Fecha: 2009/09/30 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 1/7 1 MARCO LEGAL Y CONCEPTUAL De acuerdo a los lineamientos del Régimen de Seguridad Social en Salud, todos los prestadores de deben hacer la Declaración de Requisitos Esenciales (acreditación), para lo cual la Secretaría de Salud Departamental continuará adelantando este proceso de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Salud. Es necesario aplicar lo establecido en las circulares en mención, para lo cual es básico tener en cuenta los siguientes conceptos: : unidad móvil autorizada para transitar con prioridad y acondicionada especialmente para el transporte de pacientes críticos o limitados, con recurso humano y técnico calificado para la atención y beneficio de los mismos. CLASIFICACION: las ambulancias se clasifican de acuerdo con su ámbito de acción y ámbito de servicio. De acuerdo con el ámbito de acción Ambulancia de transporte aéreo Ambulancia de transporte fluvial Ambulancia de transporte terrestre De acuerdo con el ámbito de servicio Ambulancia de traslado asistencial simple (TAS) Ambulancia de traslado asistencial básico (TAB) Ambulancia de traslado asistencial medicalizado (TAM) Ambulancia de traslado asistencial medicalizado especializado DE TRASLADO ASISTENCIAL SIMPLE (TAS): Están destinadas únicamente a pacientes cuyo estado ni actual ni potencialmente sea de riesgo y no precisen en el trayecto ningún tipo de procedimiento asistencial especial. Este tipo de ambulancia no es el adecuado para el transporte de accidentados graves, ni de enfermos con urgencia médica; en caso de que se requiera asistencia durante el traslado deben emplearse prioritariamente las ambulancias asistenciales. DE TRASLADO ASISTENCIAL BÁSICO (TAB): Están destinadas a todo tipo de transporte sanitario desde pacientes sin riesgo hasta pacientes de alto riesgo dependiendo del equipamiento, material y personal sanitario. DE TRASLADO ASISTENCIAL MEDICALIZADO (TAM): Es una unidad móvil de cuidado intensivo y/o neonatal con una dotación del más alto nivel tecnológico para dar atención oportuna y adecuada a pacientes cuya patología amerite el desplazamiento de este tipo de unidad. DE TRASLADO ASISTENCIAL MEDICALIZADO ESPECIALIZADO (NEONATAL): Están diseñadas para el traslado de menores de un mes de edad, quienes por su vulnerabilidad requieren condiciones especiales para su manejo.
Fecha: 2009/09/30 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 2/7 DECLARACION DE REQUISITOS ESENCIALES: La Declaración de Requisitos esenciales es la manifestación mediante la cual los prestadores de servicios de salud, afirman ante la autoridad competente que los servicios que ofrecen cumplen con los requisitos esenciales establecidos por el Ministerio de Salud. ADECUACION DEL REGISTRO ESPECIAL DE INSTITUCIONES: Las Direcciones de salud deben adecuar el Registro Especial de Instituciones de manera que incorporen en una base de datos todas las variables que se establecen en el formato para la Declaración de Requisitos Esenciales. 2 REQUISITOS PARA LA ACREDITACION DE S Adicional a la identificación actual que tiene la ambulancia, se debe adicionar en el rotulado la sigla de identificación correspondiente al ámbito de servicio establecido para la ambulancia por cada institución (TAS; TAB; TAM) ; número de teléfono para solicitar el servicio y número interno de la ambulancia si son varias. Todas las ambulancias se deben identificar con el logosímbolo reconocido internacionalmente de la estrella de la vida, visible aún desde la parte superior o techo de la ambulancia. Información general del vehículo (Tarjeta de propiedad, SOAT vigente, pólizas contra todo riesgo y para equipos, certificado ambiental). Señales de prioridad (Luces, sirena bitonal). Equipo de herramientas y carretera. Recurso humano (Tripulación de la ambulancia) asignado y debidamente capacitado (Acreditar capacitación), Certificación de inscripción del médico ante la Secretaría de Salud Departamental. Dotación obligatoria según ámbito de servicio de la ambulancia. Relación de control administrativo de la ambulancia (Formulario de remisión, control de movilización de la ambulancia, bitácora, inventario actualizado, hoja de vida sobre mantenimiento de la ambulancia). 