CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

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Transcripción:

CUIDAMOS DE LA SALUD LABORAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

2 CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS POR QUÉ CONCERTAR CON UNA MUTUA?

CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS 3 En MC MUTUAL te ponemos al corriente de cúales son las coberturas de las que ahora puedes beneficiarte como trabajador autónomo. Somos la Mutua número 1, llevamos más de 100 años acumulando conocimiento y experiencia y los ponemos a tu servicio. Para ayudarte a mejorar tu salud. Disponemos de una amplia infraestructura con más de 110 centros propios repartidos por todo el territorio español, 2 clínicas propias y centros intermutuales de referencia. Gracias a los acuerdos de colaboración con otras mutuas del sector, hemos mejorado nuestra cobertura sanitaria acercando la atención asistencial y reduciendo, a la vez, los costes que representa. CONTINGENCIAS PROFESIONALES (Accidente de trabajo y enfermedad profesional) Puedes mejorar tus prestaciones y contar con mayor seguridad en tu profesión, si además contratas la cobertura por contingencias profesionales, pues tendrás derecho a una asistencia sanitaria en caso de accidente de trabajo, sin ningún tipo de carencia. En el caso que seas un trabajador autónomo económicamente dependiente o tu profesión sea considerada como de alta siniestralidad, deberás contratar esta cobertura, en todo caso, con una mutua de accidentes de trabajo. PODEMOS AYUDARTE A MEJORAR TUS PRESTACIONES COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO CONTINGENCIAS COMUNES (Enfermedad común y accidente no laboral) Como trabajador autónomo debes contratar esta cobertura con una mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Excepto si estás incluido en el Sistema Especial para Trabajadores por cuenta propia agrarios, en cuyo caso es voluntario. Prestamos especial atención a los trabajadores autónomos de nueva creación; aquellos que habéis emprendido recientemente vuestra actividad profesional. Porque en este caso debéis contratar siempre estas coberturas con una mutua; en MC MUTUAL estaremos a vuestro lado para facilitaros los trámites necesarios y ofreceros asesoramiento y apoyo en esta nueva andadura.

4 CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS En el caso que hayas decidido concertar con nosotros la cobertura por contingencias profesionales, si cumples los requisitos que marca la normativa, podrás acceder también a la prestación por cese de actividad. De esta forma tendrás una protección integral ante cualquier tipo de contingencia que pudiera producirse en el desarrollo de tu actividad económica o profesional. POR QUÉ ELEGIR A MC MUTUAL? Tendrás acceso a nuestro fondo de prestaciones especiales en caso de situaciones concretas de necesidad, después de un accidente de trabajo y enfermedad profesional. Pondremos a tu disposición nuestro buzón del autónomo, para cualquier consulta o sugerencia que quieras hacernos llegar, estudiaremos el caso y te responderemos de forma personalizada. Organizamos jornadas y seminarios técnicos sobre temas laborales y de Seguridad Social y relacionados con el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales. Adaptaremos al máximo nuestros servicios a tu ámbito de actuación, teniendo en cuenta tus necesidades específicas, con la intención de mejorar tus condiciones de trabajo y salud laboral. Te haremos llegar vía e-mail diariamente, cualquier novedad legislativa que se produzca y que te interese para el desarrollo de tu profesión. Dispondrás de un calculador personalizado de cuotas a través de nuestra web corporativa.

CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS 5 A través de nuestra web corporativa podrás acceder a recursos que te ayudarán en tu trabajo diario: Escuela de la espalda: aplicación web que te enseña a mantener tu columna joven y sana. Tu puedes: programa online para dejar de fumar. CAMPUS MC: plataforma de formación online en gestión y prevención de riesgos laborales. Prontuario MC MUTUAL: herramienta de consulta permanentemente actualizada sobre normativa relacionada con el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social. Servicio de documentación: permite acceder a información de interés en temas relativos a salud laboral y legislación en prevención de riesgos laborales. Calendario laboral: aplicación para elaborar el calendario laboral de tu empresa de forma personalizada. Y más servicios pensados para los trabajadores autónomos... NUESTRO EQUIPO DE PROFESIONALES TE PRESTARÁ ASISTENCIA INTEGRAL PARA QUE PUEDAS DESEMPEÑAR TU PROFESIÓN CON MAYOR SEGURIDAD

6 CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS CONTINGENCIAS COMUNES

CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS 7 QUÉ TE OFRECE MC MUTUAL? Nos encargaremos de la prestación económica que te corresponde y realizaremos visitas de seguimiento de tu caso. PRESTACIÓN ECONÓMICA En caso de baja médica por enfermedad común o accidente no laboral, te corresponderán las siguientes prestaciones económicas según la normativa vigente: Del 4º al 20º día de baja, cobrarás un 60% de la base reguladora. A partir del 21º día de baja, percibirás el 75%. También podemos ayudarte durante el proceso de baja para que te recuperes antes: Evaluaremos los informes y diagnósticos del Servicio Público de Salud. Agilizaremos los trámites y las listas de espera, porque queremos que dispongas de una atención eficaz, que garantice de forma segura tu bienestar. Adelantaremos pruebas y tratamientos médicos cuando se demoren por parte del Servicio Público de Salud, para garantizar tu reincorporación al ámbito laboral en las mejores condiciones. INCAPACIDAD PERMANENTE En caso de incapacidad permanente, derivada de un accidente no laboral o de una enfermedad común, el Instituto Nacional de Seguridad Social te abonará la pensión que te corresponda. El personal administrativo de MC MUTUAL te informará de todos los trámites a seguir para el cobro de la prestación. DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN La duración máxima de la prestación económica de la incapacidad temporal es de 12 meses, ampliable a 6 meses más cuando se prevé la curación en ese período.

