Desde que inició la evaluación de los programas



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Transcripción:

Un modelo de la maestría en Administración. El caso de la UPIICSA, del Instituto Politécnico Nacional Juan Ignacio Reyes García, Nicolás Rodríguez Perego * Introducción Desde que inició la evaluación de los programas de posgrado por el Conacyt, que dio lugar a lo que se llamó Padrón de Programas de Posgrado de Excelencia, se ha presentado una situación injusta y equívoca para los programas que no aparecen en dicho padrón. En un principio se pensó que todos los programas de posgrado podían realmente aspirar a recibir el apoyo oficial, que con toda legitimidad esperan de organismos cuyo objetivo es otorgárselos mediante la distribución equitativa de los recursos que el Estado asigna. Sin embargo, pronto se convencieron de que la aplicación rígida de un modelo único de posgrado les cerraba las puertas de cualquier reconocimiento y los convertía en programas de segunda categoría, sin derecho a reivindicar las condiciones propias de su diseño y funcionamiento, distintas a las definidas con criterios que por sí mismos no prueban ni descartan la posibilidad de ofrecer la excelencia académica a que todo programa aspira. Con objeto de llevar a cabo la reestructuración del Programa de Maestría en Administración, que se imparte en la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería y Ciencias Sociales y Administrativas (UPIICSA), del Instituto Politécnico Nacional (IPN), se realizó una investigación que consistió en un diagnóstico de dicho programa. Fue también un estudio comparativo de los reglamentos que en la UNAM, la * Posgrado de la UPIICSA-IPN. UAM y el IPN regulan los estudios de posgrado. Aquí presentamos los principales resultados de dicha investigación; se intenta demostrar que no existe un solo modelo de estudios de posgrado, como podría pensarse al observar el mencionado proceso de evaluación y como los propios reglamentos de las instituciones parecen afirmarlo. 1. Normatividad del Posgrado Las diferentes ofertas de estudios de Posgrado que el IPN presenta a la comunidad, se rigen por un reglamento especial de los estudios de ese nivel, teniendo como marco de referencia más amplio a la propia Ley Orgánica del Instituto Politécnico, a otros ordenamientos como el Reglamento Orgánico y el Reglamento Interno, al Programa de Desarrollo Institucional 1995-2000 y a diversos documentos que fijan los principios y las políticas dentro de los cuales debe realizar sus actividades. 1.1. Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional La actual Ley Orgánica del IPN, vigente desde el 30 de diciembre de 1981, en su artículo 1 menciona lo que podría considerarse como la misión del Instituto: Consolidar, a través de la educación, la independencia económica, científica, tecnológica, cultural y política para alcanzar el progreso social de la nación, de acuerdo con los objetivos históricos de la Revolución Mexicana, contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En el artículo 4, al enumerar las atribuciones del Instituto Politécnico para el cumplimiento de sus finalidades, se dice textualmente que una de ellas será impartir educación de tipo medio superior, de licenciatura, de maestría y doctorado, cursos de capacitación técnica y de actualización, especialización y superación académicas, en sus modalidades escolar y extraescolar, y establecer opciones terminales previas a la conclusión de cada tipo educativo. Vale la pena mencionar que en este artículo 4 se establece que, en el cumplimiento de sus fines, el Instituto debe otorgar a sus educandos la posibilidad de incorporarse al sistema productivo del país, en cualquier tiempo y nivel de estudios, a través de una organización de planes y programas de estudio dentro de una estructura académica flexible. La incorporación que aquí se señala, no necesariamente debe significar la culminación o el abandono de los estudios, sino que ella debe suponer la realización paralela y simultánea de ambos tipos de actividades. 1.2. Reglamento Orgánico del IPN En la sección dedicada a la estructura académica y administrativa, este reglamento establece la existencia de coordinaciones generales entre las cuales destaca la Coordinación General de Posgrado e Investigación. En su artículo 42, enumera las funciones de la Coordinación de Posgrado, señalando específicamente, en lo que se refiere a la vinculación de las actividades del nivel de posgrado con el desarrollo y funcionamiento de otros sectores de la vida nacional, la de asegurar la correspondencia de los planes y programas de posgrado para garantizar su pertinencia con las necesidades de desarrollo del país ; diseñar, actualizar y evaluar los contenidos de los planes, programas de estudio y proyectos de investigación, así como verificar su correspondencia con las necesidades educativas, productivas, sociales y culturales del país ; fomentar las relaciones con los sectores productivos del país, y, en su caso, establecer convenios para ofrecer servicios científicos y tecnológicos tendientes a resolver las necesidades nacionales. 