1. La forma sobre el fondo



Documentos relacionados
Enseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades:

La multa por no cumplir con Ley 33 equivale al 1% del monto total de las transacciones realizadas

Partes relacionadas: Cómo identificarlas?

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley )

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DEL DISTRITO CAPITAL DECLARACIÓN SOBRE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA. No. 2

DECLARACIÓN SOBRE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA DNA 2. SOLICITUD DE INFORMACIÓN AL ABOGADO DEL CLIENTE

I. DISPOSICIONES GENERALES

Requisitos de deducción por pagos a residentes en el extranjero en materia de comprobante fiscal

Cómo auditar los procesos que administran los riesgos de negocio?

Estado que guarda la fiscalización de precios de transferencia

REGLAS ESPECÍFICAS PARA EL REGISTRO DE OPERACIONES CONTABLES

Diferentes maneras de recuperar el IDE pagado

Usos de la Firma Electrónica en México

Impacto de la reforma fiscal 2014 en el régimen de dividendos

NOM-017-STPS-2008, EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL- SELECCIÓN, USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A

PROYECTO DE LEY DE 2015

TIPS para presentar la nueva declaración de pagos provisionales 2012

Tips para presentar los pagos provisionales. Pago Referenciado Personas Físicas 2014

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria.

Centro Interamericano de Administraciones Tributarias CIAT. 35 Asamblea General, Santiago de Chile, Chile

AUDITORIAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. SERVICIO TÉCNICO DE ASISTENCIA PREVENTIVA U.G.T. Castilla y León.

NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIF) SERIE NIF A. MARCO CONCEPTUAL

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS DE OTROS ASUNTOS EN EL

Aspectos fiscales relevantes Fernando Velázquez R.

Martes 18 de marzo de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Monederos electrónicos en la adquisición de combustibles

asesorías contables, tributarias administrativas y financieras

Tips para presentar la nueva declaración de pagos provisionales. Pago Referenciado Personas Físicas 2012

Todo material entregado en los almacenes de MABE o servicio prestado deberá estar acompañado de:

Circular N 6 de ; Circular N 9 de , y, Circular N 10 de

Antecedentes y fundamentos de la obligación de enviar los Papeles de trabajo derivados del dictamen de estados financiero para efectos fiscales

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones

IMPUESTO DIFERIDO EN CONSOLIDACIÓN FISCAL

SUPERINTENDENCIA BANCARIA DE COLOMBIA EL ABC PARA EL REPORTE DE OPERACIONES DE REMESAS, TRANSFERENCIAS, COMPRA Y VENTA DE DIVISAS

Informe Jurídico 0494/2008

Curso en actualización para contadores de las Normas de Información Financiera (NIF) y su aplicación práctica en la contabilidad electrónica.

NUEVAS OBLIGACIONES PARA AEROLÍNEAS Y NUEVAS OBLIGACIONES EN DEDUCCIÓN PARA BOLETOS DE AVIÓN

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN COMPILACIÓN JURÍDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 TEXTO VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

PROCEDIMIENTO GERENCIA DE PROYECTOS

Antecedentes gasto nómina del régimen pensiones y jubilaciones del 2013 homologar esas aportaciones

COMENTARIO DE JURISPRUDENCIA

AUDITORIA DE CUENTAS II TEORÍA

EL DICTAMEN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y EL DICTAMEN FISCAL

IAP TÉCNICAS DE AUDITORÍA APOYADAS EN ORDENADOR (TAAO)

ASPECTOS FISCALES DE LA COMPRA, RENTA Y VENTA DE UNA CASA HABITACIÓN EN MÉXICO POR UN RESIDENTE EN EL EXTRANJERO

SECCIÓN AU 337 SOLICITUD DE INFORMACIÓN A LOS ABOGADOS DE UN CLIENTE EN CUANTO A LITIGIOS, DEMANDAS Y GRAVÁMENES (1)

Guía paso a paso para emprender en México!

Días inhábiles (Regla I ) Presentación de aviso de compensación (Regla I ) Pago de erogaciones por cuenta de terceros (Regla I.2.10.

Auditores & Consultores. Precios de transferencia. Septiembre Su confianza nuestro mejor negocio...!!!

El Régimen Sancionador de las Operaciones Vinculadas

Una de las operaciones cuyo tratamiento fiscal

Toda transmisión de propiedad de acciones,

Preguntas frecuentes. Page 1 of 7

IMPORTANTE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO. Que documentación hay que presentar junto con la solicitud?

