCIÓN Nº FEBRERO DE 2015 POR EL CUAL, EL CONSEJO ACADÉMICO APRUEBA EL REGLAMENTO DE BENEFICIOS ECONÓMICOS.

ANEXO I INFORMATIVO ESPECÍFICO DE PASES Y/O EQUIVALENCIAS

Guía de inscripción para aspirantes a cambio de programa Admisiones 2016/1. Vicerrectoría de Docencia Departamento de Admisiones y Registro

PROCEDIMIENTO PARA CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS FACULTAD DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES REGLAMENTO DE POSTGRADOS CONSEJO DE FACULTAD

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS

REGLAMENTO BENEFICIOS DE BECAS O DESCUENTOS

Instructivo para diligenciar el formulario de Inscripción en línea

Reglamento de Intercambio Académico

Normas Académicas de la UP

CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS. FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO

Reglamento para la asignación de Becas de Maestrías y Doctorados en la Institución Universitaria CESMAG.

CONSEJO UNIVERSITARIO CUO RESOLUCIÓN CUO V-2010

Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS de POSGRADOS

REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DEL REGIMEN DE ESTUDIOS DE LA FACULTAD DE CIENCIA

CIRCULAR 1. PARA: Decanos, Ordenadores del Gasto y Personal de Apoyo Administrativo

FONDO DE REPARACIÓN PARA EL ACCESO, PERMANENCIA Y GRADUACIÓN EN EDUCACIÓN SUPERIOR PARA LA POBLACIÓN VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA

TÍTULO 1. ESTANCIA DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS.

Guía y Reglamento de Estudiantes de Intercambio

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADEMICO. RESOLUCIÓN No. 036 marzo 5 de 2015

MACROPROCESO INTERNACIONALIZACIÓN PROCESO EJECUCIÓN DE LAS INICIATIVAS DE INTERNACIONALIZACIÓN

Convocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación. 2015

NORMAS DE TRASLADOS Y EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS DISPOSICIONES GENE LES

NORMATIVA DE PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN ENSEÑANZAS OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA

REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA

Manual de Movilidad Académica Internacional Para Estudiantes de la Corporación Universitaria Republicana

Transcripción:

FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES CONSEJO DE FACULTAD INSTITUTO DE QUÍMICA RESOLUCION No. 5669 ACTA 16 del 09 de julio de 2008 Por medio de la cual se establecen los requisitos particulares del Instituto de Química para seleccionar los aspirantes que cada semestre se presentan en las modalidades de: cambio de programa, reingreso con cambio de programa, y transferencias. El Reglamento Estudiantil en sus artículos 49, 50, 56 y 161 le concede a los Consejos de Facultad la competencia de recomendar al Consejo Académico las solicitudes de transferencia y cambios de programa. El Consejo de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales mediante Acuerdo 005 del 10 de abril de 2002, delegó a los Consejos de Instituto (Departamento) de cada una de sus dependencias, la aprobación de solicitudes de reingreso, transferencias y cambios de programa. EL CONSEJO DEL INSTITUTO DE QUIMICA en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias y en especial las conferidas por el Acuerdo de Facultad 005 del 10 de Abril de 2002, y CONSIDERANDO 1. Que cada semestre se reciben solicitudes de aspirantes para ingresar a los programas de Química y Tecnología Química, en las modalidades de reingreso con cambio de programa, cambio de programa y transferencias. 2. Que al departamento de Admisiones y Registro le corresponde estudiar las hojas de vida de todos los aspirantes, verificando que cumplan con los requisitos generales de inscripción que al momento estén vigentes en el Reglamento Estudiantil (Artículos 49-53, 159-172). 3. Que luego, al Instituto le corresponde estudiar las solicitudes y seleccionar los aspirantes, de acuerdo a los requisitos particulares definidos por la dependencia y en correspondencia con los artículos mencionados anteriormente. 4. Que el Instituto considera procedente consignar por escrito dichos criterios. RESUELVE Establecer los criterios de selección para cada categoría: Articulo 1: Cupos Disponibles

Los cupos totales para transferencias, cambios de programa y reingresos con cambio de programa corresponden al 10% del total de los cupos admitidos en cada semestre. Parágrafo 1: Se exceptúan de este artículo los cambios de programa y los reingresos con cambio de programa, entre los programas de Química y Tecnología Química del Instituto de Química de la Universidad de Antioquia. Dichas solicitudes se estudiaran por el Comité de Pregrado, quien hará la recomendación correspondiente al Consejo de Instituto que finalmente decide. Articulo 2: Requisitos para aspirantes de cambio de programa y reingreso con cambio de programa. El aspirante debe cumplir con los todos los requisitos siguientes, que se tendrán en cuenta al momento de estudiar la solicitud y la posibilidad o no de recomendación ante el Consejo Académico: Los requisitos establecidos en el reglamento estudiantil Promedio crédito acumulado en sus calificaciones mínimo de 3.5 No hay restricciones en cuanto al número de semestres cursados en el programa anterior Haber cursado y aprobado 40 créditos en su programa anterior. Que al menos cuatro (4) asignaturas sean reconocibles Parágrafo 1: Se exceptúan de este artículo los cambios de programa y los reingresos con cambio de programa, entre los programas de Química y Tecnología Química del Instituto de Química de la Universidad de Antioquia. Dichas solicitudes se estudiaran por el Comité de Pregrado, quien hará la recomendación correspondiente al Consejo de Instituto que finalmente decide. Parágrafo 2: Los estudiantes de Química del Instituto de Química de la Universidad de Antioquia que solicitan cambio a Tecnología Química, deberán presentar su solicitud con un semestre de antelación a la terminación de las materias que se requieren para optar para el titulo de Tecnólogo Químico, con el fin de hacer efectivo el cambio solicitado. Artículo 3: Requisitos para aspirantes de transferencia. El aspirante debe cumplir con los todos los requisitos siguientes, que se tendrán en cuenta al momento de estudiar la solicitud y la posibilidad o no de recomendación ante el Consejo Académico: Los requisitos establecidos en el reglamento estudiantil Promedio crédito acumulado en sus calificaciones mínimo de 3.5