1.3. Reglamento Interno del IPN El artículo 3 de este reglamento ratifica que el Instituto Politécnico debe cumplir sus finalidades a través de sus funciones sustantivas, la docencia, la investigación científica y tecnológica y la difusión de la cultura. Seguidamente (art. 4), se establece que el modelo educativo institucional se basa en la integración de la docencia y la investigación, y en la combinación de la teoría y la práctica en programas académicos y planes de estudio, todo ello dentro de un conjunto sistemático, flexible y en permanente actualización, sustentado en la organización de conocimientos y valores. También se reitera (art. 5) que la función educativa se realiza a través de escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación. La función educativa es definida por este reglamento, en su artículo 10, como un proceso para generar, adquirir, trasmitir y divulgar conocimientos y capacidades; para fortalecer e impulsar la investigación científica y tecnológica, así como para acrecentar y difundir la cultura. La función educativa institucional, en sus diversos niveles y modalidades educativos, tiene como propósito la formación integral de técnicos, profesionistas, posgraduados e investigadores. En lo referente a la forma en que deben estructurarse los planes de estudio, en los diferentes niveles que el Instituto los ofrece, y en cuanto a su contenido, el reglamento dedica varios capítulos a regular este punto, destacándose la fracción IV del artículo18, en la cual se establece que debe señalarse si la dedicación requerida para los alumnos será de tiempo completo o parcial ; enumerando más adelante, las diversas modalidades educativas, escolarizada, no escolarizada y mixta. 1.4. Programa de Desarrollo Institucional 1995-2000 Este documento se fundamenta en los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y del Programa Sectorial de Educación 1995-2000. En el texto de este programa destaca la mención permanente de aten-

der los requerimientos de los sectores productivos, el fortalecimiento de la estructura industrial, la pertinencia del sistema educativo con la estructura socioeconómica, la modernización del sector de bienes y servicios, el fortalecimiento de las estructuras productiva y tecnológica, el crecimiento económico y demás aspectos directamente relacionados con los resultados obtenidos por el funcionamiento de las empresas, a través de la capacidad, la especialización y los conocimientos de los profesionales técnicos preparados por el Instituto. La relación directa de la preparación ofrecida y las necesidades de las organizaciones, principalmente las empresariales, no está limitada a alguno de los niveles en que dicha preparación se obtiene en escuelas, centros y unidades del IPN; se refiere en todos y cada uno de los niveles y en las instancias que lo integran. Como estrategias fundamentales para alcanzar sus objetivos, el programa señala al Instituto, la vinculación con los sectores productivo, educativo y social, el aseguramiento de la calidad educativa y la excelencia académica y la evaluación permanente (pp. 3-6). Al detallar el significado de la primera estrategia, se menciona que la vinculación representará el eje medular sobre el que se apoyarán las acciones educativas y de investigación para lograr la formación de los recursos humanos requeridos por la dinámica productiva del país, lo que propiciará la participación equitativa y organizada de las escuelas, centros y unidades con los diferentes sectores de la estructura socioeconómica y permitirá la integración de la educación con las demandas sociales y el óptimo funcionamiento del modelo educativo institucional (p. 3). Además, se reconoce que dichas acciones deben estar orientadas hacia el logro de la pertinencia y congruencia de la oferta educativa y la demanda (p. 3) y al fomento de un intercambio tecnológico con la planta productiva, promoviendo el empleo de los egresados en un mercado de trabajo cada vez más competitivo. El Programa de Desarrollo Institucional plantea cinco programas específicos de entre los cuales destacan el Programa de Docencia, el Programa de Investigación Científica y Tecnológica y el Programa de Apoyo Académico (pp. 6-18). Entre los aspectos relevantes del Programa de Docencia cabe mencionar el de oferta educativa; con él se busca asegurar la cobertura, calidad y pertinencia de la oferta educativa con el perfil económico del país, el crecimiento específico de las ramas de la actividad productiva, los requerimientos del mercado de trabajo y los adelantos de la ciencia y la tecnología (p. 6). Esto se logrará atendiendo, entre otras cosas, a los requerimientos del aparato productivo y los avances en la ciencia y la tecnología, para alcanzar el equilibrio entre la oferta y la demanda educativa en el contexto del Instituto (p. 7). Se busca también obtener una mayor pertinencia con los requerimientos de los sectores social y productivo; rescatar a la población que por motivos económicos o de trabajo hayan abandonado sus estudios; y ofrecer, en estos casos, opciones colaterales que cuenten con la certificación de los conocimientos y habilidades adquiridos (p. 8). La calidad, la excelencia académica, la pertinencia de los programas de estudio son, como ha podido verse, algunas de las principales preocupaciones y componentes básicos de las políticas que se le han definido formalmente