3 DE TRASLADO ASISTENCIAL BASICO (TAB) EMPLEADO EN LA ESE ISABU 3.1 RECURSO HUMANO Los profesionales del servicio deben tener el perfil requerido de acuerdo con su complejidad. Las Ambulancias de traslado básico (TAB) deben tener: Conductor y Auxiliar de Enfermería 3.2 DOTACIÓN DE INSUMOS Y EQUIPOS Las ambulancias deben tener los insumos requeridos para la prestación de servicios, los cuales deben estar de acuerdo con las guías de atención que tengan establecidas en la institución. Con respecto a los equipos, las ambulancias básicas deben contar con:
Fecha: 2009/09/30 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 3/7 Camilla principal con su sistema de anclaje, Camilla secundaria, Camilla para inmovilización o camilla de vacío, Silla de ruedas, Sistema de oxígeno con capacidad total de almacenamiento de mínimo 6 metros cúbicos, equipo de radiocomunicaciones y, Una sistema sonoro de alerta vial adicional al pito (sirena) 3.3 DE LOS MEDICAMENTOS, MATERIALES E INSUMOS MEDICOS DE LAS S MEDICAMENTOS NOMBRE CANTIDAD PRESENTACIÓN Agua destilada 1 Garrafa Adrenalina 1/10.000 1 ml. 10 Ampollas Atropina 1 mg 10 Ampollas Captopril 25 mg 10 Tabletas Loratadina 10 mg 10 Tabletas Cloruro de Potasio 14.9% 5 Ampollas Cloruro de Sodio 0.9% 10 Bolsas Cloruro de Sodio 20% 5 Ampollas Dexametazona 4 mg 5 Ampollas Dextrosa 5% 10 Bolsas Diclofenalco 75 mg 10 Ampollas Furosemida 20 mg 5 Ampollas Dimenhidrinato 50 mg 10 Tabletas Lidocaína en spray 10% 1 Frasco Midazolan 5 mg 5 Ampollas Ranitidina 50 mg 10 Ampollas Salbutamol (aerosol) 1 Inhalador Verapamilo 80 mg 10 Tabletas MATERIALES E INSUMOS NOMBRE CANTIDAD PRESENTACIÓN Agua oxigenada 1 Frasco Aguja desc. N 22 25 10 Und. Aguja desc. N 18 10 Und. Alcohol yodado 1 Frasco Algodón estéril en torundas 20 Baja lenguas 50
Fecha: 2009/09/30 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 4/7 Bolsa colectora 10 Cánula binasal 10 Catéter periférico N 16 18 10 20 Catéter periférico N 22 10 Catéter periférico N 24 10 Equipo Volutrol 10 Equipo de cirugía de 2 1 piezas Equipo de cirugía de 6 1 piezas Equipo de venoclisis 10 Espaciador aero-cámara 10 pedriática Gasas estériles 50 Guantes descartables 1 Caja estériles Guantes descartables para 1 Caja examen Guía para colocación de 1 tubo endotraqueal Jeringa desc. 20 ml. 5 Jeringa desc. 10 ml. 5 Jeringa desc. 5 ml. 5 Jeringa desc. 50 ml. 1 Máscara nebulización adulto 2 Und. Máscara nebulización 2 Und. pediátrico Máscara reservorio adulto 1 Und. Máscara reservorio 1 Und. pediátrico Máscara Venturi aulto 1 Und. Sonda de aspiración N 8 5 12 14 Sonda Foley N 14 16 18 5 Sonda nasogástrica N 14-5 18 08 10 Sonda Nelaton N 12 16-8 5 Termómetro oral y rectal 1 Tubo Endotraqueal N 2.5 3.0 4.0 6.0 7.0 8.0 6
Fecha: 2009/09/30 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 5/7 4 COORDINACION Y CONDICIONES DEL TRANSPORTE ASISTIDO DE PACIENTES 4.1 SELECCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD RECEPTOR Para el traslado de un herido o paciente se debe tomar en consideración, los siguientes criterios: Estado del paciente. Tipo de atención que requiere. Tiempo que tomará al establecimiento de salud. Normas de referencia / contrarreferencia de la institución que fue elegida como receptora del paciente. 