DICTAMEN DE EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE LAS HERRAMIENTAS DE COMUNICACIONES El presente dictamen de excepción a la licitación se fundamenta en el artículo 38 fracción, XIV del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Econórnica, 60 fracción VIII de las Políticas Generales en Materia de Recursos Materiales para las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Federal de Competencia Económica y Numeral 20 y 21 de las Políticas Generales en Materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones en la Comisión Federal de Competencia Económica. Contar con la adquisición de: (2) dos Antena Wi ti (1) un Lente de largo alcance REQUERIMIENTO Antena Wifi Potencia: 2000mW Ganancia: 20dbi Alcance: Hasta 1000 metros dependiendo del ambiente Sistema Operativo: Windows XP/200Nista/Linux, Mac/w7 Estándar: 1 EEE 802.11 b, 1 EEE802. 11 g Frecuencia:24GHz ISM band Seguridad: 64/126-bit WEP, WPA, WPA2 Lente de largo alcance Lente compatible con cámara Canon EOS, 70-300 mm, F 4/5,6 IS USM
DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA V SERVICIOS DE TIC En el marco de la redefinición estructural de la COFECE se determinó crear un área de inteligencia dentro de la Autoridad Investigadora, para coadyuvar a la sustanciación de los procesos de investigación e identificar de manera proactiva amenazas a la competencia en los mercados. Tomando en consideración este punto, el artículo 27 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) establece que "La Autoridad Investigadora tendrá un titular que la representará y contará con la estructura orgánica, personal y recursos necesarios para el cumplimiento de su objetivo, mismo que estarán sujetos a lo que establezca en el estatuto orgánico de.la Comisión". En este sentido, en el artículo 17, fracciones VI, XXXIII y XXXIV del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica, se establecen como atribuciones de la Autoridad Investigadora (Al) las siguientes tareas:./ "Recabar los medios de convicción que resulten necesarios, formular prevenciones, citar a declarar a quienes tengan relación con los asuntos, realzar inspecciones y visitas de verificación, otorgar prorrogas, así como realizar cualquier diligencia que considere necesaria cuando así lo disponga la Ley, este Estatuto, las Disposiciones Regulatorias u otros ordenamientos" (fracción VI);./ "Ordenar la realización de análisis forenses técnicos integrales de información digital e identificar la existencia de información relevante de acuerdo a los análisis realizados y elaborar reportes técnicos(... )" fracción XXXIII), y./ "Recopilar, sistematizar y estandarizar información sobre los mercados, sobre actos específicos de los agentes económicos y de la información compilada por las Direcciones Generales de Investigación de la Comisión para su uso estratégico" (fracción XXXIV). Tomando en cuenta el fundamento anterior, se manifiesta que las tareas identificadas forma parte de lo dispuesto en el artículo 31, fracciones 1, 111, IV, V, VI, VII, Y IX del Estatuto Orgánico de La COFECE, los cuales estipulan que la Dirección General de Inteligencia de Mercados (DGIM) está facultado para:./ Coadyuvar a con las Direcciones Generales de Investigación en las investigaciones derivadas del ejercicio de sus atribuciones.
./ "Recopilar, Sistematizar y estandarizar información sobre los mercados, sobre actos específicos de los agentes económicos, y de la información compilada por las distintas áreas de la Comisión para su uso estratégico" (fracción 111);./ Proporcionar información de carácter estratégico para el desarrollo de líneas de indagación de posibles prácticas anticompetitivas" (fracción IV);./ "Gestionar, recopilar y realizar análisis forenses técnicos integrales de información digital" (fracción V);./ "Auxiliar en la búsqueda, prevención y obtención de indicios, elementos de convicción o pruebas necesarias en el trámite de los procedimientos contenidos en la Ley" (fracción_ VII); y./ "Elaborar reportes técnicos especializados" (fracción IX). Consecuentemente, se justifica la presente adjudicación con el objetivo de poder proporcionar a la Dirección de Riesgos e Investigación Forense las herramientas de forense necesarias para el cumplimiento de las funciones anteriores, la cual requiere de insumos especializados para inteligencia, así como de insumos tecnológicos avanzados para el mismo fin. Adicionalmente, la presente adquisición está alineada al Plan Estratégico 2014-2017 de la COFECE, de acuerdo a los siguientes objetivos y líneas estratégicas: Objetivo 1: Cumplir con el mandato constitucional y legal en materia de competencia económica. Líneas estratégicas: Facilitar la detección y el combate a las conductas anticompetitivas mediante el fortalecimiento de las actividades de inteligencia. Objetivo IV: Ser una institución de excelencia reconocida por su apego a la legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia y profesionalismo. Líneas estratégicas: Fortalecer la seguridad de los datos, mejorar la eficacia operativa y facilitar la gestión de los agentes económicos ante la Comisión, a través de uso de tecnologías de información y comunicación. El proveedor contará con un plazo no mayor a 1 O días naturales contados a partir de la firma del contrato para entregar los bienes. La vigencia será de 1 O días naturales a partir de la fecha de firma del contrato.