al Instituto. En ese sentido, en un documento elaborado en la Secretaría Académica del IPN, titulado Reforma Académica Integral, se plantean los cambios y adaptaciones necesarios para lograr los objetivos perseguidos por el Programa de Desarrollo Institucional 1995-2000. En la introducción de dicho documento se menciona, como requisito para que la educación impartida por el IPN se amolde a las características contextuales de fines del siglo XX y principios del XXI, el de ser flexible y polivalente, para que los egresados se adapten rápidamente a los cambios y estén preparados para aprender a realizar una amplia gama de tareas laborales (p. 2). Las principales líneas de acción que guían la Reforma Académica Integral son: revisión de los modelos educativos, desarrollo curricular, organización de la práctica docente y mejoramiento de la calidad académica. Las limitaciones propias de este trabajo, relacionadas con los requerimientos de extensión estableci-

dos, y con el intento de presentar con mayor detenimiento los rasgos distintivos del modelo de posgrado estudiado, impiden hacer aquí un análisis detallado del interesante contenido del documento. Pero es conveniente señalar al menos que, al definir y desarrollar esas líneas de acción, se establecen con precisión los objetivos, destacando el resaltar las habilidades prácticas de los alumnos, la pertinencia de planes y programas a través de una formación flexible, polivalente y relevante adecuada a las necesidades de los sectores social y productivo, la realización de estudios de oferta y demanda con la participación de dichos sectores y la puesta en marcha de prácticas escolares, profesionales y estancias industriales. 1.5. Reglamento de Estudios de Posgrado En este apartado se hará una breve comparación entre los ordenamientos especiales que en el IPN, en la UNAM y en la UAM, están encargados de señalar la organización, las funciones, las características y las condiciones dentro de las cuales se deben ofrecer e impartir los estudios de posgrado. Tanto en la UNAM como en el IPN existen sendos reglamentos especiales de estudios de posgrado. Para la UAM se trata del Reglamento de Estudios Superiores, que incluye entre sus normas las destinadas a regular los estudios llamados de posgrado, considerándolos por tanto como parte de los estudios superiores. En cuanto a la definición de lo que debe entenderse por estudios de posgrado, existe bastante similitud entre los tres ordenamientos. El reglamento de la UNAM, en su artículo 1, establece que son estudios de posgrado los que se realizan después de los estudios de licenciatura y tienen como finalidad la formación de académicos y profesionales del más alto nivel. Al término de los estudios de posgrado se otorgará grado de maestro, grado de doctor o diploma de especialización. Por su parte, el Reglamento de Estudios Superiores de la UAM señala que los estudios de posgrado que se realicen con posterioridad a los de nivel licenciatura, serán los de especialización, maestría y doctorado. Los cursos de actualización podrán impartirse en el nivel de licenciatura y de posgrado; cuando sean en el nivel de posgrado, así se especificará en el acuerdo que apruebe el Consejo Divisional correspondiente. El artículo 4 del Reglamento de Estudios de Posgrado del IPN define a los estudios de posgrado como los que se realizan después de la licenciatura y tienen la finalidad de formar recursos humanos del más alto nivel. Comprenden los cursos de propósito específico, y los programas de especialización, maestría y doctorado. Interesa llamar la atención sobre un punto: para las tres instituciones existen tres tipos de estudios de posgrado: la especialización, la maestría y el doctorado. Para el IPN y la UAM, ciertos cursos que no conforman alguno de esos tres tipos pueden también ser impartidos en este nivel; en una institución se les llama de propósito específico y en la otra de actualización. Ninguno de los tres ordenamientos prevé la existencia de los llamados diplomados, cursos provenientes en su conformación y en sus características de las instituciones de educación privadas; en los últimos años han experimentado una importante expansión, y son ofrecidos e impartidos en casi todas las áreas de conocimiento, incluidas las tres instituciones públicas mencionadas. Es posible que los términos curso de actualización y de propósito específico pretendan abarcar las que integran los diplomados; por otro lado, la práctica muestra que por los requisitos de admisión y las exigencias de escolaridad y aplicación, los diplomados no tienen en general el rango de estudios de posgrado. En lo que se refiere a los objetivos perseguidos por los estudios de posgrado, ya se mencionó lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento de la UNAM y en el artículo 4 del Reglamento del IPN, en cuanto a los fines comunes de dichos estudios. El Reglamento de la UNAM, en el caso concreto de los programas de maestría, exige que proporcionen al alumno una formación amplia y sólida en la disciplina, y deben de tener al menos uno de los siguientes objetivos: iniciarlo en la investigación, formarlo para el ejercicio de la docencia de alto nivel, o desarrollar en él una alta capacidad para el ejercicio académico o profe-