GUIA PARA LA EVALUACION, ACTUALIZACION Y REGISTRO DE PROVEEDORES DEL BANCO COLPATRIA Y FILIALES

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR

AVISO DE PRIVACIDAD CLIENTES Y PROVEDORES

Hasta en los ingresos presuntos hay clases!

Gabinete Jurídico. Informe 0092/2009

AVISO DE PRIVACIDAD. Esta Empresa Comercial recaba y usa sus datos personales para el cumplimiento de las siguientes finalidades:

Ley Federal de Responsabilidad Ambiental

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006

CAPITULO V CONCLUSIONES Y ECOMENDACIONES

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto del 2013 Diciembre 4

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A. DE C.V.

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 510

8. MEDICIÓN, ANÁLISIS Y MEJORA

GLOSARIO DE TÉRMINOS

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

NewsLetter Asesoría Financiera, S.A.

La globalización de la economía ha llevado a las empresas a operar y/o a instalarse en el exterior.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (Cierre fiscal ejercicio 2012) (Ajustes y conceptos a considerar)

PROCEDIMIENTO DE AUDITORIAS INTERNAS. CALIDAD INSTITUCIONAL Versión: 02

DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DECRETO NÚMERO 27-92

CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A. INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO 2014

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 720 CONTENIDO

Las ISA se han aplicado en México para los ejercicios. Nuevo informe de auditoría

Nota de Información al cliente ISO/IEC Proceso de auditoría

A FONDO. 01 Introducción MINIMIZAR EL RIESGO FISCAL DE UNA TRANSACCIÓN QUÉ ES UNA DUE DILIGENCE FISCAL? EN BREVE SUMARIO

CALCULO DE LA RETENCION DE ASIMILADOS A SALARIOS.

En el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano

Morera Bargués Asesores, SL. Gran Vía Carlos III 94 3ª Torre Oeste Barcelona. Teléfono:

Nutrición Técnica Animal S.A. de C. V

Lineamientos de Estudios Avanzados a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Los datos personales que recaba PSI son o serán utilizados en la medida en la Ley lo permita para llevar a cabo lo siguiente:

5. INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) 5.1. Funcionamiento del instituto.

I. RESPONSABLE DE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS PERSONALES.

RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES. al igual que la ley la elaboración de los libros diario y mayor, ya que son la base para la

RP-CSG Fecha de aprobación

En relación con las operaciones comerciales que pueden realizarse en el país, se formulan las siguientes consultas:

Impacto de la Reforma Fiscal 2014 en la empresa familiar

Tercera Resolución de Modificaciones a la R.M.F. 2010

Sitio Mis cuentas del SAT

CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL

Transcripción:

» Hoy en día mucho se comenta y se discute con frecuencia sobre la necesidad y la importancia de qué tanto las empresas con partes relacionadas extranjeras o nacionales, deben contar con un Estudio de Precios de Transferencia que cumpla con los requisitos que marca la legislación fiscal, pero poco se discute sobre el soporte documental que es lo que le dará credibilidad y justificación a un Estudio de Precios de Transferencia frente al SAT. 1. La forma sobre el fondo Desde el punto de vista legal existe un principio que señala que la forma es fondo, ya que al vivir bajo un sistema legal formalista, el hecho de no presentar en tiempo o forma una demanda o no desahogar correctamente una prueba dentro de un juicio, dará como resultado que se pueda perder el juicio no obstante que se tenga la razón. Algo similar pasa con el tema de los Precios de Transferencia, ya que no basta con tener un Estudio de Precios de Transferencia, si no que el mismo debe cumplir con toda una serie de requisitos de forma para su validez que si no se cumplen, el documento pierde eficacia fiscal/jurídica frente al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Adicionalmente si la información plasmada dentro del Estudio de Precios de Transferencia no se encuentra debidamente documentada a través de: (i) La adecuada justificación de la selección de los comparables utilizados; (ii) Las razones financieras aplicables al caso concreto; (iii) los registros corporativos así como los contratos que acrediten el cómo, cuándo y a qué precio se pactó cierta operación; (iv) La razón de negocios que justifique la operación y (v) La logística de la operación; Es muy probable que Estudio de Precios de Transferencia perderá fuerza probatoria frente al SAT, para justificar los ingresos o las deducciones que pueda tener un contribuyente. La finalidad de que hoy en día el SAT requiera información a las empresas que realicen operación con partes relacionadas, es para evitar que haya acuerdos de voluntades por medio de los cuales se pacten precios por abajo 2