Si no está matriculado al momento de solicitar la transferencia, presentar una constancia del retiro de la universidad de la cual procede Presentar una constancia de antecedentes académicos y disciplinarios de la Universidad de la cual procede. Que por lo menos cuatro (4) de los cursos aprobados en el programa anterior sean susceptibles de reconocimiento Adjuntar motivo por el cual solicita la transferencia FRANK URIBE ALVAREZ. Decano INSTITUTO DE BIOLOGÍA RESOLUCIÓN Nº 13 ACTA del 6 de marzo de 2007 Por medio de la cual se establecen los requisitos particulares del Instituto de Biología para seleccionar los aspirantes que cada semestre se presentan en las modalidades de: reingreso con cambio de programa, transferencia y cambio de programa. EL CONSEJO DE INSTITUTO DE BIOLOGÍA en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias y en especial las conferidas por el Acuerdo de Facultad 005 del 10 de Abril de 2.002, y CONSIDERANDO 1. Que cada semestre se reciben solicitudes de aspirantes para ingresar al programa de Biología en las modalidades de reingreso con cambio de programa, transferencia y cambio de programa. 2. Que al Departamento de Admisiones y Registro le corresponde estudiar las hojas de vida de todos los aspirantes, verificando que cumplan con los requisitos generales de inscripción que al momento estén vigentes en el Reglamento Estudiantil. 3. Que luego, al Instituto le corresponde hacer la selección final de los aspirantes, ciñéndose su labor a aplicar sus requisitos particulares y teniendo en cuenta el número de cupos disponibles (los criterios particulares son autónomos de definir por el Consejo de Instituto, pero deben ser armónicos con el Reglamento Estudiantil y consignados por escrito mediante acta). 4. Que el Instituto encuentra procedente consignar por escrito dichos criterios. RESUELVE

Establecer los criterios de selección para cada categoría: ARTICULO 1. Requisitos para aspirantes de reingreso con cambio de programa. Promedio crédito acumulado en sus calificaciones mayor o igual a 3.8 Se le da prelación a los aspirantes que no tienen título de pregrado. Se recibirán solicitudes de aspirantes de cualquier programa teniendo prelación aquellos que son afines a la carrera de Biología Los estudiantes que estén matriculados en su último nivel académico podrán concursar pero no tendrán prelación. Nota. Los reingresos al mismo programa no tienen límite de cupos, al aspirante se acepta si el programa aún está vigente, si tiene el rendimiento académico suficiente y si no tiene sanciones disciplinarias vigentes. Este estudio le corresponde realizarlo al Departamento de Admisiones y Registro, por lo tanto, el formulario es enviado a la Facultad solo para la firma del Director. ARTICULO 2. Requisitos para aspirantes de transferencia. Promedio crédito acumulado en sus calificaciones mayor o igual a 4.0 El aspirante debe provenir de Biología o de un programa afín. Parágrafo. Criterios de desempate (en caso de ser necesario): 1. El aspirante con mayor promedio crédito acumulado en sus calificaciones. 2. El aspirante con mayor número de créditos aprobados. ARTICULO 3. Requisitos para aspirantes de cambio de programa Promedio crédito acumulado en sus calificaciones mayor o igual a 3.8 Se recibirán solicitudes de aspirantes de cualquier programa teniendo prelación aquellos que son afines a la carrera de Biología. El aspirante no debe estar cursando su último semestre académico del programa de origen. ARTICULO 4. Cuando sobran cupos en alguna categoría (reingreso con cambio, transferencia o cambios de programa), éstos se pueden utilizar para los aspirantes de otras categorías que hayan cumplido los requisitos pero no alcanzaron cupo. En orden de prioridad se ofrecerían primero a los aspirantes de cambio de programa, luego a los aspirantes de reingreso con cambio de programa y luego a los aspirantes de transferencia. ARTICULO 5. Según el Reglamento Estudiantil de Pregrado de la Universidad de Antioquia, Acuerdo No.1 de 1981 del Consejo Superior los requisitos vigentes son: Para reingreso al mismo programa: No haber salido de la Universidad por rendimiento académico insuficiente. No tramitar otro tipo de inscripción para el mismo semestre. Para reingreso con cambio de programa:

No haber efectuado antes un cambio de programa (aspirantes no graduados). No haber salido de la Universidad por rendimiento académico insuficiente. Haber cursado por lo menos 10 asignaturas o 40 créditos en un programa de pregrado de la Universidad de Antioquia (aspirantes no graduados). No tramitar otra inscripción para el mismo semestre. Para transferencias: Estar en situación académica normal en la institución de procedencia al momento de tramitar la inscripción. Haber cursado y aprobado por lo menos los cursos correspondientes a un año de labor académica o su equivalente, de un programa académico de nivel superior reconocido por el ICFES. No haber tramitado otra inscripción a la Universidad de Antioquia para el mismo semestre. Que no presente la posibilidad de reingreso (cuando el aspirante presenta la calidad de reingreso y la de transferencia al mismo tiempo, debe inscribirse como reingreso). Para cambios de programa: Haber cursado 10 materias o 40 créditos en el programa del cual desea cambiarse. No haber efectuado antes un cambio de programa. Medellín, 6 de marzo de 2007. Jaime Calle O Director.