sional. En lo que se refiere al doctorado, el objetivo es preparar al alumno para la realización de investigación original, así como proporcionarle una sólida formación disciplinaria, ya sea para el ejercicio académico o profesional del más alto nivel. El Reglamento de la UAM, después de señalar que los estudios de posgrado tendrán como finalidad la formación de investigadores, profesionales y profesores de alto nivel académico que correspondan a las necesidades de la sociedad, específicamente establece que en las especializaciones los alumnos deben adquirir los conocimientos que les permitan profundizar en el estudio y el análisis de problemas de carácter científico, tecnológico, humanístico o artístico; en las maestrías se les capacitará en el ejercicio de actividades de investigación o de desarrollo para la generación de conocimientos originales; en el doctorado se formarán investigadores capaces de generar y aportar nuevos conocimientos; en los cursos de actualización se proporcionarán conocimientos profesionales e información sobre avances recientes en determinadas áreas. El ingreso, la revalidación y la actividad académica son regulados de manera muy parecida en las tres instituciones. Pero en el Reglamento de la UNAM se otorga un tratamiento a la maestría que de alguna manera equivale a un reconocimiento de estudios diferentes a los de doctorado, no sólo en términos de profundidad sino de objetivos. En este sentido, ya se mencionó que al programa de maestría no se le señalan varias finalidades sino al menos uno de los siguientes objetivos, siendo éstos la preparación para la investigación, para la docencia o para el desempeño profesional de alto nivel. En el doctorado, el objetivo tiene que ser la preparación para la realización de investigación original. Esta diferenciación no aparece tan clara en los otros dos reglamentos, y en el de la UAM hay un tratamiento menos específico y mayor margen de maniobra a los diseñadores de cada programa; en el del IPN, por el contrario, se llega a grados de especificación que reducen considerablemente la posibilidad de regulación por parte de quienes están directamente encargados del diseño y la aplicación de programas, principalmente los de maestría. El artículo 8 del Reglamento de la UNAM establece que las actividades académicas de especialización y de maestría tendrán un valor en créditos. Las tesis de maestría, el examen general de conocimientos y las actividades académicas de los programas de doctorado no tendrán valor en créditos. El Reglamento de la UAM establece el mínimo de créditos que debe tener cada programa, los plazos máximos y mínimos para cubrirlos, dejando a cada plan de estudios el establecimiento de requisitos y examen de admisión, de la duración normal y las modalidades para la obtención del grado en el caso de la maestría. El Reglamento del IPN describe de manera detallada el examen de admisión, la realización de cursos propedéuticos, la elaboración de un programa individual de estudios para cada alumno admitido, el número de créditos que debe tener cada programa, la documentación requerida, la prohibición de cursar dos o más programas de posgrado de manera simultánea, el procedimiento para conceder recesos, bajas y altas en asignaturas, la obligación de elaborar y sustentar una tesis de grado, tanto para la maestría como para el doctorado, el contenido formal de dicha tesis, la dedicación de tiempo completo de los alumnos de maestría y doctorado y muchos otros aspectos relacionados con el funcionamiento de los programas. El Reglamento de la UNAM establece que para obtener el grado de maestro se deberán cubrir todos los créditos y los otros requisitos previstos en el respectivo plan de estudios y aprobar el examen de grado correspondiente, que consistirá en la defensa de la tesis o en la presentación de un examen general de conocimientos (art. 18). El Reglamento de la UAM prescribe que para recibir el grado de maestro o de doctor se deberá cumplir con los requisitos establecidos en el plan de estudios y, para el grado de maestro, se deberá presentar una idónea comunicación de resultados y, en su caso, sustentar y aprobar examen de grado. El Reglamento del IPN hace una detallada enumeración de los requisitos para obtener el grado de maestro, entre las que destacan: cumplimiento individual del programa de trabajo elaborado al

inicio de los estudios, haber desarrollado una tesis y aprobado el examen de grado. Además, este reglamento describe minuciosamente aspectos como el registro de la tesis, el nombramiento de director, de la comisión revisora y de sinodales del examen de grado, la estructura formal de la tesis, el diseño de la portada, la autorización del examen respectivo, los posibles resultados y las condiciones y mecanismo para el otorgamiento de mención honorífica. 2. Funcionamiento del Programa El Programa de Maestría en Administración que se ofrece en la UPIICSA comenzó a impartirse en 1976. A lo largo de su vigencia se han llevado a cabo periódicas revisiones, no sólo para cumplir con una obligación emanada del Reglamento de Estudios de Posgrado del IPN (que ordena hacerlo en cada programa una vez, por lo menos, cada cinco años), sino para actualizarlo y alcanzar con mayor precisión los objetivos que persigue. A continuación, se presentan los resultados de la revisión realizada en esta oportunidad y se muestran datos de los últimos cinco años de su funcionamiento, con alguna referencia histórica más antigua que sirve para conocer con mayor claridad sus características y sus tendencias. 