4.2 COORDINACIÓN Y AUTORIZACIÓN PARA EL TRASLADO El traslado se efectuará previa coordinación vía radio o teléfono con el establecimiento de salud receptor; indicando el motivo del traslado, estado clínico y necesidades probables de atención del paciente. El establecimiento de salud, en función de su capacidad de resolución y de la disponibilidad de recursos para la atención del paciente, autorizará o denegará el traslado a sus instalaciones siempre y cuando la salud del paciente no se vea comprometida por esto. 4.3 REGISTRO DEL TRASLADO Y ATENCIÓN DEL PACIENTE Toda ambulancia debe contar con un registro, en la cual el personal responsable consignará, de manera obligatoria y bajo responsabilidad: Nombres, apellidos, edad y sexo del paciente. Fecha, hora y lugar de recojo del paciente. Motivo del traslado o atención. Estado o diagnóstico del paciente. Funciones vitales: presión arterial, pulso, frecuencia cardiaca, temperatura. Medicamentos suministrados (tipo y dosis) y procedimientos efectuados durante el traslado, registro del medico que los realiza. Destino del traslado / hora de llegada. Relación de pertenencias del paciente. Nombres, apellidos, firma y sello del responsable del traslado. Nombre, identificación y firma del familiar o autoridad que autoriza el traslado, cuando fuera aplicable. El personal de las ambulancias, sin perjuicio de lo establecido por las instituciones u organizaciones de donde proceden, llenará el registro de traslado y atención; y lo entregara obligatoriamente una copia del registro al establecimiento de salud que reciba al paciente. Cuando el paciente se niegue a recibir atención durante el traslado, se debe llenar la Hoja de Negación al Tratamiento.
Fecha: 2009/09/30 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 6/7 4.4 RECEPCIÓN DEL PACIENTE El responsable del establecimiento de salud que recibe al paciente tiene la obligación de exigir una copia del registro de traslado y atención; así como solicitar al responsable del traslado que informe de cualquier ocurrencia que pudiera haber sucedido durante el transporte. 4.5 TRASLADO DE HERIDOS POR ACCIDENTES Todo herido o lesionado por un accidente debe ser trasladado al establecimiento de salud público o no público más cercano al lugar del evento. 5 NOTA ANEXA ACLARATORIA Los medicamentos, exámenes paraclínicos y los procedimientos diagnosticados que aparecen en las guías médicas están sujetos a modificaciones según las contrataciones vigentes y la venta de servicios de salud que el Instituto de Salud de Bucaramanga ESE ISABU haga en su momento con las diferentes entidades del régimen subsidiado ya que por la naturaleza de las mismas la facultad discrecional de cada entidad prestadora de salud varía con la administración vigente que rige en su momento; además la venta de los servicios de salud en el Hospital y los diferentes Centros de Salud de la ESE ISABU están sujetos a rubros propios de la administración municipal; por tal motivo es importante revisar en su momento los recursos existentes que cobijan a la ESE ISABU. Por tal motivo si la entidad no cuenta con las ayudas diagnósticas necesarias o los medicamentos requeridos planteados en las diferentes guías, debe considerarse remitir al paciente a un nivel de atención que cuente con los recursos que necesita el paciente según las guías de referencia y contrareferencia de la ESE ISABU. 6 BIBLIOGRAFIA La División de Acreditación, Vigilancia y Control de la Secretaría de Salud Departamental, calle 45 No. 11 52, Teléfono 6336233 Extensión 281 en Bucaramanga. 7 CONTROL DE CAMBIOS FECHA 2009/09/30 RESPONSABLE DE LA REVISION Comité coordinador de control interno/calidad Comité CAMBIO VERSIÓN ARCHIVO Revisión, ajustes y aprobación del protocolo (Comité coordinador de control interno/calidad ESE ISABU, Subdirección ESE ISABU) Elaboración del protocolo (Dr. Giovanni Antonio Celis D.E.D 1.0
Fecha: 2009/09/30 [ ] Controlado Versión: 1.0 Página: 7/7 2009/05/22 coordinador de control interno/calidad Correa Coordinador )