del valor que se cobraría por un bien o servicios en un mercado con condiciones similares; así como la revisión de las tasas de retención de los impuestos atendiendo a las fechas de exigibilidad y al tipo de operaciones pactadas en los contratos. El fondo de los Estudios de Precios de Transferencia es desalentar la celebración de contratos que manipulen el precio de los bienes o servicios entre partes relacionadas que tiene como efecto inmediato reducir el pago de impuestos en México. Luego entonces, siguiendo está lógica, una parte muy importante de un Estudio de Precios de Transferencia es que exista el soporte documental que demuestre la relación causal por la cual son partes relacionadas las empresas y los acuerdos contractuales que sirvan para evidenciar dicha relación. Ahora bien, no obstante que los Contadores Públicos encargados de elaborar los dictámenes fiscales de las empresas a ser presentados al SAT, deban revistar que exista un Estudio de Precios de Transferencia y que el mismo esté soportado con los contratos respectivos; es y será siempre responsabilidad de las empresas y de sus representantes legales, tener el respaldo documental, de sus operaciones en caso de que sean auditados y es más relevante dicho respaldo, si la auditoria deriva en un litigio fiscal. Por otra parte, es muy importante destacar que no sólo el Estudio de Precios de Transferencia debe tener una fecha anterior a la presentación del Dictamen Fiscal, si no que todos los documentos, contratos y demás información de respaldo debe estar generada antes del envío del dictamen al SAT. Este criterio de carácter formal ya ha sido avalado por parte del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa es el siguiente: DEDUCCIONES POR PAGOS REALIZADOS A PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. PARA QUE PROCEDA ES NECESARIO QUE EL CONTRIBUYENTE PROPORCIONE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN QUE DEMUESTRE QUE EL MONTO SE DETERMINÓ DE ACUERDO A PRECIOS DE MERCADO.- La interpretación armónica y congruente de los artículos 24, fracciones V y XXII, 58, fracción XIV y 64-A, primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en 1997 y 1998, permite concluir que los contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, están obligados a obtener, conservar y proporcionar, cuando así les sea requerida por la autoridad al ejercer sus facultades de comprobación, la información y 3

documentación comprobatoria con la que demuestren que, a más tardar el día en que se debió presentar la declaración del ejercicio, la deducción de los pagos realizados con motivo de esas operaciones, fue determinada de acuerdo a precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables, es decir, a precios de mercado, ya que de lo contrario, la deducción de mérito se tornará improcedente, Juicio No. 23787/03-17-09-9/371/05-S2-09-02.-sesión de 2 de febrero de 2006, Frente al SAT en una auditoria la medida de tus pruebas será la medida de tus derechos como pueden ser nuestro nacimiento, certificados de estudio, actas de matrimonio en ciertos casos o de defunción de nuestros parientes, o bien los documentos que acrediten la propiedad o el uso de un inmueble; y los hacemos principalmente por un solo motivo, para acreditar frente a terceros ciertos hechos o situaciones jurídicas. De igual manera en materia de Precios de Transferencia es muy importante que las empresas tengan los contratos y los registros corporativos que acrediten fehacientemente quienes son sus accionistas, su actual participación en el capital de la sociedad y los contratos que soporten sus relaciones; a efecto de probar objetivamente al auditor que dictamina a la empresa y al SAT en caso de una auditoria, que la información soporte del Estudio de Precios está en orden y es correcta. 2.Documentar qué y porqué En la vida práctica es común que sólo tengamos registrados o conservemos copia u originales de nuestros actos más importantes, 4