2.1. Proceso de admisión Durante todos los años en que se ha ofrecido, la maestría en Administración ha mantenido una demanda que oscila entre 150 y 200 aspirantes. Esta cifra corresponde al número de personas inscritas para presentar los exámenes de admisión y que participan en el proceso de selección que se realiza una vez cada año. Como resultado del proceso, la mayor parte de los alumnos admitidos se inscribe en cursos propedéuticos, al cabo de los cuales el número definitivo de alumnos aceptados inicia los estudios correspondientes al primer semestre de la maestría. Desde el semestre del otoño de 1994 hasta el semestre del otoño de 1999, el promedio de alumnos inscritos en los cursos propedéuticos es de 45 y el promedio de alumnos admitidos de manera definitiva a partir del semestre de primavera de 1995, hasta la primavera de 2000, es de 26. En cada proceso de admisión hay un pequeño número de alumnos admitidos de manera directa al primer semestre, sin necesidad de llevar a cabo los cursos propedéuticos. El promedio de tales alumnos es de 8, en los últimos cinco años considerados. Gracias al proceso de selección, se produce una disminución significativa entre el número de aspirantes y el número de alumnos finalmente admitidos. En los últimos años, 30% de los aspirantes ingresa a los cursos propedéuticos y 15% al programa de la maestría. De la totalidad de alumnos admitidos a los propedéuticos, 58% ingresa a la maestría. 2.2. Alumnos egresados Desde 1995 hasta 1999, el promedio de alumnos egresados por año es de 22. Esto quiere decir que, en un alto porcentaje (84%), los alumnos ingresados culminan los estudios en lo que se refiere a las asignaturas y seminarios que otorgan los créditos establecidos por el programa. Esta proporción alta de alumnos se explica por las características de los estudios de posgrado en los que los alumnos se inscriben de manera voluntaria, tienen claramente definidas sus expectativas y logran un equilibrio adecuado entre las diferentes actividades que realizan. 2.3. Alumnos graduados A pesar de la alta proporción de egreso que acaba de señalarse, esto no significa que dichos alumnos obtengan el grado correspondiente ya que el Reglamento de Estudios de Posgrado del IPN señala la obligación a los estudiantes de maestría de elaborar una tesis y sustentarla ante un jurado en un examen final de grado y, para muchos, esto constituye un obstáculo muy difícil de superar. En los últimos años se ha incrementado el número de alumnos graduados en el programa; sin embargo, es necesario reconocer que el porcentaje sigue siendo bajo respecto de los alum-

nos ingresados y los egresados. En tal sentido, el promedio de graduados anualmente es de 6 alumnos (1995 a 1999), lo que equivale a 23 % de los ingresados y a 27% de los egresados. 2.4. Licenciatura de procedencia Entre las licenciaturas estudiadas con anticipación por los alumnos de la maestría, las más comunes son las relacionadas con Ingenierías (diversas), Administración, Contaduría, Informática y Economía. En 1997, 48% de los admitidos había estudiado una licenciatura en Ingeniería y el resto se distribuyó entre las siguientes carreras: Administración (33%), Informática (4%), Economía (4%), Contaduría (4%) y el resto en otras carreras. Es de hacer notar que de la totalidad de alumnos surgidos de entre las carreras de Ingeniería, 30% venía de Ingeniería Industrial. En 1998 la proporción de ingenieros aumentó a 52%, el de administradores bajó a 20%, el de informáticos subió a 14%, no hubo admisión de contadores ni de economistas, y la porción de admitidos de otras carreras fue de 14%. En 1999, 46% de los admitidos estaba formado por ingenieros, 38% por administradores, 12% por informáticos, 4% por otros profesionistas. En la admisión correspondiente a 2000, la proporción es: 45%, ingenieros; 30%, administradores; 15%, informáticos, y 10%, otros profesionistas. 2.5. Situación académica de los admitidos Es importante señalar que el Reglamento de Titulación del IPN considera, entre las opciones para obtener el título de licenciatura, la posibilidad de realizar estudios de maestría equivalentes al 75% de la totalidad de los créditos (del grado de licenciatura). Esta posibilidad ha dado lugar a cierto temor de que muchos alumnos escojan esta opción no con el ánimo de hacer estudios de posgrado y obtener los beneficios que ello implica, sino con la intención principal de obtener con menos requisitos la titulación en licenciatura. Así, cabe destacar que la proporción de alumnos aspirantes no titulados fue sólo de 31% en 1997, de 30% en 1998, de 32% en 1999, mientras que en 2000 la proporción ha aumentado a 60%. Si consideramos que no todos los alumnos pasantes de licenciatura que son admitidos en el programa provienen de escuelas del Instituto y que el hecho de ser pasante no significa que se tenga la intención de optar por la modalidad de titulación mencionada, la importancia de dicha proporción disminuye en lo que se refiere a la distorsión que supondría el estudiar la maestría con el principal propósito de obtener el grado inferior. Por otro lado, hay que señalar que ninguno de los alumnos que ha optado por la obtención del título de licenciatura, a través de los estudios del Programa de Maestría en Administración, que se analiza, ha abandonado dichos estudios al lograr ese objetivo, sino que todos han continuado hasta concluir la totalidad de los créditos. 