8 CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS CONTINGENCIAS PROFESIONALES

CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS 9 QUÉ TE OFRECE MC MUTUAL? Una cobertura integral, desde la asistencia médica que precises en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional hasta la rehabilitación en los casos que sea necesario; en MC MUTUAL tenemos un concepto global de la prestación sanitaria: Urgencia ambulatoria. Diagnóstico por la imagen. Consulta médica y traumatológica. Tratamiento médico. Rehabilitación funcional. Hospitalización e intervenciones quirúrgicas. Abono del coste de los desplazamientos. Nos haremos cargo de la prestación económica que te corresponda si tu dolencia te incapacita, temporal o permanentemente, para realizar tu trabajo. Tendrás derecho a indemnizaciones en caso de: Lesiones permanentes no invalidantes. Incapacidad permanente. Muerte. Además, gestionamos las prestaciones por cese de actividad y riesgo durante el embarazo y la lactancia natural cuando se den las circunstancias que generan el derecho a estas prestaciones. Puede cubrir: Complementos de baremos o incapacidades de renta pequeña. Ayudas a grandes inválidos. Ayudas a familiares de trabajadores gravemente accidentados o fallecidos. Prótesis, instrumentos útiles o tratamientos para el accidentado. Nuestro equipo de profesionales sanitarios te informará, en todo momento, de la evolución de tu proceso y de los pasos necesarios para que recuperes tu salud lo antes posible. En caso de que te corresponda una prestación económica, nuestro personal administrativo te informará de los trámites a seguir para la solicitud y cobro en cada caso. PRESTACIÓN ECONÓMICA POR INCAPACIDAD TEMPORAL Cobrarás una prestación equivalente al 75% de tu base de cotización a partir del día siguiente al de la baja médica. También tendrás acceso en caso necesario a nuestro fondo de prestaciones especiales. Estas ayudas están destinadas a cubrir situaciones especiales de necesidad de trabajadores que hayan sufrido un accidente o enfermedad profesional.

10 CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS PRESTACIÓN ECONÓMICA POR INCAPACIDAD PERMANENTE A consecuencia de las secuelas derivadas de un accidente de trabajo, puedes quedar incapacitado en diferentes grados para ejercer tu profesión habitual. Te explicamos las prestaciones que se generan: LESIONES PERMANENTES NO INVALIDANTES, se indemnizan con una cantidad según el baremo que establece la Ley General de la Seguridad Social. INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL, la prestación consiste en una cantidad equivalente a 24 mensualidades del salario. INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, tendrás derecho a una pensión vitalicia del 55% de tu base reguladora anual. INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA, recibirás una pensión vitalicia del 100% de tu base reguladora anual. GRAN INVALIDEZ, genera una pensión equivalente a la de incapacidad permanente absoluta más un complemento. PRESTACIONES DE VIUDEDAD Y ORFANDAD PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD Si tienes cubiertas las contingencias por accidente de trabajo y enfermedad profesional con nosotros, ahora accederás también a la nueva prestación por cese de actividad. De esta forma, te protegeremos en caso de que hayas debido cesar en tu actividad profesional por alguna de las causas previstas en la Ley 32/2010, de 5 de agosto. Qué hará MC MUTUAL por ti?: Te abonaremos una prestación del 70% de tu base de cotización durante un determinado periodo de tiempo que variará en función de los meses que hayas cotizado por cese de actividad. Nos encargaremos de la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, durante el periodo que dure la prestación. Colaboraremos con los servicios públicos de empleo, en la adopción de medidas de formación y orientación profesional que te ayuden a incorporarte de nuevo al mercado laboral. Contacta con nosotros y te informaremos ampliamente del funcionamiento de esta prestación. En caso de fallecimiento del trabajador autónomo, su cónyuge e hijos pueden tener derecho a diversas prestaciones (pensión de viudedad, de orfandad, auxilio por defunción... ).

CON LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS 11 PRESTACIÓN POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA NATURAL Tendrás derecho a estas prestaciones cuando existan riesgos en tu actividad profesional que puedan influir negativamente en tu salud o la del bebé, tanto durante el embarazo como en el periodo de lactancia natural de un menor de 9 meses. Podrás ser beneficiaria de estas prestaciones si: Has interrumpido tu actividad profesional. Estás afiliada y de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Te encuentras al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social. Prestación económica Cobrarás en cada caso el 100% de tu base reguladora por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales o, en su caso, contingencias comunes. Las enfermedades que se contemplan son un total de 109. Puedes consultar el detalle de estas enfermedades así como más información de la prestación en cualquiera de nuestras oficinas. La ayuda económica consistirá en un subsidio del 100% de la base reguladora equivalente a la establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales y será proporcional a la reducción que experimente la jornada de trabajo. Esta reducción deberá ser de, al menos, un 50% de su duración. MÁS INFORMACIÓN Si deseas más información consulta nuestra web www.mc-mutual.com o dirígete a cualquiera de nuestras oficinas. Estaremos encantandos de atenderte. Te informaremos de los requisitos y documentación necesaria para obtener el reconocimiento a la prestación que corresponda. PRESTACIÓN POR CUIDADO DE MENORES CON CÁNCER O ENFERMEDADES GRAVES: Esta prestación está pensada para proteger la situación que se produce cuando debes dedicar parte de tu jornada de trabajo al cuidado de un hijo menor que padece cáncer o una enfermedad grave, lo que supone que debe permanecer largo tiempo hospitalizado y con tratamiento. A esta prestación pueden tener derecho tanto los progenitores, como los adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa de aplicación.

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