De manera enunciativa más no limitativa la siguiente información debe estar generada y/o actualizada de conformidad con el Art. 215 de la LISR y los Anexos 5 y 34 del Dictamen Fiscal, vigente para el año 2009.» Los estados financieros deben estar aprobados al 2009, por la asamblea de accionistas o de socios;» Los registros de accionistas o socios y del capital deben estar actualizados y correctamente registrados; las empresas y sus auditores mayor información fiscal y legal que en años anteriores, la cual debe de coincidir con la revelada por las partes relacionadas con las que se tenga vínculo comercial. Por lo tanto; es recomendable verificar que la información a revelarse esté debidamente documentada a fin de evitar contradicciones o inexactitudes, que pueda dar lugar a una revisión del SAT por inconsistencias en la información reportada. Algunos de los temas que entre partes relacionadas son más susceptibles de generar errores y por lo tanto sanciones, están los siguientes:» Los contratos que amparen operaciones con partes relacionadas nacionales o extranjeras tienen que estar debidamente documentados y formalizados; y» Las marcas y nombres comerciales que se usen o exploten comerciablemente en México, deben estar registradas en México por quienes son sus legítimos dueños. Es importante destacar que el dictamen fiscal para el ejercicio 2009, implica revelar por parte de» La información vertida en la declaración anual no coincide con la señalada en las declaraciones informativas de pagos a extranjero y de operaciones con parte relacionadas extranjeras;» La retención y entero de los impuestos que se generan por la celebración de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero;» Partes relacionadas que son parecidas en cuanto a sus operaciones utilizan comparables que no son similares (discrepancia); 5

» Las cantidades reportadas al SAT en la Declaración Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas, y Residentes en el Extranjero, no coinciden con la que se manifestó dentro del Estudio de Precios de Transferencia y el Anexo 34 del Dictamen;» La información financiera manifestada dentro del Estudio de Precios de Transferencia no coincide con la señalada en el Dictamen Fiscal; y» En las operaciones en las cuales hay pago de gastos a prorrata de servicios a una parte relacionada, no se demuestra documentalmente que dichos servicios fueron realmente prestados-recibidos y por lo tanto que les otorguen un beneficio. Adicionalmente, es común encontrar que no se cuenta con el soporte legal para justificar que el monto de la contraprestación esté a valores de mercado. Cabe resaltar que las empresas en México que tienen operaciones entre partes relacionadas sean nacionales o extranjeras, deben presentar su declaración con partes relacionadas conjuntamente con la declaración del ejercicio (en marzo para contribuyentes no dictaminados y en junio para quienes dictaminen sus estados financieros para efectos fiscales); así como los anexos e información relacionada con sus operaciones entre partes relacionadas y tener debidamente documentados a dicha fecha los contratos respectivos; a efecto de que puedan hacer prueba plena en caso de un revisión del SAT en materia de Precios de Transferencia. 3.Efectos del no cumplimiento Desafortunadamente, el tema de los Precios de Transferencia es una materia compleja y relativamente nueva para muchas empresas, lo cual hace que éstas sean más proclives a cometer errores al: i) registrar, ii) reportar y iii) documentar sus operaciones; lo que les pueden generar contingencias fiscales importantes, entre las cuales las más recurrentes son: a) Imponer multas por montos que pueden empezar desde los $1,000.00 Pesos M.N. por cada operación no registrada; 6

b) En caso de no presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas Residentes en el Extranjero, la multa puede ir de los $42,944.00 hasta $85,887.00 Pesos Moneda Nacional; c) Modificar por parte del SAT los ingresos acumulables declarados así como las deducciones autorizadas; generando un crédito fiscal; y d) Rectificar hacia el alza por parte del SAT, el margen de utilidad acordado entre las partes relacionadas. valer una adecuada defensa frente al SAT, si la empresa no tiene el cuidado de registrar correctamente sus operaciones y sobre todo tener el respaldo documental que acredite los términos y condiciones contractuales bajo las cuales se determinó pagar a una parte relacionada; ya que la carga de la prueba es responsabilidad de los contribuyentes, y si estos no tienen pruebas sólidas y bien documentadas, las posibilidades de anular un crédito fiscal se reducen significativamente. En caso de requerir más información o detalle respecto de lo antes expuesto, nos ponemos a sus órdenes para atenderles. El no cumplir con las obligaciones en materia de Precios de Transferencia, no únicamente representa una mayor carga administrativa para las empresas, si no una eventual contingencia fiscal que de no atenderse adecuadamente puede llegar a poner en riesgo la viabilidad económica de la empresa auditada y afectar fiscalmente a las partes relacionadas con las cuales tiene vínculos comerciales. Desde el punto de vista procesal fiscal, es complicado hacer Teléfonos: Clemente Ranero clemente@ranero.cc Diego Urias diego@ranero.cc Norma Peralta norma@ranero.cc (664) 681-58-59 y (664) 686-54-86 www.ranero.cc 7