2.6. Institución de procedencia Los aspirantes a estudiar la maestría proceden de numerosas instituciones. Las escuelas que pertenecen al IPN son las que más proveen aspirantes. La propia UPIICSA aparece como la escuela donde han hecho sus estudios de licenciatura la mayor parte de los interesados en estudiar la maestría. En 1997, 73% de los aspirantes eran egresados de escuelas del IPN, 5% de la UNAM, 6% de la UAM, 6% de la Universidad del Valle de México y 10% de otras instituciones. En 1998, 78% provenía de escuelas del IPN, 10% de la UNAM, 8% de la UAM, 4% de otras. En 1999, 78% eran egresados del IPN, 3% de la UNAM, 3% de la UAM y 16% de otras instituciones. En el proceso de admisión que culminó en enero de 2000 la proporción fue la siguiente: 85% egresados del IPN y 15% de otras instituciones; entre los admitidos, no hubo estudiantes surgidos de la UNAM ni de la UAM. 2.7. Ubicación laboral Una de las características de esta maestría, derivada de su aplicación práctica, es la de que la gran mayo-

ría de sus estudiantes desempeñan actividades laborales al mismo tiempo que realizan sus estudios. Así, 84% de los alumnos admitidos en 1997 trabajaban en empresas privadas industriales y de servicio, 8% lo hacía en instituciones educativas y 8% en instituciones públicas. En 1998, 9% trabajaba para instituciones educativas, 6% para el gobierno y el 86% restante lo hacía en empresas industriales y de servicio. En 1999, 5% se ubicaba en el sector educativo, 6% en el público y 89% en el sector empresarial. En 2000, la distribución es: 7% en el sector educativo, 7% en el sector público y el 86% restante en el sector empresarial. 3. Características del Modelo La experiencia derivada del análisis del funcionamiento del Programa de Maestría en Administración, que se imparte en la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería y Ciencias Sociales y Administrativas del Instituto Politécnico Nacional (UPIICSA), configurado a través de las relaciones establecidas entre la aplicación de las disposiciones reglamentarias pertinentes, los fines que el programa persigue, los requisitos formales de admisión y permanencia, las características de quienes son admitidos a cursarlo y los objetivos que los han llevado a hacerlo, conducen a afirmar que con estos elementos se define un modelo de posgrado diferenciado, no sólo con respecto a otras áreas del conocimiento, sino también con respecto a lo que se desprende de los otros tipos de estudios de posgrado que la reglamentación prevé, especialmente el que resulta de las disposiciones, condiciones y funcionamiento del doctorado, aun dentro de su propia área del conocimiento. 3.1. Permite un amplio perfil de ingreso En lo que concierne a los requisitos de admisión, a diferencia de muchos otros programas que se ofrecen en el nivel de posgrado, las maestrías en Administración muestran gran flexibilidad en cuanto a la preparación previa de quienes aspiran a realizarlas. Esto las ha llevado a ser consideradas como profesionalizantes, en el sentido de que por sí mismas pretenden dar herramientas teóricas y prácticas que permitan la realización de tareas específicas en las organizaciones. Esta situación se deriva de que no importando cuál sea la especialización técnica que otorguen al profesionista con estudios de licenciatura, después de ingresar al mercado de trabajo, en una empresa determinada, éste se dedica a planear, organizar y supervisar las labores relacionadas con esa preparación técnica. Esto quiere decir que se ejercita en actividades administrativas para las cuales no ha recibido los conocimientos teóricos necesarios. 3.2. Supone responsabilidad laboral como condición previa de estudio Formalmente, ha prevalecido la tendencia a exigir dedicación completa a quienes son admitidos a realizar estudios de posgrado. El proceso de evaluación del Conacyt, por ejemplo, lo establece como requisito para otorgar su apoyo a los programas que lo soliciten, y el Reglamento de Estudios de Posgrado del IPN lo indica también de manera expresa. Sin embargo, esta exigencia pierde sentido si se aplica de manera general en todos los programas, especialmente en los de las maestrías en Administración, por el hecho de que la necesidad de estudiarla nace del enfrentamiento directo con las actividades de gestión que el fenómeno administrativo actual supone. Podría decirse entonces, sin exageración, que en el caso concreto de estas maestrías el alumno no trabaja con el propósito de obtener los recursos que le permitan vivir y financiar sus estudios, sino que, por el contrario, estudia porque necesita mejorar su desempeño laboral de manera inmediata. Es decir que en este caso el estudiante no se encuentra en la situación de trabajar para poder estudiar, sino que más bien estudia porque trabaja.