El pasado 15 de septiembre de 2015 se publicó en CompraNet la convocatoria para obtener propuestas relacionadas con la Licitación Pública Mixta No. 41100100-LP17-15 "Adquisición de Herramientas de Comunicaciones", el 24 de septiembre de 2015, se llevó a cabo la junta de aclaraciones. Con fecha 30 de septiembre del presente año, se llevó acabo el acto de recepción de las propuestas técnicas y económicas y apertura de las mismas. El 05 de octubre de 2015 se emite el acto de fallo correspondiente donde se determina que se declaran desiertas al no existir una propuesta aceptable para esta partida. Se solicita el procedimiento de contratación por Adjudicación Directa, se actualiza el supuesto contenido en el artículo 60 fracción VIII de las Políticas Generales en Materia de Recursos Materiales para las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Federal de Competencia Económica, por lo que se dictamina como procedente la no celebración de la Licitación Pública misma que se autoriza. La Dirección General Adjunta de TIC, realizó una investigación de mercado previamente a la convocatoria de Licitación, adicionalmente derivado de los montos ofertados como no aceptables en la Licitación Pública, se buscó a las empresas que participaron formalmente en los estudios. de mercado y en el proceso de licitación y se obtuvo como resultado lo siguiente: El cuadro muestra las propuestas de los proveedores solicitados posteriores a la Licitación Pública declarada desierta: Costo para Empresa adjudicación directa por unidad incluye IVA 1----------------~ (Partida 1) COMERCIALIZADORA DE AUDIO Y VIDEO ARE, S.A. DE C.V. DEAG COMERCIALIZADORA S.A. DE C.V ISO TECNOLOGIA S.A. DE C.V. Costo para adjudicación directa por unidad incluye IVA Partida 2) Nota.- Cabe hacer mención que la oferta más baja en el proceso de Licitación fue de la COMERCIALIZADORA DE AUDIO Y VIDEO ARE, S.A. DE C.V.., pero esta fue desechada derivado de que en su propuesta económica: "cuando algún precio ofertado sea superior al resultado de esta última operación éste será considerado como no aceptable)." De acuerdo a los resultados obtenidos, se considera que la empresa COMERCIALIZADORA DE AUDIO Y VIDEO ARE, S.A. DE C.V, ya que brinda las mejores condiciones para la COFECE, por lo que se propone su adjudicación directa para la contratación objeto del presente dictamen.
El contrato será por un monto de $11,269.40 (once mil doscientos sesenta y nueve pesos 40/100 M.N.) incluyendo el IVA, se contempla en un solo pago posterior a la entrega y aceptación del bien a entera satisfacción. Deberá proporcionar los entregables a los diez días naturales contados a partir de la firma del contrato o pedido: Los bienes (totalidad de las partidas asignadas). Garantía por escrito por 12 meses. La COFECE realizará el pago en una sola exhibición dentro de los 15 días posteriores a la recepción de la factura y los entregables. En el caso de que la factura contenga errores el prestador adjudicado deberá entregar la refactura dentro de un plazo de 2 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de parte de la Comisión. De conformidad con el artículo 60 fracción VIII de las Políticas Generales en Materia de Recursos Materiales para las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Federal de Competencia Económica, la presente adjudicación se fundamenta en los criterios de eficiencia, eficacia, imparcialidad y honradez, los cuales se acreditan de la siguiente manera: a) EFICIENCIA.- La selección de los participantes en el proceso de Adjudicación Directa se llevó a cabo verificando la experiencia de las empresas, cuidando que se hayan seguido la normatividad aplicable, lo que permite obtener los bienes de una manera ágil y oportuna. b) EFICACIA.- A fin de dar cumplimiento a los objetivos, y procurando la optimización de sus recursos, la COFECE requiere la Adjudicación Directa a la empresa que reúne las condiciones de experiencia, especialidad requerida para otorgar el bien en tiempo y forma satisfactoria. e) IMPARCIALIDAD.- Los servidores públicos que intervinieron en este proceso ejercieron su función con objetividad y rectitud, guardando los mismos criterios de evaluación curricular para el prestador del servicio. d) ECONOMÍA.- Se realizó el estudio de mercado entre los proveedores, con el fin de optar por el que ofrezca el mejor precio y más competitivo. Al realizar esta adjudicación se fomenta la participación de diversos proveedores. e) HONRADEZ.- La COFECE solicita la excepción a la licitación pública en estricto cumplimiento con el Código de Ética e la COFECE y con lo previsto por las normas aplicables en materia de adquisiciones, procediendo con rectitud e integridad, y prevaleciendo únicamente el interés público que funda y motiva la actuación de los servidores públicos, evitando actuar con falta de ética en sus responsabilidades y obligaciones. O\ J
Por las razones aquí expuestas, la Dirección General Adjunta de TIC, con fundamento en los artículos 38 fracción, XIV del Estatuto Orgánico, 60 fracción VIII de las Políticas Generales en Materia de Recursos Materiales para las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y Numeral 20 y 21 de las Políticas Generales en Materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, solicita la contratación por Adjudicación Directa con excepción a la Licitación Pública, manifestando que la información contenida en el presente dictamen y la selección del proveedor adjudicado es de exclusiva responsabilidad del Área en cuestión. Sin otro asunto que tratar y para los efectos legales y justificación que procedan, se emite el presente dictamen en la Ciudad de México, D.F. el 10 de noviembre del 2015. Atentamente Alejandr u,o:naf Noriega Director Adjunto de Tecnologías de 1ón y Comunicaciones \}...