3.3. Posee elementos propios que lo distinguen de las otras modalidades de estudios de posgrado Como puede observarse a partir de la lectura de los diferentes ordenamientos legales reguladores de los estudios de posgrado, en las tres principales instituciones públicas de educación superior existen tres modalidades de estudios de posgrado: especialización, maestría y doctorado. Se ha conservado la relación directa entre los tres tipos y a éstos se los ha regulado de manera conjunta. El dinamismo propio de la realidad, en el ámbito específico del área de estudios del fenómeno administrativo, se ha encargado de ir estableciendo sólidas y definitivas diferencias entre estas tres modalidades, de manera que se hace necesario revisar la concepción original que dio lugar a su implantación y regulación integrada. En ese sentido, destaca la grave reducción de la oferta de la especialización, obligada por una demanda cada vez menor, en favor de un incremento sustancial de la modalidad llamada diplomado, debido al prestigio alcanzado por esta última y a la necesidad de competir por alumnos y recursos con instituciones educativas del sector privado. Por otro lado, los programas de doctorado deben conservar una estructura y una formalidad que aseguren la preparación y la disponibilidad de tiempo requeridas para generar nuevos conocimientos mediante el estudio sistematizado y la realización fundamental de actividades de investigación. Por estas y otras razones, la maestría se ha ido consolidando como el nivel que garantiza profundización en el conocimiento de teorías y de técnicas para la práctica profesional, debido a sus condiciones y a sus exigencias, más serias con relación a los diplomados y ante las casi inexistentes especializaciones, y menos rígidas con respecto al doctorado, y por la posibilidad de alcanzar un grado académico superior al de la licenciatura. 3.4. Concilia objetivos institucionales con objetivos sociales Derivada directamente de la característica que acaba de explicarse, observamos otra: la relacionada con la falta de correspondencia entre los objetivos formales que se persiguen al diseñar y ofrecer estudios de posgrado y los que pretenden alcanzar quienes desean estudiar y concluir los programas existentes, de manera específica, en el área de Administración. Puede decirse que en ese sentido son perceptibles grandes diferencias entre los objetivos de la oferta y los objetivos de la demanda. La definición formal de metas a lograr mediante los estudios de posgrado gira alrededor de la preparación para realizar actividades de alto nivel, principalmente las relacionadas con la docencia y la investigación. Se hace necesario avanzar en la determinación y separación precisa de los objetivos perseguidos por cada modalidad, especialmente en la reglamentación existente en el Instituto Politécnico Nacional, para que se permita buscar la necesaria coincidencia de fines entre los programas y sus estudiantes, que, en el caso específico del área de Administración, se da de manera natural y no insistir en aplicar disposiciones reglamentarias que no se adaptan a sus condiciones específicas ni a su ámbito contextual, pues ello ha creado una brecha que impide la obtención de resultados y obstaculiza el incremento de sus niveles de eficiencia y eficacia. No se trata de relajar niveles de exigencia y de formalidad académicas, sino de adaptarse a las condiciones de la realidad y reconocer, por ejemplo, que la dedicación de tiempo parcial no es un obstáculo para la realización de la maestría en Administración; por el contrario, constituye un elemento enriquecedor que asegura la simbiosis entre teoría y práctica, que las propias políticas y acciones auspiciadas por las autoridades del instituto definen y desarrollan.

3.5. Garantiza vinculación con los sectores sociales y productivos Como ha quedado evidenciado en la primera parte de este trabajo, existe una preocupación constante, tanto en las disposiciones legales y reglamentarias como en los documentos que definen y señalan políticas y acciones a llevar a cabo, en cuanto a que las actividades académicas se diseñen y desarrollen en una permanente relación con las necesidades y requerimientos de los distintos sectores que reclaman personal debidamente capacitado para atender las responsabilidades que un mercado cada vez más competitivo les presenta y les exige. En ese sentido, el Programa de Maestría en Administración establece de manera espontánea una vinculación directa con los sectores sociales y productivos representados por los empleados y funcionarios de las diferentes organizaciones de dichos sectores que acuden a recibir los conocimientos que el programa ofrece, con la intención manifiesta de recibir la preparación técnica que establecen y requieren las funciones que se les han encomendado, o aquellas a las que aspiran en un proceso de promoción y ascenso. El hecho de que esta vinculación se materialice mediante las necesidades individuales de los actores directos de las labores administrativas, y no mediante la suscripción de convenios bilaterales entre la institución y las organizaciones interesadas, no le resta importancia. Por otro lado, si se adquiere conciencia de su existencia, podría explotarse positivamente para obtener mayores beneficios mutuos y para facilitar la aplicación de otros mecanismos de vinculación más formales. 3.6. Acepta opciones terminales El reconocimiento de rasgos distintivos entre la maestría y el doctorado en Administración traería como consecuencia la posibilidad de diseñar opciones de graduación que se agregarían a la única opción aceptada por el Reglamento de Estudios de Posgrado del IPN, que consiste en la elaboración de una tesis de grado y su defensa ante un jurado en el marco de un examen final. Hacemos notar que los reglamentos pertinentes de la UNAM y de la UAM ya han admitido otra opción distinta a la de la redacción y defensa de una tesis. En el caso de la UNAM, se prevé la posibilidad de obtener el grado de maestría con la realización de un examen general de conocimientos y, en el caso de la UAM, se acepta otorgar el grado de maestría mediante lo que el reglamento ha llamado, de manera general, una idónea presentación de resultados, es decir un informe profesional. La naturaleza de los estudios de maestría en Administración, y las características que han sido analizadas, permiten ampliar las opciones de grados superiores mediante actividades que garanticen a los alumnos el cumplimiento de sus expectativas de capacitación y les permita incorporarse plenamente a su trabajo profesional en un plazo razonable después de haber concluido totalmente el programa de maestría. Conclusiones El padrón de programas de posgrado que integra el Conacyt no responde a las necesidades y requerimientos de todos los programas de posgrado del país. Ello es así sencillamente porque aplica criterios de evaluación que corresponden a un único modelo de estudios en ese nivel. Esta realidad institucional ha comenzado a ser entendida, y otras instituciones han elaborado padrones que consideran otros criterios con el propósito de complementar el proceso de evaluación y de apoyo que el Conacyt lleva a cabo y de garantizar que todas las áreas del conocimiento posean programas bien establecidos para hacer frente a la demanda social existente. El programa de becas del Conset, el programa Supera de la Anuies y el Promep de la Secretaría de Educación Pública son ejemplos concretos de los esfuerzos realizados en ese sentido. Tanto en la Ley Orgánica del IPN y en los diversos reglamentos que norman sus actividades como en las políticas, programas y acciones definidos por sus autoridades, se insiste en la necesidad de vincular los estudios con los requerimientos educativos, pro-

ductivos, sociales y culturales del país. El Programa de Maestría en Administración que ofrece la UPIICSA asegura la correspondencia con el desarrollo de otros sectores de la vida nacional, la combinación adecuada de teoría y práctica y la formación de profesionales de alto nivel. De esa manera contribuye actualmente, en forma muy clara y concreta, al cumplimiento de los objetivos institucionales. El Reglamento de Estudios de Posgrado del IPN regula también los estudios de ese nivel a través del diseño de un único modelo de posgrado. Por otro lado, su carácter detallista no favorece la flexibilidad que, de acuerdo con los demás ordenamientos legales y los documentos oficiales de la institución, debe garantizarse en los diferentes planes y programas de educación que se ofrecen. Además, tal como está concebido, este reglamento contradice y obstaculiza el cumplimiento de las actividades de vinculación en aquellos programas de posgrado que no responden a las características de ese modelo único. Es imprescindible una reforma al Reglamento de Estudios de Posgrado del IPN que permita reconocer las características y las condiciones propias del Programa de Maestría en Administración y de otros que posean rasgos que impiden su encasillamiento en aquel único modelo. Una reforma de esta naturaleza deberá hacerlo menos rígido y específico, más general y amplio, dejando a los responsables de diseñar cada programa la posibilidad de establecer la normatividad a aplicarse para su funcionamiento, tal como la que se refiere a objetivos perseguidos, el perfil de ingreso y de egreso, los requisitos de admisión, permanencia y duración, y las opciones para la obtención del grado. Los órganos superiores deberán encargarse de constatar que esa normatividad se halle dentro del marco general que le fije la reglamentación y de vigilar su cumplimiento, además de llevar a cabo los trabajos de evaluación que aseguren la realización de los objetivos institucionales a través de cada programa concreto. La maestría en Administración aparece como un modelo específico de estudios de posgrado, con características propias. Sin pretender generalizar, pero reconociendo la similitud que existe entre los programas de maestría en Administración ofrecidos en diversas instituciones, las características que se desprenden de un modelo de esta naturaleza son: amplio perfil de ingreso; el carácter de tiempo parcial de sus estudiantes como un elemento enriquecedor al lograr directamente la simbiosis de la teoría aprendida en el aula con la práctica de labores administrativas concretas; existencia de condiciones que la distinguen de la especialización y del doctorado en su misma área; la posibilidad cierta de poder conciliar objetivos institucionales con metas y expectativas de los sectores sociales y productivos; el hecho de que su sola oferta constituye una experiencia concreta de vinculación con quienes representan a otras organizaciones; y la posibilidad de aceptar opciones terminales diferentes a la elaboración de una tesis de grado. Esta última característica se desprende de las condiciones que han llevado a esta maestría a distinguirse del doctorado y que, en las últimas reformas de la regulación del posgrado, han sido reconocidas por la UNAM y la UAM. Separar los estudios de maestría en Administración de los de especialización y de doctorado ofrecidos dentro de la misma área, reconociendo los rasgos distintivos que la primera ha ido adquiriendo como una oferta válida que cubre las expectativas de sus demandantes, es indispensable para ubicar de manera precisa los estudios de posgrado y permitir su desarrollo armonioso y su consolidación, no sólo ante esos demandantes, sino ante organismos, instituciones y autoridades oficiales que han pretendido ignorar su importancia. Bibliografía INSTITUTO Politécnico Nacional, Archivos de la Oficina de Control Escolar de la Sección de Estudios de Posgrado e Investigación de la UPIICSA- IPN., Programa de Desarrollo Institucional 1995-2000, Talleres Gráficos de la Dirección de Publicaciones, México, 1995.

, La Reforma Académica Integral, Secretaría Académica del IPN., Hacia un Modelo de Desarrollo Curricular para el IPN, Secretaría Académica del IPN, febrero 2000., Reglamento Orgánico del IPN, Gaceta Politécnica, 30 de agosto de 1999., Reglamento Interno del IPN, Gaceta Politécnica, noviembre de 1998., Reglamento de Estudios de Posgrado del IPN, Gaceta Politécnica, mayo de 1991. SECRETARÍA de Educación Pública, Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, Diario Oficial de la Federación, 29 de diciembre de 1981. UNIVERSIDAD Autónoma Metropolitana, Reglamento de Estudios Superiores de la UAM, Semanario de la UAM, 1 de agosto de 1996. UNIVERSIDAD Nacional Autónoma de México, Reglamento de Estudios de Posgrado de la UNAM, Gaceta de UNAM, 11 